viernes, 26 de julio de 2024

Justicia restaurativa como forma de vida

 


INTRODUCCIÓN 

"Derribar y destruir es muy fácil. Los héroes son aquellos que construyen y que trabajan por la paz". Nelson Mandela

Cuando pensamos en justicia restaurativa nos viene a la mente como una forma de hacer justicia centrada en las personas y sus necesidades. Es más solemos entenderla como un paradigma de justicia. Y es que tiene sentido esta conceptualización porque surgió en el ámbito penal y para superar el olvido de las víctimas.

Sin embargo, desde que nacemos nos relacionamos con otras personas: amigos, familia, compañeros de trabajo etc. y en estas relaciones podemos dañar. Cuando los daños hacen que surja desequilibrios también sería de aplicación la justicia restaurativa. 

En este caso, creo que la justicia restaurativa sería no solo un paradigma de justicia sino también una forma de vida como muchos autores ya han venido afirmando. 

jueves, 25 de julio de 2024

Hacer justicia y justicia restaurativa

 


JUSTICIA

¿Qué es Justicia? Es una pregunta que me hago muy a menudo, sobre todo cuando veo a las víctimas pedir justicia. Muchos opinan, que piden penas más duras, y achacan a las víctimas deseos de venganza y la necesidad de ser retributivas. Simplemente pienso que trasladamos nuestros propios pensamientos, a las personas que han sufrido un daño y pensamos que si nosotros opinamos así, que no hemos sufrido al menos un daño directo y real, ¿cómo no van a sentir lo mismo, las víctimas reales, las que han sido afectadas por el crimen, en primera persona?

Y es que en un principio nos puede aliviar el hecho de que alguien que ha cometido un delito, sea separado de la sociedad por largo tiempo, sin embargo, cuando vemos como este tiempo va pasando, nos damos cuenta que la inquietud vuelve a nosotros especialmente si además tras largo tiempo en prisión, el infractor no ha tenido la oportunidad de hacer lo correcto, y de reconocer y reparar en la medida de lo posible el daño, y en definitiva, sale de prisión sin voluntad de no delinquir o peor que cuando entró.

miércoles, 24 de julio de 2024

Empatía como una de las bases de la justicia restaurativa

 


NEUROCIENCIA Y JUSTICIA RESTAURATIVA

En un mundo en el que habitualmente convivimos con delitos muy graves y que generan gran alarma social, opino que el "hombre no es malo por naturaleza", es decir pienso que estos casos son los menos y además, deberíamos poner más énfasis en estudiar e investigar por qué suceden y como en muchas ocasiones pueden estar relacionados con algún defecto en su parte del cerebro, íntimamente relacionada con la humanidad y la empatía. Estoy hablando de neurociencia y cómo se ha demostrado (leer a Daniel Reisel) que muchos de los delincuentes más terribles, tienen menos desarrollada la amígdala encargada de la empatía en nuestro cerebro, lo normal es que si tenemos una infancia feliz se desarrolle de forma buena y saludable, pero algunos delincuentes no la desarrollaron (esto también demuestra que muchos infractores fueron víctimas en su día). Y si queremos tener una sociedad que se sienta más segura, un mundo más pacifico, deberíamos empezar a pensar que a veces el castigo ejemplar no soluciona a largo plazo qué hacer con estos infractores más "crueles". La neurociencia nos dice que la amígdala aunque de adultos, se puede desarrollar algo más y que precisamente los procesos restaurativos pueden ayudar a esto. 

martes, 23 de julio de 2024

Sobre la justicia restaurativa y su relación con la reparación del daño


 INTRODUCCIÓN

Creo que es necesario recordar y matizar que la Justicia Restaurativa, surgió porque el delito es algo más que una violación de las normas, es una violación de las personas y sus relaciones, estas violación causa obligaciones una de ellas es de la de reparar el daño, pero repararlo de una forma no mercantilista sino reparar en sentido de curar, sanar o transformar. Y para cumplir estas obligaciones debe participar siempre que sea posible víctima, infractor y comunidad. Entonces claramente justicia restaurativa no es equivalente a reparación, o indemnización, igual que mediación penal y justicia restaurativa, no es lo mismo. Digo esto, porque en nuestra visión litigante y sobre todo materialista, tenemos tendencia a pensar que la reparación es siempre económica y que ante el daño, la víctima siempre requiere compensación material. Esto no es así, y además muchos delitos requieren de otras reparaciones, que pocos que nunca hemos sido víctimas entenderíamos.

lunes, 22 de julio de 2024

Los deseos de venganza no son incompatibles con la justicia restaurativa


ASPECTOS COMUNES Y DIFERENTES DE LA JUSTICIA RESTAURATIVA Y RETRIBUTIVA

A pesar de que se suele ver la justicia restaurativa como opuesta a la retributiva, tienen muchas cosas en común como alguna vez he comentado, ambas parten de las emociones la diferencia estriba en la forma que cada una usa para canalizar estas emociones. El otro día estuve leyendo a Howard Zehr y por eso, me gustaría reflexionar sobre la conexión entre venganza y justicia restaurativa. Retribución, venganza y el perdón parecen reflejar un sentido humano básico de equidad, de equilibrio y reciprocidad, por lo tanto, conlleva una necesidad fundamental para equilibrar al máximo cuando se ha producido un desequilibrio. De acuerdo con McCullough, los tres han sido esenciales a lo largo de la historia humana. Sostiene que los tres han contribuido a la cooperación humana. Como señala Atwood, por ejemplo, el instinto de "venganza" es la base de débito y de crédito que hace que nuestra economía sea posible. La retribución supone un esfuerzo por hacer bien, de forma equivocada, equilibrar el marcador, con cierta apariencia de proporcionalidad y el límite por ejemplo del (ojo por ojo en el libro de Levítico). La venganza supone un plus de retribución - que trata de enderezar entuertos yendo más allá de proporcionalidad .McCullough dice que históricamente el perdón es más probable entre las personas que se conocen y se preocupan por los demás, y la venganza a menudo se dirige a aquellos que están más distantes. La venganza surge cuando tenemos una serie de necesidades que no son abordadas y gestionadas de forma satisfactoria.

domingo, 21 de julio de 2024

Próximamente mi libro: la función transformadora de la justicia restaurativa

 



Próximamente la editorial Sepin sacará a la luz mi libro la función transformadora de la justicia restaurativa. Estoy feliz por poder aportar en el camino hacia la implementación de la justicia restaurativa en ámbitos que habitualmente se piensa que están prohibidos. El libro comienza con una introducción a la justicia restaurativa, luego se habla del facilitador, más tarde aporto mi visión teórico práctica de la justicia restaurativa en violencia sexual y de género y en contextos de crímenes internacionales. En este último caso aporto mi visión sobre justicia transicional y restaurativa además de como diseñar y abordar las sanciones restaurativas y los programas restaurativos con la comunidad. Espero que cuando lo leáis os sea de utilidad para atreveros a soñar e implementar diferentes intervenciones restaurativas no solo las "ideales"  y sobre todo para ser éticos en el trabajo diario.

viernes, 19 de julio de 2024

¿Qué busca la justicia restaurativa?

