jueves, 31 de enero de 2019

Algunos puntos claves para entender la Justicia Restaurativa




Hoy quiero recordar unos puntos claves de la Justicia Restaurativa y que van a servir para evaluar en qué medida nuestra actividad es totalmente restaurativa o solo parcialmente:

1- Daño causado y las necesidades que genera este daño

2- Obligaciones, especialmente la de reparar o compensar este daño

3- Participación de todos los directa e indirectamente implicados

A estos tres, avalados por Howard Zehr, añadiría:

4- Reintegración de la víctima e infractor

5- Y derivado de la participación: buscar el esfuerzo cooperativo de la comunidad y el estado.

miércoles, 30 de enero de 2019

Daños tras el delito y su gestión con la Justicia Restaurativa


Cuando pensamos en el daño causado a las víctimas, especialmente si lo son de delitos graves, solemos ver los daños materiales, y es que jurídicamente los daños se valoran y se intentan reparar a través de su cuantificación, en dinero. Y por eso, algunos siempre suelen decir pero un delito grave por ejemplo con resultado de muerte no puede repararse, y así piensan que solo sería bueno los procesos restaurativos para delitos muy leves Sin embargo, no se dan cuenta que si en delitos leves es bueno para las víctimas con más razón para las de los graves, además del daño material, y en delitos muy graves la pérdida de un ser querido, hay una serie de daños morales y psicológicos que en ocasiones, como no se pueden tasar quedan sin repararse o al menos, sin la debida ayuda para mitigar sus efectos. 
¿A qué me estoy refiriendo? Pues cuando se sufre un delito, todo sobre lo que se había construido una vida más o menos feliz se quiebra, la víctima pasa por una crisis acerca de la concepción del mundo. Solemos pensar que si somos buenos, nada malo nos va a pasar, pero al sufrir el delito esto cambia radicalmente, y hace que las víctimas se pregunten ¿por qué a mi? ¿por qué si soy buena me pasan cosas malas? ¿será que el mundo es un lugar peligroso ? ¿ya no me puedo fiar de la gente de mi alrededor?.Esta crisis acerca de cómo concebimos el mundo y sobre la desconfianza en nuestros semejantes, es un daño psicológico grande, que impide a muchas víctimas dar los primeros pasos hacia su curación. 

martes, 29 de enero de 2019

¿Es posible la reinserción?

SOBRE EL DELITO
Siempre he comentado que la Justicia Restaurativa, surgió por y para las víctimas, para superar el olvido de la Justicia Penal tradicional y para devolverlas el protagonismo que las corresponde, en un hecho que las afecta tan directamente como es el delito. Cierto es que si el delito es una violación de las relaciones de las personas que causa daños, toma prioridad, la atención a estos daños que sufren las personas afectadas: las víctimas. Sin embargo, también es cierto que suelo comentar que en un círculo de beneficios ayudando a las víctimas, se ayuda al infractor, pero quizá mi postura siempre ha tendido al apoyo de la víctima, sin duda esto no es malo pero no se puede olvidar al infractor. Porque el delito daña a la víctima, a la comunidad pero también afecta al infractor.Hace unos años, tuve  la oportunidad de visitar la cárcel de Palmasola y sin duda, sirvió para darme cuenta que la Justicia Restaurativa tiene que atender las necesidades del infractor para poder ayudarlo a reconectar con la comunidad. Esto no es justificar al infractor o minimizar el daño que ha causado con el delito, al contrario esto trata de atender sus necesidades como paso para recuperarlos como personas productivas.

lunes, 28 de enero de 2019

La responsabilidad en la Justicia Restaurativa




(Imagen propiedad de Virginia Domingo)


La asunción de responsabilidad debe implicar el contexto,  que no es otra cosa que la comprensión de las cosas, en la perspectiva de otra persona. No se puede entender el daño que se ha causado, hasta entender el contexto. Esto es lo que permite al infractor, hacerse un mapa mental de donde se encuentra, este mapa mental comprende todos los aspectos emocionales sobre cómo se ha dañado a la otra persona, a la comunidad e incluso a sí mismos.
Como se puede ver en el gráfico, el contexto implica escuchar el impacto del delito o conflicto, ver la perspectiva de los demás sobre el daño que se ha sufrido. En definitiva, es la historia en torno a la historia.

