jueves, 31 de octubre de 2024

¿Hacer justicia o cumplir las leyes?


INTRODUCCIÓN

Creo que hemos perdido la perspectiva de que la justicia no es hacer cumplir la ley simplemente, esto al fin y al cabo, puede satisfacer al estado, pero no a las víctimas directas o a la comunidad. Realmente la justicia significa hacer frente al daño, y atender a las víctimas, ofensores y comunidad, afectados todos por estos daños.  Y aquí radica la diferencia esencial entre la actual justicia y hacia donde aspiramos con la Justicia Restaurativa....a conseguir la sanación de la víctima, dañada por el delito a través de una reparación o compensación voluntaria del infractor, y a su vez lograr la transformación del ofensor, precisamente gracias a este acto voluntario de responsabilización,  en la que decide que es su obligación mitigar el daño que causó a otro ser humano. Es una rueda o círculo de beneficios propios en la que lo importante es la "curación" de las personas que se vieron afectadas por el delito. Si se vulneró una norma o no, resulta secundario, pero no por eso es menos justa sino todo lo contrario, la justicia restaurativa se revela como una justicia más justa, humana y sobre todo una justicia que transforma, fortalece y sana las heridas que el delito ocasiona a la víctima, infractor y a la comunidad.

LA JUSTICIA RESTAURATIVA SE CENTRA EN LOS VERDADEROS PROTAGONISTAS

La Justicia Restaurativa se centra en el daño y en los afectados y es consciente de que son éstos,  los que deben tener participación directa y esencial, no en vano, esta justicia reparadora la podemos basar en tres afirmaciones o aseveraciones que reflejan la filosofía de esta justicia y cómo es mucho más que simples encuentros víctima-infractor:

La Justicia Restaurativa se centra en hacer frente a los daños

Busca la responsabilización del infractor

Las personas necesitan implicarse

Para esta Justicia, lo importante es que el delito genera daños y es necesario procurar una reparación a la víctima principalmente pero no exclusivamente, dando una oportunidad al infractor para que asuma este comportamiento que ha causado un perjuicio a otra persona y para esto, es esencial la participación de los afectados, así la resolución del caso se hará de acuerdo a las necesidades de los implicados.

La Justicia restaurativa es más flexible, adaptada a las personas y a cada caso y sus circunstancias, en la que los afectados directa o indirectamente tendrán voz durante todo el proceso.

Más que una alternativa, se presenta como la justicia que más justa puede ser, ya que informa, escucha y tiene en cuenta a los afectados por el delito, por eso no es descabellado aspirar a una justicia penal con un enfoque restaurativo y más humano que no se deje influir sólo por la rigidez de las leyes y tenga en cuenta a las personas que acuden a la justicia. Porque además,  las partes no son un número de expediente, son seres humanos con necesidades y opiniones que desean y quieren que alguien las escuche, las tome en cuenta y valoren cómo se sienten y cuáles son sus expectativas.

CONCLUSIONES 

Y es que lo cierto es que la Justicia Restaurativa favorece la sanación, ayuda a las personas ofensoras a entender el impacto de sus acciones y fortalece el tejido social al implicar a la comunidad siempre que sea posible y quieran.

miércoles, 30 de octubre de 2024

La justicia restaurativa trabaja el aspecto emocional de los daños

 


INTRODUCCIÓN 

Cuando se habla de Justicia Restaurativa en el ámbito penal , es porque ha habido una serie de daños tras la comisión de un delito, pueden ser más graves o más leves y detrás de estos daños hay personas que sufren, en primer lugar las víctimas directas pero también las indirectas como la comunidad (familiares y allegados) y los propios infractores.

Los procesos restaurativos se centran en buscar la verdad emocional, ¿Cómo el delito impactó en sus vidas? y ¿Qué necesitarían para empezar su camino hacia la superación? Generalmente estas preguntas son para las que sufrieron el daño directamente pero los infractores también pueden tener una serie de problemas emocionales, que por una serie de circunstancias, les llevaron a cometer el delito. Como dice, uno de los internos del programa reconexión: "yo no me levanté una mañana y decidí delinquir, fue en proceso en el que influyeron en mí, muchos aspectos"

Por eso, la Justicia Restaurativa aborda el delito de una manera global, atendiendo al por qué, incidiendo en el daño causado y mirando hacia el futuro. Los procesos de esta forma se dividirían en cuatro partes importantes:

Contar la historia

Sentimientos hacia lo sucedido

Necesidades

Transformación hacia un futuro mejor

martes, 29 de octubre de 2024

La justicia restaurativa como concepto debe estar siempre en evolución

 


MI PROPIO CAMBIO DE LENTES SOBRE LA JUSTICIA RESTAURATIVA

Tras muchos años en la justicia restaurativa de forma teórica y práctica,  he de decir que ha cambiado mi forma de ver o tal vez como dice Howard Zehr, he ido modificando la lente con la que me acerco diariamente a la justicia restaurativa

¿En qué sentido ha cambiado mi forma de ver esta justicia?

