viernes, 31 de agosto de 2018

Reflexiones sobre Justicia Restaurativa





(propiedad de Virginia Domingo)

Hacer las cosas bien

La idea central de la justicia restaurativa es la  de hacer las cosas bien o, hacer lo correcto. Esto implica una responsabilidad por parte del infractor , para en lo posible reconocer el daño, tomar medidas para repararlo a la víctima y tal vez a la comunidad afectada. En casos, como el asesinato, el daño, obviamente,no puede ser reparado; sin embargo, los pasos simbólicos, incluyendo el reconocimiento de la responsabilidad puede ser útil para las víctimas y es responsabilidad de los infractores.("Pequeño libro de la Justicia Restaurativa-Howard Zehr). Hacer las cosas bien, hacer lo correcto, implica la reparación o restauración o recuperación, pero quizá estas palabras se quedan cortas.. En delitos graves, no es una cuestión de la reparación del daño o volver a lo que era antes. Se trata más bien de encajar las piezas de un puzzle, que tras el delito han dejado de estar bien. Se trata de un viaje hacia la curación, aunque a muchas víctimas no les gusta este término de "curación", por el sentido de terminación que connota. Este viaje es de las víctimas y nadie más lo puede hacer por ellos. La obligación de hacer lo correcto es en primer lugar del infractor pero la comunidad, puede tener responsabilidades no solo para la víctima, sino también tal vez para el delincuente. Los infractores para llevar a cabo con éxito sus obligaciones, pueden necesitar apoyo y estímulo de la comunidad, en general.

jueves, 30 de agosto de 2018

Sobre ofensores, víctimas y Justicia Restaurativa

Cuando pensamos que un infractor,  merece ir a prisión en nuestra mente concebimos este lugar como un sitio terrible, donde el hecho de ir allí es en sí mismo un castigo. Incluso por la mente de muchos de nosotros pasan imágenes como “mazmorra” para los delincuentes que más reproche y alarma social causan, en un intento por otro lado lógico y humano, de apaciguar o mitigar el dolor y la indignación que la delincuencia crea no solo en las víctimas sino también en la sociedad.Tampoco podemos negar que muchos pensamos ante delitos muy graves y terribles que estos criminales merecen la muerte y además si alguien hiciera algo malo a nuestros seres queridos ¿quién no ha pensado o ha dicho alguna vez que lo mataría con “mis propias manos”?. Pero está claro que si la vida nos pusiera en este dilema pocos nos atreveríamos a atravesar este umbral y ponernos al mismo nivel que los delincuentes. Estos sentimientos de ira, impunidad, de que sale “barato” delinquir es porque realmente no encontramos ninguna otra forma de canalizar estos sentimientos, ni nadie nos ayuda a transformar los sentimientos negativos, por otro lado normales en todos los seres humanos,  en otros constructivos y que sirvan para “curar” nuestra herida de la indignación  y la rabia
Sin embargo, hay algo que cuando hablamos de ofensores y delitos nunca tenemos en cuenta. ¿Por qué siempre nos centramos en cuánto castigo merece el infractor? Lo realmente importante son las personas que han sufrido el delito, las víctimas pero siempre nos olvidamos de ellas

martes, 28 de agosto de 2018

¿Qué implican los procesos restaurativos?

Los procesos restaurativos implican:

1-    Una asunción de responsabilidad por el infractor

2-    Un hacer frente a los daños para reparar a la víctima

3-   Una implicación directa de la víctima y el infractor y cuando sea necesario la comunidad
Respecto del primero, la asunción de responsabilidad debe ser sincera  y no guiada por el objetivo de conseguir beneficios. Se debe reconocer que algo ha sucedido y como consecuencia se ha causado un daño a víctimas concretas y a la sociedad. Reconocer que su acción causó un daño es esencial y ahondaría un poco más, quizá lo más importante no es que digan: si, cometí un delito porque esto es tanto como decir, si he realizado una acción u omisión castigada por la ley como delito, ya que esto a priori, parece desligarse del hecho de que se ha dañado a otro ser humano. Lo esencial es que el infractor,  conozca el impacto  de sus actos y asuma que causó daños. Por eso, el reconocimiento parece vacío, si no se respeta a las víctimas, y si no se reconoce que el daño causado fue como consecuencia de su comportamiento y que no es que simplemente pasará.

