sábado, 29 de abril de 2017

El lenguaje neutral de la mediación no aplica a la Justicia Restaurativa ni sus diferentes herramientas

En alguna ocasión he hablado acerca de cómo algunos definen la mediación penal como un proceso en el que víctima en infractor resuelven el conflicto. Sin duda, esto llama la atención por su forma de minimizar el delito, para las víctimas que estén leyendo estas noticias puede surgir una duda, al usarse este lenguaje neutral y es si la Justicia Restaurativa y sus herramientas, lo que hacen es no dar importancia al delito que han sufrido y con ello al impacto que este delito ha tenido en sus vidas y en las personas de su entorno: los daños. Es más, yo diría que hasta para el infractor es conveniente hablar de delito, porque este hecho delictivo también genera daños en ellos y el más importante es que son estigmatizados como delincuentes en muchas ocasiones, sin posibilidad de reinserción. Cuando las personas hablan de conflicto y no delito, sin duda, debe ser porque su mentalidad de mediador no les deja ir un poco más allá y piensan que la mediación penal es una mediación como cualquier otra. Es más, estoy cada día más convencida, que fue un error llamarlo mediación en cualquier caso, ya que esto nos ha estado continuamente limitando, y haciendo que los mediadores, lo lleven a su terreno, cuando las prácticas o metodologías requieren de otras herramientas que no siempre son las de la mediación. Sin duda, debería llamarse, como ya lo hacen en México, reunión víctima-infractor. Este si es el enfoque restaurativo, una reunión para generar diálogo y hablar sobre el daño, la responsabilidad del infractor y como abordar las necesidades de los afectados. No hay una imparcialidad como en mediación sino que aunque se trata a todos por igual, debe hablarse de la responsabilidad por el daño, no hay un equilibrio como en mediación.

viernes, 28 de abril de 2017

Sobre la asunción de responsabilidad del victimario

En muchas legislaciones, se habla como requisito para que el infractor participe en un proceso restaurativo, que haya reconocido el daño causado o su participación en el delito. Me resulta complicado que de primeras, todos vayan a reconocerlo, es más creo que esta es la labor del facilitador, en las reuniones individuales, preparar al victimario para su asunción de responsabilidad y la posible reunión con la víctima. 
Pero es que además, en ocasiones, cometemos el error de juzgar a los infractores que no reconocen el delito cometido, en un primer momento. No nos paramos a pensar que muchas veces no lo reconocen por motivos como:

  • el temor al castigo 
  • la pérdida de autoestima, que les genera reconocer que han causado un daño, sobre todo si es un delito que genera alarma social
De ahí, que la labor del facilitador sea trabajar con este víctimario, igual que se hace como la víctima, para lograr esta responsabilización y su disposición a reconocer que el daño no simplemente pasó, sino que él/ella provocó que pasara.



jueves, 27 de abril de 2017

Justicia Restaurativa: una reflexión sobre la radicalización en este ámbito


Vivimos en un mundo muy radicalizado, y la justicia restaurativa no es ajena, acabo de ver como en un foro me ponían en duda que Howard Zehr fuera el abuelo de la Justicia Restaurativa. Terrible....¿no decían los clásicos que en el medio está la virtud?. En su defensa diré ,que era un foro de abolicionistas pero creo arriesgado afirmar y relacionar Justicia Restaurativa y abolicionismo. No nos juzguen a los que creemos que se puede mejorar el sistema, con la justicia restaurativa. No ser abolicionista, no implica no creer en la Justicia Restaurativa. Es más, para los que niegan esto, les diré que la primera práctica restaurativa fue dentro del sistema penal y por la persona que lo inició, antes de que se diera el nombre que tiene ahora, Howard Zehr. No quiero radicales de ningun tipo cerca.

Justicia Restaurativa no es mediación

Esto es lo que ocurre en España, de forma muy habitual: "Jornadas de mediación intrajudicial Justicia Restaurativa", un título totalmente incongruente, puesto que mediación no es justicia restaurativa. Sin embargo, uno piensa, igual las charlas hablan de justicia restaurativa, pues no, no es así, y  lo más común y lo normal es que se hable de mediación en diversos ámbitos como el policial, penitenciario etc pero insisto, flaco favor nos hacen relacionando la justicia restaurativa con la mediación y menos aun, con la mediación intrajudicial. Claro, que lo promueva una juez, indica la necesidad imperiosa de poner el apellido intrajudicial a la mediación. Pero  lo peor, no es  llamarlo jornadas de justicia restaurativa y hablar solo de mediación, lo peor es que encima se hablará del perdón, con lo que mucha gente se va a quedar con la idea de que la Justicia Restaurativa tiene como objetivo el perdonar, y no, es una consecuencia que puede darse y de hecho se da durante el proceso restaurativo, pero nada tiene que ver con el perdón.
Con este tipo de jornadas, no me extraña que nuestro Ministro de Justicia, a pesar de saber que la Justicia Restaurativa está regulada en nuestro derecho, no haga más que hablar de mediación como alternativa y para delitos leves.  Y digo yo ¿no sería mejor haberlas llamado Jornadas de mediación intrajudicial? ¿Claro igual es que ya no "vende" tanto?
Cada pasito que damos adelante, nos frena este tipo de eventos,  que no hace sino confundir a los participantes y lo que es peor a jueces, fiscales y legisladores.

¿Prácticas Restaurativas o Justicia Restaurativa?

A nadie escapa que este blog está más orientado a la Justicia Restaurativa en el ámbito penal, puesto que mi experiencia, mis mayores conocimientos y logros están en este ámbito, es cierto que he tocado otras áreas que conozco y que considero esenciales, como el escolar, por el carácter preventivo que en este ámbito tiene la justicia restaurativa y su efecto educativo para unos futuros adultos que sabrán y tendrán en cuenta la justicia restaurativa, no como la otra justicia, sino como la verdadera justicia.Dicho esto, todo el mundo sabe que estoy a favor de la Justicia Restaurativa en todos los ámbitos, lo de prácticas se me antoja corto, para las expectativas que se quieren conseguir con esta Justicia, ya sea el ámbito penal u otros como el educativo. Según los diccionarios, práctica es la habilidad o experiencia que se consigue o se adquiere con la realización continuada de una actividad. Encuentro que hablar de prácticas restaurativas  es la habilidad o la capacidad de mostrar o poner en funcionamiento los principios y los valores de la Justicia Restaurativa. Es decir para mi práctica restaurativa requiere que hablemos de algo como referencia y en este caso es la Justicia Restaurativa. No son excluyentes, sin embargo creo que las prácticas restaurativas están dentro de lo que llamamos justicia restaurativa. 

miércoles, 26 de abril de 2017

Los facilitadores deben conocer la dinámica del trauma

Los facilitadores de Justicia Restaurativa deben conocer como funciona el trauma y cómo afrontarlo (Elaine Barge Zook) . La Justicia Restaurativa conlleva ciertos procesos en los que se favorece la reconexión: se crean espacios para generar empatía, y contar la historia de cada persona (algo importante para superar el trauma). Por eso, la Justicia Restaurativa se rebela como una herramienta importante, en el proceso de curación. La curación comienza con un proceso que provee seguridad, conocimiento (de nuestra propia historia y la de las otras personas) y reconexión ( a través de la transformación de los conflictos subyacentes, de las emociones negativas por otras positivas y el sentimiento de que se ha hecho justicia).Con esto a nadie le queda dudas, de que las variables en el proceso de sanación del trauma, son proporcionadas por los procesos restaurativos (las víctimas recuperan su sentimiento de seguridad y confianza en el ser humano, sienten que se ha hecho, verdadera justicia, y sobre todo tienen la oportunidad de contar su historia, cómo el delito ha impactado en su vida).

