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jueves, 14 de agosto de 2025

¿Qué conlleva un proceso restaurativo?

 

(imagen propiedad de Virginia Domingo)

INTRODUCCIÓN

Lo bueno de interactuar con otros facilitadores y promotores de la Justicia Restaurativa es que puedo reflexionar sobre donde estamos con la Justicia Restaurativa y hacia donde queremos ir. Siempre he comentado que el buen facilitador, debe despojarse de su profesión de origen, es más, somos los que hemos estado relacionados con las leyes, los que tenemos más complicado esta labor, porque nos han enseñado a ser tan respetuosos con las leyes, que nos hemos olvidado de que lo más importante es el ser humano, que hay detrás. ¿Cómo hacerlo, como despojarnos de nuestra profesión de origen?, me preguntaban gran acierto, pues primero dejando de pensar con la cabeza, simplemente y guiarnos un poco más con el corazón. Los seres humanos no somos racionales, a pesar de lo que pensamos, somos mezcla de emociones y son estos sentimientos, los que deben de salir a a luz, en un proceso restaurativo. Por eso, el facilitador, es el que va a ayudar para que fluyan y así las personas afectadas por el daño, puedan sanar.

LA JUSTICIA RESTAURATIVA NO ES PSICOLOGÍA, NI DERECHO....

Nada tiene que ver con el mundo del derecho, ni con la psicología.. es algo que está en relación con nuestra esencia, somos seres humanos, lo cual no implica que la formación multidisciplinar pueda ser importante para usar las herramientas y técnicas que puedan favorecer este camino hacia un diálogo profundo y sincero sobre lo que ocurrió, como reparar o hacer lo correcto, quién debe hacerlo y quienes deben participar por resultar afectados, de alguna manera por lo sucedido.

En este camino, se me han ocurrido algunos sentimientos que conllevan el camino restaurativo y que pueden salir  a la luz durante un proceso restaurativo:

Reflexión (sobre lo sucedido), remordimiento (por el dolor o la pena causada), responsabilidad ( no poniendo excusas o justificaciones a lo que pasó ), redescubrimiento (encontrando un nuevo yo "renovado"), respeto a uno mismo y los demás, reparación (hacer las cosas "bien"), rehabilitación (generando compromisos con la comunidad para que se vea el deseo de cambio de la persona que hizo mal), reconciliación (con uno mismo, con su familia y si fuera posible con la otra persona ).

La Justicia Restaurativa y sus herramientas, sin lugar a dudas, favorecen una mejor cohesión social, una comunidad responsable, con sus miembros, sintiéndose parte del grupo. Somos seres que vivimos en comunidad, esta en nuestra esencia: UBUNTU, yo soy porque nosotros somos.

viernes, 10 de enero de 2025

Indicadores para saber si estamos siendo restaurativos

 


INTRODUCCIÓN

¿Es nuestra actividad totalmente restaurativa o solo parcialmente?. ¿Estamos haciendo justicia restaurativa o quizá estamos realizando otra cosa?  Alguna vez he hecho referencia a los pilares y las características de la Justicia Restaurativa, no es una norma general, no hace doctrina pero si es un indicativo de que lo que hacemos, tiene un enfoque restaurativo. Precisamente, hoy quiero recordar algunos indicios que  nos muestran si la labor o actividad que hacemos, es más o menos restaurativa (inspirados en Howard Zehr(2007)). Esto significa que podemos realizar una actividad totalmente restaurativa o solo parcialmente o quizá pensamos que hacemos justicia restaurativa y es otra cosa,  dependiendo de si se cumplen todos o algunos de los indicios o características, y éstas son las siguientes:

1. Se debe ofrecer una oportunidad para el encuentro. Aunque este encuentro no es esencial, si es importante habilitar esta posibilidad, si finalmente no se pudiera, se pueden realizar programas individuales que no serían totalmente restaurativos pues solo se trabaja con grupos de víctimas, o bien grupos de ofensores o comunidad. En todo caso, en los programas individuales también existe un encuentro entre personas impactadas por el daño o personas que lo han causado, hay encuentro de historias y de búsqueda de soluciones. 

jueves, 26 de septiembre de 2024

Objetivos de la justicia restaurativa


Hoy quiero recordar los principios clave para entender  la Justicia Restaurativa y que van a servir para evaluar en qué medida nuestra actividad es totalmente restaurativa o solo parcialmente:

1- Daño causado y las necesidades que genera este daño

2- Obligaciones, especialmente la de reparar o compensar este daño

3- Participación de todos los directa e indirectamente implicados. 

