domingo, 30 de diciembre de 2018

"El hilo rojo del destino"

Que la Justicia Restaurativa no es algo novedoso sino que está enraizada en las tradiciones y la cultura propia de cada país, y cada zona del mundo, ya la he comentado en muchas ocasiones, es importante reconocer que la Justicia Restaurativa es la justicia del sentido común . Hoy me gustaría recordar una historia de la que he hablado en muchas ocasiones en este blog,  el hilo rojo del destino, en su momento conté cómo esta historia representa el valor de comunidad y de como todos somos importantes para el buen funcionamiento del grupo. Más que nunca en momentos como este, necesitamos creer no tanto en el destino sino en que todos somos parte de una comunidad como es el mundo, a pesar de que algunos, los menos, quieren debilitar los lazos que nos unen, lo cierto es que el lazo existe. De esta manera,todos nuestros actos aunque pensemos que no es así, repercuten de alguna manera en los demás, igual que los que hacen los otros repercuten en nosotros: Los japoneses tienen la creencia de que las personas predestinadas a conocerse se encuentran unidas por un hilo rojo atado al dedo meñique. Es invisible y permanece atado a estas dos personas a pesar del tiempo, del lugar, de las circunstancias…El hilo puede enredarse o tensarse, pero nunca puede romperse. Existen muchas historias relacionadas al respecto pero os he extraído este resumen. 

sábado, 29 de diciembre de 2018

Nadie debería ser excluido de la Justicia Restaurativa

El Estado y el sistema, nos suele garantizar un juicio justo, pero no que se haga justicia. Por eso, la pregunta es ¿como hacer justicia?. En el sistema tradicional hay demasiadas formalidades, esto nos lleva a buscar la verdad "formal o legal" que en ocasiones no tiene nada que ver con la verdad "emocional". Frente a esto, la Justicia Restaurativa busca esta verdad emocional , busca que las personas cuenten su historia y así ayudarles a sanar. Para muchos, esto sería tanto como poner las cosas de manera que parecía que no se ha sufrido un delito, sin embargo,muchas veces, es imposible. Por eso, la reparación a la víctima debe ser más enfocada en el futuro, haciendo sobre todo que se sienta respetada. Para el infractor, también es importante este camino hacia la sanación y ven la Justicia Restaurativa más justa, ya que les da la oportunidad y les anima a hacer lo correcto. 
La conclusión es que nadie debe ser excluido a priori, de la Justicia Restaurativa, ya que además uno de sus valores es la inclusión.

viernes, 28 de diciembre de 2018

Más sobre Justicia Tradicional y Justicia Restaurativa




(imagen propiedad de Virginia Domingo)

Algunos ingredientes para la revolución restaurativa

Me veo en la obligación de escribir sobre ello,  una vez más, para una buena revolución restaurativa, hay que saber de lo que se habla. Pero es que esto es aplicable a cualquier ámbito de nuestra vida, que la Justicia Restaurativa sea multidisciplinar, no implica que la misma persona pueda realizar todo, puedes no tener formación en justicia restaurativa pero tus conocimientos pueden ser útiles para trabajar con los facilitadores de justicia restaurativa, pero no es aconsejable creerse que se sabe de todo.
Empezaré por el principio, puesto que en España muchas personas creen que mediación y Justicia Restaurativa es lo mismo, debo comenzar por ahí. Ahora mismo hay directores, coordinadores de cursos, masters y jornadas entre otras muchas cosas, que son personas muy válidas en su profesión, generalmente profesores, pero que no tienen ni un solo curso de mediación y menos, claro está, de justicia restaurativa. Siento decirlo así, ayer me tomé el tiempo suficiente para indagar el curriculum de un conocido y valorado profesor y por más que busqué, no encontré nada en su formación que dijera que había superado, lo que a los demás se nos exige, un curso de mediación y de justicia restaurativa. Eso sí, había escrito muchos artículos hablando de mediación, curiosamente ética del mediador etc....muchos podréis decir, qué me importa a mi, pues en concreto, lo que me preocupa es lo que se transmite a los alumnos, y asistentes a sus cursos y charlas, de ahí, que al final cuando se sale de sus charlas, cursos y jornadas, las personas se vayan a casa con ideas raras, mezcladas y sobre todo sin, una idea práctica de lo que se ha hablado. 

