INTRODUCCIÓN
El énfasis de la justicia restaurativa en abordar los daños causados y las causas que pueden estar detrás de los comportamientos delictivos exige que prestemos atención también a los posibles daños que han sufrido las personas infractoras. Aunque pueda parecer una cuestión secundaria, comprender las experiencias de victimización que pueden existir detrás de algunas conductas delictivas resulta fundamental para abordar el delito de una manera integral y contribuir a evitar que vuelva a producirse.
Diversos estudios han puesto de manifiesto que muchas personas que cometen delitos han experimentado previamente situaciones de victimización, violencia o trauma de considerable intensidad. Otras, además, se perciben a sí mismas como víctimas de determinadas circunstancias, de su entorno, de la sociedad o incluso del propio sistema de justicia. Estas experiencias y percepciones pueden haber contribuido, en algunos casos, a configurar el contexto en el que se produce la conducta delictiva.
El psiquiatra James Gilligan sostiene que la violencia puede entenderse, en determinadas circunstancias, como un intento de conseguir justicia. Desde esta perspectiva, algunos comportamientos violentos pueden constituir una respuesta destructiva a experiencias previas de humillación, injusticia o victimización. Es decir, algunas personas pueden recurrir a la violencia como una forma equivocada de recuperar la dignidad perdida, compensar una sensación de inferioridad o revertir aquello que perciben como una injusticia sufrida.Por supuesto, que una persona haya sido víctima o se perciba como tal no significa que quede exenta de responsabilidad por el daño que ha causado. Comprender el origen de una conducta no equivale a justificarla. Sin embargo, Gilligan advierte de que difícilmente podremos conseguir que determinados comportamientos violentos desaparezcan si no abordamos también los sentimientos y experiencias que pueden estar alimentándolos. De hecho, las respuestas exclusivamente punitivas pueden reforzar, en algunas personas, la percepción de ser víctimas de un sistema injusto, consolidando el resentimiento y la hostilidad.En ocasiones, puede ser suficiente con reconocer y tener en cuenta estos sentimientos; en otras, será necesario cuestionar determinadas percepciones y ayudar a la persona a confrontarlas con la realidad y con las consecuencias de sus actos. También puede resultar necesario trabajar sobre el daño que ha sufrido y sobre la manera en que lo ha trasladado a otras personas. En cualquier caso, la responsabilización y la reparación del daño causado deben ocupar un lugar central en este proceso.
Es comprensible que este planteamiento pueda resultar incómodo para muchas víctimas e incluso interpretarse como una justificación del delito. También debemos reconocer que no todas las personas que han sufrido victimización terminan cometiendo delitos. Haber experimentado violencia o trauma no conduce inevitablemente a reproducirlos. Por eso, no se trata de establecer relaciones automáticas ni de buscar excusas, sino de comprender las circunstancias individuales que pueden ayudar a explicar determinados comportamientos.
LAS NECESIDADES DE LAS PERSONAS OFENSORAS
Estoy convencida de que abordar los sentimientos de victimización que pueden experimentar algunas personas infractoras debe formar parte del trabajo del facilitador de justicia restaurativa, tanto durante las reuniones individuales preparatorias como, cuando resulte adecuado, en los encuentros conjuntos.No se trata de desplazar la atención de la víctima ni de restar importancia al daño que ha sufrido. Se trata de comprender mejor a la persona que ha causado ese daño para favorecer un proceso auténtico de responsabilización, afrontar las consecuencias de su comportamiento y contribuir a prevenir nuevas conductas dañinas.
La justicia tradicional rara vez profundiza en estas experiencias. Como apunta Gilligan, las respuestas basadas exclusivamente en el castigo pueden producir, en determinados casos, el efecto contrario al pretendido: reforzar en algunas personas la sensación de ser víctimas del sistema, de la sociedad o de un mundo que consideran injusto. La justicia restaurativa ofrece otra posibilidad: abordar no solamente el delito y sus consecuencias, sino también los sentimientos, las emociones y las experiencias que pueden estar relacionados con él.
En otras ocasiones he hablado de la vergüenza y la culpabilidad que pueden experimentar las personas infractoras. Sin embargo, puesto que trabajamos con seres humanos y con historias vitales complejas, debemos reconocer que el sentimiento de victimización también puede estar presente en quien ha causado un daño. Aunque inicialmente pueda resultar extraño o incluso difícil de aceptar, ignorar esta realidad no contribuye a comprender la conducta ni a favorecer un cambio significativo.El facilitador debe estar preparado para escuchar estas experiencias sin validarlas automáticamente ni permitir que se conviertan en una forma de eludir la responsabilidad. Se trata de ayudar a la persona a reconocer lo que ha vivido, pero también a comprender que el sufrimiento propio no legitima causar sufrimiento a los demás. Esta distinción es esencial para que el proceso restaurativo no se convierta en un espacio de justificación, sino en una oportunidad para desarrollar una responsabilización más profunda.
