martes, 31 de mayo de 2022

Objetivos de la justicia restaurativa


INTRODUCCIÓN

Según el manual “la Justicia restaurativa: una visión para la sanación y el cambio” de Susan Sharpe. Los programas de justicia restaurativa tienen los siguientes propósitos:

Confiar ciertas decisiones clave a aquellas personas que se han visto más afectadas por el delito. Es una clara fórmula de empoderar a las personas.

Hacer la justicia más sanadora e, idealmente, más transformadora. A esto yo añadiría, hacer de la justicia, el ideal de justicia, dando a cada cual lo que corresponde y teniendo en cuenta que los afectados por el delito son seres humanos.

Disminuir la probabilidad de ofensas en el futuro, a lo que yo agrego que también trata de eliminar los roles vitalicios de víctima sin posibilidad de curación y de infractor, sin opciones de reinserción, ya que ambos volverán a la sociedad como personas nuevas y productivas.

lunes, 30 de mayo de 2022

La justicia restaurativa no es rígida ni burocrática


INTRODUCCIÓN

En ocasiones, me pregunto si no estamos perdiendo la esencia de la Justicia Restaurativa. Por un lado, están las personas que no entienden lo que es, y se limitan a calificar esta Justicia por sus herramientas. Para muchas personas en España, incluidos políticos, Justicia Restaurativa es mediación y ya. De ahí, que en la mayoría de las ocasiones, lo que se oferta es cursos de mediación y no de justicia restaurativa. El tema puede ser mucho más triste, cuando se ofrece en diferentes grados como criminología, la asignatura de mediación , diciendo que es de Justicia Restaurativa y además se imparte por personas que ni son mediadores, ni son facilitadores de Justicia Restaurativa, ni han tenido un mínimo contacto práctico, con los verdaderos "artesanos" de la Justicia Restaurativa. Por otro lado, en muchas ocasiones los propios profesionales de la Justicia Restaurativa somos los que nos obsesionamos con las herramientas, parece que de repente, la única herramienta de esta Justicia, son los círculos . Y el problema para muchos,  llega precisamente cuando vemos que lo que un lugar se llama conferencias, en otros se llama simplemente reuniones, o juntas restaurativas como en México. Aquí surge la duda para muchos ¿Quién tiene más razón?

domingo, 29 de mayo de 2022

Duro con el delito y "blando" con la persona que hay detrás

 


INTRODUCCIÓN

"Las personas son algo más que aquello que hicieron mal en el pasado". Esta frase  la dijo una víctima tras participar en un proceso de Justicia Restaurativa y representa que aunque la Justicia Restaurativa surge por las víctimas también parte de la idea de ayudar al infractor. Esta atención a las víctimas y que repercute en el infractor, supone que ayudamos a las víctimas a que dejen de sentirse como tal y favorecemos que el infractor pueda ser mirado no por lo malo que hizo en el pasado sino por lo bueno que puede hacer en el futuro. Y esto es así porque  la Justicia Restaurativa, fomenta la eliminación de ideas preconcebidas, las "etiquetas" y los "estereotipos " no son válidas para esta Justicia. El infractor no es siempre y en todo caso un ser "malvado" y sin conciencia por lo que puede que quiera cambiar y el estigma de infractor por lo tanto, debe ser temporal. De la misma manera, la víctima no debe sentirse así de por vida, esto impedirá su curación y hará imposible que tenga una vida más o menos normal, no olvidando el delito, pero si incorporando la experiencia del delito como un pasaje más de su vida.Se invita al infractor a hacer lo correcto, es decir la reparación o compensación del daño, no es una sanción, ni debe ser considerada así, es más bien una obligación o responsabilidad, del infractor y de todo ser humano. Se parte de la idea de que el que hace algo mal, tiene que intentar devolver algo de bien por el mal que  hizo, porque somos seres responsables y así debe ser.