miércoles, 26 de diciembre de 2018

Valores de la Justicia Restaurativa





(imagen propiedad de Virginia Domingo)

Tres aspectos esenciales para abordar el delito de forma restaurativa

Ron Claassen,  dice que para resolver un delito de forma restaurativa, tiene que suceder tres cosas:
1)La injusticia  o el daño debe reconocerse, yo añadiría incluso ambas cosas deben reconocerse, porque que las víctimas sufran el daño, es una injusticia que también debe ser reconocida. Estoy hablando de víctimas, como por ejemplo las de terrorismo,o las de siniestros viales,  tristemente y en muchas ocasiones, se ve su condición de víctima como un daño colateral y no como lo que realmente son, personas que han sufrido el impacto del delito. Pero es que además ¿quién debe reconocer este daño? Primero es el infractor, el que de asumir, y reconocer que el daño que ha provocado a la víctima y a la comunidad, no simplemente pasó, sino que él o ella provocaron que pasara. Pero además el estado, debe también respetar a la víctima y reconocer que el delito sucedió y que no tuvo la culpa de sufrirlo e igualmente la comunidad debe mostrar su respeto a la víctima, reconociendo la injusticia de lo sucedido.

2) La "equidad" necesita ser restaurada. Con respecto a lo que dice Ron Claasen , añadiría que la víctima necesita, en este punto no solo equidad, sino sentir que sus necesidades han sido abordadas por el infractor. La principal será la de sentirse reparada, pero no podemos olvidar que la reparación para la víctima, puede no significar lo mismo para los demas que no hemos sido víctimas, es decir, no siempre querrá dinero, disculpas...generalmente querrá sentir que hay menos probabilidades de que ella u otra persona vuelva a sufrir el delito, por eso, para muchas víctimas, la reparación tiene que ver, con el punto número tres que aborda Ron, necesitan sentir que el infractor no volverá a delinquir, necesitan recuperar el sentimiento de seguridad y en cierta manera y en consonancia con la equidad, necesitan recuperar el control de su vida. 

lunes, 24 de diciembre de 2018

¿Qué lobo quieres alimentar?

Feliz Navidad y alimentemos todos el lobo de la alegría, amor, esperanza, amistad y empatía. 

Hacer lo correcto para la Justicia Restaurativa

La Justicia Restaurativa pretende enmendar el mal causado. ¿Esto que significa? Para algunos es única y exclusivamente, reparar el daño que se ha ocasionado, incluso me he encontrado con gente, que cree que la reparación es exclusivamente material. Sin embargo, los que nos dedicamos a la justicia restaurativa y en general, todos nosotros sabemos que el ser humano, sufre muchos daños, no solo los materiales y por eso es necesario un acto que compense o mitigue el dolor moral y/o psicológico, que se ha causado.
 Pues bien, la idea de enmendar el mal causado, implica una responsabilidad por parte del infractor , quien debe tomar medidas concretas para reparar el daño ocasionado a la víctima.   La obligación de enmendar el mal causado, le corresponde en primer lugar al ofensor, pero la comunidad también puede tener ciertas obligaciones  (hacia la víctima, pero también hacia el infractor). Para que los ofensores puedan cumplir con sus obligaciones, es probable que necesiten ayuda y apoyo de la comunidad, en general. 

sábado, 22 de diciembre de 2018

¿Como repensar la Justicia penal para que tenga enfoque restaurativo?





(imagen propiedad de Virginia Domingo)

Todos estamos conectados

La Justicia Restaurativa nos invita a ver como el mundo esta conectado (Howard Zehr) y relacionado, en muchas ocasiones en formas que no vemos. Un ejemplo de esto, sería la dinámica relacional entre víctima e infractor, que los une de una manera no saludable. La mejor manera de enfocar esta interconexión , es con el respeto, a uno mismo y a los demás y la responsabilidad, todos tenemos derechos pera también responsabilidades. De esta manera, podremos vivir en comunidad de una manera más saludable.

viernes, 21 de diciembre de 2018

Justicia Restaurativa: objetivos esenciales



(propiedad de Virginia Domingo)

