martes, 30 de junio de 2020

Gestión emocional del delito




Sin duda, los procesos restaurativos tratan con emociones, y sentimientos de una manera más intensa, porque sufrir un delito o ser el que lo ha cometido, conlleva una serie de consecuencias emocionales y psicológicas, no solo para los directamente implicados sino también para el entorno de ambos. El lazo invisible del delito une a víctimas e infractores de una manera irremediable por eso la Justicia Restaurativa aborda no solo el crimen en si mismo sino el impacto que éste ha tenido tanto en los afectados como en las personas que les rodean. De ahí, que sus objetivos esenciales (Dan Van Ness)  sean de muy diferente índole pero todos dirigidos a transformar las relaciones entre los miembros de la comunidad, entre éstos y el estado e incluso entre el estado y la comunidad:

1. Invitar a la completa participación y al consenso

2. Sanar lo que ha sido roto

3. Buscar completa y directa responsabilidad

4. Reunir lo que ha sido dividido

5. Fortalecer a la comunidad para prevenir daños mayores.

6. Buscar el esfuerzo cooperativo de la comunidad y del estado

7. Buscar la reintegración de la víctima y el ofensor en la comunidad

lunes, 29 de junio de 2020

Hacer justicia con la justicia restaurativa

HACER JUSTICIA
Si concebimos que hacer justicia no es castigar, para que se hiciera verdadera justicia,  esta debería tener en consideración las circunstancias de cada caso, teniendo en cuenta que el delito no es un montón de folios con un número sin más, sino que detrás de él, hay personas, seres humanos con sus circunstancias, con una historia.
Es necesario a la hora de abordar el delito, tener en cuenta el cómo ocurrió, por qué y cuáles son las circunstancias del infractor y de la víctima (aspectos sociales, psicológicos, de relación, familiares, personales etc.). Debería ser una respuesta individualizada, para cada caso concreto. Quizá muchos estéis pensando que estoy diciendo una “barbaridad”, sin embargo, los clásicos lo tenían claro,  como Ulpiano que definió justicia como la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo. Ulpiano adivinó que para que la justicia fuera adecuada, debiera abordarse el problema, en el caso de la justicia penal, el delito, de una manera individualizada, adecuada a cada caso así cada uno recibiría el reproche social  merecido pero en la mínima expresión teniendo en cuenta variables como la reparación moral y/o económica . Es más entiendo que no es lo mismo una persona que entiende el impacto de sus acciones, y es consciente de ello que otra que le da igual, en todo caso la justicia debe tener en cuenta las personas que hay detrás del delito y sus historias. Esto puede parecer difícil de conseguir, pero para eso, estamos defendiendo la Justicia Restaurativa. 

Efectos de la justicia restaurativa en las personas afectadas por el delito


(imagen propiedad de Virginia Domingo, inspirada en Howard Zehr)

La justicia restaurativa produce efectos positivos en todos los afectados por el delito, durante este blog he hablado de la justicia restaurativa para las víctimas pero realmente estos efectos son también aplicables para las personas que cometieron un delito.
La justicia restaurativa ayuda a las personas a poner orden al caos que el delito ha producido en su vida, por eso, la gestión restaurativa del delito los ayuda a pasar del desorden al orden.
Además se escucha a los que realmente tienen mucho que decir tras el delito, promueve su participación activa, son las personas afectadas la que tienen voz, no los profesionales ajenos a cómo ha impactado el hecho en sus vidas, por eso produce un empoderamiento...y por último, esta justicia entiende que el aislamiento no favorece la reinserción  sino que quita la humanidad a las personas por eso, promueve la reconexión con la comunidad.

viernes, 26 de junio de 2020

La justicia restaurativa no tiene por objetivo agilizar los juzgados

¿NOS ROBA EL ESTADO,  EL CONFLICTO O EL DELITO?
Nils Christie, hace ya mucho tiempo que advirtió que el estado nos roba el conflicto, a los ciudadanos y en concreto, con la justicia penal se apropia del delito como si la única y verdadera víctima fuera él. Y esto ocurre sistemáticamente y sino ¿por qué la víctima es por defecto en el juicio sobre el daño que sufrió, un mero testigo? y lo que es más triste todavía ¿por que el objetivo primordial y principal es la pena a imponer al infractor, si finalmente fuera declarado culpable y sólo después, trata la reparación del daño a la víctima? Pues porque como el estado se queda con el delito, se autoproclama víctima principal y por eso, la reparación o mitigación del daño por haber vulnerado una norma creada por él, es la pena señalada, sin priorizar en lo más importante, atender a las verdaderas víctimas, las que sufrieron el delito y sus consecuencias.