Esto es el empoderamiento: cuando las personas comienzan a contar la historia vivida, la asumen, reflexionan, y encuentran sentido y significado a lo que han pasado, pueden continuar con su vida. (Marta Cabrera).  Para esto, es necesario sientan respeto y vean responsabilización del infractor. Por supuesto, no es necesario contar toda la historia, sino que basta con reflexionar sobre ello. 

martes, 25 de abril de 2017

Algunas pautas para abordar la violencia de género a través de la Justicia Restaurativa

Se ha discutido mucho al menos en España, la posibilidad de utilizar herramientas de la Justicia Restaurativa para casos de violencia de género, el problema es que hablan de mediación pero lo que si se podría utilizar es mediación penal u otras herramientas restaurativas más inclusivas, de esto ya he hablado pero sin duda, en otro momento, volveré a establecer las diferencias al menos para aplicarse en estos delitos que tanta alarma social crean.Creo que la Justicia Restaurativa puede, sin lugar a dudas, ayudar a gestionar estos delitos de una manera más eficaz, si embargo, hay veces que oigo hablar a personas de esto pero veo que se pierden siempre en el discurso de la mediación, sin tener en cuenta que justicia restaurativa no es mediación. Pero también es cierto que igual que en otros delitos de más gravedad habrá que tener en cuenta una serie de elementos para trabajar con ellos durante las reuniones individuales y en las conjuntas, según Howard Zehr al menos son los siguientes:
Tenemos que reconocer, sacar a la luz y romper los estereotipos que tienen los infractores acerca de los delitos.  La Justicia tradicional en todo caso lo que hace es fomentar y promover estos estereotipos.

lunes, 24 de abril de 2017

Revolución Restaurativa

Quiero comenzar diciendo que soy mediadora pero también soy facilitadora de procesos restaurativos, lo cual y aunque en España parezca lo mismo y se confunda, no lo es.
Y por eso, hoy siento comenzar diciendo que el gran mal de la Justicia Restaurativa es la mediación, o más bien aquellos que no ven más allá de la mediación. La Justicia Restaurativa en el ámbito penal, puede concebirse como una teoría jurídico filosófica o paradigma de justicia, que se centra en que el delito produce daños y quién debe hacer frente a estos daños, dando la participación de los directamente afectados. Existen muchas metodologías o herramientas para poner en práctica esta Justicia, sin embargo, las más conocidas son las conferencias, círculos (estas dos tienen distintos nombres, dependiendo el lugar) y la reunión víctima-infractor. He hablado de reunión víctima-infractor porque es como se debió llamar desde siempre, esta forma de poner en práctica la Justicia Restaurativa. Sin embargo, el problema ha surgido porque en algunos países se comenzó a llamar mediación penal, y este nombre ha desvirtuado por completo, lo que es la Justicia Restaurativa. 

Delitos, víctimas, medios de comunicación y Justicia

Cada vez que un delito serio ocurre, especialmente si es cometido por menores, la prensa automáticamente utiliza la desgracia del suceso como mecanismo para obtener publicidad, los familiares ( víctimas de tal atroz suceso) claman por penas más duras y como si esto fuera lógico acaban el silogismo, haciendo ver que no existe justicia sino se imponen castigos ejemplarizantes... Probablemente esto es porque nos gusta el "morbo" y esta clase de programas que desgranan hasta el ultimo de los siniestros detalles del crimen y de la personalidad del delincuente, venden y generan audiencia. Sin embargo poco o nada se dice de las víctimas, a no ser que sea algo como que han hundido su vida, no van a poder recuperarse y si lo hacen tardarán años. Supongo que no se pararan a pensar el efecto dañino que estos comentarios puede hacer a una víctima que por casualidad, pueda  estar viendo el programa. ¿Por qué? Porque el desequilibrio que por si produce sufrir un delito, se ve agravado con introducir en la víctima pensamientos en los que  ve que el delincuente ha ganado, porque sigue dominando su vida y lo hará durante mucho tiempo. 
Si se piensa esto, estamos transmitiendo a la víctima que no se va a poder "curar" y que no va poder reinsertarse de nuevo en la sociedad y reconectar con su entorno, parece que las condenamos a vivir aisladas y no poder volver a confiar en el ser humano. 

domingo, 23 de abril de 2017

"No existe delito que no tenga un precedente"

"No existe delito que no tenga un precedente" Séneca.

Para abordar el delito (conflicto) de una manera eficaz, es necesario, sin justificarlo acudir a la génesis, el por qué del delito (conflicto) , a su vez esta pregunta puede ser también sanadora para las víctimas. Así ponen rostro e historia a la persona que causó el daño . Justicia restaurativa también trata de todo esto. Y como podemos ver esta forma de abordar la Justicia con mayúsculas está en el origen mismo de nuestra esencia como seres humanos y los clásicos ya lo supieron ver.



sábado, 22 de abril de 2017

El restablecimiento de la confianza en el ser humano con la Justicia Restaurativa

La Justicia Restaurativa no es una nueva forma de ver la justicia,  puesto que ya hemos visto como se basa en tradiciones y en prácticas ascentrales de muchas comunidades, lo que si aporta es una visión diferente de la delincuencia y un nuevo objetivo, el delito es visto como una fuente de daño que debe ser reparado. Y un problema esencial que genera el daño es la pérdida de confianza tanto de las víctimas como de la sociedad en general. Desde que el delito se comete, todos nos volvemos en cierta medida un poco "paranoicos", perdemos la confianza en las personas que nos rodean porque hemos dejado de sentirnos seguros, esto también nos afecta como grupo, y quiebra los lazos sociales.Lo que las víctimas y las comunidades necesitan es tener su confianza restaurada. La obligación esencial de los delincuentes es demostrar que son dignos de confianza. El propósito de la justicia restaurativa debe ser fomentar este proceso.
Por eso, no es descabellado pensar que uno de los objetivos principales de la Justicia Restaurativa debe ser el restablecimiento de la confianza. El intento de lograr esto en un nivel personal y también a nivel de grupo (social) puede darnos una doble visión acerca de como luchar frente a la delincuencia. . En lugar de reemplazar otros objetivos, más tradicionales, la restauración de la confianza se convertiría en el sistema penal actual como un eje esencial a partir del cual se va a establecer que castigo merece el infractor, si fuera necesario, la reparación del daño y la responsabilización del infractor. 

