jueves, 28 de febrero de 2019

Cada persona debe buscar su "camino restaurativo"

ORIGEN TRADICIONAL DE LA JUSTICIA RESTAURATIVA
Entender el origen de la justicia restaurativa es acudir a leyes tradicionales, consuetudinarias, a la cultura y tradiciones de muchos pueblos indígenas 
Por eso, la Justicia Restaurativa no es una nueva forma de ver la justicia, una nueva filosofía, es quizá todo lo contrario, la justicia que siempre existió pero que se perdió con la evolución de los tiempos, del ser humano, con la construcción de los estados y la creación de sus normas y leyes. Era la justicia del sentido común puesto que rara vez había leyes escritas para regir la comunidad, se guiaban por esta justicia restaurativa en sentido amplio, cada persona sabe la diferencia entre lo justo e injusto. Como la comunidad (tribu) no ha creado normas, no se siente víctima directa y única del delito (como ocurre ahora) porque se ha vulnerado las leyes que han formulado, sino que por sentido común todo se centra en la persona que ha sufrido un daño y en qué se debe hacer para reponer las cosas al estado antes de sufrir el daño o al menos compensarlo. Por supuesto que la comunidad, las personas que rodean a las partes y familiares también son afectados y víctimas indirectas por eso se deben fomentar la inclusión de ellos en estos procesos restaurativos, para lograr la mejor satisfacción de todos y la paz social.

miércoles, 27 de febrero de 2019

Posibles perjuicios de la Justicia Restaurativa

CONTEXTO
Algunas veces me preguntaban si puedo decir algo sobre las características negativas de la justicia restaurativa, es decir aspectos negativos de los procesos restaurativos. Para una persona que cree en esta institución, es difícil encontrar perjuicios  de la justicia restaurativa y sus herramientas, sin embargo, los hay y son los que derivan de su mal uso.
DOS POSIBLES MALOS USOS
Y me explico el mal uso se puede dar en dos sentidos:
  • Para algunos que no saben realmente qué es la justicia restaurativa, ésta se asocia con mediación y como tal, quieren convertirla en un proceso más de la justicia tradicional, la quieren llenar de protocolos rígidos, normas tasadas y plazos limitados. Esto lo único que hace es privar a esta justicia de los beneficios que por naturaleza tiene : más flexible , humana y adaptada a cada caso y cada persona y sus circunstancias y si se la priva de sus beneficios lo que haremos por tanto,  es volver una vez más,  a perjudicar a los más vulnerables, los que son víctimas de los delitos. Porque hay una cosa clara, esto no es una mediación entre dos partes en igualdad de condiciones, tratamos con personas que han sufrido un delito y necesitan su tiempo para pensar que es lo que más necesitan para superar el delito, no puede ponerse un plazo rígido transcurrido el cual se la va privar de participar en un proceso restaurativo, o por ejemplo tampoco la podemos decir que no puede participar porque su delito es muy grave y no está en la teórica lista de los susceptibles de ser gestionados a través de la justicia restaurativa, esto si causaría graves perjuicios a las víctimas,  además de que se vulneraría su derecho de igualdad ante la ley.

martes, 26 de febrero de 2019

La Justicia no debe ser igual para todas las personas

HACIA UNA JUSTICIA MÁS JUSTA
Si concebimos que la justicia debe ser justa, valga la redundancia, esta debería tener en consideración las circunstancias de cada caso, teniendo en cuenta que el delito no es un montón de folios con un número sin más, sino que detrás de él, hay personas, unas que sufren un daño y otras que lo han causado.

Es necesario a la hora de abordar el delito, tener en cuenta el cómo ocurrió, por qué y cuáles son las circunstancias del infractor y de la víctima (aspectos sociales, psicológicos, de relación, familiares, personales etc.). Debería ser una respuesta individualizada, para cada caso concreto. Quizá muchos estéis pensando que estoy diciendo una “barbaridad”, sin embargo, los clásicos lo tenían claro,  como Ulpiano que definió justicia como la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo. Ulpiano adivinó que para que la justicia fuera adecuada, debiera abordarse el problema, en el caso de la justicia penal, el delito, de una manera individualizada, adecuada a cada caso así cada uno recibiría el castigo merecido y/o la reparación moral y/o económica adaptada a cada circunstancia y necesidades reales de las víctimas. Esto puede parecer difícil de conseguir, pero para eso, estamos defendiendo la Justicia Restaurativa. 

