lunes, 30 de septiembre de 2013

Justicia Retributiva y Justicia Restaurativa


La  base del sistema de justicia retributivo es que el delito supone una violación de la norma, la justicia representa al gobierno y castiga al infractor por el hecho delictivo cometido.
 Sus objetivos principales son:

 Pena merecida por el infractor
Privación de la capacidad de seguir cometiendo delitos

Disuasión de cometer otras infracciones.

Hay tres preguntas esenciales en esta  justicia penal tradicional
 ¿Qué norma ha sido vulnerada?

 ¿Quién lo ha hecho?

 ¿Qué castigo merecen los autores?

 Las dos primeras preguntas son respondidas cuando el acusado se declara culpable o es declarado culpable en el juicio. La última se resuelve por los órganos judiciales de acuerdo con las normas escritas de cada país.

La Justicia restaurativa parte de la premisa de que los delitos causan un daño al bien común y por eso se sancionan en las normas. Cuando un delito ocurre, hay un daño a la víctima, comunidades e incluso infractores.
 El objetivo de la justicia restaurativa se centra en:

 Reparación de la víctima ( porque nos ocupamos del daño causado por la ofensa)

 Reintegración de la víctima e infractor (porque deseamos un futuro con menos delitos, en el que se pueda vivir en paz y armonía) En este sentido y como dice Braithwaite la Justicia Restaurativa puede ser un proceso constructivo y preventivo en el que se obtiene un compromiso mucho más autentico de hacer las cosas necesarias para impedir que se produzca otro delito de este tipo en el futuro, gracias al grado de intimidad en la conversación que reune a los afectados por el delito. La Justicia Restaurativa debe llevar al remordimiento.

 Esta Justicia Restaurativa se centra en estas preguntas:

 ¿Quién fue dañado?

 ¿Cuáles son las necesidades del dañado?

 ¿Quién tiene la obligación de satisfacer estas necesidades?

 La primera pregunta va más allá de si una norma ha sido vulnerada llegando al punto de ver cuanto daño se ha causado. La segunda traslada el foco de atención del acusado a las personas dañadas (víctimas) y la tercera reitera la oportunidad del infractor de asumir su responsabilidad por el daño y repararlo. Una respuesta justa hace cosas correctas.


 

viernes, 27 de septiembre de 2013

La Justicia Restaurativa, no es propiedad de los operadores jurídicos, es de las partes, por y para ellas.

Siento con frecuencia temor, a lo que está pasando en nuestro entorno en relación a la mediación, y mediación penal, no voy a entrar en mediación en otros ámbitos puesto que este blog no se dedica a ello pero si debo incidir en el problema que conlleva para la mediación penal y la justicia restaurativa, este abanderamiento que hacen algunos jueces y asociaciones y otros operadores jurídicos.
 
Me explico, es importante crear una cultura de mediación, en el ámbito penal, es necesario y esencial fomentar la justicia restaurativa y sus herramientas como la mediación penal, es más, nuestra obligación para ofrecer el mejor servicio posible a las víctimas es  estar en contacto y colaboración directa con asociaciones de víctimas y con operadores jurídicos, no es coincidencia que exista una fiscal de ayuda a las víctimas en cada fiscalía.
 
Lo que me parece del todo incomprensible, es ese afán de protagonismo de algunos operadores jurídicos que parecen querer convertirse en los protagonistas de los procesos restaurativos como la mediación penal. Ellos son parte esencial del proceso penal, y deben estar concienciados de que la justicia restaurativa está por y para las víctimas, no para el protagonismo de ellos, siempre hay alguien que quiere relegar a un segundo plano a las víctimas, el estado , el sistema y para colmo también algunos operadores jurídicos.
 
¿Acaso quieren ser también facilitadores de la justicia restaurativa? Espero y quiero creer que esto no es su propósito porque a todas luces, no pueden ser imparciales si a los ojos de las víctimas y/o infractores, son vistos como el señor de la toga que ahora quiere también actuar como facilitador. Menos mal que frente a esto hay jueces y profesionales que saben cual debe ser su forma de actuar en torno a la justicia restaurativa, así, es revelador cómo una de las jueces que colabora con nosotros nos comentaba:" Por supuesto que estoy a favor de la justicia restaurativa porque es algo muy bueno y beneficioso para las victimas que así lo requieran y para muchos infractores, pero parecer yo la más interesada, hablarles a las partes de esta posibilidad, es algo un poco complicado, porque por un lado si se lo recomiendo como juez, pueden pensar o verse obligados a aceptar porque lo manda la autoridad judicial y esto no sería sano, y luego además puede parecer que lo que quiero es desentenderme y quitarme trabajo".
Estas palabras son la sensatez pura, por supuesto que los operadores jurídico deben creer y confiar en los beneficios de la Justicia Restaurativa, pero lo que no pueden hacer es apropiarse los beneficios para ellos, esta justicia no está para hacerles la vida más fácil, o para que se agilizen los juzgados, esta justicia esta por y para las víctimas y centrándonos en ellas ,también para ayudar a los delincuentes.
Solo espero que la cordura regrese, en justicia restaurativa, los únicos que son protagonistas son las víctimas y los infractores, ni tan siquiera los facilitadores, ni mucho menos los operadores jurídicos. Al Cesar lo que es del Cesar. No intentemos convertir  la justicia restaurativa en una parte del proceso penal, repitiendo así sus errores, es necesario hacer lo contrario, impregnar el proceso penal, con un enfoque restaurativo para precisamente corregir estos errores.
 

jueves, 26 de septiembre de 2013

Cuando lo que vende es el morbo y la sangre...

Siempre me pregunto por qué el escaso apoyo de los medios de comunicación para transmitir lo que es Justicia Restaurativa, y claramente una de las causas es porque no vende. Y lo peor de todo es que no vende porque somos morbosos. ¿Por qué estos programas dedicados exclusivamente a hablar de crímenes, y de sus aspectos más duros? Claramente es porque esto es lo que más se ve, y gana audiencia, esto es igual que cuando uno escribe artículos puede ser el mejor escrito que hayas hecho, pero si no lo acompañas de una imagen que llame poderosamente la atención, no lo van a leer. Y me ha pasado, realmente, es triste pero es así, "vende" y sube las "audiencias" escribir de crímenes o criminales, dando detalles macabros, y si se puede acompañar con una foto que sea totalmente repulsiva y morbosa, con mucha sangre, mejor que mejor.
Es así, muchos se guían por esta máxima, más morbo, más audiencia, el resultado, una generación de personas sin empatía, y que disfrutan leyendo o escuchando sobre el sufrimiento de los demás.
 
