martes, 10 de septiembre de 2019

Mejor que el castigo, enfoque restaurativo para los afectados por el delito

¿ALGÚN ASPECTO COMÚN DE LA JUSTICIA RESTAURATIVA Y TRADICIONAL?
Aunque la Justicia Restaurativa y la tradicional, difieren en muchas cosas, existen otros aspectos en que confluyen, tanto el castigo como eje fundamental de la Justicia tradicional como la responsabilización del victimario como fundamento de la Justicia Restaurativa, tienen un mismo objetivo:

Que el infractor cambie de conducta, desista del delito

El castigo, por si mismo, a pesar de la creencia popular, no disuade al infractor de repetir conductas similares porque precisamente no fomenta su asunción de responsabilidad. Se trata de que el infractor vea que el delito, no simplemente pasó sino que ellos/as provocaron que pasara.
En cambio, ayudar al victimario a que vea el impacto de sus acciones, pero tratándolos como seres humanos, si genera en muchos la voluntad de no querer reincidir. Y es que no hacemos una sociedad más segura encerrando a los infractores y tirando la llave, sino tratando de que se reinserten y vuelvan de nuevo a la sociedad como personas nuevas. Duros con el delito pero condescendientes con la persona que hay detrás.
EL ENFOQUE HUMANO DE LA JUSTICIA RESTAURATIVA
La Justicia Restaurativa, al contrario de lo que pueda parecer es dura con el delito pero humana con la persona que hay detrás del delito, y por eso, los victimarios dan más legitimidad a la justicia restaurativa porque la ven más justa.
La Justicia Restaurativa frente a la tradicional es un proceso de diálogo sobre un potencial desistimiento del infractor. Y esto además es una necesidad de la mayoría de las víctimas, puesto que generalmente lo que primero solicitan del victimario es que no vuelva a delinquir.

En España, en un momento en que se está debatiendo la no eliminación de la prisión permanente revisable, me parece que es un buen momento para pensar de forma sosegada y pausada. Es normal que la familia de una víctima, pida la prisión permanente es lógico su deseo, lo que no es entendible,  que los medios de comunicación se aprovechen de ello, para llenar de contenidos sus programas. La sociedad en conjunto, puede sentirse aliviada de forma momentánea, sabiendo que un infractor de un delito tan grave, va a pasar largo tiempo separado de la comunidad. ¿Pero para la familia? 

Ahora es una iniciativa que les ayuda a lidiar con el dolor, pero y luego, qué pasará cuando el caso deje de ser noticia, incluso que sucederá si lo logran, pues se darán cuenta que a pesar de todo, el dolor no se ha suavizado  y es que más allá de la necesidad del castigo, las víctimas tienen otras necesidades, que la Justicia Restaurativa, si atiende. Por eso, aunque no se pueda realizar en algunos casos reuniones conjuntas, si se puede y se debería trabajar con este enfoque restaurativo, con todos los que se consideren de alguna manera "tocados" por el delito.

2 comentarios:

  1. El castigo, entendido como pena meramente aflictiva o, al menos, primordialmente aflictiva, no debería existir. La pena debería ser siempre repersonalizadora y reparativa. Eso no significa impunidad ni lenidad. Pueden existir penas muy severas o prolongadas, pero con sentido repersonizador y reparativo.. La privación de libertad sólo tiene sentido aflictivo, ya que hoy ni siquiera es la única posible para controlar a las personas y, en vez de rehabilitarlas, las potencia en sus actitudes delictivas.

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    1. Exacto sobre todo potencia las habilidades delictivas como diría Nils Christie es una escuela de "delincuentes". Gracias. saludos Virginia Domingo

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