miércoles, 31 de octubre de 2018

Más sobre Justicia Tradicional y Justicia Restaurativa




(imagen propiedad de Virginia Domingo)

Reequilibrando las consecuencias del delito


La Justicia Restaurativa ayuda a reequilibrar a la víctima con respecto al infractor. Aunque parezca lo contrario, cuando se comete un delito, víctima e infractor están más unidos que nunca, es un relación de interdependencia pero en la que la víctima esta supeditada al infractor, y es que aparecen unidos por el lazo del crimen pero son lazos negativos y nada constructivos, que la hacen estar en desequilibrio con respecto al infractor. Es necesario para que la víctima pueda recuperarse del delito, y empezar su camino restaurativo hacia la sanación, cortar este lazo que los une o cambiarlo de negativo a otro positivo y que la sitúen en situación de igualdad, es decir que la haga recuperar el control de su vida. Esto solo se puede conseguir cuando decida despojarse del rol de víctima, como oí a una víctima: "todo cambió cuando decidí dejar de sentirme víctima". Efectivamente la Justicia Tradicional potencia que las víctimas no dejen de sentirse así es más, tal parece que las considera incapaces de tomar sus propias decisiones, por eso todo es gestionado por terceros, ajenos al delito que han sufrido.Por el contrario, la Justicia Restaurativa devuelve el protagonismo a la víctima, ya no va a ser una persona que no puede tomar sus propias decisiones, nadie mejor que ella para saber qué necesitan para recuperarse del delito sufrido, y tomar el control de su vida. De esta forma, aunque el delito o más bien el daño sufrido, siga estando ahí, la relación ya no será perjudicial y dañosa para la víctima sino que será equilibrada, podrá llevar el haber sufrido el delito,  con honor y sentirse respetada. 

martes, 30 de octubre de 2018

Justicia Tradicional y Justicia Restaurativa




(imagen propiedad de Virginia Domingo)

Daños y necesidades tras sufrir un delito


(esta imagen es propiedad de Virginia Domingo)


Cuando sufrimos un daño, generamos unas necesidades y éstas son en las que se centra la Justicia Restaurativa, mucho mejor que la Justicia tradicional. Cuando la víctima tiene miedo, necesita volver a sentirse segura, además sentirá irá por haberse convertido en víctima, por eso reclamará justicia. Justicia que aunque muchos piensan que es castigo, no es así, las víctimas necesitan sentir que alguien se responsabiliza por el daño sufrido, y esto lo consigue los procesos restaurativos de una manera más eficaz y sincera. Además el delito, el proceso penal... genera ansiedad, necesitan recuperar el control de su vida, sentirse respetadas y sobre reequilibrar las consecuencias del delito.

lunes, 29 de octubre de 2018

Fases de los procesos restaurativos



En un proceso restaurativo, tanto en las reuniones previas como en las conjuntas, si las hubiere, se explora la historia y los sentimientos, necesidades y se busca la transformación.
En otras palabras, buscamos que nos cuenten su historia( lo cual siempre lleva aparejado los sentimientos), sus necesidades (que conlleva cómo deben implicarse para lograr un futuro diferente) y la transformación (logrando su reconexión con la comunidad, su vuelta a ella como personas nuevas)

¿Podemos hablar de rendición de cuentas del infractor con la justicia restaurativa?

El objetivo de la Justicia Restaurativa no es la reducción de la reincidencia, sin embargo, es una consecuencia inmediata de los procesos restaurativos, y esto se debe al fomento de la responsabilización del infractor por el daño realizado. Frente a la Justicia tradicional en la que generalmente no hay espacio verdadero y sincero para una responsabilización, la Justicia Restaurativa la fomenta no como la excepción sino como algo lógico y normal: El que hace algo mal debe hacer lo correcto para enmendarlo. La pregunta es ¿qué implica esta responsabilidad para la Justicia Restaurativa?. La asunción de responsabilidad para la Justicia Restaurativa debería implicar entender el contexto. Este contexto, es la comprensión de las cosas en perspectiva de otras cosas. Esto es importante, por ejemplo cuando muchos se centran en la Justicia Restaurativa y sus diferentes herramientas como procesos destinados a pedir perdón.Y es que de primeras, no es tan fácil ni tan aconsejable exigir la asunción de responsabilidad y mucho menos hablar de disculpas o perdón, por ejemplo ¿cómo se puede escribir una carta de disculpa sin realmente conocer y entender el daño que has causado?. ¿Cómo, un infractor, inmediatamente después de haber sido sancionado, juzgado, encontrado culpable, y señalado se va a centrar en la víctima y sus necesidades, cuando él mismo se siente señalado y objetivo directo y central del sistema?
La rendición de cuentas, se inicia con el reconocimiento que ha causado el daño. La rendición de cuentas completa está exenta de "ya, peros" o "si solo". La rendición de cuentas completa es difícil

sábado, 27 de octubre de 2018

V Congreso Internacional de Justicia Restaurativa: re evolucionando la Justicia

Ya está el programa definitivo del V Congreso Internacional de Justicia Restaurativa que celebraremos en Burgos, (España) los próximos días 4 y 5 de abril de 2019. Un evento imperdible, con expertos en el tema, de diversos lugares del mundo España, Brasil, Mexico y Argentina entre otros . Las inscripciones, ya están abiertas y también el plazo para enviar vuestras comunicaciones.
Entre otras cosas novedosas habrá un taller práctico y un debate abierto sobre el futuro de la Justicia Restaurativa.