En primer lugar, me ha dejado de obsesionar la búsqueda de la evidencia de que esta justicia funciona. Este es un problema que suele presentarse cuando se quiere abrir el “camino” a algo teóricamente nuevo y el caso de la Justicia Restaurativa no es una excepción, sin embargo, si se ha demostrado y hay evidencias de que la Justicia penal tradicional no funciona como debiera y no satisface a los ciudadanos, tenemos que presentar opciones que puedan mejorarla y la justicia restaurativa es esta opción, por eso más que buscar evidencias de su eficacia, habría que darla tiempo, recursos y una buena regulación. De ahí que, aunque los que nos dedicamos a esto, frecuentemente nos vemos agobiados con esta idea, de que hay que demostrar que lo que hacemos es bueno, la realidad es que el día a día va a corroborar la tan “ansiada” evidencia, cuando las personas acudan a la justicia y esta se muestre más cercana y preocupada por cada una de ellas, cuando vean que han dejado de ser un simple número de expediente y sobre todo se den cuenta que su voz es escuchada. 

En segundo lugar, es necesario que no nos quedemos estancados en un concepto de Justicia Restaurativa limitado y estático, como el que tenía cuando empecé y como el que muchos, aún hoy tienen, y se abran a una mentalidad más compleja, lo que implica dejar de pensar en Justicia restaurativa como programas específicos y empezar a verla como lo que es, una filosofía. El verla como simples procesos lleva al error muy común y generalizado de creer que la Justicia Restaurativa es una reunión víctima-ofensor, mal llamada mediación penal e incluso algunos llegan a hablar de ambos conceptos como si la mediación fuera lo importante. 

lunes, 28 de octubre de 2024

La justicia restaurativa nos permite dar sentido diferente a lo vivido


 JUSTICIA RESTAURATIVA DERECHO PARA TODAS LAS PERSONAS

Cuando hablamos de que la Justicia Restaurativa surge por y para las víctimas, o más bien desde el momento que alguien ha sufrido un daño,  es porque no se trata de hacer distinciones con las personas afectada. La Justicia Restaurativa, en principio sería aplicable para cualquier víctima que voluntariamente desee participar en el proceso restaurador con independencia de la clase de delito sufrido. Y debería ser ofrecida a todos los infractores con independencia del daño causado porque todos merecemos una oportunidad de entender el impacto de nuestras acciones. Una vez aclarada esta igualdad de todas las víctimas, para acceder a la justicia restaurativa que debería valorarse como regla general, hay que tener en cuenta que igual que todas las personas somos diferentes, también cada víctima lo es. Aunque hubieran sufrido el mismo delito, éste puede impactar y traumatizar más a una víctima y menos a otra, incluso el delito sufrido puede suponer un gran trauma para los allegados de la víctima ( víctimas indirectas) y no serlo tanto para la víctima directa.En otros casos, pensamos en una víctima de un delito menos grave y podemos caer en el error de pensar que no tiene mayor importancia ni repercusión, algo que no se debe hacer porque estamos valorando el daño sufrido, desde un prisma de no víctima, sin embargo, cuando hablas con la persona te das cuenta que lo que a priori puede parecer un delito muy leve,  sin mucha importancia; a la víctima la ha supuesto un gran trauma y la ha generado ciertos problemas psíquicos, físicos y/o morales.

domingo, 27 de octubre de 2024

La justicia restaurativa trata de conexiones


 INTRODUCCIÓN

Todos estamos conectados, la Justicia Restaurativa precisamente trata de la conexión que tenemos todos. Lo que cada uno de nosotros hacemos, afecta a los demás, y a la inversa. Precisamente una de las relaciones que surgen de manera casual, es la de la víctima y el infractor.Y es que aparecen unidos  por el lazo del delito, pero son lazos negativos y nada constructivos, que la hacen estar en desequilibrio con respecto al infractor.

Para ayudar a la víctima a superar el delito es necesario cambiar este lazo negativo por otros positivos y  que la sitúen en situación de igualdad, es decir que la haga recuperar el control de su vida. Esto solo se puede conseguir cuando decida despojarse del rol de víctima, como oí a una víctima: "todo cambió cuando decidí dejar de sentirme víctima". Se trata de que puedan llegar a sentirse supervivientes pero sin presiones de tiempo. Pero es que a los ofensores les pasa igual, siguen atados a su delito, hasta que no entiendan que no se pueden definir por lo que hicieron que son personas que han hecho malas opciones en su vida, algunas de las cuales han dañado a otras personas, no podrán quitarse el rol de "delincuente sin posibilidad de reinserción". Solo así la conexión y las relaciones se pueden volver sanas y productivas.

viernes, 25 de octubre de 2024

Justicia restaurativa desde el punto de vista de alguien que ha participado en un proceso restaurativo

En ocasiones, siento que me estanco en el discurso sobre justicia restaurativa, por eso me gustan los programas, hacer círculos, promover las prácticas restaurativas en los juzgados, y lo que más me apasiona son los programas con las personas afectadas, tanto con reconexión (para privados de libertad ) como con Ave Fénix (para víctimas de violencia sexual y de género). Aprendo muchísimo porque me permite ver que la justicia restaurativa realmente funciona y me ayuda a ampliar mi visión sobre lo que es e implica. 

