viernes, 23 de octubre de 2026

La justicia restaurativa nos dice que el pasado no nos define como personas

 INTRODUCCIÓN

«Las personas son algo más que aquello que hicieron mal en el pasado». Esta frase, pronunciada por una víctima tras participar en un proceso de Justicia Restaurativa, refleja una de las ideas fundamentales de esta justicia: aunque surge por y para las víctimas, también ofrece una oportunidad de cambio a la persona infractora.Atender a las víctimas puede favorecer que dejen de sentirse definidas para siempre por lo sucedido, mientras que ayudar al infractor a responsabilizarse permite que pueda ser reconocido no solo por el daño que causó, sino también por lo bueno que haga en el futuro.

La Justicia Restaurativa cuestiona las etiquetas y los estereotipos. Quien comete un delito no es necesariamente una persona malvada y sin conciencia, incapaz de cambiar. Por eso, el estigma de infractor no debería convertirse en una condena perpetua. Del mismo modo, la víctima no debería verse obligada a vivir siempre bajo esa identidad. Puede recordar lo ocurrido e incorporar esa experiencia a su vida sin que el delito determine para siempre quién es.Se invita al infractor a hacer lo correcto, asumiendo la responsabilidad de reparar o compensar el daño en la medida de lo posible. No se trata de añadir una sanción, sino de comprender que quien causa un daño tiene la responsabilidad de intentar repararlo. Porque hacer algo malo no tiene por qué definir toda una vida, pero sí debería llevarnos a intentar hacer algo bueno para compensarlo.

jueves, 22 de octubre de 2026

Justicia Restaurativa: flexibilidad en la práctica, fidelidad a los principios

 INTRODUCCIÓN

Siempre he defendido la importancia de la práctica de la Justicia Restaurativa. Sin embargo, últimamente estoy comprobando que aplicarla sin conocer sus fundamentos puede resultar perjudicial. Es urgente que quienes quieran convertirse en facilitadores comprendan qué es realmente esta filosofía de justicia y, sobre todo, que entiendan que sus prácticas deben adaptarse al lugar donde se desarrollan.Podemos organizar diez cursos de formación y terminar con diez formas diferentes de entender y aplicar la Justicia Restaurativa. El error sería intentar copiar íntegramente un modelo concreto, cuando lo importante es conocer su esencia para adaptar las prácticas a cada país, su cultura y sus necesidades. Y no debemos confundir la formación en procesos restaurativos con la formación en terapia o comunicación no violenta, aunque estas puedan aportar herramientas complementarias.

miércoles, 21 de octubre de 2026

La justicia restaurativa busca transformar el daño

 

INTRODUCCIÓN

Intentar resumir o generalizar qué es la Justicia Restaurativa resulta complicado, porque si preguntamos a las víctimas o a las personas infractoras, cada una nos ofrecerá una visión diferente. El camino hacia la restauración es único, pues las necesidades de las víctimas son distintas y, por tanto, también lo serán las obligaciones de reparación o compensación que deba asumir la persona ofensora.Sin embargo, existen dos aspectos fundamentales en la Justicia Restaurativa: la reparación del daño y la reconexión con la comunidad.

La reparación de la víctima, porque nos ocupamos del daño causado por el delito y de sus consecuencias, tanto para la víctima directa como para otras personas afectadas. Se trata de reparar, mitigar o compensar ese daño en la medida de lo posible. Pero hablamos de reparación en el sentido más amplio: devolver a la víctima y a la sociedad algo bueno después del mal causado. A su vez, esta reparación puede permitir que la persona infractora sea reconocida por lo positivo que haga a partir de ese momento y deje de ser definida exclusivamente por el delito que cometió.

martes, 20 de octubre de 2026

La justicia restaurativa no puede caer en los mismos errores que la justicia tradicional

INTRODUCCIÓN

Para quienes nunca hemos sido víctimas directas de un delito, resulta complicado ponernos en el lugar de una persona que lo ha sufrido, especialmente si ha sido grave. La justicia penal tradicional puede hacer que las víctimas se sientan aún más victimizadas durante el proceso: son interrogadas una y otra vez, deben recordar el dolor sufrido y, en ocasiones, reviven el trauma. Y cuando quizá empiezan a superar lo vivido, son llamadas a juicio.Además, el proceso penal no siempre tiene suficientemente en cuenta a las víctimas indirectas, como los familiares y allegados, cuyo sufrimiento también merece ser escuchado. Tanto unas como otras pueden acudir al juicio con expectativas que no se corresponden con lo que este puede ofrecerles: esperan desahogarse, contar cómo se sintieron, explicar cómo ha cambiado su vida y expresar qué necesitan para seguir adelante. Sin embargo, el proceso penal se centra fundamentalmente en probar los hechos y determinar la responsabilidad del infractor.