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

La Justicia restaurativa en contra de lo que pudiera parecer se centra no sólo en la víctima sino también en infractor y la propia comunidad. Esto es así porque la justicia restaurativa parte de la idea de que el delito supone un daño a la víctima pero también a la sociedad e incluso al propio infractor.

Por eso la justicia restaurativa tiene que ver con todos los afectados por el delito; da la oportunidad de escuchar a las víctimas y atender sus necesidades reales, ayuda al ofensor a entender el impacto de sus acciones, y elimina etiquetas, haciendo posible la reintegración o reconexión de ambos víctimas y ofensores en la comunidad.

jueves, 18 de julio de 2024

Debemos cambiar la lente en la forma de luchar contra la violencia de género: la justicia restaurativa es necesaria y funciona


 INTRODUCCIÓN

El pasado fin de semana cuatro mujeres y dos niños fueron asesinados en tan solo 24 horas. Los feminicidios evidencian, una vez más, que los casos se disparan con la llegada de periodos vacacionales, aunque las alarmas se han disparado en las últimas horas por la concentración de los asesinatos y el golpe que ha supuesto también para la violencia vicaria, que ya anota su peor dato: nueve menores asesinados en lo que va de año por violencia de género.

Las plataformas 25N y 8M (Plataforma contra la Violencia de Género 25 de Noviembre y Plataforma 8 de Marzo) de Granada han comunicado su condena y su “más absoluta repulsa e indignación por el asesinato machista de nuestra vecina y su madre en Zafarraya” y han denunciado que estas muertes “guardan relación con las desigualdades estructurales existentes entre mujeres y hombres”, así como “con las ideas aún arraigadas en nuestra sociedad que justifican o se muestran complacientes con este tipo de delitos y las causas que lo sustentan”.

Llegue o no el verano la realidad es que la violencia machista está aumentando a pesar de las supuestas medidas de protección, las leyes y las ingentes cantidades de dinero que se destinan para erradicar esta lacra. La pregunta entonces sería ¿qué estamos haciendo mal?

ALGUNAS MEDIDAS PARA LUCHAR CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO

La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género vino a regular la violencia machista y sus sucesivas reformas han venido a reforzar y mejorar la protección,  sin embargo, la realidad es que muchas de las mujeres asesinadas no habían denunciado y las que si lo habían hecho se habían encontrado con una total desprotección. Una de las mujeres fallecidas  había denunciado y de hecho su maltratador estaba pendiente de ingreso en prisión. Seguir leyendo: lawandtrends

miércoles, 17 de julio de 2024

La reparación del daño en la justicia restaurativa


 LA REPARACIÓN PARA LA JUSTICIA RESTAURATIVA

El delito genera un trauma, que dependiendo la víctima y la gravedad, puede ser más o menos intenso, por eso el proceso no es tan sencillo como hacer “borrón y cuenta nueva”. Es un proceso complejo en el que la Justicia Restaurativa ayuda a la víctima a recuperar el control de su vida, a equilibrar la “balanza” en su favor, y a incorporar el delito sufrido como una parte más de su vida.La Justicia Restaurativa, ni tan siquiera trata de reparar en su totalidad el daño sufrido puesto que determinados delitos solo son reparables de una forma simbólica o moral, y muchas víctimas no desean esta reparación material sino algo más profundo y sanador, una reparación moral. Tenemos tendencia a pensar en una reparación puramente mercantilista, en la que prima el dinero, sin embargo, la realidad es bien diferente, puesto que la mayoría de las víctimas desearían una reparación de otra índole, y solo se conforman con la material cuando ven que sus expectativas solo pueden abarcar, una reparación económica.

Muchas veces me preguntan, cómo reparar un delito grave con un resultado como la muerte de un ser querido o graves lesiones, obviamente la reparación en sentido literal de la palabra no va a poder darse, pero sin duda, habrá alguna actividad reparadora que la víctima necesite, por ejemplo que el infractor escuche su dolor, que se comprometa a realizar una actividad en beneficio de la comunidad, es decir, cualquier tipo de actividad que lleve a la víctima a sentir, que su dolor no habrá sido para nada, y que este infractor ha visto el impacto que su acto ha tenido y por eso, se compromete a devolver a la víctima o a la comunidad, algo bueno por todo lo malo que hizo. Otras veces se trabaja solo con las víctimas buscando que actos o qué proyectos pueden hacer en conjunción con otras víctimas que las devuelva algo de luz por la oscuridad que sufrieron por el delito. Se trataría en algunos casos de buscar una justicia creativa.

martes, 16 de julio de 2024

Víctimas para la justicia tradicional y para la justicia restaurativa

 


SER VÍCTIMA PARA LA JUSTICIA TRADICIONAL

Sufrir un delito y convertirse en víctima de por si es un hecho terrible y traumático pero esto se agrava cuando se acude a la justicia buscando precisamente esto, que se haga justicia. La víctima se siente tan presionada  y señalada que en ocasiones el proceso penal provoca la victimización secundaria, ya que todo lo que acudir a la Justicia conlleva, no la deja cicatrizar las heridas sino que la hace revivir el delito y la condena a llevar el rol de víctima de una forma perpetua. Las personas que han sufrido un delito piensan que durante el proceso penal y en el juicio serán escuchadas, y que todas sus preguntas, sus dudas e inquietudes serán solucionadas pero esto está muy lejos de ser así. Son meros testigos en un proceso que las afecta tan directamente como el delito, los daños que han sufrido parecieran colaterales puesto que lo que se va a dilucidar durante el proceso es si el infractor cometió el delito, y por tanto vulneró la norma que el estado ha creado. El estado es la víctima principal. Muchas víctimas además afirman que se sienten un cebo que usa el Estado para conseguir castigar al infractor.

lunes, 15 de julio de 2024

La justicia restaurativa remueve los sentimientos de vergüenza y culpabilidad en las víctimas


 VERGUENZA Y CULPABILIDAD EN LAS VÍCTIMAS

Muchas veces se suele analizar los sentimientos de culpabilidad y vergüenza en el infractor y cómo el proceso lógico debe llevarles de la vergüenza a la culpabilidad como paso previo a la responsabilización por el delito cometido. Aunque es cierto que las víctimas pueden y de hecho en ocasiones atraviesan similares procesos, en relación a la culpabilidad y la vergüenza. Y es así, frecuentemente surgen sentimientos iguales y también deben superarlos para empezar su camino hacia la recuperación del trauma del delito. Muchas víctimas tras sufrir el delito experimentan sentimiento de vergüenza y de humillación, esto las hace ponerse en una actitud defensiva, piensan que nadie las comprende, que están solas e incluso pueden llegar a aislarse de la gente que las rodea. Se separan de la comunidad y de su entorno, es en este momento cuando su círculo más cercano también se convierte de alguna manera en víctima, van a sufrir las consecuencias del delito, el impacto que causó el daño de esta acción de una manera, contrariamente a lo que pueda parecer directa, sufrirán con el dolor de su familiar y sentirán impotencia al no saber cómo ayudar en muchas ocasiones a esta persona que sufrió el delito y con los que les une lazos de amistad o familiares. 

domingo, 14 de julio de 2024

¿Por qué la justicia tradicional no satisface las necesidades de los afectados?

