lunes, 30 de noviembre de 2020

Restauración en justicia restaurativa

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo; inspirada en Howard Zehr)

Si hablamos de restauración en justicia restaurativa, ésta tendría que ver con atender las necesidades de cada una de las personas que se han visto afectadas por el daño, lo cual incluirá a la víctima, ofensor y la comunidad en general.No se trataría de devolver a las personas a su situación anterior al delito, creo que más bien tiene que ver con transformar las circunstancias de las personas para evitar que vuelvan a dañar a otras personas si se trata de ofensores o que sanen tras sufrir los daños si son víctimas.

domingo, 29 de noviembre de 2020

Justicia restaurativa, ayuda a superar el trauma tras el delito


 JUSTICIA, TRAUMA Y SANACIÓN

La Justicia es parte del proceso de curación de las víctimas, es algo que ayuda a las personas que sufren un trauma tras experimentar el delito en su proceso de sanación. Por eso,  es importante que los facilitadores de Justicia Restaurativa, conozcan acerca de la dinámica del trauma. Realmente una de las reacciones de las víctimas frente al trauma son los sentimientos de venganza y una necesidad real de que se haga justicia. La Justicia es importante cuando hablamos de trauma y curación. La línea entre justicia y venganza,  es delgada. Cuando nuestro cerebro y cuerpo, se ven afectados por el trauma realmente podemos confundir ambas. Como  hemos sido dañados, sufrimos un trauma y a veces lo que hacemos es dañar a los demás o nos dañamos a nosotros mismos. ¿Cómo encontrar justicia de forma que no incurramos en una continuación de los ciclos de violencia?

Pues realmente la Justicia Restaurativa ayuda a aliviar los sentimientos negativos y fomentar una puerta abierta al proceso de curación del trauma. ¿Por qué es positiva esta Justicia?

viernes, 27 de noviembre de 2020

Justicia tradicional y restaurativa


 JUSTICIA RESTAURATIVA EN CONSTANTE EVOLUCIÓN

Una de las mejores experiencias de mi vida, ha sido las veces que he coincidido con el "abuelo" de la Justicia Restaurativa, Howard Zehr, gracias a él entendí, que para ellos nunca ha habido confusión entre Justicia Restaurativa y mediación y otras instituciones como los mecanismos alternativos porque precisamente las primeras iniciativas que ellos comenzaron fueron para cumplir unos objetivos, sanar a los afectados por el delito incluyendo la comunidad. Fue después, cuando el primer proceso restaurativo fue exitoso, cuando empezaron a pensar cómo nombrarlo y aquí es donde empezó la confusión programas de reconciliación, mediación víctima-infractor y/o comunidad...etc. De Howar Zehr, he aprendido que siempre hay que seguir aprendiendo, que la Justicia Restaurativa está en constante evolución y que para hacer Justicia Restaurativa, sobre todo hay que estar en contacto con la realidad. Hoy quiero recordar que  Howard Zehr, fue el que estableció las diferencias Justicia Restaurativa y Justicia Tradicional en base a estas preguntas:

jueves, 26 de noviembre de 2020

Verguenza y justicia restaurativa

 


LA IMPORTANCIA DE LA VERGUENZA

El tema de la vergüenza se ha convertido en algo controvertido en la justicia restaurativa. La  conciencia de la vergüenza y su dinámica es fundamental porque es evidente  que la vergüenza, juega un papel importante en la psicología humana y las interacciones.  Lo que desencadena la vergüenza, la forma en que se expresa y cómo se amplifica o se quita "peso"  varía culturalmente. Así que la vergüenza se da en todas las sociedades . Sin embargo, en las sociedades occidentales frecuentemente ignoramos la verguenza. Como resultado tenemos un lenguaje muy limitado para hablar de ello. Así que la vergüenza pasa a la clandestinidad, sin dejar de operar, pero a menudo de manera negativa. La vergüenza puede ser positiva, cuando nos motiva a hacer lo correcto - cuando modificamos nuestro comportamiento, para dejar atrás la vergüenza. Pero la vergüenza es esencialmente una amenaza para nuestra autoestima y además nos debilita. De hecho,  la vergüenza juega un papel importante en la mayor parte de los infractores, así como en la forma en los que ofenden experimentan  la justicia. También  desempeña muy a menudo, un papel significativo en el trauma de las víctimas y las formas negativas que a menudo experimentan la justicia.

