jueves, 31 de octubre de 2013

¿Estamos ante la primera norma con enfoque restaurativo en España?

Es oficial la semana pasada el Consejo de Ministros aprobó el estatuto de la víctima, convirtiendo a España en el primer país europeo en transponer a su derecho interno,  la directiva la directiva 2012/29/UE del Parlamento europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2012 por la que se establecen normas mínimas sobre derechos, apoyo y protección de las víctimas de delitos y por la que se sustituyó (aunque algunos, aún hoy no se han enterado) la decisión marco 2001/220/ JAI del Consejo
 
He escrito mucho sobre este tema pero creo que a veces nos quedamos con lo negativo y no vemos lo positivo y este estatuto de la víctima es un gran avance tanto para  las víctimas, sistemáticamente olvidadas en la justicia tradicional penal, como para los que apostamos por la Justicia Restaurativa como una filosofía que engloba valores y principios y cuyo máximo exponente son los encuentros, en sus diferentes formas como mediación penal, conferencias y círculos. Es un gran paso pero para que no se quede en mera declaración de principios, es necesario que se haga realidad lo contenido en esta norma totalmente restaurativa. Y ¿por qué es un gran avance?
Porque es la primera vez que se elabora una norma con un enfoque restaurativo, el contenido es congruente con valores restaurativos esenciales como la compensación, reintegración (de la víctima también es esencial), participación ( de los afectados durante todo el proceso) y "sanación " no solo física sino espiritual. También atiende las necesidades de las víctimas desde un punto de vista restaurativo, y las reconoce como dignas de respeto y consideración, ya no las trata como "incapaces" teniendo que decidir por ellas los profesionales ajenos al delito que sufrieron, y atiende una de las demandas más importantes, la de recibir información de la evolución de su caso, de forma sencilla y clara,  y sobre todo, tener "voz"en las resoluciones, las víctimas van a ser escuchadas.
Dicho esto, hay también un gran avance al menos para España, donde hay algunos muy empeñados en meter en el mismo saco la mediación penal y la justicia restaurativa y es que por fin se habla de Servicios de Justicia Reparadora, si bien es cierto que todo no podía ser perfecto, y luego la norma se refiere a mediación, esto debería cambiarse en el texto definitivo en consonancia con el texto que es en si mismo restaurativo.
Ahora para que todo fuera aún mas perfecto, podría hablarse de los infractores desde un punto de vista restaurativo fomentando oportunidades para que pueda asumir su responsabilidad, que aprendan a ver la reparación del daño como una prestación socialmente constructiva, y sobre todo que puedan ver la oportunidad que se les ofrece de hacer las cosas bien desde ese momento en el futuro.
Con una atención restaurativa también al infractor y a la víctima lograremos mejor satisfacción del ciudadano con la justicia y menos reincidencia.
 
 

miércoles, 30 de octubre de 2013

Una breve pero ilustradora reflexión

Hace unas días una buena amiga Lisa Rea, hacia un comentario  y yo  lo reproduzco aquí , porque creo que es interesante para poder reflexionar sobre el nivel de confusión de conceptos. 
 
Un profesor la preguntó: "cuanto tiempo llevas trabajando en la resolución alternativa de conflictos, ella le contestó: yo trabajo en Justicia Restaurativa no en resolución alternativa de conflictos". Buena respuesta para aquellos que confunden conceptos.
En mi caso particular y personal, yo diría, tengo capacidad y formación para la resolución alternativa de conflictos pero he preferido trabajar en Justicia Restaurativa.

martes, 29 de octubre de 2013

Víctimas que recuperan la "dignidad" con la Justicia Restaurativa e infractores que asumen sus "actos"

Siempre comento lo importante que es  la Justicia Restaurativa para reequilibrar la balanza en favor de la víctima, que perdió el poder en favor del infractor tras sufrir el delito, sin embargo también es importante que recuperen la dignidad y el sentirse respetadas. Muchas víctimas revelan que tras el delito sienten humillación e impotencia.
 
Nada mejor que escuchar la voz de las víctimas para saber por qué y para qué algunas, reclaman de la Justicia Restaurativa, un encuentro restaurativo. Os adjunto el enlace a un artículo sobre una víctima que participó en  una conferencia restaurativa, para que saquéis algunas conclusiones:
1- Que no todo es mediación penal, en ocasiones otras herramientas son más restaurativas y sanadoras
2- Y que no solo es posible la "curación de las víctimas" sea cual fuere el delito, sino que es posible la reinserción del infractor, a priori sea cual fuere el delito, solo es necesario cambiar la actitud de la justicia hacia estos, en lugar de ofrecerles una participación pasiva y negativa, se les ofrece soluciones y responsabilización positiva y activa.
3-Que no siempre y en contra de lo que muchos "teóricos expertos" piensan, la justicia restaurativa supone una desjudicilización, dependerá del delito y su gravedad.

Os dejo el link; http://www.sussexexpress.co.uk/news/local/newhaven-crime-victim-receives-apology-from-offender-1-5621375

lunes, 28 de octubre de 2013

¿Cómo hacer frente al malestar de las víctimas y la escasa reinserción de los infractores?

En España se viven momentos decisivos pero también convulsos, con la doctrina Parot anulada, muchos presos peligrosos saldrán de prisión antes, lo cual no significa que no hubieran cumplido su condena según  la ley que en ese momento los juzgó. Probablemente debieron cambiar la ley antes, para no beneficiar a delincuentes de extrema peligrosidad, pero  la realidad es que no lo hicieron. Sin embargo, un preso una vez que ha cumplido su condena ha saldado su deuda con el sistema y debe salir a la calle. El malestar de las víctimas es lo que más me preocupa porque significa que el sistema no ha cumplido con las víctimas, no las ayudado a reparar o más bien mitigar su dolor, lo que las ha llevado a sentirse víctimas perpetuas con un dolor que lejos de aminorarse o al menos cambiar en su percepción, sigue vivo como si fuera el primer día a pesar de los años. Esto es el mejor indicativo de que la Justicia ha fallado con ellas, y las víctimas no encuentran otra explicación ni otra forma de mitigar su vacío que "agarrándose" a penas más duras. No estoy hablando de que olviden, que pongan una página nueva en su vida, dejando atrás a su ser querido, al contrario hablo de ayudarlas en el camino a su dignificación, sufrieron un delito terrible con pérdidas irreparables, pero deben cambiar sentimientos negativos por otros positivos y constructivos porque así el delincuente no habrá ganado, ni dominara su vida. Se trata de recuperen el control de su vida, y que sientan que a pesar de todo, su vida no ha quedado arruinada ni a merced del delito sufrido y del delincuente que lo cometió. Es complicado, pero es posible y si queremos que las víctimas vuelvan a reconectar con la sociedad es necesario ayudarlas en este camino.
 