 

(imagen propiedad de Virginia Domingo)

La Justicia tradicional en ocasiones no satisface a las víctimas, porque está más centrada en ver si puede castigar al infractor, que en valorar los daños y necesidades de las personas que sufren el delito. Pareciera que solo interesa las necesidades del estado, es decir, si es verdad que esta persona infringió una norma y si es así, cuanto castigo va a recibir, prueba de esto, es que las víctimas solo van a declarar como testigos.

Además muchos infractores son castigados pero no hay espacio para la asunción de responsabilidad, el juicio da toda clase de "armas"al infractor para negar el delito, justificarlo, e incluso reconocerlo pero para conseguir beneficios jurídicos, y como la víctima apenas es escuchada salvo para corroborar si el hecho castigado por el derecho sucedió, no puede escuchar de su voz los daños reales que han causado, y tiene tendencia a "cosificar" a sus víctimas.

Y lo peor es que la comunidad y lo que necesita queda fuera del proceso penal, la justicia tradicional no la escucha.

viernes, 12 de julio de 2024

Objetivos de la justicia restaurativa

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

La Justicia restaurativa tiene dos objetivos principales: el primero es la reparación del daño, nos preocupa restaurar el equilibrio y para eso, lo mejor es intentar compensar el daño, que muchas veces no tiene que ver con dinero, con reparación material sino que tiene que ver con algún acto de la persona ofensora para con la víctima que cubra la necesidad emocional de esta de sentir que se ha hecho justicia y que alguien se responsabiliza por lo que ha hecho. Otras veces si se trata de un programa individual la reparación podrá ser ofrecida por el sistema, para demostrar a las victimas que son dignas de respeto y consideración (esto puede suceder en determinados contextos como en crímenes internacionales) Incluso la reparación en ocasiones perderá esta connotación y tendrá más que ver con pequeños actos que las devuelvan algo de luz por el daños sufrido. 

El segundo trata de la reintegración, la vuelta de víctima y ofensor a la comunidad, porque nos interesa tener personas que han sanado dentro de la sociedad.

jueves, 11 de julio de 2024

La justicia lenta no es justicia, por eso la justicia restaurativa puede mejorarla. A propósito de la sentencia de la “manada virtual”

 


INTRODUCCIÓN

Ya hay sentencia en el caso, inédito en España, contra la “manada virtual” juzgada en Asturias por difundir el mismo vídeo sexual (se sentaron 30 personas en el banquillo de los acusados) de una pareja grabada manteniendo relaciones en un apartado prado durante unas fiestas populares. El fallo es claro: los 27 condenados “difundieron a terceros un vídeo de contenido erótico que afectaban a la intimidad de las dos víctimas, habiendo sido filmado el mismo sin conocimiento ni consentimiento de ambos”. Los hechos ahora sentenciados se remontan al año 2010. Ha sido una causa larga y muy laboriosa para poder identificar a ese gran número de personas que compartieron entre sus contactos el vídeo sexual, sin el permiso de sus protagonistas

Esta es parte de las noticias que leíamos hace unos días sobre una sentencia pionera que condena a varias personas por la difusión de videos sin consentimiento de los protagonistas. Por un lado,  podemos decir que es importante y crea un precedente para  futuros delitos similares pero sin duda, deja un sabor agridulce no solo para las víctimas sino para la sociedad en general. ¿Por qué? Porque si nos fijamos la sentencia llega 14 años después y realmente una justicia lenta no se puede considerar justicia. Continuar leyendo en lawandtrends

miércoles, 10 de julio de 2024

Los facilitadores deben comprender las necesidades y expectativas de las personas


 INTRODUCCIÓN

La justicia restaurativa puede ser parte del proceso de curación de las víctimas, es algo que ayuda a las personas que sufren un trauma tras experimentar el delito en su proceso de sanación. Por eso,  es importante que los facilitadores de Justicia Restaurativa conozcan acerca de la dinámica del trauma. Realmente una de las reacciones de las víctimas frente al trauma son los sentimientos de venganza y una necesidad real de que se haga justicia. La Justicia es importante cuando hablamos de trauma y curación. La línea entre justicia y venganza, es delgada. Cuando nuestro cerebro y cuerpo se ven afectados por el trauma realmente podemos confundir ambas. Como  hemos sido dañados sufrimos un trauma y a veces lo que hacemos es dañar a los demás o nos dañamos a nosotros mismos. ¿Cómo encontrar justicia de forma que no incurramos en una continuación de los ciclos de violencia?. Pues realmente la Justicia Restaurativa ayuda a aliviar los sentimientos negativos y fomentar una puerta abierta al proceso de curación del trauma. ¿Por qué es positiva esta Justicia?

martes, 9 de julio de 2024

La justicia restaurativa atiende los daños emocionales


 DAÑOS PSICOLÓGICOS EN LAS VÍCTIMAS

Cuando pensamos en el daño causado a las víctimas, especialmente si lo son de delitos graves, solemos ver los daños materiales, y es que jurídicamente los daños se valoran y se intentan reparar a través de su cuantificación, en dinero. Y por eso, algunos siempre suelen decir pero un delito grave por ejemplo con resultado de muerte no puede repararse, y así piensan que solo sería bueno los procesos restaurativos para delitos muy leves Sin embargo, no se dan cuenta que si en delitos leves es bueno para las víctimas con más razón para las de los graves, además del daño material, y en delitos muy graves la pérdida de un ser querido, hay una serie de daños morales y psicológicos que en ocasiones, como no se pueden tasar quedan sin repararse o al menos sin la debida ayuda para mitigar sus efectos. ¿A qué me estoy refiriendo? Pues cuando se sufre un delito, todo sobre lo que se había construido una vida más o menos feliz se quiebra, la víctima pasa por una crisis acerca de la concepción del mundo. Solemos pensar que si somos buenos, nada malo nos va a pasar, pero al sufrir el delito esto cambia radicalmente, y hace que las víctimas se pregunten ¿por qué a mi? ¿por qué si soy buena me pasan cosas malas? ¿será que el mundo es un lugar peligroso ? ¿ya no me puedo fiar de la gente de mi alrededor?.

