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lunes, 17 de marzo de 2025

Una verdadera justicia restaurativa con espacios y programas restaurativos y más inversión para las personas que trabajan con adolescentes. A propósito de la muerte violenta de una educadora social por tres adolescentes

 


Tres menores han sido detenidos como presuntos responsables de la "muerte violenta" de una educadora de 35 años en un piso tutelado de Badajoz. Vivian en un piso de cumplimiento de medidas judiciales.

Estos días hemos asistido a la terrible noticia del asesinato de una educadora social por parte de tres adolescentes. Frente a lo que nunca tuvo que suceder si se hubieran tomado las medidas necesarias, surgen determinadas preguntas y cuestionamientos sobre si lo estamos haciendo bien y qué medidas tomar para que esto no se repita. Lo primero que automáticamente la gente se plantea es cambiar la ley, siempre pensamos que el castigo es la solución.  Necesitamos pensar que el tratamiento y la intervención con los menores debe mejorarse y sobre todo debemos valorar otras medidas preventivas para no tener que intervenir cuando el daño ya se ha producido.

LEY ORGÁNICA 5/2000 DE 12 DE ENERO REGULADORA DE LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS MENORES

Cada vez que un suceso terrible sucede en el que menores de edad están implicados surge el debate sobre esta ley e incluso sobre la necesidad de disminuir la edad penal de imputabilidad de los menores que actualmente está en los 14 años.  La justicia juvenil presenta unas características diferenciadas de la justicia de adultos esto es lo primero que se debe explicar, se basa en el principio de especialidad.  Este principio tiene en cuenta las características especiales de los delitos cometidos por adolescentes y su gestión se lleva por personal especializado Están sujetos a leyes específicas centradas en esta reinserción, y ofrecen una respuesta individualizada y adaptada a cada uno de los chicos y chicas y sus circunstancias. Incluso el entorno debe ser diferenciado a los centros de adultos. Esto implica la necesidad de gestionar el delito de una manera pedagógica, humana y siempre que sea posible fuera del derecho penal, privilegiando el principio de oportunidad. Y aún si hubiera que usarlo cualquier medida tiene que tener un enfoque educativo y reinsertador (que ayude al adolescente a reconectar con su entorno y en la comunidad) A los menores infractores se les impone una medida de seguridad no una pena. Esta especialidad y diferenciación tiene que ver con sus características, tienen una personalidad en formación y debe buscarse y primarse este enfoque pedagógico. Si en adultos el objetivo de las penas es la reinserción en adolescentes todavía cobra más sentido. Todo esto debe conseguirse sin vulnerar los derechos de las víctimas. El problema surge con esto último ya que en un acto de solidaridad con las víctimas se suele considerar que esta ley y en general todas las leyes de adolescentes son excesivamente blandas y que se requeriría un aumento del castigo.  Continuar leyendo en lawandtrends

jueves, 5 de diciembre de 2024

Impacto e innovación de los enfoques restaurativos en la Justicia Juvenil

 En octubre participé en unas jornadas organizadas por la fundación diagrama sobre justicia juvenil restaurativa. Mi papel fue de moderadora de una de las mesas redondas. No obstante aprovechando mi presencia colaboré con mis reflexiones.

Os adjunto el video de estas reflexiones: 




martes, 27 de septiembre de 2022

Respeto, valor esencial para la justicia restaurativa


INTRODUCCIÓN

Partiendo de definiciones como la de las Naciones Unidas, podemos ver la Justicia Restaurativa como algo más que encuentros en la forma de mediación penal, conferencias o círculos, claramente la Justicia Restaurativa es mucho más que mediación penal. Los encuentros restaurativos pueden ser realmente importantes, aunque no dejan de ser un aspecto más, quizá el último “escalón”, pero si verdaderamente creemos que la Justicia Restaurativa es una forma de ver la justicia más humana, un nuevo paradigma de justicia, aplicada al sistema de justicia penal, y en especial, a la justicia juvenil, debemos ir dotando al sistema penal de justicia que ya tenemos, de una serie de valores, elementos y principios restaurativos.

