jueves, 31 de diciembre de 2020

Procesos restaurativos


 

(imagen propiedad de Virginia Domingo)

Los procesos restaurativos se centran en los daños que causa el delito tanto a víctima, ofensor como comunidad, y tratan de ayudar a los que tienen directo o indirecto interés legitimo en participar para hacer las cosas bien, tratando de enmendar los daños. Los ofensores son los que tienen la obligación de mitigar el daño, pero la comunidad es agente responsable en ayudar a evitar que se reproduzcan las causas que originaron el delito.

miércoles, 30 de diciembre de 2020

El ser humano es bueno por naturaleza


 COMPARTO CON ROUSSEAU QUE EL HOMBRE ES BUENO POR NATURALEZA

No sé si soy muy optimista, simplemente creo que el "hombre no es malo por naturaleza" por eso pienso que es posible, al menos para muchos infractores, transmitirles valores restaurativos como la empatía ¿para qué? Para que siguiendo a Thomas Kuhn,  no quieran volver a delinquir no por el temor a ser capturados y castigados por la ley, sino porque han comprendido que su acción causa daños a otro ser humano y no quieren repetir estos daños. Lógicamente no todos podrán o querrán pensar en esta empatía pero estoy convencida que muchos si, porque para muchos pensar en que el delito daña realmente a otro ser humano , será un descubrimiento que se potencia con la justicia restaurativa. Está demostrado que muchos infractores cosifican a sus víctimas, es decir no ven al ser humano que hay detrás del delito que cometen, en otras ocasiones lo que hacen es justificar su conducta o la minimizan, amparándose en que las víctimas no son tan víctimas o que el daño no ha sido tan grave. 

martes, 29 de diciembre de 2020

El proceso tradicional y la justicia restaurativa


 INTRODUCCIÓN

Cuando fui juez, al principio me estresaba mucho pensando que tenía que decidir sobre cuestiones en las que yo poco sabia y solo me debía dejar llevar por las pruebas, poco a poco me di cuenta que hiciera lo que hiciera, un 50% de la gente iba a estar contenta y el otro 50% no y es que es así cuando tenemos un conflicto, pocas veces nos planteamos que no tenemos razón y por eso estamos tan convencidos que nuestro primer pensamiento es ir al juzgado. Algo curioso, si nos damos cuenta que vamos a un extraño ajeno a nosotros y a nuestros problemas para que nos los resuelva, en algunos casos obviamente es necesario pero en otros, como un divorcio contencioso, ¿de verdad lo mejor es que el tercero ajeno a nosotros (juez) resuelva por ejemplo cuantos días estarán los niños con uno y otro cónyuge? Claramente la mejor opción nunca puede ser esa, por eso la mediación, y en otros casos, los procesos restaurativos, que no son lo mismo, se plantean como una excelente opción. Y esto en el ámbito penal no es mejor, ni mucho menos, un juicio penal, conlleva una víctima, que se han sentido más víctimas durante todo el proceso, que han sido interrogadas una y otra vez, teniendo que recordar el dolor que sufrieron y reviviendo el trauma. Y cuando quizá empezaban a superar lo vivido, son llamadas al juicio, muy probablemente después de que haya pasado tanto tiempo que casi, se habían olvidado. 

lunes, 28 de diciembre de 2020

Justicia restaurativa penal


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

La justicia restaurativa nos permite en el ámbito penal abordar quién nos dañó y como vamos a hacer para mitigar el dolor, por supuesto son mucho más que prácticas y no debe perderse en ningún momento el elemento justicia, justicia no es solo lo que se imparte en los juzgados, esto es justicia en sentido formal. Hay una justicia cultural que nos dice que todos debemos ser justos en nuestro actuar, por eso el elemento justicia nunca debe abandonarse.
 

domingo, 27 de diciembre de 2020

La justicia restaurativa no tiene como objetivo agilizar los juzgados


 EL ESTADO NOS ROBA EL "CONFLICTO"