viernes, 26 de octubre de 2018

Algunos objetivos de la Justicia Restaurativa

La Justicia Restaurativa es un conjunto de valores y creencias acerca de lo que significa la justicia. Esta teoría busca como objetivos primordiales: (Van Ness)
1. Invitar a la completa participación y al consenso

Una de las bondades de la Justicia Restaurativa es su capacidad para abordar y generar sanación en todos los afectados por el delito, tanto la víctima como el infractor. Sin embargo, cuando hablamos de víctimas, frecuentemente ponemos el acento en los directamente afectados, que lógicamente son las víctimas principales, las que sufren el mayor daño pero en ocasiones, existen otras víctimas como los familiares y allegados de ambos. La Justicia tradicional se centra en los directamente afectados por el delito y la reparación material. Frente a esto la Justicia Restaurativa pone su centro de atención en todos los afectados por el delito y en cómo reparar el daño que sufrieron, ya sea moral y material. Pero realmente es muy complicado hablar de víctimas, ¿quién es víctima? Me gusta la definición general si se acude a un diccionario, y dice que víctima es aquella persona que sufre los resultados infelices de los propios actos, de otros o fortuitos. Con ella, se amplía la consideración de víctimas a todos los que sufren las consecuencias de los hechos ilícitos.

Algunas indicaciones sobre los procesos restaurativos





(imagen de Virginia Domingo)

jueves, 25 de octubre de 2018

Las víctimas, generalmente saben lo que quieren o necesitan

Solemos creer, especialmente los profesionales del derecho, que sabemos perfectamente que necesitan las víctimas o que es lo mejor para ellas sobre todo, si han sufrido un delito de cierta gravedad. Por eso, cuando hablamos de Justicia Restaurativa, en más de una ocasión vemos las reticencias de los que nunca han sido víctimas, y nos amparamos en que somos punitivos por naturaleza. No obstante, las víctimas son menos punitivas de lo que podemos pensar, conozco casos de personas que han decidido participar en un proceso restaurativo y sus allegados no lo han entendido pero es que, aunque nos parezcan vulnerables e incapaces de decidir, realmente son las víctimas las que mejor saben o pueden saber qué necesitan o qué esperan de la justicia para empezar su camino hacia la "sanación" tras el delito. Aunque suene extraño, nunca es suficiente con castigar a los autores del delito, siempre hay que llegar al mismo tiempo a ayudar a las víctimas y estar con ellas, en sus momentos de mayor vulnerabilidad y necesidad para que puedan sacar fuerza de nuestra solidaridad, tanto en el aspecto práctico como emocional. Las víctimas suelen ser unánimes en su opinión de que la expectativa más importante que tienen de los profesionales de la Justicia es la de ser tratadas con respeto. Su expectativas se traducen en el deseo de sentir confianza con la información sobre el delito, el delincuente y acerca de las opciones del tribunal considera para dar respuesta a su caso.

Restorative justice encourages the elimination of lifelong roles

Restorative Justice helps  offender to put "face" to the crime, the human being behind the criminal action and thus to see that his/her crime, effectively has caused harm to another person, we can say that helps to humanize his actions, no longer It will about him in front of the state and a rule that has be written in somewhere, something they calle "code". He or she will have to face his or her actions because they caused pain and injury to other people, other members of the community. As Zehr said, the crime is seen with another lens and therefore, the impact it has actually had, is seen more closely, as if we had a magnifying glass. But Restorative Justice also favors the humanization of crime in the eyes of the victim. In many cases victims tend to think about the offender as a demon, a monster that has nothing to do with the people around them.This is undoubtedly a mechanism that can serve them at first, to mitigate the feeling of mistrust that comes after suffering the crime, because the theoretically ideal world in which they lived has collapsed,  after becoming victims and thinking in offenders as monsters relieves this feeling at least a priori, since in this way, the crime will be considered as something totally unusual.