domingo, 27 de enero de 2019

La verguenza reintegrativa en jóvenes infractores

En muchas ocasiones he hablado de la vergüenza reintegrativa, un concepto acuñado por John Braithwaite y que está íntimamente relacionado con la Justicia Restaurativa. Esta justicia busca la responsabilización del infractor, que la persona que ha causado un daño, sé de cuenta del impacto de su conducta, vea que el hecho delictivo no pasó simplemente sino que el provocó que pasara.La vergüenza reintegrativa, desaprueba el acto ilícito, el delito pero respeta al infractor, estigmatiza el mal pero no al infractor, frente a la vergüenza estigmatizante que lo que hace es reprobar el acto dañoso, a través de humillar a la persona que lo ha ocasionado.La vergüenza reintegrativa es aplicable a cualquier infractor puesto que todos merecemos una segunda oportunidad para hacer las cosas bien, pero sin duda, en jóvenes cobra mayor importancia.Como decía, Braithwaite es la vergüenza de los ojos de los que te quieren, los que te puede hacer cambiar, esto ¿qué implica? Pues que siempre que sea posible la participación e implicación de la familia en la gestión del delito y su forma de abordarlo, es importante, de ahí, que los procesos restaurativos como las conferencias, son muy importantes. 

sábado, 26 de enero de 2019

El quién y el cómo para la Justicia Restaurativa

Como decía Howard Zehr, en el “Pequeño libro de la Justicia Restaurativa” es importante el cómo y el quién para la Justicia Restaurativa. 

Procesar el "cómo"

Nuestro sistema legal es un proceso adversarial dirigido por profesionales y gira en torno al infractor y al Estado como víctima,  en la que el juez es el que hace de árbitro. Los resultados son impuestos en base a la ley, por alguien ajeno al delito y al impacto real y emocional que ha tenido en los afectados. La Justicia restaurativa generalmente reconoce el papel del estado y del sistema pero enfatiza la importancia de la participación de los que tienen un interés directo, por resultar “tocados” por el delito

El cómo suele presentarse bajo la fórmula de un encuentro entre víctima y agresor, un conferencia de grupo familiar, un proceso de círculo etc.  Es una reunión que permite a las víctimas y los delincuentes  ponerse cara,  hacer preguntas a la otra directamente, y llegar a un consenso de cómo hacer lo correcto. Proporciona a las víctimas la oportunidad de decirle directamente al infractor, en qué medida el delito ha impactado en su vida. 

viernes, 25 de enero de 2019

Beneficios de la Justicia Restaurativa

La justicia restaurativa es una teoría para abordar el crimen que involucra a todas las partes afectadas (es decir, la víctima (s), delincuente, la comunidad) con el objetivo de facilitar la cicatrización o más bien sanación y tratar de reparar el daño causado por el delito.
Las investigaciones sobre la justicia restaurativa, han encontrado muchos beneficios positivos, como los altos niveles de satisfacción de los participantes, disminuyendo el miedo de las víctimas, y la reducción de la reincidencia de los delincuentes. La investigación también ha sugerido que los procesos de justicia restaurativa pueden tener un impacto positivo en el bienestar general de un participante.
Los que nos dedicamos a la justicia restaurativa y aunque no tengamos formación en psicología, vemos que los participantes "se sienten mejor" después de un proceso de justicia restaurativa, pero ¿qué significa esto exactamente? A pesar de las referencias que se mejora el bienestar de los participantes, pocos estudios examinan específicamente el impacto de estos procesos en la salud psicológica y física de los participantes a través de indicadores específicos.

jueves, 24 de enero de 2019

El castigo, el delito y la Justicia Restaurativa

SOBRE EL CASTIGO
Cuando pensamos que un infractor merece ir a prisión, en nuestra mente concebimos este lugar como un sitio terrible, donde el hecho de ir allí es en sí mismo un castigo. Incluso por la mente de muchos de nosotros, pasan imágenes como “mazmorra” para los delincuentes que más reproche y alarma social causan, en un intento, por otro lado lógico y humano, de apaciguar o mitigar el dolor y la indignación que la delincuencia crea no solo en las víctimas sino también en la sociedad.