La comunidad para la Justicia Restaurativa

Muchas veces hablamos de la participación de la comunidad en los procesos restaurativos, de hecho, se concibe esta justicia por su origen comunitario, los hechos dañosos afectan directamente a la comunidad y en especial, a algunos de sus miembros, por eso deben intervenir de forma directa en los procesos restaurativos, que favorezcan la mejor gestión del hecho, que causó el daño. El problema para muchos es cómo involucrar realmente a la comunidad en la justicia restaurativa. No es fácil hablar de que los afectados tras el delito o el hecho dañoso, no son solo la víctima y el infractor sino también la comunidad. Recuerdo que en algunas ocasiones, me han dicho que es imposible y muy costoso un proceso en que la comunidad también esté presente. ¿Costoso? ¿Acaso no sufre la comunidad las consecuencias del delito?. Creo que el mayor problema es determinar quién es la comunidad para la justicia restaurativa, porque esta pregunta es determinante para establecer el sentido de comunidad y cómo involucrar realmente a ésta, en los procesos restaurativos. En la práctica, la justicia restaurativa ha tendido a concentrarse en "comunidades de apoyo" o micro-comunidades.
 Para la justicia restaurativa, las preguntas claves son
1) quienes son los que en  la comunidad  se preocupan por estas personas, que sufrieron directamente el delito  o sobre este delito y 2) ¿cómo podemos involucrarlos en el proceso?. Es decir, respondiendo a estas preguntas podemos tener una idea acerca de que personas podemos incluir como parte de la comunidad.

jueves, 20 de diciembre de 2018

¿Qué genera un proceso restaurativo?


(propiedad de Virginia Domingo)

Algunos objetivos de las prácticas restaurativas

Según el manual “la Justicia restaurativa:una visión para la sanación y el cambio” de Susan Sharpe. Los programas de justicia restaurativa tienen los siguientes propósitos:

Confiar ciertas decisiones clave a aquellas personas que se han visto más afectadas por el delito

Hacer la justicia más sanadora e, idealmente, más transformadora. A esto yo añadiría, hacer de la justicia, el ideal de justicia, dando a cada cual lo que corresponde y teniendo en cuenta que los afectados por el delito son seres humanos.
  • Disminuir la probabilidad de ofensas en el futuro, a lo que yo agrego que también trata de eliminar los roles vitalicios de víctima sin posibilidad de curación y de infractor, sin opciones de reinserción, ya que ambos volverán a la sociedad como personas nuevas y productivas.

miércoles, 19 de diciembre de 2018

La importancia de las reuniones previas con el ofensor

Cuando se comete un delito se produce un daño y la justicia restaurativa y sus herramientas hablan de hacer "lo correcto", es decir que el infractor se responsabilice de este daño y por eso, se comprometa a repararlo. Sin embargo, vivimos en un mundo imperfecto y tratamos con seres humanos, pensar que vamos a tener un caso "ideal" susceptible de gestionarse por un proceso de justicia restaurativa es complicado. Lo normal será que al principio, el infractor no asuma su responsabilidad, más aún si se se trata de un delito más grave. Por eso, no veo lógico que a priori se exija que el infractor haya asumido su responsabilidad, pues precisamente la labor del facilitador será trabajar individualmente con él, antes de una posible reunión conjunta para que se reconozca el daño y su responsabilidad. Por eso, la responsabilización del infractor es un componente importante pero no se debe exagerar, hasta el punto de exigirla como condición sine quanon para empezar el proceso restaurativo. Sin duda, la exigencia de muchas legislaciones de que el infractor reconozca el delito para participar en un proceso restaurativo, es fruto del poco conocimiento que se tiene de lo que son los procesos restaurativos, y también por la tendencia a sobre proteger a las víctimas. 

martes, 18 de diciembre de 2018

¿Qué conlleva la Justicia Restaurativa?




(imagen propiedad de Virginia Domingo)

