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lunes, 24 de febrero de 2020

Cómo, qué y quién para la justicia restaurativa

El QUÉ Y EL CÓMO
Como decía Howard Zehr, en el “Pequeño libro de la Justicia Restaurativa” es importante el cómo y el quién para la Justicia Restaurativa. 
Procesar el "cómo"
Nuestro sistema legal es un proceso adversarial dirigido por profesionales y gira en torno al infractor y al Estado como víctima,  en la que el juez es el que hace de árbitro. Los resultados son impuestos en base a la ley, por alguien ajeno al delito y al impacto real y emocional que ha tenido en los afectados. La Justicia restaurativa generalmente reconoce el papel del estado y del sistema pero enfatiza la importancia de la participación de los que tienen un interés directo, por resultar “tocados” por el delito
El cómo suele presentarse bajo la fórmula de un encuentro entre víctima y agresor, un conferencia de grupo familiar, un proceso de círculo etc.  Es una reunión que permite a las víctimas y los infractores  ponerse cara,  hacer preguntas a la otra directamente, y llegar a un consenso de cómo hacer lo correcto. Proporciona a las víctimas la oportunidad de decirle directamente al infractor, en qué medida el delito ha impactado en su vida. 

Permite a los infractores escuchar y empezar a comprender los efectos de su comportamiento. Ofrece posibilidades para la aceptación de la responsabilidad. Muchas de las víctimas, así como los infractores han encontrado que es una experiencia poderosa y positiva. Un encuentro directo o indirecto, no siempre es posible y en algunos casos, puede no ser deseable. Incluso en tales casos, sin embargo, debemos esforzarnos para proporcionar el máximo intercambio de información entre los afectados y fomentar su participación aunque sea de forma indirecta.

lunes, 9 de septiembre de 2019

Acceder a la justicia restaurativa debe ser un derecho universal para todas las personas

INTRODUCCIÓN
Siempre comento, que respecto de la Justicia Restaurativa muchas personas suelen estar equivocadas o más bien tener ideas preconcebidas, derivadas de creer que es un método alterno de solución de conflictos, es decir, se suele pensar que solo sirve para delitos muy leves y en general, para personas que tienen una relación previa y que precisamente el delito solo es síntoma de un conflicto mal gestionado. Sin embargo, esto no es así, la Justicia Restaurativa sirve para delitos graves y para infractores incluso reincidentes, y sobre todo cualquier víctima debe tener el derecho a poder participar en un proceso restaurativo, si ese es su deseo, reflexionando un poco no sería justo, decir a una persona que ha sufrido un delito muy grave, que no puede tener acceso a la Justicia Restaurativa  porque el daño que la han ocasionado es muy grave, al contrario, por esto mismo, sería la víctima la persona que mejor sabe lo que necesita para poder ir superando el trauma del delito y si esto pasa por un proceso restaurativo, no deberíamos prohibirlo.

viernes, 6 de septiembre de 2019

Los fines de la pena y la justicia restaurativa

El CASTIGO COMO FIN DE LA PENA
Para muchos, pensar en el fin de la pena como el castigo o la retribución, es decir, devolver al infractor una cantidad de dolor que se corresponda con el daño causado, puede ser suficiente o más que suficiente. No obstante, la retribución como fin de la pena se centra en la dimensión pública de la delincuencia. El estado debe dar a entender que toda violación de la norma es desaprobada y el ciudadano debe comprenderlo, para evitar futuros quebrantamientos de las leyes. Sin embargo, si pensamos en un delito muy grave, como la muerte de seres vivos, ¿cuánto castigo sería suficiente para compensar las pérdidas de vidas? Jamás se podría poner en una balanza el delito grave y el castigo porque ni tan siquiera la muerte del infractor, como el castigo más terrible, podría equilibrar la pérdida de seres vivos inocentes. El retribucionismo como fin de la pena se basa en una especie de venganza recíproca y muchos creen que se hace justicia si el infractor tiene dificultades y el equilibrio trata de adquirirse mediante el pago, de devolver al delincuente el sufrimiento que causó por el delito.Sin embargo, el desequilibrio con respecto a las víctimas directas y la sociedad seguirá existiendo. 
Parece ponerse en una misma balanza a víctimas e infractores y esto no es así, las víctimas por el mero hecho de serlo merecen nuestro respeto y consideración y necesitan sentir que se ha hecho justicia. 

viernes, 30 de agosto de 2019

Decálogo de justicia restaurativa

Hace unos años realicé un decálogo de Justicia Restaurativa en el ámbito penal, tengo pensado variarlo en función de cómo ha cambiado mi visión de esta Justicia, sin embargo, antes de hacerlo, vuelvo a compartirla con todos vosotros:

1. La Justicia Restaurativa  es un nuevo paradigma de enfocar la justicia penal que se centra en el daño causado y las acciones requeridas para enmendar este daño.