Tampoco podemos negar que muchos pensamos ante delitos muy graves y terribles que estos criminales merecen la muerte y además si alguien hiciera algo malo a nuestros seres queridos ¿quién no ha pensado o ha dicho alguna vez que lo mataría con “mis propias manos”?. Pero está claro que si la vida nos pusiera en este dilema,  pocos nos atreveríamos a atravesar este umbral y ponernos al mismo nivel que los infractores. Estos sentimientos de ira, impunidad, de que sale “barato” delinquir es porque realmente no encontramos ninguna otra forma de canalizar estos sentimientos, ni nadie nos ayuda a transformar los sentimientos negativos por otro lado normales en todos los seres humanos,  en otros constructivos y que sirvan para “curar” nuestra herida de la indignación  y la rabia

miércoles, 23 de enero de 2019

¿Qué es Justicia Restaurativa? III

Creo que no sería descabellado hablar de Justicia Restaurativa, como ciencia social. Fijaros que digo social y no penal, porque precisamente, aunque empezó en el ámbito penal, ahora se ha visto sus beneficios en otras áreas de nuestra vida.

REQUISITOS COMO CIENCIA SOCIAL
Tiene todos los requisitos, ya que:
Cuenta con una metodología científica depurada, para aplicarla existen diversas prácticas o metodologías; unas más conocidas con la mediación, conferencias o círculos e incluso no sería descabellado pensar en diseñar más prácticas restaurativas, respetando los principios y valores que la inspiran y que se podrían resumir, en el gráfico que os presento al final de este breve post.

Tiene un paradigma transicional bien definido, que  es "humanizar la justicia ” y fomentar la humanización de nuestra forma de relacionarnos

Cuenta una  "teoría jurídica filosófica" (empatía, Thomas Kuhn). Existen varias teorías la que más me gusta es la de Kuhn. El que hace algo mal, tiene el deber de hacer lo correcto, enmendar o compensar este daño, pero no por temor al castigo, sino porque se supone que se crea la empatía suficiente en esta persona, como para no querer volver a dañar a otro ser humano.

martes, 22 de enero de 2019

Ética y Justicia Restaurativa

ÉTICA EN LA JUSTICIA RESTAURATIVA

Complicado para mi, establecer que es la ética dentro de la Justicia Restaurativa pero si me resulta fácil determinar, que quiero desarrollar mi trabajo como facilitadora de la mejor forma posible y para ello, es esencial hacer bien nuestra labor.

Por eso, reconduzco el papel de la ética, a cómo lograr buenas prácticas en Justicia Restaurativa. Para esto, lo más importante es que nosotros mismos tengamos confianza en lo que hacemos, muchas veces, siento que actuamos con demasiadas reticencias como si nosotros mismos, no nos creyéramos que la justicia restaurativa puede ser muy útil, de hecho, debiera ser ofrecida de forma general en el ámbito penal,  y plantearse su inclusión en otros ámbitos como el educativo. La Justicia Restaurativa, no es la panacea pero si es una forma mucho más humana de abordar los conflictos y los delitos, y sobre todo de prevenir conductas violentas y de paso de educar  en valores, que hagan de nuestros niños y niñas, adultos restaurativos.

lunes, 21 de enero de 2019

V Congreso Internacional de Justicia Restaurativa: re-evolucionando la Justicia.

Quedan dos meses y medio para que celebremos la V edición del Congreso Internacional de Justicia Restaurativa, que convierte a Burgo, cada varios años en la ciudad de la justicia restaurativa.

Parece que fue ayer cuando en el 2010 realizamos el primero con el compromiso de darlo continuidad, por aquella época, poco se hablaba de Justicia Restaurativa.
Nueve años después la palabra está de moda, pero me temo que seguimos sin distinguir las diferentes instituciones como mediación, justicia restaurativa, derecho colaborativo...etc, no todo es lo mismo, pero esto no significa, que no podamos ayudarnos y colaborar entre nosotros.
Y lo que es peor seguimos, sin ver apoyo real a la justicia restaurativa. Por eso, esta V edición tiene el título de re-evolucionando la justicia, porque vamos a intentar que después de este evento haya un antes y un después.
Necesitamos una justicia restaurativa ya....porque somos muchos los que llevamos años ya haciendo justicia restaurativa.

Aquí diferentes enlaces donde se ha dado publicidad a este congreso:




¿Qué es Justicia Restaurativa? II

El otro día comentaba, cuál es para mi la mejor definición de Justicia Restaurativa y cómo en muchas ocasiones, se confunde justicia restaurativa con las diferentes metodologías restaurativas más conocidas, para aplicarla en la práctica. 