Otro factor fundamental que debemos tener en cuenta es el trauma. Este no constituye una experiencia exclusiva de las víctimas: también puede formar parte de la historia vital de las personas que cometen delitos. En algunos casos, determinados comportamientos violentos pueden estar relacionados con experiencias traumáticas anteriores que no han sido atendidas o elaboradas adecuadamente.Como expresa Richard Rohr, «todo trauma que no se cura se transfiere». Esta reflexión nos invita a considerar cómo el daño que una persona ha sufrido puede proyectarse, en determinadas circunstancias, sobre quienes la rodean. Quien ha experimentado violencia puede llegar a reproducir patrones de comportamiento dañinos, trasladando a otros un sufrimiento que previamente experimentó.
Esto no significa que toda persona traumatizada vaya a ejercer violencia ni que el trauma explique por sí solo la comisión de un delito. Tampoco supone convertirlo en una excusa para el comportamiento delictivo. Significa reconocer que las experiencias previas pueden ser relevantes para comprender determinadas conductas y para diseñar intervenciones que realmente favorezcan la responsabilización y el cambio.El sistema tradicional, cuando responde exclusivamente mediante el castigo y el encarcelamiento, puede añadir nuevas experiencias de sufrimiento a una trayectoria vital ya marcada por el daño. La justicia restaurativa, sin renunciar a la responsabilidad, permite explorar otras posibilidades: ayudar a la persona infractora a reconocer lo que ha hecho, comprender las consecuencias de sus actos, afrontar las experiencias que pueden estar condicionando su comportamiento y asumir un compromiso real con la reparación.
Es importante precisar que el facilitador de justicia restaurativa no debe asumir funciones terapéuticas para las que no está cualificado. Su cometido no es tratar el trauma, sino reconocer su posible existencia, comprender cómo puede influir en el proceso y, cuando sea necesario, favorecer la derivación a profesionales especializados. Las reuniones preparatorias ofrecen precisamente un espacio para explorar estas cuestiones, valorar las necesidades de las personas participantes y determinar si existen condiciones adecuadas para continuar el proceso.Además, reconocer las necesidades de la persona infractora no significa equipararlas a las de la víctima ni situar a ambas en una posición idéntica. La víctima ha sufrido el daño derivado del delito y sus necesidades de reconocimiento, seguridad, verdad y reparación deben seguir siendo centrales. Atender también las experiencias del infractor permite trabajar sobre las circunstancias que pueden favorecer la repetición del daño, sin restar protagonismo ni derechos a quien lo ha sufrido.
CONCLUSIONES
La justicia restaurativa nos invita a mirar el delito desde una perspectiva más amplia y humana. No basta con conocer qué ha sucedido, quién ha causado el daño y qué consecuencias debe asumir. También necesitamos comprender las experiencias, circunstancias y emociones que pueden haber contribuido a que una persona llegue a comportarse de manera dañina.
Reconocer que algunas personas infractoras han sido previamente víctimas no significa justificar sus delitos, minimizar el sufrimiento de quienes los han padecido ni diluir su responsabilidad. Significa aceptar que las historias humanas son complejas y que, si queremos promover cambios reales, debemos ser capaces de abordar también las experiencias que pueden estar detrás de determinadas conductas.La responsabilización no debería limitarse a asumir formalmente que se ha cometido un delito o a cumplir una sanción. Implica comprender el impacto de las propias acciones, reconocer el sufrimiento causado, dejar de trasladar a otros el daño experimentado y asumir un compromiso activo con la reparación. Para ello, en ocasiones será necesario trabajar también los sentimientos de victimización, la vergüenza, la culpabilidad o las experiencias traumáticas que pueden estar interfiriendo en la capacidad de la persona para responsabilizarse.
Por eso, el facilitador de justicia restaurativa debe prestar atención a estas dimensiones durante las reuniones preparatorias y valorar cómo abordarlas a lo largo del proceso, siempre respetando las necesidades, los derechos y la seguridad de la víctima.
Finalmente, debemos recordar que la justicia restaurativa no puede limitarse a reparar el daño una vez producido. También debe contribuir a evitar que vuelva a reproducirse. Y para ello necesitamos comprender tanto el daño causado como aquellas experiencias y circunstancias que pueden alimentar nuevos comportamientos dañinos.Comprender el daño que puede haber sufrido quien ha causado daño no significa olvidar a la víctima. Significa trabajar para que el sufrimiento no se convierta nuevamente en violencia y para que la responsabilidad abra la puerta a una transformación real.

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