martes, 30 de junio de 2015

La mediación penal no tiene como objetivo esencial agilizar los juzgados

Ayer me hacia eco del desconocimiento que existe en muchos lugares sobre qué es la Justicia Restaurativa y sus herramientas como la mediación penal, así me preocupaba que se ofertaran cursos en los que se hablaba de justicia restaurativa y mediación,  como si fuera lo mismo. En este sentido, son muchos los operadores jurídicos los que también desconocen las diferencias entre estas instituciones que parecen similares. Y como ejemplo podemos fijarnos en la última noticia que ha salido en prensa, en ella el órgano de gobierno del poder judicial alaba la mediación y establece que gracias a ella,  podrán sacar de los juzgados muchos asuntos contribuyendo así a agilizar la justicia.Sin duda, de por si vender la mediación en general como una forma de agilizar la justicia es una forma simplista de ver los beneficios de la mediación,  como método alternativo de solución de conflictos. 

lunes, 29 de junio de 2015

Justicia Restaurativa no es mediación

Continuamente en nuestro entorno, vemos mucha confusión entre mediación y justicia restaurativa, no hay más que echar un vistazo a la prensa o simplemente ver algún curso en el que se oferta la justicia restaurativa y la mediación como términos equivalentes. El último curso que he visto, vende uno de sus módulos así: Justicia Restaurativa: la mediación, esto sin duda, no solo equivoca al destinatario del curso sino que lo más preocupante es pensar que saldrán alumnos con unos conocimientos totalmente erróneos sobre esta Justicia. Por eso, no me extraña que al final el legislador se haga un lío cuando toca trasladarlo en la ley, y así mientras que en el estatuto de las víctimas se habla de servicios de justicia restaurativa, y su exposición de motivos es clara en este sentido, luego en la reforma del código penal se habla tan solo de mediación y para más inri, algunos operadores jurídicos claman por una ley de mediación penal cuando lo idóneo sería una ley de justicia restaurativa o más concretamente,  incorporar normas sobre justicia restaurativa en diferentes leyes como el código penal o código procesal penal. 

viernes, 26 de junio de 2015

Elementos a tener en cuenta para aplicar la Justicia Restaurativa en delitos graves


Se ha discutido mucho al menos en España, la posibilidad de utilizar herramientas de la Justicia Restaurativa para casos de violencia de género, el problema es que hablan de mediación pero lo que si se podría utilizar es mediación penal u otras herramientas restaurativas más inclusivas, de esto ya he hablado pero sin duda, en otro momento, volveré a establecer las diferencias al menos para aplicarse en estos delitos que tanta alarma social crean.Creo que la Justicia Restaurativa puede sin lugar a dudas, ayudar a gestionar estos delitos de una manera más eficaz, pero también es cierto que igual que en otros delitos de más gravedad habrá que tener en cuenta una serie de elementos para trabajar con ellos durante las reuniones individuales y en las conjuntas, según Howard Zehr al menos son los siguientes:

Tenemos que reconocer, sacar a la luz y romper los estereotipos que tienen los infractores acerca de los delitos.  La Justicia tradicional en todo caso lo que hace es fomentar y promover estos estereotipos.

jueves, 25 de junio de 2015

Los facilitadores de los procesos restaurativos deberían despojarse de su profesión de origen

Uno de los problemas para los facilitadores de la justicia restaurativa suele ser el despojarnos de nuestra profesión de origen, los que venimos por ejemplo del mundo del derecho solemos tener tendencia a llevar a todo a la estricta legalidad vigente y por eso, en ocasiones se dificulta la aplicación práctica. Un ejemplo claro es el considerar y equiparar la reparación del daño como algo indiscutiblemente unido a la justicia restaurativa y sus procesos como la mediación penal, por supuesto que la reparación del daño es un aspecto importante que ayuda a las víctimas a recuperarse del delito y propicia la asunción de responsabilidad del infractor. Sin embargo, la reparación en la justicia restaurativa no debe considerarse desde un punto de vista estrictamente jurídico, porque no coincide estrictamente con la reparación concebida en nuestras leyes, así el elemento proporcionalidad no está incluido dentro de las reparaciones que puedan pactarse dentro de un proceso restaurativo, dependerá de lo que las partes decidan y de lo que los mediadores puedan orientarles.

