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martes, 30 de mayo de 2023

Decálogo de justicia restaurativa


DECÁLOGO SOBRE JUSTICIA RESTAURATIVA

Hoy quiero recordar una entrada antigua de este blog, un decálogo sobre Justicia Restaurativa en el ámbito penal:

1. La Justicia Restaurativa  es un nuevo paradigma de enfocar la justicia penal que se centra en el daño causado y las acciones requeridas para enmendar este daño. Además de nuevo paradigma añadiría potencial de la justicia restaurativa como movimiento social.

2. El delito es visto como un quebrantamiento de los lazos y las relaciones entre personas y comunidades más que como una vulneración de la norma creada por el estado. Cuando se produce un daño perdemos la confianza en los demás, es necesario reconectar

3. La Justicia Restaurativa busca alternativas a la prisión o al menos una disminución de la estancia en ella a través de la reconciliación y restauración de la armonía de la convivencia humana y la paz. En todo, caso el sistema debe ser restaurativo por eso aspiro a centros penitenciarios restaurativos.

lunes, 2 de septiembre de 2019

¿Qué implican los procesos restaurativos?




(imagen propiedad de Virginia Domingo)

Los procesos restaurativos tratan de que las personas cuenten los hechos, sentimientos, qué necesitan para que las cosas mejoren (implicación para el futuro) y de cómo ayudarlos a reintegrarse de nuevo en la comunidad (reconexión)

lunes, 19 de agosto de 2019

Indicios para saber si estamos siendo restaurativos

INTRODUCCIÓN
¿Es nuestra actividad totalmente restaurativa o solo parcialmente?. Alguna vez he hecho referencia a los pilares y las características de la Justicia Restaurativa, no es una norma general, no hace doctrina pero si es un indicativo de que lo que hacemos, tiene un enfoque restaurativo. Precisamente, hoy quiero recordar algunos indicios que  nos muestran si la labor o actividad que hacemos, es más o menos restaurativa. Esto significa que podemos realizar una actividad con enfoque restaurativo pero no totalmente, dependiendo de si se cumplen todos o algunos de los indicios o características, y éstas son las siguientes:

1. Se debe ofrecer una oportunidad para el encuentro

2. Se debe poner énfasis en la reparación del daño. Algunos daños no podrán ser reparados pero pueden hacerse cosas para que si bien no se repara el daño, se puede aminorar o bien proporcionar una satisfacción moral, como por ejemplo: las disculpas, acciones que hagan ver a la víctima que será difícil que se vuelva a cometer un nuevo delito..

viernes, 17 de mayo de 2019

Objetivos de la Justicia Restaurativa y Retributiva

Hoy quiero rescatar algunos aspectos básicos de la Justicia Restaurativa, y su diferencia con la Retributiva:
Para la justicia retributiva, el delito es una violación de la norma, la justicia representa al gobierno y castiga al infractor por el hecho cometido. El objetivo es buscar la pena merecida por el infractor, privarle de la capacidad de seguir cometiendo nuevos delitos y la disuasión de otros de cometer nuevos delitos
La justicia restaurativa parte de la premisa que los delitos causan daños al bien común, y por eso se sancionan en las normas. Cuando un delito ocurre, hay un daño a la víctima, comunidad y al propio infractor. El objetivo de esta justicia es doble, y humaniza, por un lado da prioridad a la reeducación, y por otro a una segunda oportunidad para hacer las cosas bien:

- Reparación a la víctima porque importa el daño causado por el delito

- Reintegración de la víctima y el infractor (porque deseamos una mundo con menos delitos), como dice la justicia restaurativa es un proceso constructivo y preventivo en el que se obtiene un compromiso mucho más autentico de hacer las cosas necesarias para impedir que se produzca otro delito en el futuro.

viernes, 26 de abril de 2019

Posibles fases de un programa parcialmente restaurativo



(propiedad exclusiva de Virginia Domingo)

Hace justo unos días hemos empezado desde la Sociedad Científica de Justicia Restaurativa, un programa de justicia restaurativa , el primero de estas características en España,en la cárcel de Burgos.  El programa es largo y tiene distintas fases desde intervención parcialmente restaurativa hasta una totalmente. En este gráfico, he querido representar las fases en las que vamos a trabajar de forma parcialmente restaurativa con el grupo de personas privadas de libertad:
1- En la base empezaremos por el fortalecimiento de sus relaciones interpersonales y que además se sientan parte de la comunidad
2- En una segunda fases vamos a explorar cuales son los daños que se han causado, los afectados y qué necesidades surgen, así como qué podrían hacer para compensar este daño
3- En una tercera fase, veremos las expectativas de su vuelta a la comunidad, la reintegración pero sobre todo cómo abordar su reconexión.

miércoles, 17 de abril de 2019

¿Cómo podemos entender la justicia restaurativa?