De esta forma, Justicia Restaurativa sería una forma de gestionar los delitos o conflictos, una filosofía o paradigma de justicia, que se nutre de una serie de valores y principios.  Todo esto empezó en el ámbito penal. Pero se ha visto que esta filosofía o teoría jurídico filosófico y sus diferentes valores y principios, puede aplicarse en otras áreas de nuestra vida.Para lograr una convivencia más pacífica, una sociedad más responsable y ciudadanos con mejores habilidades para gestionar sus problemas

Por eso, son muchos los que califican ya la Justicia Restaurativa como un movimiento social, y creo acertada esta visión porque con sus valores y principios, podemos lograr un mundo mejor, sé que suena utópico pero es posible, simplemente se trata de retomar aspectos básicos, como todo derecho lleva aparejado una responsabilidad, el que hace algo mal, tiene la obligación de hacer lo correcto y sobre todo a retomar el sentimiento de pertenencia la comunidad.
 Todos somos seres humanos y vivimos en comunidad y todos somos importantes. Por todo esto, no sería descabellado pensar en la Justicia Restaurativa como una forma de vida.


domingo, 20 de enero de 2019

¿Qué es Justicia Restaurativa?

Hoy quiero comenzar, con una serie de posts durante estos días, abriendo un poco el horizonte,  hacia lo que podemos considerar que si es Justicia Restaurativa. Empiezo hoy con una definición de Justicia Restaurativa,  que es la que más me gusta, es de las Naciones Unidas, y creo que refleja realmente lo que es esta Justicia: una respuesta, una forma de abordar el delito o conflicto, es un continuo de respuestas ante las variadas necesidades y daños experimentados por víctimas, infractores y comunidad (las partes).

Ya en el ámbito penal la Justicia Restaurativa tiene que ver con atender las necesidades de las víctimas, enfrentar al infractor con lo que ha hecho, para ayudarlo a asumir su responsabilidad, y fomentar el diálogo participativo entre todos los "tocados" por el delito, incluyendo siempre que fuera posible a la comunidad.


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

sábado, 19 de enero de 2019

¿Qué no es Justicia Restaurativa?

Soy consciente de que el nombre Justicia Restaurativa, está siendo un revulsivo estos últimos años, en contraposición con lo que pasaba cuando empecé,  por aquel entonces,  hablar de Justicia Restaurativa sonaba a chino. 

Sin embargo, y aunque soy partidaria de la flexibilidad de los procesos restaurativos, estamos asistiendo a situaciones en las que algo se califica de justicia restaurativa, cuando puede ser terapéutico, sanador, o incluso puede ser de gran ayuda para luego realizar un proceso restaurativo, pero en ningún caso es justicia restaurativa. Debemos abrir nuestra mente, a otros ciencias que nos pueden ayudar en nuestro camino restaurativo como la neurociencia, antropología, psicología...pero esto  no significa que el facilitador deba ser terapeuta, psicólogo o neurólogo...simplemente debemos trabajar en red con otros profesionales de estas áreas. También es cierto, que solemos confundir objetivos, beneficios de esta justicia e incluso procesos por eso, os dejo un breve resumen de qué no es justicia restaurativa ( Howard Zehr)


viernes, 18 de enero de 2019

Algunas posibilidades restaurativas si no es posible un encuentro conjunto

Siempre he pensado que siguiendo los valores y principios básicos de la Justicia Restaurativa, podemos ser restaurativos y ayudar a víctimas e infractores, aún cuando no sea posible un encuentro entre ambos. Creo que ante situaciones imperfectas podemos ser restaurativos sino totalmente al menos si parcialmente. Por eso siempre intento encontrar qué pautas, valores y principios básicos de la justicia restaurativa quiero seguir en las prácticas restaurativas que lleve a cabo.Claramente vivimos en un mundo ideal y esto no son matemáticas, tratamos con sentimientos y dolor que puede hacer que las personas cambien de idea o no quieran tomar parte de forma directa en un encuentro restaurativo. 
Pero y si una víctima no quiere encontrarse cara a cara con el infractor pero si quiere saber de él y exponerlo sus preguntas. ¿La abandonamos a su suerte o nos ponemos creativos? 
Por supuesto que hay muchas otras posibilidades sino ideales, si factibles e igualmente útiles y eficaces para ayudar a sanar a las víctimas y los infractores. 
Por ejemplo y si el infractor aunque la víctima no quiere reunirse con él, desea redactar una carta pidiéndola disculpas y reconocer el daño, pues sería no solo posible sino interesante. También podría grabarse un vídeo, o incluso utilizar a una persona de confianza de la víctima, en este encuentro, la persona subrogada, actuará representando a la víctima, y para transmitir al infractor el impacto que el delito ha tenido.

