jueves, 10 de julio de 2025

La importancia del quién y cómo para la justicia restaurativa


 El QUÉ Y EL CÓMO

Como decía Howard Zehr, en el “Pequeño libro de la Justicia Restaurativa” es importante el cómo y el quién para la Justicia Restaurativa. 

Procesar el "cómo"

Nuestro sistema legal es un proceso adversarial dirigido por profesionales y gira en torno al infractor y al Estado como víctima,  en la que el juez es el que hace de árbitro. Los resultados son impuestos en base a la ley, por alguien ajeno al delito y al impacto real y emocional que ha tenido en los afectados. La Justicia restaurativa generalmente reconoce el papel del estado y del sistema pero enfatiza la importancia de la participación de los que tienen un interés directo, por resultar “tocados” por el delito

miércoles, 9 de julio de 2025

Los verdaderos protagonistas de la justicia restaurativa son las personas

 


LAS VÍCTIMAS NO SON INCAPACES

Siempre se piensa en las víctimas, con miedo, se reflexiona y se decide por ellas, esto es bueno, esto puede perjudicarlas, esto quizá no...tenemos tendencia a pensar que por haber sufrido un delito, ya automáticamente son seres incapaces, y claramente no es así. En un mundo centrado en que castigo merece el infractor como si eso fuera lo que puede satisfacer a las víctimas, no es tarea fácil cambiar el chip radicalmente y decir a la gente que con esta justicia nos vamos a centrar en ellos, en los que sufren, para colmo, cada vez que veo la televisión, lo único que oigo es penas más duras como si esto fuera lo único importante para todos nosotros. También debemos entender que tras el delito sufren las víctimas, su familia, sufre la familia del ofensor y sufre el ofensor incluso aunque no lo quieran reconocer. Respecto de las víctimas , he aprendido que no se debe demonizar estos sentimientos negativos como el rencor, el odio, la ira, el resentimiento. ¡Cómo una persona que ha sufrido un delito, no va a sentir todo esto y mucho más! Por supuesto, que si, y negarlo sería causar más dolor. Lo que un buen facilitador de Justicia Restaurativa debe saber es acompañar a las victimas para que puedan encontrar un sentido diferente a lo vivido que las permita cambiar estos sentimientos negativos por  otros más positivos como dignidad, respeto, orgullo de ser superviviente de un delito... y así ayudarlas en el camino hacia la superación del trauma del delito. ¿fácil? Claro que no, además nosotros solo podemos ayudar pero el camino lo tienen que recorrer ellas, no obstante, la Justicia Restaurativa puede hacer este camino un poco menos complicado. Algunas personas se preguntaran cómo podemos ayudar si quizá nunca hemos sido víctimas, pues porque los valores de la justicia restaurativa como la empatía y la escucha activa nos hace ponernos en el lugar del otro y comprender y hacer comprender a la víctima que no está sola.

martes, 8 de julio de 2025

Justicia transicional y restaurativa


 JUSTICIA TRANSICIONAL 

La justicia transicional es el conjunto de medidas judiciales y políticas, que diversos países han utilizado como reparación por las violaciones masivas de derechos humanos. Sé que muchos no opinaran como yo, pero creo que la justicia transicional, es  más bien una respuesta del estado para abordar los crímenes en épocas de transición hacia situaciones de paz, es decir en estos casos suele primar el bien común. Sin  embargo, por ser una respuesta del estado, en ocasiones se tiene que poner en una balanza el bien común y el sufrimiento de las víctimas, y en algunas casos esta balanza se desequilibra en aras de este bien común, lo que lleva a muchas víctimas a sentirse olvidadas. Por eso,  la justicia transicional necesita del enfoque restaurativo para poder satisfacer de forma total, las necesidades de las verdaderas víctimas. Cualquier país que quiera una paz duradera y que desee una comunidad satisfecha, necesita que todos y cada uno de los miembros, sientan que puede curar sus heridas y que han sido respetados y tenidos en cuenta. 

lunes, 7 de julio de 2025

La justicia restaurativa gestiona el aspecto emocional del delito

 


EL ASPECTO EMOCIONAL DEL DELITO

A pesar de lo que se pueda decir, que somos seres racionales, nuestras acciones en general, no se basan en algo racional, somos mezcla de emociones, intuición y lógica. Por eso, el aspecto emocional no se puede dejar de lado en nuestra vida diaria, y por ende, ni mucho menos cuando se comete un delito. Entiendo que debe existir el derecho y los sistemas legales, no obvio la importancia del derecho penal pero si creo que abandona el aspecto emocional y lo sustituye estrictamente por el aspecto legal. Como individuos que somos, estamos interconectados con los demás, vivimos en comunidad y esto hace que debamos asumir ciertas responsabilidades, un de ellas es la de el que hace algo mal, debe enmendarlo e intentar hacer lo correcto. Y en esto la Justicia penal no debiera ser diferente, sin embargo muchos sistemas penales están basados o más bien enfocados en los derechos y no en las responsabilidades, un ejemplo claro es que para el sistema penal no importa si el infractor es culpable o no, le dará toda un serie de derechos que disminuyen el posible espacio para la responsabilización por el  delito. 

Además la víctima va a ser considerada un mero "cebo" para intentar conseguir que el infractor sea castigado, no importa realmente su dolor, tan solo para convertirlo en responsabilidad civil, pero lo que importa es su testimonio y que tenga la validez necesaria para condenar al infractor. Las emociones quedan fuera, debe relatar lo sucedido simplemente reduciendo su declaración a lo acontecido, a los hechos sin prestar atención a sus sentimientos.

domingo, 6 de julio de 2025

La persona ofensora en la justicia tradicional y la restaurativa


 

(imagen propiedad de Virginia Domingo)

El infractor en la justicia tradicional tiene una actitud pasiva, se le dice que tiene derecho a no declarar contra si mismo, no confesarse culpable...se le da una serie de incentivos para que justifique o niegue el delito. No se fomenta la responsabilización . Esto hace que no entienda realmente el impacto de sus acciones, piensa que la víctima única es el estado y que todo gira entre él y el estado por eso, todo el proceso penal per se los hace sentirse víctimas del sistema y muy pocas veces se genera en ellos una voluntad de cambio de no querer volver a delinquir.

Además debemos entender que las personas necesitan tiempo, muchas veces ayuda para poder gestionar aspectos como la vergüenza y poder asumir que has dañado a una persona, pero es que además necesitamos entender el contexto de la persona para ayudarlo a que no reitere las conductas delictivas. ¿Un ejemplo, de verdad creemos que una persona que comete un delito por adicción a las drogas debe ir a la cárcel? Esta claro que lo que esta persona necesita es ayuda para dejar adicciones no estar privado de libertad . Por eso la justicia restaurativa es una justicia flexible centrada en las necesidades de las personas afectadas por el daño. 

viernes, 4 de julio de 2025

¿Qué pasa durante un proceso de justicia restaurativa?

