miércoles, 31 de marzo de 2021

Función de la justicia restaurativa

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

La Justicia restaurativa tiene dos objetivos principales: el primero es la reparación del daño, nos preocupa restaurar el equilibrio y para eso, lo mejor es intentar compensar el daño, que muchas veces no tiene que ver con dinero, con reparación material sino que tiene que ver con algún acto del ofensor para con la víctima que cubra la necesidad emocional de esta de sentir que se ha hecho justicia y que alguien se responsabiliza por lo que ha hecho.

El segundo trata de la reintegración, la vuelta de víctima y ofensor a la comunidad, porque nos interesa tener personas que han sanado dentro de la sociedad. Ambos víctima y ofensor tienen que entender que son importantes para la comunidad, y que como seres que nos relacionamos funcionamos mejor con ellos, perfectamente reintegrados (reconectados)

martes, 30 de marzo de 2021

Límites de la justicia restaurativa


 ¿CUANDO NO ES POSIBLE LA JUSTICIA RESTAURATIVA?

Me suelen preguntar ¿Cuándo la Justicia Restaurativa no es posible?. La respuesta  si nos ceñimos a justicia restaurativa como prácticas restaurativas, ya sea mediación penal, conferencias o círculos, la Justicia Restaurativa, no sería posible si pensamos en un encuentro restaurativo en estos casos:

Si el infractor no está identificado o no quiere participar.

Si la víctima no está dispuesta a participar.

Esto sería a priori, porque se puede utilizar víctimas o infractores subrogadas  o trabajar solo con víctimas o solo con infractores, o solo con comunidad, esto sería los programas individuales, no implican una reunión conjunta pero se puede trabajar lo mismo;  la responsabilización, necesidades, expectativas y hacer lo correcto. En España, todavía parece que solo importa el encuentro pero siempre hay que tener en cuenta que hay muchas más posibilidades.

lunes, 29 de marzo de 2021

Todos estamos conectados

 


TODOS ESTAMOS CONECTADOS

El ser humano no se puede entender sino es en relación con los demás, vivimos en comunidad, nos rodeamos de amigos y familiares, formamos una familia. Se puede decir que estamos conectados los unos con los otros, de una manera bien directa o indirecta. Por eso, cuando un delito se comete, se daña no sólo a la víctima directa sino también a la colectividad, a la sociedad en general. De ahí que para abordar el delito de una manera más sanadora, la Justicia Restaurativa se presenta como una gran apuesta y no como algo nuevo sino como algo intrínseco a nuestra propia esencia humana. Esto lo podrían definir a la perfección en Sudáfrica, y a través de "Ubuntu", esta palabra simple, tiene muchas perspectivas y hay muchas formas de explicar su significado, aunque básicamente se basa en que todos estamos destinados a relacionarnos, a vivir en comunidad, y por eso es necesario que tengamos empatía y lealtad así como humanidad. Una frase que explica este Ubuntu es "yo soy porque nosotros somos".

domingo, 28 de marzo de 2021

La justicia restaurativa no crea roles ni estereotipos


 LAS PERSONAS SON ALGO MÁS QUE AQUELLO QUE HICIERON EL PASADO

Una vez escuché a  una víctima de un delito grave: "las personas son algo más que aquello que hicieron mal en el pasado". Y como veis, lo decía una víctima, nos parece que son muy punitivas que quieren siempre venganza, pero no es así, ni mucho menos, en muchas ocasiones he comentado que somos los que nunca hemos sido víctimas los que somos mucho más punitivas. Las víctimas lo que necesitan es sentir que se hace justicia, y para muchas de ellas justicia implica, que alguien se responsabiliza del daño que han sufrido. Los procesos restaurativos precisamente fomentan que el infractor se responsabilice y favorecen una humanización de las personas que hay detrás del rol de infractor y de víctima. Ya no son solo el infractor que no se va a reinsertar y la víctima que no sabe lo que quieres y es totalmente vulnerable. Esto para mí es un punto de partida de la Justicia Restaurativa, la eliminación de ideas preconcebidas, las "etiquetas" no son válidas para esta Justicia. 

viernes, 26 de marzo de 2021

Objetivos de la justicia restaurativa

(imagen propiedad de Virginia Domingo)
 

La justicia restaurativa busca hacer frente a los daños que surgen tras el delito esto se traduce en atender a la víctima, a la comunidad pero también hacer frente a las necesidades del infractor, para darle una oportunidad de reflexionar sobre el daño realizado. Por eso,  la justicia restaurativa trata precisamente de la responsabilización, que el ofensor se de cuenta del impacto de sus acciones, pero también la sociedad necesita darse de cuenta de qué puede hacer para eliminar las causas que hicieron que esa persona cometiera el delito.