Por eso, hoy creo que es más necesario que nunca hablar, y escribir , transmitir y fomentar,una filosofía de justicia restaurativa que  impregne la justicia penal haciéndola más humana y más centrada en los que sufren: las víctimas, y que estos mismos valores restaurativos, se inculquen en los colegios, para que así muchos futuros posibles delincuentes se conviertan en gente de bien con aptitudes y comportamientos constructivos.
Es hora de dejar de fomentar el morbo y cambiarlo por las actitudes constructivas  y reparadoras, solo así conseguiremos una sociedad más pacifica y sobre todo un lugar mejor donde vivir.
 

miércoles, 25 de septiembre de 2013

¿Está llegando el mensaje de la justicia restaurativa al ciudadano?

Todavía hoy, me sigo preguntando si estamos llegando con el mensaje de la Justicia Restaurativa, son frecuentes las entrevistas a gente que sin saber de lo que habla confunde a la población, un error frecuente es asociar mediación penal a toda clase de mediaciones cuando son evidentes las diferencias. Otro error muy habitual,  es pensar que queremos ser blandos con los infractores, que nuestro objetivo principal es ayudarlos a no ser castigados por la ley.
 
Lejos de este objetivo un tanto absurdo, nuestro trabajo consiste en asegurarnos que esta justicia restaurativa tiene el mayor impacto posible en los delincuentes, centrándonos en las víctimas. Esta justicia no es un medio para que los infractores se sientan mejor por supuesto que no, es una oportunidad para  víctima e infractor de poner rostro e historia a la otra parte. Así la víctima,  deja de ver al delincuente como un monstruo y el infractor ve claramente que con su acción dañó a otro ser humano. Ambos recuperan la humanidad. Lo que si es cierto que solo con escuchar a las víctimas y hacer frente a las necesidades de la víctima, el infractor puede comprender el impacto de su crimen, lo que aumenta las posibilidades de que no vuelva a delinquir. Esto el proceso penal tradicional rara vez lo consigue.
 

martes, 24 de septiembre de 2013

Entrevista en Seguridad y Tribunales, Gestiona Radio gracias a Roberto Ruiz Ballesteros

El lunes Roberto Ruiz Ballesteros, me entrevisto en el espacio Seguridad y Tribunales, podeis escucharme a partir del minuto cuarenta en el siguiente enlace;   Entrevista en Seguridad y tribunales. Es importante que los medios de comunicación puedan dar a conocer qué es realmente esta justicia, porque es una forma de conseguir apoyo social y quitar peso a aquellos que hablan erróneamente y confunden a la población sobre los grandes beneficios de la Justicia Restaurativa.
 
En la entrevista, se habla también de mi nuevo libro, Justicia Restaurativa mucho más que mediación.
 

Necesidades de las víctimas cuando el delito llega a los tribunales ("viaje a la justicia")

El otro día hablaba del "viaje" de las víctimas hacia la superación del trauma de haber sufrido el delito, y el último estadio era viaje a la justicia, y empieza en el momento en que el delito ha llegado a los tribunales, es cuando las víctimas tienen un serie de necesidades:

Seguridad, se sienten satisfechas si creen que hay menos posibilidades de que el infractor vuelva a cometer nuevos delitos. La justicia restaurativa y los procesos restaurativos favorece esta seguridad, por cuanto si el infractor asume voluntariamente el daño que ha causado, es más seguro que no vuelva delinquir por tanto habrá menos riesgo de que otros miembros de la comunidad se conviertan en víctimas.

Información y respuestas. Las víctimas dicen que una de las mayores frustraciones es la dificultad en encontrar por parte de las autoridades judiciales información sobre la evolución de sus casos. De hecho, alguna de las víctimas afirman que es lo único que desearían conseguir del sistema judicial.
Hacía la mitad de la instrucción de las causas, la satisfacción de las víctimas empieza a decaer y continua así por la falta de información del progreso y evolución de sus casos. Las víctimas necesitan saber, implicarse y sentirse parte esencial. La Justicia Restaurativa, precisamente favorece el protagonismo de las víctimas, las hace parte esencial.

Que se le cuente la verdad y se la de el “poder” para tomar parte en un proceso que las afecta tan directamente como es el delito. Por esto, necesitan participar y ser consultados durante todo el tiempo que dure la tramitación. Lógicamente esta necesidad va íntimamente ligada a la de información y respuestas, y es que muchas víctimas necesitan comprender el por qué del delito, y sobre todo quieren conocer de forma real cuales pueden ser sus expectativas con respecto al resultado del juicio y su posibilidad de obtener una reparación adecuada a lo que necesitan. La justicia restaurativa y los procesos como la mediación penal, promueven una oportunidad para que las víctimas puede obtener respuestas a sus interrogantes y puedan ellas mismas, decidir qué desean para sentirse reparadas.

Muy relacionada con esta necesidad de participación, esta otra y es la necesidad de:

Reconocimiento. La víctima quiere que se la estimule para sentirse parte de la justicia. A través de la participación, restauración emocional y reparación material del daño se la está dando el reconocimiento y el valor que tiene como persona y como víctima para que así la experiencia de la victimización se resuelva de una forma satisfactoria. Necesitan sentir que son respetadas y que la comunidad está con ellas, que sienten su dolor y no están solas. La justicia Restaurativa, mejor que nada, lo que hace es devolverlas el control de su vida, las hace sentirse escuchadas, acompañadas y comprendidas.

 En cuanto a la restauración emocional, se puede decir que mientras los juzgados y los abogados hacen referencia al daño y sufrimiento experimentado y en ciertos casos son adoptadas sentencias con condenas económicas para compensar este daño, las víctimas suelen afirmar que el daño moral solo puede ser sanado por un acto de reparación emocional. La mayoría de los delitos son estresantes, lo que conlleva sentimiento de vulnerabilidad, enfado, desconfianza, vergüenza o auto culpabilidad.
 
El problema precisamente es que el sistema de justicia tradicional falla porque trata todas las ofensas de la misma manera, a pesar del diferente impacto que causan en diferentes victimas. Por supuesto que la reparación material también es importante para muchas víctimas y prefieren que ésta provenga directamente del infractor.
 

 

domingo, 22 de septiembre de 2013

Las víctimas y su "camino" tras sufrir el delito


La víctima es la gran "olvidada"del proceso penal, esto lo decimos hasta la saciedad tanto que ya pocas víctimas, creen que de verdad, hay posibilidades de revertir esta situación. Siempre pienso que más que hablar con palabras, hay que hacerlo con hechos, no obstante, es necesario reinvindicar la poca atención que las prestamos, para así poder aliviar la situación. Y una forma de ayudar a remediar el poco protagonismo de las víctimas, es entender, cómo afecta el delito en su vida, y cómo coexisten con el trauma de haber sufrido un delito, en definitiva, es necesario saber cómo afecta el crimen a cada víctima para poder ayudarlas y devolverlas el protagonismo que merecen en un hecho que las afecta tan directamente como es el delito. Y es que la concepción retributiva ha distanciado al infractor de la víctima, poniendo a esta última como un simple sujeto pasivo dentro de la comunidad. Como dice García-Pablos la víctima debe de ser redescubierta. Ser descubierta como parte fundamental junto al infractor y a los operadores jurídicos y colaborando con la efectividad del sistema de justicia penal. Todo el proceso penal desgraciadamente gira en torno al infractor: es o no culpable, qué pena se merece, algún atenuante o agravante...etc, esto no hace sino agravar el trauma y la desilusión de las personas que han sufrido el delito.
 