lunes, 25 de febrero de 2019

Más diferencias Justicia tradicional y Justicia Restaurativa



(imagen propiedad de Virginia Domingo)

Hace unos días hablaba de alguna diferencia entre la Justicia Tradicional y la Restaurativa, hoy quiero compartir algunas diferencias más, que lo son en cuanto a la forma que tienen de gestionar el delito y sus consecuencias. La esencial es que la Justicia Restaurativa es más inclusiva y participativa, da la oportunidad a la víctima y a la comunidad de tomar parte activa en la gestión del delito

domingo, 24 de febrero de 2019

What do RJ practices involve?







(imagen propiedad de Virginia Domingo)


According with Howard Zehr (2002) RJ practices try to:

  • Bring people to the structure
  • Help them to have voice
  • Integrate them into new relationship

sábado, 23 de febrero de 2019

El objetivo de la Justicia Restaurativa no es agilizar los juzgados

¿NOS ROBA EL ESTADO,  EL CONFLICTO O EL DELITO?
Nils Christie, hace ya mucho tiempo que advirtió que el estado nos roba el conflicto, a los ciudadanos y en concreto, con la justicia penal se apropia del delito como si la única y verdadera víctima fuera él. Y esto ocurre sistemáticamente y sino ¿por qué la víctima es por defecto en el juicio sobre el daño que sufrió, un mero testigo? y lo que es más triste todavía ¿por que el objetivo primordial y principal es la pena a imponer al infractor, si finalmente fuera declarado culpable y sólo después, trata la reparación del daño a la víctima? Pues porque como el estado se queda con el delito, se autoproclama víctima principal y por eso, la reparación o mitigación del daño por haber vulnerado una norma creada por él, es la pena señalada, sin priorizar en lo más importante, atender a las verdaderas víctimas, las que sufrieron el delito y sus consecuencias.

viernes, 22 de febrero de 2019

Justicia tradicional y Justicia restaurativa


(imagen propiedad exclusiva de Virginia Domingo)

Prefiero, sin lugar a dudas, una justicia que intente ayudar al infractor a responsabilizarse por su conducta, que pueda ver que el delito no simplemente pasó, sino qué el/ella provocó que pasara que una que solo castiga porque el castigo por si solo, no ayuda al infractor a ver que su conducta dañó a otro ser humano. No responsabiliza, y lo que consigue es que ellos y ellas, se vean como víctimas del sistema

jueves, 21 de febrero de 2019

¿Quién es la víctima?

¿QUIÉN ES LA VÍCTIMA?
A la hora de hablar de Justicia Restaurativa, tanto como concepto global como aplicada a los procesos restaurativos que derivan en encuentros, la víctima es la protagonista principal por cuanto al ser la que ha sufrido el daño, será la que podrá decidir cómo quiere ser reparada. Sin embargo, siempre y en todo caso¿ tenemos claro quienes son las víctimas?, y si es así, ¿las tenemos en cuenta?. No siempre el rol de víctima está claro, en delitos menores, a veces no es algo extraño, pensar en quién es la víctima y quién es el infractor, incluso ambos roles pueden ser intercambiables, otras veces en delitos graves, por supuesto está claro, aun así a veces no podemos negar la evidencia de que los infractores, son víctimas del propio sistema, de su situación social, y de sus circunstancias personales, no se trata con esto de justificar el delito y su actitud,  sino de intentar generar la empatía suficiente para entender cómo ayudar no solo a la víctima a despojarse del rol de víctima sino ayudar también al infractor a reconectar con su humanidad y así evitar que sobre él, recaiga el estigma permanente de ser un delincuente.

miércoles, 20 de febrero de 2019

¿Qué implican las prácticas restaurativas?