2. El delito es visto como un quebrantamiento de los lazos y las relaciones entre personas y comunidades más que como una vulneración de la norma creada por el estado

3. La Justicia Restaurativa busca alternativas a la prisión o al menos una disminución de la estancia en ella a través de la reconciliación y restauración de la armonía de la convivencia humana y la paz

4. La Justicia Restaurativa se preocupa de reunir a víctima, infractor y comunidad para la búsqueda de soluciones, abordando los elementos relacionados con el delito. Esto no significa que siempre sea necesario un encuentro, existen programas individuales que también son justicia restaurativa

5. La Justicia Restaurativa se centra en la reparación a la víctima directa e indirecta del delito, porque se preocupa por el daño moral, material y emocional que se la ha ocasionado

sábado, 24 de agosto de 2019

Algunos beneficios de la justicia restaurativa

INTRODUCCIÓN
Las víctimas sufren un delito y como consecuencia, en ocasiones, esto las afecta y surge el trauma, obviamente cada víctima es distinta de la otra, igual que cada persona somos diferentes de otra. Lo que sí está claro, es que la Justicia Restaurativa y sus herramientas pueden ayudar a la víctima en su camino hacia la recuperación de este trauma o su sanación. Teniendo en cuenta que todo trauma que no se cura se transfiere, es importante tener una justicia más humana que se ocupe prioritariamente de las personas que han sufrido el delito. Sin duda, la Justicia Restaurativa consigue una forma mejor de abordar el delito y su impacto, atendiendo de una mejor manera las necesidades de las víctimas.Es cierto que cuando se sufre un delito, se genera una serie de crisis en las víctimas, que se pueden traducir en crisis de identidad (en quién se puede confiar) y crisis de concepción acerca del mundo. Estas crisis generan una serie de necesidades entre ellas, la venganza, aunque con ello, las víctimas lo que demandan, es lo que ya había comentado, que haya una persona responsable por el delito y así poder reequilibrar la balanza a su favor, recuperando con ello el control de su vida. 

viernes, 9 de agosto de 2019

Algunos aspectos de la justicia restaurativa



(imagen propiedad de Virginia Domingo)

La justicia restaurativa tiene que ver con atender las necesidades de las víctimas y no solo esto sino atender las necesidades del infractor, que son entre otras, ayudarlo a entender el impacto de sus acciones. Y es que lo relevante de la justicia restaurativa es que nos ayuda a entender que todos estamos conectados

miércoles, 7 de agosto de 2019

Verguenza para la justicia restaurativa

INTRODUCCIÓN
He comentado en varias ocasiones, la relevancia que tiene el sentimiento de vergüenza en la Justicia Restaurativa tanto para la víctima como para el infractor. Efectivamente la víctima se siente humillada, el rol de víctima recae como una pesada losa sobre ella y la vergüenza las hace aislarse y sentirse incomprendidas. Parece claro que la vergüenza juega un papel importante en la psicología humana y las interacciones. Así que la vergüenza se da en todas las sociedades ("Es una pena que pasa"). Sin embargo, los investigadores sugieren que la vergüenza de las tendencias racionalistas de la sociedad occidental, nos ha llevado a negar o ignorar la vergüenza. Como resultado, tenemos que rara vez se habla de vergüenza y si se hace es casi de modo figurado. Así que la vergüenza pasa a la clandestinidad, sin dejar de operar, pero a menudo de manera negativa. La vergüenza puede ser positiva cuando nos motiva a hacer lo correcto - cuando modificamos nuestro comportamiento para dejar atrás la vergüenza. Pero la vergüenza es esencialmente una amenaza para nuestra autoestima y cuando el estigma vergüenza entra en juego nos debilita. De hecho, la vergüenza juega un papel importante en la mayoría de los infractores, así como en la forma en los que ofenden experimentan la justicia. También creo que a menudo desempeña un papel significativo en el trauma de las víctimas y las formas negativas en que a menudo experimentan la justicia.