viernes, 21 de abril de 2017

Más sobre el trauma y la justicia

Cuando sufrimos un delito sea grave o más leve, nos podemos ver afectados por el trauma, aunque seamos resilientes, esto no implica que nos podamos vernos afectados, por lo que nos ha sucedido. Esto es lo que nos hace ser humanos. Por eso, si hablamos de trauma tras el delito, necesitamos sanar, y la justicia debería ser parte de este proceso de curación. La Justicia es importante cuando hablamos de trauma y curación. La línea entre justicia y venganza es delgada cuando nuestro cuerpo y cerebro se ve afectado por el trauma y se puede llegar a confundir. Si no hacemos frente al trauma, ya he comentado muchas veces, que lo que suele ocurrir es que se continua con la violencia y o se hace daño a uno mismo o se daña a otros. Por eso, cuanto más hagamos por abordar el trauma, más resilientes se volverán las víctimas. La pregunta entonces es ¿cómo encontrar justicia, de forma que no se incurra en una continuación de círculos de violencia?
Para mí, la respuesta es la Justicia Restaurativa porque la Justicia tradicional (Howard Zehr) lo que hace es ahondar en el trauma, según el gráfico funciona así:


Frente a esto la Justicia Restaurativa, atiende las necesidades de las víctimas de una manera más satisfactoria, lo que hará que sientan que han obtenido verdadera justicia, a esto contribuye también que los victimarios, asumirán el daño que han causado, lo que es importante para el proceso de curación de las víctimas. Y la comunidad pasa a ser parte importante del proceso, lo que hará que sea una comunidad más responsable y comprometida (empoderada)

Sobre la prevención y la Justicia Restaurativa

Uno de los beneficios de la Justicia Restaurativa y que a veces nos suele pasar desapercibido, es la prevención del delito, nos centramos tanto en el delito ya cometido y en cómo abordarlo de la mejor manera, a través de los procesos restaurativos, que nos olvidamos que precisamente el beneficio o más bien la consecuencia, más importante es la reducción de la reincidencia y la prevención de futuros nuevos hechos delictivos. Además hay algo que también me parece importante y que a veces no se tiene en cuenta como forma de prevención, estoy refiriéndome a que con la justicia restaurativa, se fortalece la paz social, puesto que las personas afectadas por el hecho delictivo o dañoso, son atendidas de forma más satisfactoria y esto repercute en su entorno, y a su vez, la comunidad, el grupo estará funcionando mejor, porque sus miembros han sido escuchados. ¿Cómo funciona la prevención?
En primer lugar se fomenta la responsabilización, esto sin duda ayudará al delincuente a ver que su conducta si dañó a otro ser humano, evitando que justifique por lo que hizo, o niegue que cometió el delito. 

jueves, 20 de abril de 2017

Restauración para víctimas, infractores y comunidad con la Justicia Restaurativa

El sistema de Justicia Tradicional reinterpreta la experiencia de la víctima, de acuerdo a las normas legales y al final, no parece que lo que la justicia las ofrece, sea realmente lo que necesitan para sentir que se ha hecho justicia. 
La Justicia Restaurativa, sin embargo, trata a los protagonistas como los verdaderos actores principales, los anima a la comunicación y la empatía, estigmatizando la ofensa y el daño causado, pero reafirmando y apoyando a la víctima (para que se sienta reparada) y al infractor (para que se responsabilice por su conducta). La Justicia Restaurativa, restaura a víctimas e infractores y comunidad pero no a un momento anterior al delito, sino a uno en el que a pesar de haber sufrido el delito, todas sus necesidades se hayan visto atendidas.
Las necesidades de las víctimas de sanar, y de sentirse reparadas y las del infractor de ser ayudado a asumir su responsabilidad y a reparar o compensar el daño causado y las de la comunidad, de recuperar su sentimiento de seguridad y asumir que la vuelta de víctima e infractor, hará que la comunidad funcione mejor y se fortalezcan los lazos sociales de sus miembros.

Entonces ¿cómo entender la palabra restauración para la Justicia Restaurativa?


El papel de la verguenza en los delitos

He comentado en varias ocasiones la relevancia que tiene el sentimiento de vergüenza en la Justicia Restaurativa tanto para la víctima como para el infractor. Efectivamente la víctima se siente humillada, el rol de víctima recae como una pesada losa sobre ella y la vergüenza las hace aislarse y sentirse incomprendidas. Parece claro que la vergüenza juega un papel importante en la psicología humana y las interacciones. Así que la vergüenza se da en todas las sociedades ("Es una pena que pasa"). Sin embargo, los investigadores sugieren que la vergüenza de las tendencias racionalistas de la sociedad occidental nos ha llevado a negar o ignorar la vergüenza. Como resultado tenemos que rara vez se habla de vergüenza y si se hace es casi de modo figurado. Así que la vergüenza pasa a la clandestinidad, sin dejar de operar, pero a menudo de manera negativa. La vergüenza puede ser positiva cuando nos motiva a hacer lo correcto - cuando modificamos nuestro comportamiento para dejar atrás la vergüenza. Pero la vergüenza es esencialmente una amenaza para nuestra autoestima y cuando el estigma vergüenza entra en juego nos debilita. De hecho la vergüenza juega un papel importante en la mayoría de los infractores, así como en la forma en los que ofenden experimentan la justicia. También creo que a menudo desempeña un papel significativo en el trauma de las víctimas y las formas negativas en que a menudo experimentan la justicia. 

miércoles, 19 de abril de 2017

El trauma de las víctimas y la ayuda de la Justicia Restaurativa

El sistema tradicional de Justicia no funciona porque el castigo no es la solución, y tiene que ver no solo con la manera en la que estigmatizamos a los infractores, haciendo que sea casi imposible que vuelvan a la sociedad, sino también tiene que ver, en cómo se trata a las víctimas. 
Al contrario de lo que se piensa, el sentimiento de venganza surge cuando no se ofrece a las personas que han sufrido un daño, Justicia. La Justicia Restaurativa se rebela como más útil y satisfactoria para las víctimas, al hacer frente al trauma que surge tras sufrir un delito. Este trauma podría reflejarse como sigue





La Justicia Restaurativa responde a estas preguntas, ¿quién soy?, explicándolas que son seres humanos que son dignas de respeto y consideración,¿qué creo?; que deben creer que el sistema de justicia las va a ayudar a sentirse reparadas y satisfechas y que gracias a este proceso ¿en quién confío?; podrán recuperar su sentimiento de seguridad y de confianza en los seres humanos (asumiendo que a las personas buenas, les pueden pasar cosas malas )