Así operando desde dentro y partiendo de la regulación existentes, los resultados serán más satisfactorios porque se habrá tenido en cuenta las peculiaridades de cada país y sus leyes y los operadores jurídicos, otras autoridades y la sociedad en general tendrá tiempo de asumir la Justicia Restaurativa como lo más lógico, acertado y beneficioso para todos. ¿Cuál sería la propuesta? Una justicia juvenil con enfoque restaurativo. ( Y una justicia penal en general)

lunes, 5 de abril de 2021

Respeto un valor esencial para la justicia restaurativa

 


JUSTICIA RESTAURATIVA EN SENTIDO AMPLIO

Partiendo de definiciones como la de las Naciones Unidas, podemos ver la Justicia Restaurativa como algo más que encuentros en la forma de mediación penal, conferencias o círculos, claramente la Justicia Restaurativa es mucho más . Los encuentros restaurativos pueden ser realmente importantes, aunque no dejan de ser un aspecto más, quizá el último “escalón”, pero si verdaderamente creemos que la Justicia Restaurativa es una forma de ver la justicia más humana, un nuevo paradigma de justicia, aplicada al sistema de justicia penal,y en especial, a la justicia juvenil, debemos ir dotando al sistema penal de justicia que ya tenemos, de una serie de valores, elementos y principios restaurativos.

Así operando desde dentro y partiendo de la regulación existentes, los resultados serán más satisfactorios porque se habrá tenido en cuenta las peculiaridades de cada país y sus leyes y los operadores jurídicos, otras autoridades y la sociedad en general tendrá tiempo de asumir la Justicia Restaurativa como lo más lógico, acertado y beneficioso para todos. ¿Cuál sería la propuesta? Una justicia juvenil y de adultos con enfoque restaurativo. Este enfoque restaurativo se conseguiría teniendo en cuenta los valores y principios que subyacen en esta Justicia para aplicarlos de forma individual tanto al joven infractor como a la víctima

lunes, 1 de marzo de 2021

Justicia juvenil restaurativa


J
USTICIA JUVENIL CON ENFOQUE RESTAURATIVO

La justicia juvenil con enfoque restaurativo sería la Justicia penal juvenil existente pero impregnada de la filosofía y los valores de la justicia restaurativa, especialmente la de la responsabilización de la persona adolescente y generación en ellos y ellas,  de la empatía suficiente para querer cambiar, intentando que el internamiento sea lo último a lo que acudir, dando preferencia a medidas siempre educativas que fomenten su asunción de responsabilidad, que aborden problemas que le pudieron llevar a delinquir y que le proporcionan la seguridad y la confianza en sí mismo y en la sociedad como para saber que va a ser apoyado y no va a ser estigmatizado. Todas las medidas que se le impongan estarán dirigidas a la superación o mitigación del sentimiento de vergüenza, que para muchos se traduce en una respuesta defensiva, negación de la responsabilidad y la necesidad de culpar a los demás por la de culpabilidad, que implica un sentimiento de responsabilidad y remordimiento por una ofensa, es  decir, la culpabilidad como parte de la justicia restaurativa, conlleva dos aspectos básicos de ésta: la asunción de responsabilidad como paso previo para reparar el daño.  Los encuentros restaurativos serían el ultimo escalón en esta justicia juvenil restaurativa, pero no serían lo única forma de ser restaurativos con víctima e infractor