miércoles, 25 de noviembre de 2020

Ubuntu y justicia restaurativa

 


TODOS ESTAMOS CONECTADOS

El ser humano no se puede entender sino es en relación con los demás, vivimos en comunidad, nos rodeamos de amigos y familiares, formamos una familia. Se puede decir que estamos conectados, los unos con los otros, de una manera bien directa o indirecta. Por eso, cuando un delito se comete, se daña no sólo a la víctima directa sino también a la colectividad, a la sociedad en general. De ahí, que para abordar el delito de una manera más sanadora, la Justicia Restaurativa se presenta como una gran apuesta y no como algo nuevo sino como algo intrínseco a nuestra propia esencia humana. Esto lo podrían definir a la perfección en Sudáfrica, y a través de "Ubuntu", esta palabra simple, tiene muchas perspectivas y hay muchas formas de explicar su significado, aunque básicamente se basa en que todos estamos destinados a relacionarnos, a vivir en comunidad, y por eso es necesario que tengamos empatía y lealtad así como humanidad. Una frase que explica este Ubuntu es "yo soy porque nosotros somos".El delito genera una serie de daños a las víctimas pero también rompe la cohesión social, nos sentimos menos seguros, desconfiamos de los demás y estigmatizamos no sólo al infractor sino frecuentemente a sus allegados, esto por supuesto, acaba con la armonía social. Además tiene otro significado todos somos importantes para la comunidad, tener personas privadas de libertad, aisladas nos repercute como sociedad porque no pueden aportar cosas productivas para el bien común. Nos interesa que todos estemos integrados, reconectados. Por esto, la privación de libertad debe de ser por el menor tiempo posible y guiada por valores restaurativos que favorezcan la reinserción.

martes, 24 de noviembre de 2020

Perdón y justicia restaurativa

 

(imagen propiedad de Virginia Domingo)

El perdón, pedir perdón o perdonar no es el objetivo de la justicia restaurativa, es sin embargo, algo que frecuentemente surge durante un proceso de justicia restaurativa. Podemos decir que el perdón es una consecuencia beneficiosa pero no podemos vincularlo al resultado restaurativo, porque precisamente pedir perdón o perdonar es algo muy personal que depende de cada una de las partes que participa en un proceso de estas características. No obstante, si queremos hablar de perdón en la justicia restaurativa sería como vemos en el recuadro, lo siento, fue mi culpa (asumo mi responsabilidad) y qué puedo hacer para compensar el daño (quiero reparar el daño causado o mitigarlo)

lunes, 23 de noviembre de 2020

¿Qué implican las prácticas restaurativas?


 
(imagen propiedad de Virginia Domingo)

Las diferentes prácticas restaurativas, ya sean parcialmente restaurativas o totalmente comprenden una serie de etapas que se resumen en la idea de contar la historia. Contar la verdad emocional de cómo han vivido lo sucedido. Y esto acarrea hacer preguntas escuchar y ser entendido, asumir la responsabilidad, respetar, reconectar, y dialogar. El facilitador es una persona que ayuda a los verdaderos protagonistas, los contadores de historias es decir las personas que participan en una práctica restaurativa

