sábado, 11 de noviembre de 2017

Objetivos de la Justicia Restaurativa

La Justicia Restaurativa es un conjunto de valores y creencias acerca de lo que significa la justicia. Esta teoría busca como objetivos primordiales:
1. Invitar a la completa participación y al consenso
Una de las bondades de la Justicia Restaurativa es su capacidad para abordar y generar sanación en todos los afectados por el delito, tanto la víctima como el infractor. Sin embargo, cuando hablamos de víctimas, frecuentemente ponemos el acento en los directamente afectados, que lógicamente son las víctimas principales, las que sufren el mayor daño pero en ocasiones, existen otras víctimas como los familiares y allegados de ambos. La Justicia tradicional se centra en los directamente afectados por el delito y la reparación material. Frente a esto la Justicia Restaurativa pone su centro de atención en todos los afectados por el delito y en cómo reparar el daño que sufrieron, ya sea moral y material. Pero realmente es muy complicado hablar de víctimas, ¿quién es víctima? Me gusta la definición general si se acude a un diccionario, y dice que víctima es aquella persona que sufre los resultados infelices de los propios actos, de otros o fortuitos. Con ella, se amplía la consideración de víctimas a todos los que sufren las consecuencias de los hechos ilícitos.

Pongamos por ejemplo a los familiares de un infractor, especialmente si es un delito muy grave, ¿acaso no son también víctimas? En una diferente perspectiva, pero también son víctimas porque sufren el estigma de ser familia de un infractor, se ven afectados por el dolor de su familiar y por no comprender como alguien tan cercano ha podido cometer un crimen, los sentimientos de culpa en estas víctimas, especialmente en delitos muy serios, son grandes.

Estas víctimas también necesitan superar el delito, el trauma y los frecuentes sentimientos de vergüenza y culpa que emergen tras saber que un allegado ha cometido un crimen.

Los procesos restaurativos son más efectivos porque incluyen a todos los "tocados" por el delito de alguna manera y los reúnen para transformar su vida, y ayudarlos a superarlo de acuerdo a sus necesidades.

2. Sanar lo que ha sido roto

Como es una justicia que es más justa e individualizada lo que hace es atender a cada afectado por el crimen de la manera que más le pueda ayudar a “sanar” y “curar” sus heridas y el trauma del delito

3. Buscar completa y directa responsabilidad

El objetivo más diferenciador con respecto a la justicia retributiva tradicional es la actitud activa y responsable que fomenta la restaurativa.

4. Reunir lo que ha sido dividido

El delito, lo que hace es separar al infractor y a la víctima de la sociedad y de su entorno, la realidad es que cuando un delito se comete, se rompe la cohesión social, los lazos sociales que nos unen a los unos con los otros se quiebran y se necesita atender a los afectados para poder recomponer lo que se ha quebrado con el crimen

5. Fortalecer a la comunidad para prevenir daños mayores.

Las prácticas restaurativas más inclusivas que favorece la participación de la comunidad son más restaurativas porque promueven una mayor curación de no solo los afectados directamente sino también de los indirectamente “tocados” por el delito

6. Buscar el esfuerzo cooperativo de la comunidad y del estado

El estado y la comunidad deben implicarse en la recuperación de la víctima y del infractor por cuanto son parte de la sociedad, y parte del sistema y su obligación será promover lo que sea necesario para la reintegración de ambos en la sociedad y como personas nuevas.

7. Buscar la reintegración de la víctima y el ofensor en la comunidad.

Uno de los fines de la pena son la rehabilitación y reinserción social, así lo dice nuestro artículo 25 de la Constitución en España, y nada mejor que fomentar esta reinserción a través de la responsabilización y la actitud activa que genera la justicia restaurativa. Será el infractor de forma voluntaria el que decidirá que el que hace algo mal, debe reparar el daño porque es algo natural, ético y moral. La consideración de la reparación será la de una prestación socialmente constructiva

2 comentarios:

  1. Me parece algo apropiado cada una pero tengamos en cuenta que en la mayoría de los países no se cumplen ninguna en la mayoría que he visto es en la ciudad de Nueva York y de cumple la justicia como en otros no y las víctimas quedan marcadas para siempre

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    1. Desgraciadamente aunque la palabra justicia restaurativa está de moda, muy pocas veces se aplica en toda su amplitud y con los beneficios que conlleva, acá en España se está utilizando más con fines políticos y de autobombo que como verdadera justicia. Por esto, tienes parte de razón pero hay que seguir por una justicia más adecuada para las personas que sufren.

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