viernes, 27 de mayo de 2022

La justicia restaurativa es una brújula


INTRODUCCIÓN

Siempre he pensado que es muy importante la práctica de la Justicia Restaurativa, sin embargo, últimamente veo que práctica sin tener conceptos básicos, puede ser totalmente perjudicial. Se hace muy urgente que los futuros facilitadores de Justicia Restaurativa conozcan realmente qué esta filosofía de justicia para poder aplicarla en la práctica. Y sobre todo se debería tener claro que las prácticas restaurativas deben adaptarse a la realidad del lugar donde van a ser aplicadas, por mucho que ofrezcamos formación, si no tenemos claro esto vamos a confundir a los futuros facilitadores. Me explico, como las herramientas de justicia restaurativa son muy diversas, podemos organizar 10 cursos de formación y probablemente tendremos 10 formas de entender, aplicar y enfocar la justicia restaurativa. El error sería querer copiar íntegramente un modelo o práctica concreta, la idea es conocer la esencia de la Justicia Restaurativa para que luego cada facilitador en cada país pueda acomodarla a su tradición y a sus necesidades propias y peculiares. Eso si hay que tener en cuenta que justicia restaurativa no es dar formación en terapia, en comunicación no violenta..etc (esto pueden ser herramientas complementarias pero la formación en procesos restaurativos es diferente)

jueves, 26 de mayo de 2022

Aspectos importantes de la justicia restaurativa


INTRODUCCIÓN

Intentar resumir, sintetizar o generalizar qué es la Justicia Restaurativa es simplemente complicado, por cuanto si preguntamos a las víctimas o infractores, cada uno de ellos explicará que esta justicia es una cosa y a buen seguro será diferente, que lo que otros opinen y es que el camino hacia la restauración es diferente porque son diferentes las necesidades de las víctimas y esto conlleva diferentes obligaciones de reparación o compensación para el ofensor.

Sin embargo existen dos aspectos importantes de esta Justicia Restaurativa, y es que se centra en :

 Reparación de la víctima ( porque nos ocupamos del daño causado por el delito, y es que la víctima y en general, las personas que sufren las consecuencias del delito deben ser reparadas o al menos se debe mitigar o compensar el daño sufrido ). Pero hablo de reparación en el sentido más amplio de la palabra, como una forma de devolver a la víctima y a la sociedad algo bueno por lo malo que hizo. Esta reparación servirá para que el infractor pueda ser mirado por lo bueno que haga desde ese momento en adelante, será importante para que pueda despojarse del "rol de infractor".

miércoles, 25 de mayo de 2022

La justicia restaurativa es más flexible


INTRODUCCIÓN

 Para los que nunca hemos sido víctimas directas de un delito, es complicado ponernos en el lugar de una persona que ha sufrido un delito, especialmente si ha sido grave. La justicia penal tradicional hace  por lo general, que las víctimas se sientan más víctimas durante todo el proceso, son  interrogadas una y otra vez, teniendo que recordar el dolor que sufrieron y reviviendo el trauma. Y cuando quizá, empiezan a superar lo vivido, son llamadas al juicio. Pero además, el proceso penal se olvida de otras víctimas, las  indirectas como sus familiares y allegados, no se las tiene en cuenta y no pueden hablar, a no ser que sean testigos del crimen. En general, tanto víctimas directas como indirectas acuden al juicio oral con unas expectativas diferentes, pensando que van  a poder desahogarse, que van a ser escuchadas y van a poder hablar no solo sobre cómo sucedieron los hechos, sino también acerca de  cómo se sintieron cuando sufrieron el delito y después, cómo es su vida tras el crimen y qué necesitarían para poder superarlo. Otro problema es cuando tenemos víctimas sin ofensores (porque no están identificados, porque su caso ha prescrito, porque ha fallecido..). En estos casos la justicia restaurativa puede hacer lo que la justicia tradicional no puede porque se basa en la víctima para poder castigar al ofensor, si no existe ya no interesa la víctima al menos para el proceso penal tradicional.

martes, 24 de mayo de 2022

Víctimas, justicia restaurativa y proceso penal


INTRODUCCIÓN

 La Justicia Restaurativa surge por y para las víctimas, sin perjuicio de que cuando se las ayuda también se está ayudando a los infractores, a "reconectar" de nuevo dentro de la comunidad. Hablo de reconectar, más que de reintegrar, porque realmente todos somos piezas dentro un todo que es la comunidad, el grupo, estamos conectados y cuando un miembro comete un delito o lo sufre, se desconecta de todos los miembros de la comunidad. Tanto víctima como infractor deben reconectar con los demás miembros de la sociedad, lo que ocurre que cada uno debe hacerlo de la manera que más necesiten.Alguna vez he hablado de las víctimas y del trauma de sufrir un delito, por eso quería seguir profundizando...lo cierto es que el trauma y el camino para superarlo es diferente para cada persona y por tanto para cada víctima. Los procesos de Justicia Restaurativa son una manera de hacer frente a este trauma, y es esencial hacerlo frente, para esta reconexión, puesto que el dolor que no se transforma se transfiere ( Richar Rohr) y esto lejos de ayudar a reconectar con el grupo, lo que hace es alejar.