sábado, 29 de junio de 2019

Un valor esencial para la justicia restaurativa; respeto

INTRODUCCIÓN
Partiendo de definiciones como la de las Naciones Unidas, podemos ver la Justicia Restaurativa como algo más que encuentros en la forma de mediación penal, conferencias o círculos, claramente la Justicia Restaurativa es mucho más que mediación penal. Los encuentros restaurativos pueden ser realmente importantes, aunque no dejan de ser un aspecto más, quizá el último “escalón”, pero si verdaderamente creemos que la Justicia Restaurativa es una forma de ver la justicia más humana, un nuevo paradigma de justicia, aplicada al sistema de justicia penal,y en especial, a la justicia juvenil, debemos ir dotando al sistema penal de justicia que ya tenemos, de una serie de valores, elementos y principios restaurativos.
Así operando desde dentro y partiendo de la regulación existentes, los resultados serán más satisfactorios porque se habrá tenido en cuenta las peculiaridades de cada país y sus leyes y los operadores jurídicos, otras autoridades y la sociedad en general tendrá tiempo de asumir la Justicia Restaurativa como lo más lógico, acertado y beneficioso para todos. ¿Cuál sería la propuesta? Una justicia penal con enfoque restaurativo en especial la justicia juvenil

miércoles, 18 de julio de 2018

Sobre segundas oportunidades

En muchas ocasiones, he hablado de la vergüenza reintegrativa, un concepto acuñado por John Braithwaite y que está intimamente relacionado con la Justicia Restaurativa. Esta justicia busca la responsabilización del infractor, que la persona que ha causado un daño, sé de cuenta del impacto de su conducta, vea que el hecho delictivo no pasó simplemente sino que el provocó que pasara.La vergüenza reintegrativa desaprueba el acto ilícito, el delito pero respeta al infractor, estigmatiza el mal pero no al infractor, frente a la vergüenza estigmatizante que lo que hace es reprobar el acto dañoso, a través de humillar a la persona que lo ha ocasionado.La vergüenza reintegrativa es aplicable a cualquier infractor puesto que todos merecemos una segunda oportunidad para hacer las cosas bien, pero sin duda, en jóvenes cobra mayor importancia.Como decía, Braithwaite es la vergüenza de los ojos de los que te quieren, los que te puede hacer cambiar, esto ¿qué implica? Pues que siempre que sea posible la participación e implicación de la familia en la gestión del delito y su forma de abordarlo, es importante, de ahí, que los procesos restaurativos como las conferencias, son muy importantes. 

jueves, 5 de octubre de 2017

Justicia Juvenil Restaurativa

La Justicia Restaurativa en el ámbito de los niños y jóvenes es realmente la pieza clave para reducir la reincidencia, generar armonía social y un futuro mejor, porque como decía Pitágoras: “Educad a los niños y no tendréis que castigar a los hombres”. Aplicando los valores de la Justicia Restaurativa a la persona adolescente, el factor educativo y pedagógico que esta justicia conlleva, puede suponer un punto y aparte en su vida, un cambio que va a beneficiar de paso a sus familiares, amigos y vecinos. En el ámbito juvenil es donde más puede ayudar la Justicia Restaurativa para conseguir una generación de adultos, que no solo hayan desistido de delinquir sino que habrán aprendido valores restaurativos esenciales para la vida en comunidad como la empatía, diálogo, sensibilidad, respeto y empoderamiento.

jueves, 31 de agosto de 2017

Justicia juvenil restaurativa

Es bueno y acertado que se tenga en cuenta la Justicia Restaurativa en conjunto, como modo de gestionar el delito de una manera más humana y sanadora y además, considero acertado hablar de esta Justicia en jóvenes, puesto que si en algún ámbito tiene gran potencial es precisamente en el de jóvenes y personas adolescentes en conflicto con la ley, tanto a nivel penal como escolar. Para prevenir la repetición de conductas delictivas pero también para evitar que se produzcan. Realmente los jóvenes tienen una personalidad en formación y los procesos penales deben ser educativos así como preventivos, para evitar que empiecen una carrera delictiva. Siguiendo la línea de lo que decía Pitágoras, educad a los niños y no tendréis que castigar a los hombres.La Justicia Restaurativa devuelve al joven infractor a la realidad, su delito ha dañado a un ser humano y su "deuda" no es sólo y principalmente con el estado, sino que debe responsabilizarse para con la víctima directa y también con la comunidad en la que vive.