miércoles, 24 de junio de 2015

El problema no es la "piedra" sino lo que podemos hacer con ella

Hoy quiero empezar recordando  una historia anómima:

la Piedra

El distraído tropezó con ella,

el violento la utilizó como proyectil

el emprendedor construyó con ella

el campesino cansado la utilizó como asiento

para los niños fue un juguete

David mató a Goliat

y Miguel Ángel elaboró la más bella escultura

En todo caso la diferencia no estuvo en la piedra sino en el hombre. No existe piedra en el camino que no puedas aprovechar   para tu crecimiento personal

La Justicia Restaurativa habla de futuro, de mirar a las personas por lo que son y no por sus actos, ofrece segundas oportunidades, pero también educa, en el sentido más humano de la palabra. La piedra es el daño cometido con el delito, y de esta piedra, depende de nosotros que podamos ayudar a que salga algo más bonito, positivo, constructivo y que en todo caso la piedra sirva para avanzar. Podemos ayudar a la que víctima vea la piedra como un aspecto más de su historia vital y aprenda a vivir con ella, convirtiéndola en un instrumento sanador. Para el infractor, la piedra no debe ser el obstáculo definitivo que le impida cambiar y adoptar otro camino, en el que habrá piedras pero también tendrá la opción de hacer lo correcto y ser mirado por las buenas obras que saque de la piedra.

martes, 23 de junio de 2015

La Justicia Restaurativa aborda el delito de una manera más global y humana

El concepto que el estado tiene del delito debe cambiar, se piensa en que el crimen es cosa del sistema, la justicia actual se centra en la dimensión pública y esto elimina no solo las emociones que son parte de los seres humanos sino toda participación activa de los realmente afectados por el delito. Por eso, la Justicia Restaurativa se revela como una justicia que fomenta una participación positiva, que devuelve el protagonismo a los que si son dañados de forma directa por el delito: las víctimas y hace que los infractores se sientan apoyados, si de verdad quieren cambiar.Pero sin duda, la Justicia Restaurativa aporta algo más, precisamente el reconocimiento de las emociones como parte esencial de sus procesos, la hace más flexible y más humana, esto permitirá que sean las herramientas restaurativas las que puedan adaptarse a cada caso y cada víctima e infractor y no a la inversa, pero también favorece una forma diferente de abordar el delito, y sus consecuencias así como el por qué. 

lunes, 22 de junio de 2015

¿Cómo entender el sentimiento de verguenza?

He comentado en varias ocasiones la relevancia que tiene el sentimiento de vergüenza en la Justicia Restaurativa tanto para la víctima como para el infractor. Efectivamente la víctima se siente humillada, el rol de víctima recae como una pesada losa sobre ella y la vergüenza las hace aislarse y sentirse incomprendidas. Parece claro que la vergüenza juega un papel importante en la psicología humana y las interacciones. Así que la vergüenza se da en todas las sociedades ("Es una pena que pasa"). Sin embargo, los investigadores sugieren que la vergüenza de las tendencias racionalistas de la sociedad occidental nos ha llevado a negar o ignorar la vergüenza. Como resultado tenemos que rara vez se habla de vergüenza y si se hace es casi de modo figurado. Así que la vergüenza pasa a la clandestinidad, sin dejar de operar, pero a menudo de manera negativa. 