lunes, 23 de mayo de 2022

Sobre leyes, justicia y justicia restaurativa


INTRODUCCIÓN

He comentado en alguna ocasión, que no entiendo aquellos que tienen miedo a la "Justicia" y dicen que la palabra correcta sería "Prácticas restaurativas" y no "Justicia Restaurativa".  Prácticas se me queda corto, con esto hablamos de método, y la Justicia Restaurativa, no es un proceso, ni un método.  La Justicia Restaurativa esta en constante evolución y realmente es complicado detenernos en tecnicismos (Howard Zehr). Es más, lo que hacemos nos puede parecer buenas prácticas en justicia restaurativa y en cambio,  se pueden quedar obsoletas en un corto espacio de tiempo, de ahí, la importancia de respetar y perder la flexibilidad de la Justicia Restaurativa. Pero volviendo a la Justicia Restaurativa, tenemos un problema al relacionar Justicia con la que se imparte en los tribunales, o más bien hemos degradado el sentido de esta Justicia. Así justicia sería conjunto de leyes escritas, elaboradas por el estado y que se aplican por los jueces.¿Para qué sirven las leyes? Muchos opinaran que para castigar al malo, para mantener el orden...y efectivamente esta es la idea que ha quedado de las leyes, que simplemente son para castigar, aislar, etiquetar, leyes que en el ámbito penal nunca llegan a satisfacer a las personas: ni víctima ni infractor ni comunidad. 

domingo, 22 de mayo de 2022

Restablecer la confianza de la victima y sociedad


 INTRODUCCIÓN

La Justicia Restaurativa no es una nueva forma de ver la justicia,  puesto que ya hemos visto como se basa en tradiciones y en prácticas ancestrales de muchas comunidades, lo que si aporta es una visión diferente de la delincuencia y un nuevo objetivo, el delito es visto como una fuente de daño que debe ser reparado. Y un problema esencial que genera el daño es la pérdida de confianza tanto de las víctimas como de la sociedad en general. Desde que el delito se comete, todos nos volvemos en cierta medida un poco "paranoicos", perdemos la confianza en las personas que nos rodean porque hemos dejado de sentirnos seguros, esto también nos afecta como grupo, y quiebra los lazos sociales. Lo que las víctimas y las comunidades necesitan es tener su confianza restaurada. La obligación esencial de los ofensores es demostrar que son dignos de confianza. El propósito de la justicia restaurativa debe ser fomentar este proceso. Por eso, no es descabellado pensar que uno de los objetivos principales de la Justicia Restaurativa debe ser el restablecimiento de la confianza. El intento de lograr esto en un nivel personal y también a nivel de grupo (social) puede darnos una doble visión acerca de como luchar frente a la delincuencia. . En lugar de reemplazar otros objetivos, más tradicionales, la restauración de la confianza se convertiría en el sistema penal actual como un eje esencial a partir del cual se va a establecer que castigo merece el infractor, si fuera necesario, la reparación del daño y la responsabilización del infractor.

viernes, 20 de mayo de 2022

¿Qué puede surgir durante un proceso restaurativo?


 INTRODUCCIÓN

Lo bueno de interactuar con otros facilitadores y promotores de la Justicia Restaurativa es que puedo reflexionar sobre donde estamos con la Justicia Restaurativa y hacia donde queremos ir. Suelo comentar que el buen facilitador, debe despojarse de su profesión de origen, es más, somos los que hemos estado relacionados con las leyes, los que tenemos más complicado esta labor, porque nos han enseñado a ser tan respetuosos con las leyes, que nos hemos olvidado de que lo más importante es el ser humano, que hay detrás. ¿Cómo hacerlo, como despojarnos de nuestra profesión de origen?, me preguntaban gran acierto, pues primero dejando de pensar con la cabeza, simplemente y guiarnos un poco más con el corazón. Los seres humanos no somos racionales, a pesar de lo que pensamos, somos mezcla de emociones y son estos sentimientos, los que deben de salir a a luz, en un proceso restaurativo. Por eso, el facilitador, es el que va a ayudar para que fluyan y así las personas afectadas por el daño, puedan sanar.

