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miércoles, 22 de enero de 2014

Justicia Restaurativa, ¿implica restauración en sentido literal?

Ayer leí como  un teórico experto decía que "la mediación penal trata de restaurar al infractor pero sobre todo a la víctima a una situación anterior al delito" , claro si entendemos de forma literal la palabra restaurativa o restauradora,  esto es así sin lugar a dudas.
Sin embargo, devolver a la víctima a una situación anterior al delito es imposible por cuanto queramos o no,  el delito deja una cicatriz en la víctima que no se puede borrar, lo que si se podrá es curar, y llevar la cicatriz con orgullo. Evita el rol perpetuo de víctima

En cuanto al infractor, devolverlo a una situación anterior es volverlo a poner en el punto de partida de una espiral de delitos, por eso, lo ideal sería transformar su situación, su actitud hacia el delito y hacia sus semejantes. La Justicia Restaurativa o restauradora, si acaso restaura emocionalmente a las víctimas y a los infractores pero sobre todo transforma su forma de relacionarse, su forma de ver el mundo y de afrontar la vida.
Este tema tan interesante lo abordaré en más profundidad en mi artículo de hoy para Criminología y Justicia.

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