Algunas posibilidades sino es posible un encuentro conjunto víctima-infractor

Siempre he pensado que siguiendo los valores y principios básicos de la Justicia Restaurativa, podemos ser restaurativos y ayudar a víctimas e infractores, aún cuando no sea posible un encuentro entre ambos. Creo que ante situaciones imperfectas podemos ser restaurativos sino totalmente al menos si parcialmente. Por eso siempre intento encontrar qué pautas, valores y principios básicos de la justicia restaurativa quiero seguir en las prácticas restaurativas que lleve a cabo.Claramente vivimos en un mundo ideal y esto no son matemáticas, tratamos con sentimientos y dolor que puede hacer que las personas cambien de idea o no quieran tomar parte de forma directa en un encuentro restaurativo. Pero y si una víctima no quiere encontrarse cara a cara con el infractor pero si quiere saber de él y exponerlo sus preguntas. ¿La abandonamos a su suerte o nos ponemos creativos? Por supuesto que hay muchas otras posibilidades sino ideales, si factibles e igualmente útiles y eficaces para ayudar a sanar a las víctimas y los infractores. 

martes, 18 de abril de 2017

Hacer las cosas bien

En muchas ocasiones, hablamos de hacer lo correcto en Justicia Restaurativa. Tanto para los infractores como para los propios facilitadores, esto implica, hacer las cosas bien, es decir; abordar los daños que se han hecho, que para el infractor conlleva responsabilizarse por su conducta, y hacer frente a las causas de estos daños, esto es, ver qué le llevo a delinquir para evitar que se reiteren conductas similares. Y para el facilitador, esto supone que en los procesos restaurativos, debe promover que se aborden estas dos vertientes del daño, así conseguiremos que la Justicia Restaurativa sea también transformadora.



El contacto con la víctima para un proceso restaurativo

Una de las cosas que me parecían más complicadas, era cómo conectar con las personas para que accedieran a participar en la primera reunión de Justicia Restaurativa, me explico, el primer contacto bien por carta o por teléfono es un tanto extraño por cuanto a pesar de llevar años con el servicio de mediación penal, muchas víctimas no saben que existimos y el ofrecimiento de participar en un proceso restaurativo, les resulta algo demasiado novedoso.Una primera pregunta sería ¿qué momento es el más idóneo para llamar a víctima e infractor? si el delito está muy reciente es muy probable que la primera reacción de la víctima sea negarse en rotundo, sin embargo el paso de los días suele cambiar su forma de pensar, una vez que los sentimientos de ira, humillación y venganza van disminuyendo. Y otra cuestión sería ¿que decir en el primer contacto? La experiencia me ha demostrado que se debe contar lo esencial para que las víctimas y los infractores vengan a la reunión preliminar porque el teléfono es muy frío, hay que evitar describir el proceso totalmente, es algo muy amplio y puede no comprenderse si se explica en pocos minutos. En todo caso el motivo de la llamada, es concertar una reunión para discutir las consecuencias del hecho y su implicación para el futuro. 
No somos comerciales ni estamos intentando vender nada, solo somos facilitadores para que puedan obtener una justicia más satisfactoria, por eso en ocasiones hay que dejar pensar y reflexionar.

lunes, 17 de abril de 2017

El paradigma retributivo y restaurativo en el ámbito penal

Nos hemos centrado demasiado en los derechos modernos,  en el castigo y la vergüenza estigmatizante como forma de evitar que el infractor vuelva a delinquir. Esto en lugar, de ayudar a evitar la reincidencia,  lo que hace es fomentar el círculo de la vergüenza y más violencia.
El paradigma retributivo podría ser como sigue:






Frente a esto la Justicia Restaurativa en el ámbito penal, sí reprocha el infractor el daño cometido pero como paso previo a que reconsidere su comportamiento, vea que efectivamente fue su responsabilidad y decida reparar el daño causado a todos los afectados como paso previo a su reconexión de nuevo con la comunidad, ayudando así a que la víctima pueda reconectar también.
Sería este paradigma restaurativo 
como sigue:



Los seres humanos somos seres emocionales y la Justicia Restaurativa aborda estas emociones

A pesar de lo que se pueda decir, que somos seres racionales, nuestras acciones en general, no se basan en algo racional, somos mezcla de emociones, intuición y lógica. Por eso, el aspecto emocional no se puede dejar de lado en nuestra vida diaria, y por ende, ni mucho menos cuando se comete un delito. Entiendo que debe existir el derecho y los sistemas legales, no obvio la importancia del derecho penal pero si creo que abandona el aspecto emocional y lo sustituye estrictamente por el aspecto legal. Como individuos que somos estamos interconectados con los demás, vivimos en comunidad y esto hace que debamos asumir ciertas responsabilidades, un de ellas es la de el que hace algo mal, debe enmendarlo e intentar hacer lo correcto.Y en esto la Justicia penal no debiera ser diferente, sin embargo muchos sistemas penales están basados o más bien enfocados en los derechos y no en las responsabilidades, un ejemplo claro es que para el sistema penal no importa si el infractor es culpable o no, le dará toda un serie de derechos que disminuyen el posible espacio para la responsabilización por el  delito. 
Además la víctima va a ser considerada un mero "cebo" para intentar conseguir que el infractor sea castigado, no importa realmente su dolor, tan solo para convertirlo en responsabilidad civil, pero lo que importa es su testimonio y que tenga la validez necesaria para condenar al infractor. Las emociones quedan fuera, debe relatar lo sucedido simplemente reduciendo su declaración a lo acontecido. 

domingo, 16 de abril de 2017

Dos Reflexiones sobre la Justicia Restaurativa

Hoy quiero recordar dos frases que escuché durante un curso que tuve la oportunidad de impartir. Estas frases me parece que tienen mucho que ver con la justicia restaurativa, con la empatía y cómo el derecho penal,  realmente no está construido para ayudar a las víctimas sino para mantener el status quo.
"La pena lo que hace es mostrar la solidaridad de la comunidad para con la víctima pero sin duda las víctimas necesitan algo más". Esta frase es clara y es por lo que siempre digo, que las víctimas son mucho menos punitivas que los que nunca lo hemos sido. ¿Por qué? Precisamente porque las necesidades de los que no somos víctimas, son claras, evitar convertirnos en víctimas nosotros y sobre todo mostrar que entendemos y estamos con las víctimas. Esto se consigue con la pena, porque así al menos durante un tiempo, sentimos alivio y sabemos que no podrá cometer nuevos delitos. Y es la forma que tenemos todos los ciudadanos de decir a las víctimas, que entendemos el daño y que por eso vamos a intentar que no lo vuelvan a hacer. 