La importancia de los procesos restaurativos para muchas víctimas

Para los que nunca hemos sido víctimas directas de un delito, es complicado ponernos en el lugar de una persona que ha sufrido un delito, especialmente si ha sido grave. La justicia penal tradicional hace  por lo general, que las víctimas se sientan más víctimas durante todo el proceso, son  interrogadas una y otra vez, teniendo que recordar el dolor que sufrieron y reviviendo el trauma. Y cuando quizá, empiezan a superar lo vivido, son llamadas al juicio. Pero además, el proceso penal se olvida de otras víctimas, las  indirectas como sus familiares y allegados, no se las tiene en cuenta y no pueden hablar, a no ser que sean testigos del crimen. En general, tanto víctimas directas como indirectas, acuden al juicio oral con unas expectativas diferentes, pensando que van  a poder desahogarse, que van a ser escuchadas y van a poder hablar no solo sobre cómo sucedieron los hechos, sino también acerca de  cómo se sintieron cuando sufrieron el delito y después, cómo es su vida tras el crimen y qué necesitarían para poder superarlo. 
Obviamente el juicio es un proceso solemne, demasiado a mi parecer, que asusta en muchas ocasiones y que intimida casi más a las víctimas que a los infractores. Solamente van a poder responder a las preguntas que las hagan los operadores jurídicos, y en más de una ocasión son preguntas un tanto desagradables. Por eso, cuando acaba el juicio, claro, si es que se celebra y no hay una sentencia de conformidad ( en la que todo se acuerda entre fiscal y abogado del delincuente) que las deja sin ni siquiera saber qué ha pasado o haber podido contar su historia frente al acusado, vuelven a la realidad, y se dan cuenta que todas sus esperanzas estaban en este proceso y que una vez más las ha fallado, porque no han podido expresarse, ni ellas ni mucho menos las víctimas indirectas, que no son tenidas en cuenta como víctimas.

lunes, 17 de diciembre de 2018

V Congreso Internacional de Justicia Restaurativa: re evolucionando la Justicia.

Como ya sabéis, los próximos 4 y 5 de abril de 2019 celebraremos en el Aula Romeros de la Facultad de Derecho de Burgos, (España)  nuestro V Congreso Internacional de Justicia Restaurativa, que bajo el título Re evolucionando la Justicia pretende ser un referente a nivel mundial en Justicia Restaurativa. Ya podéis inscribiros y enviar vuestras comunicaciones a finales de enero, se cierra el plazo para enviarlas. Será el más internacional, hablaremos de los círculos restaurativos en delitos más graves, justicia restaurativa y terrorismo, justicia juvenil restaurativa, justicia transicional, justicia restaurativa desde el punto de vista de la criminología....y habrá un taller práctico sobre círculos. 
No os lo podéis perder. En este link toda la información, http://justiciarestaurativa.es/congreso-internacional-jr/v-congreso-internacional/

Para inscribiros debéis enviar copia de la transferencia y vuestros datos: nombre, apellidos, DNI, teléfono y mail a scjrestaurativa@outlook.es

Por último, consultar el precio especial para asociaciones, y en enero, os daremos información de los alojamientos que harán precio especial a los asistentes a este evento. #revolucionrestaurativa

Justicia Restaurativa para el infractor



(imagen propiedad de Virginia Domingo)

sábado, 15 de diciembre de 2018

¿Nos estamos obsesionando en exceso con determinadas herramientas restaurativas?

En ocasiones, me pregunto si no estamos perdiendo la esencia de la Justicia Restaurativa. Por un lado, están las personas que no entienden lo que es, y se limitan a calificar esta Justicia por sus herramientas. Para muchas personas en España, incluidos políticos, Justicia Restaurativa es mediación y ya. De ahí, que en la mayoría de las ocasiones, lo que se oferta es cursos de mediación y no de justicia restaurativa. El tema puede ser mucho más triste, cuando se ofrece en diferentes grados como criminología, la asignatura de mediación , diciendo que es de Justicia Restaurativa y además se imparte por personas que ni son mediadores, ni son facilitadores de Justicia Restaurativa, ni han tenido un mínimo contacto práctico, con los verdaderos "artesanos" de la Justicia Restaurativa.Por otro lado, en muchas ocasiones los propios profesionales de la Justicia Restaurativa somos los que nos obsesionamos con las herramientas, parece que de repente, la única herramienta de esta Justicia, son los círculos o las conferencias restaurativas. Y el problema para muchos,  llega precisamente cuando vemos que lo que un lugar se llama conferencias, en otros se llama simplemente reuniones, o juntas restaurativas como en México. Aquí surge la duda para muchos ¿quién tiene más razón?