domingo, 22 de noviembre de 2020

Justicia no es sinónimo de castigo


 INTRODUCCIÓN

El propósito de la reflexión de hoy, es hablar de toda clase de víctimas, de todos los seres humanos que han sufrido un daño que según el estado es un delito y por eso, está sancionado por la ley.Cuando  oigo que las “víctimas quieren que se haga justicia”, no puedo dejar de preguntarme varias cosas: ¿por qué parece que castigo, se equipara a hacer justicia?, ambos términos se utilizan de forma intercambiable, muy a menudo, de ahí que cuando se “clama por más justicia”, muchas personas, yo diría la mayoría lo que hace es reclamar más castigo y penas más duras. Es más parece que “justicia” se utiliza eufemísticamente, para referirnos a castigo. Si esto es así: ¿Qué pasa con aquellas personas que han sufrido un delito, pero el infractor, no ha sido capturado o no está identificado?¿Debemos pensar que puesto que no se puede castigar a nadie, no se puede hacer justicia? Esto no debería ser así, ya que no solo sería injusto valga la redundancia, sino que estaríamos abandonando a su suerte a personas que necesitan nuestra ayuda. 

Si nos centramos exclusivamente en que la justicia está para castigar al infractor, como ocurre generalmente con el sistema tradicional de justicia penal, estamos cubriendo solamente las expectativas de algunas víctimas y de alguna clase de delitos. 

viernes, 20 de noviembre de 2020

Pena, justicia y daños

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

La pena viene a dar cierta tranquilidad a la comunidad, sobre todo cuando implica privación de libertad para el ofensor, pero esto es solo de forma aparente, porque nada cambia para la víctima y la sociedad, el daño sigue ahí y el quebranto de las relaciones se mantiene. Por eso, es necesario buscar otras formas de hacer justicia que implique recomponer las relaciones sociales desquebrajadas tras el daño producido con el delito.

 Además es común pensar que las víctimas solo desean venganza cuando lo importante es ayudarlas a sanar,para eso será necesario canalizar estos sentimientos negativos por otros que los ayuden a recuperarse tras el delito. Por eso, el proceso penal es muy frio y y hace que los infractores deshumanicen a sus víctimas igual que ocurre con las víctimas con respecto a los ofensores....la justicia restaurativa abre la puerta a la humanización de los afectados por el delito, su sanación y sobre todo al restablecimiento de las relaciones rotas tras el daño causado por el delito

jueves, 19 de noviembre de 2020

Reinserción y justicia restaurativa


 REINSERCIÓN

Suelo preguntarme, muy a menudo, si realmente creemos en la reinserción, y es que si nosotros mismos no creemos en ella, qué motivo tendrían los infractores y/o las víctimas para apostar por ello, la reinserción puede concebirse como la vuelta del infractor al marco social del que se separó, la reeducación trata de mostrar al victimario,  cuales son las normas sociales de conducta y por qué debe adherirse a ellas, ni que decir tiene que tendrá más eficacia, si se le muestra su obligación de acatar estas normas, para así no dañar a otros seres humanos (generar empatía), que si se le dice que debe hacerlo por el miedo a recibir un castigo. De la misma manera, trata esta reeducación de hacerles agentes comprometidos hacia sus obligaciones para con la sociedad, si cometió un delito debe responsabilizarse y realizar una actividad que mitigue o compense este daño ( y no será visto como un castigo sino como una prestación socialmente constructiva). Estoy convencida que todas las personas pueden reinsertarse o más bien reconectar con la sociedad, y en los jóvenes esta posibilidad es mayor,   precisamente porque por su edad es común que en su actividad delictiva influya su entorno, amistades o falsas creencias, y por eso, es más fácil que comprendan el impacto de su acción y que quieran cambiar. Realmente yo creo que todas las personas son reinsertables, con tratamientos especializados y que incorporen a la Justicia Restaurativa también. 

miércoles, 18 de noviembre de 2020

Diferentes miradas:justicia tradicional y restaurativa

 




(imagen propiedad de Virginia Domingo, inspirada en Terry OConnell)

La justicia tradicional nos trae una y otra vez preguntas obvias como qué ha hecho esta persona , siempre mira al pasado y no tiene en cuenta, de forma general, las situaciones de las personas.