jueves, 22 de diciembre de 2016

Tercer elemento para un sistema penal juvenil restaurativo

Ayer hablaba de un primer elemento para un sistema penal juvenil restaurativo, y el sábado pasado, de un segundo elemento,  y como puede configurarse en torno ha ciertos valores restaurativos que he considerado esenciales para esta Justicia y para fomentar en los jóvenes infractores, valores que les hagan "volver a la sociedad". Hoy toca hablar del tercer elemento. Por supuesto, que también podría ser aplicable a la Justicia Juvenil de adultos, quizá si acaso variando algún valor restaurativo pero manteniendo en esencia, el mismo espíritu, en el que los encuentros restaurativos serán el escalón ideal y que si se puede dar será bienvenido, sino se buscaran otras fórmulas igualmente y de alguna forma restaurativas, o se tratará individualmente, a víctima e infractor, de esta forma más humana y restaurativa.He hablado del respeto, la interrelación con los demás miembros de la comunidad y sus seres queridos y hoy quiero hablar de la responsabilidad y empatía:
La responsabilidad y la empatía. Este es el compromiso de estas relaciones. Los jovenes infractores tienen unas necesidades, pero también y sobre todo la responsabilidad de hacer lo correcto, de devolver bien por el mal que hizo a través de la reparación del daño o su compensación. Tomar responsabilidad por el daño, no es sino asumir lo que se ha hecho, reconocer que se ha dañado a otra persona, y esto sin duda, es mostrar respeto a las víctimas, ya que las está diciendo: sé que te hice daño y voy a hacer lo posible para compensar este daño.

miércoles, 21 de diciembre de 2016

Un primer elemento para un sistema penal juvenil restaurativo

Partiendo de definiciones como la de las Naciones Unidas, podemos ver la Justicia Restaurativa como algo más que encuentros en la forma de mediación penal, conferencias o círculos, claramente la Justicia Restaurativa es mucho más que mediación penal. Los encuentros restaurativos pueden ser realmente importantes, aunque no dejan de ser un aspecto más, quizá el último “escalón”, pero si verdaderamente creemos que la Justicia Restaurativa es una forma de ver la justicia más humana, un nuevo paradigma de justicia, aplicada al sistema de justicia penal,y en especial, a la justicia juvenil, debemos ir dotando al sistema penal de justicia que ya tenemos, de una serie de valores, elementos y principios restaurativos.
Así operando desde dentro y partiendo de la regulación existentes, los resultados serán más satisfactorios porque se habrá tenido en cuenta las peculiaridades de cada país y sus leyes y los operadores jurídicos, otras autoridades y la sociedad en general tendrá tiempo de asumir la Justicia Restaurativa como lo más lógico, acertado y beneficioso para todos. ¿Cuál sería la propuesta? Una justicia juvenil con enfoque restaurativo. Este enfoque restaurativo se conseguiría teniendo en cuenta los valores y principios que subyacen en esta Justicia para aplicarlos de forma individual tanto al joven infractor como a la víctima

sábado, 17 de diciembre de 2016

Segundo elemento para un sistema penal juvenil restaurativo

Ayer hablaba de la Justicia Juvenil con enfoque restaurativo, y acerca de como es mucho más que encuentros restaurativos, si éstos pueden darse además de muy eficaces son "sanadores" para todos los afectados de alguna manera por el delito, sin embargo, no siempre son posibles o mientras se decide si son posibles, también podemos ser restaurativos tanto con la víctima como con el joven infractor ( esto pasaría igual en la justicia de adultos). Para este enfoque restaurativo, partía de que se deben tener en cuenta e intentar fomentar y transmitir ciertos valores esenciales para esta Justicia, ayer hablaba de respeto, hoy hablaré de la interrelación con los demás miembros de la comunidad.La relación entre los jóvenes infractores y la comunidad, es el reconocimiento de la interrelación, la interconexión de todos y cada uno de nosotros.Es también más profunda y más que eso. Relaciones significa hacer algo por los demás. Algo para alguien más. Ese es el crecimiento y la curación, que proporciona la Justicia Restaurativa, una puerta abierta a la transformación y a nuestra forma de ver el hecho delictivo y nuestra relación con el joven infractor. La Justicia Restaurativa ayuda a las víctimas pero también a los jóvenes a empezar un camino diferente en la forma de relacionarse con el daño. Esto es más importante de lo que pueda parecer ya que esta justicia juvenil con enfoque restaurativo debe favorecer el sentimiento del joven de pertenencia a la sociedad, al grupo y de que es apoyado por su círculo más cercano.