(imagen propiedad de Virginia Domingo)


Según Howard Zehr (2002) los procesos restaurativos  tratan de:

  • Incorporar a las personas en el sistema
  • Darlas voz
  • Integrarlas en una nueva manera de relacionarse con los demás y consigo mismas. 

martes, 19 de febrero de 2019

Más sobre qué es y no es la Justicia Restaurativa




(Imagen propiedad exclusiva de Virginia Domingo)

Howard Zehr, siempre ha sido claro sobre la flexibilidad de la Justicia Restaurativa, pero también ha reiterado que Justicia Restaurativa no es mediación, al menos no, sino está realizada con enfoque restaurativo y sobre todo para saber si estamos siendo restaurativos, nos ofrece la posibilidad de acudir a los valores y principios, estos actuaran como una brújula para guiarnos y no perder este enfoque restaurativo. 
También su visión es integradora, puesto que confia en la Justicia Restaurativa para suplir los vacíos legales de la actual justicia, y estoy convencida que éste es el futuro; una Justicia más justa, a través de este enfoque restaurativo

lunes, 18 de febrero de 2019

Repercusión de la Justicia Restaurativa en el sistema

Permite la individualización de la respuesta judicial aumentando así su eficacia, cada delito cada víctima y cada infractor, son diferentes, por eso la Justicia Restaurativa tiene en cuenta las circunstancias personales y sociales de las personas afectadas, y las ve como seres humanos, no como un número de expediente. Promueve la desjudicialización cuando sea posible, en delitos leves y por otro lado, esta individualización de la respuesta judicial permite una variedad de medidas a adoptarse y con más proporcionalidad, aportando un plus a la función de resocializadora y reeducadora, que en el caso de jóvenes infractores es más importante, si cabe. Se puede enfocar la justicia penal desde una perspectiva restaurativa, partiendo de una visión pedagógica, rehabilitadora y sanadora en cualquier momento procesal y en cualquier clase de delitos.

domingo, 17 de febrero de 2019

Perdón para la Justicia Restaurativa

(imagen propiedad de Virginia Domingo)               



Suele asociarse de forma errónea Justicia Restaurativa y perdón, realmente no es el objetivo de la Justicia Restaurativa, aunque los procesos restaurativos suelen favorecer este perdón. Pero hay algo más,  que entendemos por perdón y que generalmente en la vida diaria nos olvidamos, no basta con pedir perdón, sino que hay que reconocer la responsabilidad y valorar si podemos hacer algo más.
Este perdón si sirve para la justicia restaurativa y debiera ser una máxima en nuestra forma de relacionarnos con los demás, en cualquier ámbito. Lo siento, fue mi culpa, qué puedo hacer para compensar el daño.

sábado, 16 de febrero de 2019

Ser facilitador es una profesión independiente


¿CUÁL ES EL PERFIL DEL FACILITADOR?
¿Por qué los que han estudiado derecho creen que pueden ser buenos facilitadores de justicia restaurativa? No lo entiendo, porque realmente son los menos preparados por su mentalidad, muy a menudo litigante y legalista, estudié derecho pero he podido desvincularme en mi rol de facilitadora,  de mi preparación legal así puedo entender la Justicia Restaurativa como lo qué es. Sin embargo, una y otra vez, veo errores al hablar de mediación penal y justicia restaurativa, que sin duda, confunden y equivocan pero además no solo al ciudadano sino también a los alumnos, los futuros mediadores así entramos en un círculo negativo en el que si los que van a ser facilitadores, ya tienen errores en la concepción de la justicia restaurativa, al final vamos a equivocar el camino. No obstante, el problema va más allá, conozco mucha gente, que piensa que con tener formación en mediación, es suficiente para ser facilitador de procesos restaurativos, esto es otro gran error, que nos lleva a equiparar mediación y justicia restaurativa. Siento decirles, que no es así, es más, resulta mucho más sencillo formar a personas en justicia restaurativa, si no han tenido formación anterior en mediación, porque en este caso, vienen con la mente más abierta, y no centrados en los parámetros de la mediación.

viernes, 15 de febrero de 2019

Justicia Restaurativa como derecho universal para todas las víctimas


Es muy curioso ver como todos partimos de ciertas ideas preconcebidas con respecto a casi todo, pero en el tema de Justicia es mucho más evidente. Cuando hablo de Justicia Restaurativa, mucha gente automáticamente lo ve bien,  pero para determinados delitos, en otros siempre piensan, que no serían aconsejables, porque no sería bueno para la víctima, obviamente esto ocurre porque también tenemos ideas preconcebidas sobre víctimas desvalidas, casi incapaces que necesitan protección y ser ayudadas a "manejar su vida". Esta idea es normal pero debemos desterrarla, es necesario pensar que nadie mejor que las víctimas para saber lo que necesitan. 