jueves, 17 de enero de 2019

Más sobre trauma y justicia restaurativa

Cuando sufrimos un delito sea grave o más leve, nos podemos ver afectados por el trauma, aunque seamos resilientes, esto no implica que nos podamos vernos afectados, por lo que nos ha sucedido. Esto es lo que nos hace ser humanos

Por eso, si hablamos de trauma tras el delito, necesitamos sanar, y la justicia debería ser parte de este proceso de curación. La Justicia es importante cuando hablamos de trauma y curación. La línea entre justicia y venganza es delgada cuando nuestro cuerpo y cerebro se ve afectado por el trauma y se puede llegar a confundir. Si no hacemos frente al trauma, ya he comentado muchas veces, que lo que suele ocurrir es que se continua con la violencia y o se hace daño a uno mismo o se daña a otros. 

Por eso, cuanto más hagamos por abordar el trauma, más resilientes se volverán las víctimas. La pregunta entonces es ¿cómo encontrar justicia, de forma que no se incurra en una continuación de círculos de violencia?
Para mí, la respuesta es la Justicia Restaurativa porque la Justicia tradicional (Howard Zehr) lo que hace es ahondar en el trauma, según el gráfico funciona así:


miércoles, 16 de enero de 2019

El restablecimiento de la confianza con la Justicia Restaurativa

La Justicia Restaurativa no es una nueva forma de ver la justicia,  puesto que ya hemos visto como se basa en tradiciones y en prácticas ascentrales de muchas comunidades, lo que si aporta es una visión diferente de la delincuencia y un nuevo objetivo, el delito es visto como una fuente de daño que debe ser reparado. Y un problema esencial que genera el daño es la pérdida de confianza tanto de las víctimas como de la sociedad en general. Desde que el delito se comete, todos nos volvemos en cierta medida un poco "paranoicos", perdemos la confianza en las personas que nos rodean porque hemos dejado de sentirnos seguros, esto también nos afecta como grupo, y quiebra los lazos sociales.Lo que las víctimas y las comunidades necesitan es tener su confianza restaurada. La obligación esencial de los delincuentes es demostrar que son dignos de confianza. El propósito de la justicia restaurativa debe ser fomentar este proceso.

OBJETIVO DE LA JUSTICIA RESTAURATIVA: CONFIANZA
Por eso, no es descabellado pensar que uno de los objetivos principales de la Justicia Restaurativa debe ser el restablecimiento de la confianza. El intento de lograr esto, en un nivel personal y también a nivel de grupo (social) puede darnos una doble visión acerca de como luchar frente a la delincuencia. . En lugar de reemplazar otros objetivos, más tradicionales, la restauración de la confianza se convertiría en el sistema penal actual como un eje esencial a partir del cual se va a establecer que castigo merece el infractor, si fuera necesario, la reparación del daño y la responsabilización del infractor. 

martes, 15 de enero de 2019

Algunos indicadores de lo que conlleva la Justicia Restaurativa



(imagen propiedad de Virginia Domingo)


Si partimos de que la Justicia Restaurativa es mucho más que metodologías específicas y que es un conjunto de principios y valores que deben informar la justicia actual para hacerla más humana,  e incluso debe informar nuestra forma de vida, entonces hoy intentaré reflejar algunos indicadores de lo que conlleva esta Justicia Restaurativa:

COMPROMISO
Se trata de involucrar a los afectados incluyendo a la comunidad, (es decir, la víctima, la familia, el barrio, la escuela, infractor) en el proceso restaurativo de curación y reparación del daño.

Compromiso de la persona (s) dañada:
• Los estudios demuestran que los perjudicados tienen la oportunidad de opinar y dar forma razonablemente al resultado. (compromiso y reparación)

Compromiso de la persona (s) que han causado daño:
•Los estudios demuestran que el programa involucra activamente a los participantes en la comprensión de los daños, que no justificación y las necesidades relacionadas, así como sus ideas y aportes en la determinación del acuerdos / resultado.

Compromiso de la comunidad
• Los estudios demuestran que los programas restaurativos involucran activamente a la comunidad en la respuesta a las necesidades de los afectados y como forma de fortalecer los lazos sociales desquebrajados por el crimen.

RENDICIÓN DE CUENTAS
Fomentar la responsabilidad adecuada para atender las necesidades y reparar el daño.

• Las evidencias demuestran que los procesos restaurativos aseguran que los participantes reconocen la responsabilidad por el daño causado.