En lugar de obsesionarnos con un concepto de justicia restaurativa, deberíamos empezar a preguntar a las personas que acuden a nosotras qué es para ellos y ellas la justicia restaurativa, estoy convencida que obtendremos tantas definiciones como personas. Y es que la justicia restaurativa cuando se vive produce diferentes efectos beneficiosos en las personas. Por eso es una justicia más humana  y la justicia del sentido común. 

Para mostrar esto, voy a compartir una foto que es una reflexión de un participante en uno de nuestros programas. Me quedo con algo importante y es que dice  no son "delincuentes" son personas que han hecho algo malo. y si queremos que asuman el daño, y quieran reconectar con la comunidad debemos fomentar esto, sino será muy difícil para ayudar a los demás debes comenzar ayudándote a tí mismo



jueves, 24 de octubre de 2024

Algunos valores restaurativos

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo) 

Como todo paradigma, teoría jurídico filosófica, ciencia penal o social, movimiento social o incluso forma de vida la justicia restaurativa se nutre de muchos valores, algunos importantes para mi son el respeto y la responsabilidad. Pero entiendo, que si tuviéramos cada uno de nosotros/as que hablar de valores, diríamos muchos diferentes porque precisamente la justicia restaurativa tiene esta cualidad, se adapta a cada persona, es la justicia del sentido común pero también la que nos permite entender que la mejor justicia es la que humaniza a las personas, y como cada uno somos diferentes, nuestros valores lo van a ser, lo cual no es malo sino que ayuda a comprender la flexibilidad 

Entiendo como Howard Zehr, que la responsabilidad es importante porque es esencial para nuestras relaciones con otros miembros del grupo, entender que podemos interactuar y que en esta dinámica podemos dañar a otras personas, y por eso nuestra obligación es respetarlos, asumiendo nuestra responsabilidad. Al final se trata de comprender que todo derecho lleva aparejado responsabilidades. Y sobre todo creo que se trata de retomar algo que en algunos lugares estamos perdiendo: la empatía. Además la justicia restaurativa trata de generar respeto. Y trabajamos para que las personas que sufrieron un daño se sientan respetadas y dignificadas pero también para que las que lo causaron entiendan que con sus acciones en aras a la reparación y asunción de la responsabilidad también son dignos de respeto y consideración. 

miércoles, 23 de octubre de 2024

Restauración para la justicia restaurativa

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo, inspirada en Howard Zehr)

En Justicia Restaurativa hablamos de restauración, para mi más que restauración es transformación, lo que hacemos es ayudar a cambiar a las personas tras el impacto del delito, que dejen de sentirse víctimas de por vida o delincuentes, sin posibilidad de reinserción. 

Por eso, con la restauración hablamos de dar respuesta a las necesidades de víctima, ofensor y comunidad (sobre todo de reparar el daño, de ayudar al infractor a ver el impacto del delito y a la comunidad a recuperar la seguridad....)

Restauración como tal implicaría devolver a las personas al punto de partida antes de que se produjera el daño, quiero creer, al menos mi parte utópica así lo cree, que con esta justicia les damos la oportunidad de ser personas "nuevas" ni mejores ni peores que antes, sino personas que han incorporado lo que han vivido como un aspecto más de su historia. Porque al final estamos hechos de historias y todo lo que vivimos nos hace ser quién somos, y no significa que vivir malas experiencias nos haga ser malos

martes, 22 de octubre de 2024

Justicia restaurativa en contextos de encierro

 


PROCESOS RESTAURATIVOS DENTRO DE LA PRISIÓN

Como se asocia justicia restaurativa solo para delitos leves, como mediación y alternativa al juicio, muchos preguntas que me hacen van en la línea de lo siguiente; ¿Qué obtiene el infractor de un delito muy grave y que esté en prisión, por el hecho de participar en un proceso restaurativo?, ¿Cómo se va a poder reparar un delito muy grave...es imposible?¿Cómo nos aseguramos que las víctimas están preparadas? estas son preguntas muy habituales, de personas, que como he dicho,  ven los procesos restaurativos como algo finalista, participar para evitar el juicio y ya y sobre todo como un mecanismo alternativo, además suelen pensar que la reparación es dinero y que las víctimas, no saben lo que necesitan, que toda la justicia restaurativa implica un encuentro conjunto, o lo que es peor en esta obsesión del encuentro conjunto, se buscan encuentros con personas subrogadas, en muchas ocasiones perdiendo el norte de cómo se puede usar esta opción.  Pero resulta  que la Justicia Restaurativa es mucho más, trata de transformar a las personas y por supuesto que para trabajar en delitos graves, se necesita formación adecuada para los retos a los que te vas a enfrentar, y aún así la experiencia del día a día es el mejor maestro.