A estos tres, avalados por Howard Zehr, añadiría:

4- Reintegración de la víctima e infractor

5- Y derivado de la participación: buscar el esfuerzo cooperativo de la comunidad y el estado.

Respecto de las tres características principales, me gustaría aclarar lo siguiente:

1- La Justicia Restaurativa se centra en el daño sufrido por las víctimas, la comunidad e incluso el posible daño sufrido por el infractor. Por eso es importante valorar el origen y las causas del delito para así generar una “sanación de todos los implicados”.


2- Este daño genera obligaciones. El infractor va a tener una responsabilidad activa, para eso es necesario ayudarlo a que comprenda el hecho, las consecuencias de sus acciones y quiera reparar o compensar el daño. La comunidad tiene una serie de obligaciones también.


3- La Justicia Restaurativa promueve el compromiso y participación de las partes afectadas, víctima, infractor. La comunidad y familiares deben ejercer un rol importante también. Las victimas deben ser informadas, escuchadas y facilitarse su participación y colaboración durante todo el proceso.


CONCLUSIÓN

Por eso, una justicia penal con enfoque restaurativo debe atender a las víctimas y sus necesidades, favorecer una asunción de responsabilidad del infractor que le haga querer reparar el daño y necesita una participación de todos, incluidos familiares y allegados (comunidad) para conseguir un efecto sanador más positivo.

domingo, 25 de febrero de 2024

El enfoque restaurativo

 



(imagen propiedad de Virginia Domingo)

Hoy recuerdo cómo sería para mi el paradigma o enfoque  restaurativo. Entendiendo por reconsideración, la asunción de responsabilidad del infractor, así como el cambio de visión de la víctima, que verá en la persona que le hizo daño, alguien como él o ella pero que quiere cambiar y hacer lo correcto, esto llevará al victimario al remordimiento, no en sentido religioso (puede ser religioso para el que lo sea, pero para el que no, será más bien ético) y querrá reparar el daño o al menos compensarlo, esto en lugar de aislarlo, lo llevará a la vuelta a la comunidad (reconexión). Pero además, este empoderamiento y escucha a las víctimas, también las ayudará a reconectar de nuevo con la sociedad, y evitar aislarse del grupo.

domingo, 5 de noviembre de 2023

Paradigma restaurativo

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

El paradigma restaurativo no se basa en el reproche estigmatizante y el castigo, parte del reproche pero para hacer que los ofensores reconsideren su actitud, y quieran cambiar, además de compensar el daño que han hecho. Esto los ayudará a reconectar de nuevo con la comunidad

viernes, 14 de julio de 2023

Daños y necesidades tras el delito

 

(Imagen propiedad de Virginia Domingo)

Cuando sufrimos un daño, generamos unas necesidades y éstas son en las que se centra la Justicia Restaurativa, mucho mejor que la Justicia tradicional. Cuando la víctima tiene miedo, necesita volver a sentirse segura, además sentirá irá por haberse convertido en víctima, por eso reclamará justicia. Justicia que aunque muchos piensan que es castigo, no es así, las víctimas necesitan sentir que alguien se responsabiliza por el daño sufrido, y esto lo consigue los procesos restaurativos de una manera más eficaz y sincera. Además el delito, el proceso penal... genera ansiedad, necesitan recuperar el control de su vida, sentirse respetadas y sobre reequilibrar las consecuencias del delito.

martes, 28 de marzo de 2023

Intervención en el programa directos al derecho, clikradiotv


Hace unos días  participé el programa directos al derecho,  de clickradiotv gracias a la invitación de Arturo Ortiz y Alexa Cue.

