jueves, 29 de diciembre de 2022

Algunos valores de la justicia restaurativa


 (imagen propiedad de Virginia Domingo)

Para entender y saber si estamos siendo restaurativos o estamos realizando otra intervención no restaurativa, debemos acudir a los principios y los valores de la justicia restaurativa. Actualmente vivimos momentos en los que la justicia restaurativa se asocia a terapia, mediación, formación....y el límite entre por ejemplo un taller formativo para favorecer la reinserción y un programa restaurativo no es claro, por eso tener en cuenta los principios y valores nos puede servir de brújula para saber si estamos actuando de forma restaurativa. 

En todo caso, las actividades formativas, talleres de búsqueda activa de empleo, de deportes, asistencia psicológica etc son actividades complementarias que junto con un programa de justicia restaurativa pueden ofrecer a víctimas y personas ofensoras una mejor atención.

miércoles, 28 de diciembre de 2022

Duros con el delito y blandos con las personas que hay detrás


INTRODUCCIÓN

Siempre he comentado, que la Justicia Restaurativa surgió por y para las víctimas, para superar el olvido de la Justicia Penal tradicional y para devolverlas el protagonismo que las corresponde, en un hecho que las afecta tan directamente como es el delito. Cierto es que si el delito es una violación de las relaciones de las personas que causa daños, toma prioridad, la atención a estos daños que sufren las personas afectadas: las víctimas. Sin embargo, también es cierto que suelo comentar que en un círculo de beneficios ayudando a las víctimas, se ayuda al infractor, pero quizá mi postura siempre ha tendido al apoyo de la víctima, sin duda esto no es malo pero no se puede olvidar al infractor. Porque el delito daña a la víctima, a la comunidad pero también afecta al infractor. La Justicia Restaurativa tiene que atender las necesidades del infractor, para poder ayudarlo a reconectar con la comunidad. Esto no es justificar al infractor o minimizar el daño que ha causado con el delito, al contrario, esto trata de atender sus necesidades como paso para recuperarlos como personas productivas. Hay que atender al infractor, no encerrarlo y tirar la llave porque entonces lo único que estamos haciendo es reafirmarlos como delincuentes, sin posibilidad de reinserción. ¿A qué me refiero? Cuando no tratamos como seres humanos, a las personas que han cometido un delito, al final, ellos mismos se autoconvencen de que no merece la pena, cambiar. 

martes, 27 de diciembre de 2022

Justicia restaurativa como paradigma

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

JUSTICIA RESTAURATIVA COMO PARADIGMA

Entendiendo por reconsideración, la asunción de responsabilidad del infractor, así como el cambio de visión de la víctima, que verá en la persona que le hizo daño, alguien como él o ella pero que quiere cambiar y hacer lo correcto, esto llevará al victimario al remordimiento, no en sentido religioso (puede ser religioso para el que lo sea, pero para el que no, será más bien ético) y querrá reparar el daño o al menos compensarlo, esto en lugar de aislarlo, lo llevará a la vuelta a la comunidad (reconexión).

 Pero además, este empoderamiento y escucha a las víctimas, también las ayudará a reconectar de nuevo con la sociedad, y evitar aislarse del grupo.

lunes, 26 de diciembre de 2022

La comunidad como victima y agente responsable


INTRODUCCIÓN

Cuando se comete un delito, y alguien sufre un daño, también tenemos claro que el equilibrio moral debe ser restaurado para preservar las relaciones sociales, y aquí entra en juego la Justicia Restaurativa. ¿Cómo? No dejando solas a las víctimas con sus quejas y sus pérdidas. Queremos que sus pérdidas y daños materiales, mentales y sociales se puedan atender y la victimización sea eliminada, esto sin duda, se consigue de una manera más eficaz a través de la Justicia Restaurativa porque es una Justicia más participativa y que da el protagonismo que corresponde a los realmente afectados por el delito .El delito bajo esta perspectiva es una violación de las relaciones personales y esto afecta no solo a víctima e infractor sino también a la comunidad. Además la comunidad es víctima indirecta de los delitos porque cuando un delito se comete...dos piezas esenciales: infractor y víctima se separan de la comunidad y ésta empieza a resentirse y sentir que ha perdido dos piezas esenciales y que así no puede funcionar con normalidad. Esto supone que la comunidad también sufre el impacto del delito y la consecuencia de la debilitación de los lazos sociales y el aumento del sentimiento de inseguridad, además de la perdida de confianza.