Y todo esto para la justicia restaurativa se gestiona de mejor manera si permitimos la participación directa y activa de todos los afectados por el delito que así lo deseen.

jueves, 25 de marzo de 2021

La justicia restaurativa mejora la salud física y psiquíca


 INTRODUCCIÓN

La Justicia restaurativa es una teoría para abordar el delito que involucra a todas las partes afectadas (es decir, la víctima (s), ofensor , la comunidad) con el objetivo de facilitar la cicatrización o más bien sanación y tratar de reparar el daño causado por el delito.

Las investigaciones sobre la justicia restaurativa han encontrado muchos beneficios positivos, como los altos niveles de satisfacción de los participantes, disminuyendo el miedo de las víctimas, y la reducción de la reincidencia de los infractores. La investigación también ha sugerido que los procesos de justicia restaurativa pueden tener un impacto positivo en el bienestar general de un participante.

Los que nos dedicamos a la justicia restaurativa y aunque no tengamos formación en psicología vemos que los participantes "se sienten mejor" después de un proceso de justicia restaurativa, pero ¿qué significa esto exactamente?. A pesar de las referencias que se mejora el bienestar de los participantes, pocos estudios examinan específicamente el impacto de estos procesos en la salud psicológica y física de los participantes a través de indicadores específicos.

miércoles, 24 de marzo de 2021

El qué y cómo para la justicia restaurativa


 El QUÉ Y EL CÓMO

Como decía Howard Zehr, en el “Pequeño libro de la Justicia Restaurativa” es importante el cómo y el quién para la Justicia Restaurativa. 

Procesar el "cómo"

Nuestro sistema legal es un proceso adversarial dirigido por profesionales y gira en torno al infractor y al Estado como víctima,  en la que el juez es el que hace de árbitro. Los resultados son impuestos en base a la ley, por alguien ajeno al delito y al impacto real y emocional que ha tenido en los afectados. La Justicia restaurativa generalmente reconoce el papel del estado y del sistema pero enfatiza la importancia de la participación de los que tienen un interés directo, por resultar “tocados” por el delito

El cómo suele presentarse bajo la fórmula de un encuentro entre víctima y agresor, un conferencia de grupo familiar, un proceso de círculo etc.  Es una reunión que permite a las víctimas y los infractores  ponerse cara,  hacer preguntas a la otra directamente, y llegar a un consenso de cómo hacer lo correcto. Proporciona a las víctimas la oportunidad de decirle directamente al infractor, en qué medida el delito ha impactado en su vida. Sin embargo, dentro del cómo se debe comprender que en ocasiones lo más restaurativo que se puede hacer es no realizar un encuentro conjunto, en este caso cabría otras posibilidades como usar víctimas subrogadas, vías indirectas como cartas, programas individuales o simplemente procurar la mejor atención a las personas con un enfoque restaurativo

martes, 23 de marzo de 2021

Justicia y prácticas restaurativas


INTRODUCCIÓN

A nadie escapa que este blog está más orientado a la Justicia Restaurativa en el ámbito penal y penitenciario, puesto que mi experiencia, mis mayores conocimientos y logros están en este ámbito, es cierto que he tocado otras áreas que conozco y que considero esenciales, como el escolar, por el carácter preventivo que en este ámbito tiene la justicia restaurativa y su efecto educativo para unos futuros adultos que sabrán y tendrán en cuenta la justicia restaurativa, no como la otra justicia, sino como la verdadera justicia .Dicho esto, todo el mundo sabe que estoy a favor de la Justicia Restaurativa, en cualquier ámbito de la vida cotidiana, sin embargo, a mí, hablar solo de prácticas se me queda corto.