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

Durante las diferentes prácticas restaurativas lo que se va a hacer tanto en las reuniones individuales y/o preparatorias como en las conjuntas, si existe esta posibilidad, se va a generar un espacio seguro para que las personas puedan contar cómo vivieron lo que sucedió (porque debemos tener claro que no hay una única verdad, incluso diferentes víctimas de un mismo delito te pueden contar su historia de forma distinta, dependiendo cómo y en qué medida se han visto impactadas), qué es lo que necesitan para mirar al futuro y sentirse mejor y sobre todo qué es necesario para que las cosas mejoren. Si es una reunión conjunta, en este espacio se va a generar un ambiente para que las personas puedan escuchar y ser escuchadas, puedan responsabilizarse de sus acciones, sentirse respetadas y sobre todo puedan conectar, no en el sentido de hacerse amigos, sino en la idea de que todos somos parte de la comunidad.

Es necesario entender que  durante una práctica restaurativa no se hace terapia, tampoco estamos dando un curso o taller, no estamos adoctrinando ni siquiera se habla del perdón ni en reunión conjunta ni previas, puede que salga el tema pero esto es algo personal, es importante comprender que no es objetivo de la justicia restaurativa pedir perdón, si acaso una consecuencia beneficiosa, las pseudoprácticas pueden dañar a las personas aun cuando queramos ayudar.

jueves, 3 de julio de 2025

Justicia restaurativa para delitos de corrupción

 


INTRODUCCIÓN

En el año 2013 escribí mi primer articulo de reflexión sobre justicia restaurativa en delitos de corrupción, mucho ha ocurrido desde entonces, sin embargo, lo que permanece de manera muy similar son los diferentes casos de corrupción que en estos doce años se van sucediendo alternativamente entre unos y otros grupos políticos. En todos ellos la constante es muy similar, pues se trata de delitos que generan una perdida de confianza de la sociedad puesto que implican una peligrosidad moral que nos indigna a todos. Aun así empieza a ser tan habitual que parece que estuviéramos normalizando su comisión.  Sin embargo, algo si ha cambiado mientras que en el año 2013 la justicia restaurativa apenas era conocida, actualmente  esta de moda, por tanto, la pregunta sería por qué no se valora aplicarla. Y no como un pseudo taller para privados de libertad por delitos de corrupción como desde Instituciones Penitenciarias dicen que hacen. Hablo de verdaderas intervenciones restaurativas.

CORRUPCIÓN Y JUSTICIA TRADICIONAL

Lo primero que habría que determinar que es la corrupción, sin embargo, hay tantas definiciones que es difícil establecer un único concepto. Si acudimos al diccionario, este  nos habla de abuso de poder o mala conducta, sin duda una definición en consonancia con lo que vemos constantemente en los medios de comunicación. Si se busca corrupción desde el punto de vista jurídico, podemos decir que corrupción es un comportamiento consistente en el soborno, ofrecimiento o promesa a otra persona que ostenta cargos públicos, o a personas privadas, a los efectos de obtener ventajas o beneficios contrarios a la legalidad o que sean de naturaleza defraudatoria.

Sin embargo, también se habla de degradación de algo, y este concepto no puede dejarse de lado en estos delitos porque si bien la corrupción se produce a través del abuso de poder, la consecuencia es la degradación de las relaciones entre los miembros de la sociedad y  una pérdida absoluta de la confianza en el grupo de personas que están cometiendo estos delitos, y frecuentemente son los políticos Continuar leyendo en : lawandtrends

miércoles, 2 de julio de 2025

Enfoque de justicia restaurativa para abordar los daños

 


EL HECHO DE IR A LA CÁRCEL

Me preocupa ver como a pesar de que tras cometerse un delito, hay todo un proceso judicial que acaba con una sentencia, si la sentencia es de culpabilidad, el infractor irá a la cárcel dependiendo del hecho delictivo, para pagar en teoría por el daño causado. Hasta ahí, todo estaría bien o al menos sería normal, sino fuera porque a pesar de cumplir con lo que la ley le impone cuando salga de la cárcel seguirá "pagando", ya que por muchos años que estuviera, en prisión para la sociedad que les rodea siempre será poco y cuando salga de la cárcel se encontrará con un entorno hostil que no le hará la vida sencilla. Si esto se mira desde una perspectiva neutral es terrible, y el sistema debería intentar mostrar a la sociedad que la pena no es eterna, igual que los roles de víctimas e infractores tampoco lo son. Sin embargo, las víctimas, ven insuficiente las penas ¿por qué? 

martes, 1 de julio de 2025

Algunas obligaciones de las personas ofensoras

 


HACER LAS COSAS BIEN

La idea central de la justicia restaurativa es hacer las cosas bien. Esto implica que el infractor tiene que asumir su responsabilidad, tanto como sea posible, asumiendo el daño que ha causado y tomando los pasos necesarios para reparar el daño a la víctima y también quizá el impacto que el delito ha tenido en la comunidad. En casos como el homicidio, el daño no puede ser reparado, pero si se puede dar pasos simbólicos en los que asumiendo la responsabilidad, se pueda compensar de forma moral o psicológica este daño. Hacer las cosas bien, suele implicar reparación o restauración o recuperación pero estas palabras en delitos graves, a veces resultan inadecuadas. No se trata de reparar el daño o volver a una situación anterior al delito, se trata para las víctimas de delitos graves, de encontrar narrativas poderosas que permitan a las víctimas pasar de víctimas supervivientes. Es un camino hacia la sanación aunque este término es diferente para cada víctima. Y en todo caso es un camino que pertenece solo a las víctimas, nadie lo puede hacer por ellas pero el proceso de hacer las cosas bien y de responsabilización del infractor puede ayudar.

lunes, 30 de junio de 2025

Algunos indicadores para saber si estamos siendo restaurativos


 INTRODUCCIÓN

Siempre he tenido claro que no vivimos en un mundo ideal, y ya que trabajamos con seres humanos, es común que nos podamos encontrar con situaciones imperfectas. ¿Siempre será posible un encuentro víctima, infractor y/o comunidad? Por supuesto, que no, por eso estoy convencida que podemos ser aunque sea parcialmente restaurativos, en casos como por ejemplo si el infractor no ha sido capturado o no quiere participar  o desde el otro lado si la víctima no desea tomar parte en un proceso restaurativo.