Sin embargo, la justicia restaurativa se apoya en cuales son los factores determinantes de las conductas de estas personas, que estaba pasando con esta persona para que comenzara a delinquir, en qué hemos fallado como sociedad para que se haya producido esto. Por eso, esta justicia no se centra en el pasado sino que es proactiva con un mirada hacia el futuro, donde será importante las relaciones que sientan que son parte de un todo (comunidad) porque las relaciones fuertes disuaden del delito, no el simple castigo.

martes, 17 de noviembre de 2020

La comunidad para la justicia restaurativa



 

EL DELITO PRODUCE DESEQUILIBRIO

Cuando se comete un delito, y alguien sufre un daño, también tenemos claro que el equilibrio moral debe ser restaurado para preservar las relaciones sociales, y aquí entra en juego la Justicia Restaurativa. (Además este es la principal diferencia con respecto a la mediación, en mediación hay corresponsabilidad, conflictos co construidos, en justicia restaurativa hay de base un desequilibrio) ¿Cómo? No dejando solas a las víctimas con sus quejas y sus pérdidas. Queremos que sus pérdidas y daños materiales, mentales y sociales se puedan atender y la victimización sea eliminada, esto sin duda, se consigue de una manera más eficaz a través de la Justicia Restaurativa porque es una Justicia más participativa y que da el protagonismo que corresponde a los realmente afectados por el delito. Pero también no dejando solo a los ofensores, ayudando a que entiendan el impacto del delito pero sobre todo, apoyando para que de forma voluntaria, desistan del delito. El delito bajo esta perspectiva es una violación de las relaciones personales y esto afecta no solo a víctima e infractor sino también a la comunidad.Ya hablamos que la comunidad es víctima indirecta de los delitos porque cuando un delito se comete...dos piezas esenciales: infractor y víctima se separan de la comunidad y ésta empieza a resentirse y sentir que ha perdido dos piezas esenciales y que así no puede funcionar con normalidad. Esto supone que la comunidad también sufre el impacto del delito y la consecuencia de la debilitación de los lazos sociales y el aumento del sentimiento de inseguridad.

lunes, 16 de noviembre de 2020

Implicaciones de las prácticas restaurativas


 ¿QUÉ IMPLICAN LAS PRÁCTICAS RESTAURATIVAS?

Los procesos restaurativos implican:

1-    Una asunción de responsabilidad por el infractor

2-    Un hacer frente a los daños para reparar a la víctima

3-   Una implicación directa de la víctima y el infractor y cuando sea necesario la comunidad

Respecto del primero, la asunción de responsabilidad debe ser sincera  y no guiada por el objetivo de conseguir beneficios. Se debe reconocer no  que se ha cometido un delito sino que su acción ha tenido impacto negativo en otras personas como la víctima y la comunidad en general e incluso a ellos/as mismos. Reconocer que se cometió un daño,  es esencial y ahondaría un poco más, quizá lo más importante no es que digan: si, cometí un delito porque esto es tanto como decir, si he realizado una acción u omisión castigada por la ley como delito, ya que esto a priori parece desligarse del hecho de que se ha dañado a otro ser humano. Lo esencial es que el infractor,  conozca el impacto  de su delito y asuma que causó daños. Por eso, el reconocimiento parece vacío, si no se respeta a las víctimas, y si no se reconoce que el daño causado, fue como consecuencia de un acto por parte de ellos y que no es que simplemente pasara.

domingo, 15 de noviembre de 2020

Motivos de la persona ofensora para creer en justicia restaurativa


 SINCERIDAD DE LOS INFRACTORES

En ocasiones, muchas personas me preguntan sobre la sinceridad y los motivos de los infractores para participar en un proceso de justicia restaurativa. ¿Por qué ? Porque piensan que  puede ser una válvula de escape sencilla para muchos y así eludir las consecuencias jurídicas de sus actos. Otras veces, lo que ocurre es que damos por perdida a una persona, me explico, alguien que no es su primer delito, pensamos que es imposible que "cambie" y pueda reconducir su vida, es decir, no creemos que los seres humanos podamos cambiar. Por eso, por ejemplo, considero un error que se suela decir por algunas personas que solo podrían participar en un proceso restaurativo, infractores no reincidentes, ¿y si los reincidentes no tuvieron la oportunidad en su primer delito de participar en un proceso restaurativo? o ¿y si simplemente el efecto de escuchar el impacto que el delito ha tenido en la víctima, puede ser determinante para que quiera cambiar, solo por el hecho de no ser su primer delito, no se lo vamos a permitir? 