viernes, 14 de diciembre de 2018

El cambio de lente de la justicia tradicional a la restaurativa

Cuando frecuentemente se oye, que no hay justicia es sin duda, algo lógico pues la justicia afecta al ciudadano, y a todos en general como miembros de la comunidad. Sin embargo, cuando sufrimos un delito acudimos a la justicia penal, buscando obtener una respuesta adecuada a nuestras necesidades, pensando que como afectados, vamos a tener participación directa y protagonista durante todo el proceso. Sin embargo esto no es así,  ya que al final somos meros convidados de piedra, en un hecho que nos ha afectado tan drasticamente como es el delito.Se necesita hacer un cambio o quizá más bien una transformación, pues nuestro sistema penal hasta ahora, está sostenido en una concepción de justicia meramente retributiva, donde ésta es vista como una responsabilidad de los profesionales y los delitos como acciones en contra del estado. Este cambio mencionado implica una transformación hacia la corriente filosófica de la Justicia Restaurativa, ésta busca transformar el sistema de justicia penal existente, al reconocer que las víctimas en particular y la comunidad en general sufren daños por las acciones delictivas, que los ofensores deben tomar responsabilidad por su conducta y que se les debe dar una oportunidad para reparar el daño ocasionado. 

jueves, 13 de diciembre de 2018

Dos aspectos esenciales para la Justicia Restaurativa

Intentar resumir, sintetizar o generalizar qué es la Justicia Restaurativa es simplemente complicado, por cuanto si preguntamos a las víctimas o infractores, cada uno de ellos explicará que esta justicia es una cosa y a buen seguro será diferente, que lo que otros opinen y es que el camino hacia la restauración es diferente porque son diferentes las necesidades de las víctimas y esto conlleva diferentes obligaciones de reparación o compensación para el delincuente. 
Sin embargo existen dos aspectos importantes de esta Justicia Restaurativa, y es que se centra en :
 Reparación de la víctima ( porque nos ocupamos del daño causado por el delito, y es que la víctima y en general, las personas que sufren las consecuencias del delito deben ser reparadas o al menos se debe mitigar o compensar el daño sufrido ). Pero hablo de reparación en el sentido más amplio de la palabra, como una forma de devolver a la víctima y a la sociedad algo bueno por lo malo que hizo. Esta reparación servirá para que el infractor pueda ser mirado por lo bueno que haga desde ese momento en adelante, será importante para que pueda despojarse del "rol de infractor".
Reintegración de la víctima e infractor (porque deseamos un futuro con menos delitos, en el que se pueda vivir en paz y armonía)

miércoles, 12 de diciembre de 2018

El apoyo de la justicia restaurativa para atender las necesidades de las víctimas

La Justicia Restaurativa surge por y para las víctimas, sin perjuicio de que cuando se las ayuda también se está ayudando a los infractores, a "reconectar" de nuevo dentro de la comunidad. Hoy hablo de reconectar, más que de reintegrar, porque realmente todos somos piezas dentro un todo que es la comunidad, el grupo, estamos conectados y cuando un miembro comete un delito o lo sufre, se desconecta de todos los miembros de la comunidad. Tanto víctima como infractor deben reconectar con los demás miembros de la sociedad, lo que ocurre que cada uno debe hacerlo de la manera que más necesiten.Alguna vez he hablado de las víctimas y del trauma de sufrir un delito, por eso quería seguir profundizando...lo cierto es que el trauma y el camino para superarlo es diferente para cada persona y por tanto, para cada víctima. Los procesos de Justicia Restaurativa son una manera de hacer frente a este trauma, y es esencial hacerlo frente, para esta reconexión, puesto que el dolor que no se transforma se transfiere ( Richar Rohr) y esto lejos de ayudar a reconectar con el grupo, lo que hace es alejar.

martes, 11 de diciembre de 2018

Justicia Restaurativa entre el desconocimiento y las dudas

Cuando comento a la gente que no me conoce, a qué me dedico, suelo observar dos reacciones bien diferenciadas; algunos, (generalmente los que alguna vez ha sufrido un delito y saben lo que implica esto), aprecian lo que les cuento y enseguida, me dicen que esa Justicia de la que hablo, es la que debiera existir de forma universal y general. Otros, (en muchas ocasiones son los que manifiestan que están hartos de la Justicia pero nunca han sufrido un delito), poco más que se ríen de mi, me llaman ilusa y me comentan con cierta sorna, pero "¿crees que un "delincuente" no va a delinquir de nuevo, solo por escuchar el impacto que el delito ha tenido en la víctima?. La cárcel es lo único que puede ayudar a ello".Y esta es la dicotomía en la que me suelo mover, lo cierto es que estoy convencida que si los segundos, sufren un delito cambiarán de forma radical, su forma de pensar. ¿Por qué nos empeñamos en creer que cuando hay un daño, hay que responder causando todavía más daño?. Creo que algunos piensan erróneamente, aquello que nos decían hace muchos años, eso de la letra con sangre entra, pero claramente se ha visto que esto no es así.