Hoy quiero recordar los ejes sobre los que funciona la Justicia Restaurativa, o más bien sus características más básicas, y es que la Justicia Restaurativa se centra en :

1- El daño causado y las necesidades que genera este daño

2- Las obligaciones, especialmente la de reparar o compensar este daño

3- La participación de todos los directa e indirectamente implicados.

4- La reintegración de la víctima e infractor

5- Y derivado de la participación: buscar el esfuerzo cooperativo de la comunidad y el estado.

Por eso, una justicia penal con enfoque restaurativo debe atender a las víctimas y sus necesidades, favorecer una asunción de responsabilidad del infractor que le haga querer reparar el daño y necesita una participación de todos, incluidos familiares y allegados (comunidad) para conseguir un efecto sanador más positivo.

sábado, 23 de marzo de 2019

La justicia restaurativa favorece la "supresión de roles vitalicios" de víctima y delincuente

SOBRE EL ROL VITALICIO DE SENTIRSE VÍCTIMA O DELINCUENTE 
Algunas veces he hablado de algo que me parece muy importante para lograr una auténtica sanación tras el crimen: la eliminación del estigma que supone haber sido víctima de un delito o bien haberlo cometido.Podemos llamarlo estigma, etiqueta o rol vitalicio pero sea como fuere, asumirlo de por vida, no ayuda a las personas a reintegrarse no solo en la comunidad sino en su entorno. El estigma que recae sobre el infractor es más impuesto que autoimpuesto, ya que es el entorno y la sociedad el que le marca y le señala como delincuente, esto sin duda, puede hacer muy difícil su reinserción, ya que le dificultara su vida cotidiana y todo esto a pesar de que la reinserción es un mandato constitucional.El estigma de la víctima es algo más autoimpuesto, es decir muchas víctimas asumen tan profundamente esta etiqueta que luego las hace imposible o muy difícil su eliminación, claro a esto influye la escasa atención que reciben del sistema penal de justicia y su poca participación en el proceso para poder expresar lo que necesitan o requieren para empezar su camino a la superación del delito. Aunque el ser vistas por su entorno como víctimas, tampoco las ayuda sino que para muchas se genera incluso más sentimiento de incomprensión y aislamiento ("tu lo dices muy fácil, porque tu no has sufrido el delito", "no te puedes poner en mi lugar"...pueden ser frases comunes en algunas víctimas que revelan su sentimiento de estar marcadas por el crimen sufrido).

sábado, 16 de marzo de 2019

La gente puede cambiar

Pensamos que alguien que ha cometido un delito, de cierta gravedad ¿puede querer cambiar?. Creo que es posible, no todos estarán en una posición de poder o querer dejar la carrera delictiva pero muchos tienen voluntad y con un "empujoncito" de nuestra parte, esta voluntad puede tornarse férrea. Para ello, la Justicia Restaurativa, puede ser de gran ayuda ya que hace que los infractores se enfrenten a sus actos, vean como sus acciones han dañado a personas reales, de "carne y hueso". Esto para muchos puede ser un punto de inflexión, no olvidemos que muchos infractores minimizan sus delitos, los justifican pensando que no fue para tanto, y por eso el ver directamente y de voz de las víctimas lo que ha supuesto su delito, puede llevarlos a querer cambiar, o al menos reflexionar sobre su vida futura. 
Lógicamente, esta Justicia puede causar mucho más impacto en jóvenes infractores y en adultos jóvenes, porque su personalidad está en formación y su falta de madurez puede influir en que su forma de actuar y sus decisiones no sean las más adecuadas. 

jueves, 31 de enero de 2019

Algunos puntos claves para entender la Justicia Restaurativa




Hoy quiero recordar unos puntos claves de la Justicia Restaurativa y que van a servir para evaluar en qué medida nuestra actividad es totalmente restaurativa o solo parcialmente:

1- Daño causado y las necesidades que genera este daño

2- Obligaciones, especialmente la de reparar o compensar este daño

3- Participación de todos los directa e indirectamente implicados. 