Fases de una reunión conjunta de un proceso restaurativo

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Para mi estas fases de cualquier proceso restaurativo, coinciden con la siguiente: hechos, sentimientos, implicaciones para el futuro (qué necesidades tienes las personas), y reintegración (como transformar a las personas para que vuelvan a la sociedad como personas nuevas

lunes, 27 de agosto de 2018

El lenguaje neutral de la mediación, en general no aplica a la Justicia Restaurativa

En alguna ocasión, he hablado acerca de cómo algunos definen la mediación penal o reunión víctima-ofensor, como un proceso en el que víctima en infractor resuelven el conflicto. Sin duda, esto llama la atención por su forma de minimizar el delito, para las víctimas que estén leyendo estas noticias puede surgir una duda, al usarse este lenguaje neutral y es si la Justicia Restaurativa y sus herramientas, lo que hacen es no dar importancia al delito que han sufrido y con ello al impacto que este delito ha tenido en sus vidas y en las personas de su entorno: los daños. Es más, yo diría que hasta para el infractor es conveniente hablar de delito, porque este hecho delictivo también genera daños en ellos y el más importante es que son estigmatizados como delincuentes en muchas ocasiones, sin posibilidad de reinserción. Cuando las personas hablan de conflicto y no delito, sin duda, debe ser porque su mentalidad de mediador no les deja ir un poco más allá y piensan que la mediación penal es una mediación como cualquier otra. Otra cosa es que con los procesos restaurativos se busque hacer las cosas bien, y esto implica hacer frente a los daños que se ocasionan tras el delito (daños a la víctima, a la comunidad e incluso al infractor) pero también implica hacer frente a las causas de estos daños, y con esto último la Justicia Restaurativa lo que propugna es acudir al origen del delito, el por qué, y eso hará que se busque si el delito tuvo su antecedente en un conflicto anterior o en un problema previo del infractor como por ejemplo su adición a determinadas sustancias. 

Algunas necesidades de las víctimas tras el delito

Nunca es suficiente con castigar a los autores del delito, siempre hay que llegar al mismo tiempo a ayudar a las víctimas y estar con ellos en sus momentos de mayor vulnerabilidad y necesidad para que puedan sacar fuerza de nuestra solidaridad, tanto en el aspecto práctico como emocional. Dicho esto así, puede sonar muy bonito pero poco práctico, por eso nos hemos empeñado una y otra vez en pensar que las víctimas lo único que desean es que el infractor sea castigado duramente, pensar así es mucho más fácil, pero sin duda, lo que produce es que todo se centre en un tira y afloja entre el infractor y el estado, en el que la víctima se halla en el medio pero como un instrumento para conseguir que el estado se salga con la suya y pueda castigar al infractor. Hacemos de la víctima un "cebo" para "dar su merecido" al infractor pero nos olvidamos que más allá de si el infractor es culpable o no, existe una persona que ha sufrido un daño y que necesita que la escuchen, la comprendan y la informen de todo lo que está pasando.Las víctimas suelen ser unánimes en su opinión de que la expectativa más importante que tienen de los profesionales judiciales, es la de ser tratadas con respeto. Su expectativa se manifiesta sobre todo en el deseo de sentir confianza con la información sobre el delito, el delincuente y acerca de las opciones que el tribunal considera para dar respuesta a su caso. 

sábado, 25 de agosto de 2018

Decálogo sobre Justicia Restaurativa

Hoy quiero recordar una entrada antigua de este blog, un decálogo sobre Justicia Restaurativa en el ámbito penal:

1. La Justicia Restaurativa  es un nuevo paradigma de enfocar la justicia penal que se centra en el daño causado y las acciones requeridas para enmendar este daño.
2. El delito es visto como un quebrantamiento de los lazos y las relaciones entre personas y comunidades más que como una vulneración de la norma creada por el estado
3. La Justicia Restaurativa busca alternativas a la prisión o al menos una disminución de la estancia en ella a través de la reconciliación y restauración de la armonía de la convivencia humana y la paz
4. La Justicia Restaurativa se preocupa de reunir a víctima, infractor y comunidad para la búsqueda de soluciones, abordando los elementos relacionados con el delito
5. La Justicia Restaurativa se centra en la reparación a la víctima directa e indirecta del delito, porque se preocupa por el daño moral, material y emocional que se la ha ocasionado
6. Alienta a los infractores para que comprendan, acepten su responsabilidad y cumplan con su obligación de reparación del daño, así aprenderán que esta reparación es una prestación socialmente constructiva

viernes, 24 de agosto de 2018

Algunas consideraciones sobre las buenas prácticas en Justicia Restaurativa

Cuando se estaba elaborando el Estatuto de la Víctima, la primera norma en España que habla de Justicia Restaurativa, la asociación que presido: Sociedad Científica de Justicia Restaurativa estuvo elaborando varios informes para el Ministerio de Justicia acerca de cómo enfocar la Justicia Restaurativa, no solo en este Estatuto sino también en una futura norma de desarrollo del Estatuto. 
Algunas consideraciones importantes que creo que se deben tener en cuenta y que así se lo transmitimos al Ministerio fueron las siguientes:
  