jueves, 19 de mayo de 2022

Criterios para gestionar delitos más graves


INTRODUCCIÓN

Se ha discutido mucho al menos en España, la posibilidad de utilizar herramientas de la Justicia Restaurativa para casos de violencia de género, el problema es que hablan de mediación pero lo que si se podría utilizar es mediación penal u otras herramientas restaurativas más inclusivas, de esto ya he hablado pero sin duda, en otro momento, volveré a establecer las diferencias al menos para aplicarse en estos delitos que tanta alarma social crean. La Justicia Restaurativa puede sin lugar a dudas, ayudar a gestionar estos delitos de una manera más eficaz, pero también es cierto que igual que en otros delitos de más gravedad, habrá que tener en cuenta una serie de elementos para trabajar con ellos durante las reuniones individuales y en las conjuntas, según Howard Zehr al menos son los siguientes:

miércoles, 18 de mayo de 2022

La justicia restaurativa gestiona el delito de manera integral


INTRODUCCIÓN

El concepto que el estado tiene del delito debe cambiar, se piensa en que el crimen es cosa del sistema, la justicia actual se centra en la dimensión pública y esto elimina no solo las emociones que son parte de los seres humanos sino toda participación activa de los realmente afectados por el delito. Por eso, la Justicia Restaurativa se revela como una justicia que fomenta una participación positiva, que devuelve el protagonismo a los que si son dañados de forma directa por el delito: las víctimas y hace que los infractores se sientan apoyados, si de verdad quieren cambiar. Pero sin duda, la Justicia Restaurativa aporta algo más, precisamente el reconocimiento de las emociones como parte esencial de sus procesos, la hace más flexible y más humana, esto permitirá que sean las herramientas restaurativas las que puedan adaptarse a cada caso y cada víctima e infractor y no a la inversa, pero también favorece una forma diferente de abordar el delito, y sus consecuencias así como el por qué. No podemos ser restaurativos si abordamos las consecuencias del delito pero no intentamos valorar las posibles causas que subyacen en la delincuencia, por eso aunque surge por y para las víctimas, no se abandona al infractor. Pero es que además no se abandona al infractor porque la Justicia Restaurativa entiende que como miembros de la comunidad que somos todos, nos interesa un mundo más seguro que fortalezca la sociedad, y no se hace más segura si encerramos a los infractores y "tiramos la llave" sino si tratamos de reinsertarlos.

martes, 17 de mayo de 2022

Cambio de paradigma con la justicia restaurativa


INTRODUCCIÓN

Cuando comento a la gente que no me conoce, a qué me dedico, suelo observar dos reacciones bien diferenciadas; algunos, (generalmente los que alguna vez ha sufrido un delito y saben lo que implica esto), aprecian lo que les cuento y enseguida, me dicen que esa Justicia de la que hablo, es la que debiera existir de forma universal y general. Otros, (en muchas ocasiones son los que manifiestan que están hartos de la Justicia pero nunca han sufrido un delito), poco más que se ríen de mi, me llaman ilusa y me comentan con cierta sorna, pero "¿crees que un delincuente no va a delinquir de nuevo, solo por escuchar el impacto que el delito ha tenido en la víctima?. La cárcel es lo único que puede ayudar a ello".Y esta es la dicotomía en la que me suelo mover, lo cierto es que estoy convencida que si los segundos, sufren un delito cambiarán de forma radical, su forma de pensar. ¿Por qué nos empeñamos en creer que cuando hay un daño, hay que responder causando todavía más daño?. Creo que algunos piensan erróneamente, aquello que nos decían hace muchos años, eso de la letra con sangre entra, pero claramente se ha visto que esto no es así.

lunes, 16 de mayo de 2022

Si los finales "felices no existen", al menos debemos intentarlo

 