viernes, 19 de junio de 2015

Restaurando la confianza tras el impacto del delito

La Justicia Restaurativa no es una nueva forma de ver la justicia,  puesto que ya hemos visto como se basa en tradiciones y en prácticas ascentrales de muchas comunidades, lo que si aporta es una visión diferente de la delincuencia y un nuevo objetivo, el delito es visto como una fuente de daño que debe ser reparado. Y un problema esencial que genera el daño es la pérdida de confianza tanto de las víctimas como de la sociedad en general. Desde que el delito se comete, todos nos volvemos en cierta medida un poco "paranoicos", perdemos la confianza en las personas que nos rodean porque hemos dejado de sentirnos seguros, esto también nos afecta como grupo, y quiebra los lazos sociales.Lo que las víctimas y las comunidades necesitan es tener su confianza restaurada. La obligación esencial de los delincuentes es demostrar que son dignos de confianza. El propósito de la justicia restaurativa debe ser fomentar este proceso.

jueves, 18 de junio de 2015

La humanización que propugna la Justicia Restaurativa

Siempre tenemos tendencia a juzgar a los demás, prejuzgamos la forma de vestir, de comportarnos y en base a esto,  establecemos quienes son los que "son los buenos" y los "malos o equivocados"

Lo mismo ocurre con los infractores, cuando alguien comete un delito nos es más fácil pensar que se trata de un monstruo y que por tanto,  en la cárcel están bien separados y aislados de los demás, nosotros,  que somos los "buenos". Sin embargo, la realidad es que los infractores son como nosotros y que en muchas ocasiones , tenemos más en común de lo que podamos pensar, como decía Nils Christie, incluso nos podemos ver reflejados en la historia de alguno de ellos, y sin embargo esto no implica librar al otro de responsabilidades, justificar sus delitos, ni tomar un hecho grave como inofensivo. Implica, simplemente, romper con los habituales intentos de trazar una línea divisoria entre “los otros de allá ” los endemoniados, los delincuentes sin posibilidad de reinserción y “nosotros aquí,” los seres buenos" y los que estamos libres de toda posible actividad,  en el mundo del delito.

miércoles, 17 de junio de 2015

El gran "enemigo" de la Justicia Restaurativa

El otro día con mis alumnos en un foro, alguno de ellos dijo que la mediación está de moda, y efectivamente es el gran problema, es un palabra que todos pronuncian y que pocos saben realmente lo qué es, además el riesgo de que esté de moda es, si al final es algo pasajero.
Todo esto se torna peor si hablamos de mediación penal. Resulta que para variar, el otro día un grupo de operadores jurídicos reclamaron la implantación de servicios de mediación penal, esta vez fueron los presidentes de las Audiencias Provinciales, hasta ahí todo puede parecer correcto, sin embargo, al reclamar esto se ve claramente su falta de conocimiento sobre este tema y sobre todo un querer ser protagonistas también en algo que surgió de forma paralela, si acaso, complementaria pero nunca como propiedad de los operadores jurídicos.
A ver,  la mediación penal como instrumento para aplicar la Justicia Restaurativa es un herramienta eficaz pero no totalmente, puesto que con otras herramientas se podría llegar a más casos y más personas. Por eso, cuando el Estatuto de la Víctima habla de Servicios de Justicia Restaurativa, no lo dice porque quede bonito ni es una errata ni es porque la mediación penal es sinónimo de Justicia Restaurativa, al contrario, logramos que se hablara igual que en la directiva, de Justicia Restaurativa para poder aplicar a cada caso concreto, la herramienta que más eficaz pueda ser, para responsabilizar al infractor y lograr la mejor atención a las necesidades de las víctimas. 

martes, 16 de junio de 2015

Para la Justicia Restaurativa, la reparación del daño no es solo material

Cuando presenté mi primer libro de investigación sobre justicia restaurativa, muchos criticaron que podría conculcar el principio de igualdad, al no tener las mismas posibilidades de reparación del daño los infractores de menos recursos en contraposición con los más ricos.
Esto sin duda, no es cierto por varias razones, la primera es que la reparación del daño no es el único objetivo de la justicia reparadora o restaurativa, si bien la mayoría de los procesos restaurativos acaban con un acuerdo de reparación del daño o más bien yo diría de restauración del equilibrio roto por la comisión del delito. Si la víctima desea una reparación material, hay fórmulas para tratar de conjugar su derecho de reparación del dolor sufrido, con el del infractor que quiere voluntariamente pagar el daño que ha causado, pero que sus recursos son escasos.

lunes, 15 de junio de 2015

¿Es posible que la gente cambie?