Conozco muchas personas que me dirían , entonces no se puede hacer justicia restaurativa porque no se tienen en cuenta a todos los afectados, pero si ya hay programas como mediación penal, en los que solo participan víctima e infractor, ¿por qué dejar a su suerte a un infractor que desea responsabilizarse por el daño que ha causado? o ¿ por qué no atender a una víctima de forma restaurativa, aunque el infractor no esté identificado o no quiera participar?.

domingo, 29 de junio de 2025

Futuro de la justicia restaurativa


 INTRODUCCIÓN

A veces me planteo si nuestro trabajo en justicia restaurativa, debe quedar en esto, en ayudar a las personas que acuden a nosotros o podemos ir un poco más allá, es decir trascender. ¿Por qué digo esto? Porque queramos o no, nuestro trabajo es un constante diálogo con las personas y los colectivos, sobre las diferentes concepciones o más bien percepciones que tenemos sobre la justicia. Y creo que esto también es parte de nuestro trabajo, impulsar este diálogo y esta postura para así lograr que la sociedad, el legislador y el estado se plantee que es posible hacer una verdadera justicia, basada en valores humanos y restaurativos, que fomenten una mejor convivencia. Debemos impulsar una revisión de la justicia para que se acomode a los valores restaurativos. Esto es para mi trascender, diría que se trata de intentar que la justicia restaurativa vaya un poco más allá y se convierta también en transformadora, en el sentido de que transforme o al menos se intente transformar, lo que no funciona, dando otras posibilidades que están demostradas que si funcionan, como las diferentes prácticas restaurativas.

viernes, 27 de junio de 2025

Necesidades de los afectados por el daño

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

Los afectados por el delito tienen una serie de necesidades, muchas veces las vemos incompatibles pero en realidad no lo son tantos, todos necesitan recuperar el equilibrio y la armonía que se rompió tras el delito. Por el eso, el infractor necesita sentir que es tratado con justicia y que se separa el hecho delictivo de la persona qué es, la víctima requiere ser escuchada y respetada, por supuesto el estado quiere mantener el orden y la comunidad como víctima pero agente responsable busca recuperar la seguridad, que el ofensor se comprometa a no volver a delinquir, que haya menos probabilidades que algunos de sus miembros se conviertan en víctimas de nuevo. Debemos dejar de pensar en cómo debe ser reparada la víctima, esto es algo que solo la corresponde a ella decidir, no podemos seguir pensando que no saben lo que más las conviene. Ahí está la importancia de la justicia restaurativa; dar esta voz un tanto olvidada a las víctimas pero sin olvidarnos del ofensor y que todos vivimos en relación, y es importante mantener y fortalecer estas relaciones.

jueves, 26 de junio de 2025

Enfoque restaurativo en la resolución de los daños

 


Ron Claassen,  dice que para resolver un delito de forma restaurativa, tiene que suceder tres cosas:

1)La injusticia  o el daño debe reconocerse, yo añadiría incluso ambas cosas deben reconocerse, porque que las víctimas sufran el daño, es una injusticia que también debe ser reconocida. Estoy hablando de víctimas, como por ejemplo las de terrorismo, o las de siniestros viales,  tristemente y en muchas ocasiones, se ve su condición de víctima como un daño colateral y no como lo que realmente son, personas que han sufrido el impacto del delito. Pero es que además ¿Quién debe reconocer este daño? Primero es el infractor, el que de asumir, y reconocer que el daño que ha provocado a la víctima y a la comunidad, no simplemente pasó, sino que él o ella provocaron que pasara. Pero además el estado, debe también respetar a la víctima y reconocer que el delito sucedió y que no tuvo la culpa de sufrirlo e igualmente la comunidad debe mostrar su respeto a la víctima, reconociendo la injusticia de lo sucedido.

miércoles, 25 de junio de 2025

Algunos objetivos de los programas de justicia restaurativa

 


INTRODUCCIÓN

Cuando hablamos de justicia restaurativa es importante entender qué para algunos es una filosofía para abordar el delito y sus consecuencias y que actualmente se ha extendido a otras formas de conflictos, no delitos, para otros es una teoría jurídico-filosófica, una ciencia penal o yo diría, una nueva ciencia social, es decir es una brújula que nos dice como ser más humanos,  a la hora de abordar bien el delito o bien el conflicto.

Pero estos aspectos teóricos tienen que ponerse en la práctica y son muy variados y con diversos alcances y objetivos, me estoy refiriendo a los diversos programas restaurativos, la brújula de la justicia restaurativa nos indica si estamos siendo restaurativos y luego el enfoque y los objetivos pueden ser diferentes. Por eso y aunque en el pequeño libro de la justicia restaurativa de Howard Zehr, se recogen tres tipos de programas, por sus objetivos, yo diría que pueden existir muchos más y que incluso los objetivos pueden entremezclarse, no olvidemos que la justicia restaurativa es por esencia más flexible y tiene en cuenta la individualidad y la particularidad de cada ser humano, que participa en sus procesos.

martes, 24 de junio de 2025

La justicia restaurativa busca el por qué del delito

 


INTRODUCCIÓN

Este énfasis en abordar los daños y las causas de este comportamiento, requiere que abordemos los posibles daños que sufrieron también los infractores. Los estudios demuestran que muchos infractores fueron victimizados o traumatizados, de una manera muy importante. Y otros, se perciben como víctimas a sí mismos o victimizados. Estos daños y estas percepciones de sí mismos como víctimas, pueden haber contribuido al delito. Autores como el psiquiatra James Gilligan, establece que toda violencia en sí misma es un esfuerzo por conseguir justicia. Es decir, muchos delitos pueden ser una respuesta para deshacer en cierta manera, el sentimiento de victimización. Por supuesto, que la percepción de uno mismo como víctima, no implica que se te absuelva por tu responsabilidad en la conducta dañosa. Pero Gilligan afirma, que no podemos esperar que este comportamiento pare, sin abordar este sentimiento. De hecho, el castigo generalmente reafirma estos sentimientos de victimización. 

lunes, 23 de junio de 2025

La reparación en justicia restaurativa tiene sentido amplio


 LA JUSTICIA RESTAURATIVA TRATA DE ENMENDAR EL MAL CAUSADO

La Justicia Restaurativa pretende enmendar el mal causado. ¿Esto que significa? Para algunos es única y exclusivamente, reparar el daño que se ha ocasionado, incluso me he encontrado con gente, que cree que la reparación es exclusivamente material. Sin embargo, los que nos dedicamos a la justicia restaurativa y en general, todos nosotros sabemos que el ser humano, sufre muchos daños, no solo los materiales y por eso es necesario un acto que compense o mitigue el dolor moral y/o psicológico, que se ha causado. Pues bien, la idea de enmendar el mal causado, implica una responsabilidad por parte del infractor , quien debe tomar medidas concretas para reparar el daño ocasionado a la víctima.   La obligación de enmendar el mal causado, le corresponde en primer lugar al ofensor, pero la comunidad también puede tener ciertas obligaciones  (hacia la víctima, pero también hacia el infractor). Para que los ofensores puedan cumplir con sus obligaciones, es probable que necesiten ayuda y apoyo de la comunidad, en general. 