miércoles, 24 de octubre de 2018

Los facilitadores deben conocer la dinámica del trauma

El otro día hablaba de algunos de los beneficios de la Justicia Restaurativa para las víctimas y como ésta sirve para que puedan recuperar el control de su vida, y dejen de sentirse gobernadas por el delito. Además la Justicia Restaurativa no trata de devolver a las personas a su vida cotidiana que se vio alterada tras el delito, sino que busca transformar sus vidas y la forma de relacionarse con los demás. Trata de devolverlos a un mundo mejor y más pacífico, donde víctimas e infractores puedan reconectar con el resto de los seres humanos. Lo que si puede buscar es restaurar la confianza de víctima e infractor en los demás y la certeza de que son entendidas, comprendidas, y ayudados, y que los roles vitalicios no tienen cabida. Al tratar con víctimas, con personas que han sufrido un daño, los facilitadores penales deben conocer un poco la dinámica del trauma, sin ser psicólogos, porque nuestra labor en definitiva, va encaminada a cooperar con otros profesionales en su "sanación" emocional, igual que ayudar al infractor a despojarse del rol de delincuente sin posibilidad de reinserción. Este trauma y el camino para superarlo es diferente para cada persona, sin embargo, podemos partir de ciertos indicadores que pueden favorecer esta “curación” de las víctimas.

martes, 23 de octubre de 2018

La Justicia Restaurativa no es un método alternativo de solución de conflictos

Una pregunta importante es si se cree que la Justicia Restaurativa puede tener cabida en delitos graves o solo para los leves. Claramente para mi, la Justicia Restaurativa debe poder aplicarse para cualquier clase de delito con independencia de su gravedad, siempre que la víctima así lo desee, debe ser un derecho para cualquier persona que ha sufrido un delito . El miedo que parece existir para permitir su aplicación a cualquier clase de delito es precisamente porque se cree que es un método alternativo, y así la sociedad va a sentir rechazo, por cuanto van a creer que estamos pensando en una justicia blanda, alternativa y que trata de evitar que el infractor pase por los juzgados. Sin embargo, esta Justicia no es mediación, no hablamos de igualdad de las partes, sabemos que hay una víctima y un infractor, tratamos a ambos con igualdad y respeto, pero sin obviar que hay un daño, sin evitar hablar de responsabilidad, y sin que la víctima deba ceder un poco para ganar ambos, víctima e infractor. El infractor ganará no porque la víctima ha cedido o disminuido sus pretensiones sino porque ha visto que su acción ha causado un daño, ha visto de cerca el impacto de sus acciones y se ha responsabilizado.  Esta asunción de la responsabilidad, lo hará no querer volver a delinquir con lo que el rol de delincuente, sin posibilidad de reinserción, va a desaparecer, por eso ganará, porque podrá ser mirado por lo bueno que haga desde ese momento en adelante.

lunes, 22 de octubre de 2018

Algunos matices sobre la reparación del daño en la Justicia Restaurativa

Creo que es necesario recordar y matizar que la Justicia Restaurativa, surgió porque el delito es algo más que una violación de las normas, es una violación de las personas y sus relaciones, estas violación causa obligaciones una de ellas es de la de reparar el daño, pero repararlo de una forma no mercantilista sino reparar en sentido de curar, sanar o transformar. Y para cumplir estas obligaciones debe participar siempre que sea posible víctima, infractor y comunidad. Entonces claramente justicia restaurativa no es equivalente a reparación, o indemnización, igual que mediación penal y justicia restaurativa, no es lo mismo. Digo esto, porque en nuestra visión litigante y sobre todo materialista, tenemos tendencia a pensar que la reparación es siempre económica y que ante el daño, la víctima siempre requiere compensación material. Esto no es así, y además muchos delitos requieren de otras reparaciones, que pocos que nunca hemos sido víctimas entenderíamos.Y es que, hay diferencias muy notables, la Justicia Restaurativa gira en torno a la comunicación entre las dos partes involucradas en un delito. Mientras la reparación del daño desde un punto de vista jurídico-penal estricto intenta armonizar el equilibrio entre las partes a través del pago de una a otra. Esta reparación del daño puede ser exigida por un Tribunal sin comunicación entre las partes. 

domingo, 21 de octubre de 2018

La justicia restaurativa elimina roles vitalicios

La Justicia Restaurativa ayuda al infractor a poner "rostro" al delito, al ser humano que hay detrás de la acción delictiva y así ver que su delito, efectivamente si causó un daño a otra persona, se puede decir que humaniza sus acciones, ya no será él frente al estado y una norma que está escrita por ahí, en algún código. Tendrá que enfrentar sus acciones porque causaron un dolor y un perjuicio a otras personas, a otros miembros de la comunidad. Como decía Zehr, el delito es visto con otra lente y por tanto, el impacto que realmente ha tenido, es visto de una forma más cercana, como si tuvieramos un lente de aumento. Pero la Justicia Restaurativa también favorece la humanización del delito a los ojos de la víctima, en muchas ocasiones las víctimas tienden a pensar en el infractor como un demonio, un monstruo que nada tiene que ver con las personas que la rodean. Esto sin duda, es un mecanismo que puede servirlas en un primer momento, para mitigar el sentimiento de desconfianza que surge tras sufrir el delito, porque el mundo teóricamente ideal en el que vivían se ha desmoronado tras convertirse en víctimas y pensar en el delincuente como un monstruo alivia este sentimiento al menos a priori, ya que de esta forma considerará el delito como algo totalmente inusual.

