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lunes, 26 de enero de 2026

Cuando el daño no se puede medir: la justicia restaurativa frente a los delitos graves


 LOS DELITOS GRAVES TAMBIÉN NECESITAN UN ENFOQUE RESTAURATIVO

Cuando pensamos en el daño causado a las víctimas —especialmente cuando se trata de delitos graves— solemos centrarnos en los daños materiales. Y es que, jurídicamente, el daño se valora y se intenta reparar a través de su cuantificación en dinero. Por eso, no es raro escuchar que un delito grave, por ejemplo uno con resultado de muerte, “no puede repararse”, y que los procesos restaurativos solo serían adecuados para delitos muy leves.

Sin embargo, esta visión pasa por alto algo esencial: si los procesos restaurativos son beneficiosos para las víctimas de delitos leves, con más razón lo son para las de delitos graves. En estos casos, además del daño material —y en los delitos más graves, la pérdida de un ser querido— existen profundos daños morales y psicológicos que, al no poder tasarse, con frecuencia quedan sin reparar o, al menos, sin la atención necesaria para mitigar sus efectos.

¿A qué me refiero? A que cuando una persona sufre un delito, todo aquello sobre lo que había construido una vida más o menos segura y feliz se quiebra. La víctima entra en una crisis profunda sobre su concepción del mundo. Solemos creer que, si somos buenas personas, nada malo nos ocurrirá; pero tras el delito esta creencia se derrumba. Aparecen preguntas como: ¿por qué a mí? ¿por qué, si soy buena persona, me pasan cosas malas? ¿es el mundo un lugar peligroso? ¿puedo volver a confiar en quienes me rodean?

Esta crisis de sentido y de confianza en los demás constituye un daño psicológico de gran calado, que impide a muchas víctimas dar los primeros pasos hacia su recuperación.

miércoles, 28 de mayo de 2025

La justicia restaurativa es una buena opción para muchas víctimas incluso de delitos más graves


 “Acepta 8 años de prisión por matar a golpes a un joven en las fiestas de Íllora (Granada)” “ El acusado de matar a un joven a golpes en un pueblo de Granada sólo estará ocho años en prisión”

Estos son dos de los muchos titulares sobre la misma noticia que a primera vista nos transmiten que para muchos de nosotros hacer justicia es castigar duramente a la persona ofensora.

La noticia sigue y se resume en lo siguiente: “El homicida admite que le quitó la vida a Juan, un chico de Íllora que sólo tenía 19 años, y el acuerdo entre las partes rebaja la petición de pena, que estaba en 20 años. Además debe indemnizar a la familia y la novia, se le prohíbe acercarse a las víctimas y no podrá volver al pueblo durante los próximos 15 años”.

Según las partes y en especial el abogado de la familia: “con este acuerdo se busca evitar un juicio en el que se iban a rememorar unos hechos muy complicados para la familia y también calmar los ánimos en la localidad, donde este crimen desencadenó diversos altercados que acabaron con destrozos a viviendas y vehículos del entorno del ahora condenado”. Escuchando algunos programas de televisión pude notar cómo se cuestionaba este acuerdo y una vez más se planteaban si las víctimas habían hecho lo correcto. Un presentador llego a decir según él,  solo como reflexión, que  si hubieran ido a juicio hubieran podido obtener una condena más alta aunque esto significara aguantar la presión de los días que durara el juicio.

Parece que sea el delito que sea siempre cuestionamos las decisiones de las víctimas en general, porque opinamos con nuestros ojos y no nos damos cuenta de que nosotros no somos las víctimas.

HACER JUSTICIA NO ES SINÓNIMO DE PENAS MÁS DURAS

Cuando una víctima reclama : “quiero que se haga justicia” es común pensar que lo que está pidiendo es penas muy duras. De hecho, el castigo nos da cierta sensación de seguridad especialmente a la sociedad, los que no hemos sido víctimas del delito. Sentimos cierto alivio en pensar que la persona acusada de crímenes atroces permanecerá muchos años en prisión, sin embargo, solo estamos trasladando el problema durante unos años, puesto que la persona volverá a salir de prisión y volveremos a perder esta seguridad.  Respecto de las victimas puede ser que a priori su necesidad sea este castigo pero según va pasando el tiempo,  tienen otra serie de necesidades que en muchas ocasiones nada tiene que ver con este castigo severo. Y es en estos casos cuando no logramos entender que puede haber víctimas que puedan necesitar ciertas cosas que no implican penas duras o castigos ejemplarizantes. Continuar leyendo en : lawandtrends

