lunes, 28 de agosto de 2017

Sobre el lenguaje neutral y el trato con las víctimas en la Justicia Restaurativa

Hace unas semanas hablaba del Summer School de este año, del Foro Europeo de Justicia Restaurativa y de cómo me dio mucha envidia "sana", ver lo mucho que se está haciendo en Justicia Restaurativa, en toda clase de delitos, y lo poco que realmente hacemos nosotros en España, en parte debido a la mentalidad totalmente equivocada de que la Justicia Restaurativa solo sirve para delitos leves y también por la errónea y continua equiparación de Justicia Restaurativa y mediación, y por ende de ambas como mecanismos alternativos. Este es el error, no es un mecanismo alternativo, ya que en delitos graves sería un complemento.Por otro lado, el summer school me dejó un poco preocupada porque aunque soy firme defensora de la flexibilidad de la Justicia Restaurativa, entiendo que si nuestro actuar no sigue unos criterios y principios sólidos de acuerdo con la Justicia Restaurativa, podemos en lugar de ayudar, causar más daño. Un ejemplo fueron los expositores que hablaron de los encuentros entre víctimas y presos terroristas, lo que también se conoce como la vía nanclares, pero allá en el summer school para mi sorpresa, lo llamaron encuentros restaurativos en crímenes políticos.
 ¿Crímenes políticos? ¿Por qué ese miedo a llamar las cosas por su nombre? Obviamente, mi indignación fue grande porque para las víctimas, este lenguaje un tanto neutral y a la vez confuso, puede resultar muy ofensivo, y aquí es donde radica la diferencia entre procesos restaurativos y la mediación. El lenguaje neutral de la mediación, no tiene cabida en la Justicia Restaurativa, precisamente porque tratamos con delitos y no con conflictos exclusivamente, tenemos una víctima que ha sufrido un daño  y un infractor que lo ha causado. Las cosas son así y debemos ofrecer un espacio para la responsabilización del victimario y para la reparación. El lenguaje a nuestros ojos, puede ser mejor neutral, pero no pensamos en las víctimas y que su visión puede no ser necesariamente igual a la nuestra, y precisamente la Justicia Restaurativa debe proteger y ayudar a las víctimas, no todo lo contrario. Por eso, crímenes políticos, es no querer llamar a las cosas por su nombre: terrorismo

Otra reflexión, muy relacionada con esto del lenguaje, es la de como valorar conceptos como delito leve o grave. ¿Qué es un delito grave? Generalmente aparecen en los códigos penales, de forma muy detallada, lo que podemos considerar como delito grave. Pero esto sería un delito grave según lo estipulado en las leyes y por el legislador. Esta es la visión objetiva. ¿Pero a los ojos de la víctima? Por mi experiencia, puedo decir que un delito leve puede impactar tanto o más que uno grave. Todos somos diferentes  y a cada uno nos afecta diferente lo que nos ocurre en la vida, y en concreto si somos víctimas de un delito. Para algunas personas, un delito de los que el código penal califica como leve, puede ser igualmente traumático o incluso más. Por eso, la Justicia Restaurativa debe ser a priori, posible en toda clase de delitos. No es entendible, el empeño de algunos políticos y jueces de querer limitar o establecer un número clausus de delitos, esta mentalidad no es restaurativa sino retributiva, todavía no han abandonado la mentalidad de limitar, tasar de forma exhaustiva y en definitiva, su idea de poner cotos a la flexibilidad . Y eso que he dicho, en principio, porque obviamente habrá que estar al caso concreto, las circunstancias de los afectados por el delito para valorar, si es posible un proceso totalmente restaurativo, parcialmente o si es necesario, otra clase de intervenciones que no sean restaurativas. A modo de conclusión, diría que el summer school me ha hecho reflexionar sobre la utilización del lenguaje y la necesidad de tener una parcialidad equilibrada con respecto a víctima y victimario, no somos mediadores, tratamos por igual a ambos, pero sin duda, nuestro deber es velar porque la víctima no sufra más daños que beneficios. Esto no significa que no velemos también por el victimario, pero el centro de atención debe ser el espacio para que el infractor asuma el daño, y decida atender las necesidades de las víctimas. Solo así, evitaremos victimizar de nuevo a las víctimas.

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