LA JUSTICIA RESTAURATIVA DEVUELVE EL PROTAGONISMO A LA VÍCTIMA
Por eso, creo que la Justicia Restaurativa se presenta como una necesidad natural de potenciar el papel de las víctimas, de devolverlas el protagonismo que merecen y qué necesitan para empezar el camino hacia la superación del delito. Sin embargo, como suele ocurrir muy a menudo, el riesgo de algo que se plantea como novedoso, surge con los que se suben al "barco" pero no para defender sus bondades, sino para apropiarse sus beneficios, una vez más en detrimento de las víctimas. ¿A qué me refiero?

jueves, 25 de junio de 2020

Efectos de la justicia restaurativa para con el sistema



(imagen propiedad de Virginia Domingo, inspirada en Howard Zehr, 2002)


La justicia restaurativa incorpora a las personas al sistema, promueve su participación en un hecho que les afecta tanto como el delito, ya no va a ser todo gestionado por profesionales sino que son las personas las que entran en el sistema y desde allí se promueve que tomen decisiones. Esta incorporación al sistema cobra mucho sentido en las víctimas, una de sus reclamaciones es ser informadas de la evolución de su caso, con la justicia restaurativa esta información desde el principio hará que su reclamación no tenga sentido porque además son ellas las que participan de forma activa y constructiva en cómo evolucionará su caso
Da "voz" de una manera inusual para el sistema, la justicia restaurativa empodera a las personas permitiendo que cuenten qué paso, como se sintieron y que se necesita para que las cosas vayan mejor.
Al fin y al cabo se trata de que aprendan a relacionarse de una manera diferente con ellos mismos y los demás, entendiendo que todos somos seres humanos y que todos podemos cometer errores pero si es así, nuestra obligación es intentar hacer lo correcto para aliviar los posibles daños.

miércoles, 24 de junio de 2020

Más sobre justicia tradicional y restaurativa



(imagen propiedad de Virginia Domingo, inspirada en Howard Zehr)

Hoy quiero recordar algunas diferencias básicas justicia restaurativa y tradicional. La esencial es que la Justicia Restaurativa es más inclusiva y participativa, da la oportunidad a la víctima y a la comunidad de tomar parte activa en la gestión del delito. Sobre todo debemos ver cómo la justicia tradicional gestiona el aspecto legal del delito si se vulneró o no una norma, pero no deja espacio para los aspectos emocionales, lo cual hace que las personas que sufrieron el daño queden insatisfechas porque no pudieron contar su historia e incluso los infractores vean una justicia poco legítima porque tampoco tiene en cuenta el por qué del delito. Además suele relacionar justicia y castigo. Frente a esto la justicia restaurativa gestiona lo que hay detrás del delito: los daños y las emociones, además ayuda a entender que todos podemos hacer cosas malas en alguno momento, pero nuestro deber es compensar los daños. La reparación así, no es un castigo sino un deber para con nuestros semejantes.

Víctimas y víctimarios en justicia restaurativa

LA VÍCTIMA
A la hora de hablar de Justicia Restaurativa, tanto como concepto global como aplicada a los procesos restaurativos que derivan en encuentros, la víctima es la protagonista principal por cuanto al ser la que ha sufrido el daño, será la que podrá decidir cómo quiere ser reparada. Sin embargo, siempre y en todo caso¿ tenemos claro quienes son las víctimas?, y si es así, ¿las tenemos en cuenta?. No siempre el rol de víctima está claro, en delitos menores, a veces no es algo extraño, pensar en quién es la víctima y quién es el infractor, incluso ambos roles pueden ser intercambiables, otras veces en delitos graves, por supuesto está claro, aun así a veces no podemos negar la evidencia de que los infractores, son víctimas del propio sistema, de su situación social, y de sus circunstancias personales, no se trata con esto de justificar el delito y su actitud,  sino de intentar generar la empatía suficiente para entender cómo ayudar no solo a la víctima a despojarse del rol de víctima sino ayudar también al infractor a reconectar con su humanidad y así evitar que sobre él, recaiga el estigma permanente de ser un delincuente.

lunes, 22 de junio de 2020

Justicia tradicional y justicia restaurativa




(imagen propiedad de Virginia Domingo, inspirada en Howard Zehr)


Prefiero, sin lugar a dudas, una justicia que intente ayudar al infractor a responsabilizarse por su conducta, que pueda ver que el delito no simplemente pasó, sino qué el/ella provocó que pasara que una que solo castiga porque el castigo por si solo, no ayuda al infractor a ver que su conducta dañó a otro ser humano. No responsabiliza, y lo que consigue es que ellos y ellas, se vean como víctimas del sistema. 