 Esta crisis acerca de cómo concebimos el mundo y sobre la desconfianza en nuestros semejantes, es un daño psicológico grande que impide a muchas víctimas dar los primeros pasos hacia la sanación. 

lunes, 8 de julio de 2024

Somos seres relacionales

 


TODOS ESTAMOS CONECTADOS

El ser humano no se puede entender sino es en relación con los demás, vivimos en comunidad, nos rodeamos de amigos y familiares, formamos una familia. Se puede decir que estamos conectados los unos con los otros, de una manera bien directa o indirecta. Por eso, cuando un delito se comete, se daña no sólo a la víctima directa sino también a la colectividad, a la sociedad en general. De ahí que para abordar el delito de una manera más sanadora, la Justicia Restaurativa se presenta como una gran apuesta y no como algo nuevo sino como algo intrínseco a nuestra propia esencia humana. Esto lo podrían definir a la perfección en Sudáfrica, y a través de "Ubuntu", esta palabra simple, tiene muchas perspectivas y hay muchas formas de explicar su significado, aunque básicamente se basa en que todos estamos destinados a relacionarnos, a vivir en comunidad, y por eso es necesario que tengamos empatía y lealtad así como humanidad. Una frase que explica este Ubuntu es "yo soy porque nosotros somos".

domingo, 7 de julio de 2024

Objetivos de la justicia restaurativa


 (imagen propiedad de Virginia Domingo)

La justicia restaurativa busca hacer frente a los daños que surgen tras el delito esto se traduce en atender a la víctima, a la comunidad pero también hacer frente a las necesidades del infractor, para darle una oportunidad de reflexionar sobre el daño realizado. Por eso,  la justicia restaurativa trata precisamente de la responsabilización, que el ofensor se de cuenta del impacto de sus acciones, pero también la sociedad necesita darse de cuenta de qué puede hacer para eliminar las causas que hicieron que esa persona cometiera el delito.

Y todo esto para la justicia restaurativa se gestiona de mejor manera si permitimos la participación directa y activa de todos los afectados por el delito que así lo deseen.

viernes, 5 de julio de 2024

La justicia restaurativa genera beneficios para todos los afectados por el delito


 MOTIVOS DE LOS OFENSORES PARA PARTICIPAR EN JUSTICIA RESTAURATIVA

En ocasiones, muchas personas me preguntan sobre la sinceridad y los motivos de los infractores para participar en un encuentro restaurativo. ¿por qué ? Porque piensan que estos encuentros puede ser una válvula de escape sencilla para muchos y así eludir las consecuencias jurídicas de sus actos. Otras veces, lo que ocurre es que damos por perdida a una persona, me explico, alguien que no es su primer delito, pensamos que es imposible que "cambie" y pueda reconducir su vida, es decir, no creemos que los seres humanos podamos cambiar. Por eso por ejemplo, considero un error que se suela decir por algunas personas que solo podrían participar en un proceso restaurativo, infractores no reincidentes, ¿y si los reincidentes no tuvieron la oportunidad en su primer delito de participar en un proceso restaurativo? o ¿y si simplemente el efecto de escuchar el impacto que el delito ha tenido en la víctima, puede ser determinante para que quiera cambiar, solo por el hecho de no ser su primer delito no se lo vamos a permitir? 

Sería perjudicial para él mismo porque continuaría con su rol de delincuente, sin posibilidad de reinserción pero tampoco sería bueno para la comunidad porque en lugar de recuperar, como alguien productivo para todos a esta persona, lo impedimos con el posible riesgo de convertirnos en futuras potenciales víctimas. 

jueves, 4 de julio de 2024

La justicia restaurativa mejora la salud de las personas afectadas


 INTRODUCCIÓN

La Justicia restaurativa es una teoría para abordar el daño tras el delito que involucra a todas las partes afectadas (es decir, la víctima (s), ofensor , la comunidad) con el objetivo de facilitar la cicatrización o más bien sanación y tratar de reparar el daño causado por el delito.

Las investigaciones sobre la justicia restaurativa han encontrado muchos beneficios positivos, como los altos niveles de satisfacción de los participantes, disminuyendo el miedo de las víctimas, y la reducción de la reincidencia de los infractores. La investigación también ha sugerido que los procesos de justicia restaurativa pueden tener un impacto positivo en el bienestar general de un participante.

Los que nos dedicamos a la justicia restaurativa y aunque no tengamos formación en psicología vemos que los participantes "se sienten mejor" después de un proceso de justicia restaurativa, pero ¿Qué significa esto exactamente? A pesar de las referencias que se mejora el bienestar de los participantes, pocos estudios examinan específicamente el impacto de estos procesos en la salud psicológica y física de los participantes a través de indicadores específicos.

miércoles, 3 de julio de 2024

¿Cómo se gestionan los procesos restaurativos?


 El QUÉ Y EL CÓMO

Como decía Howard Zehr, en el “Pequeño libro de la Justicia Restaurativa” es importante el cómo y el quién para la Justicia Restaurativa. 

Procesar el "cómo"

Nuestro sistema legal es un proceso adversarial dirigido por profesionales y gira en torno al infractor y al Estado como víctima,  en la que el juez es el que hace de árbitro. Los resultados son impuestos en base a la ley, por alguien ajeno al delito y al impacto real y emocional que ha tenido en los afectados. La Justicia restaurativa generalmente reconoce el papel del estado y del sistema pero enfatiza la importancia de la participación de los que tienen un interés directo, por resultar “tocados” por el delito

El cómo suele presentarse bajo la fórmula de un encuentro entre víctima y agresor, un conferencia de grupo familiar, un proceso de círculo etc.  Es una reunión que permite a las víctimas y los infractores  ponerse cara,  hacer preguntas a la otra directamente, y llegar a un consenso de cómo hacer lo correcto. Proporciona a las víctimas la oportunidad de decirle directamente al infractor, en qué medida el delito ha impactado en su vida. 

martes, 2 de julio de 2024

Justicia y prácticas restaurativas

 


INTRODUCCIÓN

A nadie escapa que este blog está más orientado a la Justicia Restaurativa en el ámbito penal, puesto que mi experiencia, mis mayores conocimientos y logros están en este ámbito, es cierto que he tocado otras áreas que conozco y que considero esenciales, como el escolar, por el carácter preventivo que en este ámbito tiene la justicia restaurativa y su efecto educativo para unos futuros adultos que sabrán y tendrán en cuenta la justicia restaurativa, no como la otra justicia, sino como la verdadera justicia. Dicho esto, todo el mundo sabe que estoy a favor de la Justicia Restaurativa, en cualquier ámbito de la vida cotidiana, sin embargo, a mí, hablar solo de prácticas se me queda corto.