Nils Christie hace ya mucho tiempo que advirtió que el estado nos roba el conflicto a los ciudadanos y en concreto, con la justicia penal se apropia del delito como si la única y verdadera víctima fuera él. Y esto ocurre sistemáticamente y sino ¿por qué la víctima es por defecto en el juicio sobre el daño que sufrió, un mero testigo? y lo que es más triste todavía ¿por que el objetivo primordial y principal es la pena a imponer al infractor, si finalmente fuera declarado culpable y sólo después, trata la reparación del daño a la víctima? Pues porque como el estado se queda con el delito, se autoproclama víctima principal y por eso, la reparación o mitigación del daño por haber vulnerado una norma creada por él, es la pena señalada, sin priorizar en lo más importante, atender a las verdaderas víctimas, las que sufrieron el delito y sus consecuencias. Por eso, creo que la Justicia Restaurativa se presenta como una necesidad natural de potenciar el papel de las víctimas, de devolverlas el protagonismo que merecen y qué necesitan para empezar el camino hacia la superación del delito. Sin embargo, como suele ocurrir muy a menudo, el riesgo de algo que se plantea como novedoso surge con los que se suben al "barco" pero no para defender sus bondades, sino para apropiarse sus beneficios, una vez más en detrimento de las víctimas. ¿A qué me refiero?

sábado, 26 de diciembre de 2020

Felicidad

 

Un profesor le dio un globo a cada alumno, quien tuvo que inflarlo, escribir su nombre y tirarlo al pasillo. El profesor luego mezcló todos los globos. A los estudiantes se les dio 5 minutos para encontrar su propio globo. A pesar de una búsqueda agitada, nadie encontró su globo. En ese momento, el profesor les dijo a los estudiantes que tomaran el primer globo que encontraran y se lo entregaran a la persona cuyo nombre estaba escrito en él. En 5 minutos, todos tenían su propio globo.

El profesor dijo a los alumnos: “Estos globos son como la felicidad. Nunca lo encontraremos si todos buscan el suyo. Pero si nos preocupamos por la felicidad de otras personas ... también encontraremos la nuestra”




jueves, 24 de diciembre de 2020

Justicia tradicional y restaurativa

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

La justicia tradicional solo tiene interés por la verdad jurídica si es verdad o no que se cometió el delito tal y si es verdad que esa persona es culpable porque entonces merece un castigo. Los verdaderos afectados por el delito quedan fuera.

Frente a esto, la justicia restaurativa nos dice que el delito causa daños, busca la verdad emocional: quiénes son los afectados y cómo se podría mitigar el daño causado, para esta justicia los realmente afectados son la víctima, infractor y comunidad

miércoles, 23 de diciembre de 2020

la justicia restaurativa enfrenta mejor las consecuencias del delito


 DAÑOS TRAS EL DELITO

Cuando se habla de Justicia Restaurativa en el ámbito penal, es porque ha habido una serie de daños tras la comisión de un delito , pueden ser más graves o más leves y detrás de estos daños hay personas que sufren, en primer lugar las víctimas directas pero también las indirectas como la comunidad (familiares y allegados) y los propios infractores. Los procesos restaurativos se centran en buscar la verdad emocional, ¿Cómo el delito impactó en sus vidas? y ¿Qué necesitarían para empezar su camino hacia la superación? Generalmente estas preguntas son para las que sufrieron el daño directamente pero los infractores también pueden tener una serie de problemas emocionales, que por una serie de circunstancias, les llevaron a cometer el crimen. Por eso, la Justicia Restaurativa aborda el delito de una manera global, atendiendo al por qué, incidiendo en el daño causado y mirando hacia el futuro. Los procesos de esta forma se dividirían en cuatro partes importantes:

Contar la historia

Sentimientos hacia lo sucedido

Necesidades

Transformación hacia un futuro mejor

martes, 22 de diciembre de 2020

Características de la justicia restaurativa

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

La justicia restaurativa básicamente tiene que ver con atender las necesidades de los afectados; las de las víctimas de ser reparadas y escuchadas, de los ofensores de ser ayudados a entender el impacto de sus acciones y de la comunidad de tener la ayuda necesaria para que sus miembros regresen o reconecten de nuevo. Al fin y al cabo nos interesa tener miembros productivos y conectados y no personas aisladas porque siguen afectados por los estereotipos de víctima de por vida y delincuente sin posibilidad de reinserción.

lunes, 21 de diciembre de 2020

Anatomía de una disculpa

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo, adaptada de Raina El Mugammar)

