INTRODUCCIÓN
Uno de los rasgos más característicos de la Justicia Restaurativa es su carácter interdisciplinar. Por ello, resulta especialmente interesante relacionarla con algunas teorías criminológicas que ayudan a comprender mejor tanto el delito como las respuestas que la sociedad construye frente a él.
En este sentido, la denominada criminología del yo, desarrollada por Garland (2001), sostiene que las personas que cometen delitos no son seres completamente distintos al resto de la sociedad, sino individuos “normales” que, por determinadas circunstancias personales, sociales o contextuales, terminaron actuando de forma dañina e ilegal. Desde esta perspectiva, el infractor es “uno de nosotros”, alguien que podría haber sido cualquier ciudadano. Sin embargo, este enfoque también entraña ciertos riesgos. La normalización del delincuente puede derivar en la idea de que todos somos potenciales ofensores y, como consecuencia, generar una creciente desconfianza entre las personas. Desde las teorías de la elección racional y la prevención situacional (Felson, 1994), se desarrollan estrategias basadas en protegernos constantemente de los demás, anticipando posibles conductas delictivas.
Esto provoca un deterioro progresivo de la confianza social. En términos de Putnam, el capital social se debilita gravemente, afectando negativamente a la calidad de la convivencia, de las relaciones humanas y, en definitiva, de la propia democracia.