martes, 18 de febrero de 2025

La justicia restaurativa en delitos de más gravedad


 LOS DELITOS GRAVES TAMBIÉN NECESITAN UN ENFOQUE RESTAURATIVO

Cuando pensamos en el daño causado a las víctimas, especialmente si lo son de delitos graves, solemos ver los daños materiales, y es que jurídicamente, los daños se valoran y se intentan reparar a través de su cuantificación, en dinero. Y por eso, algunos siempre suelen decir pero un delito grave, por ejemplo con resultado de muerte, no puede repararse, y así piensan que solo sería bueno los procesos restaurativos para delitos muy leves Sin embargo, no se dan cuenta que si en delitos leves es bueno para las víctimas, con más razón para las de los graves, además del daño material, y en delitos muy graves la pérdida de un ser querido, hay una serie de daños morales y psicológicos que en ocasiones, como no se pueden tasar quedan sin repararse o al menos sin la debida ayuda para mitigar sus efectos. ¿A qué me estoy refiriendo? Pues cuando se sufre un delito, todo sobre lo que se había construido una vida más o menos feliz, se quiebra, la víctima pasa por una crisis acerca de la concepción del mundo. Solemos pensar, que si somos buenos, nada malo nos va a pasar, pero al sufrir el delito esto cambia radicalmente, y hace que las víctimas se pregunten ¿por qué a mi? ¿por qué si soy buena me pasan cosas malas? ¿será que el mundo es un lugar peligroso ? ¿ya no me puedo fiar de la gente de mi alrededor?. Esta crisis acerca de cómo concebimos el mundo y sobre la desconfianza en nuestros semejantes, es un daño psicológico grande, que impide a muchas víctimas dar los primeros pasos hacia su curación.

jueves, 21 de marzo de 2024

La justicia restaurativa debe ser un derecho para todas las personas con independencia del delito

 


LOS DELITOS GRAVES TAMBIÉN NECESITAN UN ENFOQUE RESTAURATIVO

Cuando pensamos en el daño causado a las víctimas, especialmente si lo son de delitos graves, solemos ver los daños materiales, y es que jurídicamente, los daños se valoran y se intentan reparar a través de su cuantificación, en dinero. Y por eso, algunos siempre suelen decir que un delito grave, por ejemplo con resultado de muerte, no puede repararse, y así piensan que solo sería bueno los procesos restaurativos para delitos muy leves Sin embargo, no se dan cuenta que si en delitos leves es bueno para las víctimas, con más razón para las de los graves, además del daño material, y en delitos muy graves la pérdida de un ser querido, hay una serie de daños  psicológicos que en ocasiones, como no se pueden tasar quedan sin repararse o al menos sin la debida ayuda para mitigar sus efectos. ¿A qué me estoy refiriendo? Pues cuando se sufre un delito, todo sobre lo que se había construido una vida más o menos feliz, se quiebra, la víctima pasa por una crisis acerca de la concepción del mundo. Solemos pensar, que si somos buenos, nada malo nos va a pasar, pero al sufrir el delito esto cambia radicalmente, y hace que las víctimas se pregunten ¿por qué a mi? ¿por qué si soy buena me pasan cosas malas? ¿será que el mundo es un lugar peligroso ? ¿ya no me puedo fiar de la gente de mi alrededor?. Esta crisis acerca de cómo concebimos el mundo y sobre la desconfianza en nuestros semejantes, es un daño psicológico grande, que debe explorarse con las victimas pra que puedan encontrar un sentido diferente a esta narrativa.

miércoles, 29 de abril de 2020

Algunas precisiones sobre la aplicación de la justicia restaurativa

INTRODUCCIÓN
El concepto de Justicia Restaurativa, siempre me ha resultado complicado,  por cuanto la Justicia Restaurativa y en la línea de lo que Howard Zehr afirma, es un conjunto de principios y valores.Y esta Justicia tiene un matiz diferente con referencia,  a la actual penal ya que no es rígida y burocrática, tiene una flexibilidad que debe respetarse. También, sin lugar a duda,no deberíamos perder el elemento de justicia en los procesos restaurativos, sean mediación penal o cualquier otro. La justicia nos permite abordar, cómo nos han dañado, como enmendarlo y quienes deben participar.(Howard Zehr). No son prácticas para hablar, llevan aparejadas un elemento de justicia, que no se debe olvidar. La Justicia Restaurativa como he dicho en más de una ocasión, no es igual que mediación tiene coincidencias en cuanto a técnicas pero no hay una igualdad total.
Hay grandes diferencias en cuanto al tratamiento de la responsabilidad y al proceso :
En un encuentro de Justicia Restaurativa, va a haber más énfasis en las emociones y en el trauma. Debe existir preparación especial y así  dar la posibilidad para hablar sobre estas emociones. Por supuesto, hay un elemento de responsabilidad que debe ser reconocido. También he comentado que hay muchas herramientas restaurativas y que no se reducen a mediación víctima e infractor, por eso una pregunta que a menudo suele surgir es ¿cuantas personas van a participar en los encuentros?