(imagen propiedad de Virginia Domingo)
Las resoluciones de los juzgados pueden ser ajustadas a derecho pero en ocasiones no son justas, porque precisamente se centran más en los derechos de las personas que en las verdaderas necesidades. Un ejemplo es que el infractor tiene derecho a no declarar contra si mismo, no confesarse culpable pero en muchas ocasiones aunque sean sus derechos su verdadera necesidad será asumir el daño que ha ocasionado, y en el sistema tradicional esto no tiene cabida, casi en ningún caso. La justicia restaurativa es considerada más legitima por los afectados y por eso tiene la virtud de interrumpir la violencia y hacer reflexionar a los afectados por el delito, contribuyendo a mejorar la paz social y fortalecer los lazos sociales.
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