sábado, 15 de abril de 2017

La "historia" de la piedra

Hoy quiero empezar recordando  una historia anómima:
la Piedra

El distraído tropezó con ella,

el violento la utilizó como proyectil

el emprendedor construyó con ella

el campesino cansado la utilizó como asiento

para los niños fue un juguete

David mató a Goliat

y Miguel Ángel elaboró la más bella escultura

En todo caso la diferencia no estuvo en la piedra sino en el hombre. No existe piedra en el camino que no puedas aprovechar   para tu crecimiento personal. La Justicia Restaurativa habla de futuro, de mirar a las personas por lo que son y no por sus actos, ofrece segundas oportunidades, pero también educa, en el sentido más humano de la palabra. La piedra es el daño cometido con el delito, y de esta piedra, depende de nosotros que podamos ayudar a que salga algo más bonito, positivo, constructivo y que en todo caso la piedra sirva para avanzar. Podemos ayudar a la que víctima vea la piedra como un aspecto más de su historia vital y aprenda a vivir con ella, convirtiéndola en un instrumento sanador. Para el infractor, la piedra no debe ser el obstáculo definitivo que le impida cambiar y adoptar otro camino, en el que habrá piedras pero también tendrá la opción de hacer lo correcto y ser mirado por las buenas obras que saque de la piedra

viernes, 14 de abril de 2017

La Justicia Restaurativa no es blanda con los infractores

Siempre he creído que la Justicia Restaurativa surgió por y para las víctimas, ¿por qué? porque aunque a muchos juristas les pueda resultar extraño, desde que se comete un delito hay una persona o varias que sufren las consecuencias de este hecho y el daño, son ellas las protagonistas. Esto es lo esencial; que además se haya infringido una norma creada por el estado y escrita en alguna código,esto es secundario.
Esta Justicia se centra en las víctimas y en cómo ayudarlas. Sin embargo, siempre existe debate entre los que nos dedicamos a esto, sobre si verdaderamente esta justicia está centrada en el infractor o en la víctima. Esta discusión me sigue pareciendo aún hoy carente de sentido y eso que surgen dudas entre los que se acercan a esta Justicia Restaurativa, sin conocer sus orígenes y el por qué. El otro día dando una charla en otra ciudad para personas que no conocían qué es esta Justicia Restaurativa, observé que además de que todavía hoy existe un gran desconocimiento de que supone e implica esta justicia, una persona me dijo que parecería que estamos justificando a los infractores.

jueves, 13 de abril de 2017

Principios de la Justicia Restaurativa

La Justicia Restaurativa en el ámbito penal, como he comentado muchas veces y siguiendo a Howard Zehr, se centra en los daños y las obligaciones que surgen, tras estos daños. Las víctimas deben tener acceso a un proceso simple y deben ser el centro, sin olvidarnos de los infractores y la comunidad. Como surgen daños, aparece obligaciones (que implica un proceso de asunción de la responsabilidad), la primera de las obligaciones tiene que ver con el infractor, aunque también la comunidad tiene obligaciones.
Esto implica si es posible, una oportunidad para el encuentro y la participación de todos los que de alguna manera se sientan afectados por el delito. En la medida de lo posible se tratará de buscar un encuentro víctima, infractor y comunidad.

¿Por qué es importante participar de forma activa y directa para las víctimas e incluso los infractores?
Porque compartir el dolos nos hace conectar con los demás (interconexión)  y nos recuerda que no estamos solos mientras podamos sentir.

A continuación un gráfico que refleja los principios de la Justicia Restaurativa, y que como se puede ver, servirá para aplicarse en cualquier ámbito de esta Justicia, no sólo el penal.


¿Son sinceros los motivos del infractor para participar en un proceso restaurativo?

Para los que son más reticentes hacia la Justicia Restaurativa, resulta complicado hacerse a la idea de qué es esta Justicia y como se pueden plasmar en la realidad, a través de los encuentros víctima, infractor y/o comunidad. Entre las muchas objeciones, la más oída es la de que los infractores participaran pero no guiados por motivos sinceros de querer reparar el daño y hacer lo correcto, sino por obtener beneficios jurídicos. Obviamente a esto no ayuda las muchísimas noticias, que a menudo se ven en prensa que "venden" a la sociedad la Justicia Restaurativa como medio para evitar el juicio. En algunos lugares relacionan Justicia Restaurativa con abolicionismo pero yo al igual que el padre de la Justicia Restaurativa, creo que ésta no surgió para sustituir a la actual retributiva sino para cubrir los vacíos legales y mejorar los aspectos que tienen que ver con dar el protagonismo a los afectados por el delito y con la responsabilización del infractor. 
En España estamos acostumbrados, precisamente a entender la Justicia Restaurativa como un método alternativo de resolución de conflictos y por tanto, verla como una vía para evitar los juicios en los delitos menores. La realidad, sin embargo, es más amplia y más compleja, ya que la práctica de otros países ha demostrado con creces, que la Justicia Restaurativa es aún más útil y más satisfactoria para delitos graves.

miércoles, 12 de abril de 2017

Posible estructura de una reunión conjunta en una práctica restaurativa

Hace unos días hablaba de una posible estructura de las diferentes prácticas restaurativas, hoy me gustaría abordar, como sería el proceso de reunión conjunta de cualquier práctica restaurativa (ya sea conferencias, círculos o reuniones víctima-infractor)
Nos centramos más en la historia que en el argumento y el facilitador ayuda a contar la historia a través de las preguntas. Es la herramienta esencial. Preguntas tales como ¿qué ocurrió? Esto hace que en las diferentes prácticas restaurativas, se busque la verdad emocional. 
La estructura  de una posible reunión conjunta sería más o menos como sigue:

Contar la historia
Preguntas
Escuchar y ser entendido
Emociones y respeto----Esto se logra contando la historia
Conectar
Diálogo hacia un posible acuerdo sobre cómo hacer lo correcto
Acuerdo para hacer lo correcto

Estas fases de una posible reunión conjunta son orientativas y se pueden resumir en lo siguiente

¿Qué sienten las víctimas tras el delito?

Estoy convencida que las necesidades de las víctimas, bajo mi experiencia, nada tienen que ver con lo que la justicia tradicional las ofrece. Me gusta hablar con las personas que han sufrido un delito, porque siempre veo que no son punitivas, como queremos creer, sino todo lo contrario. Un familiar sufrió un robo en su casa, hace unas semanas, estaba de vacaciones y le llamaron diciendo que habían entrado en su casa a robar. Me contaba que al principio,  pensó en los bienes materiales, pero pronto empezó a sentir angustia. Angustia, por saber que unos extraños habían entrado en su hogar, por no saber, si les habían estado vigilando y sobre todo porque la imagen de su hogar, como un lugar seguro donde vivir en paz, se había venido abajo.De su relato, lo que más me sorprendió es cómo las personas que trabajan en el entorno judicial, son las que menos confían en la justicia. Fue la policía la que le dijo, que era complicado pillarlos, pero si lo hacían, seguro todo ya estaba vendido y no iba a poder recuperar nada. En principio, me contó esta familiar que eso ya lo daba por perdido, pero que necesitaba sentir, que alguien se hacía responsable, necesitaba que los pillaran.  A primera vista, de su relato me di cuenta que la falta de confianza en la justicia, no es del ciudadano sino también de los que están al servicio de ella, ¿en qué estamos fallando? 