• Las evidencias demuestran que el programa restaurativo proporciona oportunidades para que la persona que causó el daño, pueda desarrollar una comprensión de cómo sus acciones afectan a otros, de como el delito impactó en la comunidad

• Los estudios demuestran que el programa restaurativo facilita el desarrollo de los acuerdos que se relacionan directamente a la reparación del daño tal y como necesita la víctima y estando el infractor de acuerdo porque ha comprendido que su deber es reparar el daño.

RESTAURACIÓN-REPARACIÓN
El reconocimiento y la reparación de los daños causados por el que los ocasionó y no como un castigo impuesto por el juez sino porque es su deber.

• Los estudios demuestran que los procesos restaurativos aseguran que los participantes reconocen la responsabilidad por el daño causado, de una manera más sincera y constructiva.

• Los estudios demuestran que la finalización de los acuerdos, se centran en una reparación adecuada a las necesidades de los afectados por el delito.

• Los estudios demuestran un alto grado de satisfacción con el resultado del proceso utilizado entre los perjudicados.


(Adaptado de e influenciado por el blog de Howard Zehr)

lunes, 14 de enero de 2019

Daño, necesidades y expectativas tras el delito

Nunca es suficiente con castigar a los autores del delito, siempre hay que llegar al mismo tiempo a ayudar a las víctimas y estar con ellas, en sus momentos de mayor vulnerabilidad y necesidad para que puedan sacar fuerza de nuestra solidaridad, tanto en el aspecto práctico como emocional. 

Dicho esto así, puede sonar muy bonito pero poco práctico, por eso nos hemos empeñado una y otra vez en pensar que las víctimas lo único que desean es que el infractor sea castigado duramente, pensar así es mucho más fácil, pero sin duda, lo que produce es que todo se centre en un tira y afloja entre el infractor y el estado, en el que la víctima se halla en el medio pero como un instrumento para conseguir que el estado se salga con la suya y pueda castigar al infractor. Hacemos de la víctima un "cebo" para "dar su merecido" al infractor, pero nos olvidamos que más allá de si el infractor es culpable o no, existe una persona que ha sufrido un daño y que necesita que la escuchen, la comprendan y la informen de todo lo que está pasando.Las víctimas suelen ser unánimes en su opinión de que la expectativa más importante que tienen de los profesionales judiciales, es la de ser tratadas con respeto. Su expectativa se manifiesta sobre todo en el deseo de sentir confianza con la información sobre el delito, el infractor y acerca de las opciones que el tribunal considera para dar respuesta a su caso.

sábado, 12 de enero de 2019

¿Por qué la revolución restaurativa?

Quiero comenzar diciendo que soy mediadora pero también soy facilitadora de procesos restaurativos, lo cual y aunque en España parezca lo mismo y se confunda, no lo es.

Y por eso, hoy siento comenzar diciendo que el gran mal de la Justicia Restaurativa es la mediación, o más bien aquellos que no ven más allá de la mediación.

JUSTICIA RESTAURATIVA EN EL ÁMBITO PENAL
La Justicia Restaurativa en el ámbito penal, puede concebirse como una teoría jurídico filosófica o paradigma de justicia, que se centra en que el delito produce daños y quién debe hacer frente a estos daños, dando la participación de los directamente afectados. Existen muchas metodologías o herramientas para poner en práctica esta Justicia, sin embargo, las más conocidas son las conferencias, círculos (estas dos tienen distintos nombres, dependiendo el lugar) y la reunión víctima-infractor. He hablado de reunión víctima-infractor porque es como se debió llamar desde siempre, esta forma de poner en práctica la Justicia Restaurativa. Sin embargo, el problema ha surgido porque en algunos países se comenzó a llamar mediación penal, y este nombre ha desvirtuado por completo, lo que es la Justicia Restaurativa. 

viernes, 11 de enero de 2019

Sobre la asunción de responsabilidad del infractor

En muchas legislaciones, se habla como requisito para que el infractor participe en un proceso restaurativo, que haya reconocido el daño causado o su participación en el delito. Me resulta complicado que de primeras, todos vayan a reconocerlo, es más creo que esta es la labor del facilitador, en las reuniones individuales, preparar al victimario para su asunción de responsabilidad y la posible reunión con la víctima. 