Podéis encontrar mi intervención a partir de minuto 40. Hablé de justicia restaurativa, lo que implica la reparación y algunos aspectos más como la diferencia con la mediación.

Este es el enlace  https://www.lawandtrends.com/noticias/despachos/directos-al-derceho-23-03-2023-usurpacion-de-personalidad-y-justicia-restaurativa-1.html

viernes, 7 de octubre de 2022

Pilares de la justicia restaurativa

 


PILARES DE LA JUSTICIA RESTAURATIVA

Hoy quiero recordar ciertos pilares en los que podemos resumir la Justicia Restaurativa: 

PRIMER PILAR: Compensación. Puesto que ha habido un daño, lo primero es reparar o compensar este daño a las víctimas. Cada una de ellas es diferente por eso la reparación deberá se adecuada a sus necesidades, por ejemplo para algunos el simple proceso restaurativo será en sí mismo reparador, para otras el poder contar su historia y obtener respuestas será esencial…La mayoría de las víctimas se sentirán satisfechas y con el sentimiento de que se ha hecho justicia, si hay una persona que aparece como responsable, si el infractor asume su responsabilidad y se compromete a reparar. En muchas ocasiones la reparación más importante para las víctimas no tiene nada que ver con el dinero, se trata de una reparación simbólica en cuanto el objetivo es que algunas de sus necesidades más importantes se vean atendidas como la de seguridad: que la persona ofensora se comprometa a no volver a hacerlo....

domingo, 30 de mayo de 2021

Indicadores para programas de justicia restaurativa


INTRODUCCIÓN

Si partimos de que la Justicia Restaurativa es mucho más que metodologías específicas y que es un conjunto de principios y valores que deben informar la justicia actual para hacerla más humana,  e incluso debe informar nuestra forma de vida, entonces hoy intentaré reflejar algunos indicadores de lo que conlleva esta Justicia Restaurativa:

COMPROMISO

Se trata de involucrar a los afectados incluyendo a la comunidad, (es decir, la víctima, la familia, el barrio, la escuela, infractor) en el proceso restaurativo de curación y reparación del daño.

Compromiso de la persona (s) dañada:

• Los estudios demuestran que los perjudicados tienen la oportunidad de opinar y dar forma razonablemente al resultado. (compromiso y reparación)

Compromiso de la persona (s) que han causado daño:

•Los estudios demuestran que el programa involucra activamente a los participantes en la comprensión de los daños, que no justificación y las necesidades relacionadas, así como sus ideas y aportes en la determinación del acuerdos / resultado.

Compromiso de la comunidad

• Los estudios demuestran que los programas restaurativos involucran activamente a la comunidad en la respuesta a las necesidades de los afectados y como forma de fortalecer los lazos sociales desquebrajados por el crimen.

domingo, 11 de octubre de 2020

Restauración para la justicia restaurativa


(imagen propiedad de Virginia Domingo, inspirada en Howard Zehr)

Más que restauración me gusta más hablar de transformación. Pero en todo caso, si queremos hablar de restauración en justicia restaurativa sería de esta forma que muestro en el gráfico.

Las necesidades de las víctimas, son , la primera y más esencial, la de la reparación pero adecuada a lo que ellas necesiten, lo que implica que no siempre será algo material

Las necesidades del infractor, son en especial, la de ser ayudado a asumir su responsabilidad y a hacer lo correcto, que será compensar el daño causado en la forma, que la víctima necesite.