martes, 11 de abril de 2017

Todos estamos conectados para la Justicia Restaurativa

La Justicia Restaurativa nos dice, no como justicia en sentido estricto, (conjunto de normas creadas por el estado)  sino como una forma de ser justos en nuestras relaciones con los demás miembros de la comunidad, que todos somos seres humanos y lo somos porque estamos conectados, los unos con los otros. Esto lo describió perfectamente Bowlby en su  teoría del apego,  teoría que describe la dinámica de largo plazo de las relaciones humanas. Al final es el ubuntu, yo soy porque nosotros somos. Pero es que además esta Justicia atiende de una mejor manera a todos los afectados por el delito, porque el infractor es tratado con justicia, las víctimas son reivindicadas, el estado mantiene el orden y el derecho (el infractor se responsabilizará y asumirá el daño que ocasionó, con lo que será más probable que decida no querer delinquir de nuevo, respetando las normas) y la comunidad recupera su sentimiento de seguridad.
Y aunque surgió en el ámbito penal, para superar el olvido de las víctimas, como he dicho al comenzar, se ha convertido en un movimiento social o más bien una forma de vida. "Yo vivo en comunidad y como tal, si causo un daño a otro ser humano, lo que debo hacer es compensar este daño y responsabilizarme, en definitiva, haré lo correcto para mantener el status quo de la comunidad"
Tiene que ver con esta teoría del apego pero también con la empatía, un valor esencial de la Justicia Restaurativa, y digo Justicia Restaurativa no Prácticas Restaurativas porque para mi Justicia, no es solo conjunto de normas creadas por el estado, para mi Justicia es como dicen algunas definiciones, un conjunto de valores que nos ayudan a construir y fortalecer la comunidad tales como respeto, responsabilidad y equidad. Curiosamente estos valores son los que conforman la Justicia Restaurativa, por eso para mi, la Justicia Restaurativa es el ideal de Justicia, al que debemos aspirar tanto dentro de los Tribunales como en nuestra vida cotidiana.

La comunidad y sus necesidades

Cuando pensamos en una víctima, siempre nos viene en mente la persona que sufre el delito directamente es común olvidarnos de los familiares de la víctima, e incluso los familiares del infractor que también sufren el impacto del delito. Pero siempre nos olvidamos de que la  comunidad es víctima también de los delitos, muchas personas me miran raro o extrañadas. ¿Pero a caso, no perdemos nuestro sentimiento de seguridad cuando conocemos que se ha cometido un delito, especialmente si ha sucedido en nuestro entorno más cercano como nuestra ciudad, o barrio?
Y que pasa con los familiares y allegados de la víctima, que sufren con el dolor de ésta, o los familiares del infractor que se sienten señalados por ser parientes del infractor.....
Creo que un delito afecta por lo general, a muchas más personas de las que en principio, nos podemos imaginar. De hecho la comunidad también es víctima indirecta y como tal debería ser considerada así, por eso los procesos restaurativos que la tienen en cuenta, son más sanadores que la mediación penal, que por propia definición solo incluyen en principio a víctima directa e infractor.

lunes, 10 de abril de 2017

Sobre los principios de la Justicia Restaurativa

Estamos viviendo tiempos convulsos para la Justicia Restaurativa, se ha pasado de ignorar esta Justicia, a pensar que todo en esta vida es Justicia Restaurativa. Es cierto que es multidisciplinar y que al buen facilitador de Justicia Restaurativa ,le pueden ayudar conocer otras disciplinas para mejorar su comunicación, capacidad de escucha...etc pero esto no implica que estas otras disciplinas sean Justicia Restaurativa. Por eso, creo que es bueno recordar al "abuelo"  de la Justicia Restaurativa, el primero que empezó a hacer Justicia Restaurativa, Howard Zehr. Hoy quiero hablar sobre los principios de la Justicia Restaurativa, esto junto con los valores, nos va a indicar si estamos siendo restaurativos o por el contrario, estamos perdidos en algo, que por más que queramos no es justicia restaurativa. 
Es un proceso basado en las necesidades
También en las relaciones
Pone énfasis en el diálogo y la colaboración
¿Esto qué implica?

La Justicia Restaurativa, no es la alternativa ni la "otra"

Vivimos en un mundo muy polarizado, tal parece que nos obligan continuamente a elegir. Este es el caso de la justicia, nos volvemos radicales incluso los que somos restaurativos y tal parece que todo debe ser o blanco o negro. Pero realmente no es tan fácil y mucho menos, si hablamos de sufrimiento, de dolor, daños...y en general de todo lo que tenga que ver con la justicia.Veo que nosotros mismos, los que somos pro justicia restaurativa, a veces, nos obsesionamos, sabemos que la justicia restaurativa es beneficiosa pero quizá denostamos mucho, a los que no ven lo mismo que vemos nosotros. No es peor una persona que no ve los beneficios, en un primer momento de la justicia restaurativa, ya que realmente hasta que no se es víctima o infractor, no nos planteamos que es lo que queremos, solo suponemos que es lo querríamos, si estuviéramos en el lugar de una víctima, pero lo cierto que solo pasando por ello, se puede saber, realmente como reaccionaríamos.Y todo esto lo digo porque parece que ante la justicia, ante el daño sufrido, solo tenemos dos opciones: la justicia tradicional o la restaurativa ¿por qué tenemos siempre que optar y elegir? 

domingo, 9 de abril de 2017

Possible structure of restorative justice process

The restorative processes, whether conferencing, circles , or victim-offender meetings have for me, an ideal structure, which is flexible for each case, but ideally would be the one of the picture
Body, moment of the first joint meeting
Heart, it will generate a space of dialogue where people are going to see themselves as human beings, It is time to generate confidence to be able to speak, tell the story and see the needs.
Mind, once the parties have spoken, they will delve into possible solutions to resolve the conflict, address the needs of the damaged, ultimately time to see how to put things right
Spirit, it will be put in common how the person is going to put things right, (action plan), how it is going to be repaired the damage, how people are going to take care of the needs of the affected ones 

sábado, 8 de abril de 2017

Algunos retos para la Justicia Restaurativa

A veces me planteo si nuestro trabajo en justicia restaurativa, debe quedar en esto, en ayudar a las personas que acuden a nosotros o podemos ir un poco más allá, es decir trascender. ¿Por qué digo esto? Porque queramos o no, nuestro trabajo es un constante diálogo con las personas y los colectivos, sobre las diferentes concepciones o más bien percepciones que tenemos sobre la justicia. Y creo que esto también es parte de nuestro trabajo, impulsar este diálogo y esta postura para así lograr que la sociedad, el legislador y el estado se plantee que es posible hacer una verdadera justicia, basada en valores humanos y restaurativos, que fomenten una mejor convivencia. Debemos impulsar una revisión de la justicia para que se acomode a los valores restaurativos. Esto es para mi trascender, diría que se trata de intentar que la justicia restaurativa vaya un poco más allá y se convierta también en transformadora, en el sentido de que transforme o al menos se intente transformar, lo que no funciona, dando otras posibilidades que están demostradas que si funcionan, como las diferentes prácticas restaurativas.

viernes, 7 de abril de 2017

Estructura de los procesos restaurativos

Los procesos restaurativos, ya sean conferencias (juntas o reuniones restaurativas en algunos lugares) círculos o reuniones víctima-infractor tienen para mi una estructura ideal, que se flexibiliza para cada caso, pero idealmente sería la de la foto.
Cuerpo, momento del primer encuentro conjunto
Corazón, se va a generar un espacio de diálogo donde las personas van a verse como seres humanos , es momento de generar confianza para poder hablar, contar la historia y ver las necesidades.
Mente,  una vez las partes han hablado, se va a ahondar en las posibles soluciones para resolver el conflicto, atender las necesidades de los dañados, en definitiva momento de ver como hacer lo correcto.
Espíritu, se pondrá en común como se va a  hacer lo correcto, (plan de acción), como se va a reparar el daño, como se van a atender las necesidades de los afectados....