sábado, 3 de agosto de 2019

Las necesidades de la comunidad para la justicia restaurativa

INTRODUCCIÓN
El otro día hablaba acerca de cómo la Justicia Restaurativa favorece el empoderamiento, más claramente para la víctima y la comunidad pero también para el infractor.Y es que cuando se comete un delito, surgen daños y estos generan necesidades, claramente las necesidades más importantes de ser atendidas, son  las de las víctimas como la reparación del daño pero la comunidad también sufre el impacto del delito y debe ser tenida en cuenta como víctima indirecta o más bien secundaria. La comunidad además como víctima tiene una serie de necesidades que requiere que la Justicia las aborde y que solo a través de la Justicia Restaurativa lo consigue, ya que para la Justicia tradicional solo el infractor y el sistema son importantes, nisiquiera la víctima,  ya que esta participa como testigo y casi como un mero "cebo" para lograr que el infractor sea condenado. Si la víctima no es importante, mucho menos lo va a ser la comunidad para la Justicia tradicional y sin embargo,  debemos tener en cuenta que también se ve afectada por el delito y el impacto que genera en sus miembros.

lunes, 20 de mayo de 2019

Con la Justicia Restaurativa, todos ganamos

La justicia restaurativa debe empezar a valorarse como algo necesario en nuestro derecho ya que por encima de cualquier consideración legal, debe atenderse las necesidades de los más vulnerables: las víctimas y es obligación del estado hacer justicia,  entendiendo por este hacer justicia, no solo castigar al culpable, sino conseguir que las víctimas sean reparadas de un daño que nunca debieron sufrir. Lo que sí es claro es que desde el momento que se comete un delito, hay que cambiar el chip y primero tenemos que empezar a pensar qué podemos hacer por las víctimas y después por supuesto, qué castigo merece el presunto culpable (si está identificado, si es penalmente responsable y no ha fallecido). Suelen decir que el orden de los factores no cambia el producto, pero en este caso ayuda y mejora la calidad de vida de muchas personas que sufren. Hacer justicia no es solo castigar al culpable, esta es una visión muy parcial,  hacer justicia es atender y ocuparse de las víctimas, de todas, con independencia del delito sufrido y del lugar donde se encuentren.Por eso, los procesos restaurativos como herramientas para hacer realidad la filosofía, valores y principios de la Justicia Restaurativa, son una fórmula ideal para que la comunidad sienta que se ha hecho justicia, ¿Por qué?

jueves, 16 de mayo de 2019

La justicia restaurativa ofrece segundas oportunidades

SEGUNDAS OPORTUNIDADES
Hoy me gustaría hablar de oportunidades o más bien de segundas oportunidades, y también de por qué no, terceras o cuartas....Me explico:  hay un dicho que dice "errar es de humanos y rectificar de sabios", esto nos está diciendo que los seres humanos nos podemos equivocar, fallar, cometer errores. A veces estos fallos dañan a otra persona o la sociedad como cuando se comete un delito. 
La Justicia Restaurativa, a diferencia de la actual retributiva, lo que le dice al infractor es que ha hecho algo mal, y que fue su culpa pero sin embargo, sin quiere cambiar, va a tener una oportunidad y se le va a ayudar. Con esta Justicia Restaurativa, no se estigmatiza al ofensor de por vida, no le hacemos llevar la etiqueta de infractor de forma permanente, al contrario le decimos, que si hace las cosas bien, asume su responsabilidad y su deber de compensar el daño que ocasionó, el sistema, la sociedad en su conjunto e incluso sus allegados lo van a apoyar y va a ser mirado no como el infractor que fue, sino como la persona nueva que será....La Justicia Restaurativa ofrece al infractor una oportunidad de transformación y de reencuentro con su humanidad. Aunque es cierto, que en ocasiones, por sentimientos contradictorios como la vergüenza, el infractor no acertará a ver esta oportunidad, por eso la labor de los profesionales de la justicia restaurativa es mostrarle y hacerle ver esta oportunidad y que no la pierda, porque no supo verla.