Sin duda, veo que durante años esto no ha sido así, no hay nada más que ver, el lema de la última manifestación de víctimas ( si bien la mayoría eran de la banda terrorista cuyas connotaciones son algo diferentes y difícil de entender fuera de España), por una justicia con vencedores y vencidos, este lema tan lleno de rencor, demuestra que todavía muchas víctimas están en el primer estadio del camino, con unos sentimientos poco positivos para ayudarlas a recuperarse. No hay que demonizar, estos sentimientos ni pensar que son "víctimas malas" por tenerlos, pero si podemos mostrarlas otras paradas en el camino e invitarlas a recorrerlo. Porque al fin y al cabo lo más importante es que se luche por unas víctimas que se sientan respetadas y reconocidas. Si ellas se sienten así y pueden despojarse del rol, ya habrán vencido a los infractores, porque habrán visto que ni el mayor de los daños posibles ha podido con ellas, se han levantado y han recuperado su vida, esto sin duda, es la mayor de las victorias. Porque el delincuente sabrá que no tiene poder ni control sobre las personas a las que dañó y esto para ellos ya es una derrota. Por otro lado, el sistema también tiene la obligación de hacer todo lo posible para que el delincuente reconozca el daño, o al menos vea que su acción dañó a otro ser humano, y que no tenía derecho a hacerlo, en definitiva, tiene la obligación de proveer de las oportunidades necesarias para que el delincuente pueda reconectar con la comunidad, pueda reinsertarse. Sin embargo, veo que tampoco durante estos años se ha producido esto, pues por más que las condenas fueran largas, no parece que la reinserción haya dados sus frutos, y para colmo, instituciones penitenciarias lo dice tal cual, un presos que lleva más de 15 años en prisión y no se ha reinsertado y como este muchos más. Esto sin duda lleva a replantear el sistema ya que no funciona la reinserción ni para víctimas ni para infractores. ¿Qué se puede hacer? Mucho, y el gobierno acaba de poner su granito de arena, los servicios de justicia reparadora o restaurativa aparecen en el recién proyecto de estatuto de víctimas. Aunque hay miedo a hablar de justicia reparadora, porque piensan que no va a ser entendido por las víctimas. Una pena, porque esta justicia restaurativa o reparadora, ( no ya solo la mediación penal) fomenta la sanación de víctimas, la asunción de responsabilidad del infractor y la mejor convivencia de la comunidad. Para que esto se pueda dar, es necesario:
  • Una regulación que favorezca esta justicia reparadora en sentido amplio, para que se pueda aplicar en sus diferentes vertientes y no solo encuentros restaurativos
  • Que se deje de confundir a los ciudadanos con noticias, como serán pioneros en tal ciudad con un proyecto de mediación penal que agiliza los juzgados y no judicializar determinados delitos, porque esto es confundir los objetivos y los beneficios de la Justicia reparadora y de sus diferentes herramientas como la mediación penal.
No obstante, sin duda, es un pequeño gran paso el borrador de proyecto de estatuto de víctimas, porque el lugar para hablar de justicia restaurativa es una norma sobre víctimas y que se reconozca el derecho de las víctimas a acceder de forma general a los servicios de justicia reparadora es una necesidad y un derecho que debe ser universal para todas ellas , si queremos invertir el malestar que hoy tienen la mayoría de las víctimas y la poca reinserción de los delincuentes en general.
 
 

viernes, 25 de octubre de 2013

La Justicia Restaurativa y su enfoque en una posible regulación

Estamos en un momento crucial para la Justicia Restaurativa, mientras que algunos órganos de gobierno de los jueces, apurando sus últimos días de mandato tratan de uniformizar y burocratizar los procesos de mediación, poniendo en un segundo plano no solo la flexibilidad de los procesos de mediación en si mismos, sino equivocando a la población al meter en un mismo "saco", la mediación penal con otra clase de mediaciones, la realidad imperante a nivel internacional, demuestra día a día que la Justicia Restaurativa, es mucho más que mediación y sobre todo si no queremos convertirla en más de lo mismo debemos evitar burocratizarla, llenarla de formalismos excesivos y tasados.
 
Lo bueno que tiene esta Justicia es que se centra en las necesidades reales de las personas, las escucha de forma cercana y favorece la reintegración tanto de las víctimas como de los infractores, si establecemos rígidos requisitos, protocolos y en general normativa, limitaremos la aplicación de la Justicia Restaurativa, con el consiguiente perjuicio de las víctimas ( porque todas deberían tener la posibilidad de acceder a los servicios de justicia restaurativa, es un derecho reconocido como tal en la nueva directiva sobre víctimas), también perjuicio para el infractor (porque le estamos privando de la posibilidad de hacer las cosas bien, esto atentará también contra su futura reinserción en la sociedad) y para la comunidad ( porque la estamos privando de poder tener de nuevo entre ellos a dos personas productivas, víctima e infractor, estamos limitando las posibilidades de que la comunidad pueda reconectar de nuevo con los que se aislaron por el delito).
 
Y por eso es necesario pensar que detrás del número de expediente, hay personas, no víctimas y delincuentes...personas, que pueden tener familia, unas circunstancias sociales y personales, unos problemas ...y la burocracia y rigidez puede valer para algunos pero no para todos, y por supuesto, el objetivo es llegar a todos los que quieran que la Justicia Restaurativa les ayude. ¿Cómo? En algunos casos puede ser con encuentros restaurativos, eso si, si los llamamos mediación penal, limitaremos la aplicación solo a ciertos delitos, dejando desprotegida a otras víctimas y perjudicando seriamente a otros infractores. No hablo de eludir una legislación pero si, de hacer hincapié en los puntos básicos y esenciales, dejando libertad para aplicar una u otra práctica restaurativa. El tema es si el legislador se hará eco de nuestras reivindicaciones, en este camino estamos, parece que se han escuchado, otra cosa es que luego nos hagan caso. Desde luego si en este aspecto quieren hacer una regulación buena, deberán tener en cuenta a los que nos dedicamos realmente a esto, y no a los teóricamente expertos, que al final solo quieren llevar a su terreno la Justicia Restaurativa. Por el contrario, yo diría que la Justicia Penal tradicional debería construirse (y así se podría hacer aprovechando las muchas reformas pendientes en España), con un enfoque restaurativo. Por eso, soy partidaria de una justicia penal con enfoque restaurativo, traer a la justicia penal al campo de la restaurativa y no a la inversa.
 

jueves, 24 de octubre de 2013

La prevención en la Justicia Restaurativa

Hablando de Justicia Restaurativa aplicada al ámbito penal, es lógico hablar de delitos, y cómo mitigar el daño o compensarlo y por supuesto conseguir que el infractor se responsabilice de su acción dañosa para que así quiera cambiar, evitando la reincidencia y logrando la prevención de nuevos delitos, y lo que eso supone:  más víctimas. Es una espiral  en la que víctima, infractor y comunidad, reciben los beneficios de una justicia más cercana, más real a sus necesidades y sobre todo más eficaz.
Por eso, otro aspecto importante de la Justicia Restaurativa es la prevención.
 
Pero es que, además esta prevención se puede adelantar a través de la Justicia Restaurativa a un estadio anterior al delito, así no solo lograremos menos infractores reincidiendo, sino que conseguiremos evitar que jóvenes que podrían caer en el delito, lo hagan. Como decía Séneca: "todo delito tiene un precedente", y las prácticas restaurativas permiten abordar estos precedentes sociales, personales, económicos y de otra índole que pueden incidir en una persona, en un momento dado y le pueden llevar al delito. ¿Cómo? Cuando una comunidad como la escolar, vecindario, trabajo...tiene problemas o conflictos, las prácticas restaurativas van a ayudar a ir al origen, buscar soluciones por todos los directa e indirectamente implicados y poner en marcha valores restaurativos. Sustituimos violencia,  no comunicación y un "cerrar los ojos" ( actitud pasiva) , por empatía, diálogo, y responsabilización activa para lograr algo común : paz social. Sin duda, en los jóvenes con una personalidad en formación y muy influenciables, estas prácticas supondrán que habrá menos jóvenes convertidos en adultos infractores y sobre todo más maduros, responsables y con empatía para con sus semejantes.
Por eso el potencial de la Justicia Restaurativa o para otros prácticas restaurativas es realmente muy grande como para limitarlo solo a ciertas herramientas o ciertos ámbitos, la labor de todos es concienciarnos de que cuanto más restaurativa sea todos los aspectos de nuestra vida, más pacifica será nuestra convivencia y forma de relacionarnos, y esto traerá menos delitos.
 

miércoles, 23 de octubre de 2013

La Justicia Restaurativa ayuda a reequilibrar a la víctima con respecto al infractor

El otro día hablaba de la relación que surge entre el infractor y la víctima tras el delito, y es que aparecen unidos  por el lazo del crimen pero son lazo negativos y nada constructivos, que la hacen estar en desequilibrio con respecto al infractor.
Para ayudar a la víctima a superar el delito es necesario cambiar este lazo negativo por otros positivos y  que la sitúen en situación de igualdad, es decir que la haga recuperar el control de su vida. Esto solo se puede conseguir cuando decida despojarse del rol de víctima, como oí a una víctima: "todo cambió cuando decidí dejar de sentirme víctima".
 