lunes, 10 de diciembre de 2018

Orígenes remotos de la Justicia Restaurativa

En su momento, ya dije que el origen de la justicia restaurativa está en las tradiciones, cultura y costumbres de los pueblos, por eso más que un concepto nuevo de justicia, es la justicia que siempre existió y que perdimos con el devenir de los tiempos, la creación de los estados y de la estructura política y administrativa de cada país. De hecho, prácticas restaurativas como los círculos están basadas en las tradiciones de pueblos nativos de EEUU, Canadá y Australia. También en todas las religiones existen referencias directas o indirectas a esta justicia reparadora. Hoy me gustaría recordar las leyes de Brehon.El antiguo sistema de leyes irlandesas se llamaba leyes de Fenechus, leyes de los que cultivan la tierra, pero se conocían por leyes de Brehon por la palabra breitheamh, que quiere decir juez. Se basaban en los principios de compensación de la víctima y rehabilitación del delincuente. Multas y pagos en compensación así como pérdida de derechos civiles en diferentes grados, eran los castigos principales en vez del sistema de encarcelamientos, mutilaciones y ejecuciones, que aplicó la legislación romana, sin pensar en las víctimas de los crímenes. A nadie escapa que este papel destacado de la víctima, este pensar primero en la persona que sufre el delito, es uno de los valores principales de la justicia restaurativa. Pero ahondando un poco más en estas leyes, se ve claramente un germen muy especial de lo que ahora tratamos como si fuera algo novedoso y que al fin y al cabo es volver un poco a nuestros orígenes.

sábado, 8 de diciembre de 2018

Efectos beneficiosos de las intervenciones restaurativas en delitos de terrorismo

Ya está disponible la nueva edición de la revista Al-Ghuraba, un honor poder escribir en esta revista.
Este es el link donde podéis leerla. 

¿Cómo implementar programas de justicia restaurativa para jóvenes?

Es cierto que aunque la Justicia Restaurativa, empezó en el ámbito penal, poco a poco se ha ido convirtiendo en una forma de vida, de ahí, que las diferentes herramientas de la Justicia Restaurativa, se puedan aplicar en otros ámbitos como los colegios. Hoy quiero hablar de qué principios considero interesantes para promover un proyecto de Justicia Restaurativa para jóvenes, ya sea en los colegios o en el ámbito penal. En el ámbito escolar, serviría para educar a nuestros niños en valores restaurativos y que les conviertan en adultos con algo que aportar a la comunidad, se trataría de prevenir antes que curar. Y en el ámbito penal, serviría para educar o reeducar a los jóvenes infractores para que puedan concienciarse de sus conductas y decidan no volver a delinquir, en este caso se trata de curar, sanar y transformar, tanto a la víctima como a estos jóvenes. Por eso, partiría de construir un posible programa en el ámbito escolar o penal con este enfoque restaurativo, y esto se conseguiría teniendo en cuenta estos valores y principios que subyacen en esta Justicia para aplicarlos de forma individual tanto al joven infractor como a la víctima o en la vida cotidiana de la comunidad escolar. 