domingo, 22 de junio de 2025

No existe un prototipo de víctima "ideal"


 LOS SERES HUMANOS TENEMOS TENDENCIA A "ETIQUETAR"

Somos seres humanos y nos es casi inevitable hacer juicios de valor, etiquetar e incluso crearnos ideas preconcebidas, lo hacemos sobre ciertas personas y también sobre cosas. Claramente tenemos lástima de las personas que sufren el delito: las víctimas, creemos que son personas vulnerables, necesitadas de protección y sobre todo, que no saben lo que las conviene y que nosotros debemos decidir por ellas. Por otro lado, pensamos  que las víctimas de por si, son muy punitivas, que lo que buscan es penas más duras, y eso hace que automáticamente demos por hecho,  que no habrá víctimas que quieran participar en un proceso restaurativo. Tenemos las ideas tan preestablecidas, que ni siquiera valoramos la posibilidad de que alguna víctima incluso de un delito grave, necesite de esta justicia más humana. Decimos que no vemos la Justicia Restaurativa en algunos delitos de más gravedad y ponemos de excusa a las víctimas, entonces ¿si alguna si quiere un proceso restaurativo?. Pues no serían pocos los que las juzgaran porque según, lo que consideramos "normal", las víctimas siempre claman por venganza y son muy punitivas. Sin embargo, esto no siempre es así, cada persona somos diferentes a otras, y hay que respetar que muchas solo deseen el proceso penal normal y otras busquen, algo más que las pueda ayudar. 

viernes, 20 de junio de 2025

Objetivos de los programas restaurativos


 ALGUNOS PROPÓSITOS DE LOS PROGRAMAS DE JUSTICIA RESTAURATIVA 

Según el manual “la Justicia restaurativa: una visión para la sanación y el cambio” de Susan Sharpe. Los programas de justicia restaurativa tienen los siguientes propósitos:

Confiar ciertas decisiones clave a aquellas personas que se han visto más afectadas por el delito

Hacer la justicia más sanadora e, idealmente, más transformadora. A esto yo añadiría, hacer de la justicia, el ideal de justicia, dando a cada cual lo que corresponde y teniendo en cuenta que los afectados por el delito son seres humanos.

Disminuir la probabilidad de ofensas en el futuro, a lo que yo agrego que también trata de eliminar los roles vitalicios de víctima sin posibilidad de curación y de infractor, sin opciones de reinserción, ya que ambos volverán a la sociedad como personas nuevas y productivas.

jueves, 19 de junio de 2025

La justicia restaurativa nos recuerda que el delito daña nuestras relaciones


 
EL DELITO DAÑA

Para la Justicia Restaurativa, el delito es fundamentalmente una violación de personas y relaciones Interpersonales. 

En consonancia con esto, la víctima y la comunidad han sido perjudicados y necesitan ser reparadas. Las principales víctimas son las más directamente afectadas por el delito, pero otras, como los familiares de las víctimas y los agresores, testigos y miembros de la comunidad afectada, también son víctimas. Estas relaciones interpersonales que se ven dañadas por el crimen deben ser atendidas y en estos procesos de Justicia Restaurativa, las víctimas y los infractores son esenciales en la búsqueda de la reparación, curación, responsabilidad y prevención. El estado tiene muchas funciones en el proceso de justicia penal como la de investigar los hechos ,sin embargo, no es una víctima primaria del delito

Como consecuencia de esta visión del delito,( la violación de las relaciones personales) se crean obligaciones y responsabilidades. Esto es, todos tenemos que recordar que todo derecho lleva aparejado responsabilidades y viceversa.

miércoles, 18 de junio de 2025

Justicia restaurativa en casos de discriminación racial

 


INTRODUCCIÓN

Hace unos días vi una noticia de una entidad que trabaja con personas migrantes, en la que leía que han realizado un informe sobre los casos de discriminación racial en España, los que se denuncian y los que no. Asimismo pude leer como proponían justicia restaurativa y diferentes intervenciones algunas con mayor éxito que otras y que voy a valorar después.

Sin duda, es cierto que la justicia restaurativa tiene mucho que decir en delitos de odio y en concreto en casos de discriminación racial, sin embargo, lo que me deja un poco perpleja es que en el informe que presentan no han consultado a nadie experto en justicia restaurativa salvo que consideren expertos a personas que trabajan en atención a víctimas ( y hay que advertir que los psicólogos, trabajadores sociales etc. no son per se expertos en justicia restaurativa, serán expertos en su área de trabajo pero no en esta justicia)

DISCRIMINACIÓN RACIAL Y JUSTICIA RESTAURATIVA

La discriminación racial implica tratar a alguien de manera diferente o injusta debido a su raza, etnia, color de piel o su origen racial. Esta discriminación puede manifestarse en diversas formas, discriminación en el empleo , en el acceso a la vivienda, humillaciones, insultos y, en casos extremos, crímenes de odio. Por tanto, puede existir discriminación sin ser constitutiva de delito pero causar daños, y cuando existen daños lo lógico sería proporcionar espacios para sanar. Sin embargo, muchas veces la justicia tradicional no puede intervenir, o no sabe abordar estos daños de una forma realmente sanadora. A pesar de esto, hay que recordar que en España, el principio de igualdad y no discriminación se encuentra recogido en la Constitución Española de 1978. El artículo 14 nos dice que “los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”. 

Pero aunque existe protección legal y jurídica, la gestión emocional que generan los daños causados por la discriminación racial puede necesitar de algo más, este algo más puede ser terapia o acompañamiento psicológico o quizá justicia restaurativa o incluso puede ser ambas cosas. Continuar leyendo en lawandtrends



martes, 17 de junio de 2025

Justicia restaurativa y comunidad

 


EL DELITO DAÑA TAMBIÉN A LA COMUNIDAD

A pesar de lo que pueda parecer, el delito afecta a más personas que la víctima y el infractor, esto generalmente, no lo tiene en cuenta la justicia tradicional, el delito daña a la sociedad. El daño que genera el delito daña a la víctima, a sus familiares pero también afecta a toda la comunidad. Y por esto es importante los procesos restaurativos que son más inclusivos porque tienen en cuenta a la comunidad. La  participación de la comunidad en la justicia es un acierto y resulta del todo beneficioso e importante. ¿Por qué?Todos estamos conectados y un valor importante de esta justicia restaurativa, es la relación o cómo nos relacionamos, con los demás miembros de la comunidad. Cada uno de nosotros somos piezas de un mecanismo o engranaje superior que es la comunidad y todos somos esenciales, para que esta comunidad funcione bien, y no se desquebrajen los lazos que nos unen. Cuando un delito se comete...dos piezas esenciales: infractor y víctima se separan de la comunidad y ésta empieza a resentirse y sentir que ha perdido dos piezas esenciales y que así no puede funcionar con normalidad 

lunes, 16 de junio de 2025

¿Por qué surgió la justicia restaurativa en el ámbito penal?