¿Cómo trabajar con ofensores y ofensoras la responsabilización en programas individuales? En ocasiones, es difícil transmitir que la justicia restaurativa no tiene como objetivo pedir perdón. ¿Pero y si para ellos o ellas es importante pedir perdón? Entonces, trabajaría en el sentido de desgranar cuales son los componentes de una disculpa: reconocer el daño, crear un espacio para que las personas puedan compartir sus sentimientos sin sentirse vigilados sobre la intensidad y duración de sus emociones, centrarse en el daño, no en lo culpables que se puedan sentir, lo importante son las personas que hemos afectado con nuestras acciones. Lo siguiente sería asumir la responsabilidad y adquirir un compromiso de querer cambiar los comportamientos que causaron el daño y por último, disculpas sinceras que ayuden a las personas a sanar con independencia de si nos van a perdonar o no.

domingo, 20 de diciembre de 2020

Sobre la justicia y justicia restaurativa

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo)


Según Carl Staffer ante una situación de injusticia se puede optar por la venganza o por no hacer nada, ante esto la justicia restaurativa ofrecer una tercera vía. Y esta justicia es una verdadera justicia porque se hace en el contexto de los seres humanos, no con los códigos. Además esta justicia nos hace conectar y nos recuerda que no estamos solos.

jueves, 17 de diciembre de 2020

La justicia restaurativa es flexible


 JUSTICIA RESTAURATIVA MÁS ALLÁ DE LA MEDIACIÓN

Llevo años manteniendo el mismo debate Justicia Restaurativa no es mediación, y sin embargo, se asocia como si fueran sinónimos. Siempre me comentan que la mediación penal es una herramienta de la Justicia Restaurativa, pues sí, pero si realmente has estudiado qué es Justicia Restaurativa y valoras, que en el ámbito penal, de mediación tiene muy poco y que el enfoque restaurativo es diferente, enseguida entiendes que nunca se debió llamar así. Por eso, siempre he pensado que debió llamarse reunión víctima-infractor, para evitar que alguien piense que por ser mediador en ámbitos no penales puede serlo también en el penal. También entiendo y comparto los beneficios de la mediación, pero me gustaría que por fin, en España, se empezara a hablar de justicia restaurativa y nos olvidáramos de mediación penal, al menos por un segundo ¿Por qué? Porque esto nos lleva, a limitar siempre  el potencial que tiene la Justicia Restaurativa, no solo como programas y más en concreto, prácticas específicas, sino como filosofía y como forma de gestionar el delito (conflictos), que puede ser desde un enfoque totalmente restaurativo  a solo parcialmente restaurativo. Veo jornadas que hablan de la Experiencia de la Justicia Restaurativa en España: mediación penal y penitenciaria, o jornadas de mediación, que de repente incluyen a la Justicia Restaurativa y esto sin duda, lo que hace es reafirmar al ciudadano que más allá de la mediación, no hay justicia restaurativa e insisto que es una pena. Se pueden implementar muchos programas restaurativos y muy variados y no siempre incluirán reunión víctima-infractor. No estamos hablando de matemáticas, sabiendo los principios y teniendo clara la brújula de la justicia restaurativa podemos hacer diferentes prácticas o programas

miércoles, 16 de diciembre de 2020

Valores de la justicia restaurativa

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

Si hablamos de valores de la justicia restaurativa probablemente nunca nos pongamos de acuerdo, creo que cada persona da importancia a lo que considera que es esencial para una verdadera justicia, sin embargo, hay algunos que siempre se repiten entre las personas, el respeto a los demás a los diferentes que nos lleva a mejorar nuestra empatía, y el respeto a nosotros mismos, que hace que nos volvamos más fuertes. Otro sería la responsabilidad, debemos entender que lo que hacemos afecta a los demás y a la inversa.

martes, 15 de diciembre de 2020

Variables a tener en cuenta ante una reunión conjunta


 INTRODUCCIÓN

Los procesos de Justicia Restaurativa son procesos que están centrados en las personas que sufren, ¿cómo es esta ayuda para los que causan daños? Pues obviamente a responsabilizarse por su conducta y tomar conciencia de que debe hacer lo correcto, es decir se le ayuda para que pueda despojarse del rol de "delincuente", sin posibilidad de reinserción, y además de esta forma la víctima también es ayudada a empezar su camino hacia la recuperación, es respetada y siente que tiene voz en algo que le afecta tan directamente como es el delito. 

