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martes, 7 de mayo de 2024

Los valores de la justicia restaurativa nos ayudan a entenderla

 


¿TENEMOS UN CONSENSO SOBRE LO QUE ES JUSTICIA RESTAURATIVA?

Cuando hablamos de Justicia Restaurativa,  en la mayoría de las ocasiones no logramos unificar los diferentes aspectos de esta justicia, en una sola definición. Es más, al concebir la Justicia Restaurativa de una forma global y no como procesos específicos es todavía más complicado pensar en una sola definición. Por eso, suele resultar útil, como dice Howard Zehr, pensar en principios y valores, si se tienen en cuenta algunos de estos valores y principios en nuestra actividad restaurativa, podemos tener una idea de hasta qué punto esta actividad será totalmente restaurativa o parcialmente.

La Justicia Restaurativa se basa en necesidades que surgen tras los daños que se ocasionan con el delito, todos estamos relacionados y conectados y como tal debemos asumir ciertas responsabilidades.

 La justicia tradicional se centra en los aspectos fácticos del delito, desposee al delito del aspecto emocional y humano. Se olvida que tras el delito hay personas, seres humanos que sufren y que precisamente tienen una serie de necesidades para poder hacer frente a los daños que el delito ha ocasionado.

viernes, 16 de febrero de 2024

Decálogo de justicia restaurativa


 DECÁLOGO DE JUSTICIA RESTAURATIVA

Hace unos años realicé un decálogo de Justicia Restaurativa en el ámbito penal, vuelvo a compartirla con alguna variación fruto de la constante evolución de esta justicia:

1. La Justicia Restaurativa  es un nuevo paradigma para  enfocar la justicia penal que se centra en el daño causado y las acciones requeridas para enmendar este daño. Hoy en día podemos hablar también de ciencia social, movimiento social e incluso una forma de vida

2. El delito es visto como un quebrantamiento de los lazos y las relaciones entre personas y comunidades más que como una vulneración de la norma creada por el estado

3. La Justicia Restaurativa busca alternativas a la prisión o al menos una disminución de la estancia en ella a través de la reconciliación y restauración de la armonía de la convivencia humana y la paz

lunes, 17 de julio de 2023

Objetivos de la justicia restaurativa


INTRODUCCIÓN

La Justicia Restaurativa es un conjunto de valores y creencias acerca de lo que significa hacer  justicia. Esta teoría busca como objetivos primordiales: (Van Ness)

1. Invitar a la completa participación y al consenso

Una de las bondades de la Justicia Restaurativa es su capacidad para abordar y generar sanación en todos los afectados por el delito, tanto la víctima como el infractor. Sin embargo, cuando hablamos de víctimas, frecuentemente ponemos el acento en los directamente afectados, que lógicamente son las víctimas principales, las que sufren el mayor daño pero en ocasiones, existen otras víctimas como los familiares y allegados de ambos. La Justicia tradicional se centra en los directamente afectados en especial, si el infractor a de ser castigado y la reparación material. Frente a esto la Justicia Restaurativa pone su centro de atención en todos los afectados por el delito y en cómo reparar el daño que sufrieron, ya sea moral y material. Pero realmente es muy complicado hablar de víctimas, ¿Quién es víctima? Me gusta la definición general si se acude a un diccionario, y dice que víctima es aquella persona que sufre los resultados infelices de los propios actos, de otros o fortuitos. Con ella, se amplía la consideración de víctimas a todos los que sufren las consecuencias de los hechos ilícitos.

domingo, 21 de mayo de 2023

¿En qué consisten los procesos restaurativos?

 


INTRODUCCIÓN

Los procesos restaurativos implican:

1-    Una asunción de responsabilidad por el infractor

2-    Un hacer frente a los daños para reparar a la víctima

3-   Una implicación directa de la víctima y el infractor y cuando sea necesario la comunidad

Respecto del primero, la asunción de responsabilidad debe ser sincera  y no guiada por el objetivo de conseguir beneficios. Se debe reconocer que se ha cometido un delito y como consecuencia se ha causado un daño a víctimas concretas y a la sociedad. Reconocer que se cometió un delito es esencial y ahondaría un poco más, quizá lo más importante no es que digan: si, cometí un delito porque esto es tanto como decir, si he realizado una acción u omisión castigada por la ley como delito, ya que esto a priori parece desligarse del hecho de que se ha dañado a otro ser humano. Lo esencial es que la persona ofensora conozca el impacto  de su delito y asuma que causó daños. Por eso el reconocimiento parece vacío, si no se respeta a las víctimas, y si no se reconoce que el daño causado fue como consecuencia de un delito y que no es que simplemente pasará.

