jueves, 12 de febrero de 2026

Sanar es volver a tomar la palabra


Sanar no es borrar lo ocurrido, ni negar la herida. Sanar es recuperar la autoría de la propia vida. Es dejar de ser únicamente el personaje definido por el daño —por lo que nos hicieron o por lo que hicimos— para convertirnos en protagonistas conscientes de una historia que sigue escribiéndose.

Cuando una persona ha sido dañada, con frecuencia pierde algo más que seguridad o confianza: pierde la sensación de control sobre su propio relato. Otros hablan por ella, deciden por ella, interpretan su experiencia. Recuperar la autoría significa volver a decir “esta es mi historia”, con sus silencios, sus tiempos y sus matices.

Desde una mirada restaurativa, esta idea es central. Tanto víctimas como personas ofensoras pueden quedar atrapadas en identidades impuestas: víctima eterna, infractor permanente. Pasar de “personaje de una herida” a “protagonista de una historia en construcción” implica romper con esas etiquetas y abrir espacio a la complejidad, al cambio y a la responsabilidad asumida.

La autoría no significa negar el pasado, sino integrarlo sin que lo defina todo. Significa que el daño no desaparece, pero deja de ser el único eje desde el que se vive. En ese tránsito aparecen la palabra, el reconocimiento, la posibilidad de reparar y también la dignidad de elegir cómo seguir.

Esta imagen nos recuerda que los procesos que realmente sanan —en justicia restaurativa y en la vida— no son los que imponen finales, sino los que devuelven a las personas la capacidad de escribir su propio siguiente capítulo. Porque sanar, al final, es volver a habitar la propia historia con voz  y con futuro.

miércoles, 11 de febrero de 2026

Justicia restaurativa en constante evolución: aprender, cuestionar y volver a la realidad


 JUSTICIA RESTAURATIVA EN CONSTANTE EVOLUCIÓN

Una de las mejores experiencias de mi vida ha sido coincidir en varias ocasiones con el “abuelo” de la justicia restaurativa, Howard Zehr. Gracias a él entendí algo fundamental: nunca hubo confusión, por parte de quienes iniciaron este movimiento, entre justicia restaurativa, mediación u otros mecanismos alternativos.

Las primeras iniciativas restaurativas nacieron con objetivos muy claros: sanar a las personas afectadas por el delito, incluyendo a la comunidad. Fue solo después, cuando aquellos primeros procesos resultaron exitosos, cuando surgió la necesidad de ponerles nombre. Y es ahí donde comenzó la confusión: programas de reconciliación, mediación víctima-ofensor, mediación comunitaria, entre otros. Los nombres llegaron después; la práctica y el sentido, antes.

De Howard Zehr he aprendido, sobre todo, que la justicia restaurativa exige una actitud permanente de aprendizaje. No es un modelo cerrado ni una receta que se aplique mecánicamente. Está en constante evolución y, para practicarla de verdad, es imprescindible mantenerse en contacto con la realidad concreta de las personas y los contextos en los que ocurre el daño.

Hoy quiero recordar una de sus aportaciones más conocidas y, al mismo tiempo, más vigentes: la forma en que diferenciaba la justicia restaurativa de la justicia tradicional a partir de las preguntas que cada una se hace.

martes, 10 de febrero de 2026

La vergüenza importa: cómo gestionarla (y cómo no) en la justicia restaurativa

 


LA IMPORTANCIA DE LA VERGÜENZA

La vergüenza se ha convertido en un tema controvertido dentro de la justicia restaurativa. Sin embargo, comprender la vergüenza y su dinámica es fundamental, ya que desempeña un papel clave en la forma en que las personas interactuamos, en cómo respondemos al daño y en cómo experimentamos la justicia.

La vergüenza existe en todas las sociedades, pero su expresión, los desencadenantes y la manera en que se amplifica o se atenúa varían culturalmente. En las sociedades occidentales, sin embargo, la vergüenza suele ser ignorada. Como resultado, contamos con un lenguaje muy limitado para hablar de ella. La vergüenza queda relegada a la clandestinidad: sigue operando, pero a menudo lo hace de forma distorsionada y negativa.