Sería perjudicial para él mismo porque continuaría con su rol de infractor, sin posibilidad de reinserción pero tampoco sería bueno para la comunidad porque en lugar de recuperar, como alguien productivo para todos a esta persona, lo impedimos con el posible riesgo de convertirnos en futuras potenciales víctimas. 

viernes, 13 de noviembre de 2020

Asumir la responsabilidad en justicia restaurativa

 


ASUNCIÓN DE RESPONSABILIDAD PARA LA JUSTICIA RESTAURATIVA

La asunción de responsabilidad para la Justicia Restaurativa debería implicar entender el contexto. Este contexto, es la comprensión de las cosas en perspectiva de  otras cosas. Esto es importante, por ejemplo cuando muchos se centran en la Justicia Restaurativa y sus diferentes herramientas como procesos destinados a pedir perdón.Y es que de primeras, no es tan fácil ni tan aconsejable exigir la asunción de responsabilidad y mucho menos hablar de disculpas o perdón, por ejemplo ¿cómo se puede escribir una carta de disculpa sin realmente conocer y entender el daño que has causado?. ¿Cómo, un infractor, inmediatamente después de haber sido sancionado, juzgado, encontrado culpable, y señalado  se va a centrar en la víctima y sus necesidades, cuando él mismo se siente señalado y objetivo directo y central del sistema?

La rendición de cuentas, se inicia con el reconocimiento que ha causado el daño. La rendición de cuentas completa, está exenta de "ya, peros" o "si solo". La rendición de cuentas completa es difícil

La rendición de cuentas en la justicia restaurativa es así. Creo que se trata de la comprensión de su contexto. No se puede entender el daño que has causado hasta que se entienda el contexto.El contexto del delito significa escuchar sobre el impacto. Este contexto en la Justicia Restaurativa significa comprender, profundamente y directamente la perspectiva de los demás. 

jueves, 12 de noviembre de 2020

¿Qué reclaman los afectados por el delito?


 

(imagen propiedad de Virginia Domingo)

Los ofensores dan más legitimidad a una justicia que los trata con respeto, esto influirá positivamente en ellos y en su voluntad de desistir del delito. Además es un gran alivio para los ofensores poder quitarse la etiqueta de delincuente, la justicia restaurativa les ayuda a entender que son personas que han cometido errores. Gracias a esto, la comunidad se sentirá más segura y el estado se dará cuenta que mantener el orden y la vigencia de las leyes se cumple no con el castigo sino con una justicia más humana. Todo esto influirá en un círculo de beneficios en las víctimas, ya que se sentirán que son tratadas con respeto y que alguien se responsabiliza por el daño sufrido.

miércoles, 11 de noviembre de 2020

Justicia restaurativa en delitos graves


 LOS DELITOS GRAVES TAMBIÉN NECESITAN UN ENFOQUE RESTAURATIVO

Cuando pensamos en el daño causado a las víctimas, especialmente si lo son de delitos graves, solemos ver los daños materiales, y es que jurídicamente, los daños se valoran y se intentan reparar a través de su cuantificación, en dinero. Y por eso, algunos siempre suelen decir pero un delito grave, por ejemplo con resultado de muerte, no puede repararse, y así piensan que solo sería bueno los procesos restaurativos para delitos muy leves Sin embargo, no se dan cuenta que si en delitos leves es bueno para las víctimas, con más razón para las de los graves, además del daño material, y en delitos muy graves la pérdida de un ser querido, hay una serie de daños morales y psicológicos que en ocasiones, como no se pueden tasar quedan sin repararse o al menos sin la debida ayuda para mitigar sus efectos. ¿A qué me estoy refiriendo? Pues cuando se sufre un delito, todo sobre lo que se había construido una vida más o menos feliz, se quiebra, la víctima pasa por una crisis acerca de la concepción del mundo. Solemos pensar, que si somos buenos, nada malo nos va a pasar, pero al sufrir el delito esto cambia radicalmente, y hace que las víctimas se pregunten ¿por qué a mi? ¿por qué si soy buena me pasan cosas malas? ¿será que el mundo es un lugar peligroso ? ¿ya no me puedo fiar de la gente de mi alrededor?. Esta crisis acerca de cómo concebimos el mundo y sobre la desconfianza en nuestros semejantes, es un daño psicológico grande, que impide a muchas víctimas dar los primeros pasos hacia su curación.