Además solemos pensar que hacer justicia es castigar, sin embargo, la verdadera justicia debería llevar a las personas a entender el impacto de los delitos y a recomponer a las personas que sufrieron el daño. Porque con el castigo no se ayuda a la víctima a recuperarse y además aislando a las personas, no vamos a hacer que entiendan la importancia de las relaciones, ni de la comunidad, sino que el efecto será todo lo contrario la desconexión de su entorno, lo que los llevará a una deshumanización y realmente lo que queremos es que entiendan la importancia de las relaciones.

Charla de Adam Foss (Ted)

Me gustaría invitaros a que vieráis esta charla TED de Adam Foss, fantástica charla de cómo funciona el sistema y como debe mejorar especialmente cuando los más afectados por el sistema penal son la gente más desfavorecida. La justicia restaurativa es la mejor forma de humanizar el sistema.



https://www.ted.com/talks/adam_foss_a_prosecutor_s_vision_for_a_better_justice_system?language=es

domingo, 21 de junio de 2020

Más individualización del sistema penal con la justicia restaurativa

MISMO DELITO DIFERENTES PERSONAS
Permite la individualización de la respuesta judicial aumentando así su eficacia, cada delito cada víctima y cada infractor, son diferentes, por eso la Justicia Restaurativa tiene en cuenta las circunstancias personales y sociales de las personas afectadas, y las ve como seres humanos, no como un número de expediente. Promueve la desjudicialización cuando sea posible, en delitos leves y por otro lado, esta individualización de la respuesta judicial permite una variedad de medidas a adoptarse y con más proporcionalidad, aportando un plus a la función de resocializadora y reeducadora, que en el caso de jóvenes infractores es más importante, si cabe. Se puede enfocar la justicia penal desde una perspectiva restaurativa, partiendo de una visión pedagógica, rehabilitadora y sanadora en cualquier momento procesal y en cualquier clase de delitos.

sábado, 20 de junio de 2020

Perdón en justicia restaurativa



(imagen propiedad de Virginia Domingo)


Hoy quiero recordar una entrada antigua de este blog, suele pensarse que el objetivo de la justicia restaurativa es pedir perdón, por supuesto que no es un objetivo, esto es algo muy personal que depende de los participantes. Lo que si puede suceder que el perdón sea una consecuencia que surge tras el proceso de justicia restaurativa, precisamente porque el perdón es liberador. Solemos entender perdón, como decir lo siento y realmente esto es muy fácil, se puede decir hasta sin sentirlo. Perdón para la justicia restaurativa debería implicar otra cosa.Este perdón para la justicia restaurativa es otra cosa implica responsabilización y reparación  y debiera ser una máxima en nuestra forma de relacionarnos con los demás, en cualquier ámbito. Perdón para que tenga sentido debe ser: lo siento, fue mi culpa, qué puedo hacer para compensar el daño.

viernes, 19 de junio de 2020

Dar "voz" a las víctimas

INTRODUCCIÓN
Es muy curioso ver como todos partimos de ciertas ideas preconcebidas con respecto a casi todo, pero en el tema de Justicia es mucho más evidente. Cuando hablo de Justicia Restaurativa, mucha gente automáticamente lo ve bien,  pero para determinados delitos, en otros siempre piensan, que no serían aconsejables, porque no sería bueno para la víctima, obviamente esto ocurre porque también tenemos ideas preconcebidas sobre víctimas desvalidas, casi incapaces que necesitan protección y ser ayudadas a "manejar su vida". Esta idea es normal pero debemos desterrarla, es necesario pensar que nadie mejor que las víctimas para saber lo que necesitan. 