La Justicia Restaurativa significa sobre todo y por encima de todo trabajar con las víctimas. Y en ocasiones al tratar con las víctimas no se encuentran las palabras adecuadas para definir las etapas por las que atraviesan desde el momento en que sufren un delito y cuales son sus necesidades, esto es así, y se ve aumentado porque cada víctima es diferente y el mismo delito no afecta igual a diferentes víctimas, por eso, muchos hablan de “viaje”:
 
  • Viaje al entendimiento
  • Viaje al honor
  • Viaje reivindicativo
  • Viaje hacia la Justicia
En la primera y segunda etapa las víctimas se enfrentan a un proceso psicológico e interno en el que su necesidad primordial es intentar convivir con lo que ha sufrido y poder superarlo. Se trata de reconstruir la historia, incorporando el delito como una parte más de su vida y trayectoria personal además se intenta transformar la humillación, que supone sufrir un delito en honor (no es algo deshonroso ser víctima, sino que es un honor poder superar el trauma y salir adelante).
 
En la tercera etapa, la víctima refleja el proceso interno de las dos anteriores etapas en el mundo exterior a través de sus reivindicaciones. En este momento la víctima necesita saber que una persona (infractor) que es el responsable. Necesita que desaparezca el desequilibrio de poder entre ambos (víctima e infractor) y que la balanza se equilibre lo más posible.
 
En la cuarta etapa en la que el delito ha llegado a los tribunales (a la “justicia”) y es en este momento cuando la víctima tiene una serie de necesidades que la justicia penal tradicional no atiende o al menos no lo hace en la forma que la víctima desearía o necesitaría. Dejo para otro día, cuales son estas necesidades dentro de esta cuarta etapa del viaje, hacia la justicia.
 
 
 

viernes, 20 de septiembre de 2013

Reflexiones sobre el proceso penal y las víctimas desde "el otro lado"

Cuando fui juez, lo que peor llevaba eran los juicios penales, aquellos en los que hay víctimas, que se han sentido más víctimas durante todo el proceso, que han sido interrogadas una y otra vez, teniendo que recordar el dolor que sufrieron y reviviendo el trauma. Y cuando quizá empezaban a superar lo vivido, son llamadas al juicio, muy probablemente después de que haya pasado tanto tiempo que casi, se habían olvidado. Si, estos casos son los que menos me gustaban, y esto empeoraba si con ellas, asistían al juicio oral, sus allegados, víctimas indirectas del delito y del sistema penal, y personas que no se las tiene en cuenta en ningún caso, a no ser que también fueran testigos del crimen.

¿Por qué?

Porque era consciente de que acudían al juicio oral con unas expectativas diferentes, pensando que iban a poder desahogarse, que iban ser escuchadas, y no sobre cómo sucedieron los hechos, sino que pensaban que iban a poder expresar cómo se sintieron cuando sufrieron el delito y después, cómo es su vida tras el crimen y qué necesitarían para poder superarlo. Obviamente el juicio es un proceso solemne, demasiado a mi parecer, que asusta en muchas ocasiones y que intimida casi más a las víctimas que a los infractores. Solamente van a poder responder a las preguntas que las hagan los operadores jurídicos, y en más de una ocasión son preguntas un tanto desagradables. Por eso, cuando acaba el juicio, claro, si es que se celebra y no hay una sentencia de conformidad ( en la que todo se acuerda entre fiscal y abogado del delincuente) que las deja sin ni siquiera saber qué ha pasado o haber podido contar su historia frente al acusado, vuelven a la realidad, y se dan cuenta que todas sus esperanzas estaban en este proceso y que una vez más las ha fallado, porque no han podido expresarse, ni ellas ni mucho menos las víctimas indirectas, que no son tenidas en cuenta como víctimas.

Por eso la Justicia Restaurativa, se presenta como un soplo de aire renovado ante una justicia tradicional anclada en protocolos rígidos, fríos que causan hasta miedo en los que no tienen más remedio que acudir a ella. Y lo que no podemos consentir los que nos dedicamos a esta justicia reparadora, es que se la quiera transformar cayendo en los mismos errores, por eso, me niego a rígidos protocolos con plazos tasados que usan en determinados lugares, lo que lleva a que los encuentros restaurativos, se desnaturalicen y causen aún más perjuicios, a una ya maltrecha justicia penal tradicional.

La justicia restaurativa tiene que estar liberada de tanta burocracia, ser flexible, permitiendo diferentes clases de encuentros restaurativos, dependiendo del caso y las circunstancias, no limitando y asumiendo que justicia restaurativa es tan solo mediación penal, y sobre todo lo que habría que hacer es transformar la justicia penal tradicional, haciéndola más restaurativa menos rígida y más adaptada a las circunstancias del caso, y no a la inversa.
 

jueves, 19 de septiembre de 2013

La necesidad del principio de oportunidad para delitos muy leves

En muchas ocasiones he hablado de que los procesos restaurativos en delitos graves, no eximen de la posible pena al infractor, al contrario, estos encuentros restaurativos servirían para preparar su futura reinserción o ayudar a ella, pero nunca a priori obtendrían beneficios penitenciarios.
 
Sin embargo, no nos podemos olvidar de los asuntos más leves, y de la necesidad de que se regule la justicia restaurativa para dar cabida al principio de oportunidad, ¿por qué ? Con un ejemplo, lo explicaré mejor, el otro día tuvimos un caso de justicia restaurativa, el asunto era leve, una pelea con daños muy leve, a consecuencia de un problema derivado de la circulación de vehículos, el caso se solucionó a través de nuestro servicio, sin mayor problemas, la víctima no sufrió lesiones graves y el daño en el coche lo pagó el seguro del infractor, el acuerdo consistió en unas disculpas y compromiso de no volver a hacerlo. Lo difícil fue explicar a la víctima e infractor, que a pesar del acuerdo, de ser un simple juicio menor de faltas, les iban a citar a juicio, la víctima: un chico bastante joven, me decía: "pero sí yo que soy el interesado no quiero seguir con el proceso, por qué no me hacen caso". Realmente, y aunque a los ojos de los operadores jurídico y todos los que conocemos el proceso penal, esto supone una garantía, muchas personas no lo ven así, y sienten que no son tenidas en cuenta, y son expropiadas del delito. "Tal parece que la víctima son ellos" me decía este chico.
 