sábado, 20 de octubre de 2018

Un ejemplo real de lo que puede hacer la Justicia transicional con enfoque restaurativo

Una vez más, el cine me ha recordado que la Justicia Restaurativa existe desde siempre y que nosotros, no hemos inventado nada, es la justicia que permite sanar a víctimas e infractores. Hoy  quiero recordar,  la película titulada en España "Un largo viaje", en otros lugares "Un pasado imborrable".
Esta película narra la historia de Eric Lomax sobrevivió a uno de los episodios más tenebrosos de la historia de la humanidad. Fueron años de tortura y muerte. Una experiencia que le arrojó a la oscuridad y a un silencio de decenios, y que solo pudo romper mucho tiempo después, gracias a la ayuda de su esposa y de muchas sesiones de terapia. Soldado británico prisionero de los japoneses durante la II Guerra Mundial, fue uno de los hombres enviados a Kanchanaburi, en Tailandia, donde fue torturado sistemáticamente y pasó agotadoras jornadas de trabajos forzados construyendo el 'ferrocarril de la Muerte' entre Siam y Burma. En 1995 publicó sus memorias, The Railway Man, la historia de aquellos años y los posteriores, hasta el reencuentro con Takashi Nagase, su torturador.
Pues está historia es una muestra de que las personas necesitamos sanar, recuperar la confianza en el ser humano y sentir que no estamos solos, en el camino restaurativo hacia esta curación.

viernes, 19 de octubre de 2018

Un ejemplo de los beneficios de la Justicia Restaurativa

Hace un tiempo, escuchaba cómo una víctima hablaba del asesinato de su hija, y de cómo todo el mundo intentaba consolarla diciéndola, lo han "pillado" y lo van a condenar a muerte, ya veras. Por supuesto que esto no la tranquilizaba, y es que una vez más, me gustaría recordar que los que nunca hemos sido víctimas, somos mucho más punitivos que las víctimas reales y esto sin duda, es porque por mucho que nos pongamos en el lugar de las que han sufrido un delito tan grave, no sabemos qué puede necesitar cada víctima para superar o al menos empezar este camino hacia la superación del delito.Esta señora hablaba de cómo el dolor no la permitía levantar cabeza, y como en este camino se encontró con la Justicia Restaurativa.
 Hasta ese momento, su único consuelo y a la vez temor era pensar que el asesino de su hija era un "monstruo", era un consuelo porque esto la hacia pensar que no todo el mundo es así, y que su entorno seguía siendo un buen lugar para vivir, solo que había tenido la mala suerte de encontrarse con un auténtico monstruo. Sin embargo, también estos pensamientos la hacían sentir mucho temor, y es que esto había generado en ella mucha desconfianza, llegando incluso a convertirse una paranoica, si esta persona que mató a su hija era un monstruo, entonces¿como distinguir a los monstruos de los que no lo son?

jueves, 18 de octubre de 2018

La verguenza reintegrativa de Braithwaite

En muchas ocasiones he hablado de la vergüenza reintegrativa, un concepto acuñado por John Braithwaite y que está intimamente relacionado con la Justicia Restaurativa. Esta justicia busca la responsabilización del infractor, que la persona que ha causado un daño, sé de cuenta del impacto de su conducta, vea que el hecho delictivo no pasó simplemente sino que el provocó que pasara.La vergüenza reintegrativa desaprueba el acto ilícito, el delito pero respeta al infractor, estigmatiza el mal pero no al infractor, frente a la vergüenza estigmatizante que lo que hace es reprobar el acto dañoso, a través de humillar a la persona que lo ha ocasionado.La vergüenza reintegrativa es aplicable a cualquier infractor puesto que todos merecemos una segunda oportunidad para hacer las cosas bien, pero sin duda, en jóvenes cobra mayor importancia.
Como decía, Braithwaite es la vergüenza de los ojos de los que te quieren, los que te puede hacer cambiar, esto ¿qué implica? Pues que siempre que sea posible la participación e implicación de la familia en la gestión del delito y su forma de abordarlo, es importante, de ahí, que los procesos restaurativos como las conferencias, son muy importantes. Cuando el joven ha cometido un delito, se enfrenta a sentimientos contradictorios como la vergüenza y la culpabilidad, este sentimiento de vergüenza, le hace no reconocer lo que ha hecho, justificar su conducta ( entran en juego frecuentemente las técnicas de neutralización de Matza y Skyes) o incluso traslada la culpa a otras personas o a la propia víctima. Para muchos el hecho de haber cometido un delito y causar un daño a otra persona, implica también que han perdido la confianza de sus seres queridos, piensan que sus allegados, ya no confían en ellos, que les repudian, y que no les ven capaces de hacer algo bueno.

miércoles, 17 de octubre de 2018

¿Qué es Justicia?