¿En qué consisten los procesos restaurativos?
Las prácticas o herramientas de Justicia Restaurativa, hacen hincapié en la reparación del daño causado a las víctimas y la comunidad por delitos. Estas herramientas de justicia restaurativa consisten en reuniones a las que asisten voluntariamente víctima, infractor y/u otros miembros de la comunidad, facilitadas por un tercero (mediador o facilitador) Al involucrar a las partes en el diálogo voluntario, las prácticas de justicia restaurativa proporcionan una oportunidad para que el delincuente acepte la responsabilidad por el daño causado a la víctima y la comunidad, promueven la cicatrización de las heridas de las víctimas, y que los participantes puedan ponerse de acuerdo sobre las consecuencias de reparar el daño, en la medida en que sea posible, incluyendo la reparación tanto material como moral, simbólica, psicológica y sobre todo emocional. Las prácticas de justicia restaurativa se pueden utilizar, como complemento a la sentencia en delitos graves o bien como alternativa posible en delitos más leves.

jueves, 23 de agosto de 2018

¿Cómo trasladar la Justicia Restaurativa a las víctimas?

Cuando empecé a estudiar, investigar y poner en práctica la justicia restaurativa, mi mayor temor era como trasladar a las víctimas, que esto es algo bueno para ellas. En un mundo centrado exclusivamente en el infractor, no es tarea fácil cambiar el chip radicalmente y decir a la gente que con esta justicia nos vamos a centrar en ellos, en los que sufren, en las víctimas para colmo, cada vez que veo la televisión, lo único que oigo es penas más duras como si esto fuera lo único importante para todos nosotros. Sin embargo, mi temor fue desapareciendo cuando aprendí que no se debe demonizar estos sentimientos negativos como el rencor, el odio, la ira, el resentimiento. ¡Cómo una persona que ha sufrido un delito, no va a sentir todo esto y mucho más! Por supuesto, que si, y negarlo sería causar más dolor. Lo que un buen facilitador de Justicia Restaurativa debe saber es abordar estos sentimientos negativos que tienen las víctimas para ir transformándolos en otros más positivos como dignidad, respeto, orgullo de ser superviviente de un delito... y así ayudarlas en el camino hacia la superación del trauma del delito. ¿fácil? Claro que no, además nosotros solo podemos ayudar pero el camino lo tienen que recorrer ellas, no obstante, la Justicia Restaurativa puede hacer este camino un poco menos complicado.
Algunas personas se preguntaran cómo podemos ayudar si quizá nunca hemos sido víctimas, pues porque los valores de la justicia restaurativa como la empatía y la escucha activa nos hace ponernos en el lugar del otro y comprender y hacer comprender a la víctima que no está sola.

miércoles, 22 de agosto de 2018

Sobre ética y justicia restaurativa

Complicado para mi, establecer que es la ética dentro de la Justicia Restaurativa pero si me resulta fácil determinar, que quiero desarrollar mi trabajo como facilitadora de la mejor forma posible y para ello, es esencial hacer bien nuestra labor. Por eso, reconduzco el papel de la ética, a cómo lograr buenas prácticas en Justicia Restaurativa. Para esto, lo más importante es que nosotros mismos tengamos confianza en lo que hacemos, muchas veces, siento que actuamos con demasiadas reticencias como si nosotros mismos, no nos creyéramos que la justicia restaurativa puede ser muy útil, de hecho, debiera ser ofrecida de forma general en el ámbito penal,  y plantearse su inclusión en otros ámbitos como el educativo. La Justicia Restaurativa, no es la panacea pero si es una forma mucho más humana de abordar los conflictos y los delitos, y sobre todo de prevenir conductas violentas y de paso de educar  en valores, que hagan de nuestros niños y niñas, adultos restaurativos.
Una vez que nos hemos quitado nuestros propios temores y etiquetas, aprecio que necesitamos que nuestro trabajo empiece a reconocerse, es curioso como en muchas ocasiones, se organizan congresos, jornadas y otros eventos y los invitados son personas que poco saben de lo que es el trabajo diario en justicia restaurativa. Son teóricos, pueden ser excelentes en su trabajo pero muchas veces su visión teórica, forjada a través de libros, artículos y poco más, se aleja mucho de lo que es la realidad. 

martes, 21 de agosto de 2018

¿Es la Justicia Restaurativa, suficientemente transformadora?