Si preguntamos como son las víctimas, suelen salir a la luz palabras como vulnerables, traumatizadas, necesitadas....puede que sea cierto, pero esto no las hace incapaces, ni las inhabilita para tomar sus propias decisiones, sino todo lo contrario, lo que más necesitan es sentirse empoderadas para poder retomar el control de su vida. Cuando vuelvo la vista atrás, me doy cuenta que esto también me ocurría a mi en los inicios. . Cuando hace más de diez años, me adentré en la Justicia Restaurativa y sus muchos beneficios, pensaba que esta justicia no se podría aplicar o al menos que no era aconsejable en delitos muy graves. Creo que veía la justicia restaurativa, desde mi punto de vista de no víctima, ajena al dolor que supone sufrir un delito. Con el paso del tiempo, he ido aprendiendo a ponerme en el lugar de los que sufren, y mi posición ha cambiado, ¿quienes somos nosotros para negar a una víctima que desee tomar parte en un proceso restaurativo, esta posibilidad?

jueves, 18 de junio de 2020

Perfil del facilitador de justicia restaurativa

¿CUÁL ES EL PERFIL DEL FACILITADOR?
¿Por qué los que han estudiado derecho creen que pueden ser buenos facilitadores de justicia restaurativa? No lo entiendo, porque realmente son los menos preparados por su mentalidad, muy a menudo litigante y legalista, estudié derecho pero he podido desvincularme en mi rol de facilitadora,  de mi preparación legal así puedo entender la Justicia Restaurativa como lo qué es. Sin embargo, una y otra vez, veo errores al hablar de mediación penal y justicia restaurativa, que sin duda, confunden y equivocan pero además no solo al ciudadano sino también a los alumnos, los futuros mediadores así entramos en un círculo negativo en el que si los que van a ser facilitadores, ya tienen errores en la concepción de la justicia restaurativa, al final vamos a equivocar el camino. No obstante, el problema va más allá, conozco mucha gente, que piensa que con tener formación en mediación, es suficiente para ser facilitador de procesos restaurativos, esto es otro gran error, que nos lleva a equiparar mediación y justicia restaurativa. Siento decirles, que no es así, es más, resulta mucho más sencillo formar a personas en justicia restaurativa, si no han tenido formación anterior en mediación, porque en este caso, vienen con la mente más abierta, y no centrados en los parámetros de la mediación.

miércoles, 17 de junio de 2020

Justicia no es sinónimo de castigo

JUSTICIA Y CASTIGO
Cuando  oigo que las “víctimas quieren que se haga justicia”, no puedo dejar de preguntarme varias cosas: ¿por qué parece que castigo, se equipara a hacer justicia?, ambos términos se utilizan de forma intercambiable, muy a menudo, de ahí que cuando se “clama por más justicia”, muchas personas, yo diría la mayoría, lo que hace es reclamar más castigo y penas más duras. Es más parece que “justicia” se utiliza eufemísticamente, para referirnos a castigo. Si esto es así: ¿Qué pasa con aquellas personas que han sufrido un delito, pero el infractor no ha sido capturado o no está identificado?¿Debemos pensar que puesto que no se puede castigar a nadie, no se puede hacer justicia? Esto no debería ser así, ya que no solo sería injusto valga la redundancia, sino que estaríamos abandonando a su suerte a personas que necesitan nuestra ayuda. Si nos centramos exclusivamente en que la justicia está para castigar al infractor, como ocurre generalmente con el sistema tradicional de justicia penal, estamos cubriendo solamente las expectativas de algunas víctimas y de alguna clase de delitos. Pero para otras víctimas, bien porque el infractor no ha sido capturado, bien porque es desconocido o simplemente porque para superar el delito tienen otras necesidades, hacer justicia significa algo más. 

lunes, 15 de junio de 2020

¿Qué no es justicia restaurativa?





(imagen propiedad de Virginia Domingo, inspirada en Howard Zehr)


Os dejo algunas notas sobre qué no es Justicia Restaurativa (basado en Howard Zehr).
Básicamente, me quedo con la idea de que podemos tener un enfoque restaurativo, que puede concluir con una reunión conjunta (víctima-infractor y/o comunidad), esto sería el "ideal" pero también podemos adoptar medidas restaurativas cuando esta reunión no sea posible o aconsejable.Asimismo no es mediación ni mecanismos alternativos de solución de conflictos ni es una practica concreta, la justicia restaurativa es la filosofía que puede inspirar muchas prácticas y programas. Prácticas cuando las aplicamos a un caso concreto y programas cuando atendemos a una problemática general que nos va a llevar a aplicarla de forma generalizada a diversos grupos de personas. Como no es un mecanismo alternativo es eficaz para delitos leves y graves, se debe estar al caso concreto más que el delito.

Estoy convencida al igual que Howard Zehr, que podemos construir una justicia penal y penitenciaria con enfoque restaurativo y dentro de esta posibilidad, cada país escogería las herramientas o prácticas que consideren oportuno. En mi caso, creo que siempre es importante elegir prácticas que incluyan a otros miembros de la comunidad afectados también por el daño causado, como las conferencias o círculos.

domingo, 14 de junio de 2020

¿Qué implican las prácticas restaurativas?