¿Qué es Justicia? Es una pregunta que me hago muy a menudo, sobre todo cuando veo a las víctimas pedir justicia. Muchos opinan, que piden penas más duras, y achacan a las víctimas deseos de venganza y la necesidad de ser retributivas. Simplemente pienso que trasladamos nuestros propios pensamientos, a las personas que han sufrido un daño y pensamos que si nosotros opinamos así, que no hemos sufrido al menos un daño directo y real, ¿cómo no van a sentir lo mismo, las víctimas reales, las que han sido afectadas por el crimen, en primera persona?
Y es que en un principio nos puede aliviar el hecho de que alguien que ha cometido un delito, sea separado de la sociedad por largo tiempo, sin embargo, cuando vemos como este tiempo va pasando, nos damos cuenta que la inquietud vuelve a nosotros especialmente si además tras largo tiempo en prisión, el infractor no ha tenido la oportunidad de hacer lo correcto, y de reconocer y reparar en la medida de lo posible el daño, y en definitiva, sale de prisión sin voluntad de no delinquir o peor que cuando entró.
La Justicia Restaurativa tal y como fue entendida en su origen, es aplicable a toda clase de delitos no solo los leves y da la oportunidad al infractor de hacer lo correcto, le trata como el ser humano que es y le dice que lo normal es si se hace algo mal, hacer lo posible para enmendar el daño que se ha ocasionado.
 Esta justicia ofrece al infractor la posibilidad de responsabilización, Y sobre todo diferencia a los que asuman su delito de los que no. La Justicia no puede ser igual para todos, de hecho como decía Ulpiano, es la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo que le corresponde. No puede ser tratado igual una persona que asume su culpa y como ser humano que es, se comprometa a reparar y compensar el daño que ha causado que otro que no lo hace.

martes, 16 de octubre de 2018

Justicia Restaurativa y empatía

En un mundo en el que habitualmente convivimos con delitos muy graves y que generan gran alarma social, opino que el "hombre no es malo por naturaleza", es decir pienso que estos casos son los menos y además, deberíamos poner más énfasis en estudiar e investigar por qué suceden y como en muchas ocasiones pueden estar relacionados con algún defecto en su parte del cerebro, íntimamente relacionada con la humanidad y la empatía. Estoy hablando de neurociencia y cómo se ha demostrado (leer a Daniel Reisel) que muchos de los delincuentes más terribles, tienen menos desarrollada la amigdala encargada de la empatia en nuestro cerebro, lo normal es que si tenemos una infancia feliz se desarrolle de forma buena y saludable, pero algunos delincuentes no la desarrollaron (esto también demuestra que muchos infractores fueron víctimas en su día). Y si queremos tener una sociedad que se sienta más segura, un mundo más pacifico, deberíamos empezar a pensar que a veces el castigo ejemplar no soluciona a largo plazo qué hacer con estos infractores más "crueles". La neurociencia nos dice que la amigdala aunque de adultos, se puede desarrollar algo más y que precisamente los procesos restaurativos pueden ayudar a esto. ¿No nos gustaría que muchos infractores de los calificados "psicópatas" y con otras conductas peligrosas desarrollaran valores como la empatía? ¿para qué?

lunes, 15 de octubre de 2018

Tercer elemento para una Justicia Juvenil con enfoque restaurativo

Estos días he hablado de elementos para configurar la Justicia Juvenil con enfoque restaurativo   y como puede configurarse en torno ha ciertos valores restaurativos que he considerado esenciales para esta Justicia y para fomentar en los jóvenes infractores, valores que les hagan "volver a la sociedad". Hoy toca hablar del tercer elemento. Por supuesto, que también podría ser aplicable a la Justicia Juvenil de adultos, quizá si acaso variando algún valor restaurativo pero manteniendo en esencia, el mismo espíritu, en el que los encuentros restaurativos serán el escalón ideal y que si se puede dar será bienvenido, sino se buscaran otras fórmulas igualmente y de alguna forma restaurativas, o se tratará individualmente, a víctima e infractor, de esta forma más humana y restaurativa.He hablado del respeto, la interrelación con los demás miembros de la comunidad y sus seres queridos y hoy quiero hablar de la responsabilidad y empatía:
La responsabilidad y la empatía. Este es el compromiso de estas relaciones. Los jóvenes infractores tienen unas necesidades, pero también y sobre todo la responsabilidad de hacer lo correcto, de devolver bien por el mal que hizo a través de la reparación del daño o su compensación. Tomar responsabilidad por el daño, no es sino asumir lo que se ha hecho, reconocer que se ha dañado a otra persona, y esto sin duda, es mostrar respeto a las víctimas, ya que las está diciendo: sé que te hice daño y voy a hacer lo posible para compensar este daño.