lunes, 21 de octubre de 2024

Apostar por la justicia restaurativa es pensar en las víctimas. A propósito de la concesión del tercer grado a dos presos terroristas

 


INTRODUCCIÓN

La consejera de Justicia del País Vasco  ha concedido el tercer grado penitenciario a dos terroristas de ETA que, según las familias de las víctimas, no han mostrado arrepentimiento ni han pedido perdón por sus crímenes. Los familiares de las víctimas de terrorismo están indignados por esta concesión del partido socialista. La decisión de la consejera contrasta con sus propias declaraciones del pasado mes de julio, cuando afirmó que trabajarían para que los presos de ETA salieran de prisión "admitiendo no solo el dolor, sino la profunda injusticia del daño causado".

RESOLUCIONES AJUSTADAS A DERECHO O JUSTAS

Para que un preso condenado por delitos de terrorismo pueda acceder a beneficios penitenciarios de este tipo según el artículo 90.8 del código penal se necesita que “ el  penado muestre signos inequívocos de haber abandonado los fines y los medios de la actividad terrorista y haya colaborado activamente con las autoridades, bien para impedir la producción de otros delitos por parte de la organización o grupo terrorista, bien para atenuar los efectos de su delito, bien para la identificación, captura y procesamiento de responsables de delitos terroristas, para obtener pruebas o para impedir la actuación o el desarrollo de las organizaciones o asociaciones a las que haya pertenecido o con las que haya colaborado, lo que podrá acreditarse mediante una declaración expresa de repudio de sus actividades delictivas y de abandono de la violencia y una petición expresa de perdón a las víctimas de su delito, así como por los informes técnicos que acrediten que el preso está realmente desvinculado de la organización terrorista y del entorno y actividades de asociaciones y colectivos ilegales que la rodean y su colaboración con las autoridades” Continuar leyendo en lawandtrends 

domingo, 20 de octubre de 2024

¿Somos punitivos por naturaleza?


 ¿SOMOS RESTAURATIVOS O RETRIBUTIVOS?

Siempre me comentan la dificultad de que la Justicia Restaurativa pueda arraigar en nuestra cultura, ya que se trata de un cambio radical de mentalidad. No obstante, creo que es más fácil de lo que nos pueda parecer porque esta Justicia Reparadora está en nuestra esencia y tradiciones aunque en ocasiones nos sea difícil verlo. Por ejemplo, se alude como típicamente retributivo "el ojo por ojo y diente por diente", sin embargo, la llamada ley del talión fue un gran adelanto ya que fue la primera vez, que se ponían límites al castigo y se introducía cierta proporcionalidad, probablemente muchos pensareis pero sigue siendo eminentemente punitiva y es verdad, pero también es una realidad los límites que ponían al castigo, en un intento de los "antiguos" de no extralimitarse. Dicho esto, tanto la reparación como retribución tienen una cosa en común y es que buscan reequilibrar las consecuencias de un delito,  aunque la diferencia es cómo se va a hacer 

Con la justicia retributiva, el equilibrio se restablece devolviendo al infractor el mismo daño que causó. Sin embargo, la cantidad de sufrimiento se duplica no sólo para los directamente implicados sino también para los cercanos a ellos. Con el delito cometido sufre la familia del infractor, la comunidad pierde a un miembro, y todo ello genera más dolor.

viernes, 18 de octubre de 2024

Pilares restaurativos

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

Hoy quiero recordar esta entrada antigua de mi blog sobre los pilares de la justicia restaurativa según Claasen:

1-La injusticia  o el daño debe reconocerse, yo añadiría incluso ambas cosas deben reconocerse, porque que las víctimas sufran el daño, es una injusticia que también debe ser reconocida. Estoy hablando de víctimas, como por ejemplo las de terrorismo, o las de siniestros viales,  tristemente y en muchas ocasiones, se ve su condición de víctima como un daño colateral y no como lo que realmente son, personas que han sufrido el impacto del delito. Pero es que además ¿quién debe reconocer este daño? Primero es el infractor, el que de asumir, y reconocer que el daño que ha provocado a la víctima y a la comunidad, no simplemente pasó, sino que él o ella provocaron que pasara. Pero además el estado, debe también respetar a la víctima y reconocer que el delito sucedió y que no tuvo la culpa de sufrirlo e igualmente la comunidad debe mostrar su respeto a la víctima, reconociendo la injusticia de lo sucedido

jueves, 17 de octubre de 2024

Conversatorio La justicia restaurativa y su potencial organizado por Lentes Púrpura

 El pasado día 3 de octubre participé en un Conversatorio sobre el potencia de la justicia restaurativa en el que pude compartir con expertas y amigas Violeta Maltos y Tania Naanous.