¿Es la justicia restaurativa suficientemente transformadora? En caso afirmativo, ¿ el término es "transformador", en lugar de la justicia "restauradora"? ¿Son diferentes fenómenos o son lo mismo?. Para algunos, la justicia restaurativa puede ser demasiado conservadora, tratando de reparar algo que es inalcanzable, indeseable o nunca existió. Al igual que el sistema de justicia penal, puede centrarse demasiado en poner una cura en las relaciones interpersonales, descuidando las causas subyacentes, tales como las injusticias estructurales.Otros han argumentado que la justicia restaurativa en efecto, trata de transformar las relaciones no saludables y no allana el camino para una transformación social más amplia. Kay Harris describe cuatro perspectivas diferentes, sobre el debate si justicia restaurativa y transformadora son lo mismo:

1. La justicia restaurativa y transformadora son dos perspectivas muy diferentes.

2. Los procesos Restaurativos tienen como objetivo la transformación personal e interpersonal y puede abrir espacios para la transformación social.

3. La justicia restaurativa se cae en un continuo entre la justicia retributiva y transformadora.

4. La Justicia Restaurativa y la transformadora son realmente la misma cosa, bien entendida. La justicia restaurativa y transformadora tanto apuntan a nivel interpersonal, así como a la transformación social más grande.

lunes, 20 de agosto de 2018

Justicia transicional y justicia restaurativa

La justicia transicional es el conjunto de medidas judiciales y políticas, que diversos países han utilizado como reparación por las violaciones masivas de derechos humanos. Sé que muchos no opinaran como yo, pero creo que la justicia transicional, es  más bien una respuesta del estado para abordar los crímenes en épocas de transición hacia situaciones de paz, es decir en estos casos suele primar el bien común. Sin  embargo, por ser una respuesta del estado, en ocasiones se tiene que poner en una balanza el bien común y el sufrimiento de las víctimas, y en algunas casos esta balanza se desequilibra en aras de este bien común, lo que lleva a muchas víctimas a sentirse olvidadas. Por eso, y como bien decía hace unos días Violeta Maltos, la justicia transicional necesita del enfoque restaurativo para poder satisfacer de forma total, las necesidades de las verdaderas víctimas. Cualquier país que quiera una paz duradera y que desee una comunidad satisfecha, necesita que todos y cada uno de los miembros, sientan que puede curar sus heridas y que han sido respetados y tenidos en cuenta. 

viernes, 17 de agosto de 2018

¿En qué consisten los procesos restaurativos?

Los procesos restaurativos implican:

1-    Una asunción de responsabilidad por el infractor

2-    Un hacer frente a los daños para reparar a la víctima

3-   Una implicación directa de la víctima y el infractor y cuando sea necesario la comunidad
Respecto del primero, la asunción de responsabilidad debe ser sincera  y no guiada por el objetivo de conseguir beneficios. Se debe reconocer que se ha cometido un delito y como consecuencia se ha causado un daño a víctimas concretas y a la sociedad. Reconocer que se cometió un delito es esencial y ahondaría un poco más, quizá lo más importante no es que digan: si, cometí un delito porque esto es tanto como decir, si he realizado una acción u omisión castigada por la ley como delito, ya que esto a priori parece desligarse del hecho de que se ha dañado a otro ser humano. Lo esencial es que el delincuente conozca el impacto  de su delito y asuma que causó daños. Por eso el reconocimiento parece vacío, si no se respeta a las víctimas, y si no se reconoce que el daño causado fue como consecuencia de un delito y que no es que simplemente pasará.