INTRODUCCIÓN

Me gustan los “finales felices”, sí, lo reconozco, me gustan las películas y los libros en los que los “buenos” tienen su recompensa y los “malos” reciben su castigo. Este sentimiento es muy humano y nos hace sentir seguros y tranquilos. Esto, sin duda, es la justicia retributiva y aparentemente nos hace felices, y nos hace incluso equiparar justicia, a castigo. Sin embargo, a la gente buena, le pasan cosas malas, sufren y en ocasiones se convierten en víctimas. Y además, por mucho que intentemos castigar al culpable para satisfacer esta necesidad retributiva, que es casi una obsesión, una vez más la víctima queda relegada y olvidada y vuelve una y otra vez a recordar que fue víctima y que sigue sintiéndose una víctima y no solo del ofensor sino del sistema, en general. Me explico, el juicio deja un sabor amargo a la víctima, y es que con esta obsesión del sistema de justicia penal porque se cumpla la ley, porque el ofensor reciba su castigo y si es ejemplar, mejor, no nos damos cuenta de qué necesita, qué quiere o qué desea realmente la víctima. Es más todos, los implicados en el proceso penal parecen creer que saben lo que la persona que ha sufrido un delito quiere y qué es lo mejor para ella, y por supuesto esto pasa por un gran castigo al ofensor.

domingo, 15 de mayo de 2022

Empoderamiento y justicia restaurativa

 


INTRODUCCIÓN

El empoderamiento es algo positivo y constructivo. Vivimos en un mundo en el que casi todo es gestionado por personas ajenas a nosotros, el estado y las instituciones nos tratan muy a menudo como casi incapaces…un ejemplo: si tenemos un problema acudimos al juzgado y una vez lo hacemos, todo se gestiona por profesionales en un proceso en el que tenemos poco o nada que decir, cualquier profesional sabe lo que nos conviene, o parece saberlo, mejor que nosotros mismos. El punto de pérdida de poder llega al límite cuando el estado en una defensa desmedida de las víctimas de los delitos, pasa a convertirse en la víctima principal del delito, despojando a las víctimas reales de cualquier oportunidad de decidir, expresar su opinión y/o necesidades. Es lo que Nils Christie aseveró cuando dijo que el estado se apropiaba del conflicto y del delito. Quizá no se quiso hacer de forma abusiva, sino que en un intento de defender a las personas más vulnerables, sin embargo, esto quedó desvirtuado al erigirse el estado en dueño absoluto del delito y de lo que ocurra durante el proceso penal, sin tener en consideración que el crimen afectó a una persona de una manera traumática.

viernes, 13 de mayo de 2022

Reparación del daño y atención de necesidades

 


INTRODUCCIÓN

Cuando explico que es Justicia Restaurativa, me doy cuenta que lo entiende mejor las personas que alguna vez han sufrido un delito. Los que nunca han sido víctimas, suelen tener muchas reticencias, no es algo raro, lo peor es que suelen ampararse en las víctimas para decir que no están de acuerdo. Y este es el error, solemos creer que sabemos perfectamente que necesitan las víctimas o que es lo mejor para ellas, sobre todo, si han sufrido un delito de cierta gravedad. Por eso, cuando hablamos de Justicia Restaurativa, en más de una ocasión vemos las reticencias de los que nunca han sido víctimas, y nos amparamos en que somos punitivos por naturaleza. No obstante, las víctimas son menos punitivas de lo que podemos pensar, conozco casos de personas que han decidido participar en un proceso restaurativo y sus allegados no lo han entendido pero es que, aunque nos parezcan vulnerables e incapaces de decidir, realmente son las víctimas las que mejor saben o pueden saber qué necesitan o qué esperan de la justicia para empezar su camino hacia la "sanación" tras el delito. 

jueves, 12 de mayo de 2022

Impacto de la justicia restaurativa


INTRODUCCIÓN

Hay muchas herramientas restaurativas, y no siempre suponen un encuentro víctima infractor, estos encuentros son la fórmula ideal para ser restaurativos y conseguir ayudar a la víctima a atender sus necesidades, hacer de la justicia algo más cercano y de paso conseguir que algunos infractores realmente se responsabilicen de sus conductas y comprendan el impacto real de su delito. Pero se puede ser restaurativo de muchas maneras cuando por ejemplo el encuentro directo no es posible o viable. Sea cual fuere la fórmula elegida para ayudar a las víctimas,  son muchos y muy variados los beneficios de esta justicia restaurativa, diría que cada víctima es diferente a otra, igual que todas las personas somos distintas, por eso los beneficios de esta Justicia serán muy diferentes para cada víctima y cada infractor que participe en un proceso restaurativo.