Si preguntamos como son las víctimas, suelen salir a la luz palabras como vulnerables, traumatizadas, necesitadas....puede que sea cierto, pero esto no las hace incapaces, ni las inhabilita para tomar sus propias decisiones, sino todo lo contrario, lo que más necesitan es sentirse empoderadas para poder retomar el control de su vida. Cuando vuelvo la vista atrás, me doy cuenta que esto también me ocurría a mi en los inicios. . Cuando hace más de diez años, me adentré en la Justicia Restaurativa y sus muchos beneficios, pensaba que esta justicia no se podría aplicar o al menos que no era aconsejable en delitos muy graves. Creo que veía la justicia restaurativa, desde mi punto de vista de no víctima, ajena al dolor que supone sufrir un delito. Con el paso del tiempo, he ido aprendiendo a ponerme en el lugar de los que sufren, y mi posición ha cambiado, ¿quienes somos nosotros para negar a una víctima que desee tomar parte en un proceso restaurativo, esta posibilidad?

jueves, 14 de febrero de 2019

¿Qué no es Justicia Restaurativa?




(imagen propiedad de Virginia Domingo)

 Os dejo algunas notas sobre qué no es Justicia Restaurativa (basado en Howard Zehr).
Básicamente, me quedo con la idea de que podemos tener un enfoque restaurativo, que puede concluir con una reunión conjunta (víctima-infractor y/o comunidad), esto sería el "ideal" pero también podemos adoptar medidas restaurativas cuando esta reunión no sea posible o aconsejable.

Estoy convencida al igual que Howard Zehr, que podemos construir una justicia penal y penitenciaria con enfoque restaurativo y dentro de esta posibilidad, cada país escogería las herramientas o prácticas que consideren oportuno. En mi caso, creo que siempre es importante elegir prácticas que incluyan a otros miembros de la comunidad afectados también por el daño causado, como las conferencias o círculos.

miércoles, 13 de febrero de 2019

Sobre víctimas, justicia y castigo


JUSTICIA Y CASTIGO
Cuando  oigo que las “víctimas quieren que se haga justicia”, no puedo dejar de preguntarme varias cosas: ¿por qué parece que castigo, se equipara a hacer justicia?, ambos términos se utilizan de forma intercambiable, muy a menudo, de ahí que cuando se “clama por más justicia”, muchas personas, yo diría la mayoría, lo que hace es reclamar más castigo y penas más duras. Es más parece que “justicia” se utiliza eufemísticamente, para referirnos a castigo. Si esto es así: ¿Qué pasa con aquellas personas que han sufrido un delito, pero el infractor no ha sido capturado o no está identificado?¿Debemos pensar que puesto que no se puede castigar a nadie, no se puede hacer justicia? Esto no debería ser así, ya que no solo sería injusto valga la redundancia, sino que estaríamos abandonando a su suerte a personas que necesitan nuestra ayuda. Si nos centramos exclusivamente en que la justicia está para castigar al infractor, como ocurre generalmente con el sistema tradicional de justicia penal, estamos cubriendo solamente las expectativas de algunas víctimas y de alguna clase de delitos. Pero para otras víctimas, bien porque el infractor no ha sido capturado, bien porque es desconocido o simplemente porque para superar el delito tienen otras necesidades, hacer justicia significa algo más. 

martes, 12 de febrero de 2019

Más sobre lo que implica la Justicia Restaurativa


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

Como una imagen vale más que mil palabras, os dejo este gráfico con algunas reflexiones más sobre Justicia Restaurativa, y lo que implica, por un lado en el ámbito penal y por el otro, de forma general.

lunes, 11 de febrero de 2019

¿Es posible la Justicia Restaurativa para cualquier clase de delito?

GESTIÓN UNIFORME DE LOS DELITOS CON LA JUSTICIA RETRIBUTIVA
Solemos tener tendencia a uniformizar y establecer mecanismos, casi matemáticos por los cuales el infractor es un ser “sin escrúpulos”, que ha delinquido con conciencia y voluntad y la víctima es un ser indefenso cuya vida (si es un delito con resultado de muerte) no ha sido valorada por el delincuente. Esto nos ayuda a hacer frente al delito de una forma racional y así poder hacer más fácil la respuesta, a por qué el crimen y el necesario castigo al infractor.Y también es lo que hace la Justicia penal tradicional, uniformiza y trata todos los casos por igual, sin tener en cuenta las circunstancias personales de las partes y el por qué y cómo se produjo el delito. Parte de la dimensión estrictamente pública del crimen; se ha violado una norma establecida por el estado y esto hace que se inicie el proceso judicial penal para castigar al infractor que ha infringido esta norma. Trata así, de manera igual todos los casos y según lo establecido de forma tasada en las leyes.Sin embargo, la realidad supera lo establecido en normas y leyes, detrás del delito hay personas, seres humanos que por determinadas circunstancias pueden llegar a convertirse en víctimas, infractores o ambas cosas a la vez. 