jueves, 16 de agosto de 2018

Sobre la Justicia Restaurativa y las prácticas

A nadie escapa que este blog está más orientado a la Justicia Restaurativa en el ámbito penal, puesto que mi experiencia, mis mayores conocimientos y logros están en este ámbito, es cierto que he tocado otras áreas que conozco y que considero esenciales, como el escolar, por el carácter preventivo que en este ámbito tiene la justicia restaurativa y su efecto educativo para unos futuros adultos que sabrán y tendrán en cuenta la justicia restaurativa, no como la otra justicia, sino como la verdadera justicia.Dicho esto, todo el mundo sabe que estoy a favor de la Justicia Restaurativa, en cualquier ámbito de la vida cotidiana, sin embargo, a mí, hablar solo de prácticas se me queda corto.
Según los diccionarios, práctica es la habilidad o experiencia que se consigue o se adquiere con la realización continuada de una actividad. Encuentro que hablar de prácticas restaurativas  es la habilidad o la capacidad de mostrar o poner en funcionamiento los principios y los valores de la Justicia Restaurativa. Es decir para mi práctica restaurativa requiere que hablemos de algo como referencia y en este caso, es la Justicia Restaurativa. No son excluyentes, sin embargo creo que las prácticas restaurativas están dentro de lo que llamamos justicia restaurativa. De esta forma, además no estaremos limitados por las prácticas que ya conocemos y están reconocidas y estandarizadas, porque nos suele ocurrir que al enseñar prácticas restaurativas,  nos enfocamos en cómo es nuestra práctica diaria, nos obsesionamos con que debe realizarse de un modo especifico, y así, sin quererlo limitamos la flexibilidad, que es lo realmente característico de la Justicia Restaurativa.

Justicia Restaurativa, nada tiene que ver con pedir perdón

¿Repara una petición de perdón o un lo siento?Particularmente, creo que un lo siento no es suficiente y para argumentar esto, me viene a la mente las peleas que todos alguna vez hemos tenido con hermanos o amigos, recuerdo a mi madre, diciéndonos: “pediros perdón” y también me acuerdo, de haber dicho un lo siento, en más de una ocasión, entre dientes y deprisa, sin sentirlo, de verdad. Quizá con este ejemplo muchos penséis, que se trata de niños…sí efectivamente puede ser, pero si un niño que se supone que tiene menos malicia, es capaz de pedir perdón sin ser de verdad, ¿qué no hará un adulto y más si ha cometido un delito grave que ha dañado a otro ser humano? Y sobretodo, ¿Qué no hará  un infractor si sabe que con un lo siento, puede conseguir alguna clase de beneficio penitenciario?
Por eso aquí la clave está en qué repara más un lo siento o un reconocimiento. Por supuesto, es mucho más importante un reconocimiento que una petición de disculpas. Es mejor que alguien te diga: “si, reconozco lo que ha pasado, y como te sientes, y sé que soy responsable por ello”. Al fin y al cabo, todas las víctimas, necesitan saber que se ha hecho justicia y para ello, es esencial que haya alguien que se responsabilice por el daño que ha sufrido. Porque ¿qué pasa si se dice lo siento pero realmente no se cree que se haya hecho algo mal? Pues que entonces no estaríamos hablando de justicia, porque simplemente no se habría hecho justicia.

miércoles, 15 de agosto de 2018

Sobre hacer Justicia y medios de comunicación

Cada vez que un delito serio ocurre, especialmente si es cometido por menores, la prensa automáticamente utiliza la desgracia del suceso como mecanismo para obtener publicidad, los familiares ( víctimas de tal atroz suceso) claman por penas más duras y como si esto fuera lógico acaban el silogismo, haciendo ver que no existe justicia sino se imponen castigos ejemplarizantes... Probablemente esto es porque nos gusta el "morbo" y esta clase de programas que desgranan hasta el ultimo de los siniestros detalles del crimen y de la personalidad del delincuente, venden y generan audiencia. Sin embargo poco o nada se dice de las víctimas, a no ser que sea algo como que han hundido su vida, no van a poder recuperarse y si lo hacen tardarán años. Supongo que no se pararan a pensar el efecto dañino que estos comentarios puede hacer a una víctima que por casualidad, pueda  estar viendo el programa. ¿Por qué? Porque el desequilibrio que por si produce sufrir un delito, se ve agravado con introducir en la víctima pensamientos en los que  ve que el delincuente ha ganado, porque sigue dominando su vida y lo hará durante mucho tiempo. 
Si se piensa esto, estamos transmitiendo a la víctima que no se va a poder "curar" y que no va poder reinsertarse de nuevo en la sociedad y reconectar con su entorno, parece que las condenamos a vivir aisladas y no poder volver a confiar en el ser humano. 

