INTRODUCCIÓN
Lo cierto es que, si pensamos en el fin de la pena como castigo o retribución, es decir, como la devolución al infractor de una cantidad de dolor que se corresponda con el daño causado, el castigo puede parecer suficiente o incluso más que suficiente. Sin embargo, la retribución como fin de la pena se centra fundamentalmente en la dimensión pública del delito. El Estado debe dejar claro que toda violación de la norma es desaprobada y el ciudadano debe comprenderlo para evitar futuros quebrantamientos de las leyes.
Pero ¿qué ocurre cuando hablamos de delitos especialmente graves, como la muerte de una persona? ¿Cuánto castigo sería suficiente para compensar la pérdida de una vida? Jamás podríamos colocar en una balanza el delito y el castigo porque ni siquiera la muerte del infractor, entendida como la máxima expresión del castigo, podría equilibrar la pérdida de una vida inocente. El retribucionismo como fin de la pena parte, en cierta medida, de una lógica de respuesta al daño mediante la imposición de sufrimiento: muchos consideran que se hace justicia cuando el infractor sufre como consecuencia de su conducta y el equilibrio trata de recuperarse mediante el castigo. Sin embargo, el desequilibrio provocado por el delito, especialmente respecto de las víctimas y de la sociedad, seguirá existiendo.