Según los diccionarios, práctica es la habilidad o experiencia que se consigue o se adquiere con la realización continuada de una actividad. Encuentro que hablar de prácticas restaurativas  es la habilidad o la capacidad de mostrar o poner en funcionamiento los principios y los valores de la Justicia Restaurativa. Es decir para mi práctica restaurativa requiere que hablemos de algo como referencia y en este caso, es la Justicia Restaurativa. No son excluyentes, sin embargo creo que las prácticas restaurativas están dentro de lo que llamamos justicia restaurativa. De esta forma, además no estaremos limitados por las prácticas que ya conocemos y están reconocidas y estandarizadas, porque nos suele ocurrir que al enseñar prácticas restaurativas,  nos enfocamos en cómo es nuestra práctica diaria, nos obsesionamos con que debe realizarse de un modo especifico, y así, sin quererlo limitamos la flexibilidad, que es lo realmente característico de la Justicia Restaurativa.

lunes, 1 de julio de 2024

Para la justicia restaurativa lo importante son las personas


 LAS VÍCTIMAS NO SON INCAPACES

Siempre se piensa en las víctimas, con miedo, se reflexiona y se decide por ellas, esto es bueno, esto puede perjudicarlas, esto quizá no...tenemos tendencia a pensar que por haber sufrido un delito, ya automáticamente son seres incapaces, y claramente no es así. En un mundo centrado exclusivamente en el infractor, no es tarea fácil cambiar el chip radicalmente y decir a la gente que con esta justicia nos vamos a centrar en ellos, en los que sufren, en las víctimas para colmo, cada vez que veo la televisión, lo único que oigo es penas más duras como si esto fuera lo único importante para todos nosotros. Sin embargo, he aprendido que no se debe demonizar estos sentimientos negativos como el rencor, el odio, la ira, el resentimiento. ¡Cómo una persona que ha sufrido un delito, no va a sentir todo esto y mucho más! Por supuesto, que si, y negarlo sería causar más dolor. Lo que un buen facilitador de Justicia Restaurativa debe saber es abordar estos sentimientos negativos que tienen las víctimas para ir transformándolos en otros más positivos como dignidad, respeto, orgullo de ser superviviente de un delito... y así ayudarlas en el camino hacia la superación del trauma del delito. ¿fácil? Claro que no, además nosotros solo podemos ayudar pero el camino lo tienen que recorrer ellas, no obstante, la Justicia Restaurativa puede hacer este camino un poco menos complicado.

Algunas personas se preguntaran cómo podemos ayudar si quizá nunca hemos sido víctimas, pues porque aunque no hacemos terapia si tenemos formación en gestión del trauma, y esto nos hace generar espacios de confianza donde las personas que han sufrido se sienten seguras para contar su historia y necesidades, promovemos su empoderamiento, algo que el sistema no hace.

domingo, 30 de junio de 2024

Buscando la ética en nuestras prácticas restaurativas

 


LA ÉTICA DEL FACILITADOR DE JUSTICIA RESTAURATIVA

Complicado para mi, establecer que es la ética dentro de la Justicia Restaurativa pero si me resulta fácil determinar, que quiero desarrollar mi trabajo como facilitadora de la mejor forma posible y para ello, es esencial hacer bien nuestra labor. Por eso, reconduzco el papel de la ética, a cómo lograr buenas prácticas en Justicia Restaurativa. Para esto, lo más importante es que nosotros mismos tengamos confianza en lo que hacemos, muchas veces, siento que actuamos con demasiadas reticencias como si nosotros mismos, no nos creyéramos que la justicia restaurativa puede ser muy útil, de hecho, debiera ser ofrecida de forma general en el ámbito penal,  y plantearse su inclusión en otros ámbitos como el educativo. La Justicia Restaurativa, no es la panacea pero si es una forma mucho más humana de abordar los conflictos y los delitos, y sobre todo de prevenir conductas violentas y de paso de educar  en valores, que hagan de nuestros niños y niñas, adultos restaurativos.

Una vez que nos hemos quitado nuestros propios temores y etiquetas, aprecio que necesitamos que nuestro trabajo empiece a reconocerse, es curioso como en muchas ocasiones, se organizan congresos, jornadas y otros eventos y los invitados son personas que poco saben de lo que es el trabajo diario en justicia restaurativa. Son teóricos, pueden ser excelentes en su trabajo pero muchas veces su visión teórica, forjada a través de libros, artículos y poco más, se aleja mucho de lo que es la realidad. 

viernes, 28 de junio de 2024

La justicia restaurativa aborda los daños y las causas de estos.

 


HACER LO CORRECTO EN DELITOS MÁS GRAVES

La idea central de la justicia restaurativa es la  de hacer las cosas bien o, hacer lo correcto. Esto implica una responsabilidad por parte del infractor , para en lo posible reconocer el daño, tomar medidas para repararlo a la víctima y tal vez a la comunidad afectada. En casos, como el asesinato, el daño, obviamente, no puede ser reparado; sin embargo, los pasos simbólicos, incluyendo el reconocimiento de la responsabilidad puede ser útil para las víctimas y es responsabilidad de los infractores.("Pequeño libro de la Justicia Restaurativa-Howard Zehr). Hacer las cosas bien, hacer lo correcto, implica la reparación o restauración o recuperación, pero quizá estas palabras se quedan cortas.. En delitos graves, no es una cuestión de la reparación del daño o volver a lo que era antes. Se trata de acompañar para que las personas puedan encontrar narrativas que den sentido a lo vivido y las permita sanar.  Se trata de un viaje hacia la curación, aunque a muchas víctimas no les gusta este término de "curación", por el sentido de terminación que connota. Este viaje es de las víctimas y nadie más lo puede hacer por ellos. La obligación de hacer lo correcto es en primer lugar del infractor pero la comunidad, puede tener responsabilidades no solo para la víctima, sino también tal vez para la persona ofensora. Los infractores para llevar a cabo con éxito sus obligaciones, pueden necesitar apoyo y estímulo de la comunidad, en general.