Pero es que además, en ocasiones, cometemos el error de juzgar a los infractores que no reconocen el delito cometido, en un primer momento. No nos paramos a pensar que muchas veces no lo reconocen por motivos como:

  • el temor al castigo 
  • la pérdida de autoestima, que les genera reconocer que han causado un daño, sobre todo si es un delito que genera alarma social

De ahí, que la labor del facilitador sea trabajar con este víctimario, igual que se hace como la víctima, para lograr esta responsabilización y su disposición a reconocer que el daño no simplemente pasó, sino que él/ella provocó que pasara.


jueves, 10 de enero de 2019

Restauración para víctimas, ofensores y comunidad

El sistema de Justicia Tradicional reinterpreta la experiencia de la víctima, de acuerdo a las normas legales y al final, no parece que lo que la justicia las ofrece, sea realmente lo que necesitan para sentir que se ha hecho justicia. 
La Justicia Restaurativa, sin embargo, trata a los protagonistas como los verdaderos actores principales, los anima a la comunicación y la empatía, estigmatizando la ofensa y el daño causado, pero reafirmando y apoyando a la víctima (para que se sienta reparada) y al infractor (para que se responsabilice por su conducta). La Justicia Restaurativa, restaura a víctimas e infractores y comunidad pero no a un momento anterior al delito, sino a uno en el que a pesar de haber sufrido el delito, todas sus necesidades se hayan visto atendidas.
Las necesidades de las víctimas de sanar, y de sentirse reparadas y las del infractor de ser ayudado a asumir su responsabilidad y a reparar o compensar el daño causado y las de la comunidad, de recuperar su sentimiento de seguridad y asumir que la vuelta de víctima e infractor, hará que la comunidad funcione mejor y se fortalezcan los lazos sociales de sus miembros.

Entonces ¿cómo entender la palabra restauración para la Justicia Restaurativa?


miércoles, 9 de enero de 2019

Justicia, Justicia Restaurativa, igualdad y equidad



La Justicia no debe ser igual para todos, sino que debe tener en cuenta la equidad, por eso la Justicia Restaurativa es la justicia ideal y la definición de las Naciones Unidas es realmente la más acertada, "es la respuesta evolucionada al delito que respeta la dignidad y equidad de cada persona" . Este es el punto; justicia como  equidad para cada persona

"No existe delito, que no tenga un precedente"

"No existe delito que no tenga un precedente" Séneca.

Para abordar el delito (conflicto) de una manera eficaz, es necesario, sin justificarlo acudir a la génesis, el por qué del delito (conflicto) , a su vez esta pregunta puede ser también sanadora para las víctimas. Así ponen rostro e historia a la persona que causó el daño . Justicia restaurativa también trata de todo esto. Y como podemos ver esta forma de abordar la Justicia con mayúsculas está en el origen mismo de nuestra esencia como seres humanos y los clásicos ya lo supieron ver.


martes, 8 de enero de 2019

El trauma tras sufrir un delito

El sistema tradicional de Justicia no funciona porque el castigo no es la solución, y tiene que ver no solo con la manera en la que estigmatizamos a los infractores, haciendo que sea casi imposible que vuelvan a la sociedad, sino también tiene que ver, en cómo se trata a las víctimas. 
Al contrario de lo que se piensa, el sentimiento de venganza surge cuando no se ofrece a las personas que han sufrido un daño, Justicia. La Justicia Restaurativa se rebela como más útil y satisfactoria para las víctimas, al hacer frente al trauma que surge tras sufrir un delito. Este trauma podría reflejarse como sigue


La Justicia Restaurativa responde a estas preguntas, ¿quién soy?, explicándolas que son seres humanos que son dignas de respeto y consideración,¿qué creo?; que deben creer que el sistema de justicia las va a ayudar a sentirse reparadas y satisfechas y que gracias a este proceso ¿en quién confío?; podrán recuperar su sentimiento de seguridad y de confianza en los seres humanos (asumiendo que a las personas buenas, les pueden pasar cosas malas )