Por eso para asuntos muy leves, tanto que en ocasiones no deberían llegar a los tribunales, el principio de oportunidad, daría la posibilidad de archivar la causa, si ambas partes a través de un proceso restaurativo llegan a un acuerdo. Esto sin duda, haría que las partes sintieran que sí tienen el control de su vida, y de lo que quieren o necesitan.Las personas aunque acuden al juzgado por ayuda, saben perfectamente lo que quieren o cuales son sus expectativas, sin necesidad de que el sistema decida por ellos.
 

miércoles, 18 de septiembre de 2013

Cualidades de un profesional de la Justicia Restaurativa

 Como saber si soy buena facilitadora de un proceso restaurativo o no, esta es una pregunta que creo que se nos pasa a todos por la cabeza alguna vez, quizá la mejor forma de saberlo es si las partes, víctima, infractor y/o comunidad, se sienten satisfechas. Sin embargo, en ocasiones repaso algún proceso restaurativo del pasado,y me doy cuenta que quizá hoy, lo habría hecho diferente, esto sin duda es la práctica, realmente cuando se trata con algo tan sensible como sentimientos, esperanzas, expectativas, cada caso, cada persona es un mundo y la teoría puede servir al principio, sin embargo, la experiencia es la que nos indica, en muchas ocasiones cómo actuar o como afrontar los retos que se presentan especialmente durante un encuentro restaurativo.
 
Sin embargo, vivimos en un mundo en el que nos gusta teorizar por eso, aportaré mi granito de arena sobre qué cualidades debe tener un facilitador de justicia restaurativa:
  • Actitud de servicio
  • Colaboración 
  • Empatía
  • Tolerancia 
  • Flexibilidad y adaptación al cambio 
  • Grado aceptable de autoconocimiento, aceptación y autoestima
A estas cualidades, que no significan que si no las tenemos no podamos ser un buen facilitador, yo añadiría humor, me parece muy importante para nuestro trabajo, el sentido de humor.
 
 
 
 

martes, 17 de septiembre de 2013

Motivos de los infractores para participar en encuentros restaurativos

En muchas ocasiones, hay gente que pone en duda los motivos de los infractores para participar en un encuentro restaurativo con la víctima, no son pocos los que  me han comentado sus dudas."¿no lo harán porque obtienen beneficios penitenciarios o guiados por la posibilidad de obtener una ventaja?", esto me lo han repetido muchisimas veces.
 
Sin embargo, estas personas no tienen en cuenta varias cosas:
En primer lugar, ya existen para los infractores, la posibilidad de obtener beneficios penitenciarios, por ejemplo, atenuante de reparación del daño, confesión...etc y todos ellos están contemplados en la ley pero sin la posibilidad de que la víctima decida cómo quiere ser reparada, o pueda valorar como entiende esta  confesión. Estos beneficios que contempla la ley, en el sistema penal tradicional, no hace al infractor un agente activo, simplemente se va a  limitar a intentar eludir o mitigar la pena que le pueda corresponder, es en estos casos cuando todo lo que hacen es por conseguir ciertos beneficios o incluso eludir la pena. Realmente es curioso porque es la justicia penal tradicional, la que pone a disposición del infractor los elementos para eludir su responsabilidad en el hecho o incluso quitarlo importancia, todo ello sin participación de la víctima.
 
Sin embargo, la Justicia Restaurativa y los procesos restaurativos como encuentros víctimas-infractor, favorecen la asunción de responsabilidad, y convierten a muchos infractores en agentes activos para el cambio, aprenden que el que hace algo mal, debe hacer lo necesario para compensar el daño que causó. Y aunque parezca extraño, muchos infractores, manifiestan que no hay nada más difícil, que enfrentarse cara a cara con la persona a la que causaron el daño. Es algo que para muchos resulta un proceso más "duro" que el propio juicio penal, ¿por qué? pues porque muchos delincuentes no ven a las víctimas como seres humanos, intentan justificarse pensando que  el daño no ha sido tan grave, que quizá la víctima se lo podía permitir o simplemente, no asocian el daño con una persona. El encuentro restaurativo permite al infractor poner rostro e historia a la víctima, ven que es una persona normal, que no merecía el daño que sufrió. Estos encuentros sin duda, generan en muchos infractores ese punto de inflexión necesario para querer cambiar y no volver a delinquir. Y estos procesos son voluntarios, y en delitos graves no obtendrían beneficios penitenciarios a priori, con lo que pensar que lo hacen sin sentir verdaderamente la necesidad de reparar el daño y escuchar a la víctima , es algo que pierde peso. Recuerdo la historia de un infractor, reincidente, entró a robar en un casa en Inglaterra, allí se encontró con el dueño, tuvieron una pelea y al final fue capturado por la policia. En principio, a un delincuente reincidente, toxicómano de familia desestructurada, muchos le habrían dado por "perdido" y pensarían que no hay reinserción posible para él, pues en contra de los prejuicios,  se reunió con la víctima, estando ya cumpliendo su condena, y según este delincuente, fue la primera vez que realmente se dió cuenta que con sus robos, estaba causando un daño terrible a muchas personas inocentes, hasta que no escuchó a la víctima hablar de sus sentimientos con el delito, no reconoció la humanidad existente en las víctimas de sus crimenes, y fue cuando encontró su propia humanidad. Cuando cumplió condena  dejó su adicción y se convirtió en firme defensor de la justicia restaurativa, ¿Por qué? Claramente esta justicia rescata la humanidad de los delincuentes y ayuda a muchos de ellos a reconectar con la comunidad.
 

lunes, 16 de septiembre de 2013

¿Por qué algunas víctimas desean un encuentro restaurativo con el infractor?

En ocasiones, me sorprendo el por qué algunas víctimas desean participar en un encuentro restaurativo con el delincuente.
 
Para las personas ajenas al delito nos puede resultar complicado por qué esa necesidad de reunirse con el infractor sobre todo si pensamos en delitos muy graves, sin embargo, la realidad es que las víctimas sienten que no se han podido expresar, y realmente es así el proceso penal las deja pocas oportunidades, y por eso, muchas ponen sus expectativas en el juicio oral. Piensan que van a poder contar cómo ocurrió, cómo se sintieron, cómo están después del delito, sin embargo, lo único que pueden hacer es responder a las preguntas que las hagan y que lejos de aliviar su malestar, lo que generalmente sucede es que tienen que recordar una y otra vez, lo que ocurrió y cómo fue el delito. Esto si se trata de un delito grave, no sólo no ayuda, sino que perjudica doblemente, las víctimas son víctimas del delincuente y lo son el día del juicio y durante todo el proceso penal, porque lejos de ayudarlas a curar heridas deben rememorar lo sucedido una y otra vez.
 