viernes, 7 de octubre de 2022

Pilares de la justicia restaurativa

 


PILARES DE LA JUSTICIA RESTAURATIVA

Hoy quiero recordar ciertos pilares en los que podemos resumir la Justicia Restaurativa: 

PRIMER PILAR: Compensación. Puesto que ha habido un daño, lo primero es reparar o compensar este daño a las víctimas. Cada una de ellas es diferente por eso la reparación deberá se adecuada a sus necesidades, por ejemplo para algunos el simple proceso restaurativo será en sí mismo reparador, para otras el poder contar su historia y obtener respuestas será esencial…La mayoría de las víctimas se sentirán satisfechas y con el sentimiento de que se ha hecho justicia, si hay una persona que aparece como responsable, si el infractor asume su responsabilidad y se compromete a reparar. En muchas ocasiones la reparación más importante para las víctimas no tiene nada que ver con el dinero, se trata de una reparación simbólica en cuanto el objetivo es que algunas de sus necesidades más importantes se vean atendidas como la de seguridad: que la persona ofensora se comprometa a no volver a hacerlo....

domingo, 6 de febrero de 2022

Enfoque restaurativo y justicia restaurativa


INTRODUCCIÓN

Siempre he tenido claro que no vivimos en un mundo ideal, y ya que trabajamos con seres humanos, es común que nos podamos encontrar con situaciones imperfectas. ¿Siempre será posible un encuentro víctima, infractor y/o comunidad? Por supuesto, que no, por eso estoy convencida que podemos ser aunque sea parcialmente restaurativos, en casos como por ejemplo si el infractor no ha sido capturado o no quiere participar  o desde el otro lado si la víctima no desea tomar parte en un proceso restaurativo. Conozco muchas personas que me dirían , entonces no se puede hacer justicia restaurativa porque no se tienen en cuenta a todos los afectados, pero si ya hay programas como mediación penal, en los que solo participan víctima e infractor, ¿por qué dejar a su suerte a un infractor que desea responsabilizarse por el daño que ha causado? o ¿ por qué no atender a una víctima de forma restaurativa, aunque el infractor no esté identificado o no quiera participar?.

domingo, 30 de mayo de 2021

Indicadores para programas de justicia restaurativa


INTRODUCCIÓN

Si partimos de que la Justicia Restaurativa es mucho más que metodologías específicas y que es un conjunto de principios y valores que deben informar la justicia actual para hacerla más humana,  e incluso debe informar nuestra forma de vida, entonces hoy intentaré reflejar algunos indicadores de lo que conlleva esta Justicia Restaurativa:

COMPROMISO

Se trata de involucrar a los afectados incluyendo a la comunidad, (es decir, la víctima, la familia, el barrio, la escuela, infractor) en el proceso restaurativo de curación y reparación del daño.

Compromiso de la persona (s) dañada:

• Los estudios demuestran que los perjudicados tienen la oportunidad de opinar y dar forma razonablemente al resultado. (compromiso y reparación)

Compromiso de la persona (s) que han causado daño:

•Los estudios demuestran que el programa involucra activamente a los participantes en la comprensión de los daños, que no justificación y las necesidades relacionadas, así como sus ideas y aportes en la determinación del acuerdos / resultado.

Compromiso de la comunidad

• Los estudios demuestran que los programas restaurativos involucran activamente a la comunidad en la respuesta a las necesidades de los afectados y como forma de fortalecer los lazos sociales desquebrajados por el crimen.

viernes, 22 de enero de 2021

Valores de la justicia restaurativa

 


¿TENEMOS UN CONSENSO SOBRE LO QUE ES JUSTICIA RESTAURATIVA?

Cuando hablamos de Justicia Restaurativa,  en la mayoría de las ocasiones no logramos unificar los diferentes aspectos de esta justicia, en una sola definición. Es más, al concebir la Justicia Restaurativa de una forma global y no como procesos específicos es todavía más complicado pensar en una sola definición. Por eso, suele resultar útil, como dice Howard Zehr, pensar en principios y valores, si se tienen en cuenta algunos de estos valores y principios en nuestra actividad restaurativa, podemos tener una idea de hasta qué punto esta actividad será totalmente restaurativa o parcialmente.