La vergüenza puede tener un efecto positivo cuando nos motiva a actuar de manera diferente, a corregir un comportamiento y a alejarnos del daño causado. Pero, en esencia, la vergüenza supone una amenaza para la autoestima y puede resultar profundamente debilitante. No es casualidad que juegue un papel central en la mayoría de las personas infractoras, tanto en su conducta como en la manera en que viven el sistema de justicia. Del mismo modo, la vergüenza aparece con frecuencia en el trauma de las víctimas y en las experiencias negativas que muchas de ellas tienen con la justicia.

lunes, 9 de febrero de 2026

La justicia restaurativa no son charlas: la importancia de la narración en la justicia restaurativa


 INTRODUCCIÓN

Cuando leo algunos documentos teóricamente oficiales sobre cómo se hace justicia restaurativa en España, me quedo sorprendida. En muchos casos, lo único que se propone es dar charlas sobre determinados aspectos: qué es la justicia, qué es la resiliencia, quién es la víctima, qué entendemos por justicia restaurativa…

Pero esto no es trabajar con personas ofensoras de forma restaurativa.

Esta información puede ser interesante y, sin duda, útil como sesión inicial, para explicar en qué consistirá un programa o incluso para seleccionar participantes. La pregunta clave sería entonces: ¿qué hacemos realmente en justicia restaurativa ?

Esta es una pregunta que suelen hacerse quienes no tienen más contacto con la justicia restaurativa que la intuición —o la premonición— de que ya son expertos.

Como el objetivo de este blog es ofrecer información real sobre lo que son y lo que implican las distintas intervenciones restaurativas, hoy quiero centrarme en la narración y en la importancia de que, durante las sesiones —ya sea en reuniones víctima-ofensor, conferencias o círculos— demos un espacio auténtico para que las personas puedan contar su historia.

Una de las ventajas de los programas individuales es que permiten dedicar más tiempo a esta narración (salvo que algún responsable político decida que no hace falta más de un año cuando, supuestamente, puede hacerse en menos). Y ese tiempo es necesario.

Obviamente, dependerá del delito cometido: no es lo mismo trabajar con personas condenadas a medidas alternativas que con personas privadas de libertad; tampoco es igual acompañar a quienes han cometido delitos muy graves que a quienes han cometido otros de menor entidad.

En los delitos muy graves debemos ser especialmente conscientes de que no podemos impacientarnos y, por supuesto, no podemos forzar testimonios, sobre todo cuando sabemos que no benefician a las propias personas.

domingo, 8 de febrero de 2026

Creer para reinsertar: cuando la justicia también reconstruye vidas

 


¿CREEMOS REALMENTE EN LA REINSERCIÓN?

A menudo me pregunto si, como sociedad, creemos realmente en la reinserción. Y la pregunta no es menor, porque si nosotros no creemos en ella, ¿qué motivos tendrían los infractores para intentarlo o las víctimas para confiar en el proceso?

Reinsertar no es simplemente “volver a meter” a alguien en la sociedad. Es reconectar a una persona con el marco social del que se apartó. La reeducación, por su parte, no consiste solo en imponer normas, sino en explicar por qué existen, a quién protegen y qué consecuencias tiene no respetarlas. Es mucho más eficaz que una persona comprenda que sus actos dañan a otros seres humanos —y desarrolle empatía— que que actúe únicamente por miedo al castigo.

La verdadera reeducación busca que quien ha cometido un delito asuma su responsabilidad, no desde la humillación, sino desde el compromiso. Si ha causado un daño, debe repararlo o compensarlo mediante una actividad socialmente constructiva. No como castigo, sino como una forma de devolver algo a la comunidad y de reconstruirse como parte de ella.