 


CIRCUNSTANCIAS QUE DETERMINARON EL SURGIMIENTO DE LA JUSTICIA RESTAURATIVA

Hoy me gustaría recordar qué factores nos han llevado a creer que otra justicia más humana y real es posible, es decir, qué situaciones llevaron al surgimiento de la justicia restaurativa en el ámbito penal:

Primero, las víctimas están fuera del sistema penal. Para la actual justicia retributiva importa más que se ha vulnerado la norma creada por el estado que el hecho en si mismo de que se ha causado daños a una persona. El  sufrir un delito lleva a aparejado además de un daño material y moral, unas necesidades que se reclaman precisamente de la justicia y generalmente no obtienen: recuperar el sentimiento de seguridad, información de lo que va sucediendo con su caso, contar la historia como medio para poder ir incorporándola a su vida como una historia más, recuperar el control sobre su vida, y también necesitan reivindicarse: sentir que su humillación por sufrir el delito se transforma en honor y respeto.

Segundo; el sistema penal tradicional en muy rara ocasión fomenta la responsabilidad del infractor y si lo hace, suele ser por conseguir beneficios jurídicos. Para el sistema penal no importa si se es o no culpable, el abogado probablemente le dirá que no confiese salvo por conseguir algún beneficio, la justicia de por si le dice que tiene un serie de derechos que indirectamente le están dando pie para que nunca reconozca los hechos.  No hay espacio para la asunción de responsabilidad de forma voluntaria y por la necesidad de hacer lo correcto.

domingo, 15 de junio de 2025

La justicia restaurativa es mucho más satisfactoria

 

(imagen propiedad de Virginia Domingo)

La justicia restaurativa es importante porque atiende de mejor manera las necesidades de las víctimas, ayudan a los infractores a entender el daño que han causado y fomenta la participación de la comunidad.  La justicia restaurativa es inclusiva, participativa, tiene en cuenta a las personas que hay detrás del número de expediente y sobre todo aborda el aspecto emocional del delito.

viernes, 13 de junio de 2025

Algunos beneficios de la justicia restaurativa

 


INTRODUCCIÓN

Intentar resumir, sintetizar o generalizar qué es la Justicia Restaurativa es simplemente complicado, por cuanto si preguntamos a las víctimas o infractores, cada uno de ellos explicará que esta justicia es una cosa y a buen seguro será diferente, que lo que otros opinen y es que el camino hacia la restauración es diferente porque son diferentes las necesidades de las víctimas y esto conlleva diferentes obligaciones de reparación o compensación para el infractor

Todos somos distintos y damos más valor a uno u otro aspecto de las cosas, en este caso de los valores y beneficios de la justicia restaurativa. 

Quizá el aspecto más destacado de la justicia restaurativa es que es la justicia del sentido común, la que siempre debió existir y que fuimos perdiendo a la vez que cedíamos poder al estado, como único capaz de resolver conflictos y hacer justicia.

jueves, 12 de junio de 2025

Derechos y responsabilidades para la justicia restaurativa


 TODO DERECHO CONLLEVA RESPONSABILIDADES

Una vez oí decir a Howard Zehr y estoy de acuerdo con él, que se nos suele recordar continuamente nuestros derechos, todos hablan de estos derechos pero pocas veces se comenta que todo derecho, lleva aparejado una serie de responsabilidades y obligaciones De esta forma, cuando se comete un delito, el infractor tiene una serie de derechos que el estado y la justicia tradicional se encarga de recordarle ( obviamente son derechos propios de un estado social y democrático) sin embargo, a veces veo que se pone tanto énfasis en sus derechos, que les aleja y no alienta su asunción de responsabilidad, pero no sólo eso, sino que tampoco fomenta su empatía y el reencuentro con su humanidad. Una y otra vez, el sistema está obsesionado con los derechos del infractor, lo que ha llevado de forma paradójica, a un casi olvido de la víctima, y de que sus necesidades y derechos, también deben ser atendidos, y no solo castigando al infractor, sino viendo qué necesita para sentirse reparada o al menos, compensada del daño sufrido. Sin perjuicio, de sus derechos, el infractor debería enfrentar lo que ha hecho, ser alentado para entender el impacto de su comportamiento y del daño y que así pueda asumir como suya la obligación de tomar todas las medidas necesarias para hacer las cosas bien. 

miércoles, 11 de junio de 2025

Necesitamos verdaderas políticas públicas con enfoque de justicia restaurativa

 


“El delegado de medio ambiente  convoca a los medios de comunicación para mostrar cómo trabajan seis jóvenes a los que han pillado haciendo pintadas. La cuadrilla se baja de una furgoneta blanca en la Plaza Juan Muñoz. Sus uniformes recuerdan a los EPI que se vieron durante la pandemia”.

Esta es una de las muchas noticias que se han visto en prensa sobre cómo el Ayuntamiento de Madrid permite a los grafiteros cambiar multas limpiando paredes. He llegado a visionar videos donde se exponen a estas personas y se les presenta en público antes de iniciar su tarea. Casi como una operación de marketing, el delegado de medio ambiente habla de las bondades de este sistema.

Si uno lee entre líneas puede pensar que es una medida alternativa, educativa y pedagógica. Incluso yendo un poco más allá a primera vista podríamos pensar en una forma de reparar el daño y de generar espacios restaurativos de responsabilización. Sin embargo no es oro todo lo que reluce y algo que podría ser realmente interesante para abordar estos daños que se causan de forma general en todas las ciudades,  se ha quedado a medio camino entre un castigo muy visual o una especie de escarnio público.

EL CASO DEL QUE HABLAMOS NI ES RESTAURATIVO NI EDUCATIVO O CONSTRUCTIVO

Me gustaría reflexionar sobre cómo estas acciones aunque puedan resultar muy impactantes no tienen un enfoque restaurativo ni pueden considerarse una forma de reparar el daño. En primer lugar no deja de ser una medida no voluntaria porque la opción es pagar altas multas o ayudar a limpiar grafitis. Muchas personas pensarán pero pueden elegir, si es cierto, pero la elección en este caso se ve forzada ante la otra alternativa que es mucho más gravosa para ellos. Por otro lado, no entiendo que excluyan a reincidentes, puesto que si se considera una medida educativa y pedagógica incluirles podría marcar la diferencia a la hora de reducir el número de grafitis. Continuar leyendo: lawandtrends

martes, 10 de junio de 2025

¿Quién es la persona ofensora?