(imagen propiedad de Virginia Domingo)


Las diferentes prácticas restaurativas  se centran más en la historia que en el argumento. Y como ya he dicho en alguna ocasión, los facilitadores ayudan a contar la historia. Las preguntas que solo se pueden hacer en un proceso restaurativo como las conferencias, son las que motivan a las personas. (las víctimas saben que tienen preguntas que solo el infractor puede responder o ayudarlas a darlas respuesta). Esto no significa que debamos obsesionarnos con las preguntas, no debemos convertirlo en un interrogatorio para esto está la justicia tradicional, debemos dejar que el diálogo fluya y solo en caso de que no sea así usar las preguntas para generarlo

sábado, 13 de junio de 2020

Justicia restaurativa como respuesta más individualizada a cada caso

GESTIÓN UNIFORME DE LOS DELITOS CON LA JUSTICIA RETRIBUTIVA
Solemos tener tendencia a uniformizar y establecer mecanismos, casi matemáticos por los cuales el infractor es un ser “sin escrúpulos”, que ha delinquido con conciencia y voluntad y la víctima es un ser indefenso cuya vida (si es un delito con resultado de muerte) no ha sido valorada por el delincuente. Esto nos ayuda a hacer frente al delito de una forma racional y así poder hacer más fácil la respuesta, a por qué el crimen y el necesario castigo al infractor.Y también es lo que hace la Justicia penal tradicional, uniformiza y trata todos los casos por igual, sin tener en cuenta las circunstancias personales de las partes y el por qué y cómo se produjo el delito. Parte de la dimensión estrictamente pública del crimen; se ha violado una norma establecida por el estado y esto hace que se inicie el proceso judicial penal para castigar al infractor que ha infringido esta norma. Trata así, de manera igual todos los casos y según lo establecido de forma tasada en las leyes.Sin embargo, la realidad supera lo establecido en normas y leyes, detrás del delito hay personas, seres humanos que por determinadas circunstancias pueden llegar a convertirse en víctimas, infractores o ambas cosas a la vez. Además los seres humanos somos emocionales, por tanto no solo podemos medir el delito de forma racional

jueves, 11 de junio de 2020

¿Justicia restaurativa es utópica?



INTRODUCCIÓN
Muchos opinan que esto de la Justicia Restaurativa es una utopía, piensan que el ser humano es vengativo y retributivo por naturaleza, por tanto ven esta Justicia antinatural. Probablemente esto viene corroborado por la cultura de más castigo, que nos invade en los medios de comunicación en general, de ahí que parezca que las víctimas y los ciudadanos en general, son muy punitivos. Y no es que las víctimas sean más punitivas, sino que es lo único que la justicia las ofrece, para sentir que se ha hecho justicia y por eso, se agarran a esta justicia del castigo, pensando que va a satisfacer sus necesidades. Sin embargo, la realidad es otra, como no sienten que realmente se haya hecho justicia, la ven lejana y alejada a sus verdaderas necesidades, al final, la condena y el castigo nunca las parecerá suficiente, y por eso, no se puede decir que seamos muy punitivos, simplemente requerimos una justicia que nos de el protagonismo que nos corresponde, máxime si hemos sufrido un delito y además necesitamos sentir que se nos escucha y repara de acuerdo a nuestras necesidades, no como dice la ley que debe ser.

Esto implica que la reparación material para muchas, no sólo no será suficiente, sino que no será ni importante. Por todo esto, la actual Justicia Punitiva o Retributiva es precisamente una justicia menos natural que la restaurativa, y está construida a base de construcciones doctrinales, leyes y una rígida solemnidad, que no deja espacio a la responsabilización, reparación y la curación de los afectados por el delito

miércoles, 10 de junio de 2020

Intervención con víctimas con enfoque restaurativo




(imagen propiedad de Virginia Domingo)

Cuando un Servicio de Justicia Restaurativa recibe a una víctima, necesita saber como debe enfocar este trato con ellas, y se debe actuar bajo tres principios, según mi criterio:

Interacción: las víctimas están en el peor momento, buscan credibilidad, autoridad (podemos hacer esto por ti...) confianza, (algo esencial). ¿Cómo construir confianza? Con empatía, lenguaje corporal, examinándose a uno mismo, para tener claro que los detalles no te impactarán demasiado...Empezarán a contar su historia, para ello, es esencial un ambiente seguro, como el que se da en la Justicia Restaurativa

Justicia restaurativa como ciencia social




(imagen propiedad de Virginia Domingo)


Una de mis propuestas sería considerar la justicia restaurativa  como ciencia social. Fijaros que digo social y no penal, porque precisamente, aunque empezó en el ámbito penal, ahora se ha visto sus beneficios en otras áreas de nuestra vida.

