INTRODUCCIÓN
Es común pensar en justicia y hablar de castigo, como si ambas cosas fueran lo mismo. La actual justicia retributiva lo que hace es fomentar el castigo al infractor por el daño realizado, pero la gran pregunta es si solo castigando ayudamos a la reinserción. Es fundamental pensar si creemos en la reinserción y si la justicia tradicional la fomenta. La justicia restaurativa se presenta como una forma de hacer justicia que tiene en cuenta antes que el castigo, la responsabilización del infractor por sus acciones, así como su voluntad de querer reparar los daños ocasionados, esta es una forma mucho más eficaz de hacer justicia. Y además dando esta oportunidad a la persona ofensora de entender el impacto de sus acciones será más probable que decida no delinquir, por eso, con esta justicia también fomentamos la reinserción.
¿CREEMOS EN LA REINSERCIÓN?
En muchas ocasiones, me preguntan por la reinserción, ¿creemos realmente, que la reinserción es posible? La Constitución española, claramente dice que el fin de las penas es la reeducación y reinserción social, pero sin duda a pesar de esta declaración, solemos ser negativos, en cuanto a las posibilidades de que un infractor pueda abandonar su carrera delictiva y aprenda a vivir, respetando las normas. Es, además, muy común pensar en penas de prisión como castigo, sin tener en cuenta, que éstas están hechas para tratar de ayudar a las personas a reconectar con la sociedad. Solemos asociar Justicia y castigo. Es cierto que el derecho penal tiene como misión proteger los bienes jurídicos, motivar conductas, prevenir en forma general y reafirmar las normas. Partiendo del respeto a estas funciones, las penas no deben estar destinadas solo para infringir castigo sino para resocializar al infractor. Desde el punto de vista general-positivo, deben servir para reafirmar la norma que ha sido vulnerada, pero en ocasiones produce un efecto negativo y es que el infractor en lugar de asumir su responsabilidad siente que es “víctima” del sistema injusto.
Por eso, la pena debería cumplir la función retributiva y preventiva pero también la pena debería tener una función reparadora, ya sea con la víctima directa del delito o con la sociedad en general. Y es que la reparación del daño, según Roxin, tiene efectos resocializadores ya que obliga al autor a enfrentarse con las consecuencias del hecho y a asumir los intereses legítimos de las víctimas.
Roxin, indirectamente, ya hablaba de uno de los objetivos de la Justicia Restaurativa y además según él, también debería ser un fin de la pena. Para algunos, el fin primordial de las penas sería la retribución o castigo. Es decir: “el que la hace la paga”. La retribución se basa en una especie de venganza recíproca, esta venganza se torna legal mediante la imposición al infractor de una cantidad de dolor que se corresponde con el daño causado por el delito.
Todos estamos de acuerdo en que los delitos deben ser censurados públicamente, para fomentar el cumplimiento de las normas, pero también hay un equilibrio moral y material que debe ser restaurado para preservar las relaciones sociales.
Y en esto la Justicia Restaurativa es de gran ayuda, ya que no se queda solo en la retribución, parte de esta censura y este reproche al infractor a través del castigo, pero va más allá en una forma constructiva, intentando primero que la víctima sea reparada y después que el delincuente se comprometa voluntariamente a esta obligación positiva y constructiva de reparar el daño
Para otros, el fin principal de las penas es la prevención del delito, es decir disuadir de cometer nuevos delitos a la sociedad en general (prevención general) y al infractor, que ya delinquió para que no reincida (prevención especial).
La prevención general, muy relacionada con la retribución, va dirigida a la comunidad y trata de mostrar la “ejemplaridad” de las penas, para que, ante el temor de ser castigados, no delincan. La prevención especial hace que el infractor a través de la pena y “algo más”, pueda volver al marco social del que se separó al cometer el delito y decida no delinquir más. Entiendo que es una especie de pescadilla que se muerde la cola, pero es así, tal cual y la Justicia Restaurativa en esta prevención tanto especial como general, también puede ayudar. Los procesos restaurativos potencian la participación de la víctima, infractor y/o comunidad, así como la responsabilización. Esta participación hace que muchos delincuentes se den cuenta y se conciencien del daño real que causaron y su impacto en la víctima y en la comunidad, así evitaran su reincidencia y no por miedo al castigo sino porque se han dado cuenta que no deben dañar a otro ser vivo, ya que generan mucho dolor.
La comunidad al tener participación, también se hace más madura y responsable y la empatía generada la hace más fuerte y menos proclive a la delincuencia.