La Justicia Restaurativa se basa en necesidades que surgen tras los daños que se ocasionan con el delito, todos estamos relacionados y conectados y como tal debemos asumir ciertas responsabilidades.

 La justicia tradicional se centra en los aspectos fácticos del delito, desposee al delito del aspecto emocional y humano. Se olvida que tras el delito hay personas, seres humanos que sufren y que precisamente tienen una serie de necesidades para poder hacer frente a los daños que el delito ha ocasionado.

sábado, 27 de abril de 2019

Justicia y hacer cumplir las leyes

INTRODUCCIÓN
Creo que hemos perdido la perspectiva de que la justicia no es hacer cumplir la ley simplemente, esto al fin y al cabo, puede satisfacer al estado, pero no a las víctimas directas o a la comunidad. Realmente la justicia significa hacer frente al daño, y atender a las víctimas. Y aquí radica la diferencia esencial entre la actual justicia y hacia donde aspiramos con la Justicia Restaurativa....a conseguir la sanación de la víctima, dañada por el delito a través de una reparación o compensación voluntaria del infractor, y a su vez lograr la transformación del ofensor, precisamente gracias a este acto voluntario de responsabilización,  en la que decide que es su obligación mitigar el daño que causó a otro ser humano. Es una rueda o círculo de beneficios propios en la que lo importante es la "curación" de las personas que se vieron afectadas por el delito. Si se vulneró una norma o no, resulta secundario, pero no por eso es menos justa sino todo lo contrario, la justicia restaurativa se revela como una justicia más justa, humana y sobre todo una justicia que transforma, fortalece y sana las heridas que el delito ocasiona a la víctima, infractor y a la comunidad.

miércoles, 17 de abril de 2019

¿Cómo podemos entender la justicia restaurativa?



Hoy quiero recordar los ejes sobre los que funciona la Justicia Restaurativa, o más bien sus características más básicas, y es que la Justicia Restaurativa se centra en :

1- El daño causado y las necesidades que genera este daño

2- Las obligaciones, especialmente la de reparar o compensar este daño

3- La participación de todos los directa e indirectamente implicados.

4- La reintegración de la víctima e infractor

5- Y derivado de la participación: buscar el esfuerzo cooperativo de la comunidad y el estado.

Por eso, una justicia penal con enfoque restaurativo debe atender a las víctimas y sus necesidades, favorecer una asunción de responsabilidad del infractor que le haga querer reparar el daño y necesita una participación de todos, incluidos familiares y allegados (comunidad) para conseguir un efecto sanador más positivo.

viernes, 5 de abril de 2019

Objetivos (Justicia Restaurativa)



(imagen propiedad de Virginia Domingo)


La Justicia Restaurativa parte de unos objetivos esenciales como son la participación activa de la víctima y del infractor, si fuera posible para valorar las necesidades de ambos, en especial la de reparación de la víctima y la de asunción de responsabilidad del ofensor. Solo de esta forma se puede hacer una verdadera justicia. Todo eso hará que mejore la credibilidad en el sistema de justicia

sábado, 30 de marzo de 2019

Pilares (Justicia Restaurativa)




(imagen propiedad de  Virginia Domingo)



La Justicia Restaurativa tiene unos pilares en los que se fundamentan sus prácticas:
  1. Compromiso, lo cual implica la participación de todos los afectados por el delito
  2. Reparación, que no tiene que ver sólo con la estricta reparación material, va más allá implica transformación, lo ideal de la víctima, ofensor y de la comunidad, es que puedan reconectar y despojarse del rol de víctima e infractor
  3. Rendición de cuentas, no es otra cosa que el reconocimiento del daño por el infractor

jueves, 31 de enero de 2019

Algunos puntos claves para entender la Justicia Restaurativa




Hoy quiero recordar unos puntos claves de la Justicia Restaurativa y que van a servir para evaluar en qué medida nuestra actividad es totalmente restaurativa o solo parcialmente:

1- Daño causado y las necesidades que genera este daño

2- Obligaciones, especialmente la de reparar o compensar este daño

3- Participación de todos los directa e indirectamente implicados

A estos tres, avalados por Howard Zehr, añadiría:

4- Reintegración de la víctima e infractor

5- Y derivado de la participación: buscar el esfuerzo cooperativo de la comunidad y el estado.

sábado, 5 de enero de 2019

Principios de la Justicia Restaurativa

La Justicia Restaurativa en el ámbito penal, como he comentado muchas veces y siguiendo a Howard Zehr, se centra en los daños y las obligaciones que surgen, tras estos daños. Las víctimas deben tener acceso a un proceso simple y deben ser el centro, sin olvidarnos de los infractores y la comunidad. Como surgen daños, aparece obligaciones (que implica un proceso de asunción de la responsabilidad), la primera de las obligaciones tiene que ver con el infractor, aunque también la comunidad tiene obligaciones.
Esto implica si es posible, una oportunidad para el encuentro y la participación de todos los que de alguna manera se sientan afectados por el delito. En la medida de lo posible se tratará de buscar un encuentro víctima, infractor y comunidad.

¿Por qué es importante participar de forma activa y directa para las víctimas e incluso los infractores?
Porque compartir el dolos nos hace conectar con los demás (interconexión)  y nos recuerda que no estamos solos mientras podamos sentir.

El gráfico  refleja los principios de la Justicia Restaurativa, y que como se puede ver, servirá para aplicarse en cualquier ámbito de esta Justicia, no sólo el penal.

viernes, 21 de diciembre de 2018

La comunidad para la Justicia Restaurativa

Muchas veces hablamos de la participación de la comunidad en los procesos restaurativos, de hecho, se concibe esta justicia por su origen comunitario, los hechos dañosos afectan directamente a la comunidad y en especial, a algunos de sus miembros, por eso deben intervenir de forma directa en los procesos restaurativos, que favorezcan la mejor gestión del hecho, que causó el daño. El problema para muchos es cómo involucrar realmente a la comunidad en la justicia restaurativa. No es fácil hablar de que los afectados tras el delito o el hecho dañoso, no son solo la víctima y el infractor sino también la comunidad. Recuerdo que en algunas ocasiones, me han dicho que es imposible y muy costoso un proceso en que la comunidad también esté presente. ¿Costoso? ¿Acaso no sufre la comunidad las consecuencias del delito?. Creo que el mayor problema es determinar quién es la comunidad para la justicia restaurativa, porque esta pregunta es determinante para establecer el sentido de comunidad y cómo involucrar realmente a ésta, en los procesos restaurativos. En la práctica, la justicia restaurativa ha tendido a concentrarse en "comunidades de apoyo" o micro-comunidades.
 Para la justicia restaurativa, las preguntas claves son
1) quienes son los que en  la comunidad  se preocupan por estas personas, que sufrieron directamente el delito  o sobre este delito y 2) ¿cómo podemos involucrarlos en el proceso?. Es decir, respondiendo a estas preguntas podemos tener una idea acerca de que personas podemos incluir como parte de la comunidad.

jueves, 4 de octubre de 2018

Premisas de la Justicia Restaurativa

Como la Justicia Restaurativa no es un programa especifico, no es solo mediación penal ni consiste solo en encuentros restaurativos es conveniente de vez en cuando recordar los valores, principios o premisas que nos harán no perder el camino restaurativo que queremos conseguir porque la Justicia Restaurativa es una brújula que nos va guiando hacia nuestro objetivo, y es este objetivo el que tenemos que tener claro, por eso hoy quiero recordar esta entrada antigua.  Muchos pensaréis y cual es el objetivo, unos dirán ayudar a las víctimas, otros evitar que el infractor sea condenado....entiendo que la Justicia Restaurativa tiene como objetivo ayudar a los que de alguna manera se han visto afectados por el delito ( víctima, infractor y comunidad). Como soy partidaria de esta Justicia Restaurativa en sentido amplio, entiendo que los pilares o más bien las premisas en las que se basa esta justicia son las siguientes: 
1- Daño causado y las necesidades que genera este daño
2- Obligaciones, especialmente la de reparar o compensar este daño
3- Participación de todos los directa e indirectamente implicados. (Howard Zehr)
A estas tres premisas añadiría :
4- Reintegración de la víctima e infractor
5- Y derivado de la participación: buscar el esfuerzo cooperativo de la comunidad y el estado.