viernes, 16 de diciembre de 2016

Justicia Juvenil Restaurativa

La Justicia Restaurativa en el ámbito de los menores y jóvenes es realmente la pieza clave para reducir la reincidencia, o más bien prevenir conductas que puedan acabar en delito, generar armonía social y un futuro mejor, porque como decía Pitágoras: “Educad a los niños y no tendréis que castigar a los hombres”. Aplicando los valores de la Justicia Restaurativa a los menores infractores, el factor educativo y pedagógico que esta justicia conlleva, puede suponer un punto y aparte en su vida, un cambio que va a beneficiar de paso a sus familiares, amigos y vecinos. En el ámbito juvenil es donde más puede ayudar la Justicia Restaurativa para conseguir una generación de adultos, que no solo hayan desistido de delinquir sino que habrán aprendido valores restaurativos esenciales para la vida en comunidad como la empatía, diálogo, sensibilidad, respeto y empoderamiento. Es cierto que la Justicia Restaurativa empezó en menores y jóvenes infractores, pues el propio derecho penal en jóvenes tiene como fin último la reeducación del menor, es una función pedagógica más que punitiva. Sin embargo, y como alguien me comentaba en este blog hace unos meses, no se puede olvidar que en los adultos puede y de hecho tiene en general, un efecto similar. 

sábado, 26 de noviembre de 2016

Artículo en la revista "Justicia para crecer"

Como sabéis en alguna ocasión he colaborado con la Fundación Terre des hommes, en este caso os dejo el enlace a su revista Justicia para crecer, en la que he colaborado con ellos, con un articulo "Justicia Tradicional y Justicia Restaurativa. Procesos restaurativos a nivel global", espero que os guste. Este es enlace, https://issuu.com/tdhperu/docs/jpc21

Me parece muy interesante el título que han adoptado, puesto que la Justicia Restaurativa es una justicia que nos ayuda a reinventarnos y a crecer como personas, está enfocado a los jóvenes, pero no podemos olvidar que también los adultos necesitamos crecer no solo fisicamente sino espiritualmente.

jueves, 30 de junio de 2016

Justicia Restaurativa en el ámbito juvenil


Cada vez se habla más de justicia restaurativa, y esto me parece un gran avance, aunque es cierto que en muchas ocasiones, no se tiene claro que es esta justicia. También es cierto que aunque empezó en el área penal, poco a poco se ha ido viendo las bondades de esta justicia en otros ámbitos como el escolar o la comunidad. Es interesante, que ya se tenga en cuenta la Justicia Restaurativa en conjunto, como modo de gestionar el delito de una manera más humana y sanadora y además, considero acertado hablar de esta Justicia puesto que si en algún ámbito tiene gran potencial es precisamente en el de jóvenes y menores infractores, tanto a nivel penal como escolar. Para prevenir la repetición de conductas delictivas pero también para evitar que se produzcan. Realmente los jóvenes y menores tienen una personalidad en formación y los procesos penales deben ser educativos así como preventivos para evitar que empiecen una carrera delictiva. Siguiendo la línea de lo que decía Pitágoras, educad a los niños y no tendréis que castigar a los hombres.

jueves, 12 de febrero de 2015

Conclusiones sobre una Justicia Juvenil con enfoque restaurativo

La justicia juvenil con enfoque restaurativo sería la Justicia penal juvenil existente pero impregnada de la filosofía y los valores de la justicia restaurativa, especialmente la de la responsabilización del joven infractor y generación en ellos de la empatía suficiente para querer cambiar, intentando que el internamiento sea lo último a lo que acudir, dando preferencia a medidas siempre educativas que fomenten su asunción de responsabilidad, que aborden problemas que le pudieron llevar a delinquir y que le proporcionan la seguridad y la confianza en sí mismo y en la sociedad como para saber que va a ser apoyado y no va a ser estigmatizado. 