Justicia Restaurativa en el ámbito escolar : la prevención

En muchas ocasiones, he hablado de cómo se puede actuar de forma restaurativa con víctima e infractor, en definitiva con cada una de las personas afectadas por un daño, es decir, se puede actuar de forma pacifica y más humana , considerando cada caso, no como un mero expediente sino pensando que detrás hay personas que sufren y necesitan apoyo y atención: las víctimas, de la misma forma fomentando la responsabilización de los infractores y un castigo constructivo que los ayude a no reincidir. Los encuentros restaurativos serán una posibilidad que si se puede dar, por supuesto que son muy eficaces y sanadores.Casi siempre suelo hablar a posteriori, es decir cuando el delito se ha cometido y de manera que esta justicia restaurativa pueda ayudar a sanar a los afectados y a evitar que se repitan conductas similares. Esta prevención se puede adelantar mucho más, es una de las bondades de esta justicia restaurativa, o lo que algunos llaman prácticas restaurativas ( para mi sería justicia porque todos queremos ser justos, no solo cuando acudimos a los juzgados sino en nuestra vida cotidiana).Y estas bondades es que se puede ayudar a prevenir futuras conductas violentas y/o comportamientos delictivos, un ejemplo serían las justicia restaurativa en los colegios, pero no solo mediación como se conoce en España, sino otras prácticas como los círculos que incluyan a toda la comunidad escolar. 

jueves, 6 de abril de 2017

Es urgente que el Estatuto de la víctima tenga aplicación real y se de visibilidad a los Servicios de Justicia Restaurativa

Como sabéis en España,  la Directiva 2012/29/UE de normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos, fue incorporada a nuestro derecho interno a través de la ley 4/2015 del Estatuto de la Víctima del delito.
Muchos vimos esperanzados, como por fin, se hablaba del derecho de las víctimas a ser informadas de los Servicios de Justicia Restaurativa. Cierto es que luego el legislador tiene un lapsus y confunde justicia restaurativa y mediación pero realmente era un gran adelanto. Además, contemplaba los servicios de Justicia Restaurativa en coordinación con los de asistencia a las Víctimas, dotándoles de cierta igualdad de características, a saber, públicos, gratuitos y ofrecidos por personas con dedicación exclusiva a ello. Todo parecía muy bonito pero resultó que esta norma surgió con presupuesto cero. ¿Como dar aplicación práctica cuando no hay apoyo económico?Difícil, pero aún así nuestro Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, diseñó una Oficina coordinadora de asistencia a las víctimas, con incorporación de los servicios de justicia restaurativa, que además de pionera, iba a dar cumplimiento práctico a esta ley y a la directiva. Su diseño es el que debería seguirse como ejemplo, puesto que daba estabilidad a los servicios de Justicia Restaurativa y posibilitaba que todas las víctimas tuvieran información sobre esta forma de hacer justicia.

Algunas necesidades de los infractores que aborda la Justicia Restaurativa

Este énfasis en abordar los daños y las causas de este comportamiento, requiere que abordemos los posibles daños que sufrieron también los infractores. Los estudios demuestran que muchos infractores fueron victimizados o traumatizados, de una manera muy importante. Y otros, se perciben como víctimas a sí mismos o victimizados. Estos daños y estas percepciones de sí mismos como víctimas, pueden haber contribuido al delito. Autores como el psiquiatra James Gilligan, establece que toda violencia en sí misma es un esfuerzo por conseguir justicia. Es decir, muchos delitos pueden ser una respuesta para deshacer en cierta manera, el sentimiento de victimización. Por supuesto, que la percepción de uno mismo como víctima, no implica que se te absuelva por tu responsabilidad en la conducta dañosa. Pero Gilligan afirma, que no podemos esperar que este comportamiento pare, sin abordar este sentimiento. De hecho, el castigo generalmente reafirma estos sentimientos de victimización.  Algunas veces es suficiente con reconocer y tener en cuenta este sentimiento del infractor, otras veces esta percepción debe ser desafiada y puesta en duda, y otras es necesario que se repare el daño antes de esperar que el infractor cambie su comportamiento. Es fácil entender que resulta complicado para muchas víctimas e incluso suena a excusa, además que es difícil explicar por qué algunas personas que son victimizadas cometen delitos y otras no.

miércoles, 5 de abril de 2017

Nadie debe ser excluido de la Justicia Restaurativa

El Estado y el sistema, nos suele garantizar un juicio justo, pero no que se haga justicia. Por eso, la pregunta es ¿como hacer justicia?. En el sistema tradicional hay demasiadas formalidades, esto nos lleva a buscar la verdad "formal o legal" que en ocasiones no tiene nada que ver con la verdad "emocional". Frente a esto, la Justicia Restaurativa busca esta verdad emocional , busca que las personas cuenten su historia y así ayudarles a sanar. Para muchos, esto sería tanto como poner las cosas de manera que parecía que no se ha sufrido un delito, sin embargo,muchas veces, es imposible. Por eso, la reparación a la víctima debe ser más enfocada en el futuro, haciendo sobre todo que se sienta respetada. Para el infractor, también es importante este camino hacia la sanación y ven la Justicia Restaurativa más justa, ya que les da la oportunidad y les anima a hacer lo correcto. 
La conclusión es que nadie debe ser excluido a priori, de la Justicia Restaurativa, ya que además uno de sus valores es la inclusión.

Justicia Restaurativa como derecho de todas las víctimas

He escuchado testimonios impactantes como el de una víctima, que hablaba del asesinato de su hija, y de cómo todo el mundo intentaba consolarla diciéndola, lo han "pillado" y lo van a condenar a muerte, ya veras. Por supuesto que esto no la tranquilizaba, y es que una vez más, me gustaría recordar que los que nunca hemos sido víctimas, somos mucho más punitivos que las víctimas reales y esto sin duda, es porque por mucho que nos pongamos en el lugar de las que han sufrido un delito tan grave, no sabemos qué puede necesitar cada víctima para superar o al menos empezar este camino hacia la superación del delito.Esta señora hablaba de cómo el dolor no la permitía levantar cabeza, y como en este camino se encontró con la Justicia Restaurativa. Hasta ese momento, su único consuelo y a la vez temor era pensar que el asesino de su hija era un "monstruo", era un consuelo porque esto la hacia pensar que no todo el mundo es así, y que su entorno seguía siendo un buen lugar para vivir, solo que había tenido la mala suerte de encontrarse con un auténtico monstruo. Sin embargo, también estos pensamientos la hacían sentir mucho temor, y es que esto había generado en ella mucha desconfianza, llegando incluso a convertirse una paranoica, si esta persona que mató a su hija era un monstruo, entonces¿como distinguir a los monstruos de los que no lo son? 

martes, 4 de abril de 2017

¿Qué tienen que aprender los gobiernos de la justicia restaurativa?

