jueves, 9 de marzo de 2023

La justicia restaurativa no tiene como objetivo agilizar los juzgados


INTRODUCCIÓN

Me gusta mucho leer a Nils Christie, de hecho tuve hace unos años, el gran honor de poder hacerle una entrevista, y es que Nils hace ya mucho tiempo que advirtió que el estado roba el conflicto a los ciudadanos y en concreto, con la justicia penal se apropia del delito como si la única y verdadera víctima fuera él. Y esto ocurre sistemáticamente y sino ¿por qué la víctima es por defecto en el juicio sobre el daño que sufrió, un mero testigo? y lo que es más triste todavía ¿por que el objetivo primordial y principal es la pena a imponer al infractor, si finalmente fuera declarado culpable y sólo después, trata la reparación del daño a la víctima? Pues porque como el estado se queda con el delito, se autoproclama víctima principal y por eso, la reparación o mitigación del daño por haber vulnerado una norma creada por él, es la pena señalada, sin priorizar en lo más importante, atender a las verdaderas víctimas, las que sufrieron el delito y sus consecuencias. Con la Justicia Penal tradicional todo gira en torno al infractor y frente al estado, no es de extrañar que además la mayoría de las víctimas se sientan como un mero "cebo" que utiliza el Estado para conseguir castigar al infractor.

FRENTE A LA JUSTICIA TRADICIONAL EL EMPODERAMIENTO DE LA RESTAURATIVA

Frente a esto,  la Justicia Restaurativa se presenta como una necesidad natural de potenciar el papel de las víctimas, de devolverlas el protagonismo que merecen y qué necesitan para empezar el camino hacia la superación del delito. De hecho, es la Justicia del sentido común pues realmente da el protagonismo a los que son los verdaderos afectados por el delito: víctima, infractor y/o comunidad. Sin embargo, como suele ocurrir muy a menudo, el riesgo de algo que se plantea como novedoso surge con los que se suben al "barco" pero no para defender sus bondades, sino para apropiarse sus beneficios, una vez más en detrimento de las víctimas. ¿A qué me refiero?

Muy fácil,  algunas personas no se cansan de vender la justicia restaurativa como una forma de agilizar la justicia, y esto es de nuevo, una manera de apropiación, no ya del delito sino de los efectos positivos y beneficios que la justicia restaurativa ofrece a las víctimas. Por más que se empeñen, el objetivo de la justicia restaurativa no es agilizar los juzgados, y no es una institución que esté a su servicio y para su beneficio, esta justicia nace por y para las víctimas, y el fin principal es cambiar el orden de prioridad de la justicia penal, primero procurar la reparación o compensación de las víctimas e intentar que sus necesidades se vean atendidas. Si agilizan o no los juzgados no es una prioridad, por cuanto en algunos casos puede que sí ocurra pero en muchos otros será todo lo contrario, pues habrá víctimas que necesitarán más tiempo para decidir si quieren participar en un proceso restaurativo, y por eso nuestro deber es darlas la oportunidad de reflexionar aunque esto signifique una demora de tiempo.

CONCLUSIONES

Sería importante que los que quieren hacer justicia restaurativa además de estar formados, no quieran limitar su eficacia y aplicabilidad. No entiendo cómo para ejercer la mediación se exige siempre y en todo caso formación adecuada y para la justicia restaurativa en ocasiones las personas se piensan que ya son expertos bien por ser psicólogos, mediadores, criminólogos o simplemente por ser amigos de alguien.

No hay comentarios:

Publicar un comentario