No se trata de perdonar, ni de reconciliación, al menos, en principio, no,  muchas víctimas quieren reunirse con el infractor para reequilibrar la balanza que se inclinó  a favor del delincuente desde el momento de que se cometió el delito. Se trata de recuperar el control de su vida. Recuerdo a una víctima de una violación, y también me acuerdo cómo yo pensaba: "madre mía,un delito así debe ser perjudicial que se reuna con su violador". Sin embargo, la víctima lo único que decía es que deseaba decirle al violador que no había arruinado su vida, ¿ por qué? Pues porque el día del juicio, esta chica tuvo que oír cómo el juez decía al violador: has arruinado la vida de esta chica...y ella quiso hablar para rebatir lo que decía el juez, y no pudo.Este hecho la causó tanto daño como el delito, no podía dejar de pensar que el violador estaba en la cárcel pero todavía había "ganado"porque pensaba que la había marcado de por vida. Por eso, aun cuando el violador estaba cumpliendo condena, solicitó reunirse con el, lógicamente este encuentro requirió mucha preparación, sin embargo, lo que pudimos darnos cuenta es que la víctima tras el encuentro "recuperó  su vida", y no sólo eso, dejó de sentirse una víctima, tanto del infractor como del propio sistema penal. Desde ese momento pasó a ser una superviviente. Por eso los motivos de solicitar un proceso restaurativo pueden ser diferentes para cada víctima, algunas querrán respuestas, otras ser escuchadas, otras simplemente poner rostro al infractor pero sin duda si una víctima quiere esto, nuestra labor es facilitar y hacer accesible la justicia restaurativa para todas ellas,  con independencia del delito sufrido, si así lo desean de forma voluntaria. La justicia restaurativa hace víctimas más fuertes y las ayuda a despojarse del rol de víctima.
 

viernes, 13 de septiembre de 2013

Apoyo social para la Justicia Restaurativa

Hace ya bastantes años que acudí a mi primer congreso internacional sobre justicia restaurativa, el tema me parecía bastante importante, "apoyo social para la justicia restaurativa", en efecto, ¿cómo conseguir que una sociedad desencantada por la justicia, que suele clamar por penas más duras, vea en la justicia restaurativa una gran aliada en la defensa y restauración de sus derechos? Para conseguir esto, el apoyo y la promoción de los medios de comunicación es esencial, la prensa, la televisión, la radio son "el cuarto poder" y si conseguimos llegar a ellos, también a buen seguro llegaremos al ciudadano. Sin embargo, aquí en ocasiones al menos en España, chocamos con un muro, puesto que salvo contadas y honrosas excepciones, parece que el morbo y el clamor por penas más duras vende más, aunque no tienen toda la culpa, puesto que cómo no conocen realmente que es la justicia restaurativa y parten de ideas preconcebidas y erróneas, por eso se oponen a priori, por pensar que tratamos de ser blandos con los delincuentes.
 
Otro gran problema, que estoy viendo son los efectos que produce en las asociaciones de víctimas y en las víctimas en general, aquellos que hablan de justicia restaurativa sin saber realmente qué es, me explico; con tantas noticias que equiparan mediación penal y justicia restaurativa, que ensalzan lo bueno que es para evitar los juicios, agilizar la justicia, perdonar...etc, no me extraña que cualquiera que lea esto y haya sido víctima directa o indirecta rechace la justicia restaurativa. En muchas de estas informaciones se las olvida una vez más, y para colmo ven que la preocupación no son ellas sino facilitar la vida a los operadores jurídicos, esto realmente está perjudicando un apoyo, que de otra forma sería indiscutible por los grandes beneficios que pueden tener para muchas víctimas.
 
Es necesario que hablemos, estemos en contacto directo con las víctimas y asociaciones destinadas a ayudarlas, para mitigar la mala información, lo único que nos queda es informar sobre qué es y no es esta justicia, y lo más importante no menospreciar a aquellas víctimas que no desean participar en la justicia restaurativa, porque escuchando por qué de su negativa, podemos mejorar nuestro trabajo.
Y por supuesto, una legislacción adecuada sería interesante para dar un impulso final, sin embargo al menos en España, los proyectos y borradores siguen confundiendo conceptos y limitando la aplicabilidad de la justicia restaurativa, no obstante todavía hay esperanzas, y estamos trabajando para que nuestra voz sea escuchada.
 
 

jueves, 12 de septiembre de 2013

¿Cuándo no es posible la Justicia Restaurativa?

Ayer me preguntaban ¿Cuando la Justicia Restaurativa no es posible?. La respuesta a priori debe ser diferente, si nos ceñimos a justicia restaurativa como programas restaurativos, ya sea mediación penal, conferencias o círculos, la Justicia Restaurativa, no sería posible un encuentro restaurativo en estos casos:
Si el delincuente no está identificado o no quiere participar.
Si la víctima no está dispuesta a participar.
Claramente los programas de justicia restaurativa se deben basar en la voluntariedad, porque no se concibe que una víctima sea obligada a encontrarse con su infractor ( las consecuencias en el plano de la victimización secundaria serían nefastas y todo el beneficio que puede suponer para la víctima, se volvería en su contra), y por supuesto no se puede obligar a un infractor a tomar parte en el proceso, porque si no su asunción de responsabilidad no sería verdadera y no vería en la reparación del daño, una prestación socialmente constructiva.
 
No obstante, si concebimos la Justicia Restaurativa como algo más amplio, como una filosofía o como dice las Naciones Unidas una respuesta evolucionada al crimen, siempre se puede actuar y ayudar desde un punto de vista restaurativo, porque ¿qué pasa con la víctima que si quiere ayuda de la justicia restaurativa? ¿la decimos que no porque el infractor no ha sido identificado o porque no quiere? Para mí,  esta negativa sería muy perjudicial, sin embargo podemos intervenir desde un punto de vista restaurativo con esta víctima,  derivarla a otros servicios de asistencia especial a las víctimas, y como simple ejemplo, ¿por qué no propiciar reuniones entre víctimas e infractores, unidos por delitos similares,  aunque no sean los directamente afectados? Estos encuentros ayudarían a generar empatía, cicatrizar heridas y a que la víctima pueda sentirse escuchada, respetada y valorada.
 
De la misma manera, si un infractor quiere asumir su responsabilidad pero la víctima no desea participar, ¿impedimos que una persona que ha hecho algo mal, se responsabilice? Por supuesto, que esto sería también negativo por cuanto parece que estamos negando al infractor una segunda oportunidad para hacer las cosas bien. Por eso podemos intervenir con los delincuentes también desde un punto de vista restaurativo, de muchas maneras, estos encuentros con víctimas serían beneficiosos, o simplemente propiciando que pueda hacer una reparación si no directamente a la víctima, a la comunidad en general, puesto que la sociedad es víctima indirecta de los delitos.
 