Otro problema surge cuando no hay una persona ofensora identificada, esta ha fallecido o ya no es posible exigirle responsabilidad penal. En estos casos, las necesidades de las víctimas no desaparecen, aunque las posibilidades de respuesta penal sean limitadas o inexistentes. La Justicia Restaurativa nos permite ampliar la mirada y preguntarnos qué podemos hacer por ellas, incluso cuando no es posible un encuentro con la persona ofensora.

lunes, 19 de octubre de 2026

Del trauma a la reconexión: el papel de la Justicia Restaurativa

 INTRODUCCIÓN

La Justicia Restaurativa surge por y para las víctimas, sin perjuicio de que, al ayudarlas, también se contribuya a que las personas infractoras puedan reconectar con la comunidad.

Hablo de reconectar, más que de reintegrar, porque todos somos piezas de un todo: la comunidad. Estamos conectados y, cuando alguien comete un delito o lo sufre, esa conexión se rompe. Tanto la víctima como la persona infractora necesitan recuperar sus vínculos con la sociedad, aunque cada una deba hacerlo de una manera diferente, atendiendo a sus propias necesidades.En otras ocasiones he hablado de las víctimas y del trauma que supone sufrir un delito. Hoy quiero profundizar en ello, porque el trauma y el camino para superarlo son diferentes para cada persona. Los procesos de Justicia Restaurativa pueden ayudar a afrontar ese trauma, algo esencial para recuperar la conexión con los demás. Como señala Richard Rohr, «el dolor que no se transforma se transfiere» y, lejos de favorecer la reconexión, puede contribuir a perpetuar el sufrimiento y el distanciamiento.

domingo, 18 de octubre de 2026

¿Por qué nos da miedo la palabra justicia?

 He comentado en alguna ocasión que no entiendo ese miedo a utilizar la expresión Justicia Restaurativa y la tendencia a sustituirla por “prácticas restaurativas”. Para mí, “prácticas” se queda corto.

Las prácticas son herramientas, métodos, formas concretas de hacer. Pero la Justicia Restaurativa es mucho más que un método o un proceso. Es una manera diferente de entender el daño, las relaciones, la responsabilidad y, en definitiva, la propia justicia. Además, está en constante evolución. Lo que hoy consideramos una buena práctica restaurativa puede quedar superado mañana. Por eso necesitamos flexibilidad y capacidad para seguir aprendiendo, más que encerrarnos en definiciones rígidas o en tecnicismos.

viernes, 16 de octubre de 2026

La confianza como eje de la justicia restaurativa

 

La Justicia Restaurativa no es una nueva forma de entender la justicia. Sus raíces se encuentran en tradiciones y prácticas ancestrales de muchas comunidades. Lo que aporta es una manera diferente de mirar el delito y, sobre todo, de preguntarnos qué debería buscar la justicia después de que se produzca un daño.

Desde esta perspectiva, el delito es una fuente de daño que necesita ser reparado. Y uno de los daños que quizá menos visibilizamos es la pérdida de confianza.Cuando se comete un delito, la víctima puede dejar de sentirse segura, puede desconfiar de las personas que la rodean y sentir que el mundo ya no es el mismo. Pero el daño también puede afectar a la comunidad. Cuando se rompe la confianza, se debilitan los vínculos que nos permiten convivir y nos sentimos menos seguros como sociedad.Por eso, creo que uno de los objetivos principales de la Justicia Restaurativa debería ser precisamente el restablecimiento de la confianza.

La persona que ha causado el daño tiene una responsabilidad esencial: demostrar, mediante sus actos, que puede volver a ser digna de confianza. No se trata de exigir a la víctima que confíe nuevamente ni de olvidar lo ocurrido. La confianza no se impone; se reconstruye.Y para ello es necesario que exista responsabilización, comprensión del daño y voluntad de reparación.

jueves, 15 de octubre de 2026

Ciberviolencia y justicia restaurativa: de la responsabilidad individual a la responsabilidad comunitaria

INTRODUCCIÓN

El 28 % de las chicas de 16-17 años ha sufrido ciberviolencia: ¿dónde está la responsabilidad?La Fiscalía ha advertido de la concentración de la ciberviolencia de género entre adolescentes y del creciente uso de la inteligencia artificial para cometer este tipo de conductas. Según su Memoria, el 28 % de las chicas de 16 y 17 años habría sufrido ciberviolencia. Esta noticia, publicada hace unas semanas, pone de manifiesto cómo están cambiando las problemáticas delictivas entre adolescentes y cómo los avances tecnológicos están transformando tanto las formas de ejercer la violencia como sus efectos sobre las víctimas. El acoso escolar y la violencia de género también ha cambiado y, además de aumentar, plantea nuevos retos por la dimensión y el alcance de los daños que produce. Ante esta realidad, cabe preguntarse: ¿cómo responsabilizamos cuando el daño se produce detrás de una pantalla y, sobre todo, qué estamos haciendo para prevenirlo?