Se habló de la justicia restaurativa en el sistema penal, en organizaciones y en contextos de encierros y violencia sexual y de género.

Os invito visionar el video  : 



miércoles, 16 de octubre de 2024

Justicia restaurativa a nivel comunitario y penal para los delitos que más alarma social crean. A propósito del caso de Gisele Pelicot

 


INTRODUCCIÓN

Gisele Pelicot, la mujer drogada por su esposo y violada durante más de una década se ha convertido en un símbolo en la lucha contra la violencia sexual. Su esposo una persona aparentemente normal la drogaba y la vendía a otros hombres también aparentemente normales. ¿Puede cualquier ser humano cometer semejantes atrocidades? ¿Son realmente normales o son monstruos?

Realmente es imposible responder a estas preguntas pero si deberíamos analizar el contexto de este delito y cómo pudo suceder durante diez años sin que nadie lo denunciara o al menos se diera cuenta.

 EL SISTEMA TRADICIONAL DEBERÍA TENER ENFOQUE RESTAURATIVO

Algo ha cambiado en este caso y es que Gisele ha decidido que no quiere sentirse revictimizada y que va a llevar con honor el haber sido “víctima” por eso, no esconde   su rostro, una mujer valiente por supuesto, pero no debería existir víctimas que tuvieran miedo a mostrarse y reivindicarse porque la vergüenza debiera ser como la propia Gisele ha dicho de los agresores.

 Y pesar de todo, los abogados defensores de los agresores han intentado hacer las violaciones como algo consentido. Sé que los abogados  tienen que acogerse a cualquier argumento para defender a sus clientes, pero debería existir un límite, y este límite sería las víctimas. Por el hecho de defender a tu cliente no debería revictimizarse a las víctimas ni ponerlas en la tesitura de no asistir al juicio ante el miedo de sufrir el acoso de los profesionales de la justicia y en  no pocas ocasiones de la prensa.

Por supuesto, el sistema tradicional trata de proteger a las víctimas facilitando que no se vea su rostro, que puedan declarar sin público etc. pero esto más allá de proteger es subestimarlas, considerarlas frágiles, incapaces de gestionar el trauma y sobre todo sin capacidad para decidir lo que es mejor para ellas. Esto más que proteger es infantilizar a las personas e intentar decidir por ellas. El sistema debería ofrecer las garantías necesarias para que nunca una víctima sintiera revictimización por parte del sistema, esto es que ningún profesional la hiciera sentir que no es víctima, que su sufrimiento ha sido buscado o lo que es peor que miente . Continuar leyendo en lawandtrends.

martes, 15 de octubre de 2024

La justicia restaurativa ofrece espacios para la reflexión y la resignificación

 


INTRODUCCIÓN 

En más de una ocasión , he comentado que hay que respetar a todas las víctimas, y que no hay víctimas "buenas" y "malas". Todas merecen nuestro reconocimiento y nuestra atención. Solemos pensar que aquellas que tienen sentimientos o deseos de venganza, deben cambiar porque es algo malo, realmente cada persona es libre de sentir o afrontar el trauma que es sufrir un delito de la forma que mejor puedan. Las víctimas no son seres incapaces ni necesitados de tutela, por eso no debemos creer que siempre y en todo caso, tenemos la obligación de decidir por ellas, lo que creemos que las conviene.  Dicho esto, está claro que estos sentimientos negativos son algo normal, sin embargo, para muchas víctimas, solo el poder despojarse de ellos, va a suponer un paso hacia la recuperación o curación de sus heridas. Partiendo de estos sentimientos, su "liberación " como víctima puede venir por la transformación de estos, en otros positivos  y constructivos, pero siempre dando por hecho que la idea de ira, venganza, humillación es algo lógico y normal y que por otro lado, no hace de las víctimas, monstruos, sino todo lo contrario, las hace más humanas.

lunes, 14 de octubre de 2024

Necesitamos transmitir qué es la justicia restaurativa y su potencial a los ciudadanos y al público en general

 


¿CÓMO TRANSMITIR QUÉ ES JUSTICIA RESTAURATIVA Y A QUIÉN?

Es cierto que organizamos congresos, foros, cursos para hablar de justicia restaurativa y al final lo hacemos a los que ya están convencidos o ven que esta justicia es el futuro, pero qué pasa con los que piensan que el que la hace la paga, vivimos en una sociedad punitiva, les decimos a los niños y niñas si haces algo mal te castigamos, el malo va a la cárcel y recibe su castigo, los cuentos están repletos de estas ideas, las películas también. Mi primera reflexión de hoy sería que necesitamos explicar la justicia restaurativa a los que están ahí fuera y no entienden lo que decimos o de lo que hablamos. No obstante me suelo sorprender porque muchas veces las personas ajenas al mundo del derecho son las que mejor entienden esta justicia porque es justicia del sentido común. En una ocasión, una persona me dijo ¿pero esta justicia también ayuda a la sociedad? Por supuesto, y por eso, comencé diciendo  que considero importante transmitir a los no tan convencidos porqué esta justicia merece una oportunidad, ya que a todas luces la tradicional no está funcionando como debiera. Pero últimamente entiendo que es más urgente transmitir que es la verdadera justicia a políticos y otras personas que se muestran apoyando la justicia restaurativa pero luego la reducen a una forma de agilizar los juzgados, la confunden con mediación u otras instituciones o tan solo son investigadores y para colmo no han visto un proceso restaurativo nunca. Son estas personas las que luego promocionan eventos y programas los que más necesitan conocer qué es la justicia restaurativa y su potencial