jueves, 27 de junio de 2024

Algunos aspectos clave de los procesos restaurativos


¿EN QUÉ CONSISTEN LOS PROCESOS RESTAURATIVOS

Las prácticas o herramientas de Justicia Restaurativa, hacen hincapié en la reparación del daño causado a las víctimas y la comunidad por delitos. Estas herramientas de justicia restaurativa consisten en reuniones a las que asisten voluntariamente víctima, infractor y/u otros miembros de la comunidad, facilitadas por un tercero( persona facilitadora) Al involucrar a las partes en el diálogo voluntario, las prácticas de justicia restaurativa proporcionan una oportunidad para que el infractor acepte la responsabilidad por el daño causado a la víctima y la comunidad, promueven la cicatrización de las heridas de las víctimas, y que los participantes puedan ponerse de acuerdo sobre las consecuencias de reparar el daño, en la medida en que sea posible, incluyendo la reparación tanto material como moral, simbólica, psicológica y sobre todo emocional. Las prácticas de justicia restaurativa se pueden utilizar, como complemento a la sentencia en delitos graves o bien como alternativa posible en delitos más leves. Existe la posibilidad de utilizar programas restaurativos individuales, por tanto la reunión conjunta no es necesaria para poder hablar de justicia restaurativa y procesos restaurativos

miércoles, 26 de junio de 2024

Justicia transicional restaurativa


JUSTICIA TRANSICIONAL 

La justicia transicional es el conjunto de medidas judiciales y políticas, que diversos países han utilizado como reparación por las violaciones masivas de derechos humanos. Sé que muchos no opinaran como yo, pero creo que la justicia transicional, es  más bien una respuesta del estado para abordar los crímenes en épocas de transición hacia situaciones de paz, es decir en estos casos suele primar el bien común. Sin  embargo, por ser una respuesta del estado, en ocasiones se tiene que poner en una balanza el bien común y el sufrimiento de las víctimas, y en algunas casos esta balanza se desequilibra en aras de este bien común, lo que lleva a muchas víctimas a sentirse olvidadas. Por eso,  la justicia transicional necesita del enfoque restaurativo para poder satisfacer de forma total, las necesidades de las verdaderas víctimas. Cualquier país que quiera una paz duradera y que desee una comunidad satisfecha, necesita que todos y cada uno de los miembros, sientan que puede curar sus heridas y que han sido respetados y tenidos en cuenta. 

martes, 25 de junio de 2024

La mediación penal es una metodología de la justicia restaurativa no es una mediación como tal


INTRODUCCIÓN

En los últimos meses hemos podido leer titulares como los siguientes: “La juez vuelve a rechazar la mediación penal que propone María León para evitar el juicio” , “Chivite acepta la mediación a petición de los agricultores investigados por los insultos machistas en Olite. La presidenta de Navarra ha aceptado la petición, y ahora el caso se derivará a los mediadores, que determinarán el procedimiento a seguir para tratar de alcanzar un acuerdo en el ámbito de la justicia restaurativa. Se trata de un proceso alternativo a la justicia”.

Estas noticias muy poco claras sobre una metodología de la justicia restaurativa como la mediación penal son tan confusas y poco acertadas que no me extraña que aun hoy la justicia restaurativa no tenga una regulación clara en nuestro país ni en ninguna Comunidad Autónoma y que las pocas normas que existen la confundan con mediación.

LA JUSTICIA RESTAURATIVA NO ES UN MECANISMO ALTERNATIVO DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS, LA MEDIACIÓN SI

Respecto de la primera noticia parece increíble que en el año 2024 los operadores jurídicos tengan ideas preconcebidas sobre la justicia restaurativa propias de hace 17 años, se alude por la juez que no existe regulación legal, y que lo que está pidiendo la defensa de María León es que "se tramite un procedimiento no normado actualmente en el proceso penal, ausencia regulatoria notoriamente conocida por la procesada recurrente, que lo pide como si ella tuviera una posición victimaria, en lugar de procesada". También se opuso el fiscal y la defensa de los policías.

Sorprende que se piense en la mediación penal, que realmente no es una mediación sino una metodología de la justicia restaurativa como una herramienta para evitar el juico  y que precisamente los operadores jurídicos se nieguen porque no hay regulación legal y que no es la víctima sino la persona ofensora quién lo solicita.  Esto no parece creíble en un mundo como el actual donde se dan continuas formaciones a jueces y fiscales supuestamente sobre justicia restaurativa y muchos de estos se erigen en expertas y expertos en esta justicia. Pero es que además después de tanto tiempo parecía que ya las personas sabían que justicia restaurativa no es mediación y que aplica a supuestos diferentes. Es más el estatuto de la víctima del delito la contempla (aunque es cierto que luego en su articulado la confunde con mediación) y en el código penal  en el articulo 84.1 (confundiendo una vez más mediación y justicia restaurativa) dice: El juez o tribunal también podrá condicionar la suspensión de la ejecución de la pena al cumplimiento de alguna o algunas de las siguientes prestaciones o medidas: El cumplimiento del acuerdo alcanzado por las partes en virtud de mediación. Continuar leyendo en lawandtrends

lunes, 24 de junio de 2024

La justicia restaurativa se encarga del aspecto emocional del delito

 


EL ASPECTO EMOCIONAL DEL DELITO

A pesar de lo que se pueda decir, que somos seres racionales, nuestras acciones en general, no se basan en algo racional, somos mezcla de emociones, intuición y lógica. Por eso, el aspecto emocional no se puede dejar de lado en nuestra vida diaria, y por ende, ni mucho menos cuando se comete un delito. Entiendo que debe existir el derecho y los sistemas legales, no obvio la importancia del derecho penal pero si creo que abandona el aspecto emocional y lo sustituye estrictamente por el aspecto legal. Como individuos que somos, estamos interconectados con los demás, vivimos en comunidad y esto hace que debamos asumir ciertas responsabilidades, un de ellas es la de el que hace algo mal, debe enmendarlo e intentar hacer lo correcto.Y en esto la Justicia penal no debiera ser diferente, sin embargo muchos sistemas penales están basados o más bien enfocados en los derechos y no en las responsabilidades, un ejemplo claro es que para el sistema penal no importa si el infractor es culpable o no, le dará toda un serie de derechos que disminuyen el posible espacio para la responsabilización por el  delito. 

Además la víctima va a ser considerada un mero "cebo" para intentar conseguir que el infractor sea castigado, no importa realmente su dolor, tan solo para convertirlo en responsabilidad civil, pero lo que importa es su testimonio y que tenga la validez necesaria para condenar al infractor. Las emociones quedan fuera, debe relatar lo sucedido simplemente reduciendo su declaración a lo acontecido. 

domingo, 23 de junio de 2024

¿Qué nos sugieren los procesos restaurativos?

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

La justicia restaurativa se centra en que el delito causa daños y de ahí, surgen necesidades, y estos daños los principales son para las víctimas pero también no podemos olvidar el daño a la comunidad y la propia persona ofensora.

