viernes, 20 de marzo de 2020

Tercer elemento para una justicia juvenil restaurativa

INTRODUCCIÓN
Estos días he hablado de elementos para configurar la Justicia Juvenil con enfoque restaurativo   y como puede configurarse en torno ha ciertos valores restaurativos que he considerado esenciales para esta Justicia y para fomentar en los jóvenes infractores, valores que les hagan "volver a la sociedad". Hoy toca hablar del tercer elemento. Por supuesto, que también podría ser aplicable a la Justicia Juvenil de adultos, quizá si acaso variando algún valor restaurativo pero manteniendo en esencia, el mismo espíritu, en el que los encuentros restaurativos serán el escalón ideal y que si se puede dar será bienvenido, sino se buscaran otras fórmulas igualmente y de alguna forma restaurativas, o se tratará individualmente, a víctima e infractor, de esta forma más humana y restaurativa.
RESPONSABILIDAD Y EMPATÍA
He hablado del respeto, la interrelación con los demás miembros de la comunidad y sus seres queridos y hoy quiero hablar de la responsabilidad y empatía:
La responsabilidad y la empatía. Este es el compromiso de estas relaciones. Los jóvenes infractores tienen unas necesidades, pero también y sobre todo la responsabilidad de hacer lo correcto, de devolver bien por el mal que hizo a través de la reparación del daño o su compensación. Tomar responsabilidad por el daño, no es sino asumir lo que se ha hecho, reconocer que se ha dañado a otra persona, y esto sin duda, es mostrar respeto a las víctimas, ya que las está diciendo: sé que te hice daño y voy a hacer lo posible para compensar este daño.

 En la práctica y en la justicia juvenil, todo esto se mostraría en toda clase de medidas de seguridad que ayuden al joven a ver que efectivamente causó un daño y a asumir que fue su culpa pero de una forma positiva, aprendiendo que no debe volver a delinquir no por miedo al castigo sino porque ha comprendido que no quiere volver a dañar a otro ser humano.(empatía)

Por un lado estas medidas tratan de que el adolescente se aleje del delito, pero es que además el compromiso activo de este, en el cumplimiento de estas medidas, supone una reafirmación de que quiere acatar las normas de convivencia, que desea no volver a delinquir y para ello cumplirá con las medidas que se le van a imponer. Esto producirá una reparación simbólica del daño porque esta comunidad perdió su sentimiento de seguridad por el delito que cometió este adolescente y ahora recupera esta seguridad al saber que este menor quiere no recaer y al cumplir con estas medidas educativas está reafirmando su respeto a las normas. Además alguna de estas medidas incide en el posible origen del delito (por ejemplo adicción a ciertas sustancias) para así poder prevenir la repetición de conductas delictivas por esos posibles problemas. 

Por supuesto, que estas medidas implican una intervención de naturaleza educativa, terapéutica o formativa (para la mejor reeducación y reinserción) Ejemplos de estas medidas pueden ser las siguientes : abandonar el trato con determinadas personas, prohibir la visita a bares, discotecas o centros de diversión, abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas e instalarse en un lugar de residencia determinado cambiando el original.

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