La Justicia Restaurativa , en la línea de lo que Howard Zehr afirma, es un conjunto de principios y valores.Y esta Justicia tiene un matiz diferente con referencia, a la actual penal ya que no es rígida y burocrática, tiene una flexibilidad que debe respetarse. Aunque como sabemos, esta justicia restaurativa, se ha extendido y es aplicable a diferentes contextos, no solo el penal. Por esto, son muchos los que abogan por llamarla Prácticas Restaurativas. Creen que el término justicia solo es aplicable al ámbito penal y por tanto, para ellos los procesos restaurativos, en otros ámbitos, no penales, se llamarían prácticas restaurativa. Sin embargo, creo firmemente que todos aspiramos a ser justos en nuestra vida cotidiana, en el trabajo, en la escuela, en la familia... y por eso para mi Justicia Restaurativa, sigue siendo un término igualmente válido. Además creo que prácticas restaurativas se queda corto, se refiere a los diferentes modelos o las diversas formas de hacer realidad, precisamente el espiritu, los valores y la filosofía de la Justicia Restaurativa. También, sin lugar a duda,no deberíamos perder el elemento de justicia en los procesos restaurativos, sean mediación penal o cualquier otro. La justicia nos permite abordar cómo nos han dañado, como enmendarlo y quienes deben participar.
Este blog difunde la Justicia Restaurativa como un paradigma, una filosofía de vida y un movimiento social que promueve relaciones más humanas, responsables y respetuosas. Más allá del ámbito penal, explora cómo sus valores y principios pueden transformar la justicia, las organizaciones, la educación y la comunidad. La Justicia Restaurativa es una brújula que orienta el camino hacia la reparación, el diálogo y una convivencia más justa.
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miércoles, 31 de agosto de 2016
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