La Justicia Restaurativa favorece esto, y por tanto es un buen cauce para que los que sufren el delito recuperen el control y poder sobre su vida. Sólo así seguirán estando unidas al infractor por el delito pero de una manera sana y equilibrada.
 Por supuesto, que esto no es fácil, y depende de que cada persona y cada víctima, lo que si podemos hacer es mostrarlas el camino y acompañarlas en la medida que podamos, así propiciaremos que no se sientan solas y aisladas, y puedan ver la humanidad que hay en los demás. No queremos que tras el delito, la víctima sienta que el mundo está lleno de monstruos, al contrario es bueno que vean que muchos delincuentes lo son por las circunstancias y que los hay que se arrepienten, y sobre todo que son seres humanos con una historia detrás, no monstruos ni demonios. Todo esto, no es bueno sólo para los delincuentes, sino para las víctimas y para la sociedad, así no perderemos nuestro sentimiento de confianza y seguridad y los que los perdieron, los podrán recuperar.
 

martes, 22 de octubre de 2013

La cercania de la Justicia Restaurativa

Lo bueno de la Justicia Restaurativa es que no se fundamenta en teorías complicadas o extrañas para la comunidad, se basa en el sentido común, en lo que las personas en su mayoría pensamos que es lo correcto, lo justo.
 
De ahí, que la Justicia Restaurativa y sus diferentes prácticas partan de  algo muy sencillo: "Quién ha hecho algo malo, debe hacer lo necesario para remediarlo, mitigarlo o compensarlo" se debe dar una oportunidad para hacer las cosas bien, en este caso reparar el daño y hacer curar el dolor que se ha causado. Esto lejos de ser una obligación o un castigo es lo justo y además produce un beneficio que el castigo por si solo no hace y es que favorece la responsabilización del que ha hecho mal y una actitud activa. Por ejemplo, la justicia penal no favorece esta responsabilización, ya que al infractor le pone a la defensiva, le dice que tiene derecho a no declarar contra si mismo, a no decir la verdad...le da "carta blanca" con toda una serie de derechos para no reconocer jamás el daño que hizo, y le dice que es legal y justo. Sin embargo, la Justicia Restaurativa favorece la asunción voluntaria y activa de responsabilidad y con ello la reinserción del infractor, pero además ayuda a prevenir que nuevos infractores surjan y con ello nuevas víctimas. 
 
 De un presupuesto sencillo, como el que hace algo malo, debe hacer lo necesario para poner las cosas bien, aparecen  beneficios para la víctima que es reparada y respetada, para el infractor que tiene un segunda oportunidad y para la sociedad, que recuperará a ambos.
Por eso la Justicia Restaurativa es una justicia más justa.
 

lunes, 21 de octubre de 2013

Acerca de cuando nunca es suficiente la condena impuesta

Me preocupa ver como a pesar de que tras cometerse un delito, hay todo un proceso judicial que acaba con una sentencia, si la sentencia es de culpabilidad ,el delincuente irá a la cárcel dependiendo del hecho delictivo, para pagar en teoría por el daño causado. Hasta ahí, todo estaría bien o al menos sería normal,  sino fuera porque a pesar de cumplir con lo que la ley le impone cuando salga de la cárcel seguirá "pagando",  ya  que por muchos años que estuviera,  en prisión para la sociedad que les rodea siempre será poco y cuando salga de la cárcel se encontrará con un entorno hostil que no le hará la vida sencilla.
 
Si esto se mira desde una perspectiva neutral es terrible, y el sistema debería intentar mostrar a la sociedad que la pena no es eterna, igual que como decía la semana pasada los roles de víctimas e infractores tampoco lo son. Sin embargo, las víctimas, ven insuficiente las penas ¿por qué? Si se trata de un delito muy grave con resultado de muerte entiendo que para ellas, no habría años suficientes para compensar la pérdida, entonces por qué se sienten así, si analizamos desde el punto de vista restaurativo esta situación, creo sinceramente que es porque no se las ha ayudado a superar el trauma, es decir, no se las ayudó en su momento, a hacer frente al delito, esto las ha llevado a adoptar el rol de víctima de por vida, lo que sin duda influye en su sentimiento de que no han obtenido justicia a pesar de que muchas de ellas han visto como el delincuente fue declarado culpable y condenado. Otra vez, lo que decía la semana pasada cobra vigencia, la etiqueta vitalicia de víctima no las ayuda. Las asociaciones de víctimas son un elemento esencial en este camino de las personas que sufren un delito hacia su recuperación, pero deberían ser un lugar de paso de todas ellas, no un lugar donde encontrar el único sentido a su vida.
 
De ahí, que para que la Justicia Restaurativa sea plenamente eficaz debe se entendida en sentido amplio, en el tratamiento individual de la víctima ( siendo escuchada durante todo el proceso, teniendo en cuenta su opinión y sobre todo informándola), en el tratamiento individual del infractor (favoreciendo que se de cuenta del daño que ha causado, propiciando que vea la reparación material o psicológica como una prestación socialmente constructiva y dando una segunda oportunidad a aquellos que quieran cambiar) y también en el uso de practicas restaurativas como la mediación penal u otras, cualquiera que sea el delito, siempre qué la víctima lo necesite para poder empezar o continuar con su camino a la curación. Este sería el ideal que muy probablemente evitaría el malestar general, porque al final los  lazos que nos unen son más fuertes, especialmente , sociedad, víctima e infractor, aparecen entrelazados por el hecho delictivo. Y es necesario eliminar de esta ecuación el delito para recuperar unos lazos basados en valores constructivos y positivos.
 

viernes, 18 de octubre de 2013

Prácticas Restaurativas en los colegios, eliminan roles perpetuos y previenen daños mayores

Ayer hablaba de la Justicia Restaurativa en el ámbito penal, como una manera de eliminar las etiquetas vitalicias de víctima y de infractor, esto genera una mayor cohesión social porque favorece la reinserción tanto del infractor como de la víctima.
Pero lo realmente interesante es que si queremos adelantarnos y prevenir que futuros comportamientos violentos acaben en delito, es una tarea importante actuar en los colegios además de otros lugares,  pero en los colegios donde los niños pasan mucho de su tiempo, son un lugar idóneo para que aprendan valores restaurativos a través de prácticas restaurativas. ¿Esto que supone? Aprenderán a  dialogar, comunicarse y ponerse en el lugar del otro y esto supone una forma de prevención positiva muy importante para prevenir conductas violentas. Sin embargo, no podemos olvidar que las conductas violentas y agresivas tanto físicas como psíquicas, pueden surgir y esto es lo que llaman bullying, en estos casos, las prácticas restaurativas también tienen los mismos efectos que en la justicia penal, es decir favorece la eliminación de los roles tanto de acosador como de acosado y al mismo tiempo, a la víctima la da poder y le fortalece, la hace sentirse respetada y escuchada, evitamos también que el acosador pueda llegar a convertirse en un auténtico delincuente juvenil y sobre todo la convivencia con los restantes miembros se hace más fácil y pacifica. Evitar el aislamiento del niño acosado es algo esencial para evitar otros daños mayores y a veces irreversibles, por eso debe dejar de sentirse acosado o señalado esto se consigue con las distintas prácticas restaurativas. De la misma, manera se debe actuar con los acosadores, para que puedan aprender que la empatía debe regir su vida, así también recuperamos a los acosadores, sin este rol perpetuo que puede hacer que les "perdamos" para siempre.
 