Por eso, ante la pregunta de cuando no es posible la justicia restaurativa, pienso que siempre es posible, si hay una víctima o un infractor que así lo desea. Los límites, no serían la gravedad del delito sino las circunstancias del caso concreto y de las partes, pero a priori, cualquiera que quiera participar en la Justicia Restaurativa debería tener la oportunidad, es nuestra obligación para con las personas que sufren y/o las más vulnerables.
 

miércoles, 11 de septiembre de 2013

Justicia Juvenil con enfoque restaurativo


Para Matza y Sykes, cuando los infractores, especialmente los menores y jóvenes cometen un delito, en muchos casos se amparan en lo que llamaron técnicas de neutralización y que son las justificaciones que utilizan para con sus conductas delictivas y así pueden cometer delitos porque se apartan y suspenden temporalmente su compromiso con las normas sociales.

Estas técnicas que usan los adolescentes infractores son las siguientes y frecuentemente se favorecen por el sistema penal tradicional de justicia:

. Negación de la responsabilidad: el delincuente dirá que el /ella es una víctima de las circunstancias y que ha sido empujada al delito y que esto escapa de su control (“no fue mi culpa”)

. Negación de la lesión: los delincuentes suponen que su comportamiento realmente no causó daños o que la víctima puede permitirse el daño.

. Condena de los que condenan: los que condenan son vistos como hipócritas o están reaccionando así por despecho personal (“ellos seguro que hicieron cosas peores en su día”)

. Apelación a lealtades superiores: las reglas de la sociedad quedan por detrás de las demandas y lealtad a otros (“que iba a hacer, mis amigos estaban ahí…)
La Justicia Restaurativa, genera en muchos infractores, especialmente en los jóvenes cuya personalidad todavía está en formación, un punto de inflexión que los hace reflexionar, se genera en ellos empatía para ver que efectivamente dañaron a otra persona y que no quieren volver a hacerlo. Esta justicia favorece su concienciación y responsabilización lo que hace que estas justificaciones que para ellos tenían sentido cuando cometieron el delito, dejen de tener significado. Favorece que se conciencien, se den cuenta del daño real que si causaron, incluso sientan remordimiento, sin estigmatizarlos, que propicie su cambio, un punto y aparte para querer vivir siguiendo las normas. Esto se hace de una manera constructiva, favoreciendo la educación en valores restaurativos que les haga ver su humanidad y la humanidad de la gente que los rodea.


 

martes, 10 de septiembre de 2013

Facilitadores de la Justicia Restaurativa, independientes del derecho, psicología y otras disciplinas.

Uno de los problemas para los facilitadores de la justicia restaurativa suele ser el despojarnos de nuestra profesión de origen, los que venimos por ejemplo del mundo del derecho solemos tener tendencia a llevar a todo a la estricta legalidad vigente y por eso, en ocasiones se dificulta la aplicación práctica. Un ejemplo claro es el considerar y equiparar la reparación del daño como algo indiscutiblemente unido a la justicia restaurativa y sus procesos como la mediación penal, por supuesto que la reparación del daño es un aspecto importante que ayuda a las víctimas a recuperarse del delito y propicia la asunción de responsabilidad del infractor. Sin embargo, la reparación en la justicia restaurativa no debe considerarse desde un punto de vista estrictamente jurídico, porque no coincide estrictamente con la reparación concebida en nuestras leyes, así el elemento proporcionalidad no está incluido dentro de las reparaciones que puedan pactarse dentro de un proceso restaurativo, dependerá de lo que las partes decidan y de lo que los mediadores puedan orientarles.

 ¿Qué conlleva esto? Que la medida reparadora, no incluye por sí misma la proporcionalidad a la gravedad del delito (proporcionalidad al daño causado y a la culpabilidad) que tradicionalmente han observado las penas, sino que tal elemento aparecerá en función de lo que decidan las partes. Se deja a la víctima y al infractor la configuración del contenido huyendo de reglas o principios preestablecidos. A pesar de todo, esta ausencia de criterios de proporcionalidad supone la entrada de otros. El hecho de que se deje a las partes la delimitación y elección de la reparación supone que esta se adecuará mucho más a sus circunstancias y atenderá a sus necesidades, cosa más difícil de darse en construcciones abstractas y normativas. La reparación en los procesos restaurativos, puede considerarse como ya se ha dicho, una reparación muy cualificada al tener como objetivo:

La atención a las necesidades de la víctima.

La mejor reinserción del autor de los hechos.

Y es que la realidad en ocasiones es más complicada que las puras y estrictas teorías legales, a veces no todo es blanco ni todo es negro, por ejemplo, acabamos de recibir un caso para nuestro servicio de mediación penal, la víctima no necesita nada para sentirse reparada, a pesar de que hubo una agresión, entonces aquí algo ya no es perfecto tenemos una víctima que no quiere ser reparada y un infractor que quiere hacer algo por la víctima, ¿qué hacemos entonces? Si nos ceñimos a las definiciones y teorías sobre procesos restaurativos como mediación penal, no podríamos hacer mucho, sin embargo, la justicia restaurativa es algo más que un acuerdo de reparación es permitir un dialogo restaurador, es ofrecer una oportunidad para generar empatía y otros valores como la comunicación no violenta, es un espacio para apreciar la humanidad de la otra parte.
Y ahí es donde a pesar de todo, de no necesitar reparación tal y como está contemplada en la ley, entra nuestro trabajo, para mi, es reparación aunque quizá simbólica o moral, pero al fin y al cabo es una compensación a la víctima por el delito sufrido y una forma de decir al infractor que cuando se hace algo mal, se debe afrontar las consecuencias.

Por eso creo que los facilitadores de la justicia restaurativa, debemos despojarnos de nuestra formación de origen, e intentar centrarnos en que nuestra misión es ayudar a sanar las relaciones rotas entre los miembros de la comunidad.
 

lunes, 9 de septiembre de 2013

Más sobre justicia restaurativa, víctimas y proceso penal

Llevo varios días hablando sobre las víctimas, porque son el centro de nuestro trabajo, y como siempre digo, la justicia restaurativa surge desde el momento en que hay una persona directa y/ o indirectamente afectada por el delito. Y aunque parezca muy sencillo desde el punto de vista procesal, delimitar quién es la víctima, la realidad es que existen muchas víctimas o al  menos muchas personas afectadas por el delito.
 
