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domingo, 6 de diciembre de 2020

¿Justicia restaurativa, reparadora o restauradora?


 INTRODUCCIÓN

Muchas veces, me he encontrado con cierta controversia, en torno a la palabra restaurativa, algunas personas piensan que este término no existe en castellano y hablan de que debería ser justicia reparadora y otros restauradora. Sin embargo, creo que la mejor forma de llamar a esta justicia es precisamente restaurativa ¿Por qué? Pues porque es algo nuevo, por mucho que algunos tiendan a asociarla al perdonar, o a reparar o a restaurar.

Muchos la llaman justicia reparadora porque piensan que el objetivo central es la reparación del daño, y esto es una parte pero no lo único que implica esta justicia, de hecho, la reparación del daño, ya está contemplada en el derecho penal tradicional. Mientras la reparación del daño desde un punto de vista jurídico-penal estricto,  intenta armonizar el equilibrio entre las partes a través del pago de una a otra. Esta reparación del daño puede ser exigida por un Tribunal, sin comunicación entre las partes.