jueves, 5 de marzo de 2015

Justicia Restaurativa y mediación penal: diferencias y similitudes

Siempre he tratado de establecer que la justicia restaurativa es mucho más que mediación, esto es así, sin embargo, también es cierto a pesar de lo que se cree,  que la mediación en materia penal o como se llamó en su origen, mediación víctima-infractor es una herramienta de esta Justicia y debido a esto tiene que estar inspirada o al menos debe estar impregnada de los principios, los valores y la filosofía de esta Justicia Restaurativa. La mediación penal   es por tanto, una forma de aplicarla. Es una herramienta que reune en un encuentro a víctima e infractor con un tercero facilitador o mediador que les asiste durante el diálogo. La justicia restaurativa parte como práctica ideal de favorecer estos encuentros cuando sea posible, entre víctima, infractor y/o comunidad.

Para la Justicia Restaurativa, al igual que para la escuela transformadora es importante no tanto lograr un acuerdo sino transformar las relaciones de las dos personas que acuden a ella, víctima e infractor. Transformar y curar para reincorporarlas de nuevo a la sociedad.
Por eso, mediación penal y justicia restaurativa también tienen conceptos afines o comunes. Por ejemplo, ambas establecen como algo ideal un encuentro cara a cara entre víctima e infractor también siguen aspectos comunes durante el proceso como el diálogo, escucha, comunicación, empoderamiento,  empatía….

Sin embargo, la mediación penal como método de justicia restaurativa aunque es el más conocido no es el más restaurativo porque solo incluye a los directamente afectados por el delito, dejando fuera la comunidad y los indirectamente tocados por el crimen
Se debería valorar para cada caso, qué herramienta restaurativa sería la más eficaz, y probablemente sería bueno hablar de encuentros restaurativos en lugar de darlos un nombre concreto como mediación penal conferencias o círculos así tendremos más flexibilidad. Así viendo cuantos resultaron afectados por el delito se podría valorar cuando es más útil, un proceso más inclusivo o con la mediación penal sería suficiente. Sin embargo, sin descartar la utilidad de la mediación penal, es bueno que se hable de justicia restaurativa porque como decía una alumna hace unos meses, la Justicia Restaurativa es la medicina, el componente especifico  de una justicia más humana y la mediación penal es tan solo un jarabe . 


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