REQUISITOS COMO CIENCIA SOCIAL
Tiene todos los requisitos, ya que:
Cuenta con una metodología científica depurada, para aplicarla existen diversas prácticas o metodologías; unas más conocidas con la mediación penal, conferencias o círculos e incluso no sería descabellado pensar en diseñar más prácticas restaurativas, respetando los principios y valores que la inspiran y que se podrían resumir, en el gráfico que os presento al final de este breve post.

Tiene un paradigma transicional bien definido, que  es "humanizar la justicia ” y fomentar la humanización de nuestra forma de relacionarnos

Cuenta una  "teoría jurídica filosófica" (empatía, Thomas Kuhn). Existen varias teorías la que más me gusta es la de Kuhn. El que hace algo mal, tiene el deber de hacer lo correcto, enmendar o compensar este daño, pero no por temor al castigo, sino porque se supone que se crea la empatía suficiente en esta persona, como para no querer volver a dañar a otro ser humano

lunes, 8 de junio de 2020

Principios de la justicia restaurativa


(imagen propiedad de Virginia Domingo, inspirada en Howard Zehr)

Hoy quiero recordar los principios clave para entender  la Justicia Restaurativa y que van a servir para evaluar en qué medida nuestra actividad es totalmente restaurativa o solo parcialmente:

1- Daño causado y las necesidades que genera este daño

2- Obligaciones, especialmente la de reparar o compensar este daño

3- Participación de todos los directa e indirectamente implicados. 

domingo, 7 de junio de 2020

Concepto de justicia restaurativa

CONCEPTO:
Siempre suelo hablar como definición modelo de las Naciones Unidas porque creo que habla de justicia restaurativa en toda su extensión y no como simple modelo. Hoy quiero traer una definición que también me resulta interesante en algunos aspectos, es la del foro europeo de justicia restaurativa: "La Justicia Restaurativa es un enfoque inclusivo sobre cómo abordar el daño o el riesgo de daño mediante la participación de todos los afectados, para  a un entendimiento común y un acuerdo sobre cómo se pueden reparar el daño, mantener las relaciones  y la lograr así que se haga justicia". Esta es una nueva definición que se ha establecido en el Foro Europeo de Justicia Restaurativa,  de ella, hay cosas que me gustan y otras que no tanto. 

viernes, 5 de junio de 2020

Las necesidades de los afectados por el delito

LA JUSTICIA TRADICIONAL SOLO VE DAÑOS MATERIALES
Cuando pensamos en el daño causado a las víctimas, especialmente si lo son de delitos graves, solemos ver los daños materiales, y es que jurídicamente los daños se valoran y se intentan reparar a través de su cuantificación, en dinero. Y por eso, algunos siempre suelen decir pero un delito grave por ejemplo con resultado de muerte no puede repararse, y así piensan que solo sería bueno los procesos restaurativos para delitos muy leves Sin embargo, no se dan cuenta que si en delitos leves es bueno para las víctimas con más razón para las de los graves, además del daño material, y en delitos muy graves la pérdida de un ser querido, hay una serie de daños morales y psicológicos que en ocasiones, como no se pueden tasar quedan sin repararse o al menos, sin la debida ayuda para mitigar sus efectos. 
¿A qué me estoy refiriendo? Pues cuando se sufre un delito, todo sobre lo que se había construido una vida más o menos feliz se quiebra, la víctima pasa por una crisis acerca de la concepción del mundo. Solemos pensar que si somos buenos, nada malo nos va a pasar, pero al sufrir el delito esto cambia radicalmente, y hace que las víctimas se pregunten ¿por qué a mi? ¿por qué si soy buena me pasan cosas malas? ¿será que el mundo es un lugar peligroso ? ¿ya no me puedo fiar de la gente de mi alrededor?.Esta crisis acerca de cómo concebimos el mundo y sobre la desconfianza en nuestros semejantes, es un daño psicológico grande, que impide a muchas víctimas dar los primeros pasos hacia su curación. 