Según los diccionarios, práctica es la habilidad o experiencia que se consigue o se adquiere con la realización continuada de una actividad. Encuentro que hablar de prácticas restaurativas  es la habilidad o la capacidad de mostrar o poner en funcionamiento los principios y los valores de la Justicia Restaurativa. Es decir para mi práctica restaurativa requiere que hablemos de algo como referencia y en este caso, es la Justicia Restaurativa. No son excluyentes, sin embargo creo que las prácticas restaurativas están dentro de lo que llamamos justicia restaurativa. De esta forma, además no estaremos limitados por las prácticas que ya conocemos y están reconocidas y estandarizadas, porque nos suele ocurrir que al enseñar prácticas restaurativas,  nos enfocamos en cómo es nuestra práctica diaria, nos obsesionamos con que debe realizarse de un modo especifico, y así, sin quererlo limitamos la flexibilidad, que es lo realmente característico de la Justicia Restaurativa.

lunes, 22 de marzo de 2021

Los protagonistas de un proceso restaurativo: las personas

 


LAS VÍCTIMAS NO SON INCAPACES

Siempre se piensa en las víctimas, con miedo, se reflexiona y se decide por ellas, esto es bueno, esto puede perjudicarlas, esto quizá no...tenemos tendencia a pensar que por haber sufrido un delito, ya automáticamente son seres incapaces, y claramente no es así. En un mundo centrado en que castigo merece el infractor como si eso fuera lo que puede satisfacer a las víctimas, no es tarea fácil cambiar el chip radicalmente y decir a la gente que con esta justicia nos vamos a centrar en ellos, en los que sufren, para colmo, cada vez que veo la televisión, lo único que oigo es penas más duras como si esto fuera lo único importante para todos nosotros. También debemos entender que tras el delito sufren las víctimas, su familia, sufre la familia del ofensor y sufre el ofensor incluso aunque no lo quieran reconocer. Respecto de las víctimas , he aprendido que no se debe demonizar estos sentimientos negativos como el rencor, el odio, la ira, el resentimiento. ¡Cómo una persona que ha sufrido un delito, no va a sentir todo esto y mucho más! Por supuesto, que si, y negarlo sería causar más dolor. Lo que un buen facilitador de Justicia Restaurativa debe saber es abordar estos sentimientos negativos que tienen las víctimas para ir transformándolos en otros más positivos como dignidad, respeto, orgullo de ser superviviente de un delito... y así ayudarlas en el camino hacia la superación del trauma del delito. ¿fácil? Claro que no, además nosotros solo podemos ayudar pero el camino lo tienen que recorrer ellas, no obstante, la Justicia Restaurativa puede hacer este camino un poco menos complicado. Algunas personas se preguntaran cómo podemos ayudar si quizá nunca hemos sido víctimas, pues porque los valores de la justicia restaurativa como la empatía y la escucha activa nos hace ponernos en el lugar del otro y comprender y hacer comprender a la víctima que no está sola.

domingo, 21 de marzo de 2021

Ética y justicia restaurativa

 


LA ÉTICA DEL FACILITADOR DE JUSTICIA RESTAURATIVA

Complicado para mi, establecer que es la ética dentro de la Justicia Restaurativa pero si me resulta fácil determinar, que quiero desarrollar mi trabajo como facilitadora de la mejor forma posible y para ello, es esencial hacer bien nuestra labor. Por eso, reconduzco el papel de la ética, a cómo lograr buenas prácticas en Justicia Restaurativa. Para esto, lo más importante es que nosotros mismos tengamos confianza en lo que hacemos, muchas veces, siento que actuamos con demasiadas reticencias como si nosotros mismos, no nos creyéramos que la justicia restaurativa puede ser muy útil, de hecho, debiera ser ofrecida de forma general en el ámbito penal,  y plantearse su inclusión en otros ámbitos como el educativo. La Justicia Restaurativa, no es la panacea pero si es una forma mucho más humana de abordar los conflictos y los delitos, y sobre todo de prevenir conductas violentas y de paso de educar  en valores, que hagan de nuestros niños y niñas, adultos restaurativos.

Una vez que nos hemos quitado nuestros propios temores y etiquetas, aprecio que necesitamos que nuestro trabajo empiece a reconocerse, es curioso como en muchas ocasiones, se organizan congresos, jornadas y otros eventos y los invitados son personas que poco saben de lo que es el trabajo diario en justicia restaurativa. Son teóricos, pueden ser excelentes en su trabajo pero muchas veces su visión teórica, forjada a través de libros, artículos y poco más, se aleja mucho de lo que es la realidad. 

viernes, 19 de marzo de 2021

Algunos aspectos de la justicia restaurativa

 


¿En qué consisten los procesos restaurativos?