A estos tres, avalados por Howard Zehr, añadiría:

4- Reintegración de la víctima e infractor

5- Y derivado de la participación: buscar el esfuerzo cooperativo de la comunidad y el estado.

jueves, 13 de diciembre de 2018

Dos aspectos esenciales para la Justicia Restaurativa

Intentar resumir, sintetizar o generalizar qué es la Justicia Restaurativa es simplemente complicado, por cuanto si preguntamos a las víctimas o infractores, cada uno de ellos explicará que esta justicia es una cosa y a buen seguro será diferente, que lo que otros opinen y es que el camino hacia la restauración es diferente porque son diferentes las necesidades de las víctimas y esto conlleva diferentes obligaciones de reparación o compensación para el delincuente. 
Sin embargo existen dos aspectos importantes de esta Justicia Restaurativa, y es que se centra en :
 Reparación de la víctima ( porque nos ocupamos del daño causado por el delito, y es que la víctima y en general, las personas que sufren las consecuencias del delito deben ser reparadas o al menos se debe mitigar o compensar el daño sufrido ). Pero hablo de reparación en el sentido más amplio de la palabra, como una forma de devolver a la víctima y a la sociedad algo bueno por lo malo que hizo. Esta reparación servirá para que el infractor pueda ser mirado por lo bueno que haga desde ese momento en adelante, será importante para que pueda despojarse del "rol de infractor".
Reintegración de la víctima e infractor (porque deseamos un futuro con menos delitos, en el que se pueda vivir en paz y armonía)

martes, 28 de agosto de 2018

Fases de una reunión conjunta de un proceso restaurativo

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Para mi estas fases de cualquier proceso restaurativo, coinciden con la siguiente: hechos, sentimientos, implicaciones para el futuro (qué necesidades tienes las personas), y reintegración (como transformar a las personas para que vuelvan a la sociedad como personas nuevas

sábado, 4 de agosto de 2018

Algunos puntos esenciales sobre la Justicia Restaurativa

En este post,  quiero recordar algunos pilares o premisas de la justicia restaurativa, que no son sino puntos esenciales para lograr la mejor sanación de la víctima, y de la comunidad y la mejor reintegración de víctima e infractor. En definitiva son elementos esenciales para lograr un mundo sino perfecto, al menos que se asemeja mucho al "ideal". Como soy partidaria de una Justicia Restaurativa en sentido amplio, entiendo que los pilares o más bien las premisas en las que se basa esta justicia son las siguientes: 

1- Daño causado y las necesidades que genera este daño

2- Obligaciones, especialmente la de reparar o compensar este daño

3- Participación de todos los directa e indirectamente implicados.

A estas tres premisas añadiría :

4- Reintegración de la víctima e infractor

5- Y derivado de la participación: buscar el esfuerzo cooperativo de la comunidad y el estado.

sábado, 30 de junio de 2018

Dos aspectos importantes, para la Justicia Restaurativa

Intentar resumir, sintetizar o generalizar qué es la Justicia Restaurativa es simplemente complicado, por cuanto si preguntamos a las víctimas o infractores, cada uno de ellos explicará que esta justicia es una cosa y a buen seguro será diferente, que lo que otros opinen y es que el camino hacia la restauración es diferente porque son diferentes las necesidades de las víctimas y esto conlleva diferentes obligaciones de reparación o compensación para el delincuente. 
Sin embargo existen dos aspectos importantes de esta Justicia Restaurativa, y es que se centra en :
 Reparación de la víctima ( porque nos ocupamos del daño causado por el delito, y es que la víctima y en general, las personas que sufren las consecuencias del delito deben ser reparadas o al menos se debe mitigar o compensar el daño sufrido ). Pero hablo de reparación en el sentido más amplio de la palabra, como una forma de devolver a la víctima y a la sociedad algo bueno por lo malo que hizo. Esta reparación servirá para que el infractor pueda ser mirado por lo bueno que haga desde ese momento en adelante, será importante para que pueda despojarse del "rol de infractor".

martes, 19 de junio de 2018

¿Cómo nos imaginamos al infractor/a?