Estoy convencida de que todas las personas pueden reinsertarse, o mejor dicho, reconectar con la sociedad. Y en los jóvenes, esta posibilidad es aún mayor. Su conducta delictiva suele estar muy influida por el entorno, las amistades o creencias erróneas. Precisamente por eso, es más fácil que comprendan el impacto de sus actos y que deseen cambiar cuando se les ofrece una oportunidad real. Con tratamientos especializados y la incorporación de la Justicia Restaurativa, el cambio no solo es posible, sino probable.

viernes, 6 de febrero de 2026

La justicia restaurativa como camino de sanación, resiliencia y transformación social


 Hace ya algunos años estudié en Estados Unidos los cursos Strategies for Trauma Awareness y Resilience, dos formaciones orientadas a comprender el funcionamiento del trauma, aprender a detectarlo y gestionarlo, así como a adquirir herramientas y mecanismos para generar resiliencia en las personas. Además, estos estudios me permitieron conectar todo este conocimiento con la justicia restaurativa.

Efectivamente, una cosa es la labor clínica de los psicólogos y otra distinta —aunque complementaria— son las posibilidades del facilitador  a la hora de ofrecer espacios seguros en los que las personas puedan iniciar procesos de sanación a través de la justicia restaurativa. De hecho, estos cursos fueron diseñados por un grupo de psicólogos que, tras los atentados del 11 de septiembre, detectaron la necesidad de que la ciudadanía contara con conocimientos básicos para comprender y gestionar el trauma, así como de desarrollar diferentes intervenciones comunitarias para ayudar a las personas afectadas, entre ellas la justicia restaurativa.

Precisamente por ello, la justicia restaurativa se encuentra en constante evolución. Hace años no se habría pensado que pudiera aplicarse a casos de catástrofes naturales, accidentes graves u otros daños sobrevenidos en los que la intervención humana no ha sido decisiva. Sin embargo, hoy sabemos que es posible utilizarla también en estos contextos, mediante intervenciones que ofrecen un valor añadido a la terapia y contribuyen de manera significativa a la superación del trauma.

JUSTICIA RESTAURATIVA: OTRAS POSIBLES INTERVENCIONES MÁS ALLÁ DE LOS DELITOS

La justicia restaurativa surgió en el ámbito penal como una forma de abordar los daños poniendo el foco en las víctimas. Su objetivo era devolver el protagonismo a la gran olvidada del sistema: la víctima, y al mismo tiempo ofrecer a las personas ofensoras la oportunidad de asumir la responsabilidad por el daño causado y hacer lo correcto.

Con el paso de los años, la justicia restaurativa ha ido evolucionando hasta el punto de ser considerada no solo un paradigma de justicia, sino incluso un movimiento social o una filosofía de vida. En este marco, los espacios restaurativos pueden utilizarse también para ayudar a resignificar historias de daño que no constituyen delitos. Porque los daños nos impactan profundamente y, aun cuando no sean delictivos, pueden generar trauma o afectarnos de manera muy grave, dificultando la posibilidad de continuar con nuestra vida. Debemos recordar que la justicia restaurativa surgió con el propósito de construir, fortalecer o reparar comunidad. Durante mucho tiempo, nos hemos centrado en la reparación en el ámbito exclusivamente penal, pero hoy es evidente la importancia de su enfoque en otros espacios: familiar, laboral, escolar, comunitario, entre otros. Continuar leyendo en lawandtrends

jueves, 5 de febrero de 2026

El daño no es individual: justicia restaurativa y comunidad


TODOS ESTAMOS CONECTADOS

El ser humano no puede entenderse a sí mismo si no es en relación con los demás. Vivimos en comunidad, crecemos rodeados de familia, amistades y vínculos que nos sostienen. Nadie vive aislado. De una forma u otra, todos estamos conectados, directa o indirectamente.

Por eso, cuando se comete un delito, el daño no alcanza solo a la víctima directa. El impacto se extiende a la familia, al entorno y a la sociedad en su conjunto. Algo se rompe en el tejido social. Perdemos confianza, nos sentimos menos seguros y empezamos a mirarnos con recelo. Desde esta mirada, abordar el delito únicamente desde el castigo resulta insuficiente.