Debido a estas necesidades surgen obligaciones la principal la del infractor para con la víctima pero también como sociedad tenemos obligaciones, en especial, intentar ver el por qué del delito e intentar neutralizar las causas de esta actividad delictiva, o al menos ayudar a que las conductas similares sean menos habituales.
Y la esencia principal de la Justicia Restaurativa es la participación e inclusión de los realmente afectados por el delito, son las personas afectadas las que deben tener la oportunidad de participar y valorar cómo hacer las cosas mejor evitando que se produzcan nuevos delitos (prevención)

viernes, 21 de junio de 2024

La justicia restaurativa ayuda a remover "etiquetas"

 


EL HECHO DE IR A LA CÁRCEL

Me preocupa ver como a pesar de que tras cometerse un delito, hay todo un proceso judicial que acaba con una sentencia, si la sentencia es de culpabilidad, el infractor irá a la cárcel dependiendo del hecho delictivo, para pagar en teoría por el daño causado. Hasta ahí, todo estaría bien o al menos sería normal, sino fuera porque a pesar de cumplir con lo que la ley le impone cuando salga de la cárcel seguirá "pagando", ya que por muchos años que estuviera, en prisión para la sociedad que les rodea siempre será poco y cuando salga de la cárcel se encontrará con un entorno hostil que no le hará la vida sencilla .Si esto se mira desde una perspectiva neutral es terrible, y el sistema debería intentar mostrar a la sociedad que la pena no es eterna, igual que los roles de víctimas e infractores tampoco lo son. Sin embargo, las víctimas, ven insuficiente las penas ¿por qué? 

jueves, 20 de junio de 2024

La justicia restaurativa no tiene que ver con pedir perdón o perdonar


 A VUELTAS CON EL PERDÓN QUE NADA TIENE QUE VER CON JUSTICIA RESTAURATIVA

¿Repara una petición de perdón o un lo siento? Particularmente, creo que un lo siento no es suficiente y para argumentar esto, me viene a la mente las peleas que todos alguna vez hemos tenido con hermanos o amigos, recuerdo a mi madre, diciéndonos: “pediros perdón” y también me acuerdo, de haber dicho un lo siento, en más de una ocasión, entre dientes y deprisa, sin sentirlo, de verdad. Quizá con este ejemplo muchos penséis, que se trata de niños…sí efectivamente puede ser, pero si un niño que se supone que tiene menos malicia, es capaz de pedir perdón sin ser de verdad, ¿Qué no hará un adulto y más si ha cometido un delito grave que ha dañado a otro ser humano? Y sobre todo, ¿Qué no hará  un infractor si sabe que con un lo siento, puede conseguir alguna clase de beneficio penitenciario?

Por eso, aquí la clave está en qué repara más un lo siento o un reconocimiento. Por supuesto, es mucho más importante un reconocimiento que una petición de disculpas. Es mejor que alguien te diga: “si, reconozco lo que ha pasado, y como te sientes, y sé que soy responsable por ello”. Al fin y al cabo, todas las víctimas, necesitan saber que se ha hecho justicia y para ello, es esencial que haya alguien que se responsabilice por el daño que ha sufrido. Porque ¿Qué pasa si se dice lo siento pero realmente no se cree que se haya hecho algo mal? Pues que entonces no estaríamos hablando de justicia, porque simplemente no se habría hecho justicia.

miércoles, 19 de junio de 2024

La persona ofensora ante la justicia tradicional y la restaurativa

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

El infractor en la justicia tradicional tiene una actitud pasiva, se le dice que tiene derecho a no declarar contra si mismo, no confesarse culpable...se le da una serie de incentivos para que justifique o niegue el delito. No se fomenta la responsabilización . Esto no ayuda para que pueda dimensionar  realmente el impacto de sus acciones, piensa que la víctima única es el estado y que todo gira entre él y el estado por eso, todo el proceso penal per se los hace sentirse víctimas del sistema y muy pocas veces se genera en ellos una voluntad de cambio de no querer volver a delinquir.

La justicia restaurativa por el contrario da una oportunidad a las personas ofensoras de aminorar el dolor que han causado y sobre todo atender algunas necesidades de las victimas, haya o no encuentro conjunto la justicia restaurativa atiende la dimensión emocional del daño causado tras el delito

martes, 18 de junio de 2024

Frente a sentencias ajustadas a derecho, pero no justas debemos plantearnos el uso de la justicia restaurativa. A propósito de la atenuante del daño por ser de cultura gitana

 


La Audiencia Provincial de León ha atenuado una pena por agresión sexual continuada a un hombre que dejó tres veces embarazada a una menor entre los 12 y los 15 años por considerar que en la “cultura gitana las uniones de pareja se producen a edades muy tempranas” y esa circunstancia obra como atenuante.

Hace unos días leíamos en prensa esta sentencia que permitía una reducción de la condena  a un hombre,  al aplicarle una atenuante de analogía por  ser de cultura gitana y además haberse llegado a una sentencia de conformidad. Lo más sorprendente que este atenuante no es la primera vez que se utiliza dentro de los tribunales.

¿CUÁNDO ACUDIMOS AL JUZGADO SE HACE REALMENTE JUSTICIA O SOLO  SE APLICA EL DERECHO?

Cuando escuchas este caso sorprenden varias cosas,  la primera es que en un momento en el que hay un aumento generalizado de los delitos de violencia sexual, se está reduciendo significativamente  la condena y nada más y  nada menos que para una persona que abusó de una menor de edad de forma reiterada. Por un lado tenemos la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia que claramente en su artículo 1 establece que el objetivo es garantizar los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes a su integridad física, psíquica, psicológica y moral frente a cualquier forma de violencia y es más,  en su párrafo 2 apartado dos especifica clases de violencia y no excluye a ninguna clase de menor de edad ni matiza las violencias sufridas. Por tanto, creo que una ley tan importante destinada a primar el bienestar físico y psíquico de los menores y adolescentes,  debía primar por encima de cualquier otro atenuante o circunstancia jurídica que pueda garantizar beneficios jurídicos y /o penitenciarios a la persona ofensora. Continuar leyendo en  lawandtrends

lunes, 17 de junio de 2024

La justicia restaurativa se basa en las necesidades


 INTRODUCCIÓN

Siempre encuentro inspirador leer a Howard Zehr, puesto que coincido con él, en su forma de entender y visualizar la Justicia Restaurativa. Opino como él, que las definiciones nos ayudan a describir una realidad, en este caso la Justicia Restaurativa, pero también nos limitan, por eso, en general no soy amiga de definiciones. 

Para Zehr, esta Justicia es un cambio de perspectiva (sobre lo que vemos), de lenguaje (como lo describimos lo que vemos) y de ética (como vivimos y actuamos por lo que vemos y describimos). Al ver la Justicia Restaurativa así, es como si fuera un lente para comprender lo que es vivir en comunidad y entender que vivimos en constante relación, los unos con los otros. Lo bueno de la Justicia Restaurativa, es que se centra en las necesidades antes que estar centrada totalmente en derechos (como los derechos humanos)o en normas (como en la justicia penal). 

domingo, 16 de junio de 2024

La justicia restaurativa nos empodera


 ¿POR QUÉ SURGIÓ LA JUSTICIA RESTAURATIVA?

Siempre he creído que la Justicia Restaurativa surgió por y para las víctimas, ¿por qué? porque aunque a muchos juristas les pueda resultar extraño, desde que se comete un delito hay una persona o varias que sufren las consecuencias de este hecho y el daño, son ellas las protagonistas. Esto es lo esencial; que además se haya infringido una norma creada por el estado y escrita en alguna código, esto es secundario.