La comunidad tiene varias necesidades como recuperar el sentimiento de seguridad pero sobre todo, necesita que víctima e infractor vuelvan a ella como personas "nuevas", sin la etiqueta de víctima, de por vida, y victimario, sin posibilidad de reinserción

miércoles, 29 de enero de 2020

El porqué de algunos delitos

INTRODUCCIÓN
Este énfasis en abordar los daños y las causas de este comportamiento, requiere que abordemos los posibles daños que sufrieron también los infractores. Los estudios demuestran que muchos infractores fueron victimizados o traumatizados, de una manera muy importante. Y otros, se perciben como víctimas a sí mismos o victimizados. Estos daños y estas percepciones de sí mismos como víctimas, pueden haber contribuido al delito. Autores como el psiquiatra James Gilligan, establece que toda violencia en sí misma es un esfuerzo por conseguir justicia. Es decir, muchos delitos pueden ser una respuesta para deshacer en cierta manera, el sentimiento de victimización. Por supuesto, que la percepción de uno mismo como víctima, no implica que se te absuelva por tu responsabilidad en la conducta dañosa. Pero Gilligan afirma, que no podemos esperar que este comportamiento pare, sin abordar este sentimiento. De hecho, el castigo generalmente reafirma estos sentimientos de victimización.  

jueves, 21 de noviembre de 2019

¿Qué es el delito para la justicia tradicional y la restaurativa?




(imagen propiedad de Virginia Domingo, extraído de Howard Zehr)

La justicia tradicional solo tiene interés por la verdad jurídica si es verdad o no que se cometió el delito tal y si es verdad que esa persona es culpable porque entonces merece un castigo. Los verdaderos afectados por el delito quedan fuera.
Frente a esto, la justicia restaurativa nos dice que el delito causa daños, busca la verdad emocional: quiénes son los afectados y cómo se podría mitigar el daño causado, para esta justicia los realmente afectados son la víctima, infractor y comunidad

sábado, 16 de noviembre de 2019

Sobre el perdón y la justicia restaurativa

INTRODUCCIÓN
Mucho he hablado del perdón y la justicia restaurativa, ya que frecuentemente ambos conceptos se suelen relacionar, como si el objetivo esencial fuera el pedir perdón y perdonar. Perdonar nunca puede concebirse como objetivo primordial de esta justicia, esto puede darse o no pero depende de cada participante. De hecho, en muchas ocasiones se ha hecho un mal uso de esta justicia, precisamente porque se ha volcado todo el énfasis de esta justicia en los encuentros y en que el infractor pida perdón, a algunos infractores esto les puede resultar sencillo: " pido perdón y ya" pero la esencia de la Justicia Restaurativa no es esta, es que el infractor asuma y se de cuenta del daño causado, se responsabilice, esto si constituye uno de los ejes centrales de esta Justicia. Porque para la víctima es más importante que el infractor se responsabilice de este acto, demostrará que se hace por un motivo sincero y no tanto por conseguir algún posible beneficio. ¿Un infractor puede pedir perdón, sin antes conocer el impacto del delito y como un ser humano se vio afectado? Complicado sobre todo si entendemos el perdón como habitualmente.

sábado, 2 de noviembre de 2019

La justicia restaurativa ayuda a todos los afectados por el daño

¿JUSTICIA RESTAURATIVA CENTRADA EN VÍCTIMAS O INFRACTORES?
El problema que surge en muchas ocasiones, a los que nos dedicamos a la Justicia Restaurativa es que siempre parece que nos tenemos que posicionar o bien en el lado de las víctimas o en el lado de los infractores. En otras ocasiones, veo a profesionales que de una manera demasiado clara se posicionan en favor de los infractores utilizando la Justicia Restaurativa de forma exclusiva en su beneficio y como medio para liberarlos de un teórico juicio. Es cierto que vivimos en una sociedad en que parece que tenemos que estar en los extremos porque sino no somos entendidos, pero volvernos a volcar en el infractor de forma casi exclusiva implicaría volver a cometer los mismos o similares errores de la Justicia tradicional, que se centra en exclusiva en el infractor . También reconozco que siempre digo que la Justicia Restaurativa nace por y para las víctimas. Es verdad que, tal y como escuché decir a Howard Zehr, esta justicia surge porque tras el delito, se produce un daño generalmente a una víctima, a lo que yo añadiría que también se produce un daño a la comunidad.Y la Justicia Restaurativa ayuda a estas víctimas, tanto directas como indirectas de diversas maneras, la parte más conocida de esta justicia son los encuentros restaurativos como la mediación penal, conferencias o círculos, sin embargo, entendiendo esta justicia como una respuesta evolucionada al crimen, lo más importante es la forma global de abordar el delito atendiendo las necesidades de las víctimas y facilitando la responsabilización del infractor.

