viernes, 24 de febrero de 2017

Empatía y Justicia Restaurativa

Hoy quiero recordar otro valor importante para la Justicia Restaurativa, hace unos días, hablaba de empoderamiento, y hoy empatía. Todas las teorías acerca de la justicia como construcciones doctrinales deben ir desarrollándose poco a poco, en el caso de la Justicia Restaurativa esta evolución debería cimentarse en el cambio de dos paradigmas:desde el punto de vista jurídico y como afirma Howard Zehr, el cambio es dejar de centrarnos en el binomio delito- pena y basarnos en el de daño-reparación pero también sería bueno tal y como decía Thomas Kuhn (“La estructura de las revoluciones científicas” 1962. Editorial de la Universidad de Chicago) basarnos en un paradigma psicológico-filosófico y en lugar de obligar a la gente a comportarse de manera adecuada ante la amenaza del castigo, se debería alentar el desarrollo de la empatía. La empatía suele definirse como “ponerse en los zapatos del otro”. Es una habilidad que nos permite estar conscientes para reconocer, comprender y apreciar los sentimientos de los demás. 
Siguiendo a Thomas Kuhn, y aplicando todo esto a la Justicia Restaurativa, si tratamos de generar empatía en las partes, los beneficios son importantes, especialmente porque se puede conseguir que el infractor aprenda que no debe delinquir pero no por el temor a recibir un castigo sino porque ha comprendido que con esta actitud está dañando a una persona, a un ser humano. Este paradigma filosófico y los valores que promueve son importantes para cualquier clase de infractores, pero claramente en los jóvenes es más fácil conseguir un desarrollo de valores como la empatía que permita resocializarlos, y corregir ciertos comportamientos ilícitos que sin caer en el error de justificarlos, en muchas ocasiones se cometen por su escasa edad, compañías y entorno no apropiado o simplemente porque creen que no causaron el daño que realmente hicieron o no valoran el impacto que su acción causó ( véase Matza y Sykes). De ahí, también la importancia de la participación de la familia y la comunidad en el proceso de rehabilitación y reeducación del joven infractor como paso para su vuelta a la sociedad, como una persona “nueva ”.

No hay comentarios:

Publicar un comentario