sábado, 9 de febrero de 2019

Reflexiones sobre los beneficios de la justicia restaurativa



(imagen propiedad de Virginia Domingo)


Siempre recomendaré leer a Howard Zehr, para todo el que quiera acercarse a qué es la Justicia Restaurativa, o más bien hacerse una primera idea del alcance de esta Justicia

viernes, 8 de febrero de 2019

¿Es utópica la Justicia Restaurativa?



Muchos opinan que esto de la Justicia Restaurativa es una utopía, piensan que el ser humano es vengativo y retributivo por naturaleza, por tanto ven esta Justicia antinatural. Probablemente esto viene corroborado por la cultura de más castigo, que nos invade en los medios de comunicación en general, de ahí que parezca que las víctimas y los ciudadanos en general, son muy punitivos. Y no es que las víctimas sean más punitivas, sino que es lo único que la justicia las ofrece, para sentir que se ha hecho justicia y por eso, se agarran a esta justicia del castigo, pensando que va a satisfacer sus necesidades. Sin embargo, la realidad es otra, como no sienten que realmente se haya hecho justicia, la ven lejana y alejada a sus verdaderas necesidades, al final, la condena y el castigo nunca las parecerá suficiente, y por eso, no se puede decir que seamos muy punitivos, simplemente requerimos una justicia que nos de el protagonismo que nos corresponde, máxime si hemos sufrido un delito y además necesitamos sentir que se nos escucha y repara de acuerdo a nuestras necesidades, no como dice la ley que debe ser.

jueves, 7 de febrero de 2019

Debemos ser éticos en nuestro actuar como facilitadores de Justicia Restaurativa


Me gustaría hablar que siempre se hace el bien con la Justicia Restaurativa, y en principio es así, pero ojo, mucho cuidado, tenemos que ser éticos en nuestra forma de actuar, sino finalmente podemos perjudicar a las víctimas.

¿Les parece que sería ético, que uno de los promotores y activos participantes en encuentros restaurativos, sea también abogado de los mismos infractores?.
Por supuesto, que no resultaría  ético, y echaría por la borda, algunos principios básicos de esta Justicia, que no olvidemos, surgió por y para las víctimas. Esto ya ha ocurrido, y debemos evitar que vuelva a suceder.  Queda bonito decir, lo maravilloso que fue, y puede que para muchas víctimas, si, pero también es nuestra responsabilidad, hacernos eco, de los errores para no repetirlos. 

Soy defensora de la Justicia Restaurativa en toda clase de delitos, pero bien hecha, ni perjudicando a las víctimas, ni haciendo uso de esta Justicia para que se convierta en una suerte de puerta giratoria, para que los infractores, con pedir perdón, puedan eludir la acción de la justicia.
Es que precisamente, el objetivo de la Justicia Restaurativa es doble, conseguir la mejor atención a las víctimas, incluyendo su reparación tanto material como moral,( mucho más necesaria), y la de ayudar al infractor a responsabilizarse por los daños cometidos. Si una de las dos premisas falla, algo mal estamos haciendo.

Tampoco creo que sea la mejor forma de actuar, comentar a una víctima que el infractor, es una bella persona, tenemos que ser imparciales, pero es que además en Justicia Restaurativa, debemos tener una parcialidad equilibrada, (Gustafson), lo que implica que aunque tratamos a las dos partes por igual, no debemos olvidar el daño, el elemento justicia y la asunción de responsabilidad que debe darse en el infractor.