domingo, 25 de diciembre de 2022

Algunas consideraciones respecto a las buenas prácticas en justicia restaurativa


INTRODUCCIÓN

Cuando se estaba elaborando el Estatuto de la Víctima, la asociación que presido: Sociedad Científica de Justicia Restaurativa estuvo elaborando varios informes para el Ministerio de Justicia acerca de cómo enfocar la Justicia Restaurativa, no solo en este Estatuto sino también en otras futuras normas, que para nuestra desgracia siguen sin culminarse. El primer punto a tener en cuenta es que las personas debieran tener formación especifica en justicia restaurativa si quieren participar en programas o hacer metodologías, y enviar a voluntarios, sin formación a hacer justicia restaurativa no es ético tampoco. Esto desgraciadamente es en España muy común y un riesgo para las personas que van a participar. Otras  consideraciones importantes que creo que se deben tener en cuenta son las siguientes:

¿En qué consisten los procesos restaurativos?

Las prácticas o herramientas de Justicia Restaurativa, hacen hincapié en la reparación del daño causado a las víctimas y la comunidad por delitos. Estas herramientas de justicia restaurativa incluyen de forma ideal reuniones preparatorias y conjuntas y pueden ser mayormente restaurativas sin incluyen a víctima e infractor (es la llamada reunión víctima-ofensor), otras son totalmente restaurativas porque incluyen a víctimas, ofensores y comunidad (como las conferencias y los círculos), también tenemos los programas individuales que son parcialmente restaurativos y se puede trabajar solo con víctimas, solo con ofensores o solo con comunidad. Estos programas individuales deben seguir los principios de la justicia restaurativa y utilizar alguna metodología de justicia restaurativa para ser considerados restaurativos, de ahí que impartir un curso de formación, un taller ocupacional, ayudar a escribir un libro sobre justicia restaurativa, y cualquier otro similar no es justicia restaurativa (lo cual no implica que no sea bueno porque ayuda a las personas) Las prácticas de justicia restaurativa se pueden utilizar, como complemento a la sentencia en delitos graves ,  bien como alternativa posible en delitos más leves. También podemos usarla como prevención, para fortalecer los lazos comunitarios, para favorecer la reinserción etc.

viernes, 23 de diciembre de 2022

¿Satisface la justicia retributiva las necesidades de las víctimas?


INTRODUCCIÓN

Veamos, la idea de la actual justicia punitiva o retributiva trata acerca de infligir al infractor un castigo adecuado, un daño similar y proporcional al que causó ¿Alguien tiene una formula matemática para medir  el dolor? Realmente creo que este sistema es arbitrario porque ¿Cómo se cuantifica cuantos días, meses o años  son un castigo justo y equitativo para los delitos? Y yendo un poco más allá, y como ejemplo, imaginemos un padre que mata a sus dos hijos, solo matándolo dos veces podríamos equiparar un poco las dos vidas inocentes sesgadas por la mano de su progenitor. Por eso, hablar de justicia retributiva se torna una contradicción porque se me antoja imposible encontrar una fórmula justa entre pena y delito, entre dolor que se infrinja al infractor y el dolor causado por el delito a las victimas y sus allegados. Además erróneamente, se ha hecho creer a las víctimas que el castigo compensará el daño causado y que va a recuperar su vida, solo con ese acto pero la realidad demuestra que la mayoría no sienten que se ha hecho justicia ¿por qué?

jueves, 22 de diciembre de 2022

Indicadores de lo que la justicia restaurativa implica



INDICADORES DE  LO QUE IMPLICA LA JUSTICIA RESTAURATIVA

Si partimos de que la Justicia Restaurativa es mucho más que metodologías específicas y que es un conjunto de principios y valores, que deben informar la justicia actual para hacerla más humana e incluso debe informar nuestra forma de vida, entonces hoy intentaré reflejar algunos indicadores de lo que conlleva esta Justicia Restaurativa:

Compromiso

Se trata de involucrar a los afectados incluyendo a la comunidad, (es decir, la víctima, la familia, el barrio, la escuela, delincuente) en el proceso restaurativo de curación y reparación del daño.