Las prácticas o herramientas de Justicia Restaurativa, hacen hincapié en la reparación del daño causado a las víctimas y la comunidad por delitos. Estas herramientas de justicia restaurativa consisten en reuniones a las que asisten voluntariamente víctima, infractor y/u otros miembros de la comunidad, facilitadas por un tercero (mediador o facilitador) Al involucrar a las partes en el diálogo voluntario, las prácticas de justicia restaurativa proporcionan una oportunidad para que el infractor acepte la responsabilidad por el daño causado a la víctima y la comunidad, promueven la cicatrización de las heridas de las víctimas, y que los participantes puedan ponerse de acuerdo sobre las consecuencias de reparar el daño, en la medida en que sea posible, incluyendo la reparación tanto material como moral, simbólica, psicológica y sobre todo emocional. Las prácticas de justicia restaurativa se pueden utilizar, como complemento a la sentencia en delitos graves o bien como alternativa posible en delitos más leves. Existe la posibilidad de utilizar programas restaurativos individuales, por tanto la reunión conjunta no es necesaria para poder hablar de justicia restaurativa y procesos restaurativos

jueves, 18 de marzo de 2021

Justicia transicional y restaurativa

 


JUSTICIA TRANSICIONAL 

La justicia transicional es el conjunto de medidas judiciales y políticas, que diversos países han utilizado como reparación por las violaciones masivas de derechos humanos. Sé que muchos no opinaran como yo, pero creo que la justicia transicional, es  más bien una respuesta del estado para abordar los crímenes en épocas de transición hacia situaciones de paz, es decir en estos casos suele primar el bien común. Sin  embargo, por ser una respuesta del estado, en ocasiones se tiene que poner en una balanza el bien común y el sufrimiento de las víctimas, y en algunas casos esta balanza se desequilibra en aras de este bien común, lo que lleva a muchas víctimas a sentirse olvidadas. Por eso,  la justicia transicional necesita del enfoque restaurativo para poder satisfacer de forma total, las necesidades de las verdaderas víctimas. Cualquier país que quiera una paz duradera y que desee una comunidad satisfecha, necesita que todos y cada uno de los miembros, sientan que puede curar sus heridas y que han sido respetados y tenidos en cuenta. 

miércoles, 17 de marzo de 2021

La importancia del aspecto emocional del delito

 


EL ASPECTO EMOCIONAL DEL DELITO

A pesar de lo que se pueda decir, que somos seres racionales, nuestras acciones en general, no se basan en algo racional, somos mezcla de emociones, intuición y lógica. Por eso, el aspecto emocional no se puede dejar de lado en nuestra vida diaria, y por ende, ni mucho menos cuando se comete un delito. Entiendo que debe existir el derecho y los sistemas legales, no obvio la importancia del derecho penal pero si creo que abandona el aspecto emocional y lo sustituye estrictamente por el aspecto legal. Como individuos que somos, estamos interconectados con los demás, vivimos en comunidad y esto hace que debamos asumir ciertas responsabilidades, un de ellas es la de el que hace algo mal, debe enmendarlo e intentar hacer lo correcto. Y en esto la Justicia penal no debiera ser diferente, sin embargo muchos sistemas penales están basados o más bien enfocados en los derechos y no en las responsabilidades, un ejemplo claro es que para el sistema penal no importa si el infractor es culpable o no, le dará toda un serie de derechos que disminuyen el posible espacio para la responsabilización por el  delito. 

Además la víctima va a ser considerada un mero "cebo" para intentar conseguir que el infractor sea castigado, no importa realmente su dolor, tan solo para convertirlo en responsabilidad civil, pero lo que importa es su testimonio y que tenga la validez necesaria para condenar al infractor. Las emociones quedan fuera, debe relatar lo sucedido simplemente reduciendo su declaración a lo acontencido, a los hechos sin prestar atención a sus sentimientos.

martes, 16 de marzo de 2021

Aspectos básicos de la justicia restaurativa

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

La justicia restaurativa se centra en que el delito causa daños y de ahí, surgen necesidades, y estos daños los principales son para las víctimas pero también no podemos olvidar el daño a la comunidad y la propia persona ofensora.