domingo, 13 de octubre de 2024

Objetivos de la justicia restaurativa según Van Ness



Sin duda, los procesos restaurativos tratan con emociones, y sentimientos de una manera más intensa, porque sufrir un delito o ser el que lo ha cometido, conlleva una serie de consecuencias emocionales y psicológicas, no solo para los directamente implicados sino también para el entorno de ambos. El lazo invisible del delito une a víctimas e infractores de una manera irremediable por eso la Justicia Restaurativa aborda no solo el crimen en si mismo sino el impacto que éste ha tenido tanto en los afectados como en las personas que les rodean. De ahí, que sus objetivos esenciales (Dan Van Ness)  sean de muy diferente índole pero todos dirigidos a transformar las relaciones entre los miembros de la comunidad, entre éstos y el estado e incluso entre el estado y la comunidad:

1. Invitar a la completa participación y al consenso

2. Sanar lo que ha sido roto

3. Buscar completa y directa responsabilidad

4. Reunir lo que ha sido dividido

5. Fortalecer a la comunidad para prevenir daños mayores.

6. Buscar el esfuerzo cooperativo de la comunidad y del estado

7. Buscar la reintegración de la víctima y el ofensor en la comunidad

viernes, 11 de octubre de 2024

"Viaje" de las víctimas tras participar en justicia restaurativa

 

(imagen propiedad de Virginia Domingo, inspirada en Howard Zehr)

La justicia restaurativa produce efectos positivos en todos los afectados por el delito, durante este blog he hablado de la justicia restaurativa para las víctimas pero realmente estos efectos son también aplicables para las personas que cometieron un delito e incluso para la comunidad víctima indirecta de los delitos y agente responsable en la reconexión de los afectados por el mismo.

La justicia restaurativa ayuda a las personas a poner orden al caos que el delito ha producido en su vida, por eso, la gestión restaurativa del delito los ayuda a pasar del desorden al orden.

Además se escucha a los que realmente tienen mucho que decir tras el delito, promueve su participación activa, son las personas afectadas la que tienen voz, no los profesionales ajenos a cómo ha impactado el hecho en sus vidas, por eso produce un empoderamiento...y por último, esta justicia entiende que el aislamiento no favorece la reinserción  sino que quita la humanidad a las personas por eso, promueve la reconexión con la comunidad.

jueves, 10 de octubre de 2024

La justicia restaurativa no "etiqueta" a las personas


 SOBRE EL ROL VITALICIO DE SENTIRSE VÍCTIMA O DELINCUENTE 

Algunas veces he hablado de algo que me parece muy importante para lograr una auténtica sanación tras el crimen: la eliminación del estigma que supone haber sido víctima de un delito o bien haberlo cometido. Podemos llamarlo estigma, etiqueta o rol vitalicio pero sea como fuere, asumirlo de por vida, no ayuda a las personas a reintegrarse no solo en la comunidad sino en su entorno. El estigma que recae sobre el infractor es más impuesto que autoimpuesto, ya que es el entorno y la sociedad el que le marca y le señala como delincuente, esto sin duda, puede hacer muy difícil su reinserción, ya que le dificultara su vida cotidiana y todo esto a pesar de que la reinserción es un mandato constitucional. Pensaba que era más impuesto pero me he dado cuento con el programa de justicia restaurativa-reconexión, que finalmente aunque es algo que el entorno les crea, después si su condena es larga, acaban definiéndose por el delito y no como personas que son, con sus aspectos positivos y negativos, cualidades y defectos. El estigma de la víctima es algo más autoimpuesto, es decir muchas víctimas asumen tan profundamente esta etiqueta que luego las hace imposible o muy difícil su eliminación, claro a esto influye la escasa atención que reciben del sistema penal de justicia y su poca participación en el proceso para poder expresar lo que necesitan o requieren para empezar su camino a la superación del delito. Aunque el ser vistas por su entorno como víctimas, tampoco las ayuda sino que para muchas se genera incluso más sentimiento de incomprensión y aislamiento ("tu lo dices muy fácil, porque tu no has sufrido el delito", "no te puedes poner en mi lugar"...pueden ser frases comunes en algunas víctimas que revelan su sentimiento de estar marcadas por el crimen sufrido).