CIBERVIOLENCIA Y JUSTICIA RESTAURATIVA

En un momento en el que todo el mundo parece haber oído hablar de justicia restaurativa, sería necesario detenernos a examinar qué estamos haciendo realmente en la práctica. Es decir, qué intervenciones restaurativas estamos ofreciendo, no solo en el ámbito penal, sino también en otros espacios comunitarios como el escolar. La justicia restaurativa ha evolucionado y ya no puede entenderse únicamente como un paradigma de justicia aplicable al ámbito penal o como una forma de fomentar la reparación del daño. También es una manera de construir, fortalecer y, cuando es necesario, reparar las comunidades.

Oigo hablar de prácticas restaurativas en colegios y escuelas, pero cuando se concretan los proyectos y las intervenciones, muchas veces no consigo ver cómo se traducen realmente en la práctica. Y si tenemos datos como los que estamos manejando, quizá debamos preguntarnos si estamos entendiendo bien cómo utilizar la justicia restaurativa. Aquí debemos hacer autocrítica quienes nos dedicamos a este ámbito. Las verdaderas intervenciones restaurativas no pueden reducirse a formar a profesores y otros miembros de la comunidad escolar y realizar algunas actividades esporádicas destinadas a fomentar la empatía o el diálogo entre los alumnos. Estas acciones pueden ser útiles, pero no sustituyen a programas restaurativos diseñados para responder a daños concretos y sostenidos en el tiempo. Además, muchas de las iniciativas que se financian siguen centradas en informar sobre el problema, sensibilizar o fomentar la denuncia, pero se presta mucha menos atención a cómo prevenir realmente estas conductas y, sobre todo, a cómo intervenir y reparar cuando el daño ya se ha producido. Continuar leyendo en : lawandtrends


Es una constante que encontramos en ámbitos como la violencia sexual y de género o el acoso escolar: muchas campañas de concienciación y pocas intervenciones capaces de prevenir, abordar y reparar los daños.

miércoles, 14 de octubre de 2026

La persona facilitadora de justicia restaurativa debe despojarse de su profesión de origen

INTRODUCCIÓN

Una de las cosas que más valoro de interactuar con otros facilitadores y promotores de la Justicia Restaurativa es que estas conversaciones me permiten reflexionar sobre dónde estamos y, sobre todo, hacia dónde queremos ir. Suelo decir que un buen facilitador debe ser capaz de despojarse, al menos durante el proceso restaurativo, de su profesión de origen.

Y quizá esto resulte especialmente difícil para quienes venimos del mundo del Derecho. Nos han enseñado a respetar las normas, a buscar respuestas jurídicas, a analizar los hechos y a aplicar la ley. Pero, cuando nos encontramos ante un proceso restaurativo, debemos recordar que detrás del delito, del conflicto y del expediente hay personas.

¿Cómo hacerlo? ¿Cómo desprendernos de esa mirada profesional?No significa olvidar nuestra formación. Significa evitar que sea ella la que nos impida escuchar.Quizá tengamos que dejar de pensar únicamente con la cabeza y permitir que también tenga espacio el corazón.

martes, 13 de octubre de 2026

Justicia Restaurativa y violencia de género: responsabilizar sin condenar para siempre

 

INTRODUCCIÓN

Se ha discutido mucho, al menos en España, sobre la posibilidad de utilizar herramientas de la Justicia Restaurativa en casos de violencia de género. El problema es que, con frecuencia, se habla de mediación cuando en realidad estamos hablando de conceptos y prácticas diferentes. Ya he abordado esta cuestión en otras ocasiones y, sin duda, volveré a establecer las diferencias y a analizar qué herramientas restaurativas pueden ser adecuadas para abordar delitos que generan tanta alarma social.

La Justicia Restaurativa puede, sin lugar a dudas, contribuir a gestionar estos delitos de una manera más eficaz. Pero, al igual que sucede con otros delitos de especial gravedad, es necesario tener en cuenta determinados elementos antes y durante las intervenciones individuales y, cuando proceda, en las conjuntas.Siguiendo a Howard Zehr, podemos señalar algunos aspectos especialmente relevantes.