viernes, 4 de septiembre de 2026

Castigo, reparación y justicia restaurativa

 INTRODUCCIÓN

Siempre he dicho que no soy abolicionista. Pienso que, como sociedad, todavía no estamos preparados para eliminar completamente las cárceles y encontrar alternativas capaces de responder a todos los daños que provocan determinados delitos.Me considero más bien minimalista. Soy consciente de que las cárceles están llenas de personas que, probablemente, merecerían tener una oportunidad diferente: una oportunidad para reflexionar sobre el delito cometido, asumir su responsabilidad y reconstruir su vida. Y creo que todos nosotros nos beneficiaríamos mucho más de ello.Intentar evitar que una persona vuelva a delinquir mediante el aislamiento y la estigmatización no parece la mejor solución. Cuando despojamos a alguien de su humanidad, corremos el riesgo de potenciar precisamente aquellas condiciones que pueden favorecer que el delito vuelva a repetirse.Pero también es cierto que existen delitos de extrema gravedad que, por sus características y por la alarma social que generan, pueden requerir una respuesta de prisión. No podemos olvidar el daño causado a las víctimas directas ni el impacto que determinados delitos tienen sobre toda la sociedad.Sin embargo, esto me lleva a plantearme una pregunta:

Si queremos transmitir a la comunidad que determinadas conductas no son toleradas, ¿es necesario hacerlo siempre a través del castigo?Creo que no siempre.

CASTIGO, REPARACIÓN Y JUSTICIA RESTAURATIVA

Y precisamente por eso considero que, especialmente ante aquellos delitos en los que resulte posible y adecuado, deberíamos dar una oportunidad mucho mayor a la Justicia Restaurativa.Una Justicia que permita atender a las víctimas, favorecer su recuperación y, al mismo tiempo, fomentar que quien ha cometido el delito comprenda el daño causado y asuma su responsabilidad.Porque si conseguimos que la persona infractora se responsabilice, repare cuando sea posible y vuelva a sentirse parte de la comunidad, estaremos favoreciendo una reintegración mucho más humana y, posiblemente, más eficaz que aquella que se limita a aislarla durante un determinado periodo de tiempo.

La retribución parte de una idea diferente. Se basa en que quien ha causado un daño debe recibir un sufrimiento proporcional como consecuencia de su conducta. De alguna manera, la venganza se convierte en legal mediante el castigo impuesto por el Estado.Muchas personas consideran que se hace Justicia cuando el infractor también sufre y cuando se eliminan los beneficios ilegítimos que pudo obtener mediante el delito.Y, sin embargo, existe algo en esta concepción que no podemos ignorar.Las víctimas necesitan que el equilibrio roto por el delito sea restaurado.

Sería injusto dejar a las víctimas solas con sus pérdidas, sus daños materiales, emocionales y sociales. Necesitamos atender esas consecuencias y evitar que la victimización se prolongue indefinidamente.También necesitamos que la sociedad pueda expresar claramente que determinados comportamientos no son aceptables. El delito debe ser censurado y las normas deben ser respetadas.Pero quizá podamos hacerlo sin que la única respuesta posible sea causar sufrimiento al infractor.Howard Zehr habla de la Justicia Restaurativa como un «retribucionismo constructivo inverso».En la retribución, el comportamiento ilegal es condenado, el infractor es considerado responsable y el desequilibrio moral se intenta reparar mediante la imposición de un sufrimiento equivalente al daño causado.En la Justicia Restaurativa también existe una condena del comportamiento y también existe responsabilidad.La diferencia está en qué hacemos con esa responsabilidad.En lugar de devolver al infractor el sufrimiento que causó, buscamos que comprenda el daño, lo asuma y, en la medida de lo posible, contribuya a repararlo.No se trata de negar el delito ni de minimizar sus consecuencias.Se trata de cambiar la pregunta.No preguntarnos únicamente:¿Qué castigo merece quien ha cometido este delito?Sino también:¿Qué daño se ha causado, quiénes han sido afectados y qué podemos hacer para repararlo?Esta diferencia puede parecer pequeña, pero cambia completamente nuestra manera de entender la Justicia.

¿CASTIGAR O REPARAR?

No creo que la respuesta deba ser siempre castigar o reparar.En determinados casos, la prisión puede ser necesaria. La protección de las víctimas y de la sociedad debe ser una prioridad y existen conductas cuya gravedad exige una respuesta penal contundente.Pero eso no significa que debamos asumir que el castigo es siempre suficiente.Una persona puede cumplir íntegramente una pena y salir de prisión sin haber comprendido realmente el daño que causó.También puede ocurrir que una víctima vea cómo su agresor es condenado y, sin embargo, continúe teniendo preguntas, necesidades o heridas que el proceso penal no ha conseguido atender.El castigo puede responder a la infracción de la norma. La reparación intenta responder al daño.Y ambas respuestas no tienen por qué ser incompatibles.

La Justicia Restaurativa no debería entenderse como una forma de evitar la responsabilidad, sino como una manera diferente de hacer que la responsabilidad tenga un contenido real y humano.Quizá nuestra sociedad necesite aprender que responsabilizar a alguien no significa necesariamente hacerle sufrir, sino conseguir que comprenda el daño que ha provocado y que participe activamente, cuando sea posible, en su reparación.Porque si después de un delito conseguimos que la víctima pueda recuperar parte de lo que perdió, que el infractor comprenda las consecuencias de sus actos y que la comunidad vuelva a sentirse segura, estaremos consiguiendo algo que el castigo por sí solo no siempre puede ofrecer.

CONCLUSIONES

No soy abolicionista. Creo que existen delitos en los que la prisión puede ser necesaria y que la sociedad tiene derecho a protegerse y a expresar una clara censura frente a determinadas conductas.Pero también creo que no podemos convertir el castigo en la única manera que conocemos de responder al delito.Si una persona puede asumir su responsabilidad, comprender el daño causado, repararlo en la medida de lo posible y reintegrarse en la comunidad, quizá deberíamos preguntarnos por qué no utilizamos mucho más estas posibilidades.La Justicia Restaurativa no elimina la responsabilidad ni niega la necesidad de proteger a las víctimas.Lo que hace es añadir algo que con frecuencia olvidamos: la posibilidad de transformar el daño en una oportunidad de responsabilización, reparación y reintegración.

Quizá hacer Justicia no consista siempre en conseguir que quien hizo daño sufra.Quizá, en muchas ocasiones, hacer Justicia consista en conseguir que quien hizo daño comprenda, se responsabilice y haga todo lo posible por repararlo.

Y eso, lejos de ser una Justicia más débil, puede ser una Justicia mucho más exigente.

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