Cuando hablo de procesos restaurativos como la mediación penal, es curioso como mucha gente piensa que es algo bueno pero automáticamente excluyen a los infractores que hayan cometido delitos graves y en general, a los reincidentes. Se piensa que es imposible que puedan cambiar, es decir parece que todos tenemos claro que la reinserción no funciona de forma general y en especial para muchos infractores
Pensamos que alguien que ha cometido un delito de cierta gravedad, puede no querer cambiar. Creo que es posible, no todos estarán en una posición de poder o querer dejar la carrera delictiva pero muchos tienen voluntad y con un "empujoncito" de nuestra parte, esta voluntad puede tornarse férrea. Para ello, la Justicia Restaurativa, puede ser de gran ayuda ya que hace que los delincuentes se enfrenten a sus actos, vean como sus acciones han dañado a personas reales, de "carne y hueso". Esto para muchos puede ser un punto de inflexión, no olvidemos que muchos infractores minimizan sus delitos, los justifican pensando que no fue para tanto, y por eso, el ver directamente y de voz de las víctimas lo que ha supuesto su delito, puede llevarlos a querer cambiar, o al menos reflexionar sobre su vida futura. 

viernes, 12 de junio de 2015

Los infractores en la Justicia Restaurativa

Estos días he estado hablando sobre cómo el delito no es una simple vulneración de una norma, sino que lo esencial es que genera unos daños y estos daños se traducen en necesidades. Las primeras personas dañadas con el delito son las víctimas y su principal necesidad es que haya alguien que se responsabilice por lo que han sufrido y que se comprometa a repararlas el daño causado de la forma que necesiten. Pero ayer también hablaba acerca de cómo el delito impacta en la comunidad y como ésta,  también tiene una serie de necesidades y obligaciones, encaminadas a fortalecer el sentimiento de pertenencia al grupo y de seguridad.Pero aunque pueda parecer lo contrario,  el delito también tiene impacto en el infractor, y se genera en él una serie de necesidades, algo diferentes a las de los demás, puesto que el delito y el daño lo ha producido él, pero que sin duda, hay que abordar si queremos gestionar el daño causado y el impacto que éste ha tenido de la mejor manera, sanando a todos los que de alguna manera, resultaron "tocados" por este hecho delictivo.

jueves, 11 de junio de 2015

Las necesidades de la Comunidad abordadas por la Justicia Restaurativa

El otro día hablaba de cómo la Justicia Restaurativa favorece el empoderamiento, más claramente para la víctima y la comunidad pero también para el infractor.Y es que cuando se comete un delito, surgen daños y estos generan necesidades, claramente las necesidades más importantes de ser atendidas, son  las de las víctimas como la reparación del daño pero la comunidad también sufre el impacto del delito y debe ser tenida en cuenta como víctima indirecta o más bien secundaria. La comunidad además como víctima tiene una serie de necesidades que requiere que la Justicia las aborde y que solo a través de la Justicia Restaurativa lo consigue, ya que para la Justicia tradicional solo el infractor y el sistema son importantes, nisiquiera la víctima,  ya que esta participa como testigo y casi como un mero "cebo" para lograr que el infractor sea condenado. Si la víctima no es importante, mucho menos lo va a ser la comunidad para la Justicia tradicional y sin embargo,  debemos tener en cuenta que también se ve afectada por el delito y el impacto que genera en sus miembros.