Es imposible, pensar en un infractor y verlo como un ser humano, la cosa igual cambia si es un familiar nuestro el que ha cometido un delito. ¿Es más fácil para los ciudadanos de a pie, ver al infractor como alguien diferente del resto de la población, como alguien que por sus circunstancias o características tiene tendencia a delinquir ? En estos casos, lo que debería hacerse es intentar neutralizar a estos infractores para evitar que vuelvan a delinquir, puesto que sus circunstancias les hacen proclives a ello. Estaríamos hablando de una justicia que excluye, estigmatiza y separa para evitar un daño al resto de la comunidad. Aunque me duela decirlo esta es la Justicia que muchas veces tenemos y que fomentamos a través de los medios de comunicación. Sin duda, para alguien que ha sufrido un delito puede ser más tranquilizador pensar que el que le ha causado un daño es una persona proclive a la delincuencia,  diferente del resto de la población, casi un demonio.Sin embargo, la realidad es que en la generalidad de los casos el infractor es alguien normal, que en un momento dado ha ido por un camino diferente y esto le ha llevado a perjudicar a otro ser humano.

sábado, 7 de abril de 2018

Efectos de la Justicia Restaurativa en los afectados por el delito

La Justicia Restaurativa ayuda a las personas afectadas por el delito a pasar del desorden que provoca el delito, al orden, de la falta de empoderamiento al empoderamiento y del aislamiento que conlleva sentirse víctima o infractor, a la reintegración y reconexión de ambos en la sociedad, como personas "nuevas".


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

miércoles, 21 de marzo de 2018

La Justicia Restaurativa es la Justicia del sentido común

Lo bueno de la Justicia Restaurativa es que no se fundamenta en teorías complicadas o extrañas para la comunidad, se basa en el sentido común, en lo que las personas en su mayoría pensamos que es lo correcto, lo justo.De ahí, que la Justicia Restaurativa y sus diferentes prácticas partan de algo muy sencillo: "Quién ha hecho algo malo, debe hacer lo necesario para remediarlo, mitigarlo o compensarlo" se debe dar una oportunidad para hacer las cosas bien, en este caso reparar el daño y hacer curar el dolor que se ha causado. Esto lejos de ser una obligación o un castigo es lo justo y además produce un beneficio que el castigo por si solo no hace y es que favorece la responsabilización del que ha hecho mal y una actitud activa. Por ejemplo, la justicia penal no favorece esta responsabilización, ya que al infractor le pone a la defensiva, le dice que tiene derecho a no declarar contra si mismo, a no decir la verdad...le da "carta blanca" con toda una serie de derechos para no reconocer jamás el daño que hizo, y le dice que es legal y justo. Sin embargo, la Justicia Restaurativa favorece la asunción voluntaria y activa de responsabilidad y con ello la reinserción del infractor. 

jueves, 11 de enero de 2018

El fin de la pena debe ser la reintegración

Para muchos, pensar en el fin de la pena como el castigo o la retribución, es decir, devolver al infractor una cantidad de dolor que se corresponda con el daño causado, puede ser suficiente o más que suficiente. No obstante, la retribución como fin de la pena se centra en la dimensión pública de la delincuencia. El estado debe dar a entender que toda violación de la norma es desaprobada y el ciudadano debe comprenderlo, para evitar futuros quebrantamientos de las leyes. Sin embargo, si pensamos en un delito muy grave, como la muerte de seres vivos, ¿cuánto castigo sería suficiente para compensar las pérdidas de vidas? Jamás se podría poner en una balanza el delito grave y el castigo porque ni tan siquiera la muerte del infractor, como el castigo más terrible, podría equilibrar la pérdida de seres vivos inocentes. El retribucionismo como fin de la pena se basa en una especie de venganza recíproca y muchos creen que se hace justicia si el infractor tiene dificultades y el equilibrio trata de adquirirse mediante el pago, de devolver al delincuente el sufrimiento que causó por el delito.Sin embargo, el desequilibrio con respecto a las víctimas directas y la sociedad seguirá existiendo. 

jueves, 4 de enero de 2018

Algunos indicios para saber si estamos siendo restaurativos en el ámbito penal

¿Es nuestra actividad totalmente restaurativa o solo parcialmente?. Alguna vez he hecho referencia a los pilares y las características de la Justicia Restaurativa, no es una norma general, no hace doctrina pero si es un indicativo de que lo que hacemos, tiene un enfoque restaurativo. Precisamente, hoy quiero hablar de unos indicios que nos muestran si la labor o actividad que hacemos, es más o menos restaurativa. Esto significa que podemos realizar una actividad con enfoque restaurativo pero no totalmente, dependiendo de si se cumplen todos o algunos de los indicios o características, y éstas son las siguientes:

1. Se debe ofrecer una oportunidad para el encuentro

2. Se debe poner énfasis en la reparación del daño. Algunos daños no podrán ser reparados pero pueden hacerse cosas para que si bien no se repara el daño, se puede aminorar o bien proporcionar una satisfacción moral, como por ejemplo: las disculpas, acciones que hagan ver a la víctima que será difícil que se vuelva a cometer un nuevo delito..