Como dije hace unos días, la Justicia Restaurativa no son solo encuentros víctima infractor y/o comunidad, pero si es posible esta reunión, lo cual suele tener efectos restaurativos importantes, es necesario tener en cuenta una serie de variables, para que los encuentros cara a cara puedan ser beneficiosos para víctima e infractor, y no repercutan negativamente en la víctima. Creo que lo esencial es que las víctimas estén informadas de qué pueden conseguir del proceso en sí mismo, y acepten voluntariamente, solo así podemos estar seguros que el encuentro no va a perjudicarlas más que beneficiarlas. 

lunes, 14 de diciembre de 2020

Por una justicia que aborde necesidades legales y emocionales


 INTRODUCCIÓN

En la actualidad, la Justicia que impera en nuestro ordenamiento jurídico penal es llamada justicia retributiva o más bien punitiva, sin embargo, esta denominación está más en consonancia con lo que quiere el legislador que con la verdadera realidad de las víctimas. Me explico, suelen decir que las víctimas son muy punitivas y que siempre quieren penas más duras, sin embargo, esto es así porque no encuentran otra fórmula viable para sentir que se hace justicia. El legislador amparado en esto, y así ha ocurrido en España, no hace otra cosa que endurecer las penas y reformular las leyes para que cada vez suenen más severas y punitivas. Esto sin embargo, no se traduce en menos delitos y en menos infractores reincidiendo por temor al castigo. Por eso, creo que en lugar de vendernos penas más duras, amparándose en que es lo que queremos, el legislador debería empezar a pensar como humanizar la justicia penal, cómo conseguir que las víctimas estén satisfechas con la justicia, mejore su concepción sobre ésta y sobre todo puedan superar el delito.

domingo, 13 de diciembre de 2020

Justicia transicional y restaurativa

 

(imagen propiedad de Virginia Domingo, inspirada en Carl Stauffer)

La Justicia transicional trata de como hacer justicia en época de post conflicto, pasando de una sociedad más violenta a más pacífica. Es una práctica. Mientras que la justicia restaurativa es una filosofía que busca la responsabilización del infractor y la reparación de la víctima. 

Para que la justicia transicional funcione eficazmente debería tener siempre un enfoque restaurativo que incluya a todos los que han sufrido daños y los de "voz"

viernes, 11 de diciembre de 2020

Efectos de la justicia tradicional y restaurativa en los dañados por el delito

 


SER VÍCTIMA PARA LA JUSTICIA TRADICIONAL

Sufrir un delito y convertirse en víctima de por si es un hecho terrible y traumático pero esto se agrava cuando se acude a la justicia buscando precisamente esto, que se haga justicia. La víctima se siente tan presionada  y señalada que en ocasiones el proceso penal provoca la victimización secundaria, ya que todo lo que acudir a la Justicia conlleva, no la deja cicatrizar las heridas sino que la hace revivir el delito y la condena a llevar el rol de víctima de una forma perpetua. Las personas que han sufrido un delito piensan que durante el proceso penal y en el juicio serán escuchadas, y que todas sus preguntas, sus dudas e inquietudes serán solucionadas pero esto está muy lejos de ser así. Son meros testigos en un proceso que las afecta tan directamente como el delito, los daños que han sufrido parecieran colaterales puesto que lo que se va a dilucidar durante el proceso es si el infractor cometió el delito, y por tanto vulneró la norma que el estado ha creado. El estado es la víctima principal. Muchas víctimas además afirman que se sienten un cebo que usa el Estado para conseguir castigar al infractor.

jueves, 10 de diciembre de 2020

Las personas estamos conectadas

 


LAS RELACIONES SON IMPORTANTES

El ser humano, igual que la mayoría de los seres vivos, vive en comunidad. Desde que nacemos nos relacionamos con un grupo, la familia, el colegio, los amigos...Por eso, todos estamos interconectados y lo que hacemos afecta a los demás, igual que lo que los demás hacen, nos “toca” de forma directa o indirecta en nuestra vida. Las relaciones entre los miembros es un elemento fundamental ya que todos nosotros estamos condicionados por estas relaciones, incluso antes de nuestro nacimiento. En la medida en que nuestros padres se han mantenido juntos o se han distanciado, han estado en contacto con otros miembros de la familia y otras variables, todo esto influye en lo que somos o podemos llegar a ser. La relación con los que nos quieren y /o deberían preocuparse por nosotros, también determina nuestro carácter. Las personas nos basamos en las relaciones y en ocasiones éstas nos pueden afectar también negativamente, por el simple hecho de querer ser aceptados o queridos en el grupo.

Estas relaciones que podríamos calificar como “dañinas”, pueden repercutir en las relaciones con otras personas ajenas a ese grupo, un ejemplo claro de esto podría ser el joven que para ser admitido en el círculo de amigos, comete un delito, dañando así su relación con la víctima, por adquirir una relación con ese grupo concreto.

