INTRODUCCIÓN
En estos momentos, la Justicia Restaurativa es la palabra comodín, para hablar de justicia. Muchos deben considerar que queda bonito, hablar de esta Justicia, aún sin especificar qué es o en qué consiste.
Esto puede llevar a muchas personas a pensar que esta justicia está concebida por y para el infractor. En este caso, y de esta forma, corremos el riesgo de que los ciudadanos vuelvan a pensar que esta Justicia Restaurativa surge para ser “blandos” con los infractores, lo que sin duda, perjudicaría la aceptación de esta justicia, que ya es una realidad en muchos lugares. Y entonces ¿Qué es la justicia restaurativa? Un único concepto puede resultar complicado, ya que cada pueblo y cada cultura la ha expresado de una manera diferente. Sin embargo, siempre podemos hablar de unos principios, valores y pilares sobre los que basar la labor restaurativa y que nos indicaran, en qué medida estamos siendo totalmente o solo parcialmente restaurativos.
En primer lugar, habría que matizar que esta Justicia surgió por las víctimas y como una forma de superar el olvido que el sistema penal tradicional ha hecho de forma sistemática de las protagonistas, de la parte esencial en el delito: la que sufre el daño. Nadie mejor que las víctimas para saber qué necesitan y como desean ser reparadas.
