INTRODUCCIÓN
En el mundo en el que vivimos todos o casi todos somos conscientes de nuestros derechos, pero en pocas ocasiones nos queremos dar cuenta que todo derecho lleva aparejado una responsabilidad. Esto implica que reconociendo que somos seres humanos y podemos cometer errores, también debemos saber que si hemos hecho algo malo, tenemos un deber moral o si queremos llamarlo así, la responsabilidad de intentar mitigar, compensar o reparar el daño que hemos causado o el error que hemos cometido. Es una regla lógico ya que como vivimos en comunidad lo que uno hace afecta a los demás para bien o para mal igual que lo que yo hago puede afectar al resto del grupo. Esta interconexión de todos nosotros es lo que hace que cuando hacemos algo malo debamos intentar compensarlo para que el grupo se vea afectado lo menos posible, es decir para que los lazos sociales que nos unen no se rompan totalmente. Pues bien esto es lo que hace la Justicia Restaurativa. Esta Justicia busca la responsabilización del infractor por su conducta y por tanto que al hacerse responsable, quiera hacer lo correcto y reparar el daño.
HACER LO CORRECTO
En este hacer lo correcto, de lo que habla Howard Zehr, podemos incluir muchas obligaciones para satisfacer, otras tantas necesidades de las víctimas, pero también de la comunidad y del propio infractor. ¿Por qué?
Porque hacer lo correcto implicará primero, una responsabilidad del infractor, reconociendo el delito y por tanto, realizando todas las actividades que sean necesarias para reparar, compensar o mitigar el daño causado a la víctima directa y/o a la sociedad. Si hablamos de delitos muy graves, la reparación será más difícil o del todo imposible en sentido literal, sin embargo, se pueden hacer muchas cosas para que las víctimas se sientan reparadas, lo esencial es este primer paso en el que el infractor reconoce que fue su culpa y asume el daño que causó, esto puede ayudar de manera significativa a las víctimas. En delitos por ejemplo con resultado de muerte, esta reparación no tiene el mismo sentido, de por si el daño es irreparable lo que se puede hacer es ayudar en el proceso o en el viaje de las víctimas a la curación, sin embargo, sería solo una ayuda porque el viaje restaurativo a esta curación, solo lo puede hacer la propia víctima. En el hecho de hacer lo correcto, las obligaciones principales recaen sobre el infractor, sin embargo, en este proceso también puede necesitar ayuda o estímulos para que vea cual es el camino a seguir y será la comunidad la que le pueda guiar, también la comunidad necesitará ver qué es lo que hace que determinadas personas o determinado grupo social tengan tendencia al delito para poder abordar las causas y evitar la reincidencia.
Por eso, en segundo lugar, hacer lo correcto implica abordar las causas del delito, y no solo hacer frente a los daños. De hecho muchas víctimas, desean esto, no solo evitar que se la siga causando daños sino evitar que otras personas puedan sufrirlos. Los procesos restaurativos deberían abordar siempre el daño, pero también la prevención de otras conductas similares. Por eso, no sería descabellado, que durante los procesos restaurativos no solo se hable de las necesidades de las víctimas y las obligaciones de los infractores para con estas necesidades, sino también las necesidades de los infractores para poder cambiar su comportamiento y abandonar el delito
CONCLUSIONES
Los infractores deben hacer frente a las causas de su comportamiento pero en muchas ocasiones no pueden hacerlo solos, necesitaran ayuda y apoyo de su entorno más cercano y de otros miembros de la comunidad. En este sentido, habrá que explorar si queremos llegar al origen del por qué del delito, a los infractores como víctimas, es un tema controvertido pero en ocasiones muchos delincuentes han sido o son víctimas del sistema, de la injusticia o de la exclusión social, sin justificar el hecho delictivo, se debería analizar para poder abordar el delito de una forma más eficaz, ya que como hemos dicho: "hacer lo correcto" implica abordar el daño y abordar las causas
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