Aquí es donde la Justicia Restaurativa se presenta como una gran apuesta. No como algo novedoso o alternativo, sino como algo profundamente ligado a nuestra propia esencia humana. En Sudáfrica lo expresan con una sola palabra: Ubuntu. Una palabra sencilla, pero cargada de significado. Ubuntu nos recuerda que estamos hechos para vivir en relación, que necesitamos empatía, humanidad y lealtad mutua. 

miércoles, 4 de febrero de 2026

Justicia restaurativa y mecanismos alternativos de solución de conflictos, una confusión peligrosa


 La Consejería de justicia de Andalucía hace unas semanas realizaba una publicación celebrando  que el servicio de mediación penal había evitado 3231 juicios y había ayudado a 14500 andaluces a resolver sus conflictos mediante el acuerdo. Y para colmo comentan: “ que se ha consolidad como una herramienta eficaz que ahorra tiempo, reduce costes y descongestiona los tribunales”

Desde luego, pueden apreciarse diversos aspectos en el discurso institucional, pero destaca especialmente una profunda equivocación respecto a lo que es la mediación penal y, sobre todo, respecto a la finalidad y utilidad de la justicia restaurativa, así como de los propios mecanismos alternativos de solución de conflictos. Al menos resulta positivo que no se afirme explícitamente que se está aplicando justicia restaurativa, porque lo que se describe en ningún caso puede considerarse como tal.

LOS MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCION DE CONFLICTOS

Los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos (MASC), como la negociación, la mediación o la conciliación, permiten resolver conflictos de forma más ágil, económica y dialogada que a través de los tribunales. Su finalidad es facilitar acuerdos satisfactorios mediante la comunicación y, en su caso, la intervención de un tercero neutral, sin que las partes pierdan el control sobre el resultado. Se trata de instrumentos basados en el diálogo y la cooperación que ayudan a quienes mantienen un conflicto a gestionarlo de manera más constructiva, favoreciendo soluciones en las que las partes puedan sentirse razonablemente satisfechas. Evidentemente, cuando se alcanza un acuerdo, se evita el juicio.

En esta línea, la reforma de la Ley de Medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia en España introdujo la obligación, en el ámbito civil y mercantil, de acreditar el intento previo de un MASC antes de interponer una demanda. Esta reforma responde a la voluntad de priorizar una cultura del diálogo frente al litigio. Resulta significativo que el legislador no haya impuesto la justicia restaurativa como obligatoria, lo que evidencia que sí se tuvo en cuenta que la justicia restaurativa no es un mecanismo alternativo de solución de conflictos.

En este sentido, mecanismos como la mediación persiguen que las personas implicadas en un conflicto, en el que existe una corresponsabilidad, alcancen acuerdos que resulten satisfactorios para ambas y eviten así un juicio que, con frecuencia, sería largo e innecesario. Cuando se logra un acuerdo, la mediación efectivamente evita el proceso judicial, ya que su objetivo principal es alcanzar un convenio que ponga fin al conflicto y haga innecesaria la continuación del litigio.

Desde esta perspectiva, el argumento utilizado en la noticia de la Junta de Andalucía relativo a la reducción de juicios y a la agilización de los tribunales puede considerarse uno de los posibles beneficios de la mediación como mecanismo alternativo. Sin embargo, este planteamiento no resulta aplicable, en ningún caso, a la justicia restaurativa, cuya finalidad y lógica son sustancialmente distintas. Continuar leyendo: lawandtrends

martes, 3 de febrero de 2026

Hacer justicia no siempre es castigar


INTRODUCCIÓN

La reflexión de hoy nace con un propósito muy claro: hablar de todas las víctimas, de todas las personas que han sufrido un daño que el Estado considera delito y que, por tanto, está sancionado por la ley. Personas de carne y hueso, con miedo, dolor, rabia y muchas preguntas sin respuesta.

Cada vez que escucho decir que “las víctimas quieren que se haga justicia”, no puedo evitar preguntarme algo fundamental:

¿por qué parece que hacer justicia se ha convertido en sinónimo de castigar?