Reflexiones de un interno del programa de justicia restaurativa-reconexión

Hoy que quiero poner en el blog algunas reflexiones de un participante del programa, hay varios que están haciendo grandes avances pero hoy con su permiso quiero transmitiros esta poesía que ha hecho. ¿Por qué ? Durante la última sesión les comenté que íbamos a realizar el VI Congreso Internacional de justicia restaurativa en México pero debido a la pandemía, online, en concreto como sabéis será el 12 y 13 de junio osea casi ya. Les pregunté si querían transmitir algo a los asistentes y hoy acabo de recibir una poesía para leerla durante el Congreso, me ha parecido tan potente e interesante, que la voy a compartir también con vosotros, refleja que cuando la justicia es humana es mucho más legítima a los ojos de todas las personas, y esto es lo que pasa con la justicia restaurativa:

"Hay una congreso me han dicho,
pa` hablar de restaurativa,
una Justicia "non grata"
para los que no están al día

Yo, que me encuentro entre rejas,
quisiera dar mi opinión
como ser restaurativo
sin pedir vuestro perdón

Mil veces me he equivocado
y dos mil me he levantado
y en ninguna de estas cosas
influyó nunca un juzgado

Dignificar nuestro trabajo en justicia restaurativa

INTRODUCCIÓN
Algunas veces he hablado de lo que implica  la ética dentro de la Justicia Restaurativa y lo complicado que resulta explicar la ética, lo que si me resulta fácil determinar, que quiero desarrollar mi trabajo como facilitadora de la mejor forma posible y para ello, es esencial hacer bien nuestra labor.

Por eso, reconduzco el papel de la ética, a cómo lograr buenas prácticas en Justicia Restaurativa. Para esto, lo más importante es que nosotros mismos tengamos confianza en lo que hacemos, muchas veces, siento que actuamos con demasiadas reticencias como si nosotros mismos, no nos creyéramos que la justicia restaurativa puede ser muy útil, de hecho, debiera ser ofrecida de forma general en el ámbito penal,  y plantearse su inclusión en otros ámbitos como el educativo. La Justicia Restaurativa, no es la panacea pero si es una forma mucho más humana de abordar los conflictos y los delitos, y sobre todo de prevenir conductas violentas y de paso de educar  en valores, que hagan de nuestros niños y niñas, adultos restaurativos.

Una vez que nos hemos quitado nuestros propios temores y etiquetas, aprecio que necesitamos que nuestro trabajo empiece a reconocerse, es curioso como en muchas ocasiones, se organizan congresos, jornadas y otros eventos y los invitados son personas que poco saben de lo que es el trabajo diario en justicia restaurativa. Son teóricos, pueden ser excelentes en su trabajo pero muchas veces su visión teórica, forjada a través de libros, artículos y poco más, se aleja mucho de lo que es la realidad.Esto pasa mucho en ámbitos como la justicia restaurativa y la mediación 

jueves, 4 de junio de 2020

Más sobre trauma y justicia restaurativa


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

Cuando sufrimos un delito sea grave o más leve, nos podemos ver afectados por el trauma, aunque seamos resilientes, esto no implica que nos podamos vernos afectados, por lo que nos ha sucedido. Esto es lo que nos hace ser humanos. 

Por eso, si hablamos de trauma tras el delito, necesitamos sanar, y la justicia debería ser parte de este proceso de curación. La Justicia es importante cuando hablamos de trauma y curación. La línea entre justicia y venganza es delgada cuando nuestro cuerpo y cerebro se ve afectado por el trauma y se puede llegar a confundir. Si no hacemos frente al trauma, ya he comentado muchas veces, que lo que suele ocurrir es que se continua con la violencia y o se hace daño a uno mismo o se daña a otros. 

Por eso, cuanto más hagamos por abordar el trauma, más resilientes se volverán las víctimas. La pregunta entonces es ¿cómo encontrar justicia, de forma que no se incurra en una continuación de círculos de violencia?
Para mí, la respuesta es la Justicia Restaurativa porque la Justicia tradicional (Howard Zehr) lo que hace es ahondar en el trauma, según el gráfico funciona arriba reflejado.