miércoles, 11 de mayo de 2022

Cambio de perspectiva con la justicia restaurativa


 INTRODUCCIÓN

Siempre encuentro inspirador leer a Howard Zehr, puesto que coincido con él, en su forma de entender y visualizar la Justicia Restaurativa. Opino como él, que las definiciones nos ayudan a describir una realidad, en este caso la Justicia Restaurativa, pero también nos limitan, por eso, en general no soy amiga de definiciones. Para Zehr, esta Justicia es un cambio de perspectiva (sobre lo que vemos), de lenguaje (como lo describimos lo que vemos) y de ética (como vivimos y actuamos por lo que vemos y describimos). Al ver la Justicia Restaurativa así, es como si fuera un lente para comprender lo que es vivir en comunidad y entender que vivimos en constante relación, los unos con los otros. Lo bueno de la Justicia Restaurativa, es que se centra en las necesidades antes que estar centrada totalmente en derechos (como los derechos humanos)o en normas (como en la justicia penal). La Justicia Restaurativa atiende las necesidades de aquellos, que en la sociedad están olvidados o al menos no son tomados en serio, generalmente, esto se relaciona con la víctima e infractor, pero no necesariamente solo ellos. Quizá y puesto que para mi, la Justicia Restaurativa es el ideal de Justicia, creo que puede entenderse como una forma de hacer justicia en un proceso que va a implicar la participación de todas las partes si es su deseo, para dialogar sobre qué es Justicia y como sentir que se ha hecho justicia. 

martes, 10 de mayo de 2022

Ejemplos históricos de justicia restaurativa


INTRODUCCIÓN

Ya he comentado que el origen de la justicia restaurativa está en las tradiciones, cultura y costumbres de los pueblos, por eso más que un concepto nuevo de justicia, es la justicia que siempre existió y que perdimos con el devenir de los tiempos, la creación de los estados y de la estructura política y administrativa de cada país. De hecho, prácticas restaurativas como los círculos están basadas en las tradiciones de pueblos nativos de EEUU, Canadá y Australia. También en todas las religiones existen referencias directas o indirectas a esta justicia reparadora. Hoy me gustaría recordar las leyes de Brehon.El antiguo sistema de leyes irlandesas se llamaba leyes de Fenechus, leyes de los que cultivan la tierra, pero se conocían por leyes de Brehon por la palabra breitheamh, que quiere decir juez. Se basaban en los principios de compensación de la víctima y rehabilitación del delincuente. Multas y pagos en compensación así como pérdida de derechos civiles en diferentes grados, eran los castigos principales en vez del sistema de encarcelamientos, mutilaciones y ejecuciones, que aplicó la legislación romana, sin pensar en las víctimas de los crímenes. A nadie escapa que este papel destacado de la víctima, este pensar primero en la persona que sufre el delito, es uno de los valores principales de la justicia restaurativa. Pero ahondando un poco más en estas leyes, se ve claramente un germen muy especial de lo que ahora tratamos como si fuera algo novedoso y que al fin y al cabo es volver un poco a nuestros orígenes.

lunes, 9 de mayo de 2022

Claves para el uso de las prácticas restaurativas



INTRODUCCIÓN

El concepto de Justicia Restaurativa, siempre me ha resultado complicado,  por cuanto la Justicia Restaurativa y en la línea de lo que Howard Zehr afirma, es un conjunto de principios y valores. Y esta Justicia tiene un matiz diferente con referencia,  a la actual penal ya que no es rígida y burocrática, tiene una flexibilidad que debe respetarse. También, sin lugar a duda, no deberíamos perder el elemento de justicia en los procesos restaurativos. La justicia nos permite abordar cómo nos han dañado, como enmendarlo y quienes deben participar. No son prácticas para hablar, llevan aparejadas un elemento de justicia que no se debe olvidar. Para mi este elemento justicia tiene muchos matices para unas personas significará reequilibrar la situación, para otras sentirse escuchada, respeto o por ejemplo, si hay encuentro conjunto sentir que otra persona se responsabiliza por lo que sucedió. Existen diferencias en un proceso tradicional y en la justicia restaurativa.