Conferencia; qué es y no es justicia restaurativa


 

Os comparto una conferencia que impartí para Guadalajara en agosto de este 2020 hablando sobre lo que en mi humilde opinión y citando a Howard Zehr, qué es y no es justicia restaurativa.  Gracias por tantas invitaciones que este año tan atípico me ha permitido compartir y estar al menos virtualmente en muchos lugares del mundo. #revolucionrestaurativa #utopicamenterealista

miércoles, 9 de diciembre de 2020

La justicia restaurativa no solo implica reuniones conjuntas

 


JUSTICIA RESTAURATIVA MÁS QUE PROGRAMAS

Cuando hablamos de Justicia Restaurativa, frecuentemente entendemos que estamos hablando de encuentros víctima-infractor y más concretamente de mediación penal, sin embargo, si partimos de que la Justicia Restaurativa es una teoría jurídico filosófica que engloba una serie de valores y principios, podemos actuar de forma restaurativa de muy diversas formas, siguiendo estos valores y principios, cuando por el motivo que fuere el encuentro víctima-infractor y/o comunidad no es factible o viable. Este tema llevo años tratándolo, desde que empecé en mi blog, y ahora que estamos implementando un programa individual de justicia restaurativa para personas privadas de libertad, estamos sufriendo la ignorancia de la administración, pues parece ser que creen que toda la justicia restaurativa se acaba en esta reunión víctima, infractor y si acaso víctima indirecta. No son capaces de ver que se puede implementar programas totalmente restaurativos y/o parcialmente restaurativos como el programa de justicia restaurativa reconexión en Burgos. Fruto de este desconocimiento, estamos en constante lucha para que nos dejen hacer el programa y no lo reduzcan todo a esta reunión conjunta, acaso¿ tenemos que depender la reinserción de que el infractor y la víctima se reúnan?, ¿y si la víctima no quiere, no está preparada o no lo necesita? ¿privamos al infractor de hacer lo correcto?

martes, 8 de diciembre de 2020

La justicia restaurativa se centra en las necesidades

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

La Justicia restaurativa en contra de lo que puede parecer, tiene la capacidad de romper los ciclos de violencia, porque realmente las personas ven que con esta justicia son tratadas de una forma más "justa" y más "humana" y por eso la aceptan mejor. El castigo realmente no hace que disminuya la violencia y los delitos, es la justicia restaurativa la que pone el foco de atención en pacificar y fortalecer las relaciones de todos los miembros de la comunidad. Cuando ayudas a las personas a entender el impacto de sus acciones es más probable que decidan no delinquir no por temor al castigo sino porque no quieren dañar a otro ser humano.Es una justicia centrada en las necesidades básicas de la víctima: de obtener reparación y del infractor: de ser ayudado a entender el daño causado con sus acciones.

lunes, 7 de diciembre de 2020

La justicia restaurativa ayuda a los "tocados" por el delito

 


¿JUSTICIA RESTAURATIVA CENTRADA EN VÍCTIMAS O INFRACTORES?

El problema que surge en muchas ocasiones, a los que nos dedicamos a la Justicia Restaurativa es que siempre parece que nos tenemos que posicionar o bien en el lado de las víctimas o en el lado de los infractores. En otras ocasiones, veo a profesionales que de una manera demasiado clara se posicionan en favor de los infractores utilizando la Justicia Restaurativa de forma exclusiva en su beneficio y como medio para liberarlos de un teórico juicio. Es cierto que vivimos en una sociedad en que parece que tenemos que estar en los extremos porque sino no somos entendidos, pero volvernos a volcar en el infractor de forma casi exclusiva implicaría volver a cometer los mismos o similares errores de la Justicia tradicional, que se centra en exclusiva en el infractor . También reconozco que siempre digo que la Justicia Restaurativa nace por y para las víctimas. Es verdad que, tal y como escuché decir a Howard Zehr, esta justicia surge porque tras el delito, se produce un daño generalmente a una víctima, a lo que yo añadiría que también se produce un daño a la comunidad.Y la Justicia Restaurativa ayuda a estas víctimas, tanto directas como indirectas de diversas maneras, la parte más conocida de esta justicia son los encuentros restaurativos como la mediación penal, conferencias o círculos, sin embargo, entendiendo esta justicia como una respuesta evolucionada al crimen, lo más importante es la forma global de abordar el delito atendiendo las necesidades de las víctimas y facilitando la responsabilización del infractor. Por eso entiendo que también es importante trabajar con los ofensores para poder ayudarlos a reconectar.

domingo, 6 de diciembre de 2020

¿Justicia restaurativa, reparadora o restauradora?