Un ejemplo claro de esto, son los familiares de la víctima directa, ¿acaso no sufren con el dolor de su familiar? ¿no son víctimas también? Por supuesto que son afectadas por las consecuencias del delito y  por eso también deben ser consideradas víctimas, el problema es que si las víctimas directas no tienen oportunidad de hablar y expresarse durante el proceso penal, salvo cuando son interrogadas como meros testigos, los familiares y allegados y en general todos los que sufren de manera indirecta el delito, no tienen ni una sola posibilidad de expresar su opinión, sus sentimientos, necesidades o expectativas. Si el proceso penal genera desilusión en las víctimas directas, este insatisfacción se ve también en familiares y allegados y además doblemente, primero porque ven como su familiar no ha conseguido ver sus necesidades cubiertas y luego porque ellos tampoco han podido hacer frente a sus expectativas propias o al menos  expresar su opinión sobre lo sucedido. Y esto es así ,los jueces y en general los operadores jurídicos se deben a la estricta, a mi parecer demasiado estricta legalidad y aunque quisieran dar voz a todas las víctimas, los rígidos protocolos establecidos se lo impiden o al menos suponen una "excusa" eficaz para no hacerlo.
 
Otro problema que surge en el proceso penal, y con respecto a las víctimas, es que solo encuentran como solución a su indefensión, pedir penas más duras, me explico: ante la falta de apoyo , empatía  y atención que sufren las víctimas, la única esperanza que tienen es que el delincuente esté en la cárcel el mayor tiempo posible, como decía el otro día, no es que seamos punitivos por naturaleza, al contrario, implícitamente lo que reclamamos es que el infractor sufra lo mismo que las víctimas han sufrido, es decir que se pongan por un instante aunque solo sea, en su lugar, reclamamos un poco de empatía. Sin embargo, cuando los códigos penales son ya de por si muy duros y punitivos, ¿qué podemos hacer? o la pregunta más importante ¿cómo conjugar los derechos y necesidades de las víctimas con unas leyes de por sí, ya punitivas? Parto de la base que para una víctima y sus familiares, a priori, la condena no será nunca suficiente para cubrir el dolor que no merecían sufrir, sin embargo, la forma de conjugar los derechos y necesidades de las víctimas con el proceso penal y con la justicia en general es la justicia restaurativa. Efectivamente, tenemos la respuesta a nuestro alcance, construyendo una justicia penal con un enfoque restaurativo pondríamos al alcance de las víctimas directas e indirectas, de los infractores una justicia más cercana a cada caso y  los operadores jurídicos ya no tendrían excusas para no flexibilizar los protocolos de actuación y para tener en cuenta siempre a las personas ,porque las partes, además de partes procesales son seres humanos. En esta justicia penal con enfoque restaurativo, los encuentros restaurativos como mediación penal, serían un instrumento más, para aquellas víctimas que así lo quisieran y/o  para aquellos infractores que así lo demandaran.
 
 No obstante, desgraciadamente, siento que generalmente, no interesa esta justicia restaurativa y si interesa, muchos se la quieren apropiar y caen en los mismos errores que la justicia penal tradicional conlleva,  hablando de que la justicia restaurativa agiliza la justicia, que trata de evitar juicios...etc, la justicia restaurativa no está para hacer la vida más fácil a operadores jurídicos y al legislador, esta justicia está para dotar de humanidad el proceso penal, para ayudar a las víctimas, al infractor y a la comunidad.
 

viernes, 6 de septiembre de 2013

Las víctimas, el proceso penal y la justicia restaurativa

Me gustan el cine, y sobre todo las películas con final feliz, si, lo reconozco, esas en las que a los buenos les pasan cosas buenas  y los malos reciben su castigo, una justicia muy humana y al fin al cabo retributiva, en la que los malos tienen lo que merecen. Toda nuestra vida está centrada en esta justicia retributiva e incluso equiparamos hacer justicia a que reciban un castigo.
Muchas personas y en general, víctimas, suelen decir: "quiero que sufran igual que he sufrido yo", ¿no obstante, están reivindicando con esto, una justicia retributiva, centrada en el castigo? Yo creo que no, las personas y las víctimas, con esta frase esta reclamando un poco de empatía del delincuente y también de la sociedad, y del sistema de justicia penal, claman porque la gente pueda ponerse en su lugar, especialmente el infractor. 
 
Por supuesto, que  nos gustaría que la vida fuera de esta manera, sin embargo, a la gente buena le pasan cosas malas. Y se convierten también en víctimas, sufren el dolor del delito y el dolor de afrontar las consecuencias ( un proceso penal que no respeta sus necesidades, cómo abordar el trauma, un justicia que parece lejana a sus expectativas, repuestas sin contestar a muchas preguntas, qué hacer después.....) y ponen todas sus esperanzas en el juicio, y como no tienen otras opciones es normal, sin embargo, cuando llega el momento ven cómo apenas pueden hablar, solo son meros testigos y ni siquiera pueden contar sus sentimientos, miedos y esperanzas. Todo es frío e inhumano, burocratizado y con excesivos formalismos, que lo que hacen es atemorizar más, a unas víctimas que ya han sufrido bastante. Es por eso que la Justicia Restaurativa, lejos de ser una justicia blanda , que quiere que los infractores no reciban su castigo, o como dicen por ahí, "se vayan de rositas", esta justicia devuelve a las víctimas su valor como personas buenas, como seres humanos que no deberían haber sufrido el delito, y que merecen todo el respeto y consideración. Y sobre todo una justicia que favorece que se la repare el daño, y siempre que sea posible esta compensación se haga de forma directa por el delincuente que quiso asumir su responsabilidad. Esta es la esencia de la justicia restaurativa.
 

jueves, 5 de septiembre de 2013

Libro sobre justicia restaurativa


 
Esta es la portada de mi libro sobre Justicia Restaurativa, publicado a través de Criminología y Justicia, y con mis mejores artículos sobre justicia restaurativa escogidos por David Buil.
 
Además tengo la gran suerte de que el prólogo ha sido escrito por Howard Zehr, el padre de la Justicia Restaurativa.
 