lunes, 13 de mayo de 2019

Aspectos de las reuniones preparatorias


(imagen propiedad de Virginia Domingo)


Las reuniones preparatorias son esenciales en los procesos restaurativos y las que nos van a indicar si es posible un proceso restaurativo, cuál sería el más conveniente y quién debe participar.
Los aspectos esenciales de las reuniones individuales son:
  1. Dar y reunir información
  2. Encontrar aspectos comunes 

viernes, 3 de mayo de 2019

Preparación individual de víctimas y ofensores

PREPARACIÓN INDIVIDUAL DE LAS PARTES; LA VÍCTIMA
Una parte esencial de los procesos restaurativos, cualquiera que sea la herramienta es la preparación individual con cada partes. Con respecto a las víctimas, solemos tener tendencia a pensar que puede ser malo una reunión conjunta, especialmente si es un delito grave, sin embargo, la realidad demuestra que la mayoría de las víctimas que desean participar en un proceso de justicia restaurativa, tienen claro por qué y qué quieren conseguir con ello: algunas ser escuchadas, otras solo decirle al infractor que van a recuperar el control de su vida, otras igual necesitan ver el remordimiento del infractor.....Efectivamente, ahí es donde entra la labor del facilitador o mediador restaurativo, ver qué expectativas tiene la víctima con respecto a la posible reunión cara a cara y valorar si estas se podrían cumplir y si al menos son realistas. Por ejemplo, si la víctima desea solo que la pidan disculpas, habrá que valorar la posible reunión porque el pedir perdón, no es un objetivo real de la justicia restaurativa y es algo personal de cada ser humano, no podemos asegurar que surja o no. Se trabajaría con ellas individualmente para conseguir que sus expectativas se ajusten a lo posible y sobre todo para que entiendan que la Justicia Restaurativa se centra en el diálogo y como conseguir la "curación de sus heridas" y rendición de cuentas del infractor. Otra posibilidad y esto también es una labor restaurativa, es valorar si la víctima necesita ser atendida por otro profesional,  antes de un proceso restaurativo (por ejemplo psicólogo...) y en este caso el mediador o facilitador,  así se lo debería transmitir a las víctimas

martes, 16 de abril de 2019

El "camino restaurativo"

EL CAMINO RESTAURATIVO PARA VÍCTIMAS
La justicia restaurativa no es un evento aislado que se de y por arte de magia, la víctima se recupere, el infractor asuma el daño, y todo acabe en fueron felices y comieron perdices. Al menos en delitos graves, la práctica de la justicia restaurativa, lo que hace es poner a la gente en el camino hacia su curación, esto  suelo decirlo muchas veces, aunque  hoy matizaría que pone a la víctima, en el camino o viaje hacia una relación con el daño que ha sufrido diferente y menos dañina.Los encuentros restaurativos entre víctima e infractor no son el punto y final, sino una parada más en este camino restaurador. Sufrir un delito grave supone un   viaje de toda la vida para los afectados, en el que tendrá que aprender a vivir con el delito sufrido. Cuando la justicia restaurativa se aplica a delitos menos graves, quizá el camino es más fácil y se puede producir la transformación de la víctima de una forma más rápida, pero en ambos casos la Justicia restaurativa trata de ayudarlas a transformar el daño en algo menos doloroso, y a volver a recuperar la confianza en la gente que les rodea. La Justicia Restaurativa es una justicia de las personas, de los seres humanos.  Las víctimas necesitan ser respetadas y sentir que son dignas de consideración.

miércoles, 10 de abril de 2019

Reequilibrio (Justicia Restaurativa)

CONEXIÓN
Todos estamos conectados, la Justicia Restaurativa precisamente trata de la conexión que tenemos todos. Lo que cada uno de nosotros hacemos, afecta a los demás, y a la inversa. Precisamente una de las relaciones que surgen de manera casual, es la de la víctima y el infractor.Y es que aparecen unidos  por el lazo del crimen pero son lazoS negativos y nada constructivos, que la hacen estar en desequilibrio con respecto al infractor.
Para ayudar a la víctima a superar el delito es necesario cambiar este lazo negativo por otros positivos y  que la sitúen en situación de igualdad, es decir que la haga recuperar el control de su vida. Esto solo se puede conseguir cuando decida despojarse del rol de víctima, como oí a una víctima: "todo cambió cuando decidí dejar de sentirme víctima". Se trata de que lleguen a sentirse supervivientes.
REEQUILIBRIO
La Justicia Restaurativa favorece esto, y por tanto es un buen cauce para que los que sufren el delito recuperen el control y poder sobre su vida. Sólo así seguirán estando unidas al infractor por el delito pero de una manera sana y equilibrada.