Se trata de fortalecer los lazos de la comunidad escolar, aunque para que los valores restaurativos puedan ahondar en los jóvenes, también sería necesario que las familias los compartieran y promovieran. Es la esencia del Ubuntu, yo soy porque nosotros somos.
 

jueves, 17 de octubre de 2013

¡Fuera estigmas y estereotipos!

Ayer en mi artículo para Criminología y Justicia, hablaba de algo que me parece muy importante para lograr una auténtica sanación tras el crimen: la eliminación del estigma que supone haber sido víctima de un delito o bien haberlo cometido.
 
Podemos llamarlo estigma, etiqueta o rol vitalicio pero sea como fuere, asumirlo de por vida, no ayuda a las personas a reintegrarse no solo en la comunidad sino en su entorno.
El estigma que recae sobre el infractor es más impuesto que autoimpuesto, ya que es el entorno y la sociedad el que le marca y le señala como delincuente, esto sin duda, puede hacer muy difícil su reinserción ya que le dificultara su vida cotidiana y todo esto a pesar de que la reinserción es un mandato constitucional.
 
El estigma de la víctima es algo más autoimpuesto, es decir muchas víctimas asumen tan profundamente esta etiqueta que luego las hace imposible o muy difícil su eliminación, claro a esto influye la escasa atención que reciben del sistema penal de justicia y su poca participación en el proceso para poder expresar lo que necesitan o requieren para empezar su camino a la superación del delito. Aunque el ser vistas por su entorno como víctimas, tampoco las ayuda sino que para muchas se genera incluso más sentimiento de incomprensión y aislamiento ("tu lo dices muy fácil, porque tu no has sufrido el delito", "no te puedes poner en mi lugar"...pueden ser frases comunes en algunas víctimas que revelan su sentimiento de estar marcadas por el crimen sufrido).
 
Frente a esto,  lo importante es que la Justicia Restaurativa, favorece la eliminación de estos estigmas, así se logra una mayor reinserción tanto de víctima como de infractor y no solo eso, sino que se consigue un mayor fortalecimiento de la comunidad, una comunidad menos recelosa y más madura. Y esta eliminación de las etiquetas y de los estereotipos cobra importancia en otros ámbitos donde es esencial actuar para prevenir daños mayores, por ejemplo en colegios y vecindarios, de ahí que las prácticas restaurativas en estos ámbitos sea otro punto a tener en cuenta , bueno de esto me ocuparé en mi siguiente entrada.
 

miércoles, 16 de octubre de 2013

Características y beneficios de la Justicia Restaurativa

Hoy me gustaría añadir a mi entrada de ayer,  algunas características y beneficios de la Justicia Restaurativa, quiero volver al principio, no perder la esencia para poder avanzar en diferentes aspectos, espero que os resulte interesante aunque sea bastante sencillo y conocido.
 
Características de la Justicia Restaurativa:

A. El crimen es visto en primera instancia como un conflicto entre individuos que desemboca en ofensas a la víctima, la comunidad y al mismo ofensor y en segunda instancia se comprende como una violación contra el Estado
B. La dirección del proceso debe ser hacia la creación de paz en las comunidades reconciliando las partes y reparando los daños causados.
 C. Facilita la participación activa de los tres agentes víctima, ofensor y comunidad con el objetivo de encontrar soluciones al conflicto.

  Beneficios:

Para la víctima, representa una oportunidad de obtener reparación, sentirse seguro y buscar el cierre de sus heridas.
A los ofensores les permite indagar en las causas y efectos de su comportamiento y asumir la responsabilidad de manera significante.
A la comunidad la habilita para comprender las causas subyacentes del crimen, para promover su bienestar y prevenir futuras acciones criminales( Naciones Unidas.) 

 

 

martes, 15 de octubre de 2013

Algunas nociones básicas sobre Justicia Restaurativa y otras herramientas

Para los que se acercan a la Justicia Restaurativa y la mediación penal como una de sus herramientas, me parece interesante hoy trasladar una breve introducción sobre qué es cada cosa.

La Justicia Restaurativa referido al ámbito penal, es una corriente filosófica para responder al delito que se centra primordialmente en que el delito causa daños a las personas y a las comunidades, insiste en que la justicia debe propiciar que se reparen esos daños y las partes pueden y deben participar en este proceso. Lo esencial es el sentido de inclusión que hace que los afectados por el delito se mantengan al frente de la toma de decisiones. Los delitos no solo vulneran la norma creada por el estado sino que causan un daño a la víctima y los delincuentes deben tomar responsabilidad por su conducta, además se les debe dar una oportunidad para compensar el daño que han causado. La víctima era la “gran olvidada”, va a ser escuchada, informada, se van a atender sus necesidades y va a tener decisión en cómo quiere ser reparada, mientras al infractor se le da la oportunidad de responsabilizarse por el delito, tomar conciencia de la repercusión de sus acciones y reparar el daño ocasionado

Las Naciones Unidas definen la Justicia Restaurativa como una respuesta evolucionada al crimen que respeta la dignidad y equidad de cada persona, construye comprensión y promueve armonía social a través de la sanación de las víctimas, infractores y comunidad. La nueva directiva sobre las normas mínimas de los derechos, el apoyo y la protección a las víctimas del delito, de 25 de octubre de 2012 define la Justicia Restaurativa o reparadora y lo hace cómo cualquier proceso que permita a la víctima y al infractor participar activamente si dan su consentimiento libremente para ello en la solución de los problemas resultantes de la infracción penal con la ayuda de un tercero imparcial. Por supuesto, a mi parecer y del muchos no es la definición más eficaz porque habla de víctima en sentido singular lo cual hace intuir que solo se refiere a mediación penal, sin embargo en la directiva se define qué se entiende por víctimas, incluyendo las indirectas, por lo que se puede dar por incluida en la definición la participación de otros afectados en el delito, y por tanto de otras herramientas como conferencias o círculos.

 Por supuesto, que la herramienta más conocida en nuestro entorno es la mediación penal.

 No obstante para incluir una definición de mediación en materia penal, hablaré de la Recomendación R (99) 19, del Comité de Ministros del Consejo de Europa: “la mediación penal es todo proceso que permite a la víctima y al delincuente participar activamente si lo consienten libremente en la solución de las dificultades resultantes del delito con la ayuda de un tercero independiente”. Cierto es que ambas definiciones planteadas por al Unión Europea son similares por eso lo ideal es que la definición de justicia reparadora sea como sigue: cualquier proceso que permita a la víctima, al infractor y/o a la comunidad, cuando sea necesario o conveniente, participar activamente si dan su consentimiento libremente para ello en la solución de los problemas resultantes de la infracción penal con la ayuda de un tercero imparcial
(Extraído de la memoria del Servicio de Mediación Penal de Castilla y León-Amepax)


 

lunes, 14 de octubre de 2013

Hacia donde caminar con la Justicia Restaurativa, si nos dejan ....

Hoy empiezo la semana preocupada, si, preocupada por lo que pueda pasar con una futura regulación de la Justicia Restaurativa. Tras la reunión que la semana pasada mantuvimos las dos entidades que represento, con la fiscal delegada de atención a las víctimas en Madrid, he descubierto que al menos,  no estamos solos en esta preocupación, cosa que al final se agradece puesto que lo importante es que se regule la Justicia Restaurativa y sus herramientas, por el bien de las víctimas, de los infractores y de la sociedad en general. Sin embargo, mucho me temo que la confusión de ideas y conceptos más el interés de determinados colectivos pueda perjudicar su efectiva regulación y su eficaz aplicación.
 