miércoles, 10 de junio de 2015

Acerca de la mediación, mediación penal y Justicia Restaurativa

Soy consciente de los problemas existentes en España y otros países con la Justicia Restaurativa y su herramienta más conocida la mediación penal, y el principal es los errores de conceptos.Desgraciadamente ocurre demasiado frecuentemente  fruto de malas informaciones en prensa, convenios sin mucho sentido entre autoridades y colegios que acaban en foto y poco más y en general, por el  desconocimiento total de qué es justicia restaurativa, a pesar de que está de moda.Hace unos días un compañero hablaba de mediación penal y justicia restaurativa en violencia de género y se le "echaron encima" algunas personas.Esto no es por estar en contra, porque viendo los argumentos que dan es simplemente porque no conocen los conceptos y cómo se aplica cada cosa, no es lo mismo mediación, que mediación penal o que justicia restaurativa y esto debería estar claro, en una sociedad que apuesta por la mediación y por la Justicia Restaurativa.

martes, 9 de junio de 2015

Dos restantes valores o principios a aplicar en programas restaurativos con jóvenes


Ayer hablaba acerca de qué posibles valores, podemos tomar como eje para un programa restaurativo con jóvenes en los colegios o bien con jóvenes en conflicto con la ley ( justicia juvenil restaurativa). Con el primer de los valores que consideraba esencial, hablaba del respeto que debe guiarlos tanto si han infringido la ley como si forman parte de una comunidad en este caso la escolar. Hoy hablaré de los dos restantes ejes o valores que considero importantes, responsabilidad y empatía y por otro lado; interrelación.
La relación entre los jóvenes infractores y la comunidad, es el reconocimiento de la interrelación, la interconexión de todos y cada uno de nosotros. Es también más profunda y más que eso. Relaciones significa hacer algo por los demás. Algo para alguien más. Ese es el crecimiento y la curación, que proporciona la Justicia Restaurativa, una puerta abierta a la transformación y a nuestra forma de ver el hecho delictivo y nuestra relación con el joven infractor. La Justicia Restaurativa ayuda a las víctimas pero también a los jóvenes a empezar un camino diferente en la forma de relacionarse con el daño.

lunes, 8 de junio de 2015

¿Por donde empezar a la hora de implementar un proyecto de justicia restaurativa para jóvenes?

Es cierto que aunque la Justicia Restaurativa, empezó en el ámbito penal, poco a poco se ha ido convirtiendo en una forma de vida, de ahí, que las diferentes herramientas de la Justicia Restaurativa se puedan aplicar en otros ámbitos como los colegios. Hoy quiero hablar de qué principios considero interesantes para promover un proyecto de Justicia Restaurativa para jóvenes, ya sea en los colegios o en el ámbito penal. En el ámbito escolar serviría para educar a nuestros niños en valores restaurativos y que les conviertan en adultos con algo que aportar a la comunidad, se trataría de prevenir antes que curar. Y en el ámbito penal, serviría para educar o reeducar a los jóvenes infractores para que puedan concienciarse de sus conductas y decidan no volver a delinquir, en este caso se trata de curar, sanar y transformar, tanto a la víctima como a estos jóvenes. Por eso, partiría de construir un posible programa en el ámbito escolar o penal con este enfoque restaurativo, y esto se conseguiría teniendo en cuenta estos valores y principios que subyacen en esta Justicia para aplicarlos de forma individual tanto al joven infractor como a la víctima o en la vida cotidiana de la comunidad escolar. 

viernes, 5 de junio de 2015

Otro valor importante para la Justicia Restaurativa: la empatía

Hoy quiero recordar otro valor importante para la Justicia Restaurativa, ayer hablaba de empoderamiento, y hoy empatía. Todas las teorías acerca de la justicia como construcciones doctrinales deben ir desarrollándose poco a poco, en el caso de la Justicia Restaurativa esta evolución debería cimentarse en el cambio de dos paradigmas:desde el punto de vista jurídico y como afirma Howard Zehr, el cambio es dejar de centrarnos en el binomio delito- pena y basarnos en el de daño-reparación pero también sería bueno tal y como decía Thomas Kuhn (“La estructura de las revoluciones científicas” 1962. Editorial de la Universidad de Chicago) basarnos en un paradigma psicológico-filosófico y en lugar de obligar a la gente a comportarse de manera adecuada ante la amenaza del castigo, se debería alentar el desarrollo de la empatía