Esta Justicia restaurativa se centra en las víctimas y en cómo ayudarlas. Sin embargo, siempre existe debate entre los que nos dedicamos a esto, sobre si verdaderamente esta justicia está centrada en el infractor o en la víctima. Esta discusión me sigue pareciendo aún hoy carente de sentido y eso que surgen dudas entre los que se acercan a esta Justicia Restaurativa, sin conocer sus orígenes y el por qué. Hace un tiempo dando una charla en otra ciudad para personas que no conocían qué es esta Justicia Restaurativa, observé que además de que todavía hoy existe un gran desconocimiento de que supone e implica esta justicia, una persona me dijo que parecería que estamos justificando a los infractores.

viernes, 14 de junio de 2024

La justicia restaurativa también es preventiva

 


HACER LAS COSAS BIEN

La idea central de la justicia restaurativa es hacer las cosas bien. Esto implica que el infractor tiene que asumir su responsabilidad, tanto como sea posible, asumiendo el daño que ha causado y tomando los pasos necesarios para reparar el daño a la víctima y también quizá el impacto que el delito ha tenido en la comunidad. En la mayoría de los delitos la reparación como tal no es posible, al menos no como la entendemos los que venimos del mundo del derecho Hacer las cosas bien, suele implicar reparación o restauración o recuperación pero estas palabras en delitos graves, a veces resultan inadecuadas. No se trata de reparar el daño o volver a una situación anterior al delito, se trata para las víctimas de delitos graves, de crear una narrativa diferente de lo vivido que la permita continuar con su vida. Es un camino hacia la sanación aunque este término es diferente para cada víctima. Y en todo caso es un camino que pertenece solo a las víctimas, nadie lo puede hacer por ellas pero el proceso de hacer las cosas bien y de responsabilización del infractor puede ayudar.

jueves, 13 de junio de 2024

Reflexiones sobre justicia tradicional, víctimas y justicia restaurativa

 


LA PENA NO SATISFACE REALMENTE A LAS VÍCTIMAS,NECESITAN ALGO MÁS

Hoy quiero recordar dos frases, que escuché durante un curso que tuve la oportunidad de impartir, a fiscales de toda España. Estas frases me parece que tienen mucho que ver con la justicia restaurativa, con la empatía y cómo el derecho penal,  realmente no está construido para ayudar a las víctimas sino para mantener el status quo.

"La pena lo que hace es mostrar la solidaridad de la comunidad para con la víctima pero sin duda las víctimas necesitan algo más". Esta frase es clara y es por lo que siempre digo, que las víctimas son mucho menos punitivas que los que nunca lo hemos sido. ¿Por qué? Precisamente porque las necesidades de los que no somos víctimas, son claras, evitar convertirnos en víctimas nosotros y sobre todo mostrar que entendemos y estamos con las víctimas. Esto se consigue con la pena, porque así al menos durante un tiempo, sentimos alivio y sabemos que no podrá cometer nuevos delitos. Y es la forma que tenemos todos los ciudadanos de decir a las víctimas, que entendemos el daño y que por eso vamos a intentar que no lo vuelvan a hacer. El problema es que el tiempo de estancia en prisión, puede suponer un alivio pero esto no es suficiente para las víctimas, ya que necesitan sentir que alguien se responsabiliza, que son escuchadas, que son entendidas y respetadas...y seamos realistas, el proceso penal tradicional, aun cuando declare culpable al infractor, no fomenta que se haga responsable del daño que ha cometido, más bien todo lo contrario. 

miércoles, 12 de junio de 2024

Trascender y transformar con la justicia restaurativa


 INTRODUCCIÓN

A veces me planteo si nuestro trabajo en justicia restaurativa, debe quedar en esto, en ayudar a las personas que acuden a nosotros o podemos ir un poco más allá, es decir trascender, al menos intentando que la justicia restaurativa sea también transformadora ¿Por qué digo esto? Porque queramos o no, nuestro trabajo es un constante diálogo con las personas y los colectivos, sobre las diferentes concepciones o más bien percepciones que tenemos sobre la justicia. Y creo que esto también es parte de nuestro trabajo, impulsar este diálogo y esta postura para así lograr que la sociedad, el legislador y el estado se plantee que es posible hacer una verdadera justicia, basada en valores humanos y restaurativos, que fomenten una mejor convivencia. Debemos impulsar una revisión de la justicia para que se acomode a los valores restaurativos. Esto es para mi trascender, diría que se trata de intentar que la justicia restaurativa vaya un poco más allá y se convierta también en transformadora, en el sentido de que transforme o al menos se intente transformar, lo que no funciona, dando otras posibilidades que están demostradas que si funcionan, como las diferentes prácticas restaurativas.

martes, 11 de junio de 2024

Algunas premisas para saber si estamos siendo restaurativos

 


INTRODUCCIÓN

Siempre he tenido claro que no vivimos en un mundo ideal, y ya que trabajamos con seres humanos, es común que nos podamos encontrar con situaciones imperfectas. ¿Siempre será posible un encuentro víctima, infractor y/o comunidad? Por supuesto, que no, por eso estoy convencida que podemos ser aunque sea parcialmente restaurativos, en casos como por ejemplo si el infractor no ha sido capturado o no quiere participar  o desde el otro lado si la víctima no desea tomar parte en un proceso restaurativo.

Conozco muchas personas que me dirían , entonces no se puede hacer justicia restaurativa porque no se tienen en cuenta a todos los afectados, pero si ya hay programas como mediación penal, en los que solo participan víctima e infractor, ¿por qué dejar a su suerte a un infractor que desea responsabilizarse por el daño que ha causado? o ¿ por qué no atender a una víctima de forma restaurativa, aunque el infractor no esté identificado o no quiera participar?.

lunes, 10 de junio de 2024

¿Cómo gestionar el delito de forma restaurativa?

 


Ron Claassen,  dice que para resolver un delito de forma restaurativa, tiene que suceder tres cosas:

1)La injusticia  o el daño debe reconocerse, yo añadiría incluso ambas cosas deben reconocerse, porque que las víctimas sufran el daño, es una injusticia que también debe ser reconocida. Estoy hablando de víctimas, como por ejemplo las de terrorismo, de conflictos armados o las de siniestros viales,  tristemente y en muchas ocasiones, se ve su condición de víctima como un daño colateral y no como lo que realmente son, personas que han sufrido el impacto del delito. Pero es que además ¿Quién debe reconocer este daño? Primero es la persona ofensora, la que de asumir, y reconocer que el daño que ha provocado a la víctima y a la comunidad, no simplemente pasó, sino que él o ella provocaron que pasara. Pero además el estado, debe también respetar a la víctima y reconocer que el delito sucedió y que no tuvo la culpa de sufrirlo e igualmente la comunidad debe mostrar su respeto a la víctima, reconociendo la injusticia de lo sucedido.