Debido a estas necesidades surgen obligaciones la principal la del infractor para con la víctima pero también como sociedad tenemos obligaciones, en especial, intentar ver el por qué del delito e intentar neutralizar las causas de esta actividad delictiva, o al menos ayudar a que las conductas similares sean menos habituales.

Y la esencia principal de la Justicia Restaurativa es la participación e inclusión de los realmente afectados por el delito, son las personas afectadas las que deben tener la oportunidad de participar y valorar cómo hacer las cosas mejor evitando que se produzcan nuevos delitos (prevención). Sobre todo debemos tener claro que debe prevalecer sus decisiones, no se trata de valorar qué es mejor para las víctimas sino dejar que puedan tomar la decisión de qué necesitan para superar el daño tras el delito, y de igual manera debemos ayudar a la persona ofensor a entender el impacto de sus acciones pero sobre todo a neutralizar las causas que le llevaron al delito. Solo así podremos fortalecer las relaciones de todos los miembros de la comunidad.

lunes, 15 de marzo de 2021

El perdón no es objetivo de la justicia restaurativa


A VUELTAS CON EL PERDÓN QUE NADA TIENE QUE VER CON JUSTICIA RESTAURATIVA

Empieza a ser un gran problema las prácticas "extrañas" o las pseudoprácticas de justicia restaurativa puesto que en lugar de trabajar los aspectos básicos de la justicia restaurativa tanto en programas individuales como en reuniones preparatorias y/o conjuntas se comienza a hablar a los participantes sobre temas que nada tienen que ver con justicia restaurativa como el perdón. A fecha de hoy gente que se supone tiene formación en justicia restaurativa, dedica horas a hablar a los participantes de justicia restaurativa y lo que es peor transmite al ciudadano que el objetivo es perdonar y pedir perdón. Esto ha llegado a ser tal que acabo de ver una resolución de un importante juez de la audiencia nacional que deniega un permiso a un privado de libertad porque supuestamente no ha pedido perdón a sus víctimas, como lo leéis en una resolución jurídica habla de que no ha pedido perdón a sus víctimas. En primer lugar, lo que más me escandaliza es que una vez más el juez ha decidido que las víctimas quieren que se las pida perdón, ¿lo ha consultado con ellas? pero lo más triste es que piensa que esto es esencial. En segundo lugar, me temo que lo relaciona con justicia restaurativa y esto si es increíble que todavía no se hayan dado cuenta que el perdonar es una consecuencia beneficiosa pero no hacemos prácticas o programas restaurativos con el objetivo de perdonar. Esto es algo muy personal, y no entramos en estos objetivos, además corremos el riesgo que el perdón se quede en algo no sincero, porque pedir perdón es fácil, mucho, lo difícil es empatizar y entender la historia que hay detrás de las víctimas. 

domingo, 14 de marzo de 2021

Gestionando las consecuencias del delito con enfoque restaurativo

 


EL HECHO DE IR A LA CÁRCEL

Me preocupa ver como a pesar de que tras cometerse un delito, hay todo un proceso judicial que acaba con una sentencia, si la sentencia es de culpabilidad, el infractor irá a la cárcel dependiendo del hecho delictivo, para pagar en teoría por el daño causado. Hasta ahí, todo estaría bien o al menos sería normal, sino fuera porque a pesar de cumplir con lo que la ley le impone cuando salga de la cárcel seguirá "pagando", ya que por muchos años que estuviera, en prisión para la sociedad que les rodea siempre será poco y cuando salga de la cárcel se encontrará con un entorno hostil que no le hará la vida sencilla. Si esto se mira desde una perspectiva neutral es terrible, y el sistema debería intentar mostrar a la sociedad que la pena no es eterna, igual que los roles de víctimas e infractores tampoco lo son. Sin embargo, las víctimas, ven insuficiente las penas ¿por qué? 

viernes, 12 de marzo de 2021

El infractor ante la justicia tradicional

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

El infractor en la justicia tradicional tiene una actitud pasiva, se le dice que tiene derecho a no declarar contra si mismo, no confesarse culpable...se le da una serie de incentivos para que justifique o niegue el delito. No se fomenta la responsabilización . Esto hace que no entienda realmente el impacto de sus acciones, piensa que la víctima única es el estado y que todo gira entre él y el estado por eso, todo el proceso penal per se los hace sentirse víctimas del sistema y muy pocas veces se genera en ellos una voluntad de cambio de no querer volver a delinquir.