domingo, 8 de mayo de 2022

Justicia restaurativa y/o castigo


INTRODUCCIÓN

Lo cierto es que si pensamos en el fin de la pena como el castigo o la retribución, es decir, devolver al infractor una cantidad de dolor que se corresponda con el daño causado puede ser suficiente o más que suficiente. No obstante, la retribución como fin de la pena se centra en la dimensión pública de la delincuencia. El estado debe dar a entender que toda violación de la norma es desaprobada y el ciudadano debe comprenderlo, para evitar futuros quebrantamientos de las leyes. Sin embargo, si pensamos en un delito muy grave, como la muerte de seres vivos, ¿Cuánto castigo sería suficiente para compensar las pérdidas de vidas? Jamás se podría poner en una balanza el delito grave y el castigo porque ni tan siquiera la muerte del infractor, como el castigo más terrible, podría equilibrar la pérdida de seres vivos inocentes. El retribucionismo como fin de la pena se basa en una especie de venganza recíproca y muchos creen que se hace justicia si el infractor tiene dificultades y el equilibrio trata de adquirirse mediante el pago, de devolver al delincuente el sufrimiento que causó por el delito. Sin embargo, el desequilibrio con respecto a las víctimas directas y la sociedad seguirá existiendo. 

viernes, 6 de mayo de 2022

La justicia restaurativa gestiona el delito de manera más sanadora


INTRODUCCIÓN

Me preocupa ver como a pesar de que tras cometerse un delito, hay todo un proceso judicial que acaba con una sentencia, si la sentencia es de culpabilidad, el ofensor irá a la cárcel dependiendo del hecho delictivo, para pagar en teoría por el daño causado. Hasta ahí, todo estaría bien o al menos sería normal, sino fuera porque a pesar de cumplir con lo que la ley le impone cuando salga de la cárcel seguirá "pagando", ya que por muchos años que estuviera, en prisión para la sociedad que les rodea siempre será poco y cuando salga de la cárcel se encontrará con un entorno hostil que no le hará la vida sencilla. Si esto se mira desde una perspectiva neutral es terrible, y el sistema debería intentar mostrar a la sociedad que la pena no es eterna, igual que como decía la semana pasada los roles de víctimas e infractores tampoco lo son. Sin embargo, las víctimas, ven insuficiente las penas ¿por qué? 

jueves, 5 de mayo de 2022

La seguridad como límite a la justicia restaurativa


 INTRODUCCIÓN

He estado leyendo algunas reflexiones del blog de Howard Zehr, que quiero transmitir aquí, ya que a mi también me invitan a la reflexión, me gustaría hablar de la seguridad.

Solemos hablar, los que trabajamos en Justicia Restaurativa, de la necesidad de crear un espacio seguro para que las partes puedan sentirse cómodas, en iniciar un proceso restaurativo. En especial, esta seguridad se debe tener en cuenta para con las víctimas y si además el delito ha sido de cierta gravedad. Muchas normas priorizan esta seguridad, e incluso hablan de justicia restaurativa, siempre que no revictimice a las víctimas, este es el caso de la directiva del año 2012, que aunque parece ser pro Justicia Restaurativa, finalmente si uno la lee, puede ver el temor que existe hacia la Justicia Restaurativa, en parte creo que es por el desconocimiento de cómo funciona y los beneficios que produce en las personas que participan en  un proceso restaurativo. Pero también creo que es por esta tendencia que tenemos, a pensar en las víctimas como personas incapaces, necesitadas de protección, que no saben lo que quieren y que demandan que otras personas decidan por ellas, no pueden pensar en una víctima, que desee contar su historia, quiera ver al infractor y quiera reivindicar qué quiere o qué necesita para sentirse satisfecha tras el delito.

miércoles, 4 de mayo de 2022

La justicia restaurativa aborda el delito de manera integral


¿POR QUÉ LA JUSTICIA RESTAURATIVA?