Está claro y así lo he repetido en este blog y en otros para los que colaboro que la Justicia Restaurativa es mucho más que mediación ( afirmación que ha inspirado mi último libro), y lo que otros lugares como Latinoamérica, es no sólo aceptado sino avalado, tal parece que en nuestro país nos está costando un poquito más. Aparentemente todo el mundo habla de Justicia Reparadora o Restaurativa, sin embargo, al final se quedan en una de sus herramientas la mediación penal, esto limita la eficacia misma de la justicia restaurativa puesto que los delitos, son sufridos por personas reales, de carne y hueso, no son estadísticas ni números de expedientes,  y sus circunstancias pueden variar tanto que puede no tener cabida su caso dentro del encuentro restaurativo entre víctima e infractor que por definición es la mediación penal. ¿Qué ocurre si además de la víctima directa sus familiares o amigos también se sienten víctimas, o si los familiares del infractor también se sienten así? ¿Les abandonamos porque no son víctimas directas y no les permitimos participar en un encuentro restaurativo? Por supuesto, que solo solucionaríamos parcialmente el problema , claro para el sistema y a los ojos de muchos el proceso sería perfecto, pero para las partes que son las que importan no sería perfecto y adolecería de grandes carencias. Por eso, ciertos protocolos del gobierno de los jueces, excluyen de la mediación penal los delitos de riesgo, por no existir una víctima concreta y determinada, pero claro qué diferente sería si habláramos de justicia restaurativa así se habrían dado cuenta que la sociedad es potencial víctima de estos delitos y se podría hacer muchas cosas en estos ámbitos. También por regla general excluyen a los reincidentes de poder participar en estos procesos, pero claro no se dan cuenta que excluyendo a estos infractores también privan de esta posibilidad que debería ser un derecho universal para todas ellas, a las víctimas. ¿Qué quieren castigar una vez más a las víctimas? De ahí, que nosotros digamos que todo dependerá de cada caso, cada infractor y cada víctima, y siempre hay varias posibilidades de encuentros restaurativos, no siempre será víctima directa y su infractor.
 
Pero esta confusión ya no es lo que solo me preocupa, lo que mas me inquieta es que son los propios operadores jurídicos, menos mal que no todos, los que se quieren convertir en garantes y abanderados de esta mediación penal, lo cual no estaría mal, sino fuera porque por si mismo quieren pervertir lo bueno que tiene esta Justicia Restaurativa. En sus protocolos de mediación, primero meten en un mismo saco toda clase de mediaciones, ya es un error garrafal puesto que mediación civil y penal no tienen muchas cosas en común, pero es que además para hacer estos protocolos solo cuentan con un pequeño porcentaje de mediadores en activo, sin tener en cuenta que los que llevamos años haciendo mediación penal y otros encuentros restaurativos, conocemos la realidad del día a día y la práctica nos ha llevado a ver qué rígidos protocolos no son viables por cuanto para las partes se convierten en más de lo mismo. ¿Quién mejor que todos los que actualmente nos dedicamos a ello para saber cómo debe ser un protocolo? Sin embargo, lo más irritante es su necesidad de homogeneizar, según ellos, todas las actuaciones, esto implica llenar de burocracia y rígidos proceso algo como la Justicia Restaurativa, que precisamente surgió para dar más humanidad y hacer más cercana la justicia penal al ciudadano en especial, las víctimas. Una de las características de los procesos restaurativos es la flexibilidad y su capacidad para adaptarse a las partes, son los protocolos los que deben adaptarse a cada una de las partes y no a la inversa. Esta obsesión no se entiende o quizá se entiende si los que lo han hecho no son los que se dedican a ello sino los que son parte del sistema penal que efectivamente deben estar a favor pero no son los más importantes en esta ecuación. Claro, con estas exigencias de protocolos estrictos no me extraña que en algunos lugares de España, la mediación penal haya sido criticada por la Fiscalía y otras instituciones, por supuesto que convertirla en más de lo mismo, no ayudará a nadie y acabará perjudicando a los más necesitados de ella.
Tal y como lo hablamos el otro día con la Fiscal de ayuda a las víctimas, la regulación debería ser cuatro cosas tasadas que establezcan las pautas, pero con la libertad suficiente para que estos procesos se aclimaten a la variedad de circunstancias sociales y personales que puedan surgir.
 
Una vez más debo decir, que  esta obsesión por seguir unos protocolos que no representan a los que nos dedicamos a ello, sino a unos cuantos jueces y otros profesionales de la justicia debe sustituirse por apoyo a esta justicia y a los servicios existentes, promoción de otros nuevos, colaboración y cooperación pero dejando claro que cada uno tiene su espacio, el juez debe juzgar y ejecutar lo juzgado, no mediar o facilitar encuentros restaurativos.
 

viernes, 11 de octubre de 2013

Claridad de conceptos antes que propaganda inútil

Una vez más, herramientas de la Justicia Restaurativa como la mediación penal, son puestas al servicio de la propaganda, unas veces politica y otras general, tal parece que en nuestra sociedad solo se busca llamar la atención por algo.

Lo último, cierta provincia de España dice ser pionera en implantar mediación penal en delitos viales, lo cual si ya se hace mediación penal en otros lugares, no se entiende muy bien por qué ellos presuponen que los demás servicios hacemos mediación penal excepto en delitos viales, ya que las herramientas de justicia restaurativa deben estar al servicio de cualquier víctima con independencia del delito sufrido si así lo desean y tampoco se debe hacer una selección de qué infractores, porque si asumen parte de lo que han hecho, por qué no darlos esta oportunidad de reparar, tal parece que fomentamos también infractores de primera y segunda, al igual que víctimas de distinto rango, por supuesto.

De las noticias surgidas en torno a la mediación penal para delitos viales, se me plantean varias dudas:
 
Primero y lo más evidente es que no se entiende cómo el politico siempre quiere la foto y la aportación economica además de mínima es indignante, igual que el servicio que estará destinada a atender a víctimas, no sea estable y dedicado a este tema, sino que es gestionado por un colegio profesional, con el riesgo evidente que esto tiene para el ciudadano, ¿será capaz la víctima y el infractor de ver a estos profesionales como facilitadores restaurativos, cuando son habitualmente abogados litigantes y cuando su dedicación a la Justicia Restaurativa no va a ser nada más que parcial? ¿van a dedicar el tiempo que un proceso restaurativo requiere por tratar con víctimas a pesar de no tener casi apoyos económicos en perjuicio de su trabajo habitual y que es el que si les da de comer? De ahí, que igual que la directiva Europea contempla cuando se habla de servicios de Justicia Reparadora, estos deban estar gestionados por profesionales con dedicación exclusiva, para evidentemente proporcionar el mejor servicio adaptado a las circunstancias personales de la víctima y del infractor

Segundo, si van a tratar delitos menos graves, como conducción bajo los efectos del alcohol o conducción temeraria, que digan que harán mediación penal se me antoja, complicado además de mal utilizada la herramienta, ¿por qué? porque por definición la mediación penal es un encuentro entre víctima e infractor, en estos delitos que son de peligro, no hay propiamente una víctima directa que sufre el daño ocasionado por el delito. Sin embargo, si hay una victima indirecta y potencial que es la comunidad, porque se la ha puesto en riesgo de ser víctima, por ello no sería la herramienta de la mediación penal la que se podría utilizar sino otras herramientas más restaurativas, como los círculos o las conferencias y que son más inclusivas porque permiten la entrada de otras víctimas indirectas de los delitos. Puestos a ser supuestamente pioneros, deberían informarse de clases de herramientas restaurativas y su valor.