Por eso, siento decirlo, no es oro todo lo que reluce, toca aprender de los errores para no repetirlos. 

martes, 5 de febrero de 2019

Intervención con las víctimas para valorar si es posible un proceso restaurativo

Cuando un Servicio de Justicia Restaurativa recibe a una víctima, necesita saber como debe enfocar este trato con ellas, y se debe actuar bajo tres principios, según mi criterio:

(Esta imagen es propiedad de Virginia Domingo de la Fuente.Presidenta de la Sociedad Científica de Justicia Restaurativa)
  • Interacción: las víctimas están en el peor momento, buscan credibilidad, autoridad (podemos hacer esto por ti...) confianza, (algo esencial). ¿Cómo construir confianza? Con empatía, lenguaje corporal, examinándose a uno mismo, para tener claro que los detalles no te impactarán demasiado...Empezarán a contar su historia, para ello, es esencial un ambiente seguro, como el que se da en la Justicia Restaurativa
  • Valoración: en este caso según te van contando, uno se puede hacer idea de qué tan importante es el trauma y su situación emocional (si se encuentra preparados para un proceso restaurativo o no). Es momento de valorar también, quién la está apoyando, si su familia podrá participar en el proceso o no, quizá amigos
  • Derivación: es importante y también es obligación de los facilitadores de la Justicia Restaurativa, derivar a otros profesionales, si en la valoración hemos visto, que quizá la víctima todavía no está preparada o tenemos dudas,  para comenzar el proceso de Justicia Restaurativa.

De ahí, que los Servicios de Justicia Restaurativa debieran trabajar en coordinación con los demás destinados a ayudar a víctimas.

lunes, 4 de febrero de 2019

¿Qué implica una práctica restaurativa como las conferencing?

CONFERENCING O CONFERENCIAS  RESTAURATIVAS
Los procesos restaurativos como las conferencias o conferencing (juntas restaurativas, en algunos lugares) se centran más en la historia que en el argumento. Y como ya he dicho en alguna ocasión, los facilitadores ayudan a contar la historia. Las preguntas que solo se pueden hacer en un proceso restaurativo como las conferencias, son las que motivan a las personas. (las víctimas saben que tienen preguntas que solo el infractor puede responder o ayudarlas a darlas respuesta).




Imagen propiedad de Virginia Domingo

sábado, 2 de febrero de 2019

Otra posible definición de justicia restaurativa

CONCEPTO:
"La Justicia Restaurativa es un enfoque inclusivo sobre cómo abordar el daño o el riesgo de daño mediante la participación de todos los afectados, para  a un entendimiento común y un acuerdo sobre cómo se pueden reparar el daño, mantener las relaciones  y la lograr así que se haga justicia". Esta es una nueva definición que se ha establecido en el Foro Europeo de Justicia Restaurativa,  de ella, hay cosas que me gustan y otras que no tanto. 

ASPECTOS A FAVOR Y EN CONTRA:

Por un lado, me parece interesante que se defina como enfoque, igual que las Naciones Unidas, lo hace como respuesta. Esto lo que hace es respetar esta amplitud de la Justicia Restaurativa, y hacernos ver que no se reduce a procesos o metodologías concretas. Esto es muy común, obsesionarnos con las metodologías, últimamente parece que en España, se abandona la mediación y ahora las personas se obsesionan con los círculos. La Justicia Restaurativa no es un proceso concreto.

Por otro lado, creo que el objetivo, no es lograr mantener las relaciones, al menos de las partes directamente afectadas, puede que se logre, pero en otros casos no será así. Si acaso, el objetivo es mantener el status quo en la comunidad, que la sociedad no vea desquebrajados sus lazos por el delito. Que las partes mantengan o no su relación, depende de si existía una relación previa, o no , y sobre todo es algo, igual que el perdón que depende de cada persona.
Eso, si con la Justicia Restaurativa, se hace una verdadera justicia.

viernes, 1 de febrero de 2019

Algunos sentimientos y necesidades tras el delito

Tal y como dice Howard Zehr, el delito o conflicto, genera daños, los daños hacen que las personas necesiten ciertas cosas para recuperarse y lo lógico, es que se ocupen de atender estas necesidades, los que causaron el daño.

A continuación en este cuadro, expondré algunas de las necesidades que desde un punto de vista práctico, he visto que tienen las víctimas, y que como no puede ser de otra forma, porque somos seres emocionales, parten de sentimientos que se generan tras sufrir el delito. La Justicia Restaurativa atiende mejor estas necesidades y ayuda a canalizar los sentimientos negativos, por otros, más positivos.


Imagen propiedad de Virginia Domingo