lunes, 9 de febrero de 2015

Respeto, un valor para una justicia juvenil con enfoque restaurativo


Partiendo de definiciones como la de las Naciones Unidas, podemos ver la Justicia Restaurativa como algo más que encuentros en la forma de mediación penal, conferencias o círculos, claramente la Justicia Restaurativa es mucho más que mediación penal. Los encuentros restaurativos pueden ser realmente importantes, aunque no dejan de ser un aspecto más, quizá el último “escalón”, pero si verdaderamente creemos que la Justicia Restaurativa es una forma de ver la justicia más humana, un nuevo paradigma de justicia, aplicada al sistema de justicia penal,y en especial, a la justicia juvenil, debemos ir dotando al sistema penal de justicia que ya tenemos, de una serie de valores, elementos y principios restaurativos.

lunes, 28 de abril de 2014

Procesos restaurativos como la mediación penal con jóvenes infractores

Para que la eficacia de esta Justicia no quede reducida y para poder aprovechar los grandes beneficios que esta conlleva, lo ideal es partir de un concepto amplio de Justicia Restaurativa. Esta Justicia no es un proceso especifico, sino más bien un conjunto de principios rectores y valores, un marco filosófico para identificar y abordar los daños y las obligaciones. Es algo más amplio que los diferentes modelos de encuentros específicos, como la mediación penal, conferencias o círculos


La declaración de San Salvador de 24 de noviembre de 2009, surgida tras el II Foro Internacional de Justicia penal juvenil: hacia una Justicia Restaurativa en Centroamérica, incide en esta concepción amplia y propugna una justicia juvenil restaurativa en general y aplicada a cuantas intervenciones se realicen con respecto a la víctima, jóvenes infractores, familia y allegados y destaca su recomendación de aplicar el enfoque sistémico de la justicia juvenil restaurativa involucrando a todos los operadores jurídicos intervinientes.

La Justicia Restaurativa como teoría, como construcción doctrinal debe ir desarrollándose poco a poco y en este caso concreto debe cimentarse en dos cambios de paradigma:

1. Desde el punto de vista jurídico y como afirma Howard Zehr, el cambio es dejar el binomio delito-pena y centrarnos en el daño-reparación 

2. También siguiendo a Thomas Kuhn (“la estructura de las revoluciones científicas”1962. Ed. Universidad de Chicago) desde un punto de vista psicológico-filosófico , en lugar de obligar a los jóvenes a comportarse bien o de manera adecuada ante la amenaza del castigo, se debe alentar el desarrollo de la empatía.

 Estos dos puntos son esenciales para poner en práctica cualquier herramienta de la justicia restaurativa como la mediación penal, partiendo que en jóvenes infractores el beneficio será mucho mayor puesto que podremos prevenir futuros delitos y futuros delincuentes adultos, se trataría de fomentar una mediación en materia penal, educativa en valores restaurativos que fomente la empatía y las segundas oportunidades para aquellos jóvenes que sabiendo que han hecho mal, quieren reparar o mitigar el daño. Se trataría de generar en ellos la confianza de que pueden hacer las cosas bien y que van a ser ayudados y mirados por lo bueno que pueden hacer en el futuro.


lunes, 10 de febrero de 2014

Más principios de la justicia juvenil restaurativa (III)

Como consecuencia de los beneficios de esta justicia restaurativa que tiene en cuenta la dimensión humana del infractor y la víctima, se disminuye la reincidencia y propicia al menos en mayor medida, en la justicia juvenil restaurativa, que la privación de libertad sea lo último a acudir, prevaleciendo medidas pedagógicas y educativas que generen valores restaurativos en el joven para que de en ese momento en adelante, quiera hacer las cosas bien y se vea acompañado, eso sí siempre enseñándolos una actitud responsable y activa, "quién hace algo mal, debe hacer lo necesario para reparar o compensar el daño", esto es ser una persona madura y responsable.