 LA JUSTICIA TRADICIONAL EXCLUYE Y ESTIGMATIZA

Muchas veces he visto que a las personas nos resulta muy difícil pensar en la persona ofensora y verlo como la un ser humano, sobre todo si el delito es de cierta gravedad,  esto igual cambia si es un familiar nuestro, el que ha cometido un delito. Generalmente para muchas personas, es más fácil  ver al victimario como alguien diferente del resto de la población, como alguien que por sus circunstancias o características tiene tendencia a delinquir. En estos casos, lo que debería hacerse es intentar neutralizar a estos infractores para evitar que vuelvan a delinquir, puesto que sus circunstancias les hacen proclives a ello. Estaríamos hablando de una justicia que excluye, estigmatiza y separa para evitar un daño al resto de la comunidad. Aunque me duela decirlo esta es la Justicia que muchas veces tenemos y que fomentamos a través de los medios de comunicación. Sin duda, para alguien que ha sufrido un delito puede ser más tranquilizador pensar que el que le ha causado un daño es una persona proclive a la delincuencia,  diferente del resto de la población, casi un demonio. Sin embargo, la realidad es que en la generalidad de los casos la persona ofensora es alguien normal, que en un momento dado ha ido por un camino diferente y esto le ha llevado a dañar a otro ser humano y a la sociedad.

lunes, 9 de junio de 2025

Los círculos de diálogo

 


(texto de Kay Pranis)

Los círculos son la herramienta más versátil, son un espacio donde se genera el ambiente idóneo para compartir historias. En la imagen, Kay Pranis nos dice lo que implican los círculos. Cuando realizas un círculo con las mismas personas durante un tiempo, se genera una interrelación que viene a ayudar especialmente a personas privadas de libertad a no solo responsabilizarse por el daño y hacer una reflexión sobre su vida y sus actos, los ayuda a sentirse entendidos, comprendidos y apoyados. Al final es lo que queremos que cuando tengan un problema al salir, piensen en los compañeros del círculo y juntos puedan ayudarse mutuamente. Pero es que funciona también en programas como Ave Fénix para víctimas de violencia sexual y género, porque compartir nuestras historias nos acerca como personas y nos hace sentir que no estamos solos (genera conexión)

Es una herramienta restaurativa democrática, en la que tanto facilitadores como participantes son solo eso personas. Y además estoy convencida que los círculos nos ayudan a sacar lo bueno que tenemos, nos acerca a las otras personas, nos hace entender la importancia de relacionarnos con los demás y nos da las herramientas para reflexionar sobre hacer un cambio positivo en nuestras vidas si fuera necesario.

domingo, 8 de junio de 2025

¿Qué objetivos tiene la justicia restaurativa?

 

(imagen propiedad de Virginia Domingo)

La justicia restaurativa trata de hacer frente a los daños que surgen tras el delito, daños en la víctima, pero también en el ofensor y la comunidad. Asimismo favorece y da la oportunidad al ofensor de ver el impacto que su acción ha tenido en la víctima y la comunidad, pero también le ayuda a entender que el delito también le daña a él y a su relación con su familia y la sociedad en general. Por eso, siempre que sea posible la justicia restaurativa favorece la participación de todos los que de alguna manera resulten afectados por la conducta dañosa. En todo caso, no debemos olvidar que no todo se reduce a una reunión conjunta con la víctima, la reparación del daño puede ser muy variada, se trata de devolver algo bueno a la sociedad por el daño causado. Mi opinión es que la reparación conlleva actividades, actitudes y actos del victimario que demuestran que ha entendido el daño que ha ocasionado y que al menos quieren mitigarlo, devolviendo algo bueno a la sociedad, a la víctima y a su familia.

viernes, 6 de junio de 2025

Los espacios restaurativos generan seguridad y apoyo

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

Estos son algunos de los muchos beneficios de los programas individuales de justicia restaurativa y de la justicia restaurativa en general. Pero para que se puedan generar estos beneficios debemos realizar verdaderos programas y no cursos o talleres que son otra cosa distinta. Los primeros son verdaderas intervenciones restaurativas los segundos implican transmisión de conocimientos. 

jueves, 5 de junio de 2025

Reparación y reconexión con la justicia restaurativa

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

Con la justicia restaurativa tenemos dos objetivos:

El primero es la reparación del daño a la víctima, porque nos preocupa el daño causado, pero iría un poco más allá y diría que también nos debe preocupar el daño que se ocasiona a la sociedad y al mismo infractor, por eso, debemos hacer frente a una reparación del daño de cara a ayudar a sanar a la víctima pero también una reparación del daño que vaya al origen del delito y ayude a la persona ofensora a no repetir los delitos y así de paso, apoye a la sociedad a sentirse más segura porque es menos probable que la persona ofensora vuelva a reincidir.

El segundo es la reintegración o reconexión, porque precisamente necesitamos un futuro en el que haya menos delitos para esto es importante además de acudir al origen del delito, ayudar a las personas afectadas a volver a tener relaciones sociales fuertes, que los ayude a sentirse parte de la comunidad, de su familia, de su círculo de amigos... y así sientan que vuelven a ser importantes para el grupo, a esto lo llamo reconexión más que reintegración.

miércoles, 4 de junio de 2025

La preparación de la víctima y la persona ofensora en justicia restaurativa

 


TRABAJO INDIVIDUAL CON LAS VÍCTIMAS

Una parte esencial de los procesos restaurativos, cualquiera que sea la herramienta es la preparación individual con cada parte. Con respecto a las víctimas, solemos tener tendencia a pensar que puede ser malo una reunión conjunta, especialmente si es un delito grave, sin embargo, la realidad demuestra que la mayoría de las víctimas que desean participar en un proceso de justicia restaurativa, tienen claro por qué y qué quieren conseguir con ello: algunas ser escuchadas, otras solo decirle al infractor que van a recuperar el control de su vida, otras igual necesitan ver el remordimiento del infractor.....Efectivamente, ahí es donde entra la labor del facilitador , ver qué expectativas tiene la víctima con respecto a la posible reunión cara a cara y valorar si estas se podrían cumplir y si al menos son realistas. Por ejemplo, si la víctima desea solo que la pidan disculpas, habrá que valorar la posible reunión porque el pedir perdón, no es un objetivo real de la justicia restaurativa y es algo personal de cada ser humano, no podemos asegurar que surja o no. Se trabajaría con ellas individualmente para conseguir que sus expectativas se ajusten a lo posible y sobre todo para que entiendan que la Justicia Restaurativa se centra en el diálogo y como conseguir la "curación de sus heridas" y rendición de cuentas del infractor. Otra posibilidad y esto también es una labor restaurativa, es valorar si la víctima necesita ser atendida por otro profesional,  antes de un proceso restaurativo (por ejemplo psicólogo...) y en este caso el facilitador,  así se lo debería transmitir a las víctimas

martes, 3 de junio de 2025

La justicia restaurativa trata las necesidades emocionales y relacionales

 


