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martes, 9 de abril de 2024

Circunstancias a tener en cuenta antes de pensar en un encuentro conjunto


 INTRODUCCIÓN

Los procesos de Justicia Restaurativa son procesos que están centrados en las personas que sufren, ¿Cómo es esta ayuda para los que causan daños? Pues obviamente a responsabilizarse por su conducta y tomar conciencia de que debe hacer lo correcto, es decir se le ayuda para que pueda despojarse del rol de "delincuente", sin posibilidad de reinserción, y además de esta forma la víctima también es ayudada a empezar su camino hacia la recuperación, es respetada y siente que tiene voz en algo que le afecta tan directamente como es el delito. 

Como dije hace unos días, la Justicia Restaurativa no son solo encuentros víctima infractor y/o comunidad, pero si es posible esta reunión, lo cual suele tener efectos restaurativos importantes, es necesario tener en cuenta una serie de variables, para que los encuentros cara a cara puedan ser beneficiosos para víctima e infractor, y no repercutan negativamente en la víctima. Creo que lo esencial es que las víctimas estén informadas de qué pueden conseguir del proceso en sí mismo, y acepten voluntariamente, solo así podemos estar seguros que el encuentro no va a perjudicarlas más que beneficiarlas. 

viernes, 14 de mayo de 2021

No se puede burocratizar la justicia restaurativa


 INTRODUCCIÓN

En ocasiones, me pregunto si no estamos perdiendo la esencia de la Justicia Restaurativa. Por un lado, están las personas que no entienden lo que es, y se limitan a calificar esta Justicia por sus herramientas. Para muchas personas en España, incluidos políticos, Justicia Restaurativa es mediación penal y ya y si supieran que la mediación penal no es como otras mediaciones...pero en general ni eso. De ahí, que en la mayoría de las ocasiones, lo que se oferta es cursos de mediación y no de justicia restaurativa. El tema puede ser mucho más triste, cuando se ofrece en diferentes grados , la asignatura de mediación , diciendo que es de Justicia Restaurativa y además se imparte por personas que ni son mediadores, ni son facilitadores de Justicia Restaurativa, ni han tenido un mínimo contacto práctico, con los verdaderos "artesanos" de la Justicia Restaurativa. Por otro lado, en muchas ocasiones los propios profesionales de la Justicia Restaurativa somos los que nos obsesionamos con las herramientas, parece que de repente, la única herramienta de esta Justicia, son los círculos o las conferencias restaurativas. Y el problema para muchos,  llega precisamente cuando vemos que lo que un lugar se llama conferencias, en otros se llama simplemente reuniones, o juntas restaurativas como en México. Aquí surge la duda para muchos ¿Quién tiene más razón?

jueves, 7 de mayo de 2020

El riesgo de burocratizar la justicia restaurativa

INTRODUCCIÓN
En ocasiones, me pregunto si no estamos perdiendo la esencia de la Justicia Restaurativa. Por un lado, están las personas que no entienden lo que es, y se limitan a calificar esta Justicia por sus herramientas. Para muchas personas en España, incluidos políticos, Justicia Restaurativa es mediación penal y ya. De ahí, que en la mayoría de las ocasiones, lo que se oferta es cursos de mediación y no de justicia restaurativa. El tema puede ser mucho más triste, cuando se ofrece en diferentes grados como criminología, la asignatura de mediación , diciendo que es de Justicia Restaurativa y además se imparte por personas que ni son mediadores, ni son facilitadores de Justicia Restaurativa, ni han tenido un mínimo contacto práctico, con los verdaderos "artesanos" de la Justicia Restaurativa.Por otro lado, en muchas ocasiones los propios profesionales de la Justicia Restaurativa somos los que nos obsesionamos con las herramientas, parece que de repente, la única herramienta de esta Justicia, son los círculos o las conferencias restaurativas. Y el problema para muchos,  llega precisamente cuando vemos que lo que un lugar se llama conferencias, en otros se llama simplemente reuniones, o juntas restaurativas como en México. Aquí surge la duda para muchos ¿quién tiene más razón?

sábado, 22 de febrero de 2020

Justicia restaurativa y prácticas restaurativas

INTRODUCCIÓN
A nadie escapa que este blog está más orientado a la Justicia Restaurativa en el ámbito penal, puesto que mi experiencia, mis mayores conocimientos y logros están en este ámbito, es cierto que he tocado otras áreas que conozco y que considero esenciales, como el escolar, por el carácter preventivo que en este ámbito tiene la justicia restaurativa y su efecto educativo para unos futuros adultos que sabrán y tendrán en cuenta la justicia restaurativa, no como la otra justicia, sino como la verdadera justicia.Dicho esto, todo el mundo sabe que estoy a favor de la Justicia Restaurativa, en cualquier ámbito de la vida cotidiana, sin embargo, a mí, hablar solo de prácticas se me queda corto.
Según los diccionarios, práctica es la habilidad o experiencia que se consigue o se adquiere con la realización continuada de una actividad. Encuentro que hablar de prácticas restaurativas  es la habilidad o la capacidad de mostrar o poner en funcionamiento los principios y los valores de la Justicia Restaurativa. Es decir para mi práctica restaurativa requiere que hablemos de algo como referencia y en este caso, es la Justicia Restaurativa. No son excluyentes, sin embargo creo que las prácticas restaurativas están dentro de lo que llamamos justicia restaurativa. De esta forma, además no estaremos limitados por las prácticas que ya conocemos y están reconocidas y estandarizadas, porque nos suele ocurrir que al enseñar prácticas restaurativas,  nos enfocamos en cómo es nuestra práctica diaria, nos obsesionamos con que debe realizarse de un modo especifico, y así, sin quererlo limitamos la flexibilidad, que es lo realmente característico de la Justicia Restaurativa.

jueves, 26 de diciembre de 2019

De la justicia retributiva a la restaurativa

CAMBIO DE PARADIGMA CON LA JUSTICIA RESTAURATIVA
El cambio de paradigma con la Justicia Restaurativa es importante y radical, frente a los objetivos del sistema penal tradicional que son: 
  • Pena merecida por el infractor 
  • Privación de la capacidad de seguir cometiendo delitos 
  • Disuasión de cometer otras infracciones.

La Justicia Restaurativa tiene como objetivos centrales:
  • Reparación de la víctima ( porque nos ocupamos del daño causado por la ofensa)
  • Reintegración de la víctima e infractor (porque deseamos un futuro con menos delitos, en el que se pueda vivir en paz y armonía) 

En este sentido y como dice Braithwaite, la Justicia Restaurativa puede ser un proceso constructivo y preventivo en el que se obtiene un compromiso mucho más autentico de hacer las cosas necesarias para impedir que se produzca otro delito de este tipo en el futuro, gracias al grado de intimidad en la conversación que reúne a los afectados por el delito.El cambio es esencial, se pasa de pensar exclusivamente en el castigo al infractor sin responsabilización ni favoreciendo la reparación a la víctima, a una atención principal a la víctima y a todos los afectados, en general por el delito.(lo cual no es contradictorio con que se incluya al infractor, para ver qué hacer para neutralizar las causas que dieron lugar al delito) Se pasa de un visión meramente retributiva y protocolaría en la que todo es guiado por profesionales ajenos al delito, a un proceso participativo en el que los protagonistas son los "tocados" por el delito, la Justicia Restaurativa es flexible, adaptada a cada caso, humana y cercana a la realidad  social del delito.