INTRODUCCIÓN
Siempre he defendido que la Justicia Restaurativa nació, ante todo, para las víctimas.Puede parecer una afirmación evidente y, sin embargo, todavía hoy genera debate.Quizá resulte extraño para quienes contemplan el delito únicamente desde una perspectiva jurídica, pero lo primero que ocurre cuando se comete un delito no es que se infrinja un artículo del Código Penal.Lo primero que sucede es que una persona —o varias— sufre un daño.Y ese dato, tan sencillo como trascendental, debería ser siempre el punto de partida de cualquier sistema de justicia. Después vendrá la vulneración de una norma, la intervención del Estado y la respuesta penal.Pero antes de todo eso hay una víctima cuyas necesidades existen con independencia del procedimiento judicial.
Precisamente por eso la Justicia Restaurativa coloca a la víctima en el centro de la respuesta al delito.Sin embargo, todavía hoy continúa un debate que, sinceramente, nunca he terminado de comprender: ¿está la Justicia Restaurativa centrada en las víctimas o en los infractores?Creo que la pregunta parte de un planteamiento equivocado.Y conviene responderla, especialmente en un momento en el que la Justicia Restaurativa se ha puesto de moda y, en ocasiones, se utiliza con fines políticos o se presenta como una herramienta para facilitar beneficios penitenciarios rápidos a determinados ofensores.Nada más lejos de su verdadera esencia.









