lunes, 3 de marzo de 2025

La justicia restaurativa es más que mediación penal y los servicios de justicia restaurativa deben ser públicos y gratuitos

 


INTRODUCCIÓN

Tras la ley  de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia se ha generalizado por determinadas entidades de mediación: jornadas, cursos y un largo etc. para visibilizar los mecanismos alternativos. Desgraciadamente y eso que la ley de manera acertada excluye la justicia restaurativa  se animan también  a hablar de la justicia restaurativa como si todo fuera lo mismo. Si es cierto que hay una disposición adicional que habla de justicia restaurativa pero desde luego lo hace separadamente porque esta justicia  ni es un mecanismo alternativo ni se usa para los mismos supuestos ni requiere la misma formación.  En una de tantas jornadas se ha dado voz a un Magistrado para hablar sobre justicia restaurativa y su entrevista posterior en un periódico ha tenido sus luces y sombras, siendo realista más luces que sombras.

El magistrado afirma en la entrevista : “la importancia de que se aplique correctamente para que no se convierta en un «mecanismo fraudulento para reducir pena” Sin embargo, luego dice cosas como : “esta modalidad de justicia –contenida en la Ley de Eficiencia– debe cumplir dos condiciones esenciales para que sea legítima y efectiva: «la petición de perdón, por parte del acusado, como un acto de reconocimiento del daño causado, y el resarcimiento total de la víctima mediante el pago de la indemnización correspondiente» Además el  magistrado del Tribunal Supremo propuso la creación de un turno de oficio especializado en mediación penal, con el objetivo de integrar este mecanismo en el sistema de justicia gratuita.

LA JUSTICIA RESTAURATIVA NO TRATA DE PEDIR PERDÓN NI ES SOLO MEDIACIÓN PENAL

Cuando comencé en la justicia restaurativa solo se hablaba de mediación penal, esto es reunión víctima-ofensor, nos ha costado años que las personas entiendan que hay otras metodologías restaurativas más allá de la reunión víctima-ofensor. Es más la mal llamada mediación penal ( porque no es  una mediación como en otros ámbitos) es la herramienta de la justicia restaurativa menos restaurativa porque deja fuera a la comunidad. Existen otras herramientas totalmente restaurativas como los círculos o las conferencias, porque estas si incluyen a esta comunidad en los procesos. En todas estas metodologías que son las más conocidas (pero no las únicas) hay que estudiar como facilitarlas y en contra de lo que algunas entidades quieren hacer ver, las herramientas y habilidades del mediador no son iguales que las del facilitador de justicia restaurativa. Ni siquiera el facilitador es neutral e imparcial como en mediación. Por tanto, dejemos de pensar que la mediación penal es lo único que puede ofrecer la justicia restaurativa y mucho menos que la mediación penal es como la mediación en otros ámbitos. Sé que el Estatuto de la víctima lo confunde pero es que el legislador en muchas ocasiones se deja asesorar por expertos teóricos que no han estudiado justicia restaurativa,  más allá de que han escrito dos libros y varios artículos. Continuar leyendo en : lawandtrends

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