viernes, 5 de abril de 2019

Objetivos (Justicia Restaurativa)



(imagen propiedad de Virginia Domingo)


La Justicia Restaurativa parte de unos objetivos esenciales como son la participación activa de la víctima y del infractor, si fuera posible para valorar las necesidades de ambos, en especial la de reparación de la víctima y la de asunción de responsabilidad del ofensor. Solo de esta forma se puede hacer una verdadera justicia. Todo eso hará que mejore la credibilidad en el sistema de justicia

miércoles, 27 de marzo de 2019

Más enfoque restaurativo en todos los ámbitos y a todos los niveles

VÍCTIMA E INFRACTOR TRAS EL DELITO
Aunque pueda parecer extraño lo que voy a decir, la realidad es así, la víctima y el infractor tienen mucho en común y les unen quizá más lazos que antes de la comisión del delito. Efectivamente, les une un mismo hecho y los sentimientos que ese delito les ha generado, el hecho delictivo les une irremediablemente. Por eso, aunque no se conocieran antes del crimen, desde ese momento sus vidas están unidas y afectadas por todo lo que la maquinaria judicial implica
.La Justicia Restaurativa da la oportunidad a los infractores de ser buenas personas, se parte de la idea de que si creen  que son malas personas nunca van a cambiar, por eso,  parte de la posibilidad de que todas las personas pueden cometer errores, pero todas pueden corregirlos. No todos cambiaran pero muchos si, sin embargo, me planteo la necesidad de que la justicia retributiva sea más restaurativa, algunos lo ven como algo incompatible pero yo no, todo lo contrario. 

jueves, 28 de febrero de 2019

Cada persona debe buscar su "camino restaurativo"

ORIGEN TRADICIONAL DE LA JUSTICIA RESTAURATIVA
Entender el origen de la justicia restaurativa es acudir a leyes tradicionales, consuetudinarias, a la cultura y tradiciones de muchos pueblos indígenas 
Por eso, la Justicia Restaurativa no es una nueva forma de ver la justicia, una nueva filosofía, es quizá todo lo contrario, la justicia que siempre existió pero que se perdió con la evolución de los tiempos, del ser humano, con la construcción de los estados y la creación de sus normas y leyes. Era la justicia del sentido común puesto que rara vez había leyes escritas para regir la comunidad, se guiaban por esta justicia restaurativa en sentido amplio, cada persona sabe la diferencia entre lo justo e injusto. Como la comunidad (tribu) no ha creado normas, no se siente víctima directa y única del delito (como ocurre ahora) porque se ha vulnerado las leyes que han formulado, sino que por sentido común todo se centra en la persona que ha sufrido un daño y en qué se debe hacer para reponer las cosas al estado antes de sufrir el daño o al menos compensarlo. Por supuesto que la comunidad, las personas que rodean a las partes y familiares también son afectados y víctimas indirectas por eso se deben fomentar la inclusión de ellos en estos procesos restaurativos, para lograr la mejor satisfacción de todos y la paz social.

viernes, 15 de febrero de 2019

Justicia Restaurativa como derecho universal para todas las víctimas


Es muy curioso ver como todos partimos de ciertas ideas preconcebidas con respecto a casi todo, pero en el tema de Justicia es mucho más evidente. Cuando hablo de Justicia Restaurativa, mucha gente automáticamente lo ve bien,  pero para determinados delitos, en otros siempre piensan, que no serían aconsejables, porque no sería bueno para la víctima, obviamente esto ocurre porque también tenemos ideas preconcebidas sobre víctimas desvalidas, casi incapaces que necesitan protección y ser ayudadas a "manejar su vida". Esta idea es normal pero debemos desterrarla, es necesario pensar que nadie mejor que las víctimas para saber lo que necesitan. 

