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lunes, 3 de septiembre de 2018

Motivos de los infractores para participar en un proceso restaurativo

En ocasiones, muchas personas me preguntan sobre la sinceridad y los motivos de los infractores para participar en un encuentro restaurativo. ¿por qué ? Porque piensan que estos encuentros puede ser una válvula de escape sencilla para muchos y así eludir las consecuencias jurídicas de sus actos. Otras veces, lo que ocurre es que damos por perdida a una persona, me explico, alguien que no es su primer delito, pensamos que es imposible que "cambie" y pueda reconducir su vida, es decir, no creemos que los seres humanos podamos cambiar. Por eso por ejemplo, considero un error que se suela decir por algunas personas que solo podrían participar en un proceso restaurativo, infractores no reincidentes, ¿y si los reincidentes no tuvieron la oportunidad en su primer delito de participar en un proceso restaurativo? o ¿y si simplemente el efecto de escuchar el impacto que el delito ha tenido en la víctima, puede ser determinante para que quiera cambiar, solo por el hecho de no ser su primer delito no se lo vamos a permitir? 
Sería perjudicial para él mismo porque continuaría con su rol de delincuente, sin posibilidad de reinserción pero tampoco sería bueno para la comunidad porque en lugar de recuperar, como alguien productivo para todos a esta persona, lo impedimos con el posible riesgo de convertirnos en futuras potenciales víctimas. 

jueves, 16 de agosto de 2018

Justicia Restaurativa, nada tiene que ver con pedir perdón

¿Repara una petición de perdón o un lo siento?Particularmente, creo que un lo siento no es suficiente y para argumentar esto, me viene a la mente las peleas que todos alguna vez hemos tenido con hermanos o amigos, recuerdo a mi madre, diciéndonos: “pediros perdón” y también me acuerdo, de haber dicho un lo siento, en más de una ocasión, entre dientes y deprisa, sin sentirlo, de verdad. Quizá con este ejemplo muchos penséis, que se trata de niños…sí efectivamente puede ser, pero si un niño que se supone que tiene menos malicia, es capaz de pedir perdón sin ser de verdad, ¿qué no hará un adulto y más si ha cometido un delito grave que ha dañado a otro ser humano? Y sobretodo, ¿Qué no hará  un infractor si sabe que con un lo siento, puede conseguir alguna clase de beneficio penitenciario?
Por eso aquí la clave está en qué repara más un lo siento o un reconocimiento. Por supuesto, es mucho más importante un reconocimiento que una petición de disculpas. Es mejor que alguien te diga: “si, reconozco lo que ha pasado, y como te sientes, y sé que soy responsable por ello”. Al fin y al cabo, todas las víctimas, necesitan saber que se ha hecho justicia y para ello, es esencial que haya alguien que se responsabilice por el daño que ha sufrido. Porque ¿qué pasa si se dice lo siento pero realmente no se cree que se haya hecho algo mal? Pues que entonces no estaríamos hablando de justicia, porque simplemente no se habría hecho justicia.

martes, 16 de diciembre de 2014

¿Son siempre "sinceros"los motivos del infractor para participar en un encuentro restaurativo?

Muchas veces las personas desconfían de la Justicia Restaurativa puesto que piensan, sobre todo en casos de encuentros víctima infractor y o comunidad que el infractor si accede a participar, lo va a hacer porque espera beneficios jurídicos. Esta opinión, la entiendo, sobre todo porque la prensa y muchas personas "venden" los procesos restaurativos como una alternativa para evitar los juicios y agilizar los juzgados. Y esto no es nada más que una pequeña parte de la verdad. Efectivamente en delitos muy leves podría evitarse el juicio pero en delitos más graves, lo que hacen los procesos restaurativos es agilizar los trámites que el proceso penal contempla, y además los agiliza pero de forma más cualificada, dando "voz" a las víctimas. Dicho esto, quizá muchos infractores piensen que estos encuentros puede ser una válvula de escape sencilla y así eludir las consecuencias jurídicas de sus actos. 

 Valorar la sinceridad de un acto es complicado pero si puede haber indicios de esto, porque los encuentros restaurativos son totalmente voluntarios y el infractor a priori, debe reconocer el hecho delictivo , digo a priori porque esto también será parte del trabajo individual del facilitador con el infractor, antes de un posible encuentro restaurativo. Sin embargo, muchos de los que acceden es más probable que lo hagan por voluntad propia y guiados sino por su sincero arrepentimiento si, por cierta curiosidad o dudas sobre la víctima, ya que muchos no las ven como seres humanos, separan el acto delictivo de la persona que lo sufren y tienen tendencia a pensar que no dañaron a una persona. Otros infractores ven un encuentro cara a cara con la víctima como un "castigo" peor que enfrentrarse al juicio y a la condena del juez. Esto es porque la Justicia Tradicional se lo "pone fácil" al infractor, su actitud y posición durante el proceso es pasiva, sin ningún tipo de responsabilidad, negar lo sucedido será lo habitual y la norma básica. Mientras los procesos de Justicia Restaurativa parten de que el infractor debe tener una actitud positiva y activa y sobre todo debe asumir lo que ha hecho, y sin duda, puede que al comenzar el proceso restaurativo no lo haga por motivos sinceros pero el proceso en si mismo, a buen seguro les va a hacer reflexionar y reformular la historia,  viendo que efectivamente causaron un daño a otra persona. Para la Justicia Restaurativa es esencial este reconocimiento del daño porque el delito es un daño a la víctima y a las relaciones entre los miembros de la comunidad, el reconocimiento del delito ( es más importante para la justicia tradicional, ya que esta ve al delito como una violación de la norma y al estado como víctima)

