Estoy de acuerdo en que la Justicia Restaurativa y sus diferentes herramientas o fórmulas es aplicable también para delitos graves puesto que en estos casos las víctimas necesitaran tanto o más ayuda que las víctimas de delitos leves, igual que los infractores de crímenes graves, deben tener una oportunidad de hacer las cosas bien y asumir el daño que causaron. Ayer hablaba precisamente de Justicia Restaurativa en delitos de violencia de género, algo no sólo posible sino deseable. Por eso, cuando nos enfrentamos a delitos más serios, debemos tener en cuenta que las reuniones individuales con víctima e infractor son esenciales para que la posterior conjunta ( si se puede) se haga con las garantías suficientes para que el encuentro sea sanador, productivo y transformador.
Si partimos que las víctimas con independencia del delito sufrido, deben tener derecho a participar en un proceso restaurativo, si así es su deseo, tenemos la obligación de favorecer estos procesos con todas las garantías, y también ser conscientes que debemos ser flexibles y adaptarnos a cada caso y cada persona y sus circunstancias.
De esta forma, ante un caso de cierta entidad, si la víctima dice si a un proceso restaurativo, ya sea mediación penal mejor llamarlo reunión víctima-infractor o cualquier otro debemos tener en cuenta lo siguiente:
De esta forma, ante un caso de cierta entidad, si la víctima dice si a un proceso restaurativo, ya sea mediación penal mejor llamarlo reunión víctima-infractor o cualquier otro debemos tener en cuenta lo siguiente:
o Centrarse en el daño:
La justicia restaurativa en general, se centra en el daño causado como consecuencia del delito y además este daño suele ser consecuencia de un incidente particular. Sin embargo, en delitos graves puede existir más de un incidente, por ejemplo si hablamos de violencia de género.
Se debe por tanto, explorar si ha habido solo un hecho aislado de daños o más, para conocer el alcance y la naturaleza de esta violencia así se aumenta la concienciación y la seguridad de la víctima.
o Seguridad de la participante ( víctima)
La seguridad de la víctima es la llave fundamental para todos los trabajos restaurativos en esta área: las víctimas de delitos graves se encuentran en mayor riesgo de sufrir un trauma grave por el daño sufrido, además hay que valorar la posibilidad de que se produzcan nuevos daños durante el diálogo restaurativo.Se debe maximizar la seguridad y para ello se adoptaran muchas medidas durante todo el proceso restaurativo, una de las cuales será el dialogo constante con la víctima acerca de su sentimiento de seguridad.
¿Por qué? Porque si se comprende mejor sus preocupaciones acerca de la seguridad, se puede trabajar mejor, conectar con ella y con los recursos de la comunidad y así elaborar un plan de acción
La Justicia Restaurativa debería ser un complemento y recurso añadido a los ya existentes para afrontar esta clase de delitos.
o Rendición de cuentas del infractor
La responsabilidad del infractor es un componente importante pero no se debe exagerar hasta el punto de exigirla como condición sine quanon para empezar el proceso restaurativo.
Es por eso, que en esta clase de delitos se debe distinguir entre reconocimiento y responsabilidad.
La responsabilidad va más allá del reconocimiento de que las decisiones tomadas para perpetrar el daño eran erróneas y no deberían haber ocurrido.
Si se fuerza la responsabilización del infractor o se acepta de forma rápida su responsabilización, sin profundizar en los motivos se corre el riesgo de que esta no sea adoptada por motivos correctos, no siendo probable que haya un cambio favorable y positivo en el infractor.Por el contrario, si se parte del reconocimiento de que su conducta no ha sido la más adecuada, se puede conseguir un cambio de actitud más positivo. En casos de violencia de género puede ocurrir que se asuma la responsabilidad pero no se reconozca el daño (la pegué porque se lo merecía etc) por eso es necesario, trabajar más hacia el reconocimiento del daño y no tanto la asunción de responsabilidad, en delitos más graves.
o Oportunidad para el diálogo y la restauración
Crear un diálogo y animar a las personas dañadas para hablar sobre la violencia y el impacto que ha causado esta en sus vidas es también importante en cualquier práctica restaurativa.
Está demostrado que para una víctima de un delito grave tener un espacio seguro para contar su historia, ser escuchada y comprendida, puede ser una gran experiencia. Para muchas víctimas contar su historia directamente a la persona que le ha causado el daño, y poder hacerle preguntas, y expresar sus emociones puede ser relevante sobre todo si lo combinamos con el reconocimiento de los hechos por el infractor e incluso su responsabilización por ellos.
En este sentido, un valor importante de la Justicia Restaurativa es el de potenciar “una voz desconocida” y es que escuchar con respeto la historia de alguien es una forma de darles poder. Para las partes en esta clase de delitos, participar en estas prácticas restaurativas es importante pero es solo un paso más en un viaje de largo recorrido. Algunas expectativas positivas experimentadas durante el desarrollo de un proceso restaurativo son la reconciliación, perdón, restauración y cierre.
El peligro, sin embargo, puede surgir si se crea esperanzas de conseguir estas expectativas pues no hay garantías de cómo se va a desarrollar el diálogo o qué emociones van a surgir, los profesionales de la Justicia Restaurativa trabajan con las partes para identificar sus necesidades, comprobar la realidad de sus expectativas y asistirles para informarles de cómo actuar.
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