¿SIEMPRE ES POSIBLE LA REINSERCIÓN?
Claramente, existen infractores con una personalidad de muy difícil pronóstico, sin embargo, nadie dijo que las cosas fueran fáciles. Ojalá viviéramos en un mundo ideal, en los que los “buenos ganan”, los “malos tienen su merecido” pero además después de ser castigados se arrepienten, salen de prisión y no vuelven a delinquir. No obstante, esto, generalmente no siempre es así, sino todo lo contrario.
Soy optimista y pienso que el ser humano es bueno por naturaleza, aunque también reconozco que vivimos en un mundo imperfecto, los seres humanos no actuamos de forma racional, generalmente nuestras acciones son mezcla de emociones, intuición y lógica. El aspecto emocional es esencial y no se puede olvidar, esto es lo que nos lleva a encontrarnos con situaciones “imperfectas”, al menos teóricamente.
Existen ciertos infractores, con una personalidad (me estoy refiriendo a los psicópatas) que hace que su pronóstico de reinserción sea complicado. ¿Complicado sí, pero imposible? Igual que un médico no deja de intentar curar una enfermedad, aunque sepa de antemano, que puede ser incurable, ¿por qué rendirnos y dar por hecho que hay personas que son incapaces de ser recuperadas como productivas para la comunidad?
¿Qué mérito tenemos si ponemos nuestro interés y esfuerzo en las personas que sabemos fácilmente reintegrables en la sociedad y dejamos por imposible, a los casos complicados? Hasta ahora tenemos claro que estos infractores, carecen de valores restaurativos esenciales, uno de ellos la empatía, es decir la capacidad para entender y comprender a los seres vivos que nos rodean.
Pero la Justicia Restaurativa tiene mucho que decir en estos supuestos. Todas las teorías acerca de la justicia como construcciones doctrinales deben ir desarrollándose poco a poco, en el caso de la Justicia Restaurativa esta evolución debería cimentarse en el cambio de dos paradigmas:
1- desde el punto de vista jurídico y como afirma Howard Zehr, el cambio es dejar de centrarnos en el binomio delito- pena y basarnos en el de daño-reparación
2- pero también sería bueno tal y como decía Thomas Kuhn basarnos en un paradigma psicológico-filosófico y en lugar de obligar a la gente a comportarse de manera adecuada ante la amenaza del castigo, se debería alentar el desarrollo de la empatía
La empatía suele definirse como “ponerse en los zapatos del otro”. Es una habilidad que nos permite estar conscientes para reconocer, comprender y apreciar los sentimientos de los demás.
Siguiendo a Thomas Kuhn, y aplicando todo esto a la Justicia Restaurativa, si tratamos de generar empatía en las partes, los beneficios son importantes, por un lado, se puede conseguir que el infractor aprenda que no debe delinquir, pero no por el temor a recibir un castigo, sino porque ha comprendido que con esta actitud está dañando a una persona, a un ser humano.
En estos infractores la Justicia tradicional falla, pero por supuesto que de forma teórica también fallaría la Restaurativa porque el psicópata generalmente no tiene miedo al castigo y además tiene una incapacidad de sentir empatía, de sentir el dolor ajeno.
No obstante, los procesos restaurativos como herramientas o métodos para abordar cómo hacer las cosas bien tras el delito son en sí mismos, procedimientos que crean y favorecen el crecimiento de los valores restaurativos (como respeto, responsabilidad, empatía e interrelación) en el infractor, en la víctima y en la comunidad. Son procesos que ayudan a encontrar la humanidad “perdida” u “olvidada”.
Estos procedimientos pueden generar en muchos victimarios, un punto de inflexión para que tras hacer lo correcto y asumir su responsabilidad, decidan aprovechar la oportunidad para quitarse el “peso del estigma de ser delincuente”. Recuperaran su humanidad porque la sociedad los va a mirar por lo bueno que hagan desde ese momento en adelante. Supone para ellos, una ventana hacia el futuro. Además, las víctimas y la comunidad también recuperan su sentimiento de cierta seguridad y de confianza en la gente que les rodea. Aprenderán a comprender que, aunque viven en un mundo imperfecto, no todas las personas son malas o criminales, de esta forma también se reencontraran con su “humanidad” pérdida.
Por supuesto, que este punto de inflexión es realmente complicado que se pueda dar en ciertos infractores que carecen precisamente de los valores morales y éticos, necesarios para reencontrarse con su humanidad y es complicado además que surja en ellos la empatía, este valor restaurativo esencial. Sin embargo, hablamos desde la teoría, porque vivimos en una sociedad en continua evolución, aunque nosotros nos seguimos anclando en el pasado.