Además debemos entender que las personas necesitan tiempo, muchas veces ayuda para poder gestionar aspectos como la vergüenza y poder asumir que has dañado a una persona, pero es que además necesitamos entender el contexto de la persona para ayudarlo a que no reitere las conductas delictivas. ¿Un ejemplo, de verdad creemos que una persona que comete un delito por adicción a las drogas debe ir a la cárcel? Esta claro que lo que esta persona necesita es ayuda para dejar adicciones no estar privado de libertad y encima con posibilidad de conseguir drogas....

jueves, 11 de marzo de 2021

La justicia restaurativa no es blanda con los infractores

 


¿POR QUÉ SURGIÓ LA JUSTICIA RESTAURATIVA?

Siempre he creído que la Justicia Restaurativa surgió por y para las víctimas, ¿por qué? porque aunque a muchos juristas les pueda resultar extraño, desde que se comete un delito hay una persona o varias que sufren las consecuencias de este hecho y el daño, son ellas las protagonistas. Esto es lo esencial; que además se haya infringido una norma creada por el estado y escrita en algún código, esto es secundario.

Esta Justicia restaurativa se centra en las víctimas y en cómo ayudarlas. Sin embargo, siempre existe debate entre los que nos dedicamos a esto, sobre si verdaderamente esta justicia está centrada en el infractor o en la víctima. Esta discusión me sigue pareciendo aún hoy carente de sentido y eso que surgen dudas entre los que se acercan a esta Justicia Restaurativa, sin conocer sus orígenes y el por qué. Hace tiempo una persona  me dijo que parecería que estamos justificando a los infractores por supuesto que no, pero somos duros con el delito pero comprensivos con el ser humano que hay detrás.

miércoles, 10 de marzo de 2021

Justicia restaurativa, hacer las cosas bien


 HACER LAS COSAS BIEN

La idea central de la justicia restaurativa es hacer las cosas bien. Esto implica que el infractor tiene que asumir su responsabilidad, tanto como sea posible, asumiendo el daño que ha causado y tomando los pasos necesarios para reparar el daño a la víctima y también quizá el impacto que el delito ha tenido en la comunidad. En casos como el homicidio, el daño no puede ser reparado, pero si se puede dar pasos simbólicos en los que asumiendo la responsabilidad, se pueda compensar de forma moral o psicológica este daño. Hacer las cosas bien, suele implicar reparación o restauración o recuperación pero estas palabras en delitos graves, a veces resultan inadecuadas. No se trata de reparar el daño o volver a una situación anterior al delito, se trata para las víctimas de delitos graves, de crear una vida diferente, tienen cachitos de la anterior y con ellos, logran empezar una vida diferente. Es un camino hacia la sanación aunque este término es diferente para cada víctima. Y en todo caso es un camino que pertenece solo a las víctimas, nadie lo puede hacer por ellas pero el proceso de hacer las cosas bien y de responsabilización del infractor puede ayudar.

martes, 9 de marzo de 2021

¿ Qué ocurre en una práctica restaurativa?


 

(imagen propiedad de Virginia Domingo)

Durante las diferentes prácticas restaurativas lo que se va a hacer tanto en las reuniones individuales y/o preparatorias como en las conjuntas, si existe esta posibilidad, se va a generar un espacio seguro para que las personas puedan contar cómo vivieron lo que sucedió (porque debemos tener claro que no hay una única verdad, incluso diferentes víctimas de un mismo delito te pueden contar su historia de forma distinta, dependiendo cómo y en qué medida se han visto impactadas), qué es lo que necesitan para mirar al futuro y sentirse mejor y sobre todo qué es necesario para que las cosas mejoren. Si es una reunión conjunta, en este espacio se va a generar un ambiente para que las personas puedan escuchar y ser escuchadas, puedan responsabilizarse de sus acciones, sentirse respetadas y sobre todo puedan conectar, no en el sentido de hacerse amigos, sino en la idea de que todos somos parte de la comunidad.