martes, 29 de octubre de 2019

Remordimiento y justicia restaurativa

REMORDIMIENTO Y JUSTICIA RESTAURATIVA
Frecuentemente se habla del perdón y cómo no es el objetivo, al menos prioritario de la Justicia Restaurativa, sin embargo, a veces nos olvidamos del remordimiento. Sé que para muchos, todo esto suena como algo religioso y con esto corremos el riesgo de que infractores que no se consideren religiosos, crean que no va con ellos, o que personas que quieran aplicarla, lo vean demasiado espiritual y tampoco se tomen medidas para su efectividad real. Pero sin duda, el remordimiento puede ser algo religioso para los que lo sean, pero para los que no, será algo ético, una forma de enfocar al infractor en la realidad, donde está y cómo hacer lo correcto. Además, esta palabra no está contemplada expresamente pero de forma indirecta, si existe en muchas legislaciones sobre Justicia Restaurativa. De esta forma, en muchas leyes para que pueda darse un encuentro restaurativo, se impone como necesario, y así lo dice el Estatuto de las víctimas, que el infractor reconozca los hechos. En concreto, el Estatuto habla de que el el infractor reconozca los elementos esenciales de los que deriva su responsabilidad. Es decir que asuma que cometió el delito. Pero muchos nos preguntamos ¿y el remordimiento, es necesario? Es ir un poco más allá, es preguntarnos si es necesario que el infractor se arrepienta sinceramente del daño causado, y si fuera necesario, cómo saber si este requisito se da.

martes, 22 de octubre de 2019

Ubuntu: yo soy porque nosotros somos

TODOS ESTAMOS CONECTADOS
El ser humano no se puede entender sino es en relación con los demás, vivimos en comunidad, nos rodeamos de amigos y familiares, formamos una familia. Se puede decir que estamos conectados, los unos con los otros, de una manera bien directa o indirecta. Por eso, cuando un delito se comete, se daña no sólo a la víctima directa sino también a la colectividad, a la sociedad en general. De ahí, que para abordar el delito de una manera más sanadora, la Justicia Restaurativa se presenta como una gran apuesta y no como algo nuevo sino como algo intrínseco a nuestra propia esencia humana. Esto lo podrían definir a la perfección en Sudáfrica, y a través de "Ubuntu", esta palabra simple, tiene muchas perspectivas y hay muchas formas de explicar su significado, aunque básicamente se basa en que todos estamos destinados a relacionarnos, a vivir en comunidad, y por eso es necesario que tengamos empatía y lealtad así como humanidad. Una frase que explica este Ubuntu es "yo soy porque nosotros somos".El delito genera una serie de daños a las víctimas pero también rompe la cohesión social, nos sentimos menos seguros, desconfiamos de los demás y estigmatizamos no sólo al infractor sino frecuentemente a sus allegados, esto por supuesto, acaba con la armonía social.

martes, 24 de septiembre de 2019

La justicia restaurativa no es utópica


JUSTICIA RESTAURATIVA ...¿UTOPÍA?
Muchos opinan que esto de la Justicia Restaurativa es una utopía,(de ahí que yo, me autodefina como utopicamente realista), piensan que el ser humano es vengativo y retributivo por naturaleza, por tanto ven esta Justicia antinatural. Probablemente esto viene corroborado por la cultura de más castigo, que nos invade en los medios de comunicación en general, de ahí que parezca que las víctimas y los ciudadanos en general son muy punitivos. Y no es que las víctimas sean más punitivas, sino que es lo único que la justicia las ofrece para sentir que se ha hecho justicia y por eso, se agarran a esta justicia del castigo pensando que va a satisfacer sus necesidades. Sin embargo, la realidad es otra, como no sienten que realmente se haya hecho justicia, la ven lejana y alejada a sus verdaderas necesidades, al final, la condena y el castigo nunca las parecerá suficiente, y por eso, no se puede decir que seamos muy punitivos, simplemente requerimos una justicia que nos de el protagonismo que nos corresponde, máxime si hemos sufrido un delito y además necesitamos sentir que se nos escucha y repara de acuerdo a nuestras necesidades, no como dice la ley que debe ser, esto implica que la reparación material para muchas no solo no será suficiente, sino que no será ni importante. 

