INTRODUCCIÓN
Ya he comentado que el origen de la Justicia Restaurativa se encuentra en las tradiciones, culturas y costumbres de diferentes pueblos. Por eso, más que hablar de un concepto nuevo de justicia, podríamos decir que recupera una forma de hacer justicia que existió durante siglos y que fuimos perdiendo con el devenir de los tiempos, la creación de los Estados y el desarrollo de sus estructuras políticas y administrativas.De hecho, algunas prácticas restaurativas actuales, como los círculos, tienen sus raíces en las tradiciones de pueblos nativos de Estados Unidos, Canadá y Australia. También encontramos referencias directas o indirectas a una justicia reparadora en diferentes tradiciones religiosas.
Hoy quiero detenerme en un ejemplo especialmente interesante: las leyes de Brehon. El antiguo sistema de leyes irlandesas se denominaba Fenechus, «leyes de los que cultivan la tierra», aunque posteriormente fueron conocidas como leyes de Brehon, por el término breitheamh, que significa juez. Estas leyes se basaban, entre otros aspectos, en la compensación a la víctima y la rehabilitación del infractor.Las multas y los pagos en concepto de compensación, así como la pérdida de derechos civiles en diferentes grados, constituían algunas de las respuestas principales, frente a sistemas basados en el encarcelamiento, las mutilaciones o las ejecuciones. En este contexto, adquiere especial importancia el papel otorgado a la víctima y la preocupación por las consecuencias del daño.No resulta difícil encontrar aquí algunos de los valores que actualmente asociamos con la Justicia Restaurativa. La atención a la víctima, la responsabilidad del infractor, la reparación del daño y la participación de la comunidad no son necesariamente ideas nuevas, sino elementos presentes en formas de justicia anteriores al modelo penal moderno.
EJEMPLO DE ANTECEDENTES DEL ENFOQUE RESTAURATIVO
Las leyes de Brehon representan una concepción celta de la justicia basada en la idea de que todas las personas tienen valor. La justicia no consistía únicamente en corregir una injusticia, sino también en mantener unas relaciones basadas en la honradez, la imparcialidad y el respeto hacia los demás.La idea de un castigo impuesto por el Estado como respuesta principal al delito era ajena a esta concepción. La justicia se entendía como enderezar la injusticia y adoptar las acciones necesarias para hacer frente al daño causado.Desde esta perspectiva, la respuesta al delito tenía en cuenta a la víctima, al infractor y a la comunidad. El objetivo era determinar qué daño había producido el hecho, cómo podía repararse y quién debía asumir la responsabilidad de hacerlo.
Estas leyes obtenían buena parte de su autoridad de la opinión pública y constituían una expresión del poder moral de la comunidad a la que se aplicaban.En este sentido, encontramos una concepción de la justicia más cercana y humana, que otorgaba importancia al daño causado y ofrecía al infractor la posibilidad de hacer algo constructivo para compensar las consecuencias de su conducta.Esta filosofía puede resumirse en una idea que conecta claramente con algunos de los valores que hoy defendemos desde la Justicia Restaurativa: cada acción tiene consecuencias y debemos estar preparados para asumir la responsabilidad y compensar el daño que hemos causado cuando sea necesario.
CONCLUSIONES
Las leyes de Brehon nos recuerdan que muchos de los principios que hoy identificamos con la Justicia Restaurativa no nacieron en la época contemporánea. La preocupación por la víctima, la reparación del daño, la participación de la comunidad y la responsabilización de quien causa el daño estuvieron presentes en otras formas de entender la justicia. Por ello, hablar de Justicia Restaurativa no significa necesariamente inventar una nueva forma de justicia, sino recuperar valores que en buena medida quedaron desplazados por la evolución del sistema penal. Compensación, participación activa y responsabilización son, en definitiva, algunos de los pilares que permiten comprender por qué mirar hacia el pasado puede ayudarnos a construir una justicia más humana en el presente

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