JUSTICIA RESTAURATIVA Y NEUROCIENCIA
Mantenemos, a pesar de los avances, que el ser humano no puede cambiar, como dice Daniel Reisel ¿si nosotros damos por perdidos a los psicópatas?, ¿qué motivo tendrían ellos para querer cambiar? Daniel Reisel, estudia el cerebro de los psicópatas y se hace una pregunta: en lugar de almacenar estos psicópatas ¿no deberíamos usar nuestros conocimientos sobre el cerebro para ayudar a su rehabilitación? Si en el cerebro se pueden crear nuevas conexiones neuronales, después de una lesión… ¿podríamos ayudar a los psicópatas a que el cerebro vuelva a crear moral? El tema es difícil de explicar, pero es apasionante a la vez, parece que nuestra habilidad para socializar, para conocer y comprender acerca de lo bueno y lo malo se desarrolla en nuestros primeros años de vida. La base de nuestro comportamiento moral es innata.
En nuestro cerebro podemos encontrar la amígdala, la cual está íntimamente relacionada con la empatía, cuanto más activa es, más empática es la persona. Los estudios han demostrado que precisamente esta amígdala es deficiente en el cerebro de los psicópatas.
A esto también se une el hecho de que muchos de estos delincuentes fueron víctimas y tuvieron una infancia traumática, lo que probablemente hizo que no pudieran desarrollar esta parte del cerebro de forma adecuada y como se hace en la mayoría de los seres vivos, con esto perdieron una oportunidad de que se generara en ellos, los valores morales y sociales que en el común de la población surgen en los primeros años de nuestra vida.
Además, hoy en día se ha desterrado la idea de que nuestras neuronas no pueden surgir en la edad adulta, aunque es más complicado, la neurogénesis puede darse en los adultos. Con esto no quiero decir que los psicópatas deban eludir la cárcel porque tienen una deficiencia en el cerebro, sin embargo, encerrarlos en la cárcel simplemente, no solo no ayuda a regenerar su cerebro, sino que de hecho seguramente los hará más hostiles. En lugar de darlos por irrecuperables, la Justicia Restaurativa y sus procesos ofrecen una oportunidad de hacerlos responsables.
Se ha visto que en un encuentro cara a cara con la víctima, el cerebro del infractor reacciona y la amígdala (responsable de la empatía) responde a los estímulos porque quizá por primera vez, muchos de ellos verán a la víctima como un ser humano con emociones y sentimientos. No se trataría de usar la Justicia Restaurativa, como un proceso restaurativo al uso, es decir reunión víctima-infractor y /o comunidad, sino de utilizar el enfoque restaurativo para poco a poco ir acercando al victimario que tiene alguna psicopatía, a testimonios de víctimas, también ayudarlos en el proceso de reflexionar sobre ellos mismos, su pasado y su futuro y sus acciones.
Sería necesario la cooperación de ciencia y otras disciplinas (Justicia Restaurativa, Criminología, psicología, derecho, neurociencia…) para poder seguir investigando como reinsertar a estos psicópatas en la sociedad por ellos mismos, pero también por nosotros y por las víctimas y potenciales futuras víctimas. Para esto es necesario como dice Daniel Reisel cambiar nuestras propias amígdalas y ver que es posible que muchos puedan cambiar y en este proceso, sin duda, la Justicia Restaurativa es una herramienta eficaz por cuanto favorece precisamente el encuentro del infractor con su humanidad y de paso favorece la reparación y mejor atención de las víctimas.
Una vez más la Justicia Restaurativa, se presenta como una herramienta multidisciplinar (no reducida al mundo de la mediación o del derecho) que ayudará a conseguir lo que todos queremos: un mundo mejor.
CONCLUSIONES
La conclusión es que debemos repensar, qué mundo queremos, entiendo que lo sencillo es dar por irrecuperables a ciertas personas, crear más cárceles y aumentar las penas, lo difícil es pensar en alternativas que promuevan humanidad, y recuperen a las personas, que por sus características son de difícil recuperación. Como decía Concepción Arenal, "no hay delincuente incorregible sino incorregido". Antes de dar por perdidos a ciertos infractores, vamos a crear mejores y más avanzados tratamientos y programas de intervención, que vayan no solo para el que ya ha delinquido sino el que potencialmente, está en riesgo de hacerlo.
Y retomando a Concepción Arenal, "perfeccionando a los que cayeron una vez, lograremos hacerlos dignos”.
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