EL DELITO DAÑA A LAS PERSONAS

El postulado fundamental de la Justicia Restaurativa es que el delito perjudica a las personas y las relaciones entre ellas  y que la justicia necesita la mayor compensación del daño posible. De esta premisa básica, surgen preguntas clave: ¿Quién es el perjudicado, cuáles son sus necesidades y cómo se pueden satisfacer dichas necesidades?. Por tanto, si el delito daña a las personas y las relaciones, lo justo es que se repare el daño tanto como sea posible. La justicia restaurativa no se aplica porque es merecida, sino porque es necesaria. La justicia restaurativa se logra de manera ideal mediante un proceso cooperativo que involucra a todas las partes interesadas primarias ( víctimas, infractores y comunidad de apoyo) en la decisión sobre la mejor manera de reparar el daño ocasionado por el delito. Solemos pensar que cuando una víctima reclama que se haga justicia, que lo que pide es que el infractor sea castigado, realmente no siempre es así y si lo piden es porque no encuentran de la justicia ningún apoyo más. Pero las víctimas tienen unas necesidades cuando claman por justicia, como la de ser escuchada, ser informada y poder sentirse reparada de la forma que necesite no como imponga el sistema y pocas veces son atendidas por el sistema tradicional de justicia.

lunes, 2 de junio de 2025

Empoderamiento con la justicia restaurativa

 


INTRODUCCIÓN

Vivimos en un mundo donde todo es gestionado por terceros. El estado y las instituciones nos tratan como casi incapaces y un claro ejemplo es la justicia, si tenemos un problema o sufrimos un delito, acudimos al juzgado buscando justicia, sin embargo, una vez que lo hacemos, todo se gestiona por profesionales ajenos al problema, en el que poco o nada tenemos que decir, cualquier persona teóricamente experta, sabe lo que nos conviene o parece saberlo mejor que nosotros mismos. El punto de pérdida de poder, llega al límite cuando la propia víctima pierde su estatus de víctima en favor del estado. Como decía Nils Christie, el estado se apropia del conflicto y del delito, se erige como víctima que ha sufrido la violación de una norma creada por él y la víctima real, la que ha sufrido el daño pasa a un segundo plano, a ser un mero testigo o “carnaza” para intentar condenar y castigar al infractor. Las víctimas y la comunidad en general, pierden o ceden el poder a terceros ajenos por completo al delito y al impacto que el delito o conflicto tiene en sus vidas. Por eso, a través de la Justicia Restaurativa, se devuelve el poder a las personas afectadas por el delito (empoderamiento)

domingo, 1 de junio de 2025

Justicia restaurativa las palabras mágicas


NO TODO ES JUSTICIA RESTAURATIVA 

Actualmente la palabra justicia restaurativa está de moda, lo cual no deja de ser gracioso porque aun me acuerdo cuando en el 2004 acudí a la fiscalía hablando de justicia restaurativa y me dijeron que no existía. Cuando reflexiono sobre ello, podríamos pensar que hemos avanzado mucho pero desgraciadamente, lo único que hemos hecho es adoptar las palabras "justicia restaurativa" en nuestro lenguaje cotidiano independientemente de que al final, lo usamos para todo sin saber, realmente qué es esta justicia y sobre todo qué no es.

Como decía Howard Zehr actualmente estamos en un momento en el que corremos el riesgo de pensar que hacemos justicia restaurativa y no lo es, o simplemente hacemos prácticas que podrían ser potencialmente restaurativas pero tampoco las estamos dando el enfoque adecuado.

Un ejemplo de esto es cuando trabajamos con condenados a medidas alternativas, este sería un campo interesante para trabajar con enfoque restaurativo pero si partimos de que los que participan en el programa son obligados ....¿cómo pueden decir que es justicia restaurativa? Son personas que han sido condenadas a una medida alternativa a la prisión, a realizar un determinado programa pero en todo caso no es justicia restaurativa porque no goza de algo esencial de esta justicia la voluntariedad. 

viernes, 30 de mayo de 2025

Del paradigma retributivo al restaurativo

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

 CAMBIO DE PARADIGMA CON LA JUSTICIA RESTAURATIVA

El cambio de paradigma con la Justicia Restaurativa es importante y radical, frente a los objetivos del sistema penal tradicional que son: 

Pena merecida por el infractor 

Privación de la capacidad de seguir cometiendo delitos 

Disuasión de cometer otras infracciones.

La Justicia Restaurativa tiene como objetivos centrales:

Reparación de la víctima ( porque nos ocupamos del daño causado por la ofensa)

Reintegración de la víctima e infractor (porque deseamos un futuro con menos delitos, en el que se pueda vivir en paz y armonía) 

En este sentido y como dice Braithwaite, la Justicia Restaurativa puede ser un proceso constructivo y preventivo en el que se obtiene un compromiso mucho más autentico de hacer las cosas necesarias para impedir que se produzca otro delito de este tipo en el futuro, gracias al grado de intimidad en la conversación que reúne a los afectados por el delito.El cambio es esencial, se pasa de pensar exclusivamente en el castigo al infractor sin responsabilización ni favoreciendo la reparación a la víctima, a una atención principal a la víctima y a todos los afectados, en general por el delito.(lo cual no es contradictorio con que se incluya al infractor, para ver qué hacer para neutralizar las causas que dieron lugar al delito) Se pasa de un visión meramente retributiva y protocolaría en la que todo es guiado por profesionales ajenos al delito, a un proceso participativo en el que los protagonistas son los "tocados" por el delito, la Justicia Restaurativa es flexible, adaptada a cada caso, humana y cercana a la realidad  social del delito.

EL RIESGO DE PERVERTIR LOS BENEFICIOS DE ESTE CAMBIO DE PARADIGMA

Sin embargo, estamos corriendo   un gran riesgo, con este supuesto cambio, puesto que en ocasiones se quiere moldear esta justicia restaurativa a imagen y semejanza de la retributiva, con rígidos protocolos, y tiempos, sin dejar espacio a la característica de la justicia restaurativa, su flexibilidad y capacidad de adaptarse a las personas afectadas y no a gestionar el expediente número x.  Esto sucede porque se unen al carro teóricos, grandes penalistas pero que no se han despojado de su formación de origen, y ven esta justicia como una alternativa, como mecanismo alternativo y solo para delitos leves, quitando así el potencial real que puede tener esta justicia, en sus diferentes aproximaciones ya sean en programas individuales o totalmente restaurativos.