martes, 10 de noviembre de 2020

Reuniones preparatorias en justicia restaurativa


 

(imagen propiedad de Virginia Domingo)

Las reuniones preparatorias son esenciales en las prácticas restaurativas, al contrario de lo que muchas personas piensan las reuniones conjuntas solo se dan en última instancia y si todas las circunstancias son favorables.  Digamos que las reuniones preparatorias son más del 90 por ciento del éxito de una práctica restaurativa. Por supuesto, que las reuniones conjuntas son el ideal y nos gusta que las prácticas restaurativas sean perfectas, reuniones previas, reuniones conjuntas pero no vivimos en un mundo perfecto, a veces no se dan las condiciones, y es durante las reuniones preparatorias cuando vamos a ver qué enfoque restaurativo será el mejor para las partes 

lunes, 9 de noviembre de 2020

Pautas sobre qué no es justicia restaurativa


 

(inspirado en Howard Zehr, el pequeño libro de la justicia restaurativa)

A pesar de lo que muchos opinan la justicia restaurativa no está hecha exclusivamente para delitos leves o infractores no  reincidentes precisamente es para delitos graves donde tiene un efecto más sanador. Los que afirman su validez solo para delitos leves, es porque confunden mediación con esta justicia restaurativa, por supuesto que mediación es aplicable a conflictos donde hay corresponsabilidad y por tanto si hay un desequilibrio no podría hacerse.  En cambio, la justicia restaurativa precisamente trata de ver los daños, que causaron este desequilibrio y ayudar a las personas para que puedan superarlos. Y por supuesto la justicia restaurativa no se reduce a prácticas concretas, es una forma diferente de gestionar los daños, donde prima el ser humano y sus necesidades. No todas las prácticas implican reuniones conjuntas y no todo son círculos, conferencias o reuniones víctima-ofensor

domingo, 8 de noviembre de 2020

Justicia retributiva, restaurativa y transicional

 


PARADIGMA RESTAURATIVO Y RETRIBUTIVO

El sistema tradicional de justicia, genera una no responsabilización del infractor, se le concede  un abogado y se le da todas las herramientas necesarias para negar lo que ha pasado o justificar su conducta. Pero es que además, no crea incentivos para que se responsabilice de su conducta, tan solo lo harán, si con esto pueden conseguir beneficios jurídicos como ocurre en España con las sentencias de conformidad pero aún en este caso todo gira en torno a la vergüenza y al castigo, como forma de evitar que vuelvan a cometer el delito. El sistema tradicional puede llegar incluso a fomentar el círculo de más vergüenza y más violencia, ya que el infractor al sentirse señalado, no querrá reconocer lo que pasó para no sentir vergüenza y esto puede conllevar  más violencia, porque también se pueden llegar a sentir víctimas del sistema legal. Es un sistema que polariza ( Zehr) la sociedad, y se centra en acusación, confesión y castigo. Mientras que la Justicia Restaurativa ofrece un paradigma más efectivo, se basa en opciones que no se centran en la vergüenza y el castigo, sino en aspectos más constructivos, existe una denuncia, una invitación a reconsiderar lo que ha sucedido, el remordimiento para que el infractor se de cuenta que el delito no pasó simplemente, sino que él/ella provocó que pasara y un querer de forma voluntaria reparar el daño que ha causado con el delito. 

viernes, 6 de noviembre de 2020

¿Justicia restaurativa implica transformación?