martes, 14 de agosto de 2018

lunes, 13 de agosto de 2018

La Justicia Restaurativa ayuda al restablecimiento de la confianza

La Justicia Restaurativa no es una nueva forma de ver la justicia,  puesto que ya hemos visto, como se basa en tradiciones y en prácticas ascentrales de muchas comunidades, lo que si aporta es una visión diferente de la delincuencia y un nuevo objetivo, el delito es visto como una fuente de daño, que debe ser reparado. Y un problema esencial que genera el daño es la pérdida de confianza tanto de las víctimas como de la sociedad en general. Desde que el delito se comete, todos nos volvemos en cierta medida un poco "paranoicos", perdemos la confianza en las personas que nos rodean porque hemos dejado de sentirnos seguros, esto también nos afecta como grupo, y quiebra los lazos sociales.Lo que las víctimas y las comunidades necesitan es tener su confianza restaurada. La obligación esencial de los delincuentes es demostrar que son dignos de confianza. El propósito de la justicia restaurativa debe ser fomentar este proceso.
Por eso, no es descabellado pensar que uno de los objetivos principales de la Justicia Restaurativa debe ser el restablecimiento de la confianza. El intento de lograr esto en un nivel personal y también a nivel de grupo (social) puede darnos una doble visión acerca de como luchar frente a la delincuencia. . En lugar de reemplazar otros objetivos, más tradicionales, la restauración de la confianza se convertiría en el sistema penal actual como un eje esencial a partir del cual se va a establecer que castigo merece el infractor, si fuera necesario, la reparación del daño y la responsabilización del infractor. 

viernes, 10 de agosto de 2018

Verguenza y Justicia Restaurativa

He comentado en varias ocasiones la relevancia que tiene el sentimiento de vergüenza en la Justicia Restaurativa tanto para la víctima como para el infractor. Efectivamente la víctima se siente humillada, el rol de víctima recae como una pesada losa sobre ella y la vergüenza las hace aislarse y sentirse incomprendidas. Parece claro que la vergüenza juega un papel importante, en la psicología humana y las interacciones. Así que la vergüenza se da en todas las sociedades ("Es una pena que pasa"). Sin embargo, los investigadores sugieren que la vergüenza de las tendencias racionalistas de la sociedad occidental, nos ha llevado a negar o ignorar la vergüenza. Como resultado, tenemos que rara vez se habla de vergüenza y si se hace es casi de modo figurado. Así que la vergüenza pasa a la clandestinidad, sin dejar de operar, pero a menudo de manera negativa. La vergüenza puede ser positiva cuando nos motiva a hacer lo correcto - cuando modificamos nuestro comportamiento para dejar atrás la vergüenza. Pero la vergüenza es esencialmente una amenaza para nuestra autoestima y cuando el estigma vergüenza entra en juego, nos debilita. De hecho la vergüenza, juega un papel importante en la mayoría de los infractores, así como en la forma en los que ofenden experimentan la justicia. También creo que a menudo desempeña un papel significativo en el trauma de las víctimas y las formas negativas en que a menudo experimentan la justicia. 

jueves, 9 de agosto de 2018

La Justicia Restaurativa aborda los aspectos emocionales del delito

A pesar de lo que se pueda decir, que somos seres racionales, nuestras acciones en general, no se basan en algo racional, somos mezcla de emociones, intuición y lógica. Por eso, el aspecto emocional no se puede dejar de lado en nuestra vida diaria, y por ende, ni mucho menos cuando se comete un delito. Entiendo que debe existir el derecho y los sistemas legales, no obvio la importancia del derecho penal pero si creo que abandona el aspecto emocional y lo sustituye estrictamente por el aspecto legal. Como individuos que somos, estamos interconectados con los demás, vivimos en comunidad y esto hace que debamos asumir ciertas responsabilidades, un de ellas es la de el que hace algo mal, debe enmendarlo e intentar hacer lo correcto.Y en esto la Justicia penal no debiera ser diferente, sin embargo muchos sistemas penales están basados o más bien enfocados en los derechos y no en las responsabilidades, un ejemplo claro es que para el sistema penal no importa si el infractor es culpable o no, le dará toda un serie de derechos que disminuyen el posible espacio para la responsabilización por el  delito. 