 El camino restaurativo de los que se vieron afectados por el delito es diferente....para unos será más largo que para otros y más doloroso, por eso se debe partir de una Justicia Restaurativa, como derecho universal para todas las víctimas con independencia de la gravedad del delito, en la que los operadores jurídicos participarán como invitados y corroborando su eficacia pero en la que los verdaderos protagonistas sean las personas que sufrieron el daño y las que cometieron el delito, solo así se conseguirá una verdadera justicia restaurativa.

jueves, 29 de mayo de 2025

La justicia restaurativa es una justicia que sana


 JUSTICIA

Algunos piensan que la Justicia Restaurativa, no es realmente una justicia que se pueda aplicar en la práctica, la consideran más bien una utopía. ¿Utopía? Realmente no estoy de acuerdo, salvo si pensamos en justicia como algo utópico, querer justicia acaso no resulta utópico, pues para muchos ciudadanos si. Cuando una pregunta a las personas, si creen en la justicia, la mayoría por no decir casi la totalidad de los ciudadanos, nos van a decir que no hay justicia, para estas personas realmente sería una utopía conseguir que la justicia satisfaga sus necesidades. Por eso, no comprendo que alguien piense que es una utopía la Justicia Restaurativa cuando precisamente es esta justicia, la que va a hacer realidad, las necesidades de justicia de las personas que sufren el impacto del delito. Entiendo que algunos penalistas, muy apegados a la legalidad vigente, a las normas, a las escuelas y corrientes doctrinales más clásicas, vean un "peligro" en la Justicia Restaurativa, porque frente a normas, y teorías conceptuales frías,  partimos de dar cierta "calidez" y "humanidad" a estas mismas normas para hacerlas más reales y sobre todo más cercanas a los destinatarios: los ciudadanos.

miércoles, 28 de mayo de 2025

La justicia restaurativa es una buena opción para muchas víctimas incluso de delitos más graves


 “Acepta 8 años de prisión por matar a golpes a un joven en las fiestas de Íllora (Granada)” “ El acusado de matar a un joven a golpes en un pueblo de Granada sólo estará ocho años en prisión”

Estos son dos de los muchos titulares sobre la misma noticia que a primera vista nos transmiten que para muchos de nosotros hacer justicia es castigar duramente a la persona ofensora.

La noticia sigue y se resume en lo siguiente: “El homicida admite que le quitó la vida a Juan, un chico de Íllora que sólo tenía 19 años, y el acuerdo entre las partes rebaja la petición de pena, que estaba en 20 años. Además debe indemnizar a la familia y la novia, se le prohíbe acercarse a las víctimas y no podrá volver al pueblo durante los próximos 15 años”.

Según las partes y en especial el abogado de la familia: “con este acuerdo se busca evitar un juicio en el que se iban a rememorar unos hechos muy complicados para la familia y también calmar los ánimos en la localidad, donde este crimen desencadenó diversos altercados que acabaron con destrozos a viviendas y vehículos del entorno del ahora condenado”. Escuchando algunos programas de televisión pude notar cómo se cuestionaba este acuerdo y una vez más se planteaban si las víctimas habían hecho lo correcto. Un presentador llego a decir según él,  solo como reflexión, que  si hubieran ido a juicio hubieran podido obtener una condena más alta aunque esto significara aguantar la presión de los días que durara el juicio.

Parece que sea el delito que sea siempre cuestionamos las decisiones de las víctimas en general, porque opinamos con nuestros ojos y no nos damos cuenta de que nosotros no somos las víctimas.

HACER JUSTICIA NO ES SINÓNIMO DE PENAS MÁS DURAS

Cuando una víctima reclama : “quiero que se haga justicia” es común pensar que lo que está pidiendo es penas muy duras. De hecho, el castigo nos da cierta sensación de seguridad especialmente a la sociedad, los que no hemos sido víctimas del delito. Sentimos cierto alivio en pensar que la persona acusada de crímenes atroces permanecerá muchos años en prisión, sin embargo, solo estamos trasladando el problema durante unos años, puesto que la persona volverá a salir de prisión y volveremos a perder esta seguridad.  Respecto de las victimas puede ser que a priori su necesidad sea este castigo pero según va pasando el tiempo,  tienen otra serie de necesidades que en muchas ocasiones nada tiene que ver con este castigo severo. Y es en estos casos cuando no logramos entender que puede haber víctimas que puedan necesitar ciertas cosas que no implican penas duras o castigos ejemplarizantes. Continuar leyendo en : lawandtrends

martes, 27 de mayo de 2025

La justicia restaurativa favorece el desistimiento del delito

 


QUERER CAMBIAR

Entiendo que una consecuencia beneficiosa de la Justicia Restaurativa es la reducción de la reincidencia, sin embargo, también es cierto que a muchas personas les cuesta creer que el infractor tras un proceso restaurativo pueda decidir no delinquir y vivir de acuerdo a las normas, muchos me preguntan ¿por qué el infractor  decide no volver a delinquir y abandonar su carrera delictiva?.¿Es cierto que la justicia restaurativa produce este efecto? Obviamente, una vez más tengo que decir que la Justicia Restaurativa no es la panacea pero si se es cierto que en algunos personas puede ser esencial para este "cambio". Aunque algunos puedan pensar que esto es imposible, la realidad es que hay personas que deciden cambiar y entonces ¿Qué motiva este cambio? Y sobre todo ¿Cuál es el proceso que les hace querer cambiar?. Estoy convencida que quizá la justicia restaurativa en sí misma,  no es el detonante en todos los casos, creo que en ocasiones,  la simple oportunidad de mirar a las personas como personas, más allá del daño cometido, es el comienzo de su voluntad de querer cambiar. 

lunes, 26 de mayo de 2025

Vergüenza y sentimiento de culpabilidad para la justicia restaurativa

 


INTRODUCCIÓN

Hoy quiero retomar el tema de la culpabilidad y la vergüenza en el infractor, porque frecuentemente solemos juzgar a un infractor y pensar que sino quiere reconocer el delito puede ser porque es un ser malvado, sin embargo, nos olvidamos que como seres humanos que somos nos guiamos por las emociones y en ocasiones, la vergüenza puede hacerlos negar el delito. Por eso, las sesiones individuales de los procesos restaurativos pueden ser un instrumento importante, para conseguir que pasen de la vergüenza a la culpabilidad, o al menos como decía Braithwaite la vergüenza estigmatizante se torne en reintegrativa. Pues bien, los infractores o al menos la mayoría no son ajenos a este conglomerado de sentimientos contradictorios, y como no podía ser de otra manera, la Justicia Restaurativa puede ayudarlos junto con otros profesionales a aclarar y reforzar los que sean positivos y les puedan servir de soporte para hacer las cosas bien. Hace tiempo leí un artículo que hablaba de culpabilidad y vergüenza y comentaban que los presos que mostraban culpabilidad eran menos propensos a reincidir que aquellos que sentían vergüenza ¿Por qué?