 


MÁS QUE RESTAURACIÓN TRANSFORMACIÓN

En ocasiones, he hablado de por qué la Justicia Restaurativa debe significar algo más que restauración de las personas a una situación anterior al delito, comenté esto desde el punto de vista del infractor y hoy quería hablar por qué para las víctimas, más que restaurar a una situación anterior, sería esencial una transformación de su situación.¿Es viable esta restauración al momento anterior a sufrir el delito? Resulta del todo muy complicada esta restauración tanto material como moral y psicológica. Si pensamos por ejemplo, en un delito con resultado de muerte, una de dos; o prohibimos la justicia restaurativa o debemos afirmar con rotundidad que es imposible hablar de restaurar o ni tan siquiera reparar materialmente, porque la pérdida de un ser querido, es irremplazable e irreparable. Realmente la Justicia Restaurativa es más eficaz en estos delitos más graves y no podemos descartarla, sobre todo porque se revela como una gran ayuda para las víctimas, con lo que está claro que el objetivo no será la restauración o reparación. El fin será la sanación, y la ayuda para conseguir cicatrizar las heridas que el delito las ha dejado. Devolverlas a una situación anterior resulta del todo complicado no solo porque materialmente sea imposible, sino porque el hecho delictivo ha provocado un daño, ha dejado una huella latente en la historia vital de las víctimas, que para bien o para mal, supone un cambio.

jueves, 5 de noviembre de 2020

El enfoque restaurativo

 


INTRODUCCIÓN

Cuando pensamos que un infractor,  merece ir a prisión en nuestra mente concebimos este lugar como un sitio terrible, donde el hecho de ir allí es en sí mismo un castigo. Incluso por la mente de muchos de nosotros pasan imágenes como “mazmorra” para los delincuentes que más reproche y alarma social causan, en un intento por otro lado, lógico y humano, de apaciguar o mitigar el dolor y la indignación que la delincuencia crea no solo en las víctimas sino también en la sociedad.Tampoco podemos negar que muchos pensamos ante delitos muy graves y terribles ,que estos criminales merecen la muerte y además si alguien hiciera algo malo a nuestros seres queridos ¿quién no ha pensado o ha dicho alguna vez que lo mataría con “mis propias manos”?. Pero está claro que si la vida nos pusiera en este dilema pocos nos atreveríamos a atravesar este umbral y ponernos al mismo nivel que los victimarios. Estos sentimientos de ira, impunidad, de que sale “barato” delinquir es porque realmente no encontramos ninguna otra forma de canalizar estos sentimientos, ni nadie nos ayuda a transformar los sentimientos negativos por otro lado normales, en todos los seres humanos,  en otros constructivos y que sirvan para “curar” nuestra herida de la indignación  y la rabia

miércoles, 4 de noviembre de 2020

Beneficios de la justicia restaurativa


 INTRODUCCIÓN

La Justicia Restaurativa es una teoría para abordar el delito que involucra a todas las partes afectadas (es decir, la víctima (s), infractores, la comunidad) con el objetivo de facilitar la cicatrización o más bien sanación y tratar de reparar el daño causado por el delito.Las investigaciones sobre la Justicia Restaurativa han encontrado muchos beneficios positivos, como los altos niveles de satisfacción de los participantes, disminuyendo el miedo de las víctimas, y la reducción de la reincidencia de los infractores. La investigación también ha sugerido que los procesos de justicia restaurativa pueden tener un impacto positivo en el bienestar general de un participante.