 INTRODUCCIÓN

Muchas veces, me he encontrado con cierta controversia, en torno a la palabra restaurativa, algunas personas piensan que este término no existe en castellano y hablan de que debería ser justicia reparadora y otros restauradora. Sin embargo, creo que la mejor forma de llamar a esta justicia es precisamente restaurativa ¿Por qué? Pues porque es algo nuevo, por mucho que algunos tiendan a asociarla al perdonar, o a reparar o a restaurar.

Muchos la llaman justicia reparadora porque piensan que el objetivo central es la reparación del daño, y esto es una parte pero no lo único que implica esta justicia, de hecho, la reparación del daño, ya está contemplada en el derecho penal tradicional. Mientras la reparación del daño desde un punto de vista jurídico-penal estricto,  intenta armonizar el equilibrio entre las partes a través del pago de una a otra. Esta reparación del daño puede ser exigida por un Tribunal, sin comunicación entre las partes.

viernes, 4 de diciembre de 2020

Pilares de la justicia restaurativa

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo, inspirada en Ron Claassen)

Hoy quiero recordar los pilares de Ron Claasen de la Justicia Restaurativa, reconocer el daño, ( que las actuaciones no fueron buenas), restaurar la dignidad y equidad de todos los afectados (eliminando "etiquetas" víctimas, sin posibilidad de recuperación y delincuentes no reinsertables) y hacer frente a los daños futuros, (en sí esto implica no solo evitar que se reproduzcan nuevos daños con acciones similares sino también evitar que otros daños derivados del delito o del origen de por qué este se ha producido, vuelvan a reiterarse)

jueves, 3 de diciembre de 2020

Hacia un nuevo abordaje de justicia penal juvenil, videoconferencia

 



Os invito a visionar mi charla sobre justicia juvenil restaurativa que tuve la oportunidad de impartir para el Senaf de Argentina. Creo firmemente que la justicia restaurativa debiera ser per se restaurativa.

miércoles, 2 de diciembre de 2020

¿Qué pasa durante un proceso restaurativo?


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

 Durante el desarrollo de un proceso de justicia restaurativa, lo que hace el facilitador es ayudar a las partes a contar su historia, los sentimientos que tienen respecto a lo que ha pasado cuales son sus necesidades especialmente para conseguir transformar el dolor en algo que los ayude a superar el impacto de lo vivido. La teoría dice hechos (historia) sentimientos y necesidades pero lo cierto es que como seres humanos que somos y emocionales, la realidad es que las personas cuando les dan la oportunidad están deseando contar su historia incluyendo los sentimientos al respecto, cómo lo han vivido.

martes, 1 de diciembre de 2020

Asunción de responsabilidad, remordimiento y justicia restaurativa

 


REMORDIMIENTO Y JUSTICIA RESTAURATIVA

Frecuentemente se habla del perdón y cómo no es el objetivo, al menos prioritario de la Justicia Restaurativa, sin embargo, a veces nos olvidamos del remordimiento. Sé que para muchos, todo esto suena como algo religioso y con esto corremos el riesgo de que infractores que no se consideren religiosos, crean que no va con ellos, o que personas que quieran aplicarla, lo vean demasiado espiritual y tampoco se tomen medidas para su efectividad real. Pero sin duda, el remordimiento puede ser algo religioso para los que lo sean, pero para los que no, será algo ético, una forma de enfocar al infractor en la realidad, donde está y cómo hacer lo correcto. Además, esta palabra no está contemplada expresamente pero de forma indirecta, si existe en muchas legislaciones sobre Justicia Restaurativa. De esta forma, en muchas leyes para que pueda darse un encuentro restaurativo, se impone como necesario, y así lo dice el Estatuto de las víctimas, que el infractor reconozca los hechos. En concreto, el Estatuto habla de que el el infractor reconozca los elementos esenciales de los que deriva su responsabilidad. Es decir que asuma que cometió el delito. Pero muchos nos preguntamos ¿y el remordimiento, es necesario? Es ir un poco más allá, es preguntarnos si es necesario que el infractor se arrepienta sinceramente del daño causado, y si fuera necesario, cómo saber si este requisito se da.