Tercero, y lo que más  me preocupa por la repercusión en las víctimas es lo que se dice acerca de la mediación penal, frases como algún ejemplo que pondré a continuación,  no ayudan en nada a nuestra labor sino que causan desconcierto, confusión sobre qué es la justicia restaurativa y como no podría ser de otra manera, hacen que las víctimas rechacen esta justicia, por considerarla "blanda" con lo infractores. ¿Qué frases dicen? "se trata de desjudicializar en la medida de lo posible determinados asuntos", "un nuevo camino para la solución de los conflictos"o " se convierte en una "alternativa viable" para mostrar que existe otro camino al estrictamente judicial y procesal", estas son algunas de las "perlas" que políticos y algunos operadores jurídicos dicen sobre las ventajas de las herramientas restaurativas como la mediación penal. Veamos, si hablamos de infracciones muy leves, pueden y tienen de hecho toda la razón puesto que son conflictos que escalan a un nivel de tensión, y  que al final llega a los tribunales y la mediación penal u otra herramienta restaurativa puede ser una alternativa, pero si hablamos de delitos graves, con resultados de lesiones o muerte como algunos delitos viales, yo me pregunto ¿cómo pueden hablar de alternativa o de una forma de desjudicilizar?. Lógico que si viendo esto, preguntamos a alguna víctima de un delito vial grave, diga que la Justicia Restaurativa es otra cosa que más de lo mismo, ayudar al infractor pero no a ellas. Lo cierto es que aunque no lo quieran ver o igual ni lo saben, en delitos muy graves como algunos de los que en teoría dicen que van a hacer, la justicia restaurativa y cualquiera de sus herramientas será un complemento de la justicia, que agilizará la ayuda a las víctimas potenciando que el infractor se comprometa a reparar el daño o mitigar el dolor, lo antes posible pero nunca tendrá como objetivo prioritario desjudicializar.
Si se pierde el norte acerca de la aplicación,  de la justicia restaurativa y sus diferentes herramientas estamos corriendo el riesgo de que ninguna víctima quiera participar en estos procesos, lo cual sería una pena porque sin duda para muchas sería muy beneficioso.
 
 

jueves, 10 de octubre de 2013

El valor de la empatía en la Justicia Restaurativa


Ayer establecía que el miedo al castigo y a recibir una pena muy dura, no siempre causa el efecto deseado de disuadir o evitar que se cometan nuevos delitos. Para mi, sería bueno tal y como decía Thomas Kuhn[1] basarnos en un paradigma psicológico-filosófico y en lugar de obligar a la gente a comportarse de manera adecuada ante la amenaza del castigo, se debería alentar el desarrollo de la empatía

 La empatía suele definirse como “ponerse en los zapatos del otro”. Es una habilidad que nos permite estar conscientes para reconocer, comprender y apreciar los sentimientos de los demás.

Siguiendo a Thomas Kuhn, y aplicando todo esto a la Justicia Restaurativa, si tratamos de generar empatía en las partes, los beneficios son importantes, por un lado se puede conseguir que el infractor aprenda que no debe delinquir pero no por el temor a recibir un castigo sino porque ha comprendido que con esta actitud está dañando a una persona, a un ser humano.

 Por otro lado la víctima podrá conocer de propia “voz del infractor” el por qué del delito, esto la ayudará a obtener respuestas, ver el ser humano que existe tras el crimen y así superar el trauma del delito.

Además con los procesos restaurativos más inclusivos como las conferencias o los círculos este desarrollo de la empatía también va a beneficiar a la comunidad: amigos, familiares, vecinos…y es que como decía Gandhi “las tres cuartas partes de las miserias y malos entendidos en el mundo terminarían si las personas se pusieran en los zapatos de sus adversarios y entendieran su punto de vista”, lo cual significa que si pudiéramos lograr esto, podríamos tener menos personas cometiendo delitos, vecinos más humanos y en general sociedades más pacificas, lo que al fin y al cabo favorece a todos, y es el objetivo último de todos los sistemas de justicia.
 Lo que está claro es que el desarrollo de esta empatía puede llegar a surgir, a través de un proceso restaurativo ya que estos se basan en el dialogo y la comunicación, mientras que con el sistema de justicia tradicional esto es casi imposible, por cuanto la víctima como ya se ha dicho es un mero testigo pasivo de los hechos, no tiene posibilidad de decidir y todo es gestionado por profesionales ajenos al hecho delictivo. En este ambiente tan frío lejos de conseguir empatía las partes desarrollan más sentimientos de hostilidad y venganza.
Lógicamente si queremos adelantar la prevención del delito, lo ideal sería poder inculcar y promover los valores restaurativos en los colegios, para que los niños puedan aprender el valor del diálogo, comunicación no violenta, empatía por sus semejantes y por otros seres vivos, esto ayudará a tener futuros adultos, alejados del delitos. Esto sería extender la justicia restaurativa no solo al estricto plano de la justicia penal, sino en todo los ámbitos de la vida cotidiana: colegios, lugar de trabajo, vecindario....así se evitaría que muchos conflictos llegaran a los tribunales en forma de delito. Para muchos, esto son las prácticas restaurativas, de las que la justicia restaurativa es una categoría, sea cual fuere el nombre se trata de construir un mundo con un enfoque restaurativo donde las personas aprendan a gestionar sus conflictos ( delitos y no) de una manera más constructiva.


 
[1] Thomas Kuhn “La estructura de las revoluciones cientificas” 1962. Editorial de la Universidad de Chicago.

miércoles, 9 de octubre de 2013

Penas más duras no siempre disuade al infractor de delinquir

Se suele pedir muchas veces por desconocimiento o guiados por una propaganda política o de algunos medios de comunicación, penas más duras como si este fuera el remedio final para la delincuencia. Sin embargo, una y otra vez chocamos con que el aumento de las penas no disminuye los delitos ni evita la reindicencia

Y es que realmente la fuerza disuasoria que conlleva el aumento de las penas (y que está destinada a que tanto el infractor actual como los futuros no cometan nuevos crímenes) no funciona a no ser que este ofensor se ponga a pensar acerca de las probabilidades de ser “pillado” calcule que el riesgo es alto y sabiendo cual es el castigo tenga miedo. Si alguna de estas condiciones falla y se comete un delito entonces puede ser cuando surjan los problemas:

1º La amenaza que estaba destinada a disuadirlo de cometer el hecho delictivo hará que quiera escapar del castigo. Intentará negar los hechos, minimizarlos e incluso estará dispuesto a hacer cualquier cosa por muy “cruel” que sea con tal de “librarse” del castigo.

2º Si la pena consiste en prisión, y esta se lleva a cabo esto hará que el infractor sea más propenso a repetir conductas delictivas porque la cárcel rompe con sus relaciones personales, le hace más difícil conseguir trabajo, un lugar donde vivir…. Además durante su estancia en prisión irá desarrollando un sentimiento de ira y venganza, ya que él mismo llegará a sentirse como una víctima del sistema.

El sistema justicia actual establece la culpa e impone el castigo a través de un proceso entre el estado y el infractor y en él, la víctima es solamente un mero sujeto pasivo (un testigo).
 Pocas personas se preocupan de si el castigo debe de ser el principal objetivo y mucho menos si las víctimas se sienten amparadas por el sistema de justicia penal, frente a esto creo que la justicia restaurativa es un gran apuesta porque propicia como objetivo prioritaria la reparación del daño y favorece la asunción de responsabilidad del infractor, haciendo que no quiera delinquir no por miedo a ser castigado por la ley sino porque no se quiere hacer daño a otro ser vivo. Pero de esto me ocuparé mañana, de los valores restaurativos que se pueden promover en el infractor para evitar su reincidencia.
 