La Justicia Restaurativa surge para dar una respuesta más humana al delito y el impacto que éste tiene en las personas que se ven afectadas por él. Howard Zehr, lo explica: “La justicia restaurativa requiere, como mínimo, que atendamos los daños y necesidades de las víctimas, que instemos a los ofensores a cumplir con su obligación de reparar esos daños, e incluyamos a víctimas, ofensores y comunidades en este proceso. El “quién” y el “cómo” son importantes”. Todo esto me lleva a reflexionar (algo de lo que ya he hablado en varias ocasiones) que aunque pensemos unos que la justicia restaurativa se centra en las víctimas y otros opinen que es en los infractores, el resultado es el mismo; un círculo de beneficios mutuos, que ayudan a remover el rol de victima sin posibilidad de curación y de infractor sin capacidad para abandonar su carrera delictiva. Esto repercute en la sociedad, en el grupo porque el delito daña las relaciones entre sus miembros y el efecto sanador de esta justicia va a suponer un fortalecimiento del grupo y los lazos sociales.

martes, 3 de mayo de 2022

Todos podemos dañar a otras personas

 


INTRODUCCIÓN

La criminología Del yo (Garland 2001), considera que las personas que cometen delitos son como la gente normal. La persona que ofende es uno de nosotros, alguien que, por circunstancias, ha terminado en una posición que le llevó a actuar de forma ilegal y perjudicar a otros. Podría haberle pasado a cualquier ciudadano. Pero la criminología del yo puede "normalizar" al criminal. Se puede bajar el nivel, de todos los seres humanos como delincuentes en potencia. La consecuencia de este enfoque es que todos vivimos en la desconfianza mutua, para protegernos contra los otros a través de, por ejemplo, las estrategias de prevención situacional basado en las teorías de la elección racional (Felson 1994). En términos de Putnam, el capital social es entonces degradado drásticamente, lo que, es desastroso para la calidad de la vida social y de la democracia. Todos nos convertimos en un poco paranoicos, y sobre todo se genera desconfianza en la gente que nos rodea, al final, perdemos nuestro sentimiento de pertenecer al grupo porque prima el miedo a convertirnos en futura potencial víctima. Esto también lo fomenta la Justicia penal tradicional en cierta manera.

lunes, 2 de mayo de 2022

Justicia restaurativa y reinserción


INTRODUCCIÓN

 En general, veo continuamente el desencanto generalizado hacia la justicia, en especial la penal, y cómo hemos llegado a creer que no se puede reducir la delincuencia o lo que es similar, disminuir la reincidencia. ¿Pero acaso nuestro derecho no está enfocado hacia la reinserción? Por supuesto que si, y yo he visto como a través de los procesos restaurativos, esta reinserción se da de una forma más eficaz, lo cual sin duda, nos beneficia a todos. El artículo 25 de la Constitución española establece que las penas privativas de libertad están orientadas hacia la reeducación y reinserción social. Dicho esto, me parece necesario empezar, tratando de ver cuáles son los fines de las penas, en torno a esta cuestión existen varias posiciones: Para algunos, el fin sería la retribución o castigo. Es decir: “el que la hace la paga”. La retribución se basa en una especie de venganza recíproca, esta venganza se torna legal mediante la imposición al infractor de una cantidad de dolor que se corresponde con el daño causado por el delito. Todos estamos de acuerdo en que los delitos deben ser censurados públicamente, para fomentar el cumplimiento de las normas pero también hay un equilibrio moral y material que debe ser restaurado para preservar las relaciones sociales. 

domingo, 1 de mayo de 2022

Víctimas, infractores y justicia restaurativa


INTRODUCCIÓN

Las víctimas después de sufrir el delito, necesitan recuperar el sentido del orden, la seguridad y recibir una restitución. Deben jugar un papel fundamental y puede beneficiarse de una forma de restitución a cargo del responsable y es que según esta Justicia, las víctimas de una infracción penal deben tener la oportunidad de expresar el impacto que la infracción ha tenido en sus vidas, y que pueden participar o manifestar su opinión respecto del ámbito de la responsabilidad del infractor. Pero creo merece la pena reflexionar sobre cómo se trata en ocasiones este concepto de víctima en el sistema penal tradicional y cómo a veces también se quiere trasladar estos conceptos limitados a la Justicia Restaurativa. Víctima es un concepto amplio , víctimas pueden ser directas o indirectas , existen delitos reparables para las víctimas o de difícil reparación , la reparación a la víctima de igual modo también puede ser directa o indirecta , en algunos casos considerar a la víctima supondrá procurar espacios de encuentro con los infractores y sin embargo en otros se deberá aislarla al máximo del infractor o evitar al máximo su re victimización evitando en la medida de lo posible , acciones innecesarias o repetitivas con ella.