Los que nos dedicamos a la justicia restaurativa y aunque no tengamos formación en psicología vemos que los participantes "se sienten mejor" después de un proceso de justicia restaurativa, pero ¿qué significa esto exactamente? A pesar de las referencias que se mejora el bienestar de los participantes, pocos estudios examinan específicamente el impacto de estos procesos en la salud psicológica y física de los participantes, a través de indicadores específicos.

martes, 3 de noviembre de 2020

La justicia restaurativa no es utópica

 


INTRODUCCIÓN

Thomas Mathiesen, señaló “no ha habido nunca una transformación social importante en la historia de la humanidad que no haya sido considerada poco realista, idiota o utópica por la gran mayoría de los expertos”.Muchos opinan que esto de la Justicia Restaurativa es una utopía,(de ahí que yo, me autodefina como utopicamente realista), algunos que teóricamente estaban a favor incluso han dicho que es un concepto un tanto romántico,  piensan que el ser humano es vengativo y retributivo por naturaleza, por tanto ven esta Justicia antinatural. Probablemente esto viene corroborado por la cultura de más castigo, que nos invade en los medios de comunicación en general, de ahí que parezca que las víctimas y los ciudadanos en general son muy punitivos. Y no es que las víctimas sean más punitivas, sino que es lo único que la justicia las ofrece para sentir que se ha hecho justicia y por eso, se agarran a esta justicia del castigo pensando que va a satisfacer sus necesidades. Sin embargo, la realidad es otra, como no sienten que realmente se haya hecho justicia, la ven lejana y alejada a sus verdaderas necesidades, al final, la condena y el castigo nunca las parecerá suficiente, y por eso, no se puede decir que seamos muy punitivos, simplemente requerimos una justicia que nos de el protagonismo que nos corresponde, máxime si hemos sufrido un delito y además necesitamos sentir que se nos escucha y repara de acuerdo a nuestras necesidades, no como dice la ley que debe ser, esto implica que la reparación material para muchas no solo no será suficiente, sino que no será ni importante. 

lunes, 2 de noviembre de 2020

Paradigma restaurativo


 

(imagen propiedad de Virginia Domingo)

Hoy recuerdo cómo sería para mi el paradigma restaurativo. Entendiendo por reconsideración, la asunción de responsabilidad del infractor, así como el cambio de visión de la víctima, que verá en la persona que le hizo daño, alguien como él o ella pero que quiere cambiar y hacer lo correcto, también es importante el cambio de opinión del victimario sobre si mismo,  esto le llevará al remordimiento, no en sentido religioso (puede ser religioso para el que lo sea, pero para el que no, será más bien ético) y querrá reparar el daño o al menos compensarlo, esto en lugar de aislarlo, lo llevará a la vuelta a la comunidad (reconexión). Pero además, este empoderamiento y escucha a las víctimas, también las ayudará a reconectar de nuevo con la sociedad, y evitar aislarse del grupo. Si no fuera posible la reparación a la víctimas se proporcionará los espacios suficientes para que puedan trabajar compensando el daño para la sociedad.

domingo, 1 de noviembre de 2020

La delincuencia daña la confianza y la justicia restaurativa trata de recomponerla

 


JUSTICIA RESTAURATIVA, LA JUSTICIA QUE SIEMPRE EXISTIÓ

Muchas veces, he comentado que la Justicia Restaurativa no es tan nueva, puesto que se basa en la Justicia que siempre existió y que se perdió con la evolución de los pueblos, la creación de los estados y la configuración de todo un complejo institucional, administrativo y judicial. Esta visión de la Justicia enraizada en las tradiciones de muchos pueblos, se centra en una visión diferente de la delincuencia y una nueva forma de entender el delito, éste es una fuente de daño que debe ser reparado. Por otra parte, además de los daños concretos que un determinado delito provoca en una persona y sus allegados, el efecto de la delincuencia de manera global, el daño como fenómeno social es la pérdida de confianza, tanto a nivel interpersonal y comunitario. Lo que las víctimas y las comunidades necesitan es tener su confianza restaurada. La obligación esencial de los infractores es demostrar que son dignos de confianza. El propósito de la Justicia debe ser fomentar este proceso.El objetivo primordial de la Justicia Restaurativa, entonces, debe ser el restablecimiento de la confianza. El intento de lograr esto, en ambos niveles personales y social o comunitario puede proporcionar un paraguas unificador para responder a la delincuencia.