Compromiso de la persona (s) dañada:

• Los estudios demuestran que los perjudicados tienen la oportunidad de opinar y dar forma razonablemente al resultado. (compromiso y reparación)

Compromiso de la persona (s) que han causado daño:

•Los estudios demuestran que el programa involucra activamente a los participantes en la comprensión de los daños, que no justificación y las necesidades relacionadas, así como sus ideas y aportes en la determinación del acuerdos / resultado.

Compromiso de la comunidad

• Los estudios demuestran que los programas restaurativos involucran activamente a la comunidad en la respuesta a las necesidades de los afectados y como forma de fortalecer los lazos sociales desquebrajados por el crimen.

miércoles, 21 de diciembre de 2022

Justicia restaurativa para restaurar la confianza en el ser humano


INTRODUCCIÓN

Muchas veces, he comentado que la Justicia Restaurativa no es tan nueva, puesto que se basa en la Justicia que siempre existió y que se perdió con la evolución de los pueblos, la creación de los estados y la configuración de todo un complejo institucional, administrativo y judicial. Esta visión de la Justicia enraizada en las tradiciones de muchos pueblos, se centra en una visión diferente de la delincuencia y una nueva forma de entender el delito, éste es una fuente de daño que debe ser reparado. Por otra parte, además de los daños concretos que un determinado delito provoca en una persona y sus allegados, el efecto de la delincuencia de manera global, el daño como fenómeno social es la pérdida de confianza, tanto a nivel interpersonal y comunitario. Lo que las víctimas y las comunidades necesitan es tener su confianza restaurada. La obligación esencial de los infractores es demostrar que son dignos de confianza. El propósito de la Justicia debe ser fomentar este proceso.El objetivo primordial de la Justicia Restaurativa, entonces, debe ser el restablecimiento de la confianza. El intento de lograr esto, en ambos niveles personales y social o comunitario puede proporcionar un paraguas unificador para responder a la delincuencia. 

martes, 20 de diciembre de 2022

Justicia restaurativa como "ideal de justicia"

 


INTRODUCCIÓN

Una pregunta un tanto complicada sería :¿qué es justicia o que significa para cada uno de nosotros hacer justicia?. Muchos hablan, de como la justicia no es igual para todos y lo plantean como un gran problema, sin embargo, para mi, sin duda, desde un punto de vista restaurativo, la Justicia no debiera ser igual para todos, sino que la justicia debería consistir en atender las necesidades de cada persona como corresponde. Y así por ejemplo, se tendría en cuenta cada caso concreto y las circunstancias personales y sociales de cada persona y en la justicia penal, del infractor y de la víctima para decidir el castigo y la sanción penal, si es declarado culpable. De esta forma, por ejemplo,  el que aprovecha su posición o cargo para enriquecerse a costa de la sociedad,  debería tener más castigo (que el que roba para conseguir dinero por su adicción)  por su peligrosidad moral y su consciente desprecio del ciudadano.

lunes, 19 de diciembre de 2022

Quién y cómo en la justicia restaurativa


 INTRODUCCIÓN

En estos momentos, la Justicia Restaurativa es la palabra comodín, para hablar de justicia. Muchos deben considerar que queda bonito, hablar de esta Justicia, aún sin especificar qué es o en qué consiste.

Esto puede llevar a muchas personas a pensar que esta justicia está concebida por y para el infractor. En este caso, y de esta forma, corremos el riesgo de que los ciudadanos vuelvan a pensar que esta Justicia Restaurativa surge para ser “blandos” con los infractores, lo que sin duda, perjudicaría la aceptación de esta justicia, que ya es una realidad en muchos lugares. Y entonces ¿Qué es la justicia restaurativa? Un único concepto puede resultar complicado, ya que cada pueblo y cada cultura la ha expresado de una manera diferente. Sin embargo, siempre podemos hablar de unos principios, valores y pilares sobre los que basar la labor restaurativa y que nos indicaran, en qué medida estamos siendo totalmente o solo parcialmente restaurativos.