Si preguntamos como son las víctimas, suelen salir a la luz palabras como vulnerables, traumatizadas, necesitadas....puede que sea cierto, pero esto no las hace incapaces, ni las inhabilita para tomar sus propias decisiones, sino todo lo contrario, lo que más necesitan es sentirse empoderadas para poder retomar el control de su vida. Cuando vuelvo la vista atrás, me doy cuenta que esto también me ocurría a mi en los inicios. . Cuando hace más de diez años, me adentré en la Justicia Restaurativa y sus muchos beneficios, pensaba que esta justicia no se podría aplicar o al menos que no era aconsejable en delitos muy graves. Creo que veía la justicia restaurativa, desde mi punto de vista de no víctima, ajena al dolor que supone sufrir un delito. Con el paso del tiempo, he ido aprendiendo a ponerme en el lugar de los que sufren, y mi posición ha cambiado, ¿quienes somos nosotros para negar a una víctima que desee tomar parte en un proceso restaurativo, esta posibilidad?

miércoles, 13 de febrero de 2019

Sobre víctimas, justicia y castigo


JUSTICIA Y CASTIGO
Cuando  oigo que las “víctimas quieren que se haga justicia”, no puedo dejar de preguntarme varias cosas: ¿por qué parece que castigo, se equipara a hacer justicia?, ambos términos se utilizan de forma intercambiable, muy a menudo, de ahí que cuando se “clama por más justicia”, muchas personas, yo diría la mayoría, lo que hace es reclamar más castigo y penas más duras. Es más parece que “justicia” se utiliza eufemísticamente, para referirnos a castigo. Si esto es así: ¿Qué pasa con aquellas personas que han sufrido un delito, pero el infractor no ha sido capturado o no está identificado?¿Debemos pensar que puesto que no se puede castigar a nadie, no se puede hacer justicia? Esto no debería ser así, ya que no solo sería injusto valga la redundancia, sino que estaríamos abandonando a su suerte a personas que necesitan nuestra ayuda. Si nos centramos exclusivamente en que la justicia está para castigar al infractor, como ocurre generalmente con el sistema tradicional de justicia penal, estamos cubriendo solamente las expectativas de algunas víctimas y de alguna clase de delitos. Pero para otras víctimas, bien porque el infractor no ha sido capturado, bien porque es desconocido o simplemente porque para superar el delito tienen otras necesidades, hacer justicia significa algo más. 

jueves, 7 de febrero de 2019

Debemos ser éticos en nuestro actuar como facilitadores de Justicia Restaurativa


Me gustaría hablar que siempre se hace el bien con la Justicia Restaurativa, y en principio es así, pero ojo, mucho cuidado, tenemos que ser éticos en nuestra forma de actuar, sino finalmente podemos perjudicar a las víctimas.

¿Les parece que sería ético, que uno de los promotores y activos participantes en encuentros restaurativos, sea también abogado de los mismos infractores?.
Por supuesto, que no resultaría  ético, y echaría por la borda, algunos principios básicos de esta Justicia, que no olvidemos, surgió por y para las víctimas. Esto ya ha ocurrido, y debemos evitar que vuelva a suceder.  Queda bonito decir, lo maravilloso que fue, y puede que para muchas víctimas, si, pero también es nuestra responsabilidad, hacernos eco, de los errores para no repetirlos. 

Soy defensora de la Justicia Restaurativa en toda clase de delitos, pero bien hecha, ni perjudicando a las víctimas, ni haciendo uso de esta Justicia para que se convierta en una suerte de puerta giratoria, para que los infractores, con pedir perdón, puedan eludir la acción de la justicia.
Es que precisamente, el objetivo de la Justicia Restaurativa es doble, conseguir la mejor atención a las víctimas, incluyendo su reparación tanto material como moral,( mucho más necesaria), y la de ayudar al infractor a responsabilizarse por los daños cometidos. Si una de las dos premisas falla, algo mal estamos haciendo.

Tampoco creo que sea la mejor forma de actuar, comentar a una víctima que el infractor, es una bella persona, tenemos que ser imparciales, pero es que además en Justicia Restaurativa, debemos tener una parcialidad equilibrada, (Gustafson), lo que implica que aunque tratamos a las dos partes por igual, no debemos olvidar el daño, el elemento justicia y la asunción de responsabilidad que debe darse en el infractor.

Por eso, siento decirlo, no es oro todo lo que reluce, toca aprender de los errores para no repetirlos.