lunes, 7 de enero de 2019

Justicia Restaurativa como brújula que nos indica el camino

Siempre he pensado que es muy importante la práctica de la Justicia Restaurativa, sin embargo, últimamente veo que práctica, sin tener conceptos básicos, puede ser totalmente perjudicial. Se hace muy urgente que los futuros facilitadores de Justicia Restaurativa conozcan realmente qué esta filosofía de justicia para poder aplicarla en la práctica. Y sobre todo, se debería tener claro que las prácticas restaurativas deben adaptarse a la realidad del lugar donde van a ser aplicadas, por mucho que ofrezcamos formación, si no tenemos claro esto, vamos a confundir a los futuros facilitadores. Me explico, como las herramientas de justicia restaurativa son muy diversas, podemos organizar 10 cursos de formación y probablemente tendremos 10 formas de entender, aplicar y enfocar la justicia restaurativa. El error sería querer copiar integramente un modelo o práctica concreta, la idea es conocer la esencia de la Justicia Restaurativa para que luego cada facilitador en cada país, pueda acomodarla a su tradición y a sus necesidades propias y peculiares. 
Yo diría que hay tantos modelos de aplicar la Justicia Restaurativa como lugares en el mundo donde se aplica, pero yendo más lejos, también debería existir tantos modelos como facilitadores que se dedican a ello, esto significará que se están adaptando a cada caso y sus circunstancias y están desarrollando su auténtica y genuina forma de aplicar esta justicia de la forma más adecuada, cercana al ciudadano. Por eso, estoy convencida que un buen curso sería como diseñar prácticas restaurativas, es decir orientar cómo ser restaurativos y cómo desarrollar herramientas restaurativas, para aumentar esta caja que todos tenemos de herramientas restaurativas

sábado, 5 de enero de 2019

Principios de la Justicia Restaurativa

La Justicia Restaurativa en el ámbito penal, como he comentado muchas veces y siguiendo a Howard Zehr, se centra en los daños y las obligaciones que surgen, tras estos daños. Las víctimas deben tener acceso a un proceso simple y deben ser el centro, sin olvidarnos de los infractores y la comunidad. Como surgen daños, aparece obligaciones (que implica un proceso de asunción de la responsabilidad), la primera de las obligaciones tiene que ver con el infractor, aunque también la comunidad tiene obligaciones.
Esto implica si es posible, una oportunidad para el encuentro y la participación de todos los que de alguna manera se sientan afectados por el delito. En la medida de lo posible se tratará de buscar un encuentro víctima, infractor y comunidad.

¿Por qué es importante participar de forma activa y directa para las víctimas e incluso los infractores?
Porque compartir el dolos nos hace conectar con los demás (interconexión)  y nos recuerda que no estamos solos mientras podamos sentir.

El gráfico  refleja los principios de la Justicia Restaurativa, y que como se puede ver, servirá para aplicarse en cualquier ámbito de esta Justicia, no sólo el penal.

viernes, 4 de enero de 2019

¿Qué sienten las víctimas tras el delito?

Estoy convencida que las necesidades de las víctimas, bajo mi experiencia, nada tienen que ver con lo que la justicia tradicional las ofrece. Me gusta hablar con las personas que han sufrido un delito, porque siempre veo que no son punitivas, como queremos creer, sino todo lo contrario. Un familiar sufrió un robo en su casa, hace unas semanas, estaba de vacaciones y le llamaron diciendo que habían entrado en su casa a robar. Me contaba que al principio,  pensó en los bienes materiales, pero pronto empezó a sentir angustia. Angustia, por saber que unos extraños habían entrado en su hogar, por no saber, si les habían estado vigilando y sobre todo porque la imagen de su hogar, como un lugar seguro donde vivir en paz, se había venido abajo.De su relato, lo que más me sorprendió es cómo las personas que trabajan en el entorno judicial, son las que menos confían en la justicia. Fue la policía la que le dijo, que era complicado pillarlos, pero si lo hacían, seguro todo ya estaba vendido y no iba a poder recuperar nada. En principio, me contó esta familiar que eso ya lo daba por perdido, pero que necesitaba sentir, que alguien se hacía responsable, necesitaba que los pillaran.  A primera vista, de su relato me di cuenta que la falta de confianza en la justicia, no es del ciudadano sino también de los que están al servicio de ella, ¿en qué estamos fallando? 

martes, 1 de enero de 2019

¿Qué no es justicia restaurativa? con humor

  • La Justicia Restaurativa se basa en culturas ancestrales y antiguas, pero no significa que debamos convertirnos en chamanes, para ser facilitadores de procesos restaurativos
  • La Justicia Restaurativa se basa en la flexibilidad, pero no implica que debamos perder los principios y valores en las que se inspira.
  • La Justicia Restaurativa no es un cajón abierto, en el que podamos meter toda clase de disciplinas y sacarlas convertidas en justicia restaurativa. Lo que no es Justicia Restaurativa, por mucho que queramos, no lo va a ser, lo cual no implica que pueda ayudar para trabajar en red y coordinados.
  • Y no somos magos, sacerdotes, adivinos, curanderos, ni quiroprácticos...nisiquiera somos psicólogos, al menos no, cuando estamos actuando como facilitadores de procesos restaurativos.
  • Y por supuesto, Justicia Restaurativa no es mediación,y   no es mediación intrajudicial