jueves, 4 de junio de 2015

Empoderamiento como valor en la Justicia Restaurativa

El empoderamiento es algo positivo y constructivo. Vivimos en un mundo en el que casi todo es gestionado por personas ajenas a nosotros, el estado y las instituciones nos tratan muy a menudo como casi incapaces…un ejemplo: si tenemos un problema acudimos al juzgado y una vez lo hacemos, todo se gestiona por profesionales en un proceso en el que tenemos poco o nada que decir, cualquier profesional sabe lo que nos conviene, o parece saberlo, mejor que nosotros mismos.

El punto de pérdida de poder llega al límite cuando el estado en una defensa desmedida de las víctimas de los delitos, pasa a convertirse en la víctima principal del delito, despojando a las víctimas reales de cualquier oportunidad de decidir, expresar su opinión y/o necesidades.

miércoles, 3 de junio de 2015

Buscando el final "perfecto" con la Justicia Restaurativa

Me gustan los “finales felices”, sí, lo reconozco, me gustan las películas y los libros en los que los “buenos” tienen su recompensa y los “malos” reciben su castigo. Este sentimiento es muy humano y nos hace sentir seguros y tranquilos. Esto, sin duda, es la justicia retributiva y aparentemente nos hace felices, y nos hace incluso equiparar justicia, a castigo. Sin embargo, a la gente buena, le pasan cosas malas, sufren y en ocasiones se convierten en víctimas. Y además, por mucho que intentemos castigar al culpable para satisfacer esta necesidad retributiva, que es casi una obsesión, una vez más la víctima queda relegada y olvidada y vuelve una y otra vez a recordar que fue víctima y que sigue sintiéndose una víctima y no solo del delincuente sino del sistema, en general.

martes, 2 de junio de 2015

Justicia Restaurativa y el sentimiento de verguenza

Parece claro que la vergüenza juega un papel importante en la psicología humana y las interacciones. Se dice por los investigadores que es un sentimiento o una emoción fundamental. . Sin embargo, lo que desencadena la vergüenza, la forma en que se expresa y cómo se amplifica o se elimina, varía culturalmente. Por eso, hoy me centraré basándome en Howard Zehr, en cómo funciona la vergüenza y qué hacer con ella durante los procesos restaurativos:
Así que la vergüenza se da en todas las sociedades ("Es una pena que pasa"). Sin embargo, los investigadores sugieren que la vergüenza de la sociedad occidental, nos ha llevado a negarla o ignorarla. Como resultado, tenemos que rara vez se habla de vergüenza y si se hace es casi de modo figurado. Así que la vergüenza pasa a la clandestinidad, sin dejar de operar, pero a menudo de manera negativa. (Algunos lo atribuyen nuestro excesivo materialismo y el individualismo .)

lunes, 1 de junio de 2015

¿Qué "lobo" queremos alimentar con la Justicia Restaurativa?

El sábado  estuve viendo la película Tomorrowland, y precisamente lo que tiene la magia del cine es que te enseña siempre algo y a menudo, puedes extraer algo para tu vida cotidiana, pues bien, me quedo con la historia que cuentan respecto a los seres humanos:
-Hay dos lobos que están siempre luchando. Uno es la oscuridad y la desesperación. El otro es la luz y la esperanza. La pregunta es: ¿cuál de los lobos gana?
-El que tú alimentas.Y ¿que tiene que ver con la Justicia Restaurativa?, pues mucho...veamos cuando el delito se comete, gana la oscuridad para el infractor y para la víctima. La víctima se siente aislada, incomprendida, humillada y sobre todo, sin comprender por qué a ella.