sábado, 13 de octubre de 2018

Segundo elemento para una justicia juvenil con enfoque restaurativo

Ayer hablaba de la Justicia Juvenil con enfoque restaurativo, y acerca de como es mucho más que encuentros restaurativos, si éstos pueden darse además de muy eficaces son "sanadores" para todos los afectados de alguna manera por el delito, sin embargo, no siempre son posibles o mientras se decide si son posibles, también podemos ser restaurativos tanto con la víctima como con el joven infractor ( esto pasaría igual en la justicia de adultos). Para este enfoque restaurativo, partía de que se deben tener en cuenta e intentar fomentar y transmitir ciertos valores esenciales para esta Justicia, ayer hablaba de respeto, hoy hablaré de la interrelación con los demás miembros de la comunidad.La relación entre los jóvenes infractores y la comunidad, es el reconocimiento de la interrelación, la interconexión de todos y cada uno de nosotros.Es también más profunda y más que eso. Relaciones significa hacer algo por los demás. Algo para alguien más. Ese es el crecimiento y la curación, que proporciona la Justicia Restaurativa, una puerta abierta a la transformación y a nuestra forma de ver el hecho delictivo y nuestra relación con el joven infractor. La Justicia Restaurativa ayuda a las víctimas pero también a los jóvenes a empezar un camino diferente en la forma de relacionarse con el daño. Esto es más importante de lo que pueda parecer ya que esta justicia juvenil con enfoque restaurativo debe favorecer el sentimiento del joven de pertenencia a la sociedad, al grupo y de que es apoyado por su círculo más cercano.

viernes, 12 de octubre de 2018

Primer elemento para una justicia juvenil con enfoque restaurativo

Partiendo de definiciones como la de las Naciones Unidas, podemos ver la Justicia Restaurativa como algo más que encuentros en la forma de mediación penal, conferencias o círculos, claramente la Justicia Restaurativa es mucho más que mediación penal. Los encuentros restaurativos pueden ser realmente importantes, aunque no dejan de ser un aspecto más, quizá el último “escalón”, pero si verdaderamente creemos que la Justicia Restaurativa es una forma de ver la justicia más humana, un nuevo paradigma de justicia, aplicada al sistema de justicia penal,y en especial, a la justicia juvenil, debemos ir dotando al sistema penal de justicia que ya tenemos, de una serie de valores, elementos y principios restaurativos.
Así operando desde dentro y partiendo de la regulación existentes, los resultados serán más satisfactorios porque se habrá tenido en cuenta las peculiaridades de cada país y sus leyes y los operadores jurídicos, otras autoridades y la sociedad en general tendrá tiempo de asumir la Justicia Restaurativa como lo más lógico, acertado y beneficioso para todos. ¿Cuál sería la propuesta? Una justicia juvenil con enfoque restaurativo. Este enfoque restaurativo se conseguiría teniendo en cuenta los valores y principios que subyacen en esta Justicia para aplicarlos de forma individual tanto al joven infractor como a la víctima
Y respecto a los valores que nos guiarían, muchos son los relacionados con la Justicia Restaurativa en general pero para el ámbito de los jóvenes, me parecen interesantes tener en cuenta el respeto, la responsabilidad y empatía, y la interrelación entre el joven infractor y la comunidad. Estos días hablaré del respeto:

jueves, 11 de octubre de 2018

Algunos peligros de la Justicia Restaurativa

A pesar de que hablar de Justicia Restaurativa parece estar de moda, siguen existiendo algunas ideas y conceptualizaciones que lejos de ayudar están haciendo que la Justicia Restaurativa no sea una realidad habitual en España.
Hay mitos en España y me temo que en algunos otros lugares, que se están extendiendo,¿cuales? muchos, pero voy a exponer aquí algunos: el más común es pensar en procesos restaurativos, y hablar de mediación penal y para colmo, limitarlo a delitos leves. En más de una ocasión, he oído hablar de que la mediación penal, sí es muy buena, especialmente para delitos leves, en los que las partes tienen una relación previa.
 Esto me lleva a pensar, cómo pueden saber que solo es bueno para delitos leves, si no lo han intentado en delitos más graves, y como pueden valorar los beneficios, solo si las personas tienen relación previa. Cualquier facilitador de procesos restaurativos, sabe que estos casos son mucho más complicados y que son en su mayoría problemas derivados de conflictos como la convivencia y que llegan en forma de delito, cuando debieran haberse gestionado antes, en mediación comunitaria, es decir para mi, la mayoría de estos casos no tienen que ver como delitos ni con el ámbito penal. Es más, en estos casos es común que ambos se sientan víctimas y victimarios, no hay rol definido. 