En cuanto a los beneficios penitenciarios, estos existen en la Justicia Tradicional (atenuantes, eximentes...) en la Justicia Restaurativa, en delitos graves, el delincuente no obtendrá nunca un beneficio por participar en un encuentro, al tratarse una delito muy serio, sin embargo, este encuentro podrá resultar muy beneficioso para favorecer su reinserción. Y es que para muchos infractores como ya he comentado, es más difícil encontrarse cara a cara con la víctima y/o la comunidad, que asistir al juicio, precisamente porque con la justicia restaurativa ponen rostro e historia a las víctimas, ven el impacto real que su acción causó, no solo en las víctimas sino en el resto de la sociedad, y esto puede tocarles la humanidad y la empatía que creían perdida. Quizá los infractores no acepten participar en procesos de Justicia Restaurativa por motivos sinceros pero lo importante es que estos motivos, se pueden "transformar"durante el proceso en sí mismo.

Por eso, la Justicia Restaurativa busca en el fondo de cada infractor, su humanidad y empatía y la hace florecer, quizá no lo logre en todos, pero estoy segura que en muchos sí. Y es que ayudando a los infractores, también se ayuda a las víctimas, unidas a ellos por el delito y todo lo que esto, trae consigo.

lunes, 8 de diciembre de 2014

Justicia Restaurativa en delitos graves

Frecuentemente oigo que la mediación penal trata de que las partes lleguen a un acuerdo y así evitar el juicio, esto es tan común, y está tan enraizado que por más que intento hacer ver a mis alumnos la posibilidad de la justicia restaurativa en delitos graves, no lo ven, pero "cegados" por la idea que el fin último es evitar el juicio. En otras ocasiones, afortunadamente al menos en mediación penal, ya menos, se intenta legitimizar la mediación penal como una medida importante para agilizar la justicia penal. Estos comentarios no hacen sino perjudicar la imagen que le puede llegar al ciudadano de esta justicia.
¿Por qué? Porque corremos el riesgo de siempre, que las personas crean que tratamos de ser "blandos" con los delincuentes, que simplemente por el hecho de participar en un proceso de justicia restaurativa como mediación penal, van a evitar el castigo y el reproche que su conducta dañosa merece, y esto no es así, ni mucho menos. Sin embargo, cuando oímos que la mediación penal como herramienta de la justicia restaurativa evitará el juicio, es lo que directamente piensa la gente y con razón, además últimamente, están dejando el libertad o concediendo permisos a presos terroristas que participaron en encuentros restaurativos, y lo hacen aludiendo precisamente a que tomaron parte  en estos procesos de justicia restaurativa. Algo que sin duda es un error, ya que no se puede alegar esta justicia para pervertir los beneficios que en si misma lleva aparejados y que en ningún caso son beneficios jurídicos o penitenciarios para el infractor, es algo, sin duda, mucho más humano, reparador y sobre todo reintegrador.  Los procesos restaurativos como la mediación penal suelen acabar en un acuerdo aunque lo importante es el diálogo y la reflexión que puede surgir de este proceso, para el infractor que al poner rostro e historia a la víctima, puede darse cuenta que su comportamiento dañó a otro ser vivo y para la víctima, que podrá expresar cómo impactó en ella el delito. Lo esencial es el proceso en sí mismo, que favorece la responsabilización del delincuente y devuelve el "control de su vida" a la víctima.

Sin embargo, habría que hacer unas aclaraciones, muchos de los que hablan de mediación penal, creen que es igual a otra clase de mediaciones, lo que hace que estén mercantilizando el delito, efectivamente el delito es un conflicto pero con unas características que no se pueden olvidar, alguien ha causado un daño y otra persona lo ha sufrido, si negamos esto, corremos el riesgo de que el lenguaje neutral propio de la mediación pueda resultar ofensivo, como he dicho en más de una ocasión,  a las víctimas de delitos graves.

Otros piensan que la mediación penal solo sería válida para delitos menos graves, en estos casos probablemente el proceso restaurativo produciría el fin del proceso penal de acuerdo al principio de oportunidad, y esto lógicamente contribuiría a agilizar la justicia, pero siempre que se diga esto se debe poner de manifiesto que estamos hablando de delitos leves como injurias, amenazas y calumnias por ejemplo. Aunque todos sabemos que la Justicia Restaurativa produce efectos más beneficiosos en delitos graves y por supuesto sería una injusticia que si una víctima de un delito grave quiere tomar parte en un proceso restaurativo, no la dejáramos porque el delito sufrido es muy serio.¿Quiénes somos nosotros para decir a una víctima que necesita de la Justicia restaurativa, que no puede porque ha sufrido un delito muy grave? ¿esto no es victimización secundaria? Claro que si, y conculcaría el principio de igualdad ante la ley. En estos delitos graves, jamas, el objetivo de los procesos restaurativos es llegar a un acuerdo que evite el juicio, el objetivo es procurar la "curación" de la víctima y la asunción de responsabilidad del infractor, sin perjuicio de que éste tenga que cumplir con la pena que le corresponda, sería un proceso que ayudaría a su futura reinserción, mientras que a la víctima la supondría una forma de retomar el control y hacerse más "fuerte".

Por eso, la Justicia Restaurativa es una filosofía más profunda que engloba aspectos más importantes que el simple acuerdo o agilización de los juzgados como el diálogo, equilibrio de poder, recuperación del trauma, asunción de responsabilidad, reparación del daño moral y material, desahogo, empatía, reconocimiento del sufrimiento de otro ser humano etc...., en definitiva favorece la paz social y una comunidad más fuerte .