LOS DELITOS GRAVES TAMBIÉN NECESITAN UN ENFOQUE RESTAURATIVO
Cuando pensamos en el daño causado a las víctimas, especialmente si lo son de delitos graves, solemos ver los daños materiales, y es que jurídicamente, los daños se valoran y se intentan reparar a través de su cuantificación, en dinero. Y por eso, algunos siempre suelen decir que un delito grave, por ejemplo con resultado de muerte, no puede repararse, y así piensan que solo sería bueno los procesos restaurativos para delitos muy leves Sin embargo, no se dan cuenta que si en delitos leves es bueno para las víctimas, con más razón para las de los graves, además del daño material, y en delitos muy graves la pérdida de un ser querido, hay una serie de daños psicológicos que en ocasiones, como no se pueden tasar quedan sin repararse o al menos sin la debida ayuda para mitigar sus efectos. ¿A qué me estoy refiriendo? Pues cuando se sufre un delito, todo sobre lo que se había construido una vida más o menos feliz, se quiebra, la víctima pasa por una crisis acerca de la concepción del mundo. Solemos pensar, que si somos buenos, nada malo nos va a pasar, pero al sufrir el delito esto cambia radicalmente, y hace que las víctimas se pregunten ¿por qué a mi? ¿por qué si soy buena me pasan cosas malas? ¿será que el mundo es un lugar peligroso ? ¿ya no me puedo fiar de la gente de mi alrededor?. Esta crisis acerca de cómo concebimos el mundo y sobre la desconfianza en nuestros semejantes, es un daño psicológico grande, que debe explorarse con las victimas pra que puedan encontrar un sentido diferente a esta narrativa.
RECONEXIÓN DE LAS VÍCTIMAS EN LA COMUNIDAD
Se hace complicado decir, que las víctimas necesitan reintegrarse en la sociedad igual que los infractores, si éstas han dejado de creer en ella, piensan que todo el mundo es peligroso y viven atenazadas por el miedo, a que algo malo vuelva a sucederlas. Es una crisis de confianza que hace que tanto víctimas directas del delito como las indirectas ( la comunidad) necesiten respuestas y sobre todo poner rostro al infractor, que hay tras el delito, y así recuperar parte del sentimiento de seguridad perdido. Por eso, la justicia restaurativa se presenta como un complemento interesante para la Justicia tradicional así mientras que esta última solo se ocupa y no como objetivo primordial, del daño material, la Restaurativa aborda las consecuencias del delito de una forma global y prestando especial atención, precisamente a estas cicatrices emocionales y psicológicas, que el crimen ha causado en las víctimas.
Para unas, el encuentro con el infractor, servirá para ver que el infractor es una persona y que no todos los seres humanos, son potencialmente delincuentes, para otras el poder expresarse, desahogarse será suficiente...pero lo que está claro, es que sino se aborda con un enfoque restaurativo estos daños psicológicos, morales y emocionales, las víctimas no podrán dejar de sentirse víctimas para pasar a ser supervivientes. Por eso, no es una mera casualidad que en España, la justicia restaurativa esté incorporada dentro de una norma de ayuda a las víctimas y además se hable de ella como Servicios de Justicia Restaurativa, estables y en coordinación con otros como los de asistencia a las víctimas, y esto no implica que nos olvidemos de los infractores, al contrario ayudando a la reparación material y moral de la víctima, estamos ayudando al infractor porque será éste el que comprenda que debe hacer lo correcto y mitigar o compensar el daño que causó. Indirectamente al infractor, le estamos estimulando para que pueda sentir que va a ser mirado por lo bueno que haga desde ese momento en adelante.
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