miércoles, 10 de octubre de 2018

La Justicia Restaurativa implica restauración o transformación

El delito genera un trauma, que dependiendo la víctima y la gravedad, puede ser más o menos intenso, por eso el proceso no es tan sencillo como hacer “borrón y cuenta nueva”. Es un proceso complejo en el que la Justicia Restaurativa ayuda a la víctima a recuperar el control de su vida, a equilibrar la “balanza” en su favor, y a incorporar el delito sufrido como una parte más de su vida.La Justicia Restaurativa, ni tan siquiera trata de reparar en su totalidad el daño sufrido puesto que determinados delitos solo son reparables de una forma simbólica o moral, y muchas víctimas no desean esta reparación material sino algo más profundo y sanador, una reparación moral. Tenemos tendencia a pensar en una reparación puramente mercantilista, en la que prima el dinero, sin embargo, la realidad es bien diferente, puesto que la mayoría de las víctimas desearían una reparación de otra índole, y solo se conforman con la material cuando ven que sus expectativas solo pueden abarcar, una reparación económica.

martes, 9 de octubre de 2018

Justicia Juvenil con enfoque restaurativo

La Justicia Restaurativa en el ámbito de los jóvenes es realmente la pieza clave para reducir la reincidencia, o más bien prevenir conductas que puedan acabar en delito, generar armonía social y un futuro mejor, porque como decía Pitágoras: “Educad a los niños y no tendréis que castigar a los hombres”. Aplicando los valores de la Justicia Restaurativa a la persona adolescente, el factor educativo y pedagógico que esta justicia conlleva, puede suponer un punto y aparte en su vida, un cambio que va a beneficiar de paso a sus familiares, amigos y vecinos. En el ámbito juvenil es donde más puede ayudar la Justicia Restaurativa para conseguir una generación de adultos, que no solo hayan desistido de delinquir sino que habrán aprendido valores restaurativos esenciales para la vida en comunidad como la empatía, diálogo, sensibilidad, respeto y empoderamiento. Es cierto que la Justicia Restaurativa empezó en jóvenes infractores, pues el propio derecho penal en jóvenes tiene como fin último la reeducación , es una función pedagógica más que punitiva. Sin embargo, y como alguien me comentaba en este blog hace unos meses, no se puede olvidar que en los adultos puede y de hecho tiene en general, un efecto similar. 

lunes, 8 de octubre de 2018

¿Cuál sería la práctica restaurativa ideal?

El logro de que la directiva del año 2012 hablara  de Justicia Restaurativa y no se limitara a una herramienta, en concreto como la mediación penal, supuso,  que por fin, podemos utilizar la que mejor se adapte a las necesidades de cada caso, y sobre todo vamos a poder abordar el delito de una manera más eficaz, al incluir a otros indirectamente afectados por el delito. Esto es importante, por cuanto así no dejamos fuera determinados delitos, ni tampoco a determinadas víctimas. ¿Por qué? Si hablamos de delitos de peligro como por ejemplo tráfico de drogas o conducción bajo los efectos del alcohol, no hay generalmente una víctima concreta a la que reparar el daño, y de ahí, que para muchos la mediación penal quede excluida porque por definición es una reunión víctima e infractor. 
Es más soy partidaria de que quizá sea mejor hablar de encuentros o reuniones restaurativas porque así podemos dar nuestro propio toque restaurativo al encuentro, que vayamos a celebrar, acaso no estamos con una "justicia viva", ¿por qué no buscar un encuentro a medida para las personas, si precisamente buscamos eso: la humanización de la justicia?, siempre que nos basemos en los principios y valores básicos de esta justicia, estaremos seguros de que si estamos siendo restaurativos.

sábado, 6 de octubre de 2018

Pautas para gestionar delitos más graves a traves de la Justicia Restaurativa

Estoy de acuerdo en que la Justicia Restaurativa y sus diferentes herramientas o fórmulas es aplicable también para delitos graves puesto que en estos casos las víctimas necesitaran tanto o más ayuda que las víctimas de delitos leves, igual que los infractores de crímenes graves deben tener una oportunidad de hacer las cosas bien y asumir el daño que causaron. Por eso, cuando nos enfrentamos a delitos más serios debemos tener en cuenta que las reuniones individuales con víctima e infractor son esenciales para que la posterior conjunta ( si se puede) se haga con las garantías suficientes para que el encuentro sea sanador, productivo y transformador. Ayer hablaba de las variables que hay que tener en cuenta en todos los procesos restaurativos, sin lugar a dudas a esta variables debe añadirse unas cuantas más si hablamos de delitos de cierta entidad. Esto es sin lugar a dudar, para tener en cuenta el posible trauma en la víctima, en qué medida puede afectarla y cómo aminorar sus miedos ante el proceso restaurativo. Si partimos que las víctimas con independencia del delito sufrido deben tener derecho a participar en un proceso restaurativo si así es su deseo, tenemos la obligación de favorecer estos procesos con todas las garantías, y también ser conscientes que debemos ser flexibles y adaptarnos a cada caso y cada persona y sus circunstancias.