martes, 8 de octubre de 2013

Justicia Restaurativa y Justicia Retributiva, similitudes y diferencias

Pensando en la Justicia Retributiva y la Justicia Restaurativa he llegado a la conclusión de que obviamente ambas tienen algo en común , como no podia ser de otra manera, y esta similitud es que ambas tienen como objetivo reequilibrar las consecuencias de un delito, sin embargo la diferencia radica en cómo hacerlo.
Según la Justicia Retributiva causar intencionadamente dolor es imprescindible para armonizar la conducta ilícita y censurarla. Sin embargo, la Justicia Restaurativa busca un equilibrio dando un papel activo al infractor y a la víctima, actuando de forma constructiva no respecto a hecho delictivo pasado sino mirando al futuro sin delitos. Trata de reducir no solo el delito sino también su impacto. El delito también rompe la paz entre los miembros de la comunidad y por eso los infractores también deben hacer las cosas bien para con la comunidad.
Algunas diferencias esenciales en torno a esta dos formas de ver la justicia:
En cuanto a la responsabilidad:
En el sistema retributivo el infractor se enfrenta al sistema y debe someterse a las consecuencias punitivas impuestas por él, no tiene ningún papel activo solo una responsabilidad pasiva por un acto cometido en el pasado.
La Justicia Restaurativa en cambio, invita al autor a tomar responsabilidad activa, participando en el proceso y haciendo gestos para reparar o compensar el daño. Esta responsabilidad activa no es solo por el acto delictivo cometido en el pasado sino que como ya he dicho está orientada al futuro.
En cuanto al equilibrio:
Con la Justicia Retributiva, el equilibrio se restablece devolviendo al infractor el mismo daño que causó. Sin embargo, la cantidad de sufrimiento se duplica no solo para ellos sino para los cercanos a los infractores.
En la Justicia Restaurativa, el papel del infractor es al reves: él debe pagar en la medida de lo posible por el daño a través de la reparación. Se restaura el equilibrio pero no doblando la cantidad de sufrimiento sino aminorando un poco este sufrimiento. Hay también cierta retribución pero es constructiva, esta justicia se pregunta qué clase de deuda tiene el infractor y qué debe hacer para pagar esta deuda. Braithwaite, 2005, la delincuencia duele y por eso la Justicia debe sanar.
(esto es parte de la charla que ofrecí en el II Congreso Internacional sobre Justicia Restaurativa y mediación penal, celebrado en marzo de 2012 en Burgos, España)

lunes, 7 de octubre de 2013

Entrevista a Nils Christie


Hoy quiero rescatar una entrevista que tuve el honor de realizar a Nils Christie el año pasado y fue publicada en Criminología y Justicia,
http://cj-worldnews.com/spain/index.php/es/noticias/entrevistas/item/2305-entrevista-a-nils-christie-una-buena-polc3adtica-de-bienestar-social-es-tambic3a9n-una-buena-polc3adtica-penitenciaria

 Nils Christie es un reconocido criminólogo noruego nacido en Oslo en 1928. Profesor de criminología en la facultad de derecho de la Universidad de Oslo desde 1966, entre sus principales libros se encuentran “Los límites del dolor” (1984), “La industria del control del delito. ¿La nueva forma del holocausto? (1993) y “el conflicto como propiedad”. Recientemente realizó una charla en el séptimo congreso organizado por el European Forum for Restorative Justice, bajo el título "Connecting people - Victims, Offenders and Communities in Restorative Justice", y que se celebró en Helsinki (Finlandia). A la misma acudió nuestra colaboradora Virginia Domingo, quien gracias a ello ha tenido la oportunidad de entrevistar a Nils Christie1.

Virginia Domingo: Cada vez hay más clases de delitos, nuevas conductas se criminalizan y aun así la gente sigue reclamando un endurecimiento continuo de las penas ¿a qué cree que se debe usted esta obsesión por más castigo? ¿Es el camino?

Nils Christie: Cuando preguntamos a la gente si los castigos son suficientemente severos, por lo general dicen que no, que necesitamos penas más y mas duras. Pero si describimos, en gran detalle lo que ocurre en cada caso particular y también damos información sobre el infractor entonces el público en general tiende a sugerir penas más leves que las que los jueces realmente aplican. La movilidad tanto social como geográfica se traduce en que perdemos la noción de lo que pasa tanto en la sociedad como en cada uno de nosotros. Esto podría aumentar el nivel de ansiedad en la sociedad y dar lugar a una mayor demanda para controlar a los son considerados “peligrosos”. Mi receta es disminución de la movilidad y también disminución de la distancia social en la comunidad.

 V.D: Siempre se ha dicho que las prisiones son una escuela del crimen… ¿qué podemos hacer para que no se conviertan en meros instrumentos para crear más delincuentes?

N.C: Disminuir la población carcelaria. Tenéis más de 70000 presos en las cárceles. La experiencia indica que la gran mayoría de estos presos se caracterizan por tres elementos: son pobres, han frustrado sus relaciones familiares o no tienen ninguna en absoluto y no tienen empleo fijo. Una buena política de bienestar social es también una buena política penitenciaria.

 V.D: La Justicia Restaurativa está cobrando importancia en muchos países sin embargo, en otros todavía hay reticencias, ¿por qué cree que muchos políticos y gobernantes no aprecian los beneficios de la Justicia Restaurativa?

N.C: Mi experiencia es que los políticos muy pronto verán los beneficios de la Justicia Restaurativa. Es menos cara y suele “curar” los conflictos.

V.D: ¿Será que creen que ganan más votos promoviendo más castigo? En mi país al menos, suelen alegar la crisis para no apoyar económicamente a los Servicios de Justicia Restaurativa pero ¿acaso no es más barato y más eficaz que estar construyendo continuamente más cárceles? Respecto a la Justicia Restaurativa ¿es abolicionista o partidario de que esta justicia coexista con la actual?

N.C: Creo que no se debería suprimir por completo las cárceles. Esto podría obligar a la Justicia Restaurativa a hacerse cargo de las funciones de los Tribunales penales, algo que podría destruir las ventajas de la Justicia Restaurativa. El castigo tiene por objeto el dolor y esto debe ser manejado por los jueces penales, entrenados para equilibrar los intereses. No soy abolicionista sino minimalista.



V.D: En España muchos equiparan mediación con Justicia Restaurativa, ¿pero esto no es perder la amplitud que la Justicia Restaurativa aporta? Conferencias, círculos y mediación penal, son herramientas para poner en practica la Justicia Restaurativa, pero muchos de nosotros opinamos que todo el sistema de justicia penal debería construirse con un enfoque restaurativo ¿cree que esto es posible y viable?

N.C: Creo que respondí anteriormente [en relación a esta pregunta, el autor mencionó en su charla que: "Los tribunales no se convertirán en los órganos de la justicia restaurativa. Sin embargo, algunos elementos de la Justicia Restaurativa podría encontrar su camino en ellos, y con ello mejorar su función en la sociedad”]

V.D: En su charla del 7º Congreso del Foro Europeo de Justicia Restaurativa en Helsinki, habló de restauración incluso después de atrocidades. ¿Considera que los atentados perpetrados hace un año por Anders Breivik han marcado un antes y un después en la sociedad noruega?

N.C: Si, en el buen sentido, de eso hablé en mi charla del Congreso del Foro Europeo de Justicia Restaurativa [De esta presentación he extraído lo siguiente: "un enorme sentimiento de comunidad, una nación unida... El horror nos llevó a las calles y no nos hizo unirnos. Noruega fue en estas primeras semanas, hasta cierto punto un gran escenario de restauración "," Las emociones se mostraron, se aclararon los valores y reforzaron las normas. Los jóvenes supervivientes de la Isla fueron la fuerza impulsora de todo esto. Rosas en lugar de odio... "]

V.D: Muchos creemos que si se permiten estos encuentros en delitos de terrorismo, se debería extender en toda clase de delitos con independencia de la gravedad siempre que las partes quieran o lo deseen ¿qué opina? ¿No es discriminatorio para victimas e infractores al permitirse a unos y a otros no? Actualmente existen corrientes que opinan que la Justicia Restaurativa está centrada en la víctima, otras dicen que está centrada en el infractor ¿usted qué piensa?

N.C: Debería ser una posibilidad para toda clase de victimas y todos los infractores. Pero hay una dificultad si una de las partes se niega a asistir. Creo que no se puede obligar a nadie. Sin embargo con buenos mediadores alrededor y trabajo durante todo el proceso se puede hacer mucho. La vida no es justa y algunos se sienten perdidos.

V.D: ¿Cree qué es posible trabajar con víctimas y con infractores desde un punto de vista restaurativo aun cuando no se hagan encuentros cara a cara entre victima e infractor?

N.C: Si

V.D: ¿Podría ofrecernos un acercamiento al concepto de justicia restaurativa?