Gestión del delito más justa a través de la Justicia Restaurativa

Me preocupa ver como a pesar de que tras cometerse un delito, hay todo un proceso judicial que acaba con una sentencia, si la sentencia es de culpabilidad, el infractor irá a la cárcel dependiendo del hecho delictivo, para pagar en teoría por el daño causado. Hasta ahí, todo estaría bien o al menos sería normal, sino fuera porque a pesar de cumplir con lo que la ley le impone cuando salga de la cárcel seguirá "pagando", ya que por muchos años que estuviera, en prisión para la sociedad que les rodea siempre será poco y cuando salga de la cárcel se encontrará con un entorno hostil que no le hará la vida sencilla.Si esto se mira desde una perspectiva neutral es terrible, y el sistema debería intentar mostrar a la sociedad que la pena no es eterna, igual que como decía la semana pasada los roles de víctimas e infractores tampoco lo son. Sin embargo, las víctimas, ven insuficiente las penas ¿por qué? Si se trata de un delito muy grave con resultado de muerte, entiendo que para ellas, no habría años suficientes para compensar la pérdida, entonces por qué se sienten así, si analizamos desde el punto de vista restaurativo esta situación, creo sinceramente que es porque no se las ha ayudado a superar el trauma, es decir, no se las ayudó en su momento, a hacer frente al delito, esto las ha llevado a adoptar el rol de víctima de por vida, lo que sin duda influye en su sentimiento, de que no han obtenido justicia a pesar de que muchas de ellas han visto como el infractor fue declarado culpable y condenado.

miércoles, 8 de agosto de 2018

El infractor ante la Justicia Penal tradicional



El infractor en el proceso penal tradicional se siente "víctima" y no fomenta la reparación del daño a la víctima real. La Justicia Restaurativa sin embargo, responsabiliza al victimario y le ayuda a tener una actitud activa y positiva ante las consecuencias de sus acciones.
(esta imagen es propiedad exclusiva de Virginia Domino)

martes, 7 de agosto de 2018

Felicidad ¿puede ser objetivo de la Justicia Restaurativa?

Me gustan los “finales felices”, sí, lo reconozco, me gustan las películas y los libros en los que los “buenos” tienen su recompensa y los “malos” reciben su castigo. Este sentimiento es muy humano y nos hace sentir seguros y tranquilos. Esto, sin duda, es la justicia retributiva y aparentemente nos hace felices, y nos hace incluso equiparar justicia, a castigo. Sin embargo, a la gente buena, le pasan cosas malas, sufren y en ocasiones se convierten en víctimas. Y además, por mucho que intentemos castigar al culpable para satisfacer esta necesidad retributiva, que es casi una obsesión, una vez más la víctima queda relegada y olvidada y vuelve una y otra vez a recordar que fue víctima y que sigue sintiéndose una víctima y no solo del delincuente sino del sistema, en general.Me explico, el juicio deja un sabor amargo a la víctima, y es que con esta obsesión del sistema de justicia penal porque se cumpla la ley, porque el delincuente reciba su castigo y si es ejemplar, mejor, no nos damos cuenta de qué necesita, qué quiere o qué desea realmente la víctima. Es más todos, los implicados en el proceso penal parecen creer que saben lo que la persona que ha sufrido un delito quiere y qué es lo mejor para ella, y por supuesto esto pasa por un gran castigo al delincuente.

lunes, 6 de agosto de 2018

El empoderamiento a través de la Justicia Restaurativa

El empoderamiento es algo positivo y constructivo, por eso hoy quiero recordar algunos aspectos de este empoderamiento y que se facilita por la justicia restaurativa. Vivimos en un mundo en el que casi todo es gestionado por personas ajenas a nosotros, el estado y las instituciones nos tratan muy a menudo como casi incapaces…un ejemplo: si tenemos un problema acudimos al juzgado y una vez lo hacemos, todo se gestiona por profesionales en un proceso en el que tenemos poco o nada que decir, cualquier profesional sabe lo que nos conviene, o parece saberlo, mejor que nosotros mismos.El punto de pérdida de poder llega al límite cuando el estado en una defensa desmedida de las víctimas de los delitos, pasa a convertirse en la víctima principal del delito, despojando a las víctimas reales de cualquier oportunidad de decidir, expresar su opinión y/o necesidades.
Es lo que Nils Christie aseveró cuando dijo que el estado se apropiaba del conflicto y del delito. Quizá no se quiso hacer de forma abusiva, sino que en un intento de defender a las personas más vulnerables, sin embargo, esto quedó desvirtuado al erigirse el estado en dueño absoluto del delito y de lo que ocurra durante el proceso penal, sin tener en consideración que el crimen afectó a una persona de una manera traumática.

