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miércoles, 4 de junio de 2025

La preparación de la víctima y la persona ofensora en justicia restaurativa

 


TRABAJO INDIVIDUAL CON LAS VÍCTIMAS

Una parte esencial de los procesos restaurativos, cualquiera que sea la herramienta es la preparación individual con cada parte. Con respecto a las víctimas, solemos tener tendencia a pensar que puede ser malo una reunión conjunta, especialmente si es un delito grave, sin embargo, la realidad demuestra que la mayoría de las víctimas que desean participar en un proceso de justicia restaurativa, tienen claro por qué y qué quieren conseguir con ello: algunas ser escuchadas, otras solo decirle al infractor que van a recuperar el control de su vida, otras igual necesitan ver el remordimiento del infractor.....Efectivamente, ahí es donde entra la labor del facilitador , ver qué expectativas tiene la víctima con respecto a la posible reunión cara a cara y valorar si estas se podrían cumplir y si al menos son realistas. Por ejemplo, si la víctima desea solo que la pidan disculpas, habrá que valorar la posible reunión porque el pedir perdón, no es un objetivo real de la justicia restaurativa y es algo personal de cada ser humano, no podemos asegurar que surja o no. Se trabajaría con ellas individualmente para conseguir que sus expectativas se ajusten a lo posible y sobre todo para que entiendan que la Justicia Restaurativa se centra en el diálogo y como conseguir la "curación de sus heridas" y rendición de cuentas del infractor. Otra posibilidad y esto también es una labor restaurativa, es valorar si la víctima necesita ser atendida por otro profesional,  antes de un proceso restaurativo (por ejemplo psicólogo...) y en este caso el facilitador,  así se lo debería transmitir a las víctimas

martes, 3 de junio de 2025

La justicia restaurativa trata las necesidades emocionales y relacionales

 


EL DELITO DAÑA A LAS PERSONAS

El postulado fundamental de la Justicia Restaurativa es que el delito perjudica a las personas y las relaciones entre ellas  y que la justicia necesita la mayor compensación del daño posible. De esta premisa básica, surgen preguntas clave: ¿Quién es el perjudicado, cuáles son sus necesidades y cómo se pueden satisfacer dichas necesidades?. Por tanto, si el delito daña a las personas y las relaciones, lo justo es que se repare el daño tanto como sea posible. La justicia restaurativa no se aplica porque es merecida, sino porque es necesaria. La justicia restaurativa se logra de manera ideal mediante un proceso cooperativo que involucra a todas las partes interesadas primarias ( víctimas, infractores y comunidad de apoyo) en la decisión sobre la mejor manera de reparar el daño ocasionado por el delito. Solemos pensar que cuando una víctima reclama que se haga justicia, que lo que pide es que el infractor sea castigado, realmente no siempre es así y si lo piden es porque no encuentran de la justicia ningún apoyo más. Pero las víctimas tienen unas necesidades cuando claman por justicia, como la de ser escuchada, ser informada y poder sentirse reparada de la forma que necesite no como imponga el sistema y pocas veces son atendidas por el sistema tradicional de justicia.

lunes, 2 de junio de 2025

Empoderamiento con la justicia restaurativa

 


INTRODUCCIÓN

Vivimos en un mundo donde todo es gestionado por terceros. El estado y las instituciones nos tratan como casi incapaces y un claro ejemplo es la justicia, si tenemos un problema o sufrimos un delito, acudimos al juzgado buscando justicia, sin embargo, una vez que lo hacemos, todo se gestiona por profesionales ajenos al problema, en el que poco o nada tenemos que decir, cualquier persona teóricamente experta, sabe lo que nos conviene o parece saberlo mejor que nosotros mismos. El punto de pérdida de poder, llega al límite cuando la propia víctima pierde su estatus de víctima en favor del estado. Como decía Nils Christie, el estado se apropia del conflicto y del delito, se erige como víctima que ha sufrido la violación de una norma creada por él y la víctima real, la que ha sufrido el daño pasa a un segundo plano, a ser un mero testigo o “carnaza” para intentar condenar y castigar al infractor. Las víctimas y la comunidad en general, pierden o ceden el poder a terceros ajenos por completo al delito y al impacto que el delito o conflicto tiene en sus vidas. Por eso, a través de la Justicia Restaurativa, se devuelve el poder a las personas afectadas por el delito (empoderamiento)

domingo, 1 de junio de 2025

Justicia restaurativa las palabras mágicas


NO TODO ES JUSTICIA RESTAURATIVA 

Actualmente la palabra justicia restaurativa está de moda, lo cual no deja de ser gracioso porque aun me acuerdo cuando en el 2004 acudí a la fiscalía hablando de justicia restaurativa y me dijeron que no existía. Cuando reflexiono sobre ello, podríamos pensar que hemos avanzado mucho pero desgraciadamente, lo único que hemos hecho es adoptar las palabras "justicia restaurativa" en nuestro lenguaje cotidiano independientemente de que al final, lo usamos para todo sin saber, realmente qué es esta justicia y sobre todo qué no es.

Como decía Howard Zehr actualmente estamos en un momento en el que corremos el riesgo de pensar que hacemos justicia restaurativa y no lo es, o simplemente hacemos prácticas que podrían ser potencialmente restaurativas pero tampoco las estamos dando el enfoque adecuado.

Un ejemplo de esto es cuando trabajamos con condenados a medidas alternativas, este sería un campo interesante para trabajar con enfoque restaurativo pero si partimos de que los que participan en el programa son obligados ....¿cómo pueden decir que es justicia restaurativa? Son personas que han sido condenadas a una medida alternativa a la prisión, a realizar un determinado programa pero en todo caso no es justicia restaurativa porque no goza de algo esencial de esta justicia la voluntariedad.