miércoles, 9 de octubre de 2024

La justicia restaurativa es la justicia del sentido común

 


ORIGEN TRADICIONAL DE LA JUSTICIA RESTAURATIVA

Entender el origen de la justicia restaurativa es acudir a leyes tradicionales, consuetudinarias, a la cultura y tradiciones de muchos pueblos indígenas 

Por eso, la Justicia Restaurativa no es una nueva forma de ver la justicia, una nueva filosofía, es quizá todo lo contrario, la justicia que siempre existió pero que se perdió con la evolución de los tiempos, del ser humano, con la construcción de los estados y la creación de sus normas y leyes. Era la justicia del sentido común puesto que rara vez había leyes escritas para regir la comunidad, se guiaban por esta justicia restaurativa en sentido amplio, cada persona sabe la diferencia entre lo justo e injusto. Como la comunidad (tribu) no ha creado normas, no se siente víctima directa y única del delito (como ocurre ahora) porque se ha vulnerado las leyes que han formulado, sino que por sentido común todo se centra en la persona que ha sufrido un daño y en qué se debe hacer para reponer las cosas al estado antes de sufrir el daño o al menos compensarlo. Por supuesto que la comunidad, las personas que rodean a las partes y familiares también son afectados y víctimas indirectas por eso se deben fomentar la inclusión de ellos en estos procesos restaurativos, para lograr la mejor satisfacción de todos y la paz social.

martes, 8 de octubre de 2024

Justicia con enfoque restaurativo

 


HACER JUSTICIA

Si concebimos que hacer justicia no es castigar, para que se hiciera verdadera justicia,  esta debería tener en consideración las circunstancias de cada caso, teniendo en cuenta que el delito no es un montón de folios con un número sin más, sino que detrás de él, hay personas, seres humanos con sus circunstancias, con una historia.

Es necesario a la hora de abordar el delito, tener en cuenta el cómo ocurrió, por qué y cuáles son las circunstancias del infractor y de la víctima (aspectos sociales, psicológicos, de relación, familiares, personales etc.). Debería ser una respuesta individualizada, para cada caso concreto. Quizá muchos estéis pensando que estoy diciendo una “barbaridad”, sin embargo, los clásicos lo tenían claro,  como Ulpiano que definió justicia como la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo. Ulpiano adivinó que para que la justicia fuera adecuada, debiera abordarse el problema, en el caso de la justicia penal, el delito, de una manera individualizada, adecuada a cada caso así cada uno recibiría el reproche social  merecido pero en la mínima expresión teniendo en cuenta variables como la reparación moral y/o económica . Es más entiendo que no es lo mismo una persona que entiende el impacto de sus acciones, y es consciente de ello que otra que le da igual, en todo caso la justicia debe tener en cuenta las personas que hay detrás del delito y sus historias. Esto puede parecer difícil de conseguir, pero para eso, estamos defendiendo la Justicia Restaurativa. 

lunes, 7 de octubre de 2024

La justicia restaurativa no tiene como función agilizar los juzgados


 ¿NOS ROBA EL ESTADO,  EL CONFLICTO O EL DELITO?

Nils Christie, hace ya mucho tiempo que advirtió que el estado nos roba el conflicto, a los ciudadanos y en concreto, con la justicia penal se apropia del delito como si la única y verdadera víctima fuera él. Y esto ocurre sistemáticamente y sino ¿por qué la víctima es por defecto en el juicio sobre el daño que sufrió, un mero testigo? y lo que es más triste todavía ¿por qué el objetivo primordial y principal es la pena a imponer al infractor, si finalmente fuera declarado culpable y sólo después, trata la reparación del daño a la víctima? Pues porque como el estado se queda con el delito, se autoproclama víctima principal y por eso, la reparación o mitigación del daño por haber vulnerado una norma creada por él, es la pena señalada, sin priorizar en lo más importante, atender a las verdaderas víctimas, las que sufrieron el delito y sus consecuencias.

domingo, 6 de octubre de 2024

La justicia restaurativa individualiza la respuesta de la justicia


 GESTIÓN UNIFORME DE LOS DELITOS CON LA JUSTICIA RETRIBUTIVA

Solemos tener tendencia a uniformizar y establecer mecanismos, casi matemáticos por los cuales el infractor es un ser “sin escrúpulos”, que ha delinquido con conciencia y voluntad y la víctima es un ser indefenso cuya vida (si es un delito con resultado de muerte) no ha sido valorada por el delincuente. Esto nos ayuda a hacer frente al delito de una forma racional y así poder hacer más fácil la respuesta, a por qué el crimen y el necesario castigo al infractor.Y también es lo que hace la Justicia penal tradicional, uniformiza y trata todos los casos por igual, sin tener en cuenta las circunstancias personales de las partes y el por qué y cómo se produjo el delito. Parte de la dimensión estrictamente pública del crimen; se ha violado una norma establecida por el estado y esto hace que se inicie el proceso judicial penal para castigar al infractor que ha infringido esta norma. Trata así, de manera igual todos los casos y según lo establecido de forma tasada en las leyes.Sin embargo, la realidad supera lo establecido en normas y leyes, detrás del delito hay personas, seres humanos que por determinadas circunstancias pueden llegar a convertirse en víctimas, infractores o ambas cosas a la vez. Además los seres humanos somos emocionales, por tanto no solo podemos medir el delito de forma racional

viernes, 4 de octubre de 2024

Consecuencias de la justicia restaurativa

 