viernes, 20 de septiembre de 2019

El castigo no satisface realmente a las víctimas

¿SATISFACE LA JUSTICIA TRADICIONAL LAS NECESIDADES DE LAS VÍCTIMAS?
Veamos, la idea de la actual justicia punitiva o retributiva trata acerca de infligir al infractor un castigo adecuado, un daño similar y proporcional al que causó ¿Alguien tiene una formula matemática para medir  el dolor? Realmente creo que este sistema es arbitrario porque ¿cómo se cuantifica cuantos días, meses o años  son un castigo justo y equitativo para los delitos? Y yendo un poco más allá, y como ejemplo, imaginemos un padre que mata a sus dos hijos, solo matándolo dos veces podríamos equiparar un poco las dos vidas inocentes sesgadas por la mano de su progenitor. Por eso, hablar de justicia retributiva se torna una contradicción porque se me antoja imposible encontrar una fórmula justa entre pena y delito, entre dolor que se infrinja al infractor y el dolor causado por el delito a las victimas y sus allegados.Además erróneamente, se ha hecho creer a las víctimas que el castigo compensará el daño causado y que va a recuperar su vida, solo con ese acto pero la realidad demuestra que la mayoría no sienten que se ha hecho justicia ¿por qué?

jueves, 12 de septiembre de 2019

¿Cómo medir la gravedad de un delito?

SOBRE LA GRAVEDAD DEL DELITO
Siempre digo, que se puede hacer Justicia Restaurativa, en cualquier clase de delitos, incluidos los más graves, es más, ya va siendo hora que se deje de hablar de Justicia Restaurativa como alternativa al juicio, para delitos leves y para agilizar los juzgados. La Justicia Restaurativa, surgió en el ámbito penal, para ayudar a los afectados por el delito, con independencia de su gravedad. Desde que hice el último curso de reciclaje y formación como alumna, estoy planteándome  una cuestión ¿Qué es un delito grave? Si somos del mundo del derecho, automáticamente pensaremos: qué respuesta más sencilla...pues, aquellos que en las leyes que correspondan, estén calificados como muy graves. Pero y ¿para las personas que sufren el impacto del delito?, qué es grave o no....pues no está definido a priori, y a veces, me reprendo a mi misma porque no se puede prejuzgar ningún caso,  ni decir, que es un delito muy leve.

viernes, 30 de agosto de 2019

Decálogo de justicia restaurativa

Hace unos años realicé un decálogo de Justicia Restaurativa en el ámbito penal, tengo pensado variarlo en función de cómo ha cambiado mi visión de esta Justicia, sin embargo, antes de hacerlo, vuelvo a compartirla con todos vosotros:

1. La Justicia Restaurativa  es un nuevo paradigma de enfocar la justicia penal que se centra en el daño causado y las acciones requeridas para enmendar este daño.

2. El delito es visto como un quebrantamiento de los lazos y las relaciones entre personas y comunidades más que como una vulneración de la norma creada por el estado

3. La Justicia Restaurativa busca alternativas a la prisión o al menos una disminución de la estancia en ella a través de la reconciliación y restauración de la armonía de la convivencia humana y la paz

4. La Justicia Restaurativa se preocupa de reunir a víctima, infractor y comunidad para la búsqueda de soluciones, abordando los elementos relacionados con el delito. Esto no significa que siempre sea necesario un encuentro, existen programas individuales que también son justicia restaurativa

5. La Justicia Restaurativa se centra en la reparación a la víctima directa e indirecta del delito, porque se preocupa por el daño moral, material y emocional que se la ha ocasionado