martes, 2 de junio de 2020

Reconexión y justicia restaurativa

INTRODUCCIÓN
Siempre he comentado que la Justicia Restaurativa, surgió por y para las víctimas, para superar el olvido de la Justicia Penal tradicional y para devolverlas el protagonismo que las corresponde, en un hecho que las afecta tan directamente como es el delito. Cierto es que si el delito es una violación de las relaciones de las personas que causa daños, toma prioridad, la atención a estos daños que sufren las personas afectadas: las víctimas. Sin embargo, también es cierto que suelo comentar que en un círculo de beneficios ayudando a las víctimas, se ayuda al infractor, pero quizá mi postura siempre ha tendido al apoyo de la víctima, sin duda esto no es malo pero no se puede olvidar al infractor. Porque el delito daña a la víctima, a la comunidad pero también afecta al infractor.Hace unos años, tuve  la oportunidad de visitar la cárcel de Palmasola y sin duda, sirvió para darme cuenta que la Justicia Restaurativa tiene que atender las necesidades del infractor para poder ayudarlo a reconectar con la comunidad. Esto no es justificar al infractor o minimizar el daño que ha causado con el delito, al contrario esto trata de atender sus necesidades como paso para recuperarlos como personas productivas. Además antes de comenzar el programa de justicia restaurativa dentro del centro penitenciario de Burgos estaba demasiado centrada en las víctimas, necesitaba trabajar con privados de libertad para entender el contexto y ver que todos somos seres humanos.

Cómo y quién en justicia restaurativa

CÓMO  Y QUIÉN 
Siempre nombro a Zehr, porque fue el que comenzó la justicia restaurativa y desde la teoría sin tener conceptos, ni fundamentaciones teóricas, solo sabiendo cuál era su objetivo. ayudar a las personas a superar el daño. Para  Howard Zehr, en el “Pequeño libro de la Justicia Restaurativa” es importante el cómo y el quién para la Justicia Restaurativa. 

Procesar el "cómo"

Nuestro sistema legal es un proceso adversarial dirigido por profesionales y gira en torno al infractor y al Estado como víctima,  en la que el juez es el que hace de árbitro. Los resultados son impuestos en base a la ley, por alguien ajeno al delito y al impacto real y emocional que ha tenido en los afectados. La Justicia restaurativa generalmente reconoce el papel del estado y del sistema pero enfatiza la importancia de la participación de los que tienen un interés directo, por resultar “tocados” por el delito

El cómo suele presentarse bajo la fórmula de un encuentro entre víctima y agresor, un conferencia de grupo familiar, un proceso de círculo etc.  Es una reunión que permite a las víctimas y los delincuentes  ponerse cara,  hacer preguntas a la otra directamente, y llegar a un consenso de cómo hacer lo correcto. Proporciona a las víctimas la oportunidad de decirle directamente al infractor, en qué medida el delito ha impactado en su vida. Pero no siempre es posible una reunión conjunta o necesario, a veces lo mejor que se puede hacer es no hacer esta reunión conjunta y por eso, hay otras posibilidades como reuniones indirectas o simplemente programas individuales en los que se trabaja solo con víctimas, solo con ofensores o solo con comunidad.

lunes, 1 de junio de 2020

Castigo o justicia restaurativa

(imagen propiedad de Virginia Domingo

LA PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD COMO CASTIGO POR EL DELITO


Cuando pensamos que un infractor merece ir a prisión, en nuestra mente concebimos este lugar como un sitio terrible, donde el hecho de ir allí es en sí mismo un castigo. Incluso por la mente de muchos de nosotros, pasan imágenes como “mazmorra” para los infractores que más reproche y alarma social causan, en un intento, por otro lado lógico y humano, de apaciguar o mitigar el dolor y la indignación que la delincuencia crea no solo en las víctimas sino también en la sociedad.
Tampoco podemos negar que muchos pensamos ante delitos muy graves y terribles que estos criminales merecen la muerte y además si alguien hiciera algo malo a nuestros seres queridos ¿quién no ha pensado o ha dicho alguna vez que lo mataría con “mis propias manos”?. Pero está claro que si la vida nos pusiera en este dilema,  pocos nos atreveríamos a atravesar este umbral y ponernos al mismo nivel que los infractores. Estos sentimientos de ira, impunidad, de que sale “barato” delinquir es porque realmente no encontramos ninguna otra forma de canalizar estos sentimientos, ni nadie nos ayuda a transformar los sentimientos negativos por otro lado normales en todos los seres humanos,  en otros constructivos y que sirvan para “curar” nuestra herida de la indignación  y la rabia

Sin embargo, hay algo que cuando hablamos de infractores y delitos nunca tenemos en cuenta. ¿Por qué siempre nos centramos en cuánto castigo merece el infractor? Lo realmente importante son las personas que han sufrido el delito, las víctimas pero siempre nos olvidamos de ellas. También nos olvidamos del por qué delito, estoy convencida que muchos delitos tienen un por qué y acudir al origen nos hará entender el contexto del infractor ( y sin justificar el delito) ayudar a evitar la reincidencia.