Deben cambiar el concepto que tienen del delito, y reconocer que las emociones son parte esencial y debemos reconocerlas, y ayudar a las personas a pasar de emociones no positivas a otras más sanadoras. #revolucionrestaurativa #restorativerevolution #utopicamenterealista

Justicia ¿qué implica?

Hacer Justicia implica que se debe tener en cuenta a los seres humanos y no solo los códigos y leyes
La Justicia debería implicar un cambio de comportamiento en las personas
Y esta Justicia no se consigue con el aislamiento 
(Carl Stauffer 2016)

Tres aspectos esenciales para abordar el delito de forma restaurativa

Ron Claassen,  dice que para resolver un delito de forma restaurativa, tiene que suceder tres cosas:
1)La injusticia  o el daño debe reconocerse, yo añadiría incluso ambas cosas deben reconocerse, porque que las víctimas sufran el daño, es una injusticia que también debe ser reconocida. Estoy hablando de víctimas, como por ejemplo las de terrorismo,o las de siniestros viales,  tristemente y en muchas ocasiones, se ve su condición de víctima como un daño colateral y no como lo que realmente son, personas que han sufrido el impacto del delito. Pero es que además ¿quién debe reconocer este daño? Primero es el infractor, el que de asumir, y reconocer que el daño que ha provocado a la víctima y a la comunidad, no simplemente pasó, sino que él o ella provocaron que pasara. Pero además el estado, debe también respetar a la víctima y reconocer que el delito sucedió y que no tuvo la culpa de sufrirlo e igualmente la comunidad debe mostrar su respeto a la víctima, reconociendo la injusticia de lo sucedido.

lunes, 3 de abril de 2017

Todos estamos conectados

La Justicia Restaurativa nos invita a ver como el mundo esta conectado (Howard Zehr) y relacionado, en muchas ocasiones en formas que no vemos. Un ejemplo de esto, sería la dinámica relacional entre víctima e infractor, que los une de una manera no saludable. La mejor manera de enfocar esta interconexión es con el respeto, a uno mismo y a los demás y la responsabilidad, todos tenemos derechos pera también responsabilidades. De esta manera, podremos vivir en comunidad de una manera más saludable.

La verguenza reintegrativa aplicada a personas adolescentes en conflicto con la ley

En muchas ocasiones he hablado de la vergüenza reintegrativa, un concepto acuñado por John Braithwaite y que está íntimamente relacionado con la Justicia Restaurativa. Esta justicia busca la responsabilización del infractor, que la persona que ha causado un daño, sé de cuenta del impacto de su conducta, vea que el hecho delictivo no pasó simplemente sino que el provocó que pasara.La vergüenza reintegrativa desaprueba el acto ilícito, el delito pero respeta al infractor, estigmatiza el mal pero no al infractor, frente a la vergüenza estigmatizante que lo que hace es reprobar el acto dañoso, a través de humillar a la persona que lo ha ocasionado.La vergüenza reintegrativa es aplicable a cualquier infractor puesto que todos merecemos una segunda oportunidad para hacer las cosas bien, pero sin duda, en jóvenes cobra mayor importancia.Como decía, Braithwaite es la vergüenza de los ojos de los que te quieren, los que te puede hacer cambiar, esto ¿qué implica? Pues que siempre que sea posible la participación e implicación de la familia en la gestión del delito y su forma de abordarlo, es importante, de ahí, que los procesos restaurativos como las conferencias, son muy importantes. 

domingo, 2 de abril de 2017

Algunas diferencias Justicia Restaurativa y mediación

Las mayores diferencias son en relación a la responsabilidad y al propio proceso. En los encuentros de justicia restaurativa se va a poner mucho más énfasis en las emociones y en el trauma así como sentimientos como culpabilidad y vergüenza. Debe por eso, existir una excelente preparación especial para hablar de estas emociones. Además hay un elemento de responsabilidad , que debe ser reconocido y tratado en los encuentros.
Desgraciadamente la mediación ha hecho mucho daño a la justicia restaurativa, y ha coartado al menos en España, su aplicación en determinados delitos, por la confusión entre ambas. Un ejemplo de esto: la mediación está prohibida en violencia de género, pero nadie llega a entender que no prohibe la justicia restaurativa porque mediación no es justicia restaurativa. Por eso, y para no equivocar conceptos, debería dejar de llamarse mediación penal ( para evitar pensar en neutralidad, imparcialidad...en definitiva, para dejar de pensar en una mediación al uso) y como me decían ayer algunos colegas y amigos mexicanos,  (y que también están en la #revolucionrestaurativa) llamarlo reunión víctima-infractor.

sábado, 1 de abril de 2017

Qué no es Justicia Restaurativa, un poco de humor...para el fin de semana

La Justicia Restaurativa se basa en culturas ancestrales y antiguas, pero no significa que debamos convertirnos en chamanes, para ser facilitadores de procesos restaurativos
La Justicia Restaurativa se basa en la flexibilidad, pero no implica que debamos perder los principios y valores en las que se inspira.
La Justicia Restaurativa no es un cajón abierto, en el que podamos meter toda clase de disciplinas y sacarlas convertidas en justicia restaurativa. Lo que no es Justicia Restaurativa, por mucho que queramos, no lo va a ser, lo cual no implica que pueda ayudar para trabajar en red y coordinados.
Y no somos magos, sacerdotes, adivinos, curanderos, ni quiroprácticos...nisiquiera somos psicólogos, al menos no, cuando estamos actuando como facilitadores de procesos restaurativos.
Y por supuesto, Justicia Restaurativa no es mediación,y   no es mediación intrajudicial.

Hacer lo correcto para la Justicia Restaurativa

La Justicia Restaurativa pretende enmendar el mal causado. ¿Esto que significa? Para algunos es única y exclusivamente, reparar el daño que se ha ocasionado, incluso me he encontrado con gente, que cree que la reparación es exclusivamente material. Sin embargo, los que nos dedicamos a la justicia restaurativa y en general, todos nosotros sabemos que el ser humano, sufre muchos daños, no solo los materiales y por eso es necesario un acto que compense o mitigue el dolor moral y/o psicológico, que se ha causado.
 Pues bien, la idea de enmendar el mal causado, implica una responsabilidad por parte del infractor , quien debe tomar medidas concretas para reparar el daño ocasionado a la víctima.   La obligación de enmendar el mal causado, le corresponde en primer lugar al ofensor, pero la comunidad también puede tener ciertas obligaciones  (hacia la víctima, pero también hacia el infractor). Para que los ofensores puedan cumplir con sus obligaciones, es probable que necesiten ayuda y apoyo de la comunidad, en general.