Mostrando entradas con la etiqueta paradigma de la justicia restaurativa. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta paradigma de la justicia restaurativa. Mostrar todas las entradas

lunes, 12 de enero de 2026

Paradigma de la justicia restaurativa

 


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

Hoy reflexiono sobre lo que para mí representa el paradigma restaurativo. Lo entiendo como un proceso de reconsideración que implica, en primer lugar, la asunción de responsabilidad por parte del infractor, y, al mismo tiempo, un cambio en la mirada de la víctima. Esta deja de ver únicamente al autor del daño como “el otro” y comienza a reconocerlo como alguien semejante a ella, una persona capaz de cambiar y de querer hacer lo correcto.

Este proceso también supone un cambio profundo en la percepción que el propio victimario tiene de sí mismo. Ese cambio lo conduce al remordimiento, no necesariamente en un sentido religioso —aunque pueda serlo para quien así lo viva—, sino más bien en un plano ético. Desde ahí surge el deseo de reparar el daño causado o, cuando esto no es posible, de compensarlo. Lejos de aislarlo, este camino favorece su regreso a la comunidad, promoviendo la reconexión social.

De forma paralela, el empoderamiento y la escucha activa de las víctimas les permite también reconectar con la sociedad, evitando el aislamiento y la ruptura con el grupo. Cuando la reparación directa no es posible, se deben ofrecer espacios suficientes para que el daño pueda ser compensado a través de acciones orientadas al bien de la comunidad.