viernes, 7 de diciembre de 2018

Si los "finales felices" no existen, al menos deberíamos intentarlo

Me gustan los “finales felices”, sí, lo reconozco, me gustan las películas y los libros en los que los “buenos” tienen su recompensa y los “malos” reciben su castigo. Este sentimiento es muy humano y nos hace sentir seguros y tranquilos. Esto, sin duda, es la justicia retributiva y aparentemente nos hace felices, y nos hace incluso equiparar justicia, a castigo. Sin embargo, a la gente buena, le pasan cosas malas, sufren y en ocasiones se convierten en víctimas. Y además, por mucho que intentemos castigar al culpable para satisfacer esta necesidad retributiva, que es casi una obsesión, una vez más la víctima queda relegada y olvidada y vuelve una y otra vez a recordar que fue víctima y que sigue sintiéndose una víctima y no solo del delincuente sino del sistema, en general.Me explico, el juicio deja un sabor amargo a la víctima, y es que con esta obsesión del sistema de justicia penal porque se cumpla la ley, porque el infractor reciba su castigo y si es ejemplar, mejor, no nos damos cuenta de qué necesita, qué quiere o qué desea realmente la víctima. Es más todos, los implicados en el proceso penal parecen creer que saben lo que la persona que ha sufrido un delito quiere y qué es lo mejor para ella, y por supuesto esto pasa por un gran castigo al infractor.

jueves, 6 de diciembre de 2018

Impacto de la justicia restaurativa para la comunidad y el sistema de justicia penal

Lo bueno que tiene esta Justicia Restaurativa es que los beneficios no solo llegan a los directamente afectados por el delito sino que también alcanzan a los indirectamente "tocados" por el hecho delictivo, porque sin duda la comunidad es afectada por todos los delitos . De la misma manera, el sistema de justicia penal, se ve beneficiado porque lo que hace esta justicia es cubrir los vacíos legales y dotar de humanidad una justicia penal que es fría y burocrática, la hace sin duda más humana, cercana a las personas y sus necesidades reales. 
Impacto para la comunidad:
La Comunidad como víctima se va a sentir más segura al saber que hay menos probabilidades de que el infractor vuelva a delinquir y recupera también la confianza en el sistema que ha favorecido la prevención, pero se trata de una prevención en el concepto más amplio de la palabra porque en lugar de promover un futuro delincuente adulto, devuelve a la sociedad un joven con un futuro productivo y una vida con muchas cosas positivas que aportar. Su participación es esencial ya que es importante que el infractor se sienta “apoyado” y cercano a su entorno, y para jóvenes infractores con una personalidad en formación, su desarrollo personal se va a favorecer y mejorar, si pueden permanecer en su entorno social y familiar. Se le va a mirar por lo bueno que puede hacer en el futuro y no por lo malo que pudo hacer en el pasado. Habilita a la comunidad para comprender las causas subyacentes del delito, promover su bienestar y prevenir futuras acciones delictivas. Será una sociedad más madura, responsable y pacífica.

miércoles, 5 de diciembre de 2018

La Justicia Restaurativa aborda el impacto del delito de manera global

El concepto que el estado tiene del delito debe cambiar, se piensa en que el crimen es cosa del sistema, la justicia actual se centra en la dimensión pública y esto elimina no solo las emociones que son parte de los seres humanos sino toda participación activa de los realmente afectados por el delito. Por eso, la Justicia Restaurativa se revela como una justicia que fomenta una participación positiva, que devuelve el protagonismo a los que si son dañados de forma directa por el delito: las víctimas y hace que los infractores se sientan apoyados, si de verdad quieren cambiar.Pero sin duda, la Justicia Restaurativa aporta algo más, precisamente el reconocimiento de las emociones como parte esencial de sus procesos, la hace más flexible y más humana, esto permitirá que sean las herramientas restaurativas las que puedan adaptarse a cada caso y cada víctima e infractor y no a la inversa, pero también favorece una forma diferente de abordar el delito, y sus consecuencias así como el por qué. No podemos ser restaurativos si abordamos las consecuencias del delito pero no intentamos valorar las posibles causas que subyacen en la delincuencia, por eso aunque surge por y para las víctimas, no se abandona al infractor. Pero es que además no se abandona al infractor porque la Justicia Restaurativa entiende que como miembros de la comunidad que somos todos, nos interesa un mundo más seguro que fortalezca la sociedad, y no se hace más segura si encerramos a los infractores y "tiramos la llave" sino si tratamos de reinsertarlos.

martes, 4 de diciembre de 2018

What is the essence of restorative justice?

When a crime is suffered, trauma can arise, and then we need to feel that justice is done, being careful to distinguish the boundary between justice and revenge.
So for me the question is how to do justice to heal the "wounds" ?. Traditional justice fails because in general:
  • The needs of the victims are not satisfied, what in many cases implies that victims are revictimized
  • The offenders are punished but they dont take responsibility, so the community is frustrated, and they are also out of the process 

Faced with this, Restorative Justice, does not impose, respects flexibility and favors:
  • The best attention to the real needs of the victims
  • Offenders are helped to take responsability for the damage caused and make the effort to repair or compensate 
  • The community takes a direct part in many restorative processes.