(imagen propiedad de Virginia Domingo)


La justicia restaurativa incorpora a las personas al sistema, promueve su participación en un hecho que les afecta tanto como el delito, ya no va a ser todo gestionado por profesionales sino que son las personas las que entran en el sistema y desde allí se promueve que tomen decisiones. Esta incorporación al sistema cobra mucho sentido en las víctimas, una de sus reclamaciones es ser informadas de la evolución de su caso, con la justicia restaurativa esta información desde el principio hará que su reclamación no tenga sentido porque además son ellas las que participan de forma activa y constructiva en cómo evolucionará su caso
Da "voz" de una manera inusual para el sistema, la justicia restaurativa empodera a las personas permitiendo que cuenten qué paso, como se sintieron y que se necesita para que las cosas vayan mejor.
Al fin y al cabo se trata de que aprendan a relacionarse de una manera diferente con ellos mismos y los demás, entendiendo que todos somos seres humanos y que todos podemos cometer errores pero si es así, nuestra obligación es intentar hacer lo correcto para aliviar los posibles daños.

jueves, 3 de octubre de 2024

Diferencias justicia tradicional y restaurativa

 



(imagen propiedad de Virginia Domingo de la Fuente)

Hoy quiero recordar algunas diferencias básicas justicia restaurativa y tradicional. La esencial es que la Justicia Restaurativa es más inclusiva y participativa, da la oportunidad a la víctima y a la comunidad de tomar parte activa en la gestión del delito. Sobre todo debemos ver cómo la justicia tradicional gestiona el aspecto legal del delito si se vulneró o no una norma, pero no deja espacio para los aspectos emocionales, lo cual hace que las personas que sufrieron el daño queden insatisfechas porque no pudieron contar su historia e incluso los infractores vean una justicia poco legítima porque tampoco tiene en cuenta el por qué del delito. Además suele relacionar justicia y castigo. 

Frente a esto la justicia restaurativa gestiona lo que hay detrás del delito: los daños y las emociones, además ayuda a entender que todos podemos hacer cosas malas en alguno momento, pero nuestro deber es compensar los daños. La reparación así, no es un castigo sino un deber para con nuestros semejantes.

miércoles, 2 de octubre de 2024

Víctimas en la justicia restaurativa


 LA VÍCTIMA

A la hora de hablar de Justicia Restaurativa, tanto como concepto global como aplicada a las prácticas restaurativas concretas, la víctima es la protagonista principal por cuanto al ser la que ha sufrido el daño, será la que podrá decidir cómo quiere ser reparada. Sin embargo, siempre y en todo caso¿ tenemos claro quienes son las víctimas?, y si es así, ¿las tenemos en cuenta?. No siempre el rol de víctima está claro, en delitos menores, a veces no es algo extraño, pensar en quién es la víctima y quién es el infractor, incluso ambos roles pueden ser intercambiables, otras veces en delitos graves, por supuesto está claro, aun así a veces no podemos negar la evidencia de que los infractores, son víctimas del propio sistema, de su situación social, y de sus circunstancias personales, no se trata con esto de justificar el delito y su actitud,  sino de intentar generar la empatía suficiente para entender cómo ayudar no solo a la víctima a despojarse del rol de víctima sino ayudar también al infractor a reconectar con su humanidad y así evitar que sobre él, recaiga el estigma permanente de ser un delincuente.

martes, 1 de octubre de 2024

La justicia restaurativa no generaliza la respuesta ante el delito

 


MISMO DELITO DIFERENTES PERSONAS

Una características fundamental de la justicia restaurativa es que permite la individualización de la respuesta judicial aumentando así su eficacia, cada delito cada víctima y cada infractor, son diferentes, por eso esta justicia tiene en cuenta las circunstancias personales y sociales de las personas afectadas, y las ve como seres humanos, no como un número de expediente. Promueve la desjudicialización cuando sea posible, en delitos leves (pero no significa que solo sirva para delitos leves) y por otro lado, esta individualización de la respuesta judicial permite una variedad de medidas a adoptarse y con más proporcionalidad, aportando un plus a la función de resocializadora y reeducadora, que en el caso de jóvenes infractores es más importante, si cabe. Se puede enfocar la justicia penal desde una perspectiva restaurativa, partiendo de una visión pedagógica, rehabilitadora y sanadora en cualquier momento procesal y en cualquier clase de delitos.