Hoy quiero comenzar, con una serie de posts durante estos días, abriendo un poco el horizonte, hacia lo que podemos considerar que si es Justicia Restaurativa. Empiezo hoy con una definición de Justicia Restaurativa, que es la que más me gusta, es de las Naciones Unidas, y creo que refleja realmente lo que es esta Justicia: una respuesta, una forma de abordar el delito o conflicto, es un continuo de respuestas ante las variadas necesidades y daños experimentados por víctimas, infractores y comunidad (las partes).
Ya en el ámbito penal la Justicia Restaurativa tiene que ver con atender las necesidades de las víctimas, enfrentar al infractor con lo que ha hecho, para ayudarlo a asumir su responsabilidad, y fomentar el diálogo participativo entre todos los "tocados" por el delito, incluyendo siempre que fuera posible a la comunidad.
Esta imagen es propiedad de Virginia Domingo de la Fuente.Presidenta de la Sociedad Científica de Justicia Restaurativa
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