En primer lugar, habría que matizar que esta Justicia surgió por las víctimas y como una forma de superar el olvido que el sistema penal tradicional ha hecho de forma sistemática de las protagonistas, de la parte esencial en el delito: la que sufre el daño. Nadie mejor que las víctimas para saber qué necesitan y como desean ser reparadas. 

domingo, 18 de diciembre de 2022

Efectos de la justicia restaurativa


 (imagen propiedad de Virginia Domingo)

Tanto para víctimas como victimarios, la Justicia Restaurativa, favorece el paso del desorden al orden, (la narración permite a las personas resignificar lo vivido e incorporarlo a su historia vital con un sentido diferente, ya no eres el delincuente sino la persona que hizo algo malo pero que cambió, no eres la víctima sino la superviviente) de la falta de empoderamiento al empoderamiento (la justicia restaurativa da voz a las víctimas e incluye a todos los que de alguna manera fueron afectados por el delito, por eso es conveniente incluir a la comunidad en las diferentes prácticas restaurativas especialmente si el delito impactó gravemente en mucha población)  y del aislamiento a la reconexión( tanto víctimas como victimarios, necesitan volver a la sociedad, reconectar y sentir que son importantes para el grupo. Pero además la justicia restaurativa nos recuerda que somos seres relacionales y que es importante fortalecer unas relaciones de la comunidad "sanas" e inclusivas)

viernes, 16 de diciembre de 2022

Empatía y justicia restaurativa


INTRODUCCIÓN

Parece que siempre con el proceso penal, nos centramos en el binomio delito-pena y claramente hay un delito, pero lo realmente importante es que hay una persona que ha sufrido un daño, bien directa o indirectamente, es decir hay seres humanos que han pasado a convertirse en victimas. Por eso, la mayoría de los que creemos en la Justicia Restaurativa, (salvo algunos abolicionistas) no nos planteamos la eliminación del castigo, sino el cambio de prioridades: primero hay que centrarse en el binomio daño-reparación (atendiendo las necesidades y las expectativas de las victimas sobre la justicia) y después atenderemos el binomio delito-pena (atendiendo la demanda del estado, ya que puesto que una norma creada por él se ha vulnerado, hay que castigar al infractor). No se trata de un cambio drástico sino de alterar el orden de importancia, a la hora de tratar y abordar el delito. Tal parece que al centrarnos primero en que se ha cometido un delito y que hay que castigar a la persona ofensora, estamos dotando de protagonismo exclusivo a este infractor y al estado, cuando es todo lo contrario, son las victimas ( las personas afectadas) las que deben tener prioridad en todas las actuaciones referentes al delito.

jueves, 15 de diciembre de 2022

¿Cuándo un delito es grave?

 


INTRODUCCIÓN

Siempre digo, que se puede hacer Justicia Restaurativa, en cualquier clase de delitos, incluidos los más graves, es más, ya va siendo hora que se deje de hablar de Justicia Restaurativa como alternativa al juicio, para delitos leves y para agilizar los juzgados. La Justicia Restaurativa, surgió en el ámbito penal, para ayudar a los afectados por el delito, con independencia de su gravedad. Y sin lugar a dudas, cuanto más grave es el delito, más necesaria es la formación especifica en justicia restaurativa.  Sin embargo, es cierto que se me planteo una cuestión que no es baladí. ¿Qué es un delito grave? Si somos del mundo del derecho, automáticamente pensaremos: qué respuesta más sencilla...pues, aquellos que en las leyes que correspondan, estén calificados como muy graves. Pero y ¿para las personas que sufren el impacto del delito?, qué es grave o no....pues no está definido a priori, y a veces, me reprendo a mi misma porque no se puede prejuzgar ningún caso,  ni decir, que es un delito muy leve.

miércoles, 14 de diciembre de 2022

Más allá del castigo, debemos buscar reparación del daño


INTRODUCCIÓN

Aunque la Justicia Restaurativa y la tradicional, difieren en muchas cosas, existen otros aspectos en que confluyen, tanto el castigo como eje fundamental de la Justicia tradicional como la responsabilización del victimario como fundamento de la Justicia Restaurativa, tienen un mismo objetivo:

Que el infractor cambie de conducta, desista del delito

El castigo, por si mismo, a pesar de la creencia popular, no disuade al infractor de repetir conductas similares porque precisamente no fomenta su asunción de responsabilidad. Se trata de que el infractor vea que el delito, no simplemente pasó sino que ellos/as provocaron que pasara.

En cambio, ayudar al victimario a que vea el impacto de sus acciones, pero tratándolos como seres humanos, si genera en muchos la voluntad de no querer reincidir. Y es que no hacemos una sociedad más segura encerrando a los infractores y tirando la llave, sino tratando de que se reinserten y vuelvan de nuevo a la sociedad como personas nuevas.

martes, 13 de diciembre de 2022

¿Qué implica un proceso restaurativo?