domingo, 5 de agosto de 2018

La Justicia Restaurativa, no es "blanda" con los infractores

Siempre he creído que la Justicia Restaurativa surgió por y para las víctimas, ¿por qué? porque aunque a muchos juristas les pueda resultar extraño, desde que se comete un delito hay una persona o varias que sufren las consecuencias de este hecho y el daño, son ellas las protagonistas. Esto es lo esencial; que además se haya infringido una norma creada por el estado y escrita en alguna código,esto es secundario.
Esta Justicia se centra en las víctimas y en cómo ayudarlas. Sin embargo, siempre existe debate entre los que nos dedicamos a esto, sobre si verdaderamente esta justicia está centrada en el infractor o en la víctima. Esta discusión me sigue pareciendo aún hoy carente de sentido y eso que surgen dudas entre los que se acercan a esta Justicia Restaurativa, sin conocer sus orígenes y el por qué. El otro día dando una charla en otra ciudad para personas que no conocían qué es esta Justicia Restaurativa, observé que además de que todavía hoy existe un gran desconocimiento de que supone e implica esta justicia, una persona me dijo que parecería que estamos justificando a los infractores.

sábado, 4 de agosto de 2018

Sobre el V Congreso Internacional de Justicia Restaurativa en Burgos, abril de 2019

Hace unos días, ya os invitaba al V Congreso Internacional de Justicia Restaurativa que celebraremos en Burgos (España) los días 4 y 5 de abril de 2019 en la Universidad de Burgos.
Muchos de los delegados de la Sociedad Científica de Justicia Restaurativa en México, Argentina y Brasil estarán presentes, como Héctor Valle, Violeta Maltos, Eduardo Bolaños, Paulo Moratelli, Patricia Mazzeo...entre otros,  será un momento para conocer los avances y los retos a los que nos enfrentamos los que trabajamos en Justicia Restaurativa. Lo interesante será la visión multidisciplinar: teórico-práctica que ofreceremos, así estáis invitados tanto los que recién llegáis a la Justicia Restaurativa como los que queréis aprender y reforzar ideas y experiencias.
Un excelente evento para la #revolucionrestaurativa. Cualquier consulta en scjrestaurativa@outlook.es 

viernes, 3 de agosto de 2018

Algunos puntos esenciales sobre la Justicia Restaurativa

En este post,  quiero recordar algunos pilares o premisas de la justicia restaurativa, que no son sino puntos esenciales para lograr la mejor sanación de la víctima, y de la comunidad y la mejor reintegración de víctima e infractor. En definitiva son elementos esenciales para lograr un mundo sino perfecto, al menos que se asemeja mucho al "ideal". Como soy partidaria de una Justicia Restaurativa en sentido amplio, entiendo que los pilares o más bien las premisas en las que se basa esta justicia son las siguientes: 

1- Daño causado y las necesidades que genera este daño

2- Obligaciones, especialmente la de reparar o compensar este daño

3- Participación de todos los directa e indirectamente implicados.

A estas tres premisas añadiría :

4- Reintegración de la víctima e infractor

5- Y derivado de la participación: buscar el esfuerzo cooperativo de la comunidad y el estado.

jueves, 2 de agosto de 2018

Algunas reflexiones sobre Justicia, Justicia Restaurativa, y derecho penal

Hoy quiero recordar dos frases, que escuché durante un curso que tuve la oportunidad de impartir, a fiscales de toda España. Estas frases me parece que tienen mucho que ver con la justicia restaurativa, con la empatía y cómo el derecho penal,  realmente no está construido para ayudar a las víctimas sino para mantener el status quo.
"La pena lo que hace es mostrar la solidaridad de la comunidad para con la víctima pero sin duda las víctimas necesitan algo más". Esta frase es clara y es por lo que siempre digo, que las víctimas son mucho menos punitivas que los que nunca lo hemos sido. ¿Por qué? Precisamente porque las necesidades de los que no somos víctimas, son claras, evitar convertirnos en víctimas nosotros y sobre todo mostrar que entendemos y estamos con las víctimas. Esto se consigue con la pena, porque así al menos durante un tiempo, sentimos alivio y sabemos que no podrá cometer nuevos delitos. Y es la forma que tenemos todos los ciudadanos de decir a las víctimas, que entendemos el daño y que por eso vamos a intentar que no lo vuelvan a hacer. El problema es que el tiempo de estancia en prisión, puede suponer un alivio pero esto no es suficiente para las víctimas, ya que necesitan sentir que alguien se responsabiliza, que son escuchadas, que son entendidas y respetadas...y seamos realistas, el proceso penal tradicional, aun cuando declare culpable al infractor, no fomenta que se haga responsable del daño que ha cometido, más bien todo lo contrario. 

Repensando la Justicia penal con enfoque restaurativo



(imagen propiedad exclusiva de Virginia Domingo)