 
En este link podeís adquirirlo tanto versión digital como en papel, adquirir libro
 

miércoles, 4 de septiembre de 2013

La Justicia Restaurativa se centra en las personas

Hace unos días me di cuenta que generalmente la gente tiene conceptos poco claros sobre qué es justicia restaurativa, algunos piensan que se trata de potenciar la reinserción del infractor. Esto por supuesto no es así, o al menos no es tan sencillo, porque realmente la Justicia Restaurativa, surge desde el momento que hay una víctima directa o  indirecta de un delito, desde que hay una persona o personas que sufren las consecuencias del delito
 
Si centráramos la Justicia Restaurativa en el infractor, ¿en qué se diferenciaría de la justicia tradicional? Porque actualmente, y eso lo reflejan muy bien los medios, cuando se comete un delito, el debate gira en torno a qué pena se le puede imponer al culpable, las víctimas y sus necesidades dan poco de qué hablar. La Justicia Restaurativa surge para ayudar a la víctima a recuperar el protagonismo que la corresponde.
No obstante, pienso que pensamos demasiado en teoría y poco en la práctica porque ayudando a la víctima, también podemos ayudar al infractor a responsabilizarse por el delito cometido y eso repercutirá como una pescadilla que se muerde la cola en la propia víctima que tendrá la seguridad que ni ella ni otras personas, volverán a sufrir un delito cometido por ese infractor, y también en la sociedad en general, que se sentirá más segura, al saber que hay un infractor que ya no volverá a delinquir. Algunos afirman que pocos infractores se reinsertan en la sociedad, para mí, con que uno lo haga, todos estaremos más seguros. Otros afirman que pocas víctimas aceptan la Justicia Restaurativa, por supuesto, que no para todas las personas que sufren un delito, esta justicia es la solución pero para muchas, sí, y nuestro deber es no cerrar la puerta de la justicia restaurativa a aquellas víctimas que así lo quieran.
 
Por tanto, más bien yo diría que la Justicia Restaurativa, se centra en las personas, en los seres humanos y en dar la oportunidad a quién quiere aprovecharla de transformar lo vivido (tanto el dolor de sufrir un delito como el hecho de cometer un crimen y dañar a otro ser humano ) en algo positivo y constructivo .

martes, 3 de septiembre de 2013

Más sobre abordar el trauma de sufrir un delito y justicia restaurativa

La Justicia Restaurativa surge por y para las víctimas, sin perjuicio de que cuando se las ayuda también se está ayudando a los infractores, a "reconectar" de nuevo dentro de la comunidad. Hoy hablo de reconectar, más que de reintegrar,  porque realmente todos somos piezas dentro un todo que es la comunidad, el grupo, estamos conectados y cuando un miembro comete un delito o lo sufre, se desconecta de todos los miembros de la comunidad. Tanto víctima como infractor deben reconectar con los demás miembros de la sociedad, lo que ocurre que cada uno debe hacerlo de la manera que más necesiten.
Ayer hablaba de las víctimas y del trauma de sufrir un delito, por eso quería seguir profundizando...lo cierto es que el trauma y el camino para superarlo es diferente para cada persona y por tanto para cada víctima. Los procesos de Justicia Restaurativa son una manera de hacer frente a este trauma, y  es esencial hacerlo frente,  para esta reconexión, puesto que el dolor que no se transforma se transfiere ( Richar Rohr) y esto lejos de ayudar a reconectar con el grupo, lo que hace es alejar.
 
Las víctimas  tienen un serie de necesidades:
 
Volver a sentirse seguras, información ( esto es algo esencial que pocas veces consiguen del sistema tradicional de justicia, quién es el culpable, cómo, por que....), empoderamiento ( que vean que son respetadas y reconocidas, volver a recuperar el control de su vida que perdieron en favor del infractor), reparación de los daños, reivindicarse a si mismas como personas que superan un delito y no sólo como víctimas, y contar su historia.
 
Ayer comentaba lo importante que es para la recuperación de las personas que han sufrido un delito poder contar su historia,  sin embargo, también es esencial poder hacer frente a estas necesidades, algunas de estas se abordaran de manera eficaz a través de encuentros restaurativos como mediación penal, porque estos encuentros generan un espacio de empatía donde las víctimas e infractores y a veces otros miembros de la comunidad, tratan de fortalecer los lazos y tejer otros más fuertes, así se obtienen respuestas a muchas preguntas, especialmente al por qué del delito, y a su vez el infractor aprende a ver la reparación del daño como una prestación socialmente constructiva y no como una obligación impuesta.  Sin embargo, también podemos afrontar todo el proceso penal de una forma restaurativa, fijando la filosofía restaurativa como guia, lo cual no es otra cosa que tener informada a la víctima de cada momento del proceso y la evolución de su caso, y sobre todo "escuchar" su voz, como directamente afectada por el delito y no solo como un mero testigo, facilitar la concienciación del infractor siempre que sea posible, promoviendo en el caso de jóvenes infractores especialmente, medidas que favorezcan su educación en valores restaurativos, y potencien su empatía, etc....es decir la Justicia Restaurativa es una filosofía que tiende a humanizar la justicia penal.
 

lunes, 2 de septiembre de 2013

La Justicia Restaurativa y las víctimas: ayudando a superar el trauma del delito

Cuando te conviertes en víctima, es frecuente pensar en el delincuente como un demonio, una persona mala,  al que sólo le faltan los cuernos, para ser un autentico monstruo de otro "mundo". Esto es un proceso lógico pues incluso cuando estamos viendo noticias sobre delitos, nuestro primer pensamiento es pensar o está loco o es muy malo o ambas cosas.
El "demonizar" al delincuente ayuda a aliviar el "peso" de haber sufrido un delito, al menos en un primer momento, ya que después esto genera una serie de pérdidas mayores en las víctimas directas e incluso en las indirectas, perdemos el sentimiento de seguridad, de confianza en los demás (cualquiera bajo la apariencia inocente puede ser un demonio), la tranquilidad y esto acaba dominando nuestra vida.
 
Por eso, los encuentros restaurativos ya sean en forma de mediación penal , conferencias o cualesquiera otro, pueden suponer una ayuda para las víctimas en el camino hacia la superación del trauma del delito. ¿Por qué? Porque en el momento en que se reunen y empieza el diálogo, se comienzan a ver cómo personas, ven su humanidad y la empatia que se genera es una buena medicina para recuperar la confianza, seguridad y cierta tranquilidad en ver que algunas personas pueden cambiar, además las víctimas vuelven a equilibrar la "balanza", que se había desequilibrado tras sufrir el crimen.
 
Estos encuentros además proporcionan a la víctima un espacio seguro donde contar su "historia" en primera persona ( sin profesionales ajenos a ellas que creen saber lo que necesitan, más que ellas mismas), contar su historia es una forma de dar sentido a lo vivido, y un paso importante en el camino a su recuperación. Desde el momento que las víctimas empiezan a hablar sobre su historia, la asumen, reflexionan sobre ello, es cuando empiezan a dar sentido y significado a lo experimentado y es lo que las va a permitir continuar con su vida.
 
De esta forma, la Justicia Restaurativa, no tiene como objetivo prioritario una agilización de la justicia, ni una forma de ser blandos con los infractores, la Justicia Restaurativa es una filosofía de justicia más humana y sus herramientas como los encuentros restaurativos proveen una forma de colaboración entre la comunidad y el sistema, poniendo en el objetivo: ayudar a las víctimas. No es una justicia hecha para los operadores jurídicos, ni para otros profesionales, es una justicia por y para la comunidad, sin embargo, construyendo una justicia penal con enfoque restaurativo devolveríamos la confianza del ciudadano en la justicia y su eficacia.