INTRODUCCIÓN

 Los procesos restaurativos implican:

1-    Una asunción de responsabilidad por el infractor

2-    Un hacer frente a los daños para reparar a la víctima

3-   Una implicación directa de la víctima y el infractor y cuando sea necesario la comunidad

Respecto del primero, la asunción de responsabilidad debe ser sincera  y no guiada por el objetivo de conseguir beneficios. Se debe reconocer que se ha cometido un delito y como consecuencia se ha causado un daño a víctimas concretas, a la sociedad e incluso a ellos mismos. Reconocer que se cometió un delito es esencial y ahondaría un poco más, quizá lo más importante no es que digan: si, cometí un delito porque esto es tanto como decir, si he realizado una acción u omisión castigada por la ley como delito, ya que esto a priori parece desligarse del hecho de que se ha dañado a otro ser humano. Lo esencial es que el infractor,  conozca el impacto  de su delito y asuma que causó daños. Por eso, el reconocimiento parece vacío, si no se respeta a las víctimas, y si no se reconoce que el daño causado, fue como consecuencia de un delito y que no es que simplemente pasará.

lunes, 12 de diciembre de 2022

La evolución de la justicia restaurativa


INTRODUCCIÓN

 Desde que empecé en esto de la Justicia Restaurativa mucho ha cambiado en el entorno pero sobre todo en mi forma de ver y entender esta Justicia. ¿Cómo?

En primer lugar, me ha dejado de obsesionar la búsqueda de la evidencia de que esta justicia funciona. Este es un problema que suele presentarse cuando se quiere abrir el “camino” a algo teóricamente nuevo y el caso de la Justicia Restaurativa, no es una excepción, sin embargo, si se ha demostrado y hay evidencias de que la Justicia penal tradicional no funciona como debiera y no satisface a los ciudadanos, tenemos que presentar opciones que puedan mejorarla y la justicia restaurativa es esta opción, por eso más que buscar evidencias de su eficacia, habría que darla tiempo, recursos y una buena regulación. De ahí que, aunque los que nos dedicamos a esto, frecuentemente nos vemos agobiados con esta idea, de que hay que demostrar que lo que hacemos es bueno, la realidad es que el día a día va a corroborar la tan “ansiada” evidencia, cuando las personas acudan a la justicia y esta se muestre más cercana y preocupada por cada una de ellas, cuando vean que han dejado de ser un simple número de expediente y sobre todo se den cuenta que su voz es escuchada. Eso sí para que esto suceda necesitamos que los facilitadores realicen buenas prácticas y para esto es esencial formación específica, algo que en algunos lugares como España no está ocurriendo.

domingo, 11 de diciembre de 2022

Los beneficios de la justicia restaurativa son lo más importante


INTRODUCCIÓN

Creo que nos obsesionamos con frecuencia por los conceptos y los nombres. Me explico, si la Justicia Restaurativa está por y para las víctimas, está claro que si preguntamos a cada una de ellas, qué creen que es esta Justicia, estoy completamente segura que cada una definirá la Justicia Restaurativa de muy distinta forma, porque cada víctima debe encontrar el camino hacia esta justicia. Todas las personas que han sufrido un delito y han participado en un proceso restaurativo coincidirán en los beneficios que ha supuesto esta justicia, pero para cada una de ellas el proceso en sí mismo, habrá supuesto distintas cosas, para alguna de ellas con el simple diálogo habrá sido suficiente, otras darán importancia a que han podido obtener respuestas a sus muchas preguntas, otras coincidirán en que el perdón (aún no siendo un objetivo de la justicia restaurativa), las ha supuesto un punto de inflexión...y así cada víctima, y cada persona que es diferente una de la otra, pondrá énfasis en lo que más las ha ayudado esta justicia.

viernes, 9 de diciembre de 2022

El elemento "justicia" es importante en la justicia restaurativa


INTRODUCCIÓN

Es importante no perder la dimensión de la justicia en los enfoques restaurativos, más que cambiar la justicia,  lo que se trata como decía Howard Zehr, es de mirarla a través de un lente diferente, que nos haga centrarnos en los seres humanos,  que se ven afectados por el delito y como el daño que surge desquebraja las relaciones entre los miembros de la comunidad. Basándome en Freire y Buber, deberíamos comprender la justicia en torno a lo que significa ser humano: "aquella en la que la justicia se identifica como honrar el valor inherente de todos y promulgada a través de las relaciones." Estos dos términos juntos - honor y relaciones - proporcionan una aguja dentro de la brújula, para guiar a los defensores de justicia restaurativa y los profesionales. Analizando la caracterización de la justicia penal incluida en El pequeño libro de la Justicia Restaurativa, de Howard Zehr, se observa que lo que está en juego son estos dos conceptos. El sistema de justicia tiende a convertir a los que han provocado daños en objetos sobre los que se actúa. Como se omite a los que han sido dañados,  se supone que no tienen necesidades importantes. 