¿Cuál es la esencia de la Justicia Restaurativa?

Cuando se sufre un delito, puede surgir el trauma, y entonces necesitamos sentir que se hace justicia, teniendo cuidado de distinguir el límite entre justicia y venganza.
Por eso para mi la pregunta es ¿como hacer justicia para que sanen las "heridas"?. La Justicia tradicional falla porque en general:
  • Las necesidades de las víctimas no se satisfacen, con lo que en muchas ocasiones son revictimizadas
  • Los infractores son castigados pero no se responsabilizan, esto frusta a la comunidad, que además queda fuera del proceso.

Frente a esto la Justicia Restaurativa, no impone respeta la flexibilidad y favorece:
  • La mejor atención a las necesidades reales de la víctima
  • Los infractores son ayudados a asumir el daño ocasionado y hacer el esfuerzo por repararlo o compensarlo
  • La comunidad toma parte directa en muchos procesos restaurativos.

lunes, 3 de diciembre de 2018

Restaurando la confianza en los miembros de la comunidad

La Justicia Restaurativa no es una nueva forma de ver la justicia,  puesto que ya hemos visto como se basa en tradiciones y en prácticas ancestrales de muchas comunidades, lo que si aporta es una visión diferente de la delincuencia y un nuevo objetivo, el delito es visto como una fuente de daño que debe ser reparado. Y un problema esencial que genera el daño es la pérdida de confianza tanto de las víctimas como de la sociedad en general. Desde que el delito se comete, todos nos volvemos en cierta medida un poco "paranoicos", perdemos la confianza en las personas que nos rodean porque hemos dejado de sentirnos seguros, esto también nos afecta como grupo, y quiebra los lazos sociales.Lo que las víctimas y las comunidades necesitan es tener su confianza restaurada. La obligación esencial de los delincuentes es demostrar que son dignos de confianza. El propósito de la justicia restaurativa debe ser fomentar este proceso.Por eso, no es descabellado pensar que uno de los objetivos principales de la Justicia Restaurativa debe ser el restablecimiento de la confianza. El intento de lograr esto en un nivel personal y también a nivel de grupo (social) puede darnos una doble visión acerca de como luchar frente a la delincuencia. . En lugar de reemplazar otros objetivos, más tradicionales, la restauración de la confianza se convertiría en el sistema penal actual como un eje esencial a partir del cual se va a establecer que castigo merece el infractor, si fuera necesario, la reparación del daño y la responsabilización del infractor.

sábado, 1 de diciembre de 2018

El peligro de no saber de lo que se habla

No sé si ocurrirá en otros lugares pero me resulta increíble la proliferación de cursos sobre mediación, jornadas sobre mediación....en los que como atractivo, ya que hay muchísimos, se añade la idea de que se va a hablar de justicia restaurativa. Hace unos días, participé en  una mesa redonda, supuestamente sobre Justicia Restaurativa, la mesa estaba compuesta por tres profesores de Universidad, teóricos de la Justicia Restaurativa, bueno más bien sobre la mediación pero sin ninguna idea de lo que implica un proceso restaurativo. En esta mesa, me incluyeron a mi, y claro fui la nota revolucionaria entre teóricos, que se autodenominan expertos pero que no han visto un proceso restaurativo en su vida. En esta mesa, de la que hablaré otro día, se hablo de la necesidad de que el legislador elabore una ley de mediación penal....lo cual es no entender qué es la Justicia Restaurativa, y mucho menos se entiende que es Justicia Restaurativa cuando las personas se remiten a la ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles. La ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles excluye expresamente, entre otras, la mediación en el ámbito penal, lo cual fue un gran acierto, porque por un lado, el Estatuto de la víctima fue más amplio e incluyó la Justicia Restaurativa, y por otro lado, la mediación penal es muy diferente en general, a la mediación en otros ámbitos. Si el Estatuto incluyó la Justicia Restaurativa, por qué limitarla solo a mediación penal...y por que siempre están pensando que la mediación penal es igual a otras mediaciones...claramente, mi opinión, es porque no tienen ni idea de lo qué es esta Justicia, lo que implica y su alcance.