Ambos términos se utilizan de forma intercambiable con demasiada frecuencia. Tanto, que cuando se clama por “más justicia”, en realidad lo que se está reclamando, en la mayoría de los casos, es más castigo y penas más duras. Da la sensación de que la palabra “justicia” se ha vaciado de contenido y se usa como un eufemismo para hablar únicamente de castigo.

Si esto es así, surge una pregunta inquietante:

¿qué ocurre con aquellas personas que han sufrido un delito cuyo infractor no ha sido identificado o no ha sido capturado?

¿Debemos pensar que, como no se puede castigar a nadie, entonces no se puede hacer justicia?

Aceptar eso sería profundamente injusto. No solo porque negaría justicia a quienes han sufrido un daño, sino porque supondría abandonar a su suerte a personas que necesitan apoyo, escucha y reparación.

Cuando reducimos la justicia exclusivamente al castigo del infractor —como ocurre habitualmente en el sistema penal tradicional— solo estamos respondiendo a las expectativas de algunas víctimas y de determinados delitos, dejando fuera a muchas otras realidades.

lunes, 2 de febrero de 2026

Que el daño no sea el título de nuestra vida


 

Sanar no es borrar lo vivido, sino cambiar la relación que tenemos con ello.

Nadie puede exigirle a una persona que ha sufrido un daño que olvide. Pretenderlo sería una forma más de violencia. Lo vivido deja huella, se inscribe en la memoria, en el cuerpo y en la identidad. Pero sanar no consiste en eliminar ese pasado, sino en transformar la manera en la que ese pasado nos habita. Cuando el dolor deja de definir cada decisión, cada miedo y cada expectativa, comienza la verdadera reparación. El recuerdo permanece, pero ya no gobierna la vida.

Durante mucho tiempo, a las víctimas se les ha exigido fortaleza entendida como silencio, como resistencia pasiva, como capacidad de “pasar página” rápidamente. Sin embargo, pasar página sin haber podido leerla, comprenderla y expresarla no es sanar, es reprimir. La sanación empieza cuando se reconoce el daño, cuando se legitima el sufrimiento y cuando se ofrece un espacio seguro para narrarlo. Hablar no reabre la herida; muchas veces, es la primera forma de cerrarla.

EL DAÑO PUEDE SER PARTE DE NUESTRA HISTORIA PERO NO TIENE POR QUÉ SER EL TITULO

Lo que nos ocurre forma parte de nuestra biografía, pero no tiene por qué convertirse en nuestra identidad. Ser víctima de un delito no debería significar vivir encadenada a esa condición para siempre. El problema aparece cuando el sistema, la sociedad o incluso el entorno más cercano fijan a la persona en ese rol, impidiéndole evolucionar, crecer y redefinirse más allá del daño sufrido.

Cuando una persona es reducida a lo que le hicieron, se le roba la posibilidad de escribir nuevos capítulos. Por eso es tan importante ofrecer caminos que permitan resignificar la experiencia, integrarla sin que lo invada todo. La justicia, entendida únicamente como castigo, suele congelar a las personas en el momento del daño. En cambio, una justicia que escucha, repara y acompaña abre la posibilidad de que la historia continúe.

Sanar implica recuperar el control, volver a sentirse sujeto de la propia vida y no objeto de lo que ocurrió. Significa que el daño deja de ser el eje alrededor del cual gira todo, para convertirse en un episodio más dentro de una narración mucho más amplia, compleja y rica. Una narración donde también hay resiliencia, dignidad, reconstrucción y futuro.

Desde esta mirada, la justicia restaurativa cobra un sentido profundo. No promete borrar el pasado, pero sí ayuda a que el pasado no secuestre el presente ni condicione el mañana. Permite que las personas recuperen su voz, su lugar y su capacidad de decidir quiénes quieren ser después del daño.


Porque al final, sanar no es negar lo ocurrido.

Sanar es dejar de vivir prisioneros de ello.