jueves, 8 de diciembre de 2022

La verdadera justicia debe sanar


 (imagen propiedad de Virginia Domingo)

Para ser un buen facilitador de Justicia Restaurativa, se debe entender cómo funciona el trauma y en qué manera nos afecta, tras sufrir un daño. Por eso, los que venimos del mundo del derecho, necesitamos aprender estos aspecto para ser buenos facilitadores de procesos restaurativos.

Aunque nos pueda parecer que no, la Justicia es importante para abordar el trauma, una primera reacción lógica es sentir deseos de venganza, y necesidad de que se haga justicia. Sin embargo, la línea entre ambas, es muy difusa, por eso, la Justicia Restaurativa se presenta como una forma de hacer justicia más humana y cercana a las verdaderas necesidades de las víctimas. Solo así evitaremos la búsqueda de venganza y las ayudaremos a ser resilientes.

miércoles, 7 de diciembre de 2022

Las víctimas saben lo que necesitan


INTRODUCCIÓN

El empoderamiento se da en todos los afectados por el delito: víctima, infractor y comunidad pero es a la víctima, a quién más beneficios reporta. Como decía Rappaport, “el empoderamiento implica que no concebimos a las personas como niños con necesidades o simples ciudadanos con derechos que deben defenderse por un agente externo sino como seres humanos integrales que tienen derechos y necesidades y que son capaces de tomar el control de su vida”. Y  precisamente esto es una explicación clara de lo que ocurre en el proceso penal y cómo la Justicia Restaurativa trata de evitarlo. Tal parece que concebimos a las víctimas como seres incapaces o niños que deben ser tutelados por terceros ajenos  a ellos (como decía Rappaport) Al dolor del daño sufrido, de perder, al menos momentáneamente, el equilibrio en su vida tras el delito, se une el tratamiento de algunos medios y de la Justicia en general. Una vez que su caso entra en los juzgados, pierden el poco control sobre su vida que tras sufrir el delito les podía quedar. Todo es gestionado por terceros que además creen saber lo que más conviene a las víctimas y sin embargo, las personas afectadas por el delito sienten que  no son escuchadas, siendo ellas precisamente las que más tienen que decir y aportar durante todo el proceso. Nadie mejor que las propias víctimas para valorar y decir qué necesitan, qué sienten y cómo quieren que continúe la gestión de su caso.

martes, 6 de diciembre de 2022

Cuando el Estado revictimiza a las víctimas (a propósito de la ley del sí es sí)


INTRODUCCIÓN

Con la reforma introducida por la Ley orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, conocida como “Ley del solo sí es sí”, se introducen una serie de reformas en el Título VIII del Libro II del Código Penal (CP), que vuelve a llamarse “delitos contra la libertad sexual”

Según la exposición de motivos de la mencionada ley su objetivo es: “impulsar la prevención de las violencias sexuales y garantizar los derechos de todas las víctimas, poniendo las bases para la eliminación de los obstáculos añadidos que algunas encuentran por los factores de discriminación descritos. Para asegurar la prevención, una respuesta efectiva a las víctimas y la sanción proporcional de estas conductas…” e incluso habla “Además, como novedad, se desarrolla el derecho a la reparación, como uno de los ejes centrales de la responsabilidad institucional para lograr la completa recuperación de las víctimas y las garantías de no repetición de la violencia”

Estos objetivos idílicos para cualquier persona que haya sido víctima de un delito llevan aparejado una disminución en las horquillas de penas en su límite mínimo o incluso en su límite máximo por ejemplo en la agresión sexual (artículo 178 del Código Penal) de 1-4 años, antes era de 1-5 años (se reduce el límite máximo); en el delito de violación (artículo 179 del Código Penal) antes era de 6-12 años, ahora es de 4-12 años (se reduce el límite mínimo). Así indicado puede no tener más repercusión que una ligera disminución de las penas sin embargo, los efectos colaterales han sido grandes. Es una ley que no ha pensado en las que ya han sido víctimas solo en las posibles futuras víctimas.