Para concluir los principios más esenciales de la justicia juvenil con enfoque restaurativo, estos son los últimos:

El principio de universalidad, aspirando a que en cumplimiento de la normativa internacional todos los menores y todas las víctimas con independencia del lugar donde se encuentren o en el país donde vivan, puedan disfrutar de una justicia penal juvenil restaurativa y esto por supuesto es aplicable a la justicia restaurativa en adultos.

El principio de igualdad cualquier menor con independencia de su condición social o circunstancias debe tener el derecho de ser tratados de acuerdo al espíritu de la justicia restaurativa. Este principio de igualdad relacionado con el de universalidad, trata de que la justicia restaurativa tanto para justicia de menores como de adultos sea un derecho universal para todas las víctimas y todos los infractores con independencia del delito cometido. Si una víctima quiere participar en un proceso restaurativo, no permitírselo, por ejemplo porque el delito sufrido es muy grave, sería conculcar el principio de igualdad y victimizar una vez más a los que sufren, porque les estamos diciendo: no puedes porque has sufrido un delito muy grave. De la misma manera, si un delincuente quiere asumir el daño y reparar, no sería conveniente negárselo por ser un delito muy grave porque primero le estamos quitando la oportunidad de hacer las cosas bien, de concienciarse y de reparar el daño, así perjudicamos al infractor porque limitamos su reinserción, a la víctima porque evitamos que sea reparada y a la comunidad, porque al bloquear su reinserción es más probable que vuelva a delinquir y que haya más potenciales futuras víctimas.





viernes, 7 de febrero de 2014

Más principios de la Justicia Juvenil Restaurativa

Continuando con lo que hablaba ayer, aquí hay otros principios de  la justicia juvenil restaurativa que pueden resultar interesantes y enfocar mejor la labor restaurativa con menores  y jóvenes infractores y también con otros como forma de prevenir que cometan delitos:

El principio de responsabilidad del menor infractor,  la justicia restaurativa potencia la concienciación y responsabilización del menor infractor, elimina el concepto de delincuente sin posibilidad de redención. Sustituye el concepto de infractor pasivo que se limita a esperar la respuesta judicial y su consiguiente medida, por el de agente activo e implicado en el cumplimiento de su responsabilidad especialmente el de compensación o reparación a la víctima y /o la comunidad.
El principio de responsabilidad publica; es obligación del estado y los poderes públicos fomentar una comunidad más segura y satisfecha con la gestión de sus gobiernos. Para esto es esencial favorecer mecanismos de reinserción y reducación de los infractores, con especial atención a los jóvenes infractores. Estos menores tienen una vida por delante y una personalidad en formación, los valores restaurativos pueden suponerlos un punto de inflexión para querer cambiar y alejarse del delito. Esto evita futuros delincuentes adultos, cometiendo nuevos delitos, menos jóvenes infractores reincidiendo y menos futuras potenciales víctimas, con lo que la sociedad se sentirá más segura y satisfecha

El principio de oportunidad; el principio de legalidad está basado en la pretensión de igualdad de tratamiento de todos los individuos ante la ley. Sin embargo, la realidad ha superado esta premisa porque similar intensidad para todos y cada uno de los delitos no ha dado resultados en términos de eficacia en su persecución y en las consecuencias para la víctima, infractor la propia comunidad. Con este diseño no se atiende las necesidades de las víctimas, nadie habla de ellas, nadie escucha su voluntad de ser reparada o que se haga justicia. Los motivos del principio de oportunidad se vinculan a criterios de orientación a los fines, consecuencias y efectividad del sistema. 

Precisamente este es un pilar que sustenta el sistema penal juvenil con enfoque restaurativo, favorecer cuando sea posible la desjudicialización del delito, siempre y cuando se cumpla por el menor sus obligaciones para con la víctima o en su caso con la comunidad (cuando la reparación sea simbólica como por ejemplo trabajos en beneficio de la comunidad)
En la próxima entrada de mi blog concluiré con esta selección de algunos principios fundamentales de la justicia juvenil restaurativa también aplicable a la justicia de adultos.