N.C: En mi charla puede encontrar esto. [De su presentación, se puede extraer lo siguiente: "por lo general pensamos en un proceso de restauración que cuenta con un número limitado de participantes: víctima, el delincuente y el mediador- pero esto es sólo el prototipo", con lo que sin duda para Nils la Justicia Restaurativa debe entenderse en un sentido amplio].

V.D: ¿Tendría algún consejo o alguna sugerencia para conseguir trasladar el concepto y los beneficios de la justicia restaurativa al ciudadano? ¿Y al politico o gobernante?

N.C: [Al menos para los políticos y gobernantes en su charla hay ciertas claves: “En cierto modo, nos acercamos el uno al otro en estos días. Los políticos son una parte importante de esto, y también las fuerzas motrices. Nuestro primer ministro, Jens Stoltenberg, fue muy extraordinario en su capacidad para llevar sentimientos a las palabras. Aquí no había nada de la retórica política de George Bush después del 11 de septiembre o David Cameron después de los disturbios juveniles en ciudades británicas. Los líderes políticos de Noruega acordaron no atacarse unos a otros durante un período, a pesar de que las elecciones estaban cerca.“]

V.D: Por ultimo, me gustaría agradecerle muy sinceramente haber contestado estas humildes preguntas, es un honor contar con usted y de decirle que es una inspiración continua para todos los que nos dedicamos a esto. Muchas gracias.


1. Las respuestas se han completado con aportaciones que el propio Nils Christie ofreció en su charla "¿Es posible restaurar después de crímenes atroces?" con la que se inauguró el séptimo congreso del Foro Europeo de Justicia Restaurativa. Dichas aportaciones aparecen entre barras.

viernes, 4 de octubre de 2013

¿Hasta donde se va a permitir la Justicia Restaurativa?

Una de las cosas que más me preocupa es la eficacia que tiene la Justicia Restaurativa y en lo que puede quedarse tras su regulación. Me explico, si se establece en la legislación en lugar de justicia restaurativa solo mediación penal, mucho me temo que la eficacia y ámbito de aplicación va  a ser insuficiente, por ejemplo no se podrá aplicar la Justicia Restaurativa a delitos de riesgo en los que no hay una víctima determinada, o cuando el infractor no esta identificado o simplemente cuando hay más víctimas, no solo la directa.
En cambio si se incorporara como Justicia Restaurativa tal y como se hace en la directiva, se dará la posibilidad de acercar esta justicia a cada caso, a cada víctima y a sus necesidades.
 
También sería interesante evitar la burocracia y formalismos excesivos, esto es necesario para diferenciar esta justicia de la tradicional, sino acabará siendo más de lo mismo. Hace unos días vi que en algún servicio de mediación penal en España, la fiscalía dice que se retrasan los casos, por qué, culpa de los protocolos que algunos han diseñado y utilizan, protocolos hechos por operadores jurídicos y otros profesionales con la mentalidad tradicional y litigante llena de burocracia.
No se pueden poner plazos a priori para los procesos restaurativos, al menos en los delitos más graves porque como no tendrá beneficios penitenciarios para el delincuente, carece de importancia si la víctima quiere reunirse en unos días o años, además si el delito es grave, la preparación serás más larga y costosa. Otra cosa evidentemente, serán los delitos menores, aquí pueden fijarse plazos pero flexibles porque la escasa entidad puede hacer en algunos casos que se suspendan el proceso penal. No obstante siempre y en todo caso debería facilitarse la flexibilidad, no limitar los casos ni los tiempos, dejando cierta libertad para adaptarse a cada asunto
 
Hoy me gustaría ir más allá, por qué no dar cierto poder a las víctimas en el proceso restaurativo y en decidir junto con el juez y fiscal la sentencia y condena a imponer, las víctimas tras el proceso restaurativo si ven que tienen voz también en la posible sentencia, tendrán una total satisfacción y su visión de la justicia mejorara, así se habrá hecho justicia. Muchos pensareis que corremos el riesgo que pidan penas durísimas, esto no lo creo puesto que las victimas lo que desean es que el infractor no lo vuelva a hacer, tras el proceso restaurativo, en el que el infractor asume lo que ha hecho, esta necesidad se ve cumplida y esto hace que disminuya considerablemente su interés en el mayor castigo de los posibles. No hablo de poder, en sentido estricto pero si al menos, las victimas deberían ser escuchadas en el momento de decidir la sentencia, esta será mucho más justa, porque se tendrá en cuenta a la persona más importante: la que sufrió el daño, y se decidirá de acuerdo a la reparación que se ha hecho hacia ella y el grado de responsabilización del infractor. Así de paso, dejará de verse la Justicia Restaurativa como un movimiento que quiere ser blando con los delincuentes.
 
Y en cuanto a algo que en crisis es importante ¿dinero para los procesos restaurativos? la justicia restaurativa  ayuda a reducir aún más las tasas de reincidencia y mejorar la confianza del público a un menor costo para los contribuyentes, y debe ser utilizado más ampliamente, lógicamente si se reduce la reincidencia se disminuyen los gastos, con lo que el legislador no tiene excusas para no dar un impulso definitivo a la justicia restaurativa en sentido amplio incluyendo mediación penal y otras herramientas.
 

jueves, 3 de octubre de 2013

El peligro de no saber qué es la Justicia Restaurativa

Siempre he pensado que es importante transmitir al ciudadano qué es la justicia restaurativa y cómo es algo destinado a ayudar a las víctimas, y así de forma indirecta también se podrá atender al infractor, para ello es necesario contar con el apoyo de la prensa; los medios de comunicación son esenciales para que  la sociedad pueda ver que esta justicia es algo bueno.
 
Sin embargo, el gran problema surge cuando el que habla de justicia restaurativa no tiene mucha idea de lo que esta justicia es o implica, esto unido al desconocimiento de los medios de estos temas, lleva a titulares indignantes y alejados de lo que la justicia restaurativa es o puede suponer, pero además titulares que pueden resultar ofensivos para las víctimas, el objetivo esencial de la justicia restaurativa. Un ejemplo de esto es el titular que vi ayer "el Presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, reclama una justicia restaurativa para los presos de ETA", hoy este titular se ha querido transformar en otros medios, y se ha hecho algo mejor pero sigue sin enfocar qué es la justicia restaurativa, hoy se podía ver, "reclama una justicia restaurativa para reparar el daño a las víctimas de la violencia política" .
 
 Entiendo que el tema del terrorismo es complejo, pero hay algo que no se puede negar ni intentar mitigar, hay personas que han sido víctimas y que han sufrido estos delitos sin merecerlo y que son dignas de nuestro respeto y consideración como toda clase de víctimas. En el primer titular, qué diferente hubiera sido, si se hubiera puesto una justicia restaurativa para las víctimas de ETA, no solo hubiera sido diferente sino acertado, porque esta institución no está al servicio de los delincuentes ni como vehículo para justificar, olvidar o querer quitar importancia al delito. Esta justicia está por y para las víctimas, para ayudarlas a superar el delito y para que se sientan escuchadas, comprendidas y sobre todo apoyadas. Poca ayuda podemos darles si, leen estos titulares, claro no es de extrañar que piensen que esta justicia es más de lo mismo, y tampoco me extraña las criticas que ha recibido por los ciudadanos esta noticia.
 
Respecto del otro titular es lo mismo, un quiero y no puedo, porque no entiendo muy bien que es violencia política, las víctimas son víctimas, sin ningún nombre especial y necesitan que se repare el daño al menos psicológico y/o simbólico porque le material para muchas es imposible, ya que sus seres queridos no volverán, pero para que esta reparación empiece es necesario que se las reconozca como víctimas, sin ningún pero ni matización. Por eso la Justicia Restaurativa es una institución que ayuda y apoya a las víctimas de cualquier delito, siempre que lo necesiten. Y para que esto se comprenda sería importante que los que no saben de qué hablan, estén un poquito calladitos.