lunes, 5 de diciembre de 2022

Si un legislador dice que justicia restaurativa es mediación, no significa que sea cierto (se suelen equivocar bastante)

 


INTRODUCCIÓN

Desgraciadamente en España es muy común que el legislador se ponga a legislar sin conocer lo que está por regular y este es el caso de la justicia restaurativa. Aun cuando no había regulación específica la  Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género prohibió la mediación. En este caso, esta ley es del año 2004 cuando lo único que había en España era la mediación y es más si algunos de nosotros hablábamos de justicia restaurativa sonaba chino, por lo que es bastante obvio que lo que vino a prohibir fue la mediación familiar. Algo que como he dicho en muchas ocasiones es del todo correcto puesto que la mediación parte de igualdad, conflicto en el que hay   co responsabilidad y los procesos restaurativos parten de justo todo lo contrario, hay desequilibrio hay una persona que sufrió un daño y otra lo causó y la justicia restaurativa está para ayudar a atender las necesidades de las víctimas y mejorar la responsabilización del maltratador, nada que ver con la mediación y sus objetivos.

domingo, 4 de diciembre de 2022

Una justicia más justa


INTRODUCCIÓN

¿Por qué parece que castigo, se equipara a hacer justicia?, ambos términos se utilizan de forma intercambiable, muy a menudo, de ahí que cuando se “clama por más justicia”, muchas personas, yo diría la mayoría lo que hace es reclamar más castigo y penas más duras. Es más parece que “justicia” se utiliza eufemísticamente, para referirnos a castigo. Si esto es así: ¿Qué pasa con aquellas personas que han sufrido un delito, pero la persona ofensora no ha sido capturado o no está identificado?¿Debemos pensar que puesto que no se puede castigar a nadie, no se puede hacer justicia? Esto no debería ser así, ya que no solo sería injusto valga la redundancia, sino que estaríamos abandonando a su suerte a personas que necesitan nuestra ayuda. Si nos centramos exclusivamente en que la justicia está para castigar al infractor, como ocurre generalmente con el sistema tradicional de justicia penal, estamos cubriendo solamente las expectativas de algunas víctimas y de alguna clase de delitos. Pero para otras víctimas, bien porque el delincuente no ha sido capturado, bien porque es desconocido o simplemente porque para superar el delito tienen otras necesidades, hacer justicia significa algo más. Con esto no estoy queriendo decir que hay víctimas “malas” (porque su deseo es la venganzas del estado a través del castigo) y víctimas “buenas” (porque necesitan otro tipo de justicia como poder contar su historia), simplemente cada persona es diferente y cada uno de nosotros, afrontamos el daño  de forma distinta. 

viernes, 2 de diciembre de 2022

Justicia restaurativa como ciencia social o penal

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

La Justicia Restaurativa podría considerarse como una ciencia que estudio el delito desde un punto de vista jurídico, como el derecho penal pero también desde un punto de vista social, comunitario y natural.

Sería una ciencia penal que se nutre de ciertos aspectos, principios y valores de otras ciencias pero que por sí sola tiene entidad suficiente para ser considerada como ciencia penal independiente o autónoma.

Cuenta con los requisitos necesarios para ser considerada como tal:

Primero, cuenta con una metodología científica depurada y es que tiene una serie de metodologías bien definidas, las más conocidas son reunión víctima-infractor, conferencias y círculos, pero además hay algunas otras que nos van a ser útiles para poder adaptarse a cada caso concreto, servirá para gestionar el delito de forma individualizada

jueves, 1 de diciembre de 2022

Beneficios de la justicia restaurativa


 (imagen propiedad de Virginia Domingo)

Lo primero que llama la atención que tanto si utilizamos procesos totalmente restaurativos que implican reunión con la persona ofensora como si hacemos programas individuales mayormente restaurativas la satisfacción de las personas con respecto a la justicia aumenta. Y este aumento se debe a que pueden contar su historia, pueden entender lo que sucedió y si es la persona ofensora el impactó de sus acciones. Para las víctimas supone menor estrés y miedo no solo a la persona ofensora sino al futuro y las ayuda a dar un sentido diferente a lo vivido para poder continuar.