jueves, 4 de octubre de 2018

La víctima en el proceso penal tradicional y en la justicia restaurativa

Sufrir un delito y convertirse en víctima de por si es un hecho terrible y traumático pero esto se agrava cuando se acude a la justicia buscando precisamente esto, que se haga justicia. La víctima se siente tan presionada  y señalada que en ocasiones el proceso penal provoca la victimización secundaria, ya que todo lo que acudir a la Justicia conlleva, no la deja cicatrizar las heridas sino que la hace revivir el delito y la condena a llevar el rol de víctima de una forma perpetua. Las personas que han sufrido un delito piensan que durante el proceso penal y en el juicio serán escuchadas, y que todas sus preguntas, sus dudas e inquietudes serán solucionadas pero esto está muy lejos de ser así. Son meros testigos en un proceso que las afecta tan directamente como el delito, los daños que han sufrido parecieran colaterales puesto que lo que se va a dilucidar durante el proceso es si el infractor cometió el delito, y por tanto vulneró la norma que el estado ha creado. El estado es la víctima principal. Muchas víctimas además afirman que se sienten un cebo que usa el Estado para conseguir castigar al infractor.

Premisas de la Justicia Restaurativa

Como la Justicia Restaurativa no es un programa especifico, no es solo mediación penal ni consiste solo en encuentros restaurativos es conveniente de vez en cuando recordar los valores, principios o premisas que nos harán no perder el camino restaurativo que queremos conseguir porque la Justicia Restaurativa es una brújula que nos va guiando hacia nuestro objetivo, y es este objetivo el que tenemos que tener claro, por eso hoy quiero recordar esta entrada antigua.  Muchos pensaréis y cual es el objetivo, unos dirán ayudar a las víctimas, otros evitar que el infractor sea condenado....entiendo que la Justicia Restaurativa tiene como objetivo ayudar a los que de alguna manera se han visto afectados por el delito ( víctima, infractor y comunidad). Como soy partidaria de esta Justicia Restaurativa en sentido amplio, entiendo que los pilares o más bien las premisas en las que se basa esta justicia son las siguientes: 
1- Daño causado y las necesidades que genera este daño
2- Obligaciones, especialmente la de reparar o compensar este daño
3- Participación de todos los directa e indirectamente implicados. (Howard Zehr)
A estas tres premisas añadiría :
4- Reintegración de la víctima e infractor
5- Y derivado de la participación: buscar el esfuerzo cooperativo de la comunidad y el estado.

miércoles, 3 de octubre de 2018

Sobre la culpabilidad y verguenza en las víctimas

Muchas veces se suele analizar los sentimientos de culpabilidad y vergüenza en el infractor y cómo el proceso lógico debe llevarles de la vergüenza a la culpabilidad como paso previo a la responsabilización por el delito cometido. Aunque es cierto que las víctimas pueden y de hecho en ocasiones atraviesan similares procesos, en relación a la culpabilidad y la vergüenza. Y es así, frecuentemente surgen sentimientos iguales y también deben superarlos para empezar su camino hacia la recuperación del trauma del delito.Muchas víctimas tras sufrir el delito experimentan sentimiento de vergüenza y de humillación, esto las hace ponerse en una actitud defensiva, piensan que nadie las comprende, que están solas e incluso pueden llegar a aislarse de la gente que las rodea. Se separan de la comunidad y de su entorno, es en este momento cuando su círculo más cercano también se convierte de alguna manera en víctima, van a sufrir las consecuencias del delito, el impacto que causó el daño de esta acción de una manera, contrariamente a lo que pueda parecer directa, sufrirán con el dolor de su familiar y sentirán impotencia al no saber cómo ayudar en muchas ocasiones a esta persona que sufrió el delito y con los que les une lazos de amistad o familiares. 

lunes, 1 de octubre de 2018

Sobre remordimiento, perdón y justicia restaurativa

Frecuentemente se habla del perdón y cómo no es el objetivo, al menos prioritario de la Justicia Restaurativa, sin embargo, a veces nos olvidamos del remordimiento. Sé que para muchos, todo esto suena como algo religioso y con esto corremos el riesgo de que infractores que no se consideren religiosos, crean que no va con ellos, o que personas que quieran aplicarla, lo vean demasiado espiritual y tampoco se tomen medidas para su efectividad real. Pero sin duda, el remordimiento puede ser algo religioso para los que lo sean, pero para los que no, será algo ético, una forma de enfocar al infractor en la realidad, donde está y cómo hacer lo correcto. Además, esta palabra no está contemplada expresamente pero de forma indirecta, si existe en muchas legislacciones sobre Justicia Restaurativa. De esta forma, en muchas leyes para que pueda darse un encuentro restaurativo, se impone como necesario, y así lo dice el Estatuto de las víctimas, que el infractor reconozca los hechos. En concreto, el Estatuto habla de que el el infractor reconozca los elementos esenciales de los que deriva su responsabilidad. 

Dos aspectos esenciales de la Justicia Restaurativa







(imagen propiedad de Virginia Domingo)