Es necesario entender que  durante una práctica restaurativa no se utilizan técnicas de psicólogos porque no hacemos terapia, tampoco estamos dando un curso o taller, no estamos adoctrinando ni siquiera se habla del perdón ni en reunión conjunta ni previas, puede que salga el tema pero esto es algo personal, es importante comprender que no es objetivo de la justicia restaurativa pedir perdón, si acaso una consecuencia beneficiosa, las pseudoprácticas pueden dañar a las personas aun cuando queramos ayudar.

lunes, 8 de marzo de 2021

Trascender con la justicia restaurativa


 INTRODUCCIÓN

A veces me planteo si nuestro trabajo en justicia restaurativa, debe quedar en esto, en ayudar a las personas que acuden a nosotros o podemos ir un poco más allá, es decir trascender. ¿Por qué digo esto? Porque queramos o no, nuestro trabajo es un constante diálogo con las personas y los colectivos, sobre las diferentes concepciones o más bien percepciones que tenemos sobre la justicia. Y creo que esto también es parte de nuestro trabajo, impulsar este diálogo y esta postura para así lograr que la sociedad, el legislador y el estado se plantee que es posible hacer una verdadera justicia, basada en valores humanos y restaurativos, que fomenten una mejor convivencia. Debemos impulsar una revisión de la justicia para que se acomode a los valores restaurativos. Esto es para mi trascender, diría que se trata de intentar que la justicia restaurativa vaya un poco más allá y se convierta también en transformadora, en el sentido de que transforme o al menos se intente transformar, lo que no funciona, dando otras posibilidades que están demostradas que si funcionan, como las diferentes prácticas restaurativas.

domingo, 7 de marzo de 2021

Preguntas para saber si estamos siendo restaurativas

 


INTRODUCCIÓN

Siempre he tenido claro que no vivimos en un mundo ideal, y ya que trabajamos con seres humanos, es común que nos podamos encontrar con situaciones imperfectas. ¿Siempre será posible un encuentro víctima, infractor y/o comunidad? Por supuesto, que no, por eso estoy convencida que podemos ser aunque sea parcialmente restaurativos, en casos como por ejemplo si el infractor no ha sido capturado o no quiere participar  o desde el otro lado si la víctima no desea tomar parte en un proceso restaurativo.

Conozco muchas personas que me dirían , entonces no se puede hacer justicia restaurativa porque no se tienen en cuenta a todos los afectados, pero si ya hay programas como mediación penal, en los que solo participan víctima e infractor, ¿por qué dejar a su suerte a un infractor que desea responsabilizarse por el daño que ha causado? o ¿ por qué no atender a una víctima de forma restaurativa, aunque el infractor no esté identificado o no quiera participar?.

viernes, 5 de marzo de 2021

Resolver el delito con enfoque restaurativo


 Ron Claassen,  dice que para resolver un delito de forma restaurativa, tiene que suceder tres cosas:

1)La injusticia  o el daño debe reconocerse, yo añadiría incluso ambas cosas deben reconocerse, porque que las víctimas sufran el daño, es una injusticia que también debe ser reconocida. Estoy hablando de víctimas, como por ejemplo las de terrorismo, o las de siniestros viales,  tristemente y en muchas ocasiones, se ve su condición de víctima como un daño colateral y no como lo que realmente son, personas que han sufrido el impacto del delito. Pero es que además ¿Quién debe reconocer este daño? Primero es el infractor, el que de asumir, y reconocer que el daño que ha provocado a la víctima y a la comunidad, no simplemente pasó, sino que él o ella provocaron que pasara. Pero además el estado, debe también respetar a la víctima y reconocer que el delito sucedió y que no tuvo la culpa de sufrirlo e igualmente la comunidad debe mostrar su respeto a la víctima, reconociendo la injusticia de lo sucedido.

jueves, 4 de marzo de 2021

Clases de programas restaurativos

 


INTRODUCCIÓN

Cuando hablamos de justicia restaurativa es importante entender qué para algunos es una filosofía para abordar el delito y sus consecuencias y que actualmente se ha extendido a otras formas de conflictos, no delitos, para otros es una teoría jurídico-filosófica, una ciencia penal o yo diría, una nueva ciencia social, es decir es una brújula que nos dice como ser más humanos,  a la hora de abordar bien el delito o bien el conflicto.

Pero estos aspectos teóricos tienen que ponerse en la práctica y son muy variados y con diversos alcances y objetivos, me estoy refiriendo a los diversos programas restaurativos, la brújula de la justicia restaurativa nos indica si estamos siendo restaurativos y luego el enfoque y los objetivos pueden ser diferentes. Por eso y aunque en el pequeño libro de la justicia restaurativa de Howard Zehr, se recogen tres tipos de programas, por sus objetivos, yo diría que pueden existir muchos más y que incluso los objetivos pueden entremezclarse, no olvidemos que la justicia restaurativa es por esencia más flexible y tiene en cuenta la individualidad y la particularidad de cada ser humano, que participa en sus procesos.

miércoles, 3 de marzo de 2021

Entender el por qué del delito en justicia restaurativa


 INTRODUCCIÓN

Este énfasis en abordar los daños y las causas de este comportamiento, requiere que abordemos los posibles daños que sufrieron también los infractores. Los estudios demuestran que muchos infractores fueron victimizados o traumatizados, de una manera muy importante. Y otros, se perciben como víctimas a sí mismos o victimizados. Estos daños y estas percepciones de sí mismos como víctimas, pueden haber contribuido al delito. Autores como el psiquiatra James Gilligan, establece que toda violencia en sí misma es un esfuerzo por conseguir justicia. Es decir, muchos delitos pueden ser una respuesta para deshacer en cierta manera, el sentimiento de victimización. Por supuesto, que la percepción de uno mismo como víctima, no implica que se te absuelva por tu responsabilidad en la conducta dañosa. Pero Gilligan afirma, que no podemos esperar que este comportamiento pare, sin abordar este sentimiento. De hecho, el castigo generalmente reafirma estos sentimientos de victimización.  

martes, 2 de marzo de 2021

Necesidades de los dañados por el delito

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

Los afectados por el delito tienen una serie de necesidades, muchas veces las vemos incompatibles pero en realidad no lo son tantos, todos necesitan recuperar el equilibrio y la armonía que se rompió tras el delito. Por el eso, el infractor necesita sentir que es tratado con justicia y que se separa el hecho delictivo de la persona qué es, la víctima requiere ser escuchada y respetada, por supuesto el estado quiere mantener el orden y la comunidad como víctima pero agente responsable busca recuperar la seguridad, que el ofensor se comprometa a no volver a delinquir, que haya menos probabilidades que algunos de sus miembros se conviertan en víctimas de nuevo. Debemos dejar de pensar en cómo debe ser reparada la víctima, esto es algo que solo la corresponde a ella decidir, no podemos seguir pensando que no saben lo que más las conviene. Ahí está la importancia de la justicia restaurativa; dar esta voz un tanto olvidada a las víctimas pero sin olvidarnos del ofensor y que todos vivimos en relación, y es importante mantener y fortalecer estas relaciones.

lunes, 1 de marzo de 2021

Justicia juvenil restaurativa


J
USTICIA JUVENIL CON ENFOQUE RESTAURATIVO

La justicia juvenil con enfoque restaurativo sería la Justicia penal juvenil existente pero impregnada de la filosofía y los valores de la justicia restaurativa, especialmente la de la responsabilización de la persona adolescente y generación en ellos y ellas,  de la empatía suficiente para querer cambiar, intentando que el internamiento sea lo último a lo que acudir, dando preferencia a medidas siempre educativas que fomenten su asunción de responsabilidad, que aborden problemas que le pudieron llevar a delinquir y que le proporcionan la seguridad y la confianza en sí mismo y en la sociedad como para saber que va a ser apoyado y no va a ser estigmatizado. Todas las medidas que se le impongan estarán dirigidas a la superación o mitigación del sentimiento de vergüenza, que para muchos se traduce en una respuesta defensiva, negación de la responsabilidad y la necesidad de culpar a los demás por la de culpabilidad, que implica un sentimiento de responsabilidad y remordimiento por una ofensa, es  decir, la culpabilidad como parte de la justicia restaurativa, conlleva dos aspectos básicos de ésta: la asunción de responsabilidad como paso previo para reparar el daño.  Los encuentros restaurativos serían el ultimo escalón en esta